Resolución de Empates |
De producirse un empate en el resultado final de la evaluación, se privilegiará, en primer término, la oferta que haya obtenido el puntaje más alto en el criterio de evaluación “Precio”; de mantenerse dicha igualdad, se continuará comparando los puntajes de los restantes criterios de evaluación, según la importancia asignada en su ponderación. En caso que aún con aplicación de esta regla se mantenga el empate, se adjudicará al oferente que haya efectuado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, en conformidad al certificado de presentación de oferta emitido por el mencionado portal.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41° del Reglamento de la Ley N° 19.886, los interesados podrán realizar consultas sobre la adjudicación, dentro del plazo fatal de 02 días hábiles siguientes a la respectiva notificación del acto, consultas que se harán mediante correo electrónico dirigido al e-mail: adquisiciones@gendarmeria.cl, indicando el nombre del proponente, dirección de correo electrónico y nombre e ID de la propuesta. Las respuestas serán remitidas dentro de los 05 días hábiles siguientes a la publicación de la resolución, mediante correo electrónico dirigido al proveedor que hubiere formulado la consulta. Junto al envío de dicho correo y dentro del mismo plazo, las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la licitación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
En el caso que un oferente se encuentre en algunas de las circunstancias contempladas en el artículo 40° del Reglamento contenido en el Decreto de Hacienda N° 250, la Institución otorgará un plazo fatal de 02 días hábiles, contado desde el día siguiente de aquel en que se realice solicitud al proveedor, dentro del cual el o los respectivos oferentes podrán salvar los errores u omisiones formales y acompañar certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar su oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, lo cual se informará a través del Sistema.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Entrega de muestra |
Artículo 3º.- Por la naturaleza de este proceso de Licitación, los interesados deberán concurrir a la Entrega de dos Muestras, de prototipo de Sable, con carácter obligatorio, según el siguiente detalle:
1.- Se presentará la Muestra en: Sección Vestuario y Equipo del Departamento de Logística, ubicada en Calle Compañía N°1048, Piso 11, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, horario desde 09:00 a 13:00 y desde 14:00 a 16:30 hrs.
2.- Funcionario Coordinador de la Entrega de Muestra será: La Encargada de Sección Vestuario y Equipo, Rosana Quilodrán Mella, Marcela Herrera Díaz o quienes se designe en su reemplazo.
3.- Teléfono: 2- 2203 8452 y 2- 2203 8457.
4.- Correos Electrónicos de Contacto: rosana.quilodran@gendarmeria.cl marcelad.herrera@gendarmeria.cl, y vestuario.equipos@gendarmeria.cl.
5.- Será efectuada en la oportunidad indicada en el “Cronograma de la Licitación”.
Atendida la situación actual de Pandemia por el Virus Covid-19, se permitirá el envío de las muestras vía encomienda. No se aceptarán muestras fuera del plazo bajo ninguna justificación. Gendarmería de Chile no se hará responsable de ninguna situación relacionada con el atraso o pérdida de la muestra al momento de su entrega.
Las Muestras deben ser igual al producto que se entregará en caso de resultar adjudicado. Las Muestras deben corresponder a lo solicitado en las Bases Técnicas, y su objeto es permitir la evaluación de los productos ofrecidos conforme a las exigencias contenidas en ellas. Las muestras deben ser representativas de las características funcionales y cumplir con calidad de materiales, fabricación, función, confecciones, dimensiones, rotulación, embalaje y terminación de los bienes a ofertar, de modo tal, que el producto a entregar por el proveedor adjudicado, deberá corresponder exactamente o ser superior técnicamente, al mismo que se entregó como muestra, toda vez que este será un factor imperativo para la recepción conforme de los productos.
Al entregar las muestras, se dan por autorizadas las pruebas a las que éstas serán sometidas. Se debe hacer presente que dichas pruebas pueden llegar a ser destructivas, y con los resultados obtenidos se confeccionará un Informe Técnico.
Con el propósito de facilitar su identificación, las muestras que se entreguen deberán estar etiquetadas o rotuladas con el ID de la Licitación, y nombre del proponente.
Se procederá a firmar un acta de recepción de muestras, que se subirá al sitio web de la licitación, junto con los demás antecedentes de la misma.
El procedimiento para su devolución se detalla en el Ítem II N° 4 de las Especificaciones Técnicas.
En caso de no entregar la muestra, el oferente quedará automáticamente fuera de la propuesta.
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Control de calidad |
Artículo 22º.- Control de Calidad: En el plazo ofertado en el Formulario N° 04, solicitado en el artículo 5°, N° 1), Letra d), que no podrá exceder de 80 días corridos contados desde la suscripción del Contrato y/o la emisión y aceptación de la Orden de Compra, según corresponda, el proveedor contratado deberá dar aviso a la contraparte técnica de que cuenta con la disposición del Lote (o dos lotes de 175 unidades en cada entrega), a sometimiento de análisis, el cual deberá ser almacenado en un recinto a su costo, ubicado en la Región Metropolitana. El lote de producción deberá ser inspeccionado en dicho recinto a costo de Gendarmería de Chile, el cual tomará las respectivas muestras para verificar el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas.
La aprobación de lotes se realizará conforme a lo establecido en el Ítem IV (en particular Numeral 4°) de las Especificaciones Técnicas.
Anterior a la distribución y entrega, en caso de rechazo del lote, el proveedor deberá revisar el 100% del mismo y presentarlo por única vez a nueva inspección en un plazo no superior a 10 días hábiles. Se debe presentar sólo un lote con la totalidad del producto.
En caso de incumplimiento del plazo señalado precedentemente, se procederá al cobro de multa en los términos del artículo 27° de las presentes Bases.
El periodo de evaluación del o los lotes no será imputable al plazo de entrega del proveedor. Se entiende por periodo de Evaluación de Lote, desde la fecha en que el proveedor contratado señale disponibilidad de acceso al o los lotes en bodega, hasta la fecha de notificación al contratado del Informe de Ensayo donde se indique aceptación o rechazo.
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Entrega final |
Artículo 23°.- Una vez notificado el proveedor de la Aceptación del Lote, éste deberá realizar el despacho de la totalidad de los productos en la Bodega Administrativa, ubicada en Pasaje San Juan N° 5294, Comuna de San Joaquín, Región Metropolitana, en un plazo máximo de 05 días hábiles, contado desde el día de la notificación vía correo electrónico por parte del Encargado de la Sección Vestuario y Equipo del Departamento de Logística o quien se designe en su reemplazo.
El funcionario administrador de contrato y coordinador de entrega y distribución será la Encargada de Sección Vestuario y Equipo, Rosana Quilodrán Mella, el Encargado de Bodega, don Claudio González Henríquez, o quienes se designe en su reemplazo, Teléfonos: 2- 2203 8452 y 2- 2293 9984. Correos Electrónicos de Contacto: rosana.quilodran@gendarmeria.cl, claudioh.gonzalez@gendarmeria.cl y vestuario.equipos@gendarmeria.cl.
Los gastos de transporte y embalaje que pudieren originarse con motivo del traslado de los bienes serán de cargo exclusivo del adjudicado y cualquier desperfecto, deterioro o merma producida durante el traslado de dichos bienes será de su exclusiva responsabilidad.
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De las multas |
Artículo 27°.- En casos de incumplimiento, en la entrega de los productos o en las especificaciones técnicas contratadas, debido a causas imputables al Proveedor, Gendarmería de Chile cobrará, por el simple retardo, una multa, por cada día de atraso (incluyendo días inhábiles), equivalente al cinco por ciento (05%) del valor total de la contratación, (I.V.A. incluido), por un máximo de 20 días corridos, los que una vez transcurridos facultarán al Servicio a resolver administrativamente la contratación, aplicando las sanciones correspondientes.
Transcurridos más de 10 días corridos en que se haya estado aplicando dicha multa, el Servicio podrá, a su arbitrio, mantener la aplicación de dicha multa por otros 10 días corridos más, o resolver administrativamente la contratación.
Se considerarán como incumplimientos:
- Atraso total o parcial en la entrega de los productos, por causas imputables al proveedor;
- Entrega de los productos a tiempo, pero en forma parcial o en menor cantidad a la ofertada y contratada,
- Incumplimiento en las especificaciones técnicas contratadas, o productos con desperfectos, lo que será evaluado por la contraparte técnica designada por Gendarmería de Chile,
Los atrasos serán cursados, tanto para el plazo para disponer del lote (máximo 80 días corridos o lo ofertado por el proveedor) y para el plazo de entrega una vez notificado al proveedor de la aceptación del lote (máximo 05 días hábiles).
En caso de retraso en el plazo para la entrega de lote corregido, referido en artículo 22° de las presentes Bases, se cobrará una multa del 0,5% del valor del contrato, I.V.A incluido.
El cálculo de las multas será proporcional al incumplimiento, en ningún caso se podrá multar sobre productos que hayan sido oportunamente entregados.
Multa mínima a aplicar: En caso de que el monto de la multa determinada en base al procedimiento señalado en el presente artículo sea inferior a 1 UTM, siempre se sancionará con este valor, a menos que el cálculo del 20% del monto de la contratación sea inferior a 1 UTM, en cuyo caso primará dicho criterio por sobre la sanción mínima de 1 UTM.
La aplicación de esta multa se efectuará por el Servicio administrativamente, sin forma de juicio y en el evento que el proveedor no la pagare, se cobrará de los pagos que se encuentren pendientes, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal.
No se aplicará multa si el atraso es imputable a Gendarmería de Chile, o si ha ocurrido por caso fortuito o fuerza mayor, lo cual deberá ser suficientemente acreditado por el proveedor en la forma y dentro del plazo señalado en el inciso siguiente.
Verificado el incumplimiento, el Servicio comunicará al proveedor los hechos que motiven la aplicación de la multa, sin indicar su monto, a fin de que en forma previa a la dictación del acto administrativo que le dé curso, éste pueda entregar los antecedentes y argumentos que estime pertinentes.
La comunicación referida en el punto anterior, tendrá la forma de Oficio Ordinario, el cual será notificado mediante su publicación en el Portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificado dentro del plazo de 24 horas contadas desde dicha publicación, sin perjuicio de remitirse correo electrónico informando tal situación.
Notificado dicho oficio al proveedor, éste dispondrá de 05 días hábiles para presentar sus descargos por escrito mediante correo electrónico a la cuenta adquisiciones@gendarmeria.cl y josem.silva@gendarmeria.cl, junto con los antecedentes que acrediten sus fundamentos. Estos descargos deberán ser dirigidos al Jefe del Departamento de Logística.
Los descargos presentados, serán resueltos por el Director Nacional o el Jefe del Departamento de Logística, según corresponda, quienes podrán, si la materia en discusión lo requiere, solicitar pronunciamiento de carácter técnico a la Unidad Requirente y de carácter legal al área correspondiente, pudiendo acoger total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor o bien rechazarlos y confirmar la multa respectiva, idealmente dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo para presentar los descargos.
En definitiva, en el caso que el Servicio determine cursar la multa, ya sea total o parcialmente, ello se formalizará a través de un acto administrativo fundado, notificado al proveedor Oficio Ordinario o por carta certificada, la que se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda (sin perjuicio de que se podrá dar aviso, adicionalmente, por correo electrónico).
La resolución que aplica la multa deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren.
Respecto de este acto administrativo el proveedor podrá ejercer los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, en la forma que dicho cuerpo normativo dispone.
El plazo para pagar la multa será de 10 días corridos, contados desde la notificación del acto administrativo que la haya cursado; en caso de no efectuarse el pago, se faculta de manera irrevocable a Gendarmería de Chile para hacer efectiva dicha multa sobre el próximo estado de pago, o de no existir estados de pago pendientes, sobre el documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de la contratación.
De ser necesario hacer efectivo el cobro de la multa con el documento de garantía, será responsabilidad del proveedor reemplazar dicho documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento por el periodo restante de la contratación, so pena de terminarlo anticipadamente.
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