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De las Sanciones y Multas |
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25.- DE LAS SANCIONES Y MULTAS
El Departamento de Salud podrá aplicar administrativa y unilateralmente, sin ulterior recurso, multas las que se descontaran por simple vía administrativa al momento de realizar el pago. En caso de que el adjudicatario no ejecutare los servicios en los mismos términos establecidos en las bases técnicas y los demás antecedentes que conforman la presente licitación de forma oportuna, correcta y satisfactoria la municipalidad a través del Departamento de Salud aplicará las siguientes multas:
Para efectos de aplicación de multa se considerará el valor de la UTM de la fecha en que hubieren incurrido los hechos sancionables.
El sistema de multas tiene como objetivo estipular la eficiencia del proveedor en el cumplimiento de sus obligaciones. Se sancionará con una multa los incumplimientos de la empresa que se evalúen con las pautas siguientes.
Las multas corresponden a:
Infracción Criterio de Aplicación Monto de Multa (UTM)
Reclamos fundados y comprobados de usuarios por mala calidad del servicio.
Por cada oportunidad 2
Falta de máquinas, herramientas y materiales para cumplir con las obligaciones establecidas en las bases de licitación. Por cada oportunidad 2
Atrasos de más de un día en los horarios establecidos. Por cada oportunidad y por trabajador 1
Cualquier incumplimiento de sus obligaciones de parte Por cada oportunidad 1
El valor de la UTM, será el de la fecha correspondiente a la notificación de la multa, la que se descontará por parte del DESAM mediante Nota de Crédito.
En el evento que un proveedor acumule más de 10 UTM en un mes calendario y 20 UTM anual, podrá ser causal de término anticipado del contrato.
En caso que, por alguna razón cualquiera de los establecimientos del Departamento de Salud deba cambiar de domicilio, los servicios contratados se cumplirán en la nueva (s) dependencia (s) y la empresa tomará todas las medidas que correspondan, para que su personal continúe prestando los servicios contratados en las mismas condiciones pactadas, respecto del domicilio indicado en las bases técnicas generales y particulares.
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Resolución de Empates |
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17.- MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio de OFERTA ECONÓMICA, en el caso de persistir el empate se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio PLAZO DE IMPLEMENTACION, en caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio de EXPERIENCIA EN EL RUBRO, en caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio de CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES y finalmente, en caso de mantenerse el empate, se adjudicará al proveedor con mejor nota de comportamiento base (nota indicada en portal de Mercado Público).
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Pacto de integridad |
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34.- PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del servicio que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de los servicios que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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