Licitación ID: 628-23-LE23
Mantención preventiva y correctiva bombas de agua.
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GENERO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Bombas de agua 1 Unidad
Cod: 40151510
Servicios de mantención y eventuales reparaciones de los sistemas de elevación de agua potable, redes húmedas y red seca y limpieza de pozos para las dependencias de la Dirección Nacional del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Mantención preventiva y correctiva bombas de agua.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo de la presente licitación pública, es contratar los servicios de mantención y eventuales reparaciones de los sistemas de elevación de agua potable, limpieza de pozos, red húmeda y red seca, para las dependencias del nivel central del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, ubicadas en calle Huérfanos Nº 1219, por un período de 24 meses.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Abastecimiento Central
R.U.T.:
60.107.000-6
Dirección:
Huérfanos 1219, Santiago Centro.
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-10-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 08-09-2023 9:33:13
Fecha inicio de preguntas: 25-09-2023 16:00:00
Fecha final de preguntas: 27-09-2023 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-09-2023 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-10-2023 16:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-09-2023 16:30:00
Fecha de Adjudicación: 19-10-2023 12:20:54
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 25-10-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Visita a terreno obligatoria - Huérfanos 1219, Santiago Centro. 27-09-2023 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1. Identificación del oferente.
2.- Anexo N°2. Declaracón jurada sobre ausencia de inhabilidades.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°3. Aceptación de propuesta de trabajo y servicios adicionales.
 
2.- Anexo N°4. Acreditación de experiencia.
 
3.- Anexo N°5. Tiempo de respuesta ante emergencias.
 
4.- Anexo N°6. Garantía de los trabajos realizados.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°7. Oferta económica.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta económica. El oferente deberá indicar en el anexo N°7, Oferta Económica, el valor mensual de su propuesta. El menor precio ofertado recibirá la totalidad del puntaje. El puntaje de las demás ofertas se determinará a través de la aplicación de la siguiente fórmula: Puntaje Oferta Económica = (Menor Precio Ofertado/Oferta Económica) x100 40%
2 Oferta técnica Se evaluarán los siguientes subcriterios: 1. Experiencia (12%). 2. Tiempo de respuesta frente a emergencia (15%). 3. Garantía de los trabajos realizados (15%). 4. Propuesta de trabajo (18%). Para meyor información, favor revisar el punto 10. de evaluación y adjudicación de las ofertas. 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ley de Presupuesto años respectivos
Monto Total Estimado: 8000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería General de la República
e-mail de responsable de pago: sernamegrecepcion@custodium.com
Nombre de responsable de contrato: Francisco Rojas Arce
e-mail de responsable de contrato: frojas@sernameg.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25496118-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá subcontratar ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género
Fecha de vencimiento: 28-01-2026
Monto: 5 %
Descripción: La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente y deberá presentarse antes o al momento de suscribir el contrato por el proveedor que resulte adjudicado. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En el caso de las garantías otorgadas en forma física estas se recepcionarán en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional del SERNAMEG, ubicada en Huérfanos 1219, comuna de Santiago, entre las 09:00 y 14:00 horas. Esta garantía solo será entregada por el proveedor adjudicado.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de servicios de mantención y eventuales reparaciones de los sistemas de elevación de agua potable, redes húmeda y seca y limpieza de pozos, para el Servicio Nacional de la Mujer y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los /as trabajadores/as.”
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de ésta, y se haya acreditado el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadoras/es. Su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no cumple cualquiera de los plazos que se establecen en las presentes bases o no se inscribe en el Registro de Chile Proveedores en el plazo establecido para ello, o no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes, se entenderá que se desiste de la propuesta, y la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del SERNAMEG, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En el caso que fuese una UTP, cada integrante de la misma, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores. Si existiese el retiro de alguno de los integrantes de una UTP, la misma deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo señalado recientemente, y otras características objeto de evaluación de la oferta, esta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Si durante la evaluación de las ofertas se detectaren errores u omisiones formales, la comisión evaluadora podrá solicitar a esos proveedores que salven dichos errores u omisiones, siempre y cuando, ello se efectúe en conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886. La Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente solicitud de aclaración, informando los antecedentes omitidos que faltan. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado. Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán el término fatal de 02 días hábiles para entregar los antecedentes omitidos, plazo que se contará desde la publicación de la solicitud de aclaración. Con todo, la Comisión Evaluadora tendrá las más amplias facultades para verificar la idoneidad, respecto de aquellas propuestas en las cuales se determine que uno o más de los documentos acompañados, no den fe de su contenido, pudiendo acudir a los medios que estime pertinente para corroborarlos. En caso de que determine de falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos acompañados junto con la/las propuesta/s, la Comisión Evaluadora podrá desestimar la oferta del proponente, dejando constancia en su informe de las circunstancias que llevaron a determinar su descalificación y los medios por los cuales se corroboró la falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos cuestionados.
Resolución de empates.
Cuando respecto del puntaje total, dos o más ofertas obtengan la misma puntuación, de manera que queden ubicadas en el primer orden de elegibilidad, se seleccionará la propuesta que haya obtenido el mejor puntaje en la Oferta Técnica. De persistir el empate, se elegirá al oferente que haya tenido mejor puntaje en el criterio de Oferta económica. En última instancia, de seguir el empate, se preferirá la oferta que haya ingresado primero al portal de la licitación, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de ofertas.
Adjudicación.
A la Comisión de Evaluación le corresponderá proponer la adjudicación respecto de cualquiera de las ofertas presentadas, solo en la medida de que haya obtenido el mayor puntaje - aun cuando no sea la de más bajo costo – y siempre que cumpla con las Bases y se adecue a los intereses de la Institución, de acuerdo con los criterios de evaluación, con sus respectivas ponderaciones y puntajes asignados para cada uno de los factores. El SERNAMEG podrá declarar inadmisible la/s oferta/s presentada/s en los siguientes casos: Cuando las condiciones ofrecidas por el oferente no cumplan con los requisitos y demás condiciones establecidas en las presentes bases. Los documentos recibidos no incluyan cualquiera de los anexos requeridos. Los oferentes que no se hayan presentado a la visita en terreno obligatoria. Si no suscribe el anexo N°3 de propuesta de trabajo o no indica garantía por los trabajos. Sin perjuicio de lo anterior, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. El informe final de la comisión evaluadora, según lo dispone el Reglamento de Compras Públicas, en su artículo 40 bis, deberá referirse a que a las siguientes materias: Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. El SERNAMEG podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando todas las ofertas presentadas sean declaradas inadmisibles, o cuando las ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada. En el caso de no ser publicada la resolución de adjudicación dentro de plazo establecido, el Servicio publicará en la plataforma de la Dirección de Compras y Contratación Pública, una nueva fecha, publicando la resolución que fundamente el atraso, antes de vencimiento del plazo original, indicando una nueva fecha. Los actos antes indicados se publicarán en el sistema de información de Mercado Publico (www.mercadopublico.cl).
Readjudicación.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no cumple cualquiera de los plazos que se establecen en las presentes bases o no se inscribe en el Registro de Chile Proveedores en el plazo establecido para ello, o no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes, se entenderá que se desiste de la propuesta, y la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del SERNAMEG, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En el caso que fuese una UTP, cada integrante de la misma, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores. Si existiese el retiro de alguno de los integrantes de una UTP, la misma deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo señalado recientemente, y otras características objeto de evaluación de la oferta, esta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Consultas acerca de la adjudicación.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41° del Reglamento de la Ley N° 19.886, los interesados podrán realizar consultas sobre la adjudicación, en el sistema de información de mercado público, a través del siguiente link: https://www.mercadopublico.cl/Portal/modules/Site/Reclamos/IngresoReclamo.aspx
Vigencia del contrato.
La vigencia del contrato comenzará a regir una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo aprueba y hasta que se cumplan a cabalidad la totalidad de las obligaciones que derivan de él. Sin perjuicio de ello, por razones de buen servicio y con el fin de dar continuidad de la función pública, se entiende que el servicio deberá comenzar a partir del 01 de noviembre de 2023, por un periodo de 24 meses. Con todo, no se efectuará pago alguno antes de la total tramitación del acto aprobatorio.
Del contrato.
De la suscripción del contrato. El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de los 20 días corridos desde la fecha de notificación de la resolución de adjudicación. Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro de dicho plazo se desiste de la propuesta, caso en el cual el SERNAMEG procederá, si así lo estima pertinente, a readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación, o rechazar todas las restantes. Del contenido del contrato. Se entenderá que forman parte del contrato las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas, las consultas, aclaraciones y las respuestas a ellas y la propuesta técnica y económica del oferente adjudicado.
Modificación y término anticipado del contrato.
El contrato y podrá terminarse o modificarse anticipadamente y en forma administrativa, mediante resolución fundada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 77° y 79° del D.S. N° 250, que contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causales: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. El contrato podrá ser dejado sin efecto por mutuo consentimiento, caso en el cual, ninguna de las partes tendrá derecho a indemnización) Término Anticipado por Incumplimiento del Contratista. 3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, en cuyo caso no se hará efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. 4. Registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 5. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. 6. Si se constata que los integrantes de la UTP la constituyeron con el objeto de vulnerar la libre competencia. En dicho caso, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 7. Si alguno de los integrantes de la UTP, se retira, y solo el reunía los requisitos que los hacían objeto de la evaluación de la oferta. 8. Ocultar información relevante para la ejecución del contrato, que afecte a algunos de los integrantes de la UTP. 9. Disolución de la UTP. 10. Inhabilidad sobreviviente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que la misma no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. En todo caso, las modificaciones al contrato siempre deberán constar por escrito, lo anterior será aprobado mediante resolución de la autoridad administrativa. Respecto al término anticipado del contrato por incumplimiento grave de las obligaciones, se entenderá que existe incumplimiento cuando los objetivos previstos para la contratación no se logran en forma reiterada o en sus aspectos sustantivos, por circunstancias que resultan imputables al contratista, como, por ejemplo: La entrega de insumos que no reúnen los estándares de calidad requeridos. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas de la contratación, respecto del personal contratado y/o los servicios a ejecutar. La deficiencia en la prestación de sus servicios, situación que será calificada por SERNAMEG como se indica más abajo. Si el Contratante, en cualquiera de las circunstancias mencionadas, no subsana su incumplimiento en el plazo que le hubiere autorizado por escrito el SERNAMEG. Calificación de los servicios: La empresa adjudicada será sometida a evaluación antes de proceder al pago de cada factura, y le será remitido un informe con la ponderación obtenida y las observaciones del caso, si las hubiere. La calificación se realizará de acuerdo a la siguiente tabla: En caso de que en dos evaluaciones consecutivas el proveedor obtenga una calificación igual o inferior a 4.0, SERNAMEG podrá poner término de inmediato a los servicios contratados. Lo establecido precedentemente, es sin perjuicio de las acciones que el SERNAMEG pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Multas
En caso de atrasos, faltas o incumplimiento de las tareas a realizar y/o falta de mantenciones preventivas suministradas oportunamente por la empresa adjudicada para el óptimo desempeño de las bombas del edificio, SERNAMEG, a través de un informe, notificará a la empresa. Si el inconveniente no es corregido a la brevedad, (24 horas máximo), SERNAMEG podrá cobrar una multa del cinco por ciento (5%) del valor mensual total de facturación del servicio de suministro, por cada día de atraso y/o incumplimiento informado, siendo acumulativos e independientes cada uno de los incumplimientos. Sin perjuicio de la aplicación de la multa, el adjudicatario deberá resolver los problemas de cumplimiento de prestación de servicios a solicitud del SERNAMEG El tope máximo para la aplicación de las multas será del 30% del precio del contrato, el que una vez cumplido podrá dar lugar al término anticipado del mismo. Procedimiento para la aplicación de multas: 1. Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el administrador del contrato designado por el Servicio notificará al adjudicado al correo electrónico de contacto, informándole la sanción a aplicar y los hechos en que se fundamenta. 2. A contar de la comunicación, el adjudicatario tendrá un plazo de tres días para efectuar sus descargos a través de la misma vía de comunicación. 3. Vencido el plazo sin que se presenten descargos, se aplicará la sanción por medio de resolución fundada del Servicio. 4. Si se presentan descargos, el Servicio tendrá un plazo de tres días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. El rechazo total o parcial de los descargos deberá formalizarse a través de resolución exenta fundada, en la cual se detallará el contenido de la sanción a aplicar. La resolución deberá notificarse por carta certificada al adjudicatario. 5. El adjudicatario dispondrá de un plazo de tres días para impugnar la resolución que rechaza sus descargos y aplica la multa, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen su petición. El Servicio dispondrá de un plazo no superior a 30 días para resolver el recurso.
Del Pago.
Conforme señala la Ley N° 21.131, el pago será efectuado previo envío de la factura o instrumento tributario de cobro a la casilla sernamegrecepcion@custodium.com, a través de la Tesorería General de la República, dentro de los 30 días corridos, posterior a la recepción conforme los servicios por parte de la Unidad técnica a cargo de la contratación (artículo 3° de la Ley N° 19.983). El proveedor adjudicado, deberá enviar la(s) factura(s) al correo electrónico sernamegrecepcion@custodium.com, adjuntando el archivo xml e ingresando el número de la OC en el campo 801 de la factura, señalando forma de pago crédito, para evitar el rechazo del documento en el Servicio de Impuestos Internos. En los casos en que el apoderado o representante de la Unión Temporal se desista de prestar el servicio y los otros integrantes decidan continuar, éstos deberán notificar formalmente a SernamEG, la continuación de la Unión Temporal y señalar al nuevo miembro que asuma la representación y emitirá las facturas para el pago respectivo, debiendo éste tener poder suficiente.
Acreditación del cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales
SERNAMEG podrá solicitar a el/la contratante, en cualquier tiempo, mientras dure la ejecución de los trabajos o servicios, la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones Laborales y sociales. Será obligación del/la contratante cumplir con todas las disposiciones del Código del Trabajo, Leyes Sociales y contratación de los Seguros exigidos. Para el caso que el/la contratante registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de los servicios licitados deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar al Departamento de Administración y Finanzas, mediante certificados emanados de la autoridad competente que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas antes de efectuar cualquiera de los pagos. El incumplimiento de estas obligaciones será causal de término anticipado de la prestación. Retenciones. SernamEG, se reserva el derecho a deducir administrativamente de cualquiera de los estados de pago, siempre que lo comunique al adjudicatario por escrito, cualquier suma que éste adeude por multas, suministros, servicios prestados, daños causados a la propiedad o al personal o bienes de SernamEG o por requerimientos judiciales de las Instituciones de Previsión o Salud, Inspección del Trabajo o trabajadores del adjudicatario, multas de atraso en el cumplimiento de las obligaciones y plazos establecidas en las presentes bases, multas por incumplimiento en general, multas administrativas, así como cualquier suma derivada de otro concepto. Además, se podrá retener el pago de uno o más estados de pagos pendientes a la fecha, en que SernamEG haya sido notificado válidamente de la existencia de demandas por concepto de su responsabilidad subsidiaria en juicios laborales o previsionales por el personal de la empresa contratista. En este caso, podrá convertirse una retención ajustada al monto de la demanda.
Pacto de integridad.
1. El/la oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el/la oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 2. El/la oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3. El/la oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4. El/la oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5. El/la oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6. El/la oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7. El/la oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8. El/la oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9. El/la oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio
Administrador/a del Contrato.
Adjudicado el presente proceso licitatorio, su ejecución estará a cargo de la jefatura de la Unidad de Servicios Generales del Dpto. de Administración y Finanzas, quien nombrará al/la encargado/a de la supervisión y administración del mismo. 1. A través de un/a supervisor/a y/o coordinador/a designado por parte de la empresa adjudicada y el/la administrador/a de Sernam, se administrará toda la información y los antecedentes pertinentes a la contratación respectiva. 2. Todas las comunicaciones entre las partes deberán quedar por escrito, ya sea a través de correos electrónicos, cartas certificadas, actas de reuniones, informes u otros, y serán debidamente registradas en una carpeta y/o archivo que se mantendrá al efecto. 3. De la documentación antes señalada se despachará copia a la contraparte de Sernam designada por la empresa y a la jefatura de la Unidad de Administración Interna o su equivalente. 4. La mantención y actualización de los archivos de respaldo será de responsabilidad del/la administrador/a del contrato, quien deberá tenerlo a disposición durante los horarios de trabajo. 5. El/la administrador/a del contrato del Sernam tendrá el deber de supervisar la correcta ejecución del mismo y efectuar las calificaciones del proveedor antes de dar curso a los pagos.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.