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Incorporaciones y exclusiones |
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El SERNAMEG tendrá el derecho de incluir cualquier vehículo que se haya
incorporado a su patrimonio con las mismas condiciones de tasa, cobertura y
vigencia de la póliza contratada. Dichas inclusiones regirán desde que el
SERNAMEG informe por escrito o mediante correo electrónico a la Compañía
de Seguros o al Corredor, según sea el caso, la incorporación correspondiente,
sin perjuicio del trámite de endoso que se origine a partir de dicha solicitud.
Asimismo, se podrán solicitar las exclusiones de los vehículos dados de baja
durante el periodo de vigencia de las pólizas contratadas. Dichas exclusiones
comenzaran a regir a contar de la notificación que realice el SERNAMEG, por
escrito o mediante correo electrónico a la Compañía de Seguros o al Corredor,
según corresponda.
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Obligaciones del contratista |
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Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la
contratación, el contratista tendrá las siguientes obligaciones:
1. Ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y
dedicación para su debido cumplimiento.
2. Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las presentes
bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.
3. Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la
forma de prestar los servicios o cobertura de las pólizas que no esté
considerado en las bases y no haya sido autorizada por la contraparte
técnica.
4. Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales y reglamentarias
aplicables a la contratación, especialmente en materia de accidentes del
trabajo y prevención de riesgos, laborales, remuneracionales, de previsión
y seguridad social, u otros que le sean aplicables.
5. Asumir la responsabilidad de todo accidente o daño que durante la
vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal o a los bienes del
SERNAMEG, que sean imputables al contratista o al personal de su
dependencia. En estos casos, el contratista deberá reponer en el más
breve plazo el daño ocasionado.
6. Emplear el máximo cuidado respecto de los bienes, materiales, equipos e
instalaciones que sean de su propiedad. En consecuencia, no tendrá
derecho a indemnización o reembolsos de ninguna especie por perdida,
destrucción, deterioro o desgaste que éstos experimenten, incluyendo la
fuerza mayor y caso fortuito.
7. Dar fiel y oportuno cumplimiento a las órdenes e instrucciones que le dé la
contraparte técnica. En especial, deberá entregarle, cuando le sean
solicitados, copia de los contratos de trabajo vigentes, liquidaciones de
sueldo, finiquitos y cualquier otra documentación que le sea solicitada con
la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales para
con los trabajadores.
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Plazo de ejecución |
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12 meses, a partir de las 12:01 horas del 11 de diciembre de 2023.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Si durante la evaluación de las ofertas se detectaren errores u omisiones formales, se
podrá solicitar a esos proveedores que salven dichos errores u omisiones, siempre y
cuando, ello se efectúe en conformidad a lo establecido en el artículo 40 del
Reglamento de la Ley N° 19.886.
La Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente
solicitud de aclaración, informando los antecedentes omitidos que faltan. Tanto las
aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los
antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.
Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes
que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán el término fatal de24 horas para entregar los antecedentes
omitidos, plazo que se contará desde la publicación de la solicitud de aclaración.
Con todo, la Comisión Evaluadora tendrá las más amplias facultades para verificar la
idoneidad, respecto de aquellas propuestas en las cuales se determine que uno o más
de los documentos acompañados, no den fe de su contenido, pudiendo acudir a los
medios que estime pertinente para corroborarlos.
En caso de que determine de falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los
documentos acompañados junto con la/las propuesta/s, la Comisión Evaluadora podrá
desestimar la oferta del proponente, dejando constancia en su informe las
circunstancias que llevaron a determinar su descalificación y los medios por los cuales
se corroboró la falta de idoneidad, veracidad o autenticidad de/l o los documentos
cuestionados.
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Resolución de empates. |
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Cuando respecto del puntaje total, dos o más ofertas obtengan la misma puntuación, de
manera que queden ubicadas en el primer orden de elegibilidad, se seleccionará la
propuesta que haya presentado la mejor propuesta económica, de mantenerse el
empate, se privilegiará de acuerdo al puntaje obtenido consecutivamente en los
siguientes criterios:
Oferta Técnica
Equidad de Género
Requisitos Formales
En última instancia, de seguir el empate, se preferirá la oferta que haya ingresado
primero al portal de la licitación, de acuerdo a la información que conste en los
respectivos comprobantes de ingreso de ofertas.
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Adjudicación |
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A la Comisión de Evaluación le corresponderá proponer la adjudicación respecto de
cualquiera de las ofertas presentadas, sólo en la medida de que haya obtenido el mayor
puntaje - aun cuando no sea la de más bajo costo – y siempre que cumpla con las
Bases y se adecúe a los intereses de la Institución, de acuerdo con los criterios de
evaluación, con sus respectivas ponderaciones y puntajes asignados para cada uno de
los factores.
El SernamEG podrá declarar inadmisible la/s oferta/s presentada/s en los siguientes
casos:
Cuando las condiciones ofrecidas por el oferente no cumplan con los requisitos y
demás condiciones establecidas en las presentes bases.
Los documentos recibidos no incluyan la información y requisitos solicitados.
Cuando el oferente no ingrese propuesta técnica.
Sin perjuicio de lo anterior, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que
salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de
compras públicas y en las presentes Bases.
El informe final de la comisión evaluadora, según lo dispone el Reglamento de Compras
Públicas, en su artículo 40 bis, deberá referirse a que a las siguientes materias:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos
establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se
presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas
presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para
la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de
aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la
decisión final.
El SernamEG podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten
ofertas, o cuando todas las ofertas presentadas sean declaradas inadmisibles, o cuando
las ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución
fundada.
En el caso de no ser publicada la resolución de adjudicación dentro de plazo
establecido, el Servicio publicará en la plataforma de la Dirección de Compras y
Contratación Pública, una nueva fecha, fundamentando el atraso.
Los actos antes indicados se publicarán en el sistema de información de Mercado
Publico (www.mercadopublico.cl).
De acuerdo a lo señalado en el inciso tercero del artículo 66 del Reglamento de la Ley
Nº 19.886, el SernamEG exigirá al adjudicatario su inscripción en el Registro de Chile
Proveedores para poder suscribir el contrato definitivo, en caso que no hubiere cumplido
dicho trámite para lo que le otorgará un plazo máximo de 5 días corridos, contados
desde la total tramitación de la Resolución que adjudica.
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Readjudicación. |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes
legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato, no
cumple cualquiera de los plazos que se establecen en las presentes bases o no se
inscribe en el Registro de Chile Proveedores en el plazo establecido para ello, o no
realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los
contratantes, se entenderá que se desiste de la propuesta , y la entidad licitante podrá
dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de
la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los
intereses del SernamEG, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En el
caso que fuese una UTP, cada integrante de la misma, deberá estar inscrito en el
Registro de Proveedores.
Si existiese el retiro de alguno de los integrantes de una UTP, la misma deberá
continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el
mínimo señalado recientemente, y otras características objeto de evaluación de la
oferta, esta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al
siguiente oferente mejor evaluado.
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Consultas acerca de la adjudicación. |
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De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41° del Reglamento de la Ley N° 19.886, los
interesados podrán realizar consultas sobre la adjudicación, en el sistema de
información de mercado público, a través del siguiente
link: https://www.mercadopublico.cl/Portal/modules/Site/Reclamos/IngresoReclamo.aspx
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Notificación y aceptación. |
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Una vez notificada y de conformidad al artículo 63 del Reglamento
de la Ley de Compras Públicas, la presente licitación se formalizará
mediante la emisión de Orden de Compra y la aceptación de ésta
por el proveedor adjudicado.
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Delimitación de responsabilidad. |
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El equipo de personas dispuestas por el oferente adjudicado para
ejecutar las labores que se deriven de la ejecución del presente
contrato, no tendrá vínculo laboral alguno con el SERNAMEG,
siendo de exclusiva responsabilidad del adjudicatario el pago de sus
remuneraciones, cotizaciones previsionales y cualquier otro beneficio
laboral que les pudiere corresponder.
El contratante será el único responsable en caso de daños
ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que
sean atribuibles a actos u omisiones por parte de sus empleados en
cumplimiento de las obligaciones que emanan de la contratación.
El adjudicatario, en cumplimiento con lo establecido en la legislación
laboral, deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e
implementos necesarios de protección y seguridad, tomando las
medidas para mantener en terreno, la higiene y seguridad en el
trabajo.
Es obligación del adjudicatarido efectuar la denuncia de los
accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales, en
conformidad con las disposiciones legales sobre la materia,
debiendo informar a la contraparte técnica de los hechos ocurridos,
haciendo entrega cuando corresponda de tales denuncias.
El proveedor adjudicado deberá:
Nombrar un Coordinador/a Técnico/a de la prestación del
servicio, debiendo sus datos de contacto. Igualmente deberá
designar una persona contraparte para el Departamento de
Administración y Finanzas de SernamEG con el fin de que vele
y realice seguimiento a todo lo vinculado al pago de los
servicios contratados.
Dentro de sus funciones está:
Informar oportunamente a su contraparte de todo hecho
relevante que pueda afectar el cumplimiento de la prestación
de los servicios.
Representar al oferente en la discusión de materias
relacionadas con la prestación de los servicios.
Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación
y cumplimiento de los servicios.
La designación de la persona coordinadora y todo cambio
relativo a ésta deberá ser informado a la contraparte de
SernamEG por el proveedor adjudicado a más tardar dentro de
las 24 horas siguientes de haberse efectuado la designación o
el cambio. Las comunicaciones pueden realizarse a través de
los correos electrónicos que establecerán las partes.
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Vigencia del seguro. |
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Los seguros para los vehículos tendrán una vigencia a partir de las
12:01 del día 11 de diciembre de 2023, hasta las 12:00 del día 11 de
diciembre de 2024
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Bajas o incorporaciones. |
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Durante la vigencia de los seguros, el SERNAMEG podrá solicitar
las bajas o incorporaciones que estime pertinente, y el contratista
reducirá los precios o, en su caso, aceptará las incorporaciones
manteniendo las condiciones de asegurabilidad propuestas según el
bien de que se trate.
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Multas. |
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Para los efectos de la aplicación de multas, la causal que puede
originarlas será:
INFRACCIÓN
MULTA
APLICABLE
Incumplimiento en el plazo de
liquidación de siniestro, según los
plazos establecidos por la
Superintendencia de Valores y Seguros
1UF por cada
día hábil de
atraso
Nota: La UF (unidad de fomento) aplicable, será la correspondiente
al día en que se verificó la falta.
Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una
causal que individualmente considerada la haga procedente.
En todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en
total, en forma acumulada, un 5% del valor del contrato, el que una
vez cumplido podrá dar lugar al término anticipado del mismo.
Procedimiento para la aplicación de multas:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, por el
SERNAMEG notificará a la aseguradora, informándole la sanción a
aplicar y los hechos en que se fundamenta.
A contar de la comunicación, el adjudicatario tendrá un plazo de
cinco días para efectuar sus descargos a través de la misma vía de
comunicación.
Vencido el plazo sin que se presenten descargos, se aplicará la
sanción por medio de resolución fundada del SERNAMEG.
Si se presentan descargos, el SERNAMEG tendrá un plazo de 10
días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. El
rechazo total o parcial de los descargos deberá formalizarse a través
de resolución exenta fundada, en la cual se detallará el contenido de
la sanción a aplicar. La resolución deberá notificarse por carta
certificada al contratante.
La aseguradora dispondrá de un plazo de cinco días para impugnar
la resolución que rechaza sus descargos y aplica la multa, debiendo
acompañar todos los antecedentes que justifiquen su petición. El
SERNAMEG dispondrá de un plazo no superior a 30 días para
resolver el recurso, acogiendo total o parcialmente los fundamentos
dados por la aseguradora, o bien la rechazara confirmando la multa
aplicada.
La multa deberá ser pagada directamente por la empresa en el
SERNAMEG, o en su defecto, descontada directamente de los
estados de pago que se encuentren pendientes. En el caso que la
suma de las multas aplicadas en un mes exceda de lo facturado,
podrá cobrarse del documento de garantía de fiel y oportuno
cumplimiento.
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Del pago de las primas del seguro. |
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Una vez recepcionada la totalidad de las primas de los vehículos
institucionales, el pago se efectuará al contado o transferencia
electrónica, en una sola cuota, dentro de 30 días corridos, contados
desde la fecha de la aceptación de la factura, y previa certificación
conforme por parte de la unidad técnica respectiva, para lo cual
deberá acompañar además certificado de cumplimiento de
obligaciones laborales y sociales (F-30-1), emitido por la Dirección
del Trabajo.
El pago se efectuará previo envío de la factura a la casilla
sernamegrecepcion@custodium.com, a través de la Tesorería
General de la República, dentro de 30 días corridos, contados desde
la recepción conforme de la factura, por parte de la unidad técnica.
El proveedor adjudicado, deberá enviar la(s) factura(s) al correo
electrónico sernamegrecepcion@custodium.com, adjuntando el
archivo xml e ingresando el número de la OC en el campo 801 de la
factura, señalando forma de pago crédito, para evitar el rechazo del
documento en el Servicio de Impuestos Internos.
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Contraparte técnica institucional. |
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La supervisión del servicio estará a cargo de la Unidad de Servicios
Generales, del Departamento de Administración y Finanzas.
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Cesión. |
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La aseguradora no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni
parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo
de esta licitación.
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Subcontratación. |
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Por la naturaleza de los seguros a contratar y los servicios
inherentes a dicha contratación, en el presente proceso se admitirá
subcontratación.
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Acreditación del Cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales |
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SERNAMEG podrá solicitar a la aseguradora, en cualquier tiempo,
mientras dure la ejecución de los servicios, la acreditación del
cumplimiento de sus obligaciones Laborales y sociales.
Será obligación del contratante cumplir con todas las disposiciones
del Código del Trabajo, Leyes Sociales y contratación de los
Seguros exigidos.
Para el caso que el contratante registre saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años,
los primeros estados de pago producto de los servicios licitados
deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo
acreditar al Departamento de Administración y Finanzas, mediante
certificados emanados de la autoridad competente que la totalidad
de las obligaciones se encuentran liquidadas antes de efectuar
cualquiera de los pagos. El incumplimiento de estas obligaciones
será causal de término anticipado de la prestación.
Retenciones
SernamEG, se reserva el derecho a deducir administrativamente de
cualquiera de los estados de pago, siempre que lo comunique al
adjudicatario por escrito, cualquier suma que éste adeude por
multas, suministros, servicios prestados, daños causados a la
propiedad o al personal o bienes de SernamEG o por requerimientos
judiciales de las Instituciones de Previsión o Salud, Inspección del
Trabajo o trabajadores del adjudicatario, multas de atraso en el
cumplimiento de las obligaciones y plazos establecidas en las
presentes bases, multas por incumplimiento en general, multas
administrativas, así como cualquier suma derivada de otro concepto.
Además, se podrá retener el pago de uno o más estados de pagos
pendientes a la fecha, en que SernamEG haya sido notificado
válidamente de la existencia de demandas por concepto de su
responsabilidad subsidiaria en juicios laborales o previsionales por el
personal de la empresa contratista. En este caso, podrá convertirse
una retención ajustada al monto de la demanda.
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Pacto de Integridad. |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la
presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de
integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se
señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el
suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes
bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar
ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o
pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de
licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas
o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa
o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de
decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los
contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o
realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por
objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y
especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o
conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus
tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y
documentación, que deba presentar para efectos del presente
proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los
principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y
respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases
de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos
que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y
sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en
la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el
proceso licitatorio es una propuesta seria, con información
fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma
en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen
necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas
sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las
personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su
infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales
que también procediesen y/o fuesen determinadas por los
organismos correspondientes.
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