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Charla Tecnica y Visita a Terreno |
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Se efectuará una ÚNICA charla técnica y visita a terreno el día MARTES 06 de SEPTIEMBRE 2022 a las 10:30 hrs. La charla Técnica se desarrollará en el Auditorio del Hospital San Camilo de San Felipe, Ubicado en Avda. Miraflores 2085 San Felipe, Quinta Región.El tiempo máximo de espera para dar inicio a esta actividad será de 5 minutos, pasado este tiempo el oferente no podrá firmar la respectiva acta de visita. Luego de la charla técnica, desde el mismo Auditorio, se iniciará la visita a las dependencias que tendrán relación con la presente licitación, siguiendo la ruta que el referente técnico así estipule. Es requisito obligatorio para efectos de la admisibilidad de las ofertas que el/los proponentes/s asistan a ambas instancias, firmando el acta de asistencia respectiva.
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Garantía Seriedad de la Oferta |
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La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá presentarse, física o electrónicamente a más tardar el día del cierre de la propuesta en el Sistema. Para garantía física, deberá presentarse de lunes a viernes, en OFICINA DE PARTES de 08:00 a 16:00 horas, en las dependencias ubicadas en el HOSPITAL SAN CAMILO cuyo domicilio es Avenida Miraflores #2085, San Felipe. Para garantía electrónica, deberá, remitirse a los correos electrónicos: mariaa.fernandez@redsalud.gov.cl y edison.staforellid@redsalud.gob.cl. En los casos en que la garantía de seriedad de la oferta se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Se recuerda que es requisito obligatorio para efectos de la admisibilidad de las ofertas. En caso que el Oferente ingrese más de una oferta al portal www.mercadopublico.cl, debe presentar un instrumento de garantía por cada oferta.
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Inadmisibilidad de las Ofertas |
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La oferta se declara inadmisible en los siguientes casos:
• La no presentación Física o electrónica de la Garantía de Seriedad de la Oferta dentro del plazo establecido.
• Garantía de Seriedad de lo Oferta mal emitida.
• Si existiendo oferta en el portal Mercado Público no se asiste a la charla técnica y visita a terreno de carácter obligatorio.
• Si la oferta considera menos de 24 meses de garantía técnica.
• El no cumplimiento de alguna característica técnica del equipo obligatoria, de acuerdo al formulario Nº9 de las presentes bases.
• En el caso no aclarar en el foro inverso diferencias detectadas entre el valor informado en la oferta y el indicado en el Formulario “Nº11 Oferta Económica”.
• En el caso que el plazo máximo de entrega del proyecto supere los 160 días corridos.
• En caso que el oferente no entregue todos los antecedentes en el plazo original o adicional.
Y las demás causales que señala la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, el Decreto Nº250/2004 del Ministerio de Hacienda.
La declaración de inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta, en el portal de mercado público indicando la causal correspondiente.
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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse situación de empate en la ponderación final de las ofertas, se considerará como criterio de desempate entre los igualados, al proveedor que haya obtenido la ponderación más alta en el criterio, de acuerdo al siguiente orden:
1. PRECIO
2. PLAZO DE ENTREGA
3. GARANTIA TECNICA
4. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
En caso de persistir el empate (aplicados los criterios de desempate ya indicados) adjudicará al oferente cuya oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.
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Contrato |
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La modalidad del contrato será a suma alzada, sin reajuste.
El contrato será redactado por el administrador de contratos del Hospital San Camilo de conformidad con esta Bases Administrativas, bases técnicas, y documentación complementaria, preguntas y respuestas, si las hubiere, modificaciones o enmiendas, si correspondiere, y el contenido de las ofertas técnicas y económicas del Adjudicatario.
En el contrato deberá quedar establecido que el adjudicatario será exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones del mismo, y que el Hospital no tiene ni tendrá vínculo laboral alguno con ese personal.
Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Nº20.123, sobre Subcontratación, en lo que sea aplicable.
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases de Licitación, como en sus anexos o formularios, Especificaciones Técnicas, Leyes, Normas y Ordenanzas, Planos, Estudios de Especialidades y cualquier documentación de la licitación como otro documento complementario a ésta, se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se realice con el adjudicatario y este se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
En el contrato deberá hacer mención a la Resolución de adjudicación de la propuesta; la declaración del contratista de que se compromete a ejecutar las adecuaciones que son materia del contrato, la declaración jurada de aceptación y conocimiento de bases administrativas, especificaciones técnicas y anexos y a cualquier otra exigencia contemplada y demás estipulaciones necesarias, según lo dispuesto en la Ley Nº 19.886.
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Condiciones de Pago y Facturación |
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El oferente adjudicado deberá facturar a:
NOMBRE : HOSPITAL SAN CAMILO
RUT : 61.602.038-2
DIRECCIÓN : MIRAFLORES 2085. SAN FELIPE. QUINTA REGIÓN
El oferente deberá hacer llegar la factura a la casilla que se indica a continuación, de lo contrario será rechazada por la plataforma de Acepta, retrasando los pagos centralizados programados por la tesorería General de la República: dipresrecepcion@custodium.com.
De los pagos: Los pagos serán centralizados a través de la Tesorería General de la República, previa visación y recepción conforme de la orden de compra emitida por el Hospital San Camilo, en un plazo de 30 días a contar de la fecha de recepción de la factura. La Tesorería General de la República recibirá y procesará las órdenes de pago de las facturas de proveedores del Estado, dichos pagos se realizarán en forma virtual de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por DIPRES. Podrá acceder directamente a consultar el estado de su pago en el siguiente link https://comprobantes.tgr.cl/
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Pago Anticipado |
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En el evento que el acto de Recepción conforme supere el año calendario vigente y con el objeto de cierre administrativo 2022, el Hospital anticipará el pago al proveedor, quien deberá hacer entrega de un Instrumento de garantía por el 100% del monto del anticipo, que podrá consistir en cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y expedita (Art. 68, Reglamento ley 19.886) que sea pagadera a primer requerimiento, a la VISTA o a su sola presentación y con carácter de irrevocable. Dicho instrumento de garantía debe emitirse por una institución con operación en Chile y no devengarán intereses ni reajustes para ninguna de las partes.
Esta garantía debe ser emitida a la orden del Hospital San Camilo, RUT: 61.602.038-2, por el monto equivalente al 100% del valor del anticipo. Su glosa indicará que “CAUCIONA EL PAGO ANTICIPADO DE CONTRATO LICITACIÓN PÚBLICA ID 619133-70-LR22”; garantía cuya vigencia deberá ser de 60 días superior a la fecha de entrega del equipo, y que se recepcionará con igual fecha de la factura. La devolución será 30 días siguientes a la suscripción del cierre de la Recepción Conforme.
La entidad licitante hará efectiva la garantía por anticipo, en caso que el adjudicado no haga entrega del equipo dentro del plazo ofertado, sin perjuicio del derecho de exigir el resarcimiento de todos los perjuicios irrogados por el oferente.
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Multas |
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El Hospital aplicará una multa diaria equivalente a 0,5% del monto adjudicado en los siguientes casos:
a) Una vez vencido el plazo de entrega estipulada en la oferta, el cual será descontada del instrumento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. En este caso, el Oferente deberá emitir un nuevo instrumento de garantía cuya vigencia será igual a la anterior en un plazo máximo de 5 (cinco) días de efectuado dicho cobro.
Déjese establecido, que el plazo de entrega del equipo, comenzará a regir desde la entrega de terreno hasta la firma del documento de recepción conforme. Se entiende que el plazo de entrega incluye:
- Preinstalación (si corresponde)
- Instalación
- Capacitación, y
- Puesta en marcha
b) En caso de incumplimiento en la programación de las mantenciones preventivas y/o en los términos de la oferta de garantía técnica. El monto de la Multa se deberá cancelar en el Departamento de Contabilidad y Finanzas del Hospital San Camilo, ubicado en Avenida Miraflores N°2085, San Felipe, el cual puede ser en efectivo, transferencia, vale vista o cheque.
El tope máximo de multa aplicar en los puntos anteriores, no podrá exceder el 30% del valor total adjudicado.
Si al momento de expirar el instrumento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato existen deudas por concepto de multas pendientes, el Hospital San Camilo estará facultado para hacer uso de dicho instrumento.
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Mecanismo para cobro de Multas |
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Constatado un hecho constitutivo de una falta susceptible de ser sancionada, la situación será comunicada por el Jefe de Servicios Generales del Hospital San Camilo, por escrito al proveedor informando respecto del hecho acaecido, y la sanción a que ésta de lugar, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.Esta comunicación se realizará por la vía más expedita (notificación personal, correo electrónico o carta certificada) conforme a los datos de identificación y domicilio proporcionados por el proveedor durante el proceso licitatorio. Salvo la notificación personal en que se entiende notificado en el acto, el oferente adjudicado se entenderá notificado del cobro de la multa una vez transcurridos tres días hábiles posteriores al envío del correo electrónico (a la casilla indicada por el oferente) o de la recepción de la carta certificada en la Oficina de Correos de Chile correspondiente al domicilio del proveedor.Una vez notificado, el proveedor contará con 5 días hábiles para exponer lo que estime pertinente al Director del Establecimiento, que se pronunciará acogiendo lo expuesto por el proveedor afectado u ordenando el cobro de la multa, dictando la resolución fundada para tal efecto dentro de un plazo de tres días hábiles contados desde la recepción de los descargos del oferente o de la expiración del plazo sin que ello ocurra, sin perjuicio del Derecho del proveedor de recurrir en contra de dicha resolución de acuerdo a los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece las Bases de Los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.Las multas se cobrarán administrativamente por Resolución Exenta, sin forma de juicio y el proveedor deberá hacer el pago directo en la unidad de Contabilidad del establecimiento mediante vale vista, cheque, efectivo o transferencia electrónica.
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