Licitación ID: 628-6-LP26
Servicio de aseo para dependencias Nivel Central.
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GENERO
Fecha de Cierre: 20-04-2026 16:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 11 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
Servicio de aseo para las dependencias del Nivel Central.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de aseo para dependencias Nivel Central.
Estado:
Publicada
Descripción:
El Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, requiere contratar los servicios de aseo para las dependencias de su Dirección Nacional, que se encuentran ubicadas en Huérfanos N°1219, comuna de Santiago, de acuerdo a los términos que se señalan en las presentes bases. La vigencia se extenderá por el período de 12 meses, contados a partir del 01 de mayo de 2026.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Abastecimiento Central
R.U.T.:
60.107.000-6
Dirección:
Huérfanos Nº1219
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-04-2026 16:00:00
Fecha de Publicación: 09-04-2026 15:40:31
Fecha inicio de preguntas: 09-04-2026 16:00:00
Fecha final de preguntas: 13-04-2026 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-04-2026 21:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-04-2026 16:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-04-2026 16:30:00
Fecha de Adjudicación: 05-05-2026 20:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Visita a terreno obligatoria - Huérfanos 1219, Santiago Centro. 13-04-2026 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1. Formulario datos del /la oferente.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°2. Antecedente de la empresa.
 
2.- Anexo N°3. Remuneraciones.
 
3.- Anexo N°4. Aguinaldos, bonos y beneficios.
 
4.- Anexo N°6. Declaración Jurada sobre experiencia en el rubro.
 
5.- Anexo N°7. Declaración de Subcontratación.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°5. Oferta económica.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Programa de integridad de la empresa o similar El oferente que cuente con un programa de integridad de la empresa o similar, debidamente aprobado con su respaldo, obtendrá la puntuación máxima. Además, deberá acompañar un medio de verificación de que éste es conocido por el personal de la empresa. El oferente que no disponga o informe un programa de integridad de la empresa o similar obtendrá el puntaje mínimo, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 17° del Reglamento. Se entenderá por programa de integridad, cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. 2%
2 Cumplimiento de requisitos formales de la oferta. El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. El oferente que presente un error formal o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, los podrá incorporar a posteriori en el plazo adicional establecido, siempre y cuando dichos errores u omisiones de requisitos no revistan el carácter de “esencial” y se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo de cierre de recepción de ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, de acuerdo a lo dispuesto en las bases de licitación, obtendrá 50 puntos. Aquel proveedor que no cumple con los requisitos formales y no incorpore los antecedentes en el plazo adicional otorgado obtendrá 0 puntos. De acuerdo a la jurisprudencia emanada por la Contraloría General de la República (Dictámenes N°E21941 3%
3 Equidad de Género. En el criterio Equidad de Género, se considerará al oferente que demuestre tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, donde al menos existe un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores. Esto se acreditará mediante el Certificado de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo o Certificado de pago de cotizaciones de seguridad social, en ambos casos debe constar la nómina de trabajadoras/es de la empresa; o bien, en el caso de aquellas empresas que cuenten con un 50% o más del capital perteneciente a mujeres y/o la representación legal de la misma corresponda a una mujer, deberán acreditar tal situación mediante el comprobante de Sello Mujer, o mediante copia de instrumento público donde conste la participación societaria y de los poderes de administración. 5%
4 Comportamiento contractual anterior. Para la evaluación del presente criterio, se considerarán las sanciones registradas en la ficha del proveedor en www.mercadopublico.cl. Los plazos serán contabilizados desde el 01/01/2020 hasta la fecha de cierre del proceso licitatorio. El detalle del puntaje se puede revisar en el punto 10 de las bases. 10%
5 Experiencia en el rubro licitado. El oferente debe contar con experiencia comprobable en trabajos similares con instituciones del Sector Público o Privado, entendiéndose como similares aquellos que se encuentran en el mismo rubro y envergadura de los servicios requeridos para la presente licitación. Mismo rubro se refiere a aseo y/o limpieza de oficina, y misma envergadura aquellos cuyo monto mensual sea igual o superior a $8.000.000.- (ocho millones de pesos). Además, deberá acompañar copia de documentos que acrediten la efectividad de trabajos realizados, como facturas electrónicas o copia de la respectiva orden de compra (en estado “aceptada” o “recepción conforme”) de Mercado Público, según se informe en el Anexo N°2. Se otorgará 10 puntos por cada contrato acreditado, con un tope de 10. Sólo serán evaluados aquellos oferentes que puedan acreditar experiencia en el sector público o privado, de una antigüedad mínima de 5 años en la ejecución de este tipo de contratos. Esto será verificado a través de la presentación 15%
6 Condiciones de empleo y remuneración. Se evaluarían los siguientes sub factores: - Remuneración - 32%. - Aguinaldos (fiestas patrias y navidad) - 5% - Bono encargada de grupo (turno tarde) - 4%. - Beneficios y convenios - 4%. Para mayor información, revisar el punto 10. de las bases. 45%
7 Oferta económica. El/la oferente deberá indicar en el Anexo N° 4, Oferta Económica, el valor de su propuesta. El puntaje de la Oferta Económica se asignará a través de la aplicación de la siguiente fórmula: (MPO/OEV) x 100) x 20% = MPO= Menor Precio Ofertado. OEV= Oferta Económica Evaluada. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ley de Presupuesto años 2026 y 2027.
Monto Total Estimado: 98742444
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería General de la República
e-mail de responsable de pago: sernamegrecepcion@custodium.com
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género - Rut 60.107.000-6
Fecha de vencimiento: 30-07-2027
Monto: 5 %
Descripción: La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, en la oportunidad establecida en el numeral 3 de las presentes bases. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En el caso de las garantías otorgadas en forma física éstas se recepcionarán en Oficina de Partes del SernamEG, ubicada en Huérfanos 1219, comuna de Santiago, entre las 08:00 y 14:00 horas. Esta garantía sólo será entregada por el proveedor adjudicado. Todos los gastos financieros que irrogue la mantención de las garantías serán de cargo de los proponentes y es de su responsabilidad mantenerlas vigentes por el periodo que caucionan.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato ID……….……….” (ID de la licitación), de los pagos de multas y de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la contratación del servicio de aseo para las dependencias de la Dirección Nacional del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, año 2026-2028”.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de ésta (y se haya acreditado el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores) y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si ella adjudicatarioa desiste de su oferta, no acepta oportunamente la Orden de Compra, hay incumplimiento del Pacto de Integridad en la gestión precontractual o no se cumple cualquiera de los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar a élla oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En el caso que fuese una UTP, cada integrante de la misma, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores.
Obligaciones del proveedor.
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el contratista tendrá las siguientes obligaciones: a. Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en los presentes términos de referencia y en los demás documentos que rigen esta contratación. b. Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no esté considerado en las bases y no haya sido autorizada por la contraparte técnica. c. Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales y reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materia de accidentes del trabajo y prevención de riesgos laborales, remuneracionales, de previsión y seguridad social, u otros que le sean aplicables. d. Asumir la responsabilidad de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal o a los bienes del SernamEG, que sean imputables al contratista o al personal de su dependencia. En estos casos, el contratista deberá reponer en el más breve plazo el daño ocasionado. e. Emplear el máximo cuidado respecto de los bienes, materiales, equipos e instalaciones que sean de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho a indemnización o reembolsos de ninguna especie por pérdida, destrucción, deterioro o desgaste que éstos experimenten, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito. f. Dar fiel y oportuno cumplimiento a las órdenes e instrucciones que le dé la contraparte técnica. En especial, deberá entregarle, cuando le sean solicitados, copia de los contratos de trabajo vigentes, liquidaciones de sueldo, finiquitos y cualquier otra documentación que le sea solicitada con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales para con los trabajadores. g. Acogerse a la Ley N°21.561 en los casos que aplique, siendo de su obligación la distribución de la cantidad de horas en los días de la semana que la normativa vigente autoriza y asumir los costos que aquello pudiese involucrar. h. Cumplir con los cambios en la legislación laboral que, a través de Ley, tengan efecto en la estructura y composición de las remuneraciones, especialmente en lo que respecta al Ingreso Mensual Mínimo (IMM). i. El contratista será el único responsable frente a cualquier reclamación, demanda o acción judicial interpuesta por su personal, derivada de la relación laboral, obligándose a mantener indemne al SernamEG frente a cualquier contingencia de esta naturaleza.
Reunión inicial de coordinación.
Una vez adjudicada la presente licitación, se fijará una reunión inicial entre el Servicio Nacional de La Mujer y Equidad de Género y el proveedor adjudicado, la que deberá fijarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato, con la finalidad de realizar las coordinaciones y definiciones pertinentes.
Plazos.
La vigencia del contrato comenzará a regir una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo aprueba y hasta que se cumpla a cabalidad la totalidad de las obligaciones que derivan de él. El contrato se extenderá desde el 01/05/2026 hasta el 30/04/2027.
Descalificación técnica.
Quedarán técnicamente descalificadas/os aquellas/os oferentes que obtengan menos de 50 puntos en el puntaje final.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Si durante la evaluación de las ofertas se detectaren errores formales en las propuestas de los oferentes o solicitar antecedentes omitidos, la comisión evaluadora podrá solicitar a esos proveedores que salven dichos errores u omisiones, así como la presentación de certificaciones y antecedentes, siempre y cuando, ello se efectúe en conformidad a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Al ejercer esta facultad, la Comisión Evaluadora no podrá propiciar que los oferentes alteren la esencia de sus ofertas, ni vulnerar los principios de igualdad entre los oferentes y sujeción estricta a las Bases de Licitación. La Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente solicitud de aclaración, informando los antecedentes omitidos que faltan. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado. Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán el término fatal 48 horas para entregar los antecedentes omitidos, plazo que se contará desde la publicación de la solicitud de aclaración. Con todo, la Comisión Evaluadora tendrá las más amplias facultades para verificar la idoneidad, respecto de aquellas propuestas en las cuales se determine que uno o más de los documentos acompañados, no den fe de su contenido, pudiendo acudir a los medios que estime pertinente para corroborarlos. En caso de que determine de falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos acompañados junto con la/s propuesta/s, la Comisión Evaluadora podrá desestimar la oferta del proponente, dejando constancia en su informe de las circunstancias que llevaron a determinar su descalificación y los medios por los cuales se corroboró la falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos cuestionados.
Resolución de empates.
Cuando respecto del puntaje total, dos o más ofertas obtengan la misma puntuación, de manera que queden ubicadas en el primer orden de elegibilidad, se seleccionará la propuesta que haya presentado la mejor propuesta económica, de mantenerse el empate, se privilegiará de acuerdo al puntaje obtenido consecutivamente en los siguientes criterios: Condiciones de empleo y remuneración. Experiencia Comportamiento contractual anterior. Equidad de género. Programa de integridad o similar. Cumplimiento de los requisitos formales. En última instancia, de seguir el empate, se preferirá la oferta que haya ingresado primero al portal de la licitación, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de ofertas.
Consulta acerca de la adjudicación.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 58° del Reglamento de la Ley N° 19.886, los interesados podrán realizar consultas sobre la adjudicación, en el sistema de información de mercado público, a través del siguiente link: https://www.mercadopublico.cl/Portal/modules/Site/Reclamos/IngresoReclamo.aspx
Ampliaciones o disminuciones del Servicio.
El SernamEG se reserva el derecho de ordenar al proveedor que amplíe o disminuya hasta en un 30% el servicio contratado. Los aumentos o disminuciones del servicio, su presupuesto y el plazo definido para la vigencia de los mismos, deberán ser aprobados por la Autoridad competente mediante el acto administrativo respectivo. Tanto la ampliación como la disminución de los productos contratados, se hará de acuerdo a los valores vigentes del contrato. En caso de ejercer el derecho a ampliar el servicio, el proveedor deberá presentar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en cualquier instrumento, conforme a las características estipuladas en la cláusula 8.1 de las presentes bases y cuyo monto deberá ser por la diferencia entre el valor inicialmente contratado y el valor final, incluida la ampliación del contrato.
Notificación y aceptación.
Una vez notificada y de conformidad al artículo 117° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, la presente licitación se formalizará mediante la firma del contrato respectivo y comenzará a regir, una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo apruebe. Por razones de buen servicio, el proveedor adjudicado podrá comenzar a prestar los servicios antes de la fecha indicada, aun cuando no se encuentre totalmente tramitada la resolución que apruebe el correspondiente contrato.
Del Contrato.
De la suscripción del contrato. El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación. Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro de dicho plazo se desiste de la propuesta, caso en el cual el SernamEG procederá, si así lo estima pertinente, a readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación, o rechazar todas las restantes. Del contenido del contrato. Se entenderá que forman parte del contrato, las presentes Bases administrativas y especificaciones técnicas, las consultas, aclaraciones, las respuestas a ellas y la propuesta técnica y económica del oferente adjudicado.
Coordinador/a.
La/el oferente adjudicada/o deberá nombrar un/a coordinador/a de la prestación de los servicios, cuya identidad deberá informarse a su contraparte de SernamEG. En el desempeño de su cometido, la/el coordinador/a deberá: a. Informar oportunamente a su contraparte de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento de la prestación de los servicios. b. Representar a él/la adjudicatario/a en la discusión de materias relacionadas con la prestación de los servicios. c. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de los servicios. La designación del/la coordinador/a y todo cambio relativo a éste deberá ser informado a la contraparte de SernamEG por el/la adjudicatario/a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de haberse efectuado la designación o el cambio. Las comunicaciones pueden realizarse a través de los correos electrónicos que establecerán las partes.
Supervisión y coordinación por parte del SernamEG.
El SernamEG definirá una contraparte técnica como coordinador/a de la prestación de los servicios, quien ejercerá las siguientes funciones: a. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento de los servicios. b. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de lo acordado. c. Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, para los efectos de su pago. d. Notificar al proveedor de los hechos que pueden dar lugar a la aplicación de una multa.
Cesión.
El/la adjudicatario/a no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación.
Subcontratación.
El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el contratista adjudicado. En caso de concretar la subcontratación, el oferente deberá indicar en la propuesta o luego de la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores. En ningún caso, la subcontratación podrá exceder el 30% del monto total del contrato.
Delimitación de responsabilidad.
El equipo de personas dispuestas por el/la oferente adjudicado para ejecutar las labores que se deriven de la ejecución del presente contrato, no tendrá vínculo laboral alguno con el SERNAMEG, siendo de exclusiva responsabilidad del/la adjudicatario/a el pago de sus remuneraciones, cotizaciones previsionales y cualquier otro beneficio laboral que les pudiere corresponder. El/la contratante será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato.
Modificación del contrato.
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse, durante su vigencia, con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas ocurridas durante la ejecución del contrato, y que indican su normal desarrollo. Lo anterior se podrá concretar siempre que no se alteren los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial, acorde al art. 129° del Reglamento. En todo caso, las modificaciones al contrato siempre deberán constar por escrito, lo anterior será aprobado mediante resolución de la autoridad administrativa. No obstante, lo anterior, se podrá incrementar el contrato hasta en un 30% del valor total del contrato, de acuerdo a las necesidades del servicio y disponibilidad presupuestaria. El contratante se obliga a mantener los mismos precios establecidos en la propuesta, y a sustituir la garantía entregada al momento de suscribir el contrato, cuando no fuere suficiente en monto y vigencia.
Vigencia de la contratación.
La vigencia de la contratación comenzará a regir una vez formalizado el contrato, a través del acto administrativo respectivo que lo autoriza. La contratación se extenderá desde el 01 de mayo de 2026, hasta el 30 de abril de 2027. No se efectuará pago alguno antes de la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato, conforme a Dictamen N°99.241 de 2015 de la Contraloría General de la República.
Término anticipado de la relación contractual.
La relación contractual podrá terminarse anticipadamente y en forma administrativa, mediante resolución fundada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 130° y 132° del D.S. N° 661, que contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causales: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natura, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. Resciliación o mutuo acuerdo entre los/as contratantes. 3. Estado de notoria insolvencia del/la contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129° del Reglamento. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135° del Reglamento. 5. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 6. Por no contar con presupuesto disponible en un determinado ejercicio presupuestario. 7. Registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores/as, o con trabajadores/as contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 8. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el/la contratante. 9. Si se constata que uno de los integrantes de la UTP la constituyeron con el objeto de vulnerar la libre competencia. En dicho caso, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 10. Si alguno de los integrantes de la UTP, se retira y solo él reunía los requisitos que los hacían objeto de la evaluación de la oferta. 11. Ocultar información relevante para la ejecución del contrato, que afecte a alguno de los integrantes de la UTP. 12. Disolución de la UTP. 13. Inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que la misma no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. 14. Incumplimiento de lo dispuesto en la cláusula “Pacto de Integridad”. El SernamEG podrá, en cualquier momento, poner término al contrato, sin indemnización alguna al contratante, notificándolo por escrito mediante carta certificada, si se decretara la Resolución de liquidación firme y ejecutoriada, en procedimiento concursal de liquidación o se disolviere la sociedad, sin perjuicio de ejercer los derechos e interponer en su contra las acciones civiles y penales que procedan. Sin perjuicio de lo anterior, si el contratante en estado de notoria insolvencia mejora las cauciones entregadas o las existentes son suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato, el SernamEG podrá darle continuidad al mismo. Respecto al término anticipado por incumplimiento grave de las obligaciones, se entenderá que existe incumplimiento cuando los objetivos previstos para la contratación no se logran en forma reiterada o en sus aspectos sustantivos, por circunstancias que resultan imputables al contratista, como, por ejemplo: a. No se cumplan con los estándares técnicos de calidad entregados por la empresa. b. La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios que hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes. c. Aplicación de multas por un monto igual o superior al 30% del valor total del contrato. d. Incorporar en la facturación costos que no hayan sido expresa y específicamente descritos en la oferta. e. Contar con dos evaluaciones consecutivas con una calificación igual o inferior a 4. En tal caso, por resolución fundada se pondrá término al contrato, previa notificación al contratista por carta certificada y se harán efectiva la Póliza de Seguro, Boleta de Garantía Bancaria, Certificado de Fianza o documento que se haya entregado para garantizar el oportuno y fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato, pago de multas, y de pago de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante. Lo establecido precedentemente, es sin perjuicio de las acciones que el SERNAMEG pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. En todos los casos de término anticipado, el adjudicatario estará obligado a entregar, a plena satisfacción del SernamEG, aquellos servicios, que se encuentran pendientes a momento de comunicársele el término anticipado, salvo que SernamEG opte por una solución distinta, la cual notificará por escrito al adjudicatario. Asimismo, SernamEG se encontrará facultada para hacer efectiva la boleta de garantía de fiel cumplimiento lo que, en caso alguno dará derecho a indemnización para el contratante, sin perjuicio de que serán pagados todos los servicios efectivamente prestados hasta la fecha de notificación de la resolución que pone término anticipado.
Multas.
El monto de las multas será rebajado del pago que el Servicio deba efectuar al adjudicatario/a. Se aplicarán multas en los siguientes casos: El monto de las multas será rebajado del pago que el Servicio deba efectuar al adjudicatario/a. Se aplicarán multas en los siguientes casos: Categoría Causales Multa aplicable Falta grave Agresiones físicas, peleas, altercados, insultos o improperios por parte del personal del proveedor, entre ellos o con cualquier otra persona. Uso de productos que atenten contra la salud de las personas. Incumplimiento de las instrucciones impartidas por el coordinador/a o encargado/a del contrato. Acciones inseguras o temerarias que pongan en riesgo la salud o seguridad de las personas. Daños al inmueble, mobiliario y equipamiento del Servicio. Alteración de los registros de asistencia y horario de los trabajadores/as. Uso inadecuado de las instalaciones del Servicio por parte de la empresa o del personal a su cargo, tales como estacionamientos y bodegas. 10 UF por evento No prestación del servicio diario. Dotación incompleta del personal por más de 2 días. Pago de remuneraciones fuera de plazo establecido en las bases. 10 UF por día de incumplimiento con tope de 10. Falta moderada Inasistencia sin reemplazo de 1 trabajador/a en el turno día. Pago de remuneraciones del personal con diferencias perjudiciales para sus trabajadores/as o fuera de plazo. 8 UF por día que exista inasistencia sin reemplazo con tope de 10. Falta del equipamiento de seguridad y vestimenta acorde a lo solicitado en bases en un trabajador. Nivel deficiente del servicio 3 veces en el mes. 8 UF por evento Falta leve Atrasos en la jornada en más de 5 horas y hasta 10 horas, en la sumatoria de los trabajadores, en un periodo de un mes. Falta de maquinaria o equipo necesario para la correcta prestación de los servicios. Falta de material o insumo necesarios para la prestación de los servicios. Nivel deficiente del servicio validado por la contraparte técnica del contrato, mediante anotación en el libro de novedades. 5 UF por evento Inasistencia sin reemplazo de un trabajador turno tarde. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Formulario F30-1) emitido por la Dirección del Trabajo, vigente. 5 UF por día con tope de 10. El tope máximo para la aplicación de las multas será del 30% del precio del contrato, el que una vez cumplido podrá dar lugar al término anticipado del mismo. Procedimiento para la aplicación de multas: Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el administrador del contrato designado por el SERNAMEG notificará a él/la contratante al correo electrónico de contacto, informándole la sanción a aplicar y los hechos en que se fundamenta. A contar de la comunicación, el/la adjudicatario/a tendrá un plazo de cinco días para efectuar sus descargos a través de la misma vía de comunicación. Vencido el plazo sin que se presenten descargos, se aplicará la sanción por medio de resolución fundada del SERNAMEG. Si se presentan descargos, el SERNAMEG tendrá un plazo de 10 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. El rechazo total o parcial de los descargos deberá formalizarse a través de resolución exenta fundada, en la cual se detallará el contenido de la sanción a aplicar. La resolución deberá notificarse por carta certificada al él/la contratante. El/la contratante dispondrá de un plazo de cinco días para impugnar la resolución que rechaza sus descargos y aplica la multa, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen su petición. El SERNAMEG dispondrá de un plazo no superior a 30 días para resolver el recurso, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien la rechazará confirmando la multa aplicada. La multa deberá ser pagada directamente por la empresa en el SERNAMEG, o en su defecto, descontada directamente de los estados de pago que se encuentren pendientes. En el caso que la suma de las multas aplicadas en un mes exceda de lo facturado, podrá cobrarse del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
Pago.
El pago del servicio se efectuará mensualmente, por mes vencido, dentro de 30 días corridos, contados desde la recepción conforme de la factura por parte de la unidad técnica, previa verificación del cumplimiento íntegro de los servicios contratados. Las facturas deberán enviarse al correo electrónico sernamegrecepcion@custodium.com, adjuntando el archivo XML correspondiente e indicando el número de la orden de compra en el campo 801 del documento tributario, señalando forma de pago crédito, conforme a los requerimientos del Servicio de Impuestos Internos. El pago se efectuará a través de la Tesorería General de la República. Asimismo, el proveedor deberá acompañar, como requisito para la tramitación del pago, los antecedentes que acrediten el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de los trabajadores y trabajadoras que participan en la prestación del servicio, incluyendo, al menos, los siguientes documentos: Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario F30) emitido por la Dirección del Trabajo. Comprobantes de pago de cotizaciones previsionales (PreviRed). Liquidaciones de remuneraciones del personal que presta el servicio, debidamente firmadas por los trabajadores y trabajadoras. Comprobantes de pago de remuneraciones, tales como transferencias bancarias u otros documentos que acrediten el pago efectivo de los sueldos. En caso de término de relación laboral durante la ejecución del servicio, finiquitos debidamente firmados y ratificados ante ministro de fe, cuando corresponda. El contratista deberá acreditar mensualmente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales de su personal, mediante la presentación de la documentación correspondiente. El incumplimiento de esta obligación facultará al SernamEG para retener pagos y/o hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento. El SernamEG podrá retener total o parcialmente los pagos al contratista en caso de incumplimientos laborales, previsionales o contractuales, hasta que se acredite su regularización. En caso de que el proveedor corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, y el apoderado o representante designado se desista de continuar con la prestación del servicio, los demás integrantes deberán notificar formalmente a SernamEG su decisión de continuar con la ejecución del contrato, designando a un nuevo representante que cuente con poder suficiente, quien será responsable de la emisión de las facturas para efectos de pago.
Acreditación del Cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales
SERNAMEG podrá solicitar a él/la contratante, en cualquier tiempo, mientras dure la ejecución de los trabajos o servicios, la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones Laborales y sociales. Será obligación del/la contratante cumplir con todas las disposiciones del Código del Trabajo, Leyes Sociales y contratación de los Seguros exigidos. Para el caso que el/la contratante registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de los servicios licitados deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar al Departamento de Administración y Finanzas, mediante certificados emanados de la autoridad competente que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas antes de efectuar cualquiera de los pagos. El incumplimiento de estas obligaciones será causal de término anticipado de la prestación. Retenciones SernamEG, se reserva el derecho a deducir administrativamente de cualquiera de los estados de pago, siempre que lo comunique al adjudicatario por escrito, cualquier suma que éste adeude por multas, suministros, servicios prestados, daños causados a la propiedad o al personal o bienes de SernamEG o por requerimientos judiciales de las Instituciones de Previsión o Salud, Inspección del Trabajo o trabajadores del adjudicatario, multas de atraso en el cumplimiento de las obligaciones y plazos establecidas en las presentes bases, multas por incumplimiento en general, multas administrativas, así como cualquier suma derivada de otro concepto. Además, se podrá retener el pago de uno o más estados de pagos pendientes a la fecha, en que SernamEG haya sido notificado válidamente de la existencia de demandas por concepto de su responsabilidad subsidiaria en juicios laborales o previsionales por el personal de la empresa contratista. En este caso, podrá convertirse una retención ajustada al monto de la demanda.
Confidencialidad.
El oferente/adjudicatario/contratante, sólo podrá utilizar la información proporcionada por el SernamEG, para los efectos de dar cumplimiento a los fines propios del presente proceso licitatorio o la ejecución del contrato que derive del mismo, quedando prohibido todo uso distinto del señalado. En dicho entendido, el oferente/adjudicatario/contratante, deberá resguardar confidencialidad de todos los antecedentes o información que el SernamEG le proporcione con motivo del presente proceso licitatorio, no pudiendo hacer uso de esto para fines ajenos, y en consecuencia, no podrá, a cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o parte está información, durante todo el proceso licitatorio, así como en la ejecución del contrato, y posterior al término del mismo. Esta prohibición afecta al oferente/adjudicatario/contratante, al personal que labora en distintas calidades jurídicas, que se encuentre ligado al oferente/adjudicatario/contratante, en todas las etapas del proceso licitatorio, incluso después de la expiración del contrato que de origen el referido proceso. El SernamEG quedará liberado de toda responsabilidad por el uso indebido que el oferente/adjudicatario/contratante, pueda dar a la información, reservándose el derecho a ejercer todas las acciones legales tendientes a demandar el reembolso de las sumas a las que eventualmente sea obligado a pagar como consecuencia de lo anterior, más indemnización de perjuicios que se hubieren ocasionado. Asimismo, serán de propiedad de SernamEG todos los productos generados, a través de esta licitación, sin limitación de ninguna especie, no pudiendo el proveedor realizar ningún acto respecto de ellos, sin previa autorización expresa de SernamEG.
Pacto de Integridad.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado: 1. El/la oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el/la oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 2. El/la oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3. El/la oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4. El/la oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5. El/la oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6. El/la oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7. El/la oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8. El/la oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9. El/la oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto y/o servicio que le fue adjudicado, pudiendo reajudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en las presentes Bases. En los dos casos anteriormente señalados, la entidad ejecutará la Garantía de Seriedad de la Oferta presentada por el proveedor incumplidor. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato, en conformidad a lo estipulado en las Bases de Licitación.
De la Competencia.
Para todos los efectos derivados del contrato que se suscriba al efecto, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago, prorrogando competencia ante sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades que le corresponda ejercer, al Órgano Contralor, sobre la materia.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.