En el caso que un oferente se encuentre en alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 56° del Reglamento contenido en el Decreto de Hacienda N° 661, la Institución otorgará un plazo fatal de 02 días hábiles, contado desde el día siguiente de aquel en que se realice solicitud al proveedor, dentro del cual el o los respectivos oferentes podrán salvar los errores u omisiones formales y acompañar certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar su oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, lo cual se informará a través del Sistema. No se considerará un error formal los errores en el precio de la oferta.
La solicitud respectiva la hará el Servicio habilitando la opción correspondiente en el sitio de la propuesta, en el cual el oferente ingresará los antecedentes y correcciones que se requieran. De concurrir lo señalado, se procederá a la correspondiente disminución de puntaje en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales de la Oferta”.