Licitación ID: 650-39-LE22
Servicio de realización de inventario
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION II REGION, SERVIU II Región
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Contabilidad de inventario 1 Unidad
Cod: 84111507
Servicio de realización de Inventario, evaluación y propuestas de mejoras en la gestión administrativa/contable de las existencias y Activo Fijo, SERVIU Región de Antofagasta”.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de realización de inventario
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Servicio de realización de Inventario, evaluación y propuestas de mejoras en la gestión administrativacontable de las existencias y Activo Fijo, SERVIU Región de Antofagasta”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION II REGION
Unidad de compra:
SERVIU II Región
R.U.T.:
61.814.000-8
Dirección:
Washington N° 2551
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-11-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 09-11-2022 9:43:19
Fecha inicio de preguntas: 09-11-2022 15:30:00
Fecha final de preguntas: 15-11-2022 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-11-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-11-2022 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-11-2022 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 06-12-2022 12:10:15
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno optativa 10-11-2022 10:00:00
Visita a terreno optativa 11-11-2022 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Deberá adjuntarse los siguientes antecedentes administrativos como parte de la oferta y la omisión de alguno de ellos, dará lugar a dejar fuera de Bases la oferta que presente esta situación. Deberán ser ingresados en formato PDF u otro, a través del portal www.mercadopublico.cl.  Cumplimiento de requisitos formales: Anexo N° 1,2,3 y 4.  Ficha Identificación del Oferente. Anexo Nº 1  Declaración Jurada Simple, Anexo Nº 2  Declaración Jurada Simple de Confidencialidad, Anexo N° 3 (El oferente deberá dar garantías respecto del resguardo de la confidencialidad de la información).  Pacto de integridad y aceptación de las bases de licitación, Anexo N° 4
Documentos Técnicos
1.- Para efectos de evaluar la Oferta Técnica deberá adjuntarse los siguientes antecedentes relacionados con la Propuesta Técnica, en documentos separados y en formato libre, todo para alcanzar el pleno éxito de los resultados esperables de la licitación:  Experiencia del Oferente, Anexo N° 5.  Mejores Condiciones de Empleo y Remuneraciones, Anexo N° 6.  Condiciones de Remuneración  Condiciones de empleo.  Condiciones de Integración.  Programa de Trabajo, Anexo N°7.  Fechas de entrega de base de datos completa con los activos de SERVIU Región de Antofagasta, según los requerimientos de la normativa contable vigente para el sector público.  Fechas de entrega de codificación de activos y planchetas.  Cronograma de actividades detallado de acuerdo a procedimientos de alta de inventario y activo fijo.
 
Documentos Económicos
1.- Se deberá subir al ID de la licitación los siguientes antecedentes firmados por el/la oferente, en sus respectivos archivos digitales: a. Oferta Económica Anexo N° 8: el monto deberá consignarse en pesos 9 moneda nacional, incluyendo todos los impuestos legales, y no estará afecto a ningún tipo de reajuste. b. Valor a ingresar al Portal: el oferente deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación, el VALOR NETO TOTAL, correspondiente al periodo completo del servicio.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Economica Precio 45%
2 Oferta Técnica Experiencia del Oferente 20%
3 Oferta Administrativa Cumplimiento de los Requisitos formales. 5%
4 Oferta Técnica Mejores condiciones de empleo y remuneraciones 15%
5 Oferta Técnica Programa de Trabajo 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SERVIU SEGUNDA REGIÓN
Monto Total Estimado: 10000000
Justificación del monto estimado Presupuesto disponible
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Gonzalo Jopia
e-mail de responsable de pago: gjopia@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Fernando Araya Sayes
e-mail de responsable de contrato: farayas@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-55-3280953-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Proveedor adjudicado no podrá concretar con terceros la subcontratación total o parcial.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Serviu Segunda Región
Fecha de vencimiento: 27-02-2023
Monto: 5 %
Descripción: Tipo de Documento: Instrumento financiero expresado en unidades de fomento o en pesos chilenos, a la vista, con carácter de irrevocable, tomada por el oferente o uno o más de sus integrantes. En general se aceptará cualquier documento que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva (excepto cheque)
Glosa: “Garantiza el Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 650-39-LE22”, “Servicio de Inventario, evaluación y propuestas de mejoras en la gestión administrativa/contable de las existencias y Activo Fijo, SERVIU Región de Antofagasta” SEGÚN ID N° 650-39-LE22”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta una vez cumplido los 90 días corridos, contabilizados desde la fecha de aprobación del informe final por parte de SERVIU Región de Antofagasta y todas las aprobaciones previstas para el caso. Estas aprobaciones deberán obtenerse en el plazo de vigencia de dicha boleta. No obstante, lo anterior, si la obtención de dichos trámites excediera a dicho plazo, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá ser extendida por un nuevo período de 90 días corridos para tales efectos. En definitiva, la garantía deberá permanecer vigente hasta la obtención de todos los servicios correspondientes. Será responsabilidad del adjudicatario del servicio, mantener vigente la garantía, debiendo proceder a renovar o reemplazar oportunamente ésta con anterioridad a su vencimiento, y antes que SERVIU Región de Antofagasta ordene su cobro, todo con el propósito de mantener el resguardo durante todo el período requerido. De no haber ningún inconveniente para la devolución de las garantías el SERVIU aplicará el procedimiento de finiquito del servicio y dictará un acto administrativo que dispone la devolución de la garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empate
En caso de producirse empates entre los oferentes que sean mejor evaluados, se aplicaran, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate: 1°: Mayor puntaje de la oferta económica. 2°: Mayor puntaje de la oferta técnica.
Descalificación de ofertas
Serán descalificadas las ofertas de los oferentes que se encuentren en algunas de las situaciones siguientes: Serán descalificadas las ofertas de los prestadores de servicio que se encuentren en algunas de las situaciones siguientes: a) Inconsistencia en los antecedentes presentados, tanto entre sí como con las Bases de la licitación. b) En caso que se detecte que la información entregada sea falsa o este alterada. c) No presentar todos los antecedentes solicitados en las bases administrativas y/o bases técnicas de esta licitación. d) No se aceptará ofertas inferiores en más de un 10% del monto disponible. e) No se aceptarán oferta que superen al monto máximo disponible. f) Si no se da respuesta a las consultas del foro inverso en el plazo que se otorgue. La descalificación significa que el oferente no tiene opción a ser adjudicatario del servicio. El oferente no podrá solicitar indemnización ni pago alguno al ser descalificado. No serán descalificadas las ofertas cuya documentación se encuentre sin la firma del oferente, esto en base al Art. 13 de la ley N° 19.880, que establece Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, que reconoce el principio de no formalización, conforme al cual el procedimiento debe desarrollarse con sencillez y eficacia. Lo anterior, siempre que exista constancia indubitada de la autoría o procedencia del documento de que se trate, conforme los términos de la misma disposición legal citada. Esto con excepción de las declaraciones juradas. En general, la inobservancia de formalidades producirá la ineficacia de la propuesta de un oferente solo en la medida en que se constate que realmente la omisión tipificada cause desmedro a los derechos del Estado, reste transparencia al proceso o rompa el principio de igualdad de los licitantes en forma que la conducta infractora privilegie a uno de ellos en perjuicio de los demás, esto es, signifique una ventaja indebida a su favor. Finalmente, aplicará en la apreciación de estas causales el principio de no formalización, en el sentido que se consideraran las ofertas de todos los proponentes que han cumplido con el pliego de condiciones, sin que por errores sin trascendencia y no esenciales queden fuere del concurso. Los vicios de forma o validez de las propuestas, solo afectaran a las mismas cuando recaen sobre requisitos esenciales que deban ser evaluados para efectos de sus calificaciones dentro del proceso de adjudicación.
Adjudicación de la licitación
SERVIU se regirá en esta materia por lo dispuesto en el artículo 10° de la Ley N° 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. El adjudicatario será aquel que, en su conjunto, haga la propuesta más ventajosa teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecido en las bases respectivas y los criterios de evaluación que señale el reglamento. La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada al oferente a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes Bases.
DERECHO A DESESTIMAR OFERTAS Y/O DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN.
SERVIU Región de Antofagasta se reserva el derecho de declarar desierta la licitación o desestimar una o más ofertas por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases y/o con el puntaje mínimo de calificación técnica. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Región de Antofagasta y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.
Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Del Contrato
a) Suscripción del Contrato. En esta licitación la Orden de Compra hará las veces de contrato, conforme a lo dispuesto en el artículo N° 63 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios que establece: “Para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley N° 19.886, se requiere la suscripción de un contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de esta por parte del proveedor. De la misma forma podrán formalizarse las adquisiciones superiores a ese monto e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas bases de licitación”. b) Aprobación del Contrato e inicio de la prestación. Dicho contrato, será aprobado mediante Resolución Exenta de SERVIU Región de Antofagasta. Una vez que esté totalmente tramitada la Resolución, que aprueba la Orden de Compra por el SERVIU Región de Antofagasta, se notificará al Prestador. La prestación del servicio comenzará una vez enviada la orden de compra a través de la plataforma www.mercadopublico.cl y esta sea aceptada por el proveedor contratado. c) Documentos integrantes del contrato. Para todos los efectos legales, formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las especificaciones técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones de las bases, si las hubiere, las ofertas, los documentos anexos a ella y la oferta económica. 19 d) Gastos del contrato. Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo, serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado. e) Cobros adicionales. SERVIU Región de Antofagasta bajo ningún término pagará: intereses, reajustes, multas, fletes, bodegaje o almacenamiento, cargos y/o cualquier partida adicional que recargue el precio de lo ofertado. f) Responsabilidad del oferente adjudicado. El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar a SERVIU Región de Antofagasta, todos los documentos y antecedentes que este pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quien para estos efectos podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, descontándolos de los pagos al proveedor. En caso que el servicio tome conocimiento por notificación judicial o de la Inspección del trabajo o Dirección del trabajo, que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor adjudicado acreditar a SERVIU región de Antofagasta mediante el certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al termino de los servicios contratados. g) Modificaciones al contrato. Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el artículo 13 de la ley N° 19.886 de compras públicas y en el artículo 77 del Reglamento de Compras Públicas establecido en el D.S. N° 250 (H) de 2004. Cualquier modificación que se realice al contrato estará sujeta al mismo trámite de la aprobación del contrato original. h) Termino anticipado del contrato. Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la ley N° 19.886 y el en artículo 77 del Reglamento de dicha ley, además, de lo referido en el cuerpo de estas Bases, entre SERVIU Región de Antofagasta y el proveedor del servicio podrá modificarse o terminarse anticipadamente por los motivos o circunstancias que a continuación se indican: 1. Incumplimiento al contrato: Sin perjuicio de las demás acciones que procedan en caso de incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario, SERVIU, podrá, mediante carta certificada, notificar a la empresa al domicilio que conste en el contrato, con cinco días corridos de anticipación, poner término al contrato, cuando esta incurra en cualquiera de sus cláusulas, obligaciones y/o prohibiciones, sin que esta tenga derecho a indemnización, pudiendo en esta circunstancia hacer efectiva la boleta de garantía. 2. Por razones de necesidad o conveniencia: El SERVIU podrá poner término, por medio del respectivo acto administrativo fundado, en forma anticipada y unilateralmente al contrato, en cualquier tiempo y por razones de necesidad o conveniencia, dando aviso a la empresa mediante carta certificada enviada al domicilio que conste en este contrato, con a lo menos cinco días corridos a la fecha en que dicho termino haya de producir sus efectos, sin que este tenga derecho a indemnización. 3. Estado de notoria insolvencia del contratante. 4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5. Que el proveedor no cumpla con el servicio convenido. 6. Cuando SERVIU Región de Antofagasta, considere que están siendo vulnerados sus intereses. 7. Si el proveedor del servicio no responde satisfactoriamente a las solicitudes que SERVIU Región de Antofagasta imparta en interés de superar las dificultades suscitadas y establecidas en las bases. 20 8. Si el proveedor del servicio presentase un retraso, en el plazo de instalación de los servicios, no justificado, superior a los 2 días corridos, con respecto a la programación establecida en el contrato, por causales imputables a éste. 9. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Se entenderá por incumplimiento grave las siguientes causales:  Si el proveedor del servicio, no mantuviera la debida reserva de la información y procedimiento confidenciales, que obtenga directa o indirectamente de SERVIU Región de Antofagasta.  Si el proveedor del servicio, hiciera uso comercial de su participación en el servicio prestado, no autorizado expresamente por SERVIU Región de Antofagasta.  Cuando el monto total de las multas aplicadas al contratista supere el 5% (cinco por ciento) del valor total del servicio contratado. 10. Si la empresa o persona natural no diere cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y de seguridad social con sus propios trabajadores. 11. Si el personal designado es acusado de conductas indebidas y graves del trabajador, tales como el acoso sexual y maltrato físico contra el empleado u otro trabajador o cualquier conducta inmoral que afecte al servicio. En todos los casos SERVIU Antofagasta dictara un acto administrativo fundado. En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contractuales, la terminación del contrato será, además, en forma inmediata, pudiendo SERVIU Antofagasta informar la situación a la Dirección de Compras Públicas, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna, y haciendo efectiva la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato. En caso de termino unilateral por razones de necesidad o conveniencia, el aviso por escrito al proveedor, deberá despacharse con una anticipación no inferior a 30 días a la fecha de término efectivo, o de 15 días si hubiera una orden de compra en ejecución. i) Subcontratación. Esta licitación no admite subcontratación. j) Prohibición de Cesión. La empresa no podrá ceder o traspasar a terceros, parcial o totalmente, las obligaciones contraídas con SERVIU y contenidas en el contrato, excepto en el caso de fusión, absorción o división de la empresa contratada, situación en que las obligaciones serán traspasadas al continuador legal, en las mismas condiciones establecidas en el contrato. En estos casos, la empresa deberá informar al Administrador del Contrato, con al menos quince días corridos de anticipación, respecto de la fusión, absorción o división. En caso que la empresa no cumpla con este plazo o en el evento que la nueva empresa no cumpla las condiciones exigidas en estas bases para la originalmente contratada, SERVIU podrá poner término anticipado al contrato. k) Confidencialidad. El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes, reservados o no, que ponga a su disposición SERVIU Región de Antofagasta y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución de los servicios. El adjudicatario deberá velar por el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, también respecto de sus dependientes y/o subcontratistas. La divulgación, por cualquier medio de la información antes referida por parte del adjudicatario y/o de sus dependientes y/o subcontratistas, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, habilitará a SERVIU Antofagasta para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad personal por los actos que hayan ejecutado quienes resulten responsable de ello. l) Contraparte Técnica del Contrato La Contraparte Técnica corresponderá a la Unidad de Logística y Servicio Generales de SERVIU Región de Antofagasta, o quien le subrogue legalmente, el cual realizará las siguientes actividades: 21  Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases administrativas.  Fiscalizar que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios.  Velar por el correcto desarrollo del servicio, informando mediante oficio a Jefe de Sección Administración, en caso de incumplimiento para la aplicación de multas.  Llevar a cabo las labores de coordinación que se requieran para la tramitación de los siniestros, dentro de los plazos correspondientes.  Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, como asimismo dar tramitación a los pagos y a las multas.  Las demás que encomienden las presentes bases. La Unidad de Compras, licitará los servicios y una vez aprobado mediante Resolución Exenta los contratos de los proveedores, derivará el expediente de la licitación, a la Unidad de Logística y Servicios Generales para que esa Unidad administre el contrato.