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Obligaciones del contratista |
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Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el proveedor tendrá las siguientes obligaciones:
a) Ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento.
b) Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las presentes Bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.
c) Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no esté considerado en las Bases y no haya sido autorizado por la contraparte técnica.
d) Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales y reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materia de accidentes del trabajo y prevención de riesgos, laborales, remuneracionales, de previsión y seguridad social, u otros que le sean aplicables.
e) Asumir la responsabilidad de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal o a los bienes del SernamEG, que sean imputables al contratista o al personal de su dependencia. En estos casos, el contratista deberá reponer en el más breve plazo el daño ocasionado.
f) Emplear el máximo cuidado respecto de los bienes, materiales, equipos e instalaciones que sean de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho a indemnización o reembolsos de ninguna especie por perdida, destrucción, deterioro o desgaste que éstos experimenten, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito.
g) Dar fiel y oportuno cumplimiento a las órdenes e instrucciones que le dé la contraparte técnica. En especial, deberá entregarle, cuando le sean solicitados, copia de los contratos de trabajo vigentes, liquidaciones de sueldo, finiquitos y cualquier otra documentación que le sea solicitada con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales para con los trabajadores.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Si durante la evaluación de las ofertas se detectaren errores u omisiones formales, la comisión evaluadora podrá solicitar a esos proveedores que salven dichos errores u omisiones, siempre y cuando, ello se efectúe en conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente solicitud de aclaración, informando los antecedentes omitidos que faltan. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.
Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán el término fatal de 24 horas para entregar los antecedentes omitidos, plazo que se contará desde la publicación de la solicitud de aclaración.
Con todo, la Comisión Evaluadora tendrá las más amplias facultades para verificar la idoneidad, respecto de aquellas propuestas en las cuales se determine que uno o más de los documentos acompañados, no den fe de su contenido, pudiendo acudir a los medios que estime pertinente para corroborarlos.
En caso que determine de falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos acompañados junto con la/las propuesta/s, la Comisión Evaluadora podrá desestimar la oferta del proponente, dejando constancia en su informe las circunstancias que llevaron a determinar su descalificación y los medios por los cuales se corroboró la falta de idoneidad, veracidad o autenticidad de/l o los documentos cuestionados.
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Resolución de empates |
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Cuando respecto del puntaje total, dos o más ofertas obtengan la misma puntuación, de manera que queden ubicadas en el primer orden de elegibilidad, se seleccionará la propuesta que haya presentado la mejor propuesta técnica, de mantenerse el empate, se privilegiará de acuerdo al puntaje obtenido consecutivamente en los siguientes criterios:
- Oferta Técnica
- Oferta Económica.
- Equidad de género.
- Cumplimiento de Requisitos Formales
En última instancia, de seguir el empate, se preferirá la oferente que haya ingresado primero la propuesta al portal www.mercadopublico.cl
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Adjudicación |
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A la Comisión de Evaluación le corresponderá proponer la adjudicación respecto de cualquiera de las ofertas presentadas, solo en la medida de que haya obtenido el mayor puntaje - aun cuando no sea la de más bajo costo – y siempre que cumpla con las Bases y se adecue a los intereses de la Institución, de acuerdo con los criterios de evaluación, con sus respectivas ponderaciones y puntajes asignados para cada uno de los factores.
El SernamEG podrá declarar inadmisible la/s oferta/s presentada/s en los siguientes casos:
- Cuando las condiciones ofrecidas por el oferente no cumplan con los requisitos y demás condiciones establecidas en las presentes Bases.
- Los documentos recibidos no incluyan la información y requisitos solicitados.
- Incurra en falsedad con respecto a la información proporcionada en la integración de su oferta.
- No presente propuesta económica.
- No presenta propuesta técnica.
Sin perjuicio de lo anterior, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes Bases.
El informe final de la comisión evaluadora, según lo dispone el Reglamento de Compras Públicas, en su artículo 40 bis, deberá referirse a que a las siguientes materias:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
El SernamEG podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando todas las ofertas presentadas sean declaradas inadmisibles, o cuando las ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
En el caso de no ser publicada la resolución de adjudicación dentro de plazo establecido, el Servicio publicará en la plataforma de la Dirección de Compras y Contratación Pública, una nueva fecha, fundamentando el atraso.
Los actos antes indicados se publicarán en el sistema de información de Mercado Publico (www.mercadopublico.cl).
De acuerdo a lo señalado en el inciso tercero del artículo 66 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, el SernamEG exigirá al adjudicatario su inscripción en el Registro de Chile Proveedores para poder suscribir el contrato definitivo, en caso que no hubiere cumplido dicho trámite para lo que le otorgará un plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la total tramitación de la Resolución Exenta que adjudica.
En caso de resultar adjudicada una Unión Temporal de Proveedores, se exigirá la inscripción de cada uno de sus integrantes en el registro de proveedores.
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Readjudicación. |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato, no cumple cualquiera de los plazos que se establecen en las presentes Bases o no se inscribe en el Registro de Chile Proveedores en el plazo establecido para ello, o no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes, se entenderá que se desiste de la propuesta , y la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del SernamEG, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En el caso que fuese una UTP, cada integrante de la misma, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores.
En caso de resultar adjudicada una Unión Temporal de Proveedores y uno de ellos se viese afectado por una causal de inhabilidad, ésta deberá informar a SernamEG, dentro de los 2 días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución que adjudica, si se desiste o si decide ejecutar el contrato con sus miembros hábiles. De no informar en el plazo señalado o de optar por desistirse, la licitación deberá ser readjudicada o declarada desierta, dependiendo de lo que resulte más favorable para los intereses del Servicio.
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Consultas acerca de la evaluación y/o adjudicación |
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De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 39° y 41° del Reglamento de la Ley N° 19.886, los interesados podrán realizar consultas sobre la evaluación y/o adjudicación, dentro del plazo fatal de 02 días hábiles siguientes a la respectiva notificación del acto, consultas que se harán mediante correo electrónico dirigido al ppizarro@sernameg.gob.cl, indicando el nombre del proponente, dirección de correo electrónico y nombre e ID de la propuesta. Las respuestas serán remitidas dentro de los 03 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para efectuar las consultas aludidas, mediante correo electrónico dirigido al proveedor que hubiere formulado la consulta. Junto al envío de dicho correo y dentro del mismo plazo, las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la licitación.
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Notificación y aceptación. |
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Una vez notificada y de conformidad al artículo 63° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, la presente licitación se formalizará mediante la firma del contrato respectivo y comenzará a regir, una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo apruebe.
Por razones de buen servicio, el proveedor adjudicado podrá comenzar a prestar los servicios antes de la fecha indicada, aun cuando no se encuentre totalmente tramitada la resolución que apruebe el correspondiente contrato.
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Del contrato. |
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De la suscripción del contrato.
El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación.
Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro de dicho plazo se desiste de la propuesta, caso en el cual el SERNAMEG procederá, si así lo estima pertinente, a readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación, o rechazar todas las restantes.
Al momento de suscribirse el contrato, el representante legal de la persona jurídica, de la Unión temporal o persona natural adjudicada, exhibirá un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F-30-1), emitido por la Inspección del trabajo, el cual deberá estar vigente al momento de la suscripción del contrato.
En el caso de las UTP, cada integrante deberá cumplir con las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, en los términos dispuestos por la Ley de Compras, su Reglamento y las presentes bases, debiéndose exhibir y entregar los certificados de todos los integrantes, para fones señalados precedentemente. Además, se deberá materializar el respectivo acuerdo de la UTP, de acuerdo a lo señalado en el artículo 67 bis del Reglamento de compras, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Del contenido del contrato.
Se entenderá que forman parte del contrato, las presentes Bases administrativas y especificaciones técnicas, las consultas, aclaraciones, las respuestas a ellas y la propuesta técnica y económica del oferente adjudicado.
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Delimitación de responsabilidad. |
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El equipo de personas dispuestas por el oferente adjudicado para ejecutar las labores que se deriven de la ejecución del presente contrato, no tendrá vínculo laboral alguno con el SERNAMEG, siendo de exclusiva responsabilidad del adjudicatario el pago de sus remuneraciones, cotizaciones previsionales y cualquier otro beneficio laboral que les pudiere corresponder.
El contratante será responsable personalmente o a través de delegado que designe, de la administración del contrato, de conformidad a las condiciones fijadas en las bases.
El contratante será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato.
El contratante, en cumplimiento con lo establecido en la legislación laboral, deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y seguridad, tomando las medidas para mantener en terreno, la higiene y seguridad en el trabajo.
Es obligación del contratante efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales, en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, debiendo informar a la contraparte técnica de los hechos ocurridos, haciendo entrega cuando corresponda de tales denuncias.
El proveedor adjudicado deberá:
● Nombrar un Coordinador/a Técnico/a de la prestación del servicio, debiendo proporcionar sus datos de contacto. Igualmente deberá designar una persona contraparte para el Departamento de Administración y Finanzas de SERNAMEG con el fin de que vele y realice seguimiento a todo lo vinculado al pago de los servicios contratados.
Dentro de sus funciones está:
● Informar oportunamente a su contraparte de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento de la prestación de los servicios.
● Representar al oferente en la discusión de materias relacionadas con la prestación de los servicios.
● Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de los servicios.
● La designación de la persona coordinadora y todo cambio relativo a ésta deberá ser informado a la contraparte de SernamEG por el proveedor adjudicado a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de haberse efectuado la designación o el cambio. Las comunicaciones pueden realizarse a través de los correos electrónicos que establecerán las partes.
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Vigencia del contrato. |
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El servicio contratado entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo aprueba y hasta que se cumplan a cabalidad la totalidad de las obligaciones que derivan de él.
Sin perjuicio de ello, por razones de buen servicio y con el fin de dar continuidad de la función pública, se entiende que las actividades podrán comenzar desde el momento de la suscripción del contrato, aun cuando no se encuentre totalmente tramitada la resolución que apruebe el correspondiente contrato.
Con todo, no mediara pago hasta su total tramitación.
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Monto disponible. |
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Para la presente contratación se estima un presupuesto total de $125.155.000. (Ciento veinticinco millones ciento cincuenta y cinco mil pesos), impuestos incluidos.
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Plazo de Ejecución del contrato |
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La ejecución de la totalidad de los servicios descritos, no podrá exceder al 30 de noviembre de 2023.
Los servicios, por razones de buen servicio y continuidad de la función pública, podrán comenzar a prestarse aun cuando no se encuentre totalmente tramitada la resolución que apruebe el correspondiente contrato.
Con todo, no mediará pago alguno hasta la total tramitación del respectivo acto administrativo.
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Multas |
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En caso de que el contratado incurra en las situaciones previstas en la siguiente tabla se aplicarán las multas que para cada caso se señalan, con un tope de 20 UTM mensuales. Para los efectos de la aplicación de multas, las causales que pueden originarlas se clasificarán en faltas graves, moderadas y leves, de acuerdo a lo establecido en el siguiente cuadro:
Categoría Causales Multa aplicable
Falta grave Incumplimiento en la entrega de cualquiera de las prestaciones contratadas de acuerdo a las presentes bases 5 UTM.
Falta moderada Atraso en el cumplimiento de los plazos de acuerdo al cronograma presentado por el oferente en su propuesta. 1 UTM por día de atraso.
El tope máximo para la aplicación de las multas será del 30% del precio del contrato, el que una vez cumplido podrá dar lugar al término anticipado del mismo.
Nota: La UTM (unidad tributaria mensual) aplicable, será la correspondiente al mes en que se verificó la falta.
Procedimiento para la aplicación de multas:
1. Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el administrador del contrato designado por el SernamEG notificará al contratante al correo electrónico de contacto, informando la sanción a aplicar y los hechos en que se fundamenta.
2. A contar de la comunicación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días para efectuar sus descargos a través de la misma vía de comunicación.
3. Vencido el plazo sin que se presenten descargos, se aplicará la sanción por medio de resolución fundada del SernamEG.
4. Si se presentan descargos, el SernamEG tendrá un plazo de 10 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. El rechazo total o parcial de los descargos deberá formalizarse a través de resolución exenta fundada, en la cual se detallará el contenido de la sanción a aplicar. La resolución deberá notificarse por carta certificada al contratante.
5. El contratante, en caso de aplicarse multas, podrá reclamar de su aplicación a la Directora Nacional de SERNAMEG, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 59 de la Ley N° 19.880. El SernamEG dispondrá de un plazo no superior a 30 días para resolver el recurso, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien la rechazará confirmando la multa aplicada.
El proveedor deberá enterar el pago de las multas, en la cuenta corriente de SernamEG dentro de los 10 días hábiles a la notificación de la misma, o desde que se notifique el acto que rechaza la reclamación respectiva, según sea el caso.
La multa deberá ser pagada directamente por la empresa en el SernamEG, o bien, podrá cobrarse del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
6. Caso fortuito o fuerza mayor: No procederá la aplicación de multas en aquellos casos en que la infracción se produzca por caso fortuito o fuerza mayor, el que deberá ser acreditado por el adjudicatario y calificado así por SernamEG.
Ante la ocurrencia de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, el proveedor deberá dirigir una comunicación escrita al administrador del contrato (contraparte de SernamEG), dentro de los 3 primeros días hábiles de acaecido el hecho, explicando lo ocurrido y adjuntando los antecedentes que fundamenten su presentación. La petición será resuelta por SernamEG mediante resolución fundada, de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados, rechazándola o aceptándola. En caso de aceptarla se aumentará el plazo para el cumplimiento, por el tiempo que dure el imprevisto. El proveedor deberá renovar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato de conformidad a la cantidad de días de aumento otorgados.
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Del Pago. |
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El pago de los servicios se realizará en 3 cuotas, contra la recepción conforme y una vez concluidos los siguientes hitos:
Primera Cuota:
• Correspondiente al 20% del monto total adjudicado, contra entrega de un Informe Técnico de Avance, que tiene como plazo de entrega 10 días corridos, posteriores a la fecha de suscripción del contrato. El Informe debe estar aprobado previamente por la Contraparte Técnica del Área Mujer y debe contar con la propuesta de diseño y desarrollo, estipulados en el contrato y en la oferta del proveedor.
Segunda Cuota:
• Que corresponderá al 30% del valor total adjudicado, tras la entrega de un informe de confirmación y cronograma de vuelos Traslados y alojamiento de las emprendedoras, que deberá hacerse llegar a la contraparte técnica dentro de los 15 días siguientes a la suscripción del contrato.
Tercera Cuota:
• Correspondiente al 50% del monto total, contra entrega del Informe Técnico Final, que tiene como plazo de entrega a más tardar los 05 días hábiles, posteriores a la finalización de la Expo Feria Mujeres Emprendedora Indígenas. El Informe debe estar aprobado previamente por la Unidad Técnica del Área Mujer y Trabajo del SernamEG.
El Informe Final debe contener el desarrollo completo de los servicios solicitados, en los términos estipulados en las bases y en la oferta del proveedor.
Respecto de ambos informes, el proveedor dispondrá de 5 días corridos para efectos de subsanar observaciones, si las hubiera. La contraparte técnica del SernamEG, por su parte, dispondrá del mismo plazo para entregar su conformidad vía correo electrónico.
La entrega de los informes deberá realizarse en formato PDF y Word. Además el informe y los anexos deberán enviarse a través de una plataforma de almacenamiento en línea (drive) y al correo electrónico clillo@sernameg.gob.cl.
Conforme señala la Ley N° 21.131, el pago será efectuado por el servicio, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la respectiva factura o instrumento tributario de cobro cumplidos los hitos respectivos y la que deberá emitirse solo una vez que se hayan recepcionado conforme los bienes y/o servicios.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente el órgano público comprador certifique la recepción conforme de los bienes y servicios adquiridos dentro del plazo establecido en el artículo 3° de la Ley N° 19.983.
El pago se efectuará previo envío de la factura a la casilla sernamegrecepcion@custodium.com, a través de la Tesorería General de la República, trimestralmente, dentro de 30 días corridos, contados desde la recepción conforme de la factura, por parte de la unidad técnica, para lo cual deberá acompañar además certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y sociales, emitido por la Dirección del Trabajo, y copia de las liquidaciones de sueldo, firmadas por los trabajadores.
El proveedor, deberá enviar la(s) factura(s) al correo electrónico sernamegrecepcion@custodium.com, adjuntando el archivo xml e ingresando el número de la OC en el campo 801 de la factura, señalando forma de pago crédito, para evitar su rechazo dentro de la plataforma del Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos(SGDTE) de la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda"
El pago de los productos será en pesos chilenos.
En los casos en que el apoderado o representante de la Unión Temporal se desista de prestar el servicio y los otros integrantes decidan continuar, éstos deberán notificar formalmente a SernamEG, la continuación de la Unión Temporal y señalar al nuevo miembro que asuma la representación y emitirá las facturas para el pago respectivo, debiendo éste tener poder suficiente.
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Subcontratación |
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El servicio solicitado podrá ser subcontratado parcialmente respecto a servicios externos para el desarrollo de algunos las partes de éstos que lo requieran para su total ejecución.
La responsabilidad por el íntegro y cabal cumplimiento de las obligaciones que emanan de la licitación y el contrato recaen exclusivamente sobre el proponente contratado.
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ce |
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El contratante no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación. Lo anterior, sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos puedan transferirse de acuerdo a las normas de derecho común.
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Acreditación del cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales |
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SernamEG podrá solicitar al contratante, en cualquier tiempo, mientras dure la ejecución de los servicios, la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones Laborales y sociales.
Será obligación del contratante cumplir con todas las disposiciones del Código del Trabajo, Leyes Sociales y contratación de los Seguros exigidos.
Para el caso que el contratante registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de los servicios licitados deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar al Departamento de Administración y Finanzas, mediante certificados emanados de la autoridad competente que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas antes de efectuar cualquiera de los pagos. El incumplimiento de estas obligaciones será causal de término anticipado de la prestación.
Retenciones
SernamEG, se reserva el derecho a deducir administrativamente de cualquiera de los estados de pago, siempre que lo comunique al adjudicatario por escrito, cualquier suma que éste adeude por multas, suministros, servicios prestados, daños causados a la propiedad o al personal o bienes de SernamEG o por requerimientos judiciales de las Instituciones de Previsión o Salud, Inspección del Trabajo o trabajadores del adjudicatario, multas de atraso en el cumplimiento de las obligaciones y plazos establecidas en las presentes Bases, multas por incumplimiento en general, multas administrativas, así como cualquier suma derivada de otro concepto.
Además, se podrá retener el pago de uno o más estados de pagos pendientes a la fecha, en que SernamEG haya sido notificado válidamente de la existencia de demandas por concepto de su responsabilidad subsidiaria en juicios laborales o previsionales por el personal de la empresa contratista. En este caso, podrá convertirse una retención ajustada al monto de la demanda.
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Confidencialidad. |
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El contratante y sus dependientes que participen en la ejecución del contrato, deberán guardar confidencialidad respecto de todos los antecedentes que tome conocimiento a propósito de la ejecución del mismo, en especial aquellos que digan relación con los datos cuyo tratamiento se encuentra regulado en la ley N° 19.628 Sobre Protección a la Vida Privada. Por lo anterior, conforme a la normativa vigente estarán obligados a guardar secreto respecto de los datos personales a que tengan acceso, particularmente de aquellos que hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público. El Proveedor no podrá emplear la información confidencial a otros efectos distintos de los derivados de este proceso de selección, ni divulgar, difundir, entregar o proporcionar a ningún tercero la información confidencial referida anteriormente, sin la autorización previa y por escrito del SernamEG.
A efectos de garantizar la confidencialidad referida en el párrafo anterior, el Proveedor se obliga a:
- Garantizar que únicamente miembros de su personal tendrán acceso a la información confidencial. La entrega a cualquier persona distinta requerirá la conformidad de SernamEG previa y por escrito.
- Informar a los anteriores del carácter confidencial de la información derivada o relacionada con este Proceso y de sus responsabilidades.
- No confeccionar copias o duplicados de la información confidencial, más allá de las que fueran necesarias para el cumplimiento de los fines para los que dicha información es necesaria.
Estas obligaciones se mantendrán invariables con carácter indefinido aún tras la terminación del Proceso, por la causa que fuere.
El incumplimiento de esta obligación es causal de término anticipado de contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal del infractor.
Se deja constancia que es de propiedad exclusiva de SernamEG toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material.
Asimismo, serán de propiedad de SernamEG todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, sin limitación de ninguna especie, no pudiendo el adjudicatario realizar ningún acto respecto de ellos, sin previa autorización expresa de SernamEG.
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Pacto de integridad. |
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1. El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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De la competencia |
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Para todos los efectos derivados del contrato que se suscriba al efecto, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago, prorrogando competencia ante sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades que le corresponda ejercer, al Órgano Contralor, sobre la materia.
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