MONTOS DEL CONTRATO |
La modalidad de la presente licitación corresponde a “Adjudicación Simple”, y se enmarca dentro de la señalada para contrataciones con monto mayor a 100 UTM e inferior a las 1000 UTM Impuestos Incluidos, establecido en el Capítulo IV del Reglamento de la Ley de Compras Públicas 19.886
El oferente deberá indicar en el portal www.mercadopublico.cl el valor neto (moneda nacional) de la Oferta Económica, incluyendo en dicho precio todos los costos en que deba incurrir, considerando todos los riesgos e imponderables que signifique mayores costos, cualquiera sea su origen o procedencia.
El plazo de validez de la oferta será de 60 días corridos a contar de la fecha de cierre de la licitación. Además, deberá ser indicado en el Anexo N° 6 Presupuesto Detallado.
En éste caso el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra por el comprador y la aceptación por parte del proveedor, en conformidad con lo establecido en el Art. 63 del Reglamento.
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RESOLUCION DE EMPATES |
En caso de presentarse situación de empate en la ponderación final de las ofertas, se considerará como criterio de desempate entre los igualados, al proveedor que haya obtenido la ponderación más alta en el criterio, de acuerdo al siguiente orden:
1. EVALUACIÓN TÉCNICA
2. PRECIO
3. PLAZO DE ENTREGA
4. DOCUMENTOS FORMALES
En caso de persistir el empate (aplicados los criterios de desempate ya indicados) prevalecerá la oferta que primero haya ingresado al portal.
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CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS |
El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de las Bases y Especificaciones Técnicas que rigen la presente licitación. Si producto del estudio el oferente estimara que existen contradicciones o ausencias de información, deberá formular las consultas pertinentes al Hospital San Camilo, sólo a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo establecido expresamente en la Ficha de la licitación publicada en el portal mercado público. Si no se solicitan las aclaraciones oportunamente, cualquier diferencia de interpretación posterior que se pudiera suscitar respecto de los antecedentes de la licitación, será resuelta conforme lo determine el Hospital San Camilo, comprometiéndose él o los oferentes a aceptar tal decisión.
Las aclaraciones a las consultas formuladas dentro del plazo establecido para ello, serán comunicadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. en la ficha de la licitación, a todos los interesados, haya o no formulado consultas, en la fecha que se indica en ese portal electrónico.
Con motivo de dichas aclaraciones el Hospital San Camilo podrá precisar el sentido y alcance de estas Bases Administrativas y/o de las Especificaciones Técnicas y/o de cualquier otro documento que forme parte de la licitación.
Las consultas que los proponentes deseen formular, ya sea referida a los antecedentes entregados por el Mandante y/o a la visita a terreno (si corresponde), se deberán hacer a través del portal www.mercadopublico.cl desestimándose las consultas efectuadas por un medio distinto al señalado, como asimismo las realizadas fuera de plazo.
El plazo para efectuar consultas será el establecido en el Formulario de Bases de la licitación publicada. Las respuestas serán informadas a través del mismo portal, en la fecha que indica el Formulario de Bases de la Licitación publicada.
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DE LA ADJUDICACION |
El Director del Hospital podrá adjudicar el total, parcial o declarar inadmisible la propuesta, sobre la base del informe emitido por la Comisión de Evaluación. La propuesta será resuelta por Resolución Exenta del Director del Hospital San Camilo, la cual será notificada mediante publicación en el portal www.mercadopublico.cI
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READJUDICACION |
El Hospital se reserva el derecho de readjudicar, en el caso de que el proveedor adjudicado, no cumpla con su oferta técnica.
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DE LA ORDEN DE COMPRA |
Emisión de órdenes de compra: El Hospital San Camilo emitira orden de compra por la cantidad de parenterales a través del pedido mensual de Farmacia, debiendo el adjudicatario entregar las parenterales en Bodega de Farmacia del Hospital dando cumplimiento al plazo de entrega señalado en la oferta y a los horarios de entrega establecidos en la Orden de Compra. En todo caso los productos se recibirán hasta las 16:00 horas de lunes a jueves y hasta las 15:00 horas los días viernes.
El proveedor contratado no podrá rechazar las órdenes de compra válidamente emitidas en conformidad a esta licitación.
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DE LA FACTURA |
Es Responsabilidad de los oferentes despachar los insumos adjudicados dentro de los horarios preestablecidos para ello, según lo señalado, en articulo 20, de no ser así el establecimiento no se hace responsable de certificar la recepción conforme.
El Establecimiento requiere que los despachos de los insumos, bienes y/o servicios solicitados a través de la orden de compra aceptada por el proveedor en la plataforma electrónica www.mercadopublico.cl , sean enviadas con Guia de Despacho al Hospital San Camilo. La cual debe ser fiel reflejo a la orden de compra, de tal forma que exista un tiempo prudunte de aceptación de los insumos, bienes y/o servicios.
El oferente debera hacer llegar la factura a la casilla que se indica a continuación, de lo contrario será rechazada por la plataforma de Acepta, retresando los pagos centralizados programados por la tesorería General de la republica.
dipresrecepcion@custodium.com
El oferente adjudicado deberá facturar a:
NOMBRE : HOSPITAL SAN CAMILO
RUT : 61.602.038-2
DIRECCIÓN : MIRAFLORES 2085. SAN FELIPE. QUINTA REGIÓN
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FISCALIZACION DEL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
La supervisión y fiscalización del fiel cumplimiento del contrato corresponderá a la Unidad de Farmacia, quien actuará como contraparte técnica.
La coordinación y supervisión administrativa de la contratación, corresponderá al Subdirector Administrativo, quien además deberá velar por cumplimientos de oportunidad y de todos los aspectos relacionados con las materias de probidad y transparencia.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
Se deja expresa constancia que el presente contrato tiene el carácter de administrativo, y que por lo mismo podrá modificarse o terminarse anticipadamente por resolución fundada del Hospital San Camilo, sin perjuicio de los casos señalados a continuación:
- Por mutuo acuerdo de las partes.
- Que el Proveedor fuere declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia.
- Si el proveedor no pudiere cumplir cualquiera de sus obligaciones contempladas en el contrato.
- Transgresiones graves, por parte del adjudicatario a las normas que rigen en el Hospital San Camilo, ya sea del ámbito ético, administrativo o asistencial.
- Otras razones de índole legal o jurídica debidamente calificadas por el Hospital San Camilo.
- Otras causales de término de contrato, establecidas en el Art. 13 de la ley 19.886, de compras públicas o en su reglamento.
- Haber incurrido tres veces en algún tipo de incumplimiento o demora en el plazo de entrega de los insumos ofertados.
- El Establecimiento podrá dar término anticipado al contrato, mediante el envío de carta certificada con a lo menos 30 días corridos de anticipación.
En relación a la resolución fundada de terminación o de modificación se deberá cumplir con lo establecido en el art. 79 del DS. 250/04 del Ministerio de Hacienda.
En caso de término anticipado, el adjudicatario no tendrá derecho a solicitar indemnización alguna, sin perjuicio de la posibilidad de hacer valer sus derechos por las vías que el ordenamiento jurídico establece para ello.
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TECNOVIGILANCIA |
De acuerdo a la Norma Técnica N°226 sobre Obligatoriedad de Implementar un sistema de registro de datos que permita la trazabilidad de los Dispositivos Médicos, ya sean: Instrumento, equipo, aparato, material, software o artículo, incluyendo sus componentes, partes o accesorios, destinados a la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o anticoncepción y que no utiliza medio farmacológico, inmunología o metabólico para realizar su función principal en seres humanos (artículo 111 del Código Sanitario o Reglamento D.S. 825/98; al momento de la recepción por Prestadores Institucionales de Salud. Los oferentes adjudicados deberán considerar en los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE): Nombre del producto, Identificación del proveedor, N° Guía/Factura, Modelo, N° Lote/Serie y Fecha de Vencimiento.
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DEL PAGO CENTRALIZADO |
Los pagos serán centralizados a traves de la Tesorería General de la Repubica, previa visación y recepción conforme de la orden de compra emitida por el Hospital San Camilo.
La Tesorería General de la República recibirá y procesará las órdenes de pago de las facturas de proveedores del Estado, que realizaron despachos de insumos, bienes y/o servicios, dichos pagos se realizarán en forma virtual de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por DIPRES.
Podrá acceder directamente a consultar el estado de su pago en el siguiente link https://comprobantes.tgr.cl/
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