Licitación ID: 659-9-LE25
SUPERVIGILANCIA EN EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE
Responsable de esta licitación: Ministerio de Vivienda y Urbanismo
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Asesorías en gestión de proyectos 1 Global
Cod: 80101604
SUPRVIGILANCIA EN EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN EN URBANIZACIONES  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUPERVIGILANCIA EN EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
LICITACIÓN SUPERVIGILANCIA EN EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN EN URBANIZACIONES EN PLANES TERRITORIALES EN LA COMUNA DE LOTA, a objeto de dar cumplimiento al Plan de Gestión de la Calidad PGC, y a la labor de esta SEREMI de supervigilar el cumplimiento de los programas de viviendas sociales.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SEREMI VIII REGION
R.U.T.:
61.802.008-8
Dirección:
Rengo 384
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-06-2025 15:30:00
Fecha de Publicación: 06-05-2025 10:24:09
Fecha inicio de preguntas: 06-05-2025 13:30:00
Fecha final de preguntas: 20-05-2025 11:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-05-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-06-2025 15:40:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-06-2025 15:40:00
Fecha de Adjudicación: 11-06-2025 9:56:58
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 10-07-2025
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
FECHA ESTIMADA DE APLAZAMIENTO ADJUDICACIÓN 26-06-2025 18:00:00
FECHA ESTIMADA DE READJUDICACIÓN 03-07-2025 18:00:00
FECHA ESTIMADA DE CONTRATACIÓN 10-07-2025 18:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- VER LO QUE SE SOLICITA EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS INSERTAS EN LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 1294 DE FECHA 30/04/2025, LA CUAL SE ADJUNTA A LOS ANEXOS.
Documentos Técnicos
1.- VER LO QUE SE SOLICITA EN LAS BASES TÉCNICAS INSERTAS EN LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 1294 DE FECHA 30/04/2025, LA CUAL SE ADJUNTA A LOS ANEXOS.
 
Documentos Económicos
1.- ADJUNTAR ANEXO 7
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA TÉCNICA VER DETALLE DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SUS SUBFACTORES EN EL ARTÍCULO 15° INSERTO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 1294 DE FECHA 30.04.2025 ADJUNTA EN LOS ANEXOS. 70%
2 OFERTA ECONÓMICA VER DETALLE DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SUS SUBFACTORES EN EL ARTÍCULO 15° INSERTO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 1294 DE FECHA 30.04.2025 ADJUNTA EN LOS ANEXOS. 20%
3 REQUISITOS FORMALES VER DETALLE DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SUS SUBFACTORES EN EL ARTÍCULO 15° INSERTO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 1294 DE FECHA 30.04.2025 ADJUNTA EN LOS ANEXOS. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 60000000
Justificación del monto estimado ES VALOR MÁXIMO PARA ESTA LICITACIÓN.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 214 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: NATALIA CAREAGA
e-mail de responsable de pago: NCAREAGA@MINVU.CL
Nombre de responsable de contrato: LUIS OYARZUN ALVARADO
e-mail de responsable de contrato: LAOYARZUN@MINVU.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2292305-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Seremi Minvu Región del Biobío
Fecha de vencimiento: 08-09-2025
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: Cada Oferente deberá garantizar la seriedad de la oferta a través de la entrega de un instrumento de garantía tomado por el Oferente a nombre de la Seremi Minvu Región del Biobío por un monto de $200.000 (doscientos mil pesos) expresados en pesos chilenos, pagadero a la vista, con una vigencia superior en noventa (90) días contados desde la fecha de apertura de la licitación.
Glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta en licitación: SERVICIO “SUPERVIGILANCIA EN EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN EN URBANIZACIONES EN PLANES TERRITORIALES EN LA COMUNA DE LOTA”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de seriedad de la oferta entregada por el Oferente cuya oferta haya sido aceptada, se le devolverá contra la recepción conforme y luego de la autentificación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, a más tardar dentro de los 2 días hábiles siguientes a la suscripción el contrato correspondiente. A los participantes no adjudicados, se les devolverá la garantía, una vez suscrito el respectivo contrato con el adjudicatario, pudiendo ser retirada dentro de los 30 días posteriores a la fecha de la total tramitación de la resolución que apruebe el contrato con el adjudicatario, en la misma dirección en que fue ingresada. Será obligación de los Oferentes el retiro dentro del plazo establecido. En caso de que la licitación sea declarada desierta o las ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, las garantías de seriedad que se hubieren entregado se devolverán dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la deserción.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Seremi Minvu Región del Biobío
Fecha de vencimiento: 15-04-2026
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales del trabajador del contratante, el adjudicatario deberá entregar, dentro del plazo fijado para la suscripción del contrato, un instrumento de garantía que asegure el pago de ésta de manera rápida y efectiva y que se ciña a los requisitos establecidos en el artículo 121° del Reglamento de la Ley N° 19.886, pagadera a la vista e irrevocable, en pesos chilenos, a nombre de la Seremi Minvu Región del Biobío por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato, y cuyo vencimiento no podrá ser inferior a 60 días hábiles posteriores, contados desde la fecha de término del contrato, calculado conforme al plazo contenido en la oferta más el de las revisiones por parte de la SEREMI
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la consultoría y el pago de las obligaciones laborales y sociales”.
Forma y oportunidad de restitución: dicho documento será devuelto al Consultor, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la recepción y aprobación conforme del último informe presentado por aquel, en la misma dirección señalada en el sobre caratulado de ingreso de la garantía a la Seremi Minvu.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
De acuerdo a lo señalado en el artículo 58° del Reglamento de la Ley N° 19.886, en caso que el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o no cumpliese con las condiciones y requisitos establecidos para su suscripción dentro de los plazos establecidos en estas bases, la Seremi Minvu podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le sigue en puntaje, dentro del plazo señalado en el artículo 5° de estas bases, esto es, hasta 10 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la adjudicación original, siempre que hubieren ofertas admisibles vigentes.
OBJETIVO
Las presentes bases tienen por objeto regular el proceso de contratación del servicio “Supervigilancia en el Desarrollo de Proyectos de Inversión en Urbanizaciones en Planes Territoriales en la Comuna de Lota”, que se enmarca dentro de las atribuciones generales de planificación regional, las facultades para la realización de estudios, proyectos e investigaciones, que cuenten con la autorización del MINVU, la programación de la inversión regional en materia de vivienda, urbanización y equipamiento, dentro de las disponibilidades presupuestarias; junto con velar por el estricto cumplimiento por parte del SERVIU de los planes, programas, normas e instrucciones impartidas por el Ministro y por el Subsecretario de Vivienda y Urbanismo y, especialmente porque sus inversiones se ajusten a los presupuestos aprobados, desarrollando diversas intervenciones territoriales de acuerdo a las orientaciones de la política de Desarrollo Urbano y el Plan Ciudades Justas. Asimismo, en el marco del Plan de Gestión de la Calidad (PGC), se contempla la labor de esta SEREMI de supervigilar el cumplimiento de los programas de viviendas sociales, en cuanto a plazos, avances de obras e inversión, lo que toma especial relevancia respecto a la ejecución del Programa de Asentamientos Precarios, principalmente en lo relativo a aquellos asentamientos que se encuentran con diagnóstico de radicación y donde será necesario avanzar en proyectos de inversión para urbanización previo al desarrollo de los respectivos proyectos de vivienda social y radicación definitiva.
NORMATIVA
En el presente proceso licitatorio de contratación de la consultoría “Supervigilancia en el Desarrollo de Proyectos de Inversión en Urbanizaciones en Planes Territoriales en la Comuna de Lota”, será aplicable a esta licitación, al contrato y a la ejecución de sus prestaciones y obligaciones, lo siguiente: • La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y sus modificaciones. • La Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, y sus modificaciones. • La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y sus modificaciones. • El Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N° 250, de 2004, de Ministerio de Hacienda. • D.S. N° 135 (V. y U.) de 1978, Reglamento del Registro Nacional de Consultores. • La Resolución Exenta N° 2.156, de 2015, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba el reglamento especial de seguridad y salud en el trabajo para empresas contratistas y subcontratistas y/o empresas de servicios transitorios, que prestan servicios bajo el régimen de subcontratación en los organismos del sector vivienda: MINVU Central, SEREMI y SERVIU, a nivel nacional. • La Ley N° 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. • Las Bases Administrativas (B.A.) con sus correspondientes Anexos, en conjunto con las Bases Técnicas (B.T.), y en general todas aquellas normativas pertinentes. • Las demás normas legales y reglamentarias que regulen materias propias de la Consultoría. La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante del presente proceso de licitación, además de los siguientes antecedentes: • Las correspondientes ofertas técnicas y económicas de los proponentes. • Los antecedentes presentados por cada postulante. • Las consultas a las bases formuladas por los Oferentes y las respectivas respuestas, emitidas por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo (Seremi Minvu) Región del Biobío. • Las aclaraciones que se efectúen a las bases, de iniciativa de la Seremi Minvu Región del Biobío. • Las aclaraciones a las ofertas que solicite la Seremi Minvu Región del Biobío.
DEFINICIONES
Para la correcta interpretación de los documentos de la propuesta y del contrato, además de las definiciones establecidas en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, para los efectos de las presentes bases de licitación, se entenderá por: a. MINVU o Secretaría de Estado: Ministerio de Vivienda y Urbanismo. b. Subsecretaría o Subsecretaría de Estado: Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo. c. Bases: documentos que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas, Bases Técnicas y documentos anexos que se acompañan. d. Bases Administrativas: documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de Adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras. e. Bases Técnicas: documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar. f. Presupuesto estimado: es la previsión financiera que indica el gasto que, en virtud de la contratación puede asumir el MINVU/Servicio de Bienestar MINVU-SERVIU, incluido Impuestos al Valor Agregado y demás tributos que graven la adquisición del bien o servicio. g. Proveedor: persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que por sí o por Uniones Temporales de Proveedores, podrán proporcionar bienes y/o servicios en la presente licitación. Deberá estar inscrito en alguna de las categorías del Registro de Proveedores. h. Oferente o proponente: proveedor que participa en el presente proceso licitatorio, presentando una oferta o cotización, estando habilitado para aquello. i. Adjudicatario: oferente cuya oferta ha sido seleccionada en el presente proceso licitatorio, para la suscripción del contrato definitivo. j. Contratista/Consultor: proveedor que suministra bienes o presta servicios al MINVU/Servicio de Bienestar MINVU-SERVIU. k. Fuerza mayor o caso fortuito: “Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.”, de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del Código Civil. l. Días corridos: todos los días de la semana, que se computan uno a uno en forma correlativa. m. Días hábiles administrativos: todos los días de la semana, excepto los días sábados, domingos y festivos. n. Oferta o propuesta: cotización ofrecida por el proponente en la presente licitación, la que deberá ajustarse a los requisitos establecidos en los documentos de la licitación. o. Vigencia del contrato: plazo durante el cual el contrato está en vigor y las partes contratantes vinculadas cada una y obligadas a cumplir sus obligaciones contractuales. p. Ampliación del contrato: aumento del plazo inicial de duración del contrato y/o de su monto.
COMUNICACIONES Y PLAZOS
Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, hasta la contratación inclusive, se efectuarán por medio del portal internet de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl. Los plazos a que se haga referencia en estas bases serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que son de días hábiles. Se entenderán por inhábiles, los sábados, domingos y festivos, en conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 25° de la Ley N°19.880.
PARTICIPANTES
Requisitos mínimos para participar. Podrán participar en la presente licitación personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), sean chilenas o extranjeras, que no les afecte algunas de las incompatibilidades e inhabilidades, y cumplan las condiciones mínimas señaladas en las presentes Bases, a saber: a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886. b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. c) No ser funcionario directivo ni tener entre sus socios un funcionario directivo de la respectiva entidad compradora; o una persona unida a aquél por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. d) Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente. A fin de acreditar el cumplimiento de lo anterior, los oferentes deberán presentar una “Declaración Jurada Simple del Oferente” (ANEXO 2), la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. e) Que se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que no lo estuviere, deberá inscribirse en el plazo de hasta 7 días desde que la Seremi Minvu le notifique la suscripción del contrato. De este modo, para proceder a la firma del contrato, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito en el referido registro de proveedores. f) Que se encuentre inscrito en el Registro Nacional de Consultores del MINVU, en adelante RNC-MINVU, en alguno de los siguientes rubros y especialidades de acuerdo con lo señalado en el artículo 6° del D.S. N° 135 (V. y U.) de 1978. g) Que su oferta considere el equipo señalado en numeral 14 de las Bases técnicas. Para efectos de admisibilidad, se examinará sólo esta condición, en tanto el cumplimiento del perfil, experiencia y especialización exigida, será medida en la etapa de evaluación de las ofertas. Serán los profesionales del equipo quienes preferentemente, deberán desarrollar y ejecutar cada uno de los productos de la Consultoría, no obstante, se podrá subcontratar el desarrollo de alguna especialidad de ingeniería o del área social, que deberá informarse en la oferta. h) Que el oferente de cumplimiento al art. 33 de la Ley 21.595, Ley de Delitos económicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

En el caso particular de las UTP, éstas deberán adjuntar en forma previa a la suscripción del contrato, la escritura pública que da cuenta del acuerdo de constitución de la UTP. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Seremi Minvu Región del Biobío, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, sumado el plazo de garantía.

Se exigirá que todos los Proveedores integrantes de la UTP cumplan con el requisito de estar inscritos en el Registro Nacional de Consultores del MINVU, al momento de ofertar.



CONSULTAS Y ACLARACIONES
Los Oferentes podrán formular consultas a las bases a través del foro que estará habilitado en el portal internet de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado para consultas en el artículo anterior. No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto. Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el portal, la Seremi Minvu, podrá efectuar, a iniciativa propia, aclaraciones a las bases. Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las bases, sin perjuicio de lo cual podrán complementarlas y se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los Oferentes en la preparación de sus ofertas. Las respuestas y aclaraciones de la Seremi Minvu se considerarán, para todos los efectos, como integrantes de las bases de licitación.
OFERTAS
Los oferentes deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) a través del portal internet de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable. Sólo se aceptarán ofertas en soporte papel, en los casos previstos por el artículo 115° del Reglamento de la Ley N° 19.886. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600 ‐ 7000 ‐ 600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del Artículo 115 del Reglamento de la Ley Nº 19.886/ 2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema.
GARANTIA SERIEDAD DE OFERTA
VER DETALLE INSERTO EN EL ARTÍCULO 8° "GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN" EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N°1294 DE FECHA 30.04.2025.
CONTENIDO DE LAS OFERTAS
VER DETALLE INSERTO EN EL ARTÍCULO 9° "CONTENIDO DE LAS OFERTAS" EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N°1294 DE FECHA 30.04.2025.
DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una validez de 90 (noventa) días desde la fecha de apertura de la propuesta. Si dentro de ese plazo no ha concluido el proceso de contratación, la Seremi Minvu podrá solicitar a los oferentes la extensión del plazo de validez, en cuyo caso les pedirá, antes de la fecha de expiración, la prórroga de las ofertas y la renovación de las garantías respectivas.
CIERRE DE RECEPCIÓN DE OFERTAS
El cierre de la presente licitación se indica en Tabla del Artículo 5° de las presentes Bases Administrativas y, por lo tanto, no se aceptarán propuestas ingresadas al portal con posterioridad al día y hora fijada. La Seremi Minvu podrá aumentar el plazo para el cierre de la recepción de las ofertas, en casos de necesidad o conveniencia. Dicha extensión se hará mediante resolución de la Secretaría Regional Ministerial, publicada en el portal de internet de Compras Públicas a lo menos 24 horas antes del cierre inicial programado. La prolongación del cierre significará un aumento para los plazos de apertura de la oferta técnica y económica.
APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura de las ofertas se hará en una sola etapa. Las ofertas que no sean remitidas electrónicamente, a través del portal internet de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl o aquellas en que no se acompañe debidamente la garantía de seriedad de la oferta, serán declaradas inadmisibles, devolviéndose a los respectivos participantes los antecedentes que hayan presentado.
COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS
Una Comisión designada en la presente resolución, conformada por tres funcionarios públicos de esta Seremi Minvu, tendrá la misión de efectuar la evaluación integral de las ofertas, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en estas Bases Administrativas, debiendo emitir el informe correspondiente.
SOLICITUD DE ACLARACIONES
La Seremi, a través de la Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los Oferentes que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura, o los que se adviertan en el posterior proceso de revisión de las ofertas, y/o solicitar información complementaria a los Oferentes para clarificar la información entregada, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los Oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de ellos a través del sistema de información del portal de internet de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl. En los casos en que se solicite rectificar errores u omisiones formales, la comisión evaluadora podrá otorgar un plazo de 3 días hábiles, contados desde la publicación en el portal de internet de Compras Públicas, cada vez que lo requiera, para que los Oferentes subsanen la omisión o corrijan el error correspondiente. Si los Oferentes no dan respuesta en el plazo establecido y del modo indicado, la incidencia que ello tenga en la evaluación de la propuesta será de exclusiva responsabilidad del Oferente. Esta solicitud deberá efectuarse mediante publicación destinada a todos los Oferentes en el portal de internet de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl. Desde esa fecha de publicación se deberá contar el plazo para subsanar los errores u omisiones. La respuesta de los Oferentes a esta solicitud deberá hacerse igualmente a través del portal www.mercadopublico.cl. En el caso de que la solicitud corresponda a archivos o documentos, éstos podrán ser enviados digitalizados a través del portal o entregados en soporte papel en la Oficina de Partes de la Seremi Minvu, en la dirección y horario de atención indicado en el artículo 8°. La Comisión Evaluadora tendrá expresamente facultades para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma, que constaten en el proceso de evaluación, siempre que ello no confiera a los Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes. Sin perjuicio de lo anterior, y de acuerdo con lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de licitación, aquél o aquellos Oferentes que presentaron antecedentes dentro del plazo para subsanar, serán calificados con la rebaja en el puntaje que corresponda al criterio relativo al cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta.
SELECCIÓN, ADJUDICACIÓN, APLAZAMIENTO Y READJUDICACIÓN.
VER DETALLE INSERTO EN EL ARTÍCULO 16° "SELECCIÓN, ADJUDICACIÓN, APLAZAMIENTO Y READJUDICACIÓN" EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N°1294 DE FECHA 30.04.2025.
ACTA DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
La Comisión Evaluadora emitirá un informe público y fundado, que constará en un Acta de Evaluación, de conformidad con lo establecido en el artículo 57° Bis del Reglamento de la Ley N° 19.886. Este informe contendrá una propuesta de adjudicación y será remitido a la Secretaría Regional Ministerial, para que proceda a adjudicar la licitación, si se estimare procedente. La adjudicación será comunicada al adjudicatario y se entenderá notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde la publicación del acto administrativo en el portal del sistema de información de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl. El Acta contendrá, además, las propuestas inadmisibles, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15° precedente. Asimismo, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 de la ley N° 21.640, Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2024, el acta de evaluación deberá publicarse en el portal de transparencia activa de la Seremi Minvu, dentro de los 30 días siguientes al término del proceso de licitación.
RECLAMOS
Los reclamos podrán efectuarse a través del portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, en conformidad con la normativa de la Ley N° 19.886 y su Reglamento. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de disconformidad, podrán recurrir al Tribunal de Contratación Pública o a la Contraloría General de la República.
DE LOS EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN
El acto de adjudicación no genera vínculos contractuales entre el adjudicatario y la Seremi Minvu. El documento en virtud del cual nace la relación contractual y se perfecciona el acuerdo de voluntades entre el Oferente adjudicado y la Seremi Minvu, es el acto administrativo aprobatorio del contrato para la prestación del servicio, totalmente tramitado. La adjudicación podrá dejarse sin efecto, si no se firma el contrato en los plazos y condiciones establecidos en las bases, por causas imputables al adjudicatario, procediendo, en tal caso, la readjudicación, si hubiere ofertas hábiles vigentes.
LICITACIÓN DECLARADA DESIERTA
La Seremi Minvu declarará desierta la licitación, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) No se presenten ofertas o éstas fueren declaradas inadmisibles. b) Cuando el oferente adjudicado no concurra a suscribir el contrato y no hubiere ofertas hábiles vigentes. c) Cuando las ofertas no resulten convenientes a los intereses del servicio, de lo que deberá dejarse constancia en el acta de la Comisión Evaluadora. d) En caso de persistir el empate, de acuerdo con lo indicado en el artículo 16.2 de las presentes Bases. La declaración de deserción se efectuará por resolución fundada, sin perjuicio de lo señalado en el Informe de la Comisión Evaluadora.
DEL CONTRATO
VER DETALLE INSERTO EN EL ARTÍCULO 21° "DEL CONTRATO" EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N°1294 DE FECHA 30.04.2025.
GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN
VER DETALLE INSERTO EN EL ARTÍCULO 22° "DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMEINTO DEL CONTRATO" EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N°1294 DE FECHA 30.04.2025.
CESIÓN DEL CONTRATO
El Oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba.
COORDINACIÓN GENERAL DE LA CONSULTORÍA
La coordinación general de la Consultoría, por parte de la Seremi Minvu, estará a cargo del Encargado de la Sección de Coordinación Provincial y Comunal, a quien le corresponderá las siguientes funciones: a) Proponer al profesional que integrará la Contraparte Técnica de la Consultoría. b) Revisar, solicitar información y controlar el avance de la ejecución de la Consultoría en cualquier momento, formulando las observaciones que procedan y disponer la complementación o correcciones que estimen necesarias. c) Resolver sobre el cambio de profesionales del Equipo Consultor, o su refuerzo de estimarlo necesario, previo al informe con V°B° de la Contraparte Técnica asignada al estudio. d) Solicitar a la Sección de Administración y Finanzas de la Seremi, que se cursen los pagos que correspondan, acorde al avance verificado.
CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA CONSULTORÍA
La supervisión de las labores de la Consultoría se realizará a través de la Contraparte Técnica, integrada por una comisión interdisciplinaria en la que participarán: a) 2 Profesionales de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la región del Biobío. b) 2 suplentes profesionales de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la región del Biobío. Todos los integrantes de la Contraparte Técnica serán nombrados por el o la Jefe Superior del Servicio, por Resolución. La Contraparte Técnica deberá coordinar, apoyar y guiar el adecuado desarrollo de los productos de la presente Consultoría, junto con revisar, aprobar, observar o rechazar los Informes que entregue la Consultora, en los plazos establecidos en las presentes Bases. Esta Contraparte Técnica estará presidida por un profesional de la SEREMI MINVU, quien actuará como Coordinador de la Contraparte ante el Consultor, y que deberá mantener la documentación administrativa generada en el marco de la licitación y ejecución del contrato. El Coordinador de la Contraparte Técnica será responsable de velar por el efectivo cumplimiento de los términos del contrato y sin que la enumeración sea taxativa, sus principales funciones son las siguientes: a) Revisar y controlar, el avance del servicio en forma periódica, formulando las observaciones que resulten procedentes y, disponer las complementaciones o correcciones que estime necesarias. b) Verificar el cumplimiento de los plazos estipulados para la entrega y correcta ejecución del servicio contratado. c) Custodiar y gestionar la documentación que se origine durante el desarrollo del contrato. d) Formular los estados de pagos, en los términos y plazos establecidos en las presentes bases y en el respectivo contrato. e) Citar a reuniones de coordinación. f) Presidir las reuniones de seguimiento del proyecto.
ENTREGA DE EXPEDIENTES E INFORMES
El Consultor deberá entregar a la Seremi Minvu los informes y productos de cada etapa, detallados en las Bases Técnicas, una vez cumplido el plazo de desarrollo de cada una de ellas. La entrega de cada expediente se realizará según la programación propuesta por el Consultor la que podrá agrupar la entrega de más de un informe en una misma fecha, pero no podrá considerar más de 4 entregas. Cada entrega y su correspondiente expediente, es independiente, por lo tanto, el avance o retraso en el cumplimiento de una de las etapas de la consultora no debe afectar el desarrollo de las demás El expediente de cada entrega de la Consultoría deberá ser ingresados en formato digital, mediante envío por correo electrónico al correo de la Oficina de Partes de la Seremi Minvu del Biobío, ofpaseremibiobio@minvu.cl, en días hábiles, en horario de 09:00 a 17:30 hrs. Todas las entregas en formato digital o impreso, deberán considerar una carta dirigida al Encargado de la Sección de Coordinación Provincial y Comunal, Coordinador de la Consultoría, indicando el informe al que corresponde y los productos ingresados. Junto al último informe, o aquel que sea considerado el último (en el caso que se ponga término anticipado al contrato), se deberán entregar los informes anteriormente aprobados, en formato impreso (dos copias), mediante su ingreso físico en la Oficina de Partes de la Seremi Minvu. Para aquellos productos que se deben se entregar en formato electrónico en conjunto con el informe por correo electrónico. Debido a la capacidad limitada del correo institucional, los archivos digitales, podrán enviarse mediante un enlace de descarga, incorporado en el correo electrónico. Para aquellos productos que por Bases Técnicas se solicitan en formato impreso, deberán ingresarse a través de la Oficina de Partes de la Seremi Minvu Región del Biobío, ubicada en Rengo 384, Concepción, en horario de 09:00 a 13:30 hrs. Para todos los efectos, incluido el cómputo de plazos, se considerará como fecha de entrega de cada informe, aquella en que éstos se reciban en la Oficina de Partes de la Seremi Minvu Región del Biobío, considerándose su ingreso por correo electrónico o en formato físico, en los horarios previamente señalados. En el caso que el ingreso por correo electrónico sea en un horario posterior al indicado, se considerará ingresado en el día hábil siguiente. En caso de que estos Informes presenten observaciones, se aplicará el procedimiento señalado en el N° 2 del artículo 27° siguiente.
RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE Y REVISIÓN DE INFORMES
VER DETALLE INSERTO EN EL ARTÍCULO 27° "RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE Y REVISIÓN DE INFORMES" EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N°1294 DE FECHA 30.04.2025.
PLAZOS DE ENTREGA, REVISIÓN Y CORRECCIÓN
VER DETALLE INSERTO EN EL ARTÍCULO 28° "PLAZOS DE ENTREGA, REVISIÓN Y CORRECCIÓN" EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N°1294 DE FECHA 30.04.2025.
SUSTITUCIÓN DEL PROFESIONAL
La sustitución de profesionales integrantes del equipo propuesto por el Oferente contratado se sujetará a las siguientes reglas: a) El profesional sustituto que se proponga deberá tener el mismo puntaje o superior en experiencia y especialización, según corresponda, de aquel a quien sustituye, y deberán acompañarse los antecedentes que así lo acrediten. b) Para que el sustituto pueda pasar a formar parte de la nómina de profesionales del equipo, deberá ser aprobado por el Coordinador de la Consultoría. En los casos anteriores, el Consultor tendrá un plazo máximo de 20 días hábiles para reemplazar al profesional, al cabo de los cuales se procederá a evaluar el término anticipado del contrato, por incumplimiento de las condiciones presentadas en la Oferta Técnica.
DE LAS MULTAS Y SANCIONES
VER DETALLE INSERTO EN EL ARTÍCULO 30° "DE LAS MULTAS Y SANCIONES" EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N°1294 DE FECHA 30.04.2025.
DEL PAGO
VER DETALLE INSERTO EN EL ARTÍCULO 31° "DEL PAGO" EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N°1294 DE FECHA 30.04.2025.
SUSPENSIÓN, TÉRMINO Y MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
VER DETALLE INSERTO EN EL ARTÍCULO 32° "SUSPENSIÓN, TÉRMINO Y MODIFICACIÓN DEL CONTRATO." EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N°1294 DE FECHA 30.04.2025.
OBLIGACIONES DEL CONSULTOR
Serán obligaciones esenciales del contrato las siguientes: • Mantener las Condiciones Establecidas en la Propuesta El Consultor deberá mantener durante la vigencia del contrato las condiciones establecidas en su propuesta, tanto en los aspectos técnicos como en lo referido a los equipos comprometidos que satisfagan las condiciones de una prestación adecuada del servicio, conforme con los criterios de las Bases. • Cumplimiento de Obligaciones Previsionales, Laborales y Tributarias El Consultor deberá dar cumplimiento a sus obligaciones laborales, previsionales y tributarias con el personal propuesto para la licitación, cuando procediere, incluyendo la suscripción de los respectivos contratos de trabajo u honorarios con los integrantes de la propuesta, o subcontratos a que se refiere el Artículo 128° del Reglamento de la Ley N°19.886, quedando constancia que la responsabilidad en su cumplimiento permanece en el Consultor. • Reuniones de Coordinación y Técnicas El Consultor deberá reunirse periódicamente con la Contraparte Técnica de la Consultoría, según ésta determine y de forma presencial, para analizar aspectos relativos a la ejecución de la Consultoría y de coordinación en las prestaciones contratadas.
CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
Sin perjuicio del carácter público de la Consultoría y de los documentos que le sirvan de sustento o complemento, de acuerdo con el Artículo 5° de la Ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública, el Consultor acepta y declara que todos los datos, documentos, registros, resultados, informes, comunicaciones y toda otra información que se adquiera o desarrolle en el curso del cumplimiento del presente contrato, se tratará, por parte de él, como información confidencial. Asimismo, se obligará a que todos los integrantes de su Equipo de Trabajo y/o sus subcontratistas guarden igual celo en el mantenimiento de confidencialidad respecto de estas materias. La infracción a la obligación antes señalada habilitará a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío para poner término unilateral al contrato, conforme al artículo 32 de las presentes Bases Administrativas. Lo anterior, por cuanto la obligación de transparencia y publicidad de la Consultoría y los demás antecedentes relacionados con él, una vez que éste ha concluido, radica en esta SEREMI, de acuerdo con la Ley N° 20.285.
REPRODUCCIÓN DE LA CONSULTORÍA
En las reproducciones que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo o la SEREMI efectúe de la Consultoría contratada o de cualquiera de sus informes, se indicará, si los suscritos así lo requieran, el nombre del o la Consultor/a, quien cede desde ya a la SEREMI sus derechos como autor de los productos que resulten de la Consultoría, así como modificaciones o reproducciones parciales. Si el/la Consultor/a quisiera reproducir total o parcialmente estos productos, deberá previamente solicitar autorización expresa de la SEREMI. Para tales efectos, junto con el último estado de pago el/la Consultor/a deberá incluir, además una carta notarial suscrita por él y por todos los/las integrantes del Equipo de Trabajo, en que transfiere a esta Secretaría Regional Ministerial el dominio y propiedad de los productos o informes que se originen a partir de la presente consultoría, renunciando a formular nuevos cobros por concepto de honorarios, gastos, derechos, impuestos o autoría de éstos.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.