Licitación ID: 628-17-LQ22
Servicio de aseo dependencias Nivel Central.
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GENERO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
Servicio de Aseo para las dependencias de la Dirección Nacional de SERNAMEG.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de aseo dependencias Nivel Central.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Dirección Nacional del SERNAMEG requiere contratar la prestación de servicios de aseo.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Abastecimiento Central
R.U.T.:
60.107.000-6
Dirección:
Arauco N° 208, (comunicarse con Raúl Fuentes 9 91078239)
Comuna:
Bulnes
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-10-2022 23:59:00
Fecha de Publicación: 05-10-2022 16:13:00
Fecha inicio de preguntas: 05-10-2022 17:00:00
Fecha final de preguntas: 10-10-2022 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-10-2022 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-10-2022 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-10-2022 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 15-11-2022 8:06:03
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Visita en terreno obligatoria 11-10-2022 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1. Datos del oferente
2.- Anexo N°2. Declaración Jurada sobre ausencia de inhabilidades.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°3. Experiencia
 
2.- Anexo N°4. Remuneraciones, donde se indique la remuneración que percibirá el personal que preste servicios en la instalación.
 
3.- Oferta Técnica, donde se desarrolle lo requerido en el numeral 10 de las presentes bases.
 
Documentos Económicos
1.- - Anexo N°5, Oferta Económica; Renta mensual Neta y con IVA incluido, por los servicios de aseo para las dependencias de la Dirección Nacional de SERNAMEG.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia La evaluación de la experiencia estará compuesta por los siguientes factores: - Trabajos similares. - Años de experiencia. - Cartas de recomendación. 15%
2 Condiciones de Empleo y Remuneración Para la evaluación de este criterio se considerarán los siguientes factores: - Remuneración. - Aguinaldos. - Bono de colación y movilización. Para mayor información, favor revisar el punto 11. de la Resex N°665 que modifica la evaluación y adjudicación de las ofertas. 45%
3 Oferta económica El oferente deberá indicar en el Anexo N°5, Oferta Económica, el valor neto por los servicios requeridos. El puntaje para este criterio se asignará mediante la aplicación de la siguiente formula: (Precio menor ofertado x 100) x 0.35 Precio ofertado Fórmula = Total puntaje obtenido por *35% 35%
4 Equidad de género En el criterio Equidad de Género, se considerará alternativamente al oferente que demuestre tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, donde al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores. Esto se acreditará mediante el Certificado de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo o Certificado de pago de cotizaciones de seguridad social, en ambos casos debe constar la nómina de trabajadoras/es de la empresa; o bien, en el caso de aquellas empresas que cuenten con un 50 % o más del capital perteneciente a mujeres y/o la representación legal de la misma corresponda a una mujer, deberán acreditar tal situación mediante el comprobante de Sello Mujer, o mediante copia de instrumento público donde conste la participación societaria y de los poderes de administración. 4%
5 Cumplimiento de los requisitos formales El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones obligatorias al momento de presentar su oferta, pero los incorpore con posterioridad, de acuerdo al procedimiento indicado en el numeral siguiente obtendrá 50 puntos en este criterio, aquel que no cumple con los requisitos formales obtendrá 0 puntos. 1%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ley de presupuesto años respectivos.
Monto Total Estimado: 180000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería General de la República
e-mail de responsable de pago: sernamegrecepcion@custodium.com
Nombre de responsable de contrato: Francisco Rojas Arce
e-mail de responsable de contrato: frojas@sernameg.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25496118-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Por la naturaleza de la contratación que por estas bases se rigen, no se admitirá subcontratación.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género - Rut 60.107.000-6
Fecha de vencimiento: 18-01-2023
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Respecto de los oferentes cuyas ofertas fuesen declaradas inadmisibles, podrán retirarla a contar del día siguiente a la fecha de publicación en el portal de mercado público, de la resolución que la declare inadmisible. Respecto de los oferentes no adjudicados, podrán solicitar la devolución de su garantía a contar del día siguiente a la fecha en que la resolución que adjudique la propuesta sea publicada en el portal de mercado público, en cuyo caso se entenderá que renuncian a la posibilidad de readjudicación. Respecto del oferente adjudicado, se devolverá una vez recibida en conformidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En todo caso las garantías serán devueltas a contar del día subsiguiente a la fecha de publicación de la resolución que aprueba el contrato. Las garantías otorgadas se recepcionarán en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional del SERNAMEG, ubicada en Huérfanos 1219, comuna de Santiago, entre las 09:00 y 14:00 horas.
Glosa: “Para garantizar la Seriedad de la Oferta en el llamado a Licitación Pública ID…………”.
Forma y oportunidad de restitución: Respecto de los oferentes cuyas ofertas fuesen declaradas inadmisibles, podrán retirarla a contar del día siguiente a la fecha de publicación en el portal de mercado público, de la resolución que la declare inadmisible. Respecto de los oferentes no adjudicados, podrán solicitar la devolución de su garantía a contar del día siguiente a la fecha en que la resolución que adjudique la propuesta sea publicada en el portal de mercado público, en cuyo caso se entenderá que renuncian a la posibilidad de readjudicación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género - Rut 60.107.000-6
Fecha de vencimiento: 26-03-2025
Monto: 5 %
Descripción: La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente y deberá presentarse antes o al momento de suscribir el contrato por el proveedor que resulte adjudicado. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En el caso de las garantías otorgadas en forma física estas se recepcionarán en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional del SERNAMEG, ubicada en Huérfanos 1219, comuna de Santiago, entre las 09:00 y 14:00 horas. Esta garantía solo será entregada por el proveedor adjudicado.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de servicios de Aseo ID ………………….. (ID Licitación).
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de ésta, y se haya acreditado el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadoras/es. Su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato, no cumple cualquiera de los plazos que se establecen en las presentes bases o no se inscribe en el Registro de Chile Proveedores en el plazo establecido para ello, o no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes, se entenderá que se desiste de la propuesta , y la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del SERNAMEG, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En el caso que fuese una UTP, cada integrante de la misma, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores. Si existiese el retiro de alguno de los integrantes de una UTP, la misma deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo señalado recientemente, y otras características objeto de evaluación de la oferta, esta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Si durante la evaluación de las ofertas se detectaren errores u omisiones formales, la comisión evaluadora podrá solicitar a esos proveedores que salven dichos errores u omisiones, siempre y cuando, ello se efectúe en conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886. La Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente solicitud de aclaración, informando los antecedentes omitidos que faltan. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado. Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán el término fatal de 24 horas para entregar los antecedentes omitidos, plazo que se contará desde la publicación de la solicitud de aclaración. Con todo, la Comisión Evaluadora tendrá las más amplias facultades para verificar la idoneidad, respecto de aquellas propuestas en las cuales se determine que uno o más de los documentos acompañados, no den fe de su contenido, pudiendo acudir a los medios que estime pertinente para corroborarlos. En caso que determine de falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos acompañados junto con la/s propuesta/s, la Comisión Evaluadora podrá desestimar la oferta del proponente, dejando constancia en su informe las circunstancias que llevaron a determinar su descalificación y los medios por los cuales se corroboró la falta de idoneidad, veracidad o autenticidad de/l o los documentos cuestionados.
Criterio de desestimación de las ofertas.
SERNAMEG desestimará, todas aquellas ofertas evaluadas que tengan un puntaje final inferior a 60 puntos ponderados.
Resolución de empates.
Cuando respecto del puntaje total, dos o más ofertas obtengan la misma puntuación, de manera que queden ubicadas en el primer orden de elegibilidad, se seleccionará la propuesta que haya presentado la mejor propuesta económica, de mantenerse el empate, se privilegiará de acuerdo al puntaje obtenido consecutivamente en los siguientes criterios/factores: - Condiciones de Empleo y remuneración - Experiencia – Cartas de Recomendación - Experiencia – Años de Experiencia - Equidad de Género En última instancia, de seguir el empate, se preferirá la oferta que haya ingresado primero al portal de la licitación, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de ofertas.
Adjudicación.
A la Comisión de Evaluación le corresponderá proponer la adjudicación respecto de cualquiera de las ofertas presentadas, solo en la medida de que haya obtenido el mayor puntaje - aun cuando no sea la de más bajo costo – y siempre que cumpla con las Bases y se adecue a los intereses de la Institución, de acuerdo con los criterios de evaluación, con sus respectivas ponderaciones y puntajes asignados para cada uno de los factores. El SERNAMEG podrá declarar inadmisible la/s oferta/s presentada/s en los siguientes casos: - Cuando las condiciones ofrecidas por el oferente no cumplan con los requisitos y demás condiciones establecidas en las presentes bases. - Los documentos recibidos no incluyan oferta técnica u oferta económica. Sin perjuicio de lo anterior, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. El informe final de la comisión evaluadora, según lo dispone el Reglamento de Compras Públicas, en su artículo 40 bis, deberá referirse a que a las siguientes materias: - Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. - Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. - La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. - La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. - La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. El SERNAMEG podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando todas las ofertas presentadas sean declaradas inadmisibles, o cuando las ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada. En el caso de no ser publicada la resolución de adjudicación dentro de plazo establecido, el Servicio publicará en la plataforma de la Dirección de Compras y Contratación Pública, una nueva fecha, publicando la resolución que fundamente el atraso, antes de vencimiento del plazo original, indicando una nueva fecha. Los actos antes indicados se publicarán en el sistema de información de Mercado Publico (www.mercadopublico.cl).
Readjudicación.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato, no cumple cualquiera de los plazos que se establecen en las presentes bases o no se inscribe en el Registro de Chile Proveedores en el plazo establecido para ello, o no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes, se entenderá que se desiste de la propuesta , y la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del SERNAMEG, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En el caso que fuese una UTP, cada integrante de la misma, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores. Si existiese el retiro de alguno de los integrantes de una UTP, la misma deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo señalado recientemente, y otras características objeto de evaluación de la oferta, esta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Consultas acerca de la adjudicación.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41° del Reglamento de la Ley N° 19.886, los interesados podrán realizar consultas sobre la adjudicación, en el sistema de información de mercado público, a través del siguiente link: https://www.mercadopublico.cl/Portal/modules/Site/Reclamos/IngresoReclamo.aspx
Notificación y aceptación.
Una vez notificada y de conformidad al artículo Nº63 del reglamento de la Ley de Compras Públicas, la presente licitación se formalizará mediante la firma del contrato respectivo y comenzará a regir, una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo apruebe.
Del contrato.
De la suscripción del contrato. El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de los 15 días corridos posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación. Al momento de suscribirse el contrato, el representante legal de la persona jurídica, de la Unión Temporal o la persona natural adjudicada, exhibirá un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, el cual deberá estar vigente al momento de la suscripción del contrato. En el caso de las UTP, cada integrante deberá cumplir con las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, en los términos dispuestos por la Ley de Compras, y Reglamento y estas bases, debiéndose exhibir y entregar los certificados de todos los integrantes, para los fines señalados precedentemente. Además, se deberá materializar el respectivo acuerdo de la UTP, de acuerdo a lo señalado en el artículo 67 bis del reglamento de compras, sin que sea necesario constituir una sociedad. Del contenido del contrato. Se entenderá que forman parte del contrato, las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas, las consultas, aclaraciones y las respuestas a ellas y la propuesta técnica y económica del oferente adjudicado.
Delimitación de responsabilidad.
El equipo de personas dispuestas por el oferente adjudicado para ejecutar las labores que se deriven de la ejecución del presente contrato no tendrá vínculo laboral alguno con el SERNAMEG, siendo de exclusiva responsabilidad del adjudicatario el pago de sus remuneraciones, cotizaciones previsionales y cualquier otro beneficio laboral que les pudiere corresponder. El contratante será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato. El adjudicatario, en cumplimiento con lo establecido en la legislación laboral, deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y seguridad, tomando las medidas para mantener en terreno, la higiene y seguridad en el trabajo. Es obligación del adjudicatario efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales, en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, debiendo informar a la contraparte técnica de los hechos ocurridos, haciendo entrega cuando corresponda de tales denuncias. El proveedor adjudicado deberá: • Nombrar un Coordinador/a Técnico/a de la prestación del servicio, debiendo sus datos de contacto. Igualmente deberá designar una persona contraparte para el Departamento de Administración y Finanzas de SernamEG con el fin de que vele y realice seguimiento a todo lo vinculado al pago de los servicios contratados. Dentro de sus funciones está: • Informar oportunamente a su contraparte de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento de la prestación de los servicios. • Representar al oferente en la discusión de materias relacionadas con la prestación de los servicios. • Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de los servicios. • La designación de la persona coordinadora y todo cambio relativo a ésta deberá ser informado a la contraparte de SernamEG por el proveedor adjudicado a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de haberse efectuado la designación o el cambio. Las comunicaciones pueden realizarse a través de los correos electrónicos que establecerán las partes.
Vigencia del contrato.
La vigencia del contrato comenzara a regir una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo aprueba y hasta que se cumplan a cabalidad la totalidad de las obligaciones que derivan de él. Sin perjuicio de ello, por razones de buen servicio y con el fin de dar continuidad de la función pública, se entiende que las actividades podrán comenzar a partir de la suscripción del contrato y no podrán exceder de 24 meses a partir del 01 de enero de 2023, aun cuando no se encuentre totalmente tramitada la resolución que apruebe el correspondiente contrato. Con todo, no se cursará pago alguno hasta que la resolución aprobatoria del mismo se encuentre totalmente tramitada.
Modificación del contrato.
El contrato podrá ser modificado, previo acuerdo de las partes y siempre que no se alteren los elementos esenciales del mismo y el contenido de estas bases, de manera que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Su formalización se realizará a través de la suscripción del instrumento modificatorio correspondiente, aprobado por el respectivo acto administrativo totalmente tramitado. En el evento, que la modificación implique un aumento en el valor del contrato, este no podrá ser superior al 20% del monto originalmente pactado. A su vez, el adjudicatario deberá consignar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato que resguarde el monto de la modificación realizada, la cual deberá cumplir con los mismos requisitos estipulados en el numeral 8.2. Asimismo, procederá la modificación del contrato en el evento de caso fortuito o fuerza mayor, extendiéndose el plazo del mismo, o cuando se verifique la circunstancia de cambio de la entidad a otras instalaciones
Término anticipado del contrato.
El contrato y podrá terminarse anticipadamente y en forma administrativa, mediante resolución fundada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 77° y 79° del D.S. N°250, que contiene el Reglamento de la Ley N°19.886, por las siguientes causales: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. El contrato podrá ser dejado sin efecto por mutuo consentimiento, caso en el cual, ninguna de las partes tendrá derecho a indemnización) Término Anticipado por Incumplimiento del Contratista. 3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, en cuyo caso no se hará efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. 4. Registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 5. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. 6. Si se constata que los integrantes de la UTP la constituyeron con el objeto de vulnerar la libre competencia. En dicho caso, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 7. Si alguno de los integrantes de la UTP, se retira, y solo el reunía los requisitos que los hacían objeto de la evaluación de la oferta. 8. Ocultar información relevante para la ejecución del contrato, que afecte a algunos de los integrantes de la UTP. 9. Disolución de la UTP. 10. Inhabilidad sobreviviente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que la misma no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. Respecto al termino anticipado del contrato por incumplimiento grave de las obligaciones, se entenderá que existe incumplimiento cuando los objetivos previstos para la contratación no se logran en forma reiterada o en sus aspectos sustantivos, por circunstancias que resultan imputables al contratista, como, por ejemplo: a. La utilización de repuestos que no satisfacen estándares mínimos de calidad b. La aplicación de 3 multas en un mes. c. Aplicación de multas por un monto igual o superior al 20 % del valor anual. d. Haber sido calificado deficientemente en dos periodos continuos de evaluación. Dicha evaluación se realizará semestralmente por la contraparte técnica, y de cuyos resultados se comunicarán a la empresa. e. Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el párrafo Obligaciones del Contratista del numeral 9 de las presentes bases. f. Incorporar en la facturación costos que no hayan sido expresa y específicamente descritos en la oferta. El SernamEG podrá, en cualquier momento, poner término al contrato, sin indemnización alguna al contratante, notificándolo por escrito mediante carta certificada, si se decretara la Resolución de liquidación firme y ejecutoriada, en procedimiento concursal de liquidación o se disolviere la sociedad, sin perjuicio de ejercer los derechos e interponer en su contra las acciones civiles y penales que procedan. Sin perjuicio de lo anterior, si el contratante en estado de notoria insolvencia mejora las cauciones entregadas o las existentes son suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato, el SernamEG podrá darle continuidad al mismo. En tal caso, por resolución fundada se pondrá termino al contrato, previa notificación al contratista por carta certificada y, se hará efectiva la Póliza de Seguro, Boleta de Garantía Bancaria, Certificado de Fianza o documento que se haya entregado para garantizar el oportuno y fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato, pago de multas, y de pago de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante. Lo establecido precedentemente, es sin perjuicio de las acciones que el SERNAMEG pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. Procedimiento de término de contrato. De la decisión de poner término al contrato, se notificará al contratista por cualquier medio escrito idóneo que asegure la comunicación; como la carta certificada; dejando constancia de la circunstancia que motivaron la decisión, la fecha y hora de la notificación. El oferente adjudicado tendrá un plazo de 10 días hábiles, desde la notificación de la comunicación, para efectuar sus descargos, por escrito, dirigido a la contraparte técnica. Si la contraparte técnica estimare que los descargos no justifican la infracción, la decisión de poner término se materializará por medio de resolución fundada, la cual se entenderá notificada al contratista transcurridas 24 horas desde la publicación del acto administrativo en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl, de acuerdo a lo establecido en el artículo 79 del reglamento de la Ley N° 19.886. Contra la resolución que dispone el término anticipado procederán los recursos contemplados en la Ley N° 19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos del estado. Encontrándose firme y ejecutoriada la resolución que pone termino al contrato, se hará efectiva la Póliza de Seguro, Boleta de Garantía Bancaria, Certificado de Fianza o documento que se haya entregado para garantizar el oportuno y fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato, pago de multas, y de pago de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante; cuando el término haya sido imputable al contratista.
Multas.
Causales Para los efectos de la aplicación de multas, las causales que pueden originarlas serán: CATEGORÍA CAUSALES MULTA APLICABLE Falta grave - No prestación del servicio diario. - Agresiones físicas, peleas, altercados, insultos o improperios por parte del personal del proveedor, entre ellos o con cualquier otra persona. - Uso de productos que atenten contra la salud de las personas. - Incumplimiento de las instrucciones impartidas por el coordinador/a o encargado/a del contrato. - Acciones inseguras o temerarias que pongan en riesgo la salud o seguridad de las personas. - Daños al inmueble, mobiliario y equipamiento del Servicio. - Alteración de los registros de asistencia y horario de los trabajadores/as. - Uso inadecuado de las instalaciones del Servicio por parte de la empresa o del personal a su cargo, tales como estacionamientos y bodegas. - Dotación incompleta del personal por más de 2 días y con más de 2 ausencias. 8 UF por evento Falta moderada - Inasistencia sin reemplazo de un trabajador en el turno diurno. - Falta del equipamiento de seguridad y vestimenta acorde a lo solicitado en bases en un trabajador. - Nivel deficiente del servicio 3 veces en el mes. - Pago de remuneraciones del personal con diferencias perjudiciales para sus trabajadores/as o fuera de plazo. 5 UF por evento Falta leve - Atrasos en la jornada en más de 15 horas y hasta 20 horas, en la sumatoria de los trabajadores, en un periodo de un mes. - Inasistencia sin reemplazo de un trabajador, salvo que se trate de algún trabajador del turno diurno. - Falta de maquinaria o equipo necesario para la correcta prestación de los servicios. - Falta de material o insumo necesarios para la prestación de los servicios. - Nivel deficiente del servicio validado por la contraparte técnica del contrato, mediante anotación en el libro de novedades. 3 UF por evento Nota: La UF (unidad de fomento) aplicable, será la correspondiente al día en que se verificó la falta. Asimismo, se aplicará una multa equivalente a un 5% de la facturación mensual, en caso que se verifique el incumplimiento en alguno de los beneficios a los trabajadores informados, y considerados al momento de evaluar las propuestas. Procedimiento para la aplicación de multas: - Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el administrador del contrato designado por el SERNAMEG notificará al contratante al correo electrónico de contacto, informándole la sanción a aplicar y los hechos en que se fundamenta. - A contar de la comunicación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles desde su notificación, para efectuar sus descargos a través de la misma vía de comunicación. - Vencido el plazo sin que se presenten descargos, se aplicará la sanción por medio de resolución fundada del SERNAMEG. - Si se presentan descargos, el SERNAMEG tendrá un plazo de 10 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. El rechazo total o parcial de los descargos deberá formalizarse a través de resolución exenta fundada, en la cual se detallará el contenido de la sanción a aplicar. La resolución deberá notificarse a través de su publicación oportuna en el sistema de información, tal como lo dispone el artículo 79 ter, del respectivo reglamento. - El contratante, en caso de aplicarse multas, podrá reclamar de su aplicación a la Directora Nacional de SERNAMEG, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 59 de la Ley N°19.880. El SERNAMEG dispondrá de un plazo no superior a 30 días para resolver el recurso, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien la rechazará confirmando la multa aplicada. La multa deberá ser pagada directamente por la empresa en el SERNAMEG, o en su defecto, descontada directamente de los estados de pago que se encuentren pendientes. En el caso que la suma de las multas aplicadas en un mes exceda de lo facturado, podrá cobrarse del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
Pago.
Conforme señala la Ley N°21.131, el pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la respectiva factura o instrumento tributario de cobro cumplidos los hitos respectivos y la que deberá emitirse sólo una vez que se hayan recepcionado conforme los bienes y/o servicios. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente el órgano público comprador certifique la recepción conforme de los bienes y servicios adquiridos dentro del plazo establecido en el artículo 3° de la Ley N°19.983. El pago se efectuará previo envío de la factura a la casilla sernamegrecepcion@custodium.com, a través de la Tesorería General de la República, dentro de 30 días corridos, contados desde la recepción conforme de la factura, por parte de la unidad técnica. El proveedor adjudicado, deberá enviar la(s) factura(s) al correo electrónico sernamegrecepcion@custodium.com, adjuntando el archivo xml e ingresando el número de la OC en el campo 801 de la factura, señalando forma de pago crédito, para evitar el rechazo del documento en el Servicio de Impuestos Internos. En los casos en que el apoderado o representante de la Unión Temporal se desista de prestar el servicio y los otros integrantes decidan continuar, éstos deberán notificar formalmente a SernamEG, la continuación de la Unión Temporal y señalar al nuevo miembro que asuma la representación y emitirá las facturas para el pago respectivo, debiendo éste tener poder suficiente.
Contraparte técnica institucional.
La correcta ejecución del contrato estará a cargo de la Jefatura del Departamento de Administración y Finanzas quien nombrará y delegará en un funcionario la supervisión y administración del mismo. La contraparte técnica del SERNAMEG, tendrá a lo menos, las siguientes funciones: - Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento del contrato. - Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios prestados por el oferente adjudicado, como asimismo dar tramitación a los pagos y a las multas. - Certificar cualquier incumplimiento por parte del adjudicatario, para efectos de la aplicación de multas, término del contrato u otros efectos previstos en el presente contrato. Las demás que le encomienden las bases de licitación y el contrato.
Cesión.
El contratante no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación.
Subcontratación.
Por la naturaleza de la contratación que por estas bases se rigen, no se admitirá subcontratación.
Acreditación del Cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales.
SERNAMEG podrá solicitar al contratante, en cualquier tiempo, mientras dure la ejecución de los trabajos o servicios, la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones Laborales y sociales. Será obligación del contratante cumplir con todas las disposiciones del Código del Trabajo, Leyes Sociales y contratación de los Seguros exigidos. Para el caso que el contratante registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de los servicios licitados deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar al Departamento de Administración y Finanzas, mediante certificados emanados de la autoridad competente que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas antes de efectuar cualquiera de los pagos. El incumplimiento de estas obligaciones será causal de término anticipado de la prestación. SERNAMEG, se reserva el derecho a deducir administrativamente de cualquiera de los estados de pago, siempre que lo comunique al adjudicatario por escrito, cualquier suma que éste adeude por multas, suministros, servicios prestados, daños causados a la propiedad o al personal o bienes de SERNAMEG o por requerimientos judiciales de las Instituciones de Previsión o Salud, Inspección del Trabajo o trabajadores del adjudicatario, multas de atraso en el cumplimiento de las obligaciones y plazos establecidas en las presentes bases, multas por incumplimiento en general, multas administrativas, así como cualquier suma derivada de otro concepto.
Pacto de Integridad.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: - El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. - El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. - El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. - El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. - El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. - El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. - El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. - El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. El oferente/adjudicatario/contratante, sólo podrá utilizar la información proporcionada por el SERNAMEG, para los efectos de dar cumplimiento a los fines propios del presente proceso licitatorio o la ejecución del contrato que derive del mismo, quedando prohibido todo uso distinto del señalado. En dicho entendido, el oferente/adjudicatario/contratante, deberá resguardar confidencialidad de todos los antecedentes o información que el SERNAMEG le proporcione con motivo del presente proceso licitatorio, no pudiendo hacer uso de esto para fines ajenos, y en consecuencia, no podrá, a cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o parte está información, durante todo el proceso licitatorio, así como en la ejecución del contrato, y posterior al término del mismo. Está prohibición afecta al oferente/adjudicatario/contratante, al personal que labora en distintas calidades jurídicas, que se encuentre ligado al oferente/adjudicatario/contratante, en todas las sus las etapas del proceso licitatorio, incluso después de la expiración del contrato que de origen el referido proceso. El SERNAMEG quedará liberado de toda responsabilidad por el uso indebido que el oferente/adjudicatario/contratante, pueda dar a la información, reservándose el derecho a ejercer todas las acciones legales tendientes a demandar el reembolso de las sumas a las que eventualmente sea obligado a pagar como consecuencia de lo anterior, más indemnización de perjuicios que se hubieren ocasionado.
De la competencia.
Para todos los efectos derivados del contrato que se suscriba al efecto, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago, prorrogando competencia ante sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, es sin perjuicio de las facultades que le corresponda ejercer, al Órgano Contralor, sobre la materia.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.