De existir igualdad entre dos o más oferentes en el total de puntaje obtenido, se procederá a efectuar el desempate conforme al siguiente orden de criterios:
“PRECIO”
“EXPERIENCIA OFERENTE”
“PLAZO DE INICIO DE LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS”
“TIEMPO DE RESPUESTA ANTE REQUERIMIENTO POR FALLAS TÉCNICAS”.
Artículo 30°: En la eventualidad que se mantenga el empate, se deberá considerar como criterio de desempate, la fecha y hora de ingreso de presentación de la oferta registrada en el Acta de Recepción de Oferta, siendo seleccionada la primera de éstas.
Sin embargo, en la eventualidad de que se mantenga el empate después de aplicados los criterios señalados precedentemente, la licitación será declarada desierta.
Artículo 31°: La JAL EMGE aceptará la propuesta que sea más ventajosa, de conformidad con los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases Administrativas y a la matriz de evaluación confeccionada por el Jefe de Contrato, o quien lo subrogue o reemplace, mediante acto administrativo debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información.