Licitación ID: 628-2-LE24
Servicios de Café en modalidad suministros
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GENERO, Abastecimiento Central
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de catering 1 Unidad
Cod: 90101603
Servicio de café en modalidad de suministros para Jornadas de inducción, perfeccionamiento y lineamientos técnicos de los equipos del SernaMEG, años 2024 y 2025.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicios de Café en modalidad suministros
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, requiere contratar los servicios de café para las actividades de inducción, perfeccionamiento y lineamientos técnicos, que realizará durante los años 2024-2025, con losas, funcionarios-as, Ejecutores-as y Coordinadores-as de los distintos programas y dispositivos que se desempeñan a lo largo del territorio nacional.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GENERO
Unidad de compra:
Abastecimiento Central
R.U.T.:
60.107.000-6
Dirección:
Huérfanos 1219, Santiago Centro.
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-03-2024 16:00:00
Fecha de Publicación: 07-03-2024 9:49:30
Fecha inicio de preguntas: 07-03-2024 10:01:00
Fecha final de preguntas: 08-03-2024 14:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-03-2024 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-03-2024 16:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-03-2024 16:30:00
Fecha de Adjudicación: 15-04-2024 16:15:48
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo 1 Datos del oferente
Documentos Técnicos
1.- Anexo 2 Experiencia de la empresa
 
2.- Anexo 5 Tiempo de respuesta
 
3.- Anexo 3 Idoneidad del personal
 
Documentos Económicos
1.- Anexo 4 Variedad de productos y oferta económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterio Equidad de Género En el criterio Equidad de Género, se considerará al oferente que demuestre tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, donde al menos existe un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores. Esto se acreditará mediante el Certificado de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo o Certificado de pago de cotizaciones de seguridad social, en ambos casos debe constar la nómina de trabajadoras/es de la empresa; o bien, en el caso de aquellas empresas que cuenten con un 50 % o más del capital perteneciente a mujeres y/o la representación legal de la misma corresponda a una mujer, deberán acreditar tal situación mediante el comprobante de Sello Mujer, o mediante copia de instrumento público donde conste la participación societaria y de los poderes de administración. 4%
2 Experiencia de los Oferentes El oferente deberá señalar en el Anexo N°2, el número de servicios prestados en los últimos 12 meses (se contabilizará la experiencia que abarque entre el 01 de enero de 2023 hasta el 31/12/2023). Para verificar dicha información, se requiere que el proponente remita, además, copia de las órdenes de compra, facturas o boletas de honorario, que avalen lo señalado en el anexo. Se otorgará 10 puntos por cada verificador considerado idóneo, con un tope de 10. 20%
3 Precio El/la oferente deberá indicar en el Anexo N° 5, Oferta Económica, el valor de su propuesta. De los valores unitarios indicados para los servicios de café básico, intermedio y ejecutivo, se sacará un promedio, el que servirá de base para calcular el valor de la oferta económica. El puntaje de la Oferta Económica se asignará a través de la aplicación de la siguiente fórmula: Puntaje Oferta Económica MPO (______________ ___ x 100) x 25% = OEV MPO= Menor Precio Ofertado Programa de integridad o similar Puntaje Oferente cuenta y adjunta programa de integridad de la empresa o similar. 100 Oferente no cuenta/no informa programa de integridad de la empresa o similar 0 OEV= Oferta Económica Evaluada 25%
4 Idoneidad del personal Se evaluará si el personal tiene formación en gastronomía, o si cuenta con cursos de manipulación de alimentos u otros relacionados con el área, para lo que deberá adjuntar el certificado correspondiente, debidamente firmado y timbrado. Para mayor información revisar el punto 10 de las bases de licitación. 20%
5 Programa de integridad de la empresa o similar El oferente que cuente con un programa de integridad de la empresa o similar, con el debido respaldo, obtendrá la puntuación máxima. El oferente que no disponga o informe un programa de integridad de la empresa o similar obtendrá el puntaje mínimo, de acuerdo a lo solicitado en Dictamen NªE370752, de fecha 20 de julio de 2023 de la Contraloría General de la República. 1%
6 Propuesta Técnica Se evaluarán los siguientes sub criterios: -Propuesta Técnica 10% -Variedad de productos de acuerdo a los servicios ofertados 10% -Tiempo de respuesta 10% Para mayor información, revisar el punto 10 de las bases de licitación. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 10000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería General de la República
e-mail de responsable de pago: sernamegrecepcion@custodium.com
Nombre de responsable de contrato: Andrea Alvarez Morales
e-mail de responsable de contrato: aalvarez@sernameg.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-5496148-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El-la adjudicatario-a, por la naturaleza de los servicios, no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
Cuando respecto del puntaje total, dos o más ofertas obtengan la misma
puntuación, de manera que queden ubicadas en el primer orden de elegibilidad, se seleccionará la propuesta que haya presentado la mejor propuesta técnica, de
mantenerse el empate, se privilegiará de acuerdo al puntaje obtenido
consecutivamente en los siguientes criterios:

Propuesta Técnica y variedad de los productos ofertados.
Experiencia en el rubro.
Idoneidad del personal.
Oferta Económica.
Equidad de género.
Programa de integridad.

En última instancia, de seguir el empate, se preferirá la oferta que haya ingresado
primero al portal de la licitación, de acuerdo a la información que conste en los
respectivos comprobantes de ingreso de ofertas.
Pacto de integridad
1. El/la oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto
de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el/la oferente acepta el
suministrar toda la información y documentación que
sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las
presentes bases de licitación, asumiendo expresamente
los siguientes compromisos:
2. El/la oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni
intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza
y/o monto, a ningún funcionario público en relación con
su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la
ejecución de él o los contratos que eventualmente se
deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o
concederlas a terceras personas que pudiesen influir
directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su
toma de decisiones o en la posterior adjudicación y
ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El/la oferente se obliga a no intentar ni efectuar
acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas
que tengan por objeto influir o afectar de cualquier
forma la libre competencia, cualquiera fuese la
conducta o acto específico, y especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El/la oferente se obliga a revisar y verificar toda la
información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas
las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión
y vigencia de la misma.
5. El/la oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con
los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso
licitatorio.
6. El/la oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce
y respetará las reglas y condiciones establecidas en las
bases de licitación, sus documentos integrantes y él o
los contratos que de ellos se derivase.
7. El/la oferente se obliga y acepta asumir, las
consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que
sean aplicables a la misma.
8. El/la oferente reconoce y declara que la oferta
presentada en el proceso licitatorio es una propuesta
seria, con información fidedigna y en términos técnicos y
económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones
y oportunidad ofertadas.
9. El/la oferente se obliga a tomar todas las medidas que
fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente
cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas
con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su
infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen
determinadas por los organismos correspondientes.
Presentación de antecedentes omitidos por el oferente
Si durante la evaluación de las ofertas se detectaren errores u omisiones formales, la comisión evaluadora podrá solicitar a esos proveedores que salven dichos errores u omisiones, siempre y cuando, ello se efectúe en conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886. La Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente solicitud de aclaración, informando los antecedentes omitidos que faltan. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado. Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán el término fatal de 02 días hábiles para entregar los antecedentes omitidos, plazo que se contará desde la publicación de la solicitud de aclaración. Con todo, la Comisión Evaluadora tendrá las más amplias facultades para verificar la idoneidad, respecto de aquellas propuestas en las cuales se determine que uno o más de los documentos acompañados, no den fe de su contenido, pudiendo acudir a los medios que estime pertinente para corroborarlos. En caso de que determine de falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos acompañados junto con la/las propuesta/s, la Comisión Evaluadora podrá desestimar la oferta del proponente, dejando constancia en su informe de las circunstancias que llevaron a determinar su descalificación y los medios por los cuales se corroboró la falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos cuestionados.Si durante la evaluación de las ofertas se detectaren errores u omisiones formales, la comisión evaluadora podrá solicitar a esos proveedores que salven dichos errores u omisiones, siempre y cuando, ello se efectúe en conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886. La Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente solicitud de aclaración, informando los antecedentes omitidos que faltan. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado. Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán el término fatal de 02 días hábiles para entregar los antecedentes omitidos, plazo que se contará desde la publicación de la solicitud de aclaración. Con todo, la Comisión Evaluadora tendrá las más amplias facultades para verificar la idoneidad, respecto de aquellas propuestas en las cuales se determine que uno o más de los documentos acompañados, no den fe de su contenido, pudiendo acudir a los medios que estime pertinente para corroborarlos. En caso de que determine de falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos acompañados junto con la/las propuesta/s, la Comisión Evaluadora podrá desestimar la oferta del proponente, dejando constancia en su informe de las circunstancias que llevaron a determinar su descalificación y los medios por los cuales se corroboró la falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos cuestionados.Si durante la evaluación de las ofertas se detectaren errores u omisiones formales, la comisión evaluadora podrá solicitar a esos proveedores que salven dichos errores u omisiones, siempre y cuando, ello se efectúe en conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886. La Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente solicitud de aclaración, informando los antecedentes omitidos que faltan. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado. Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán el término fatal de 02 días hábiles para entregar los antecedentes omitidos, plazo que se contará desde la publicación de la solicitud de aclaración. Con todo, la Comisión Evaluadora tendrá las más amplias facultades para verificar la idoneidad, respecto de aquellas propuestas en las cuales se determine que uno o más de los documentos acompañados, no den fe de su contenido, pudiendo acudir a los medios que estime pertinente para corroborarlos. En caso de que determine de falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos acompañados junto con la/las propuesta/s, la Comisión Evaluadora podrá desestimar la oferta del proponente, dejando constancia en su informe de las circunstancias que llevaron a determinar su descalificación y los medios por los cuales se corroboró la falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos cuestionados.Si durante la evaluación de las ofertas se detectaren errores u omisiones formales, la comisión evaluadora podrá solicitar a esos proveedores que salven dichos errores u omisiones, siempre y cuando, ello se efectúe en conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886. La Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente solicitud de aclaración, informando los antecedentes omitidos que faltan. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado. Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán el término fatal de 02 días hábiles para entregar los antecedentes omitidos, plazo que se contará desde la publicación de la solicitud de aclaración. Con todo, la Comisión Evaluadora tendrá las más amplias facultades para verificar la idoneidad, respecto de aquellas propuestas en las cuales se determine que uno o más de los documentos acompañados, no den fe de su contenido, pudiendo acudir a los medios que estime pertinente para corroborarlos. En caso de que determine de falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos acompañados junto con la/las propuesta/s, la Comisión Evaluadora podrá desestimar la oferta del proponente, dejando constancia en su informe de las circunstancias que llevaron a determinar su descalificación y los medios por los cuales se corroboró la falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos cuestionados.
Adjudicación
A la Comisión de Evaluación le corresponderá proponer la adjudicación respecto de cualquiera de las ofertas presentadas, sólo en la medida de que haya obtenido el mayor puntaje– aun cuando no sea la de más bajo costo – y siempre que cumpla con las Bases y se adecúe a los intereses de la Institución, de acuerdo con los criterios de evaluación, con sus respectivas ponderaciones y puntajes asignados para cada uno de los factores. El SernamEG podrá declarar inadmisible la/s oferta/s presentada/s en los siguientes casos: - Cuando las condiciones ofrecidas por el oferente no cumplan con los requisitos y demás condiciones establecidas en las presentes bases. - Los documentos recibidos no incluyan la información y requisitos solicitados. - Cuando el oferente no ingrese propuesta técnica, propuesta económica, y variedad de los productos y tipo de servicios. Sin perjuicio de lo anterior, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes Bases. El informe final de la comisión evaluadora, según lo dispone el Reglamento de Compras Públicas, en su artículo 40 bis, deberá referirse a que a las siguientes materias: 1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. 4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. El SernamEG podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando todas las ofertas presentadas sean declaradas inadmisibles, o cuando las ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada. En el caso de no ser publicada la resolución de adjudicación dentro de plazo establecido, el Servicio publicará en la plataforma de la Dirección de Compras y Contratación Pública, una nueva fecha, fundamentando el atraso, mediante la dictación del correspondiente acto administrativo. Los actos antes indicados se publicarán en el sistema de información de Mercado Público. De acuerdo a lo señalado en el inciso tercero del artículo 66 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, el SernamEG exigirá al adjudicatario su inscripción en el Registro de Chile Proveedores para poder suscribir el contrato definitivo, en caso que no hubiere cumplido dicho trámite para lo que le otorgará un plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la total tramitación de la Resolución que adjudica.
Readjudicación
Si el/la adjudicatario/a desiste de su oferta, no acepta oportunamente la Orden de Compra o no se cumple cualquiera de los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar a el/la oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En el caso que fuese una UTP, cada integrante de la misma, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores.
Consultas acerca de la adjudicación
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41° del Reglamento de la Ley N° 19.886, los interesados podrán realizar consultas sobre la adjudicación, en el sistema de información de mercado público, a través del siguiente link: https://www.mercadopublico.cl/Portal/modules/Site/Reclamos/IngresoReclamo.aspx
Notificación y Aceptación
Una vez notificada y de conformidad al artículo 63° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, la presente licitación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor.
Plazos y condiciones de entrega del servicio
El/la requirente del SernamEG, solicitará en un tiempo no inferior a 5 días hábiles, el servicio de cafetería. En primera instancia solicitará una cotización al proveedor que resulte adjudicado, y de ser ésta aceptada, se emitirá la respectiva orden de compra.
Coordinador/a
La/el oferente adjudicada/o deberá nombrar un/a coordinador/a de la prestación de los servicios, cuya identidad deberá informarse a su contraparte de SernamEG. En el desempeño de su cometido, la/el coordinador/a deberá: 1. Informar oportunamente a su contraparte de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento de la prestación de los servicios. 2. Representar a el/la adjudicatario en la discusión de materias relacionadas con la prestación de los servicios. 3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de los servicios. La designación del/la coordinador/a y todo cambio relativo a éste deberá ser informado a la contraparte de SernamEG por el/la adjudicatario/a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de haberse efectuado la designación o el cambio. Las comunicaciones pueden realizarse a través de los correos electrónicos que establecerán las partes.
Supervisión y Coordinación por parte del SernamEG
El SernamEG definirá una contraparte técnica como coordinador/a de la prestación de los servicios, quien ejercerá las siguientes funciones: a. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento de los servicios. b. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de lo acordado. c. Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, para los efectos de su pago. d. Notificar al proveedor de los hechos que pueden dar lugar a la aplicación de una multa. e. Solicitar cotizaciones para la realización de los respectivos servicios.
Delimitación de Responsabilidad
El equipo de personas dispuestas por el/la oferente adjudicado para ejecutar las labores que se deriven de la ejecución del presente contrato, no tendrá vínculo laboral alguno con el SERNAMEG, siendo de exclusiva responsabilidad del/la adjudicatario/a el pago de sus remuneraciones, cotizaciones previsionales y cualquier otro beneficio laboral que les pudiere corresponder. El/la contratante será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato.
Vigencia de la contratación
La vigencia de la contratación comenzará una vez que se haya emitido la orden de compra y ésta haya sido aceptada por el proveedor adjudicado. La contratación se extenderá desde el 02 de mayo de 2024, hasta el 30 de abril de 2025, o bien, hasta que se sean utilizados la totalidad de los recursos disponibles para el presente proceso licitatorio.
Termino anticipado de la relación contractual
La relación contractual podrá terminarse anticipadamente y en forma administrativa, mediante resolución fundada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 77° y 79° del D.S. N° 250, que contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causales: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los/as contratantes. 2. Estado de notoria insolvencia del/la contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 4. Por no contar con presupuesto disponible en un determinado ejercicio presupuestario. 5. Registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores/as, o con trabajadores/as contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 6. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el/la contratante. Respecto al término anticipado por incumplimiento grave de las obligaciones, se entenderá que existe incumplimiento cuando los objetivos previstos para la contratación no se logran en forma reiterada o en sus aspectos sustantivos, por circunstancias que resultan imputables al contratista, como, por ejemplo: a. No se cumplan con los estándares técnicos de calidad entregados por la empresa. a. La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios que hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes. b. Aplicación de multas por un monto igual o superior al 10 % del valor total del contrato. c. Incorporar en la facturación costos que no hayan sido expresa y específicamente descritos en la oferta. d. Contar con dos evaluaciones consecutivas con una calificación igual o inferior a 4 Lo establecido precedentemente, es sin perjuicio de las acciones que el SERNAMEG pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Multas
El monto de las multas será rebajado del pago que el Servicio deba efectuar al adjudicatario/a. Se aplicarán multas en los siguientes casos: Un 3% del valor del pago acordado por no entrega del servicio en los plazos y condiciones acordados, una vez aceptada la cotización enviada por el proveedor. Procedimiento para la aplicación de multas: Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el administrador del contrato designado por el SERNAMEG notificará a el/la contratante al correo electrónico de contacto, informándole la sanción a aplicar y los hechos en que se fundamenta. A contar de la comunicación, el/la adjudicatario/a tendrá un plazo de cinco días para efectuar sus descargos a través de la misma vía de comunicación. Vencido el plazo sin que se presenten descargos, se aplicará la sanción por medio de resolución fundada del SERNAMEG. Si se presentan descargos, el SERNAMEG tendrá un plazo de 10 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. El rechazo total o parcial de los descargos deberá formalizarse a través de resolución exenta fundada, en la cual se detallará el contenido de la sanción a aplicar. La resolución deberá notificarse por carta certificada al el/la contratante. El/la contratante dispondrá de un plazo de cinco días para impugnar la resolución que rechaza sus descargos y aplica la multa, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen su petición. El SERNAMEG dispondrá de un plazo no superior a 30 días para resolver el recurso, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien la rechazará confirmando la multa aplicada. La multa deberá ser pagada directamente por la empresa en el SERNAMEG, o en su defecto, descontada directamente de los estados de pago que se encuentren pendientes. En el caso que la suma de las multas aplicadas en un mes exceda de lo facturado, podrá cobrarse del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
Pago
El pago de los servicios será realizado posterior a la prestación y recepción conforme de los servicios. La recepción conforme estará a cargo de la dependencia, área o Unidad que requiera los servicios respectivos. Los documentos tributarios serán pagados en un plazo no superior a 30 días, desde la recepción conforme del documento y una vez que se informe la recepción conforme de los servicios respectivos. El pago se efectuará previo envío de la factura a la casilla sernamegrecepcion@custodium.com, a través de la Tesorería General de la República, dentro de 30 días corridos, contados desde la recepción conforme de la factura, por parte de la unidad técnica correspondiente. El proveedor adjudicado, deberá enviar la(s) factura(s) al correo electrónico sernamegrecepcion@custodium.com, adjuntando el archivo xml e ingresando el número de la OC en el campo 801 de la factura, señalando forma de pago crédito, para evitar el rechazo del documento en el Servicio de Impuestos Internos.
Acreditación del cumplimiento de obligaciones laborales
SERNAMEG podrá solicitar a el/la contratante, en cualquier tiempo, mientras dure la ejecución de los trabajos o servicios, la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones Laborales y sociales. Será obligación del/la contratante cumplir con todas las disposiciones del Código del Trabajo, Leyes Sociales y contratación de los Seguros exigidos. Para el caso que el/la contratante registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de los servicios licitados deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar al Departamento de Administración y Finanzas, mediante certificados emanados de la autoridad competente que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas antes de efectuar cualquiera de los pagos. El incumplimiento de estas obligaciones será causal de término anticipado de la prestación. Retenciones SernamEG, se reserva el derecho a deducir administrativamente de cualquiera de los estados de pago, siempre que lo comunique al adjudicatario por escrito, cualquier suma que éste adeude por multas, suministros, servicios prestados, daños causados a la propiedad o al personal o bienes de SernamEG o por requerimientos judiciales de las Instituciones de Previsión o Salud, Inspección del Trabajo o trabajadores del adjudicatario, multas de atraso en el cumplimiento de las obligaciones y plazos establecidas en las presentes bases, multas por incumplimiento en general, multas administrativas, así como cualquier suma derivada de otro concepto. Además, se podrá retener el pago de uno o más estados de pagos pendientes a la fecha, en que SernamEG haya sido notificado válidamente de la existencia de demandas por concepto de su responsabilidad subsidiaria en juicios laborales o previsionales por el personal de la empresa contratista. En este caso, podrá convertirse una retención ajustada al monto de la demanda.
Confidencialidad
El oferente/adjudicatario/contratante, sólo podrá utilizar la información proporcionada por el SernamEG, para los efectos de dar cumplimiento a los fines propios del presente proceso licitatorio o la ejecución del contrato que derive del mismo, quedando prohibido todo uso distinto del señalado. En dicho entendido, el oferente/adjudicatario/contratante, deberá resguardar confidencialidad de todos los antecedentes o información que el SernamEG le proporcione con motivo del presente proceso licitatorio, no pudiendo hacer uso de esto para fines ajenos, y en consecuencia, no podrá, a cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o parte está información, durante todo el proceso licitatorio, así como en la ejecución del contrato, y posterior al término del mismo. Esta prohibición afecta al oferente/adjudicatario/contratante, al personal que labora en distintas calidades jurídicas, que se encuentre ligado al oferente/adjudicatario/contratante, en todas las etapas del proceso licitatorio, incluso después de la expiración del contrato que de origen el referido proceso. El SernamEG quedará liberado de toda responsabilidad por el uso indebido que el oferente/adjudicatario/contratante, pueda dar a la información, reservándose el derecho a ejercer todas las acciones legales tendientes a demandar el reembolso de las sumas a las que eventualmente sea obligado a pagar como consecuencia de lo anterior, más indemnización de perjuicios que se hubieren ocasionado. Asimismo, serán de propiedad de SernamEG todos los productos generados, a través de esta licitación, sin limitación de ninguna especie, no pudiendo el proveedor realizar ningún acto respecto de ellos, sin previa autorización expresa de SernamEG.