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A) DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. |
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Las ofertas económicas se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo indicado en la convocatoria, ingresando en dicho portal sólo la suma de $1 (un peso) y en Anexo N°6 deberá ingresar valor unitario neto de cada servicio y expresado en pesos chilenos (ingresar valor neto). Debe completar todos los valores solicitados en las columnas de precio unitario neto de cada uno de los ítems a los que va a postular, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible. En caso de no ofertar por $1 peso en el portal mercado público, la oferta será declarada inadmisible.
El oferente deberá utilizar los formatos que se anexan, en los casos correspondientes y según el instructivo. Las ofertas permanecerán cerradas y se abrirán electrónicamente el día y hora señalada en el Portal.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas administrativas, técnicas y económicas a través del Portal se haya realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas. En caso de indisponibilidad del Portal o problemas en el ingreso de la oferta, el proponente podrá solicitar ayuda a la Dirección de Compras y Contratación Pública, a través de su Mesa de Ayuda. La Entidad Licitante no será responsable del no ingreso oportuno, atrasos u omisiones en el ingreso de la información al Portal.
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EVALUACIÓN DE OFERTA ÚNICA. |
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En el caso que exista una sola oferta a evaluar, se procederá a evaluar si el precio está de acuerdo al presupuesto disponible, si los criterios técnicos y el cumplimiento requisitos formales son convenientes con los intereses del Servicio, sobre la base de los montos disponibles, la oferta podrá ser considerada como oferta viable a proponer y recomendar en el Informe de Evaluación, en caso contrario la oferta será declarada inadmisible.
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ACEPTACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO |
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Luego de la presentación de los documentos legales para contratar, el Servicio confeccionará y enviará el Contrato de Servicio digitalmente, por medio de correo electrónico, previamente visado y validado por Asesoría Jurídica, al Proveedor adjudicado para la firma y gestiones notariales.
En caso de que el proveedor se encuentre inscrito en Chile Proveedores y habilitado para contratar con el Estado, este tendrá 10 días corridos de plazo máximo para firmar el respectivo contrato, contados desde la fecha de envío de contrato por correo electrónico. De no cumplirse con lo estipulado se entenderá que el proveedor adjudicado renuncia a dicha propuesta, lo que será declarado mediante resolución, y se podrá adjudicar al oferente que le sigue en la evaluación y así sucesivamente, o bien declarar desierta la licitación, o bien, declarará desiertas las ofertas que no sean convenientes a los intereses institucionales.
En caso que el proveedor adjudicado no esté habilitado en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chile Proveedores, estará obligado a quedar habilitado para contratar con el Estado dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la fecha de envío del contrato por correo electrónico, tras lo anterior tendrá un plazo de 5 días corridos para firmar el respectivo contrato de servicio, contados desde la habilitación para contratar con el Estado.
En ambos casos, de no cumplir con lo anterior, se entenderá por desistida su oferta, a la vez, el Servicio podrá adjudicar la propuesta al oferente que le sigue en puntaje, considerando para ello el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación de la Comisión de Evaluación. Sin perjuicio que ante la ausencia de más oferentes, o bien, no ser las ofertas convenientes a los intereses de la institución, el Servicio declarará desierta la licitación.
Se entenderán como parte integrante del correspondiente Contrato de Servicio, firmado entre las partes:
a) Aclaraciones y Respuestas sobre los documentos de la Licitación o las Bases entregadas por el Servicio, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes.
b) Modificaciones a las bases de la licitación, debidamente aprobadas por acto administrativo.
c) Bases Administrativas, Bases Técnicas y los respectivos Anexos.
d) Preguntas de los oferentes y respuestas del Servicio.
e) Ofertas Administrativa, Técnica y Económica del oferente.
f) Acta de Apertura Electrónica y Acta de Evaluación.
g) Resolución de Adjudicación y readjudicación de ser procedente.
El oferente adjudicado estará obligado a cumplir con el Contrato de Servicio y las órdenes de compra emitidas de conformidad al mismo. Ante el incumplimiento, el Servicio aplicará las sanciones establecidas en las presentes Bases, según proceda.
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VIGENCIA CONTRATO |
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El presente Contrato de Suministro tendrá vigencia desde el día siguiente a la publicación de la resolución de aprobación del contrato totalmente tramitada en el portal www.mercadopublico.cl, para 24 meses, o hasta que el presupuesto disponible se agote, lo anterior, sin perjuicio de las causales de término anticipado contempladas en el Artículo N° 25 de las presentes bases. El Servicio podrá prorrogar el Contrato más allá del plazo original, cuando sea estrictamente necesario y sólo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación, para un nuevo Contrato.
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FORMA DE PAGO |
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El pago se hará contra recepción conforme de los productos entregados, debiendo seguirse el siguiente procedimiento:
A) Todas las Facturas Electrónicas, deben ser enviadas al correo electrónico facturaselectronicas@saludarica.cl. No se aceptarán facturas electrónicas enviadas a otro correo que no sea el indicado. Además, la factura en formato “XML” debe ser enviada al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com.
B) Las facturas o boletas de honorarios deben ser emitidas a nombre del Servicio de Salud Arica y Parinacota, RUT N°61.606.000-7, con el detalle de los productos entregados, nombre y número de la licitación.
Queda expresamente prohibido, el envío de facturas o boletas de honorarios a través del personal de la empresa que entrega los productos.
Las facturas o boletas de honorarios emitidas antes de entregados los productos serán devueltas al proveedor.
En el caso de emitir boleta de honorarios, esta deberá ser enviada a la Subdirección de Gestión Asistencial del Servicio de salud Arica y Parinacota, Ubicado en Edificio N Poniente, Av. 18 de Septiembre N°1000, 2° piso, Arica para que emita el correspondiente Certificado de Conformidad y envíe los documentos necesarios para realizar el pago al proveedor.
C) Planilla de Registro o reporte mensual que certifique la atención de las personas.
D) Certificado Conformidad, emitido por el encargado del Servicio de Salud Arica y Parinacota.
E) Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F30 y F30-1 de ser procedente), en caso de corresponder vigente a la fecha de emisión de la factura o declaración simple firmada por el profesional, que señale que sus honorarios se encuentran cancelados al día, en el caso de presentar boletas de honorarios. Dichos documentos deberán ser enviados al correo facturaselectronicas@saludarica.cl.
Una vez revisados los antecedentes y la factura, serán enviados para su pago, al Subdepartamento Financiero. De acuerdo al artículo N°133 del reglamento N°661 de 2024, menciona que los pagos a los proveedores por los bienes y/o servicios adquiridos por las Entidades deberán efectuarse dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto.
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1) MULTAS A APLICAR |
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El Servicio podrá aplicar una multa por retraso en la entrega de los servicios o por la no entrega de los servicios pactados, de acuerdo a los siguientes casos:
1. Atraso en el tiempo de respuesta disponibilidad de habitación(es): Por cada hora de atraso en el tiempo de respuesta, respecto del tiempo de respuesta pactado, considerando el correo enviado con la solicitud de disponibilidad. La multa será aplicada por cada hora de atraso, y se calculará con un 5% del valor del servicio solicitado, con un límite máximo de 3 horas.
2. Ejecución parcial de los servicios pactados: Por la no entrega de los servicios comprometidos, respecto de la cantidad de servicios pactados, sin emitir un aviso previo con un límite de 12 horas. La multa será aplicada por cada servicio o ítem no entregado y se calculará como un 5% del valor del servicio no entregado y aplicable al remanente.
Las jefaturas o Encargado de Programas del Servicio de Salud Arica y Parinacota o quien el designe, será el encargado de informar la cantidad de fallas ocurridas durante el mes.
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2) PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE MULTAS |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, cobro de la garantía o amonestaciones por parte del Servicio, ésta será notificada al adjudicatario, por medio de correo electrónico, carta certificada o escritorio del proveedor, conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, disponible en www.mercadopúblico.cl, que se describe a continuación:
La solicitud de sanción será ingresada por el Servicio el Servicio de Salud Arica y Parinacota al módulo de Gestión de Contratos, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la medida a aplicar. A contar de la notificación precedente se le concederá traslado al proveedor a fin de que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento para lo cual tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para efectuar sus descargos a la Dirección del Servicio o a quien este designe, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, los que podrá ingresar directamente a través del módulo señalado, o bien remitirlos en formato físico a Oficina de Partes del Servicio ubicado en 18 de Septiembre N°1000 o mediante correo electrónico a oficinadepartes@saludarica.cl.
La medida a aplicar se formalizará a través de una resolución fundada de la autoridad donde se pronunciará esta última sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará dentro de 24 horas en el módulo de Gestión de Contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl. Dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la publicación en el módulo de Gestión de Contratos de la resolución exenta que aplique multa, el proveedor podrá interponer un recurso de reposición ante la Dirección del Servicio, quien deberá resolverlo dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde su recepción en la oficina de partes del Servicio.
Una vez resuelto el recurso de reposición, rechazándolo total o parcialmente, o transcurridos los cinco (5) días hábiles para oponerlo sin que esto se haya efectuado, el Servicio deberá confirmar la multa mediante la dictación del acto administrativo correspondiente, multa que deberá ser pagada directamente al Servicio, efectuando una trasferencia a nombre del Servicio de Salud Arica y Parinacota a la Cuenta Corriente N°01009071101 del Banco Estado, Rut N°61.606.000-7 y enviar comprobante a los correos maricela.puga@saludarica.cl. y cecilia.santos@saludarica.cl, de no cumplir con el pago a través de transferencia, la multa será descontada de la boleta de fiel cumplimiento. El proveedor sancionado dispondrá de 5 días hábiles desde la recepción de la notificación de multa para efectuar la transferencia, en caso contrario, se le solicitara al proveedor un nuevo documento de garantía en iguales condiciones de las señaladas en el artículo N°11 de las presente Bases Administrativas, para que, en definitiva, cuando este nuevo documento ingrese al Servicio, se realizará el cobro del documento anterior y la devolución, si procediera, del remanente.
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1) TÉRMINO ANTICIPADO |
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El Servicio podrá poner término anticipadamente al Contrato de Suministro, de conformidad al artículo N° 130 del Reglamento de la Ley N°19.886, si se verifican las siguientes situaciones:
• Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
• Si el adjudicatario se excusare de poder cumplir las obligaciones emanadas del contrato, por insuficiencia del precio convenido, factor que no limitará el alcance de su oferta y vigencia del contrato.
• Si el proveedor o alguno de sus socios cayera en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
• Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El profesional a cargo del proceso licitatorio estará a cargo de verificar mediante el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la empresa proveedora.
• Si el proveedor fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva, o en caso de ser éste una sociedad colectiva o de responsabilidad civil limitada, alguno de los socios fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva. En el caso de Sociedades Anónimas, cuando algún miembro del directorio o gerente cayere en esta situación.
• Si el proveedor fuese condenado por alguno de los delitos mencionados en la Ley N°21.595, lo que provoca una inhabilidad para contratar conforme el Artículo N°33 de la citada ley.
• Si se disolviese la sociedad o consorcio adjudicatario o falleciese el proveedor. En ambos casos, se procederá a efectuar la liquidación del Contrato de Servicio, determinando las obligaciones que quedaren pendientes.
• Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al cobro del servicio convenido.
• Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
• Si existe, por parte del adjudicatario, incumplimiento en el plazo de entrega de los productos ofertados por el proveedor y/o plazos estipulados en el contrato, cuando el retraso exceda el plazo de 5 días corridos, a partir del tercer día de expirado el plazo, situación que se verá manifestada en la aplicación de multas.
• En caso de que el adjudicatario sea la UTP y concurra las siguientes circunstancias.
- Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando la contratación con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
- De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la fiscalía nacional económica.
- Retiro de algún integrante de la UTP que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
- Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
- Disolución de la UTP
• El plazo para solucionar satisfactoriamente los errores de confección no podrá ser superior a 15 días hábiles a contar de la solicitud, en caso que el plazo no se cumpla el Servicio aplicará una multa del 5% sobre el valor unitario del producto, por cada día de atraso a partir del primer día de expirado el plazo de entrega hasta completar 5 días corridos, de superar dicho plazo de 5 días se tomará como causal de término de contrato.
• Cualquier otra causal contemplada en las presentes bases.
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PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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Mediante Oficio se informará al Proveedor Adjudicado el término anticipado del contrato, para lo cual se le concederá traslado a fin de que manifieste sus descargos. Dicho traslado será de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación del referido Oficio.
La medida a aplicar se formalizará a través de una Resolución fundada de la autoridad donde se pronunciará esta última sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará dentro de 24 horas en el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl. Dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la publicación en el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl de la resolución exenta que aplique disponga el término anticipado del contrato, el proveedor podrá interponer un recurso de reposición ante la Dirección del Servicio, quien deberá resolverlo dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde su recepción en la oficina de partes del Servicio.
Una vez resuelto el recurso de reposición, rechazándolo total o parcialmente, o transcurridos los cinco (5) días hábiles para oponerlo sin que esto se haya efectuado, el Servicio deberá confirmar el término anticipado del contrato mediante la dictación del acto administrativo correspondiente, y se hará efectiva en el documento de garantía fiel y oportuno cumplimiento del contrato por el Servicio de Salud Arica y Parinacota, en todas las causales de término señaladas en el presente artículo, menos por Resciliación y por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
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OTRAS ATRIBUCIONES DEL SERVICIO |
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Ante el incumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes Bases y las cláusulas del contrato de servicio referidas a: la entrega del servicio, conforme a lo indicado en las Bases Técnicas, el Servicio podrá, mediante Resolución fundada, ejercer la siguiente atribución:
Solicitar a la Dirección de Compras y Contratación Pública la suspensión del proveedor del registro de proveedores por el tiempo que se determine o la eliminación del proveedor del registro de proveedores; según lo establecido en los Artículo 160, y Artículo 162 del Reglamento de la Ley N°19.886.
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CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR |
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Se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor cualquier imprevisto que no es posible resistir, como naufragio, terremoto, apresamiento de enemigos, actos de autoridad ejercido por un funcionario público, etc., según lo estipulado en el Artículo 45 el Código Civil.
Si durante el desarrollo del proceso de adquisición y cumplimiento del contrato, se presentan eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpezcan o generen atrasos parciales en la entrega del servicio, el Proveedor deberá comunicar esa circunstancia, por escrito al Servicio, dentro de los 5 días siguientes a su acontecimiento, acreditando el hecho y entregando la documentación pertinente que explique cómo éste ha provocado el entorpecimiento, haciendo la solicitud de ampliación de los plazos comprometidos.
El Servicio, en vista de los antecedentes que presente el Proveedor, calificará si el hecho da lugar a fuerza mayor o caso fortuito, emitiendo un informe a la Dirección del Servicio y ésta, mediante Resolución Fundada, dará lugar o no al aumento de plazo solicitado.
Transcurrido el plazo de 5 días a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del Proveedor fundamentándose en razones de caso fortuito o fuerza mayor. En este caso se entenderá que existe incumplimiento al Contrato de Servicio, sometiéndose a las multas y sanciones estipuladas en las presentes Bases.
La solicitud formal de prórroga por esta causal debe ser enviada única y exclusivamente a Oficina de Partes del Servicio de Salud ubicada en Avda. 18 de septiembre N°1000, 2do piso, edificio N, Arica o mediante correo electrónico oficinadepartes@saludarica.cl. Cualquier documentación que sea enviada por otras vías no serán consideradas en la solicitud
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ARREGLO DE CONTROVERSIAS |
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Para la solución de los conflictos que se originen durante el proceso de adquisición o en general, en el cumplimiento de las obligaciones que tienen su fuente en la presente Licitación, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia de la ciudad de Arica y a las leyes vigentes en Chile. Esto, sin perjuicio de las acciones que se puedan realizar a través del Tribunal de Contratación Pública durante el proceso que va desde la aprobación de las presentes Bases hasta la ejecución del contrato.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
• El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo N°19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12° y 16°, en conformidad al artículo 485° del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
• El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso Natatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
• El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
• El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
• El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
• El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
• El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas,
• El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
• El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
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