CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS |
Previo a la evaluación de las Ofertas Técnica y Económica, la División Jurídica de SENDA revisará que
los oferentes hayan dado cumplimiento a la entrega de la garantía de seriedad de la oferta señalada
en el N° 6 de estas Bases, la declaración jurada del Anexo N° 1, emitiendo un informe que dé
cuenta de ello y se revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o
desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo y examinará, asimismo, si los
oferentes hubieren sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de la unión temporal
de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da
cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener todas las menciones
indicadas en el inciso primero del artículo 67 bis del Decreto Supremo Nº250, de Hacienda, de 2004.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad,
ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión,
dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal
www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección
Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro, o mediante el Sistema de Ventanilla
Única de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual , si continuará con los
restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
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RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS. |
Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes Bases en el portal
www.mercadopublico.cl hasta 30 días corridos contados desde esa fecha, hasta las 15:00 horas.
Con todo, en caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl, o
en caso de la concurrencia de alguna de las causales del artículo 62 del Decreto Supremo Nº 250, de
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Hacienda, de 2004, excepcionalmente las ofertas podrán ser recepcionadas en soporte papel, en un
sobre debidamente cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas
1235 piso 7, Santiago Centro o mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente
link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal y dentro del
plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo
modo, los Proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez
presentadas.
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INGRESO DE LA OFERTA TÉCNICA |
El proponente deberá ingresar como Oferta Técnica al portal www.mercadopublico.cl, como archivo
adjunto, indicando con detalle las características y descripción de lo ofertado, debiendo cumplir,
como mínimo, con las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas.
La falta o presentación incompleta de uno cualquiera de los referidos anexos, importará la
declaración de inadmisibilidad de la respectiva oferta, si ello procediere.
El oferente deberá presentar los siguientes antecedentes:
a) Experiencia de la entidad participante.
Todo oferente deberá presentar el Anexo N° 2 debidamente completado y firmado con el objeto de
evaluar su experiencia en servicios de traslado de pacientes o procedimientos médicos, si es que la
tuviere, indicando referencias de trabajos anteriores, y señalando detalladamente las fechas de
ejecución de los mismos con la respectiva individualización de sus mandantes (nombre, teléfono y/o
correo electrónico de contacto, para los efectos de acreditar la experiencia por él declarada).
El oferente deberá, además, adjuntar copia de todos sus contratos, órdenes de compra o facturas
que acrediten haber prestado servicios en el año y mes que informa. En consecuencia, la información
que no pueda ser acreditada de esta forma, no será considerada en la evaluación.
b) Equipo humano que ejecutará el servicio.
Para las actividades del programa, el oferente, junto con la ambulancia, deberá proveer el
equipo humano necesario para el óptimo desarrollo del mismo, el que debe estar calificado de
acuerdo a las funciones requeridas. El equipo debe estar compuesto al menos por: a) 2 conductores,
b) 2 paramédicos, y c) 2 médicos para cada una de las líneas a licitar.
Se deberá adjuntar los documentos que a continuación se solicitan:
b.1) Curriculum vitae de los médicos y de los paramédicos, en el que debe señalar referencias de
empleadores anteriores en relación al servicio de toma de muestras con sus nombres, teléfonos y/o
correos electrónicos. (Formato libre, esto es, se acepta cualquier tipo de formato que contenga la
información requerida).
b.2) Copia simple de título que acredite calidad correspondiente (médicos y paramédicos). En el caso
de extranjeros, el título deberá encontrarse validado en Chile, conforme a la normativa vigente.
b.3) Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de prestadores individuales de salud de los
médicos y de los paramédicos.
b.4) Curriculum vitae actualizado de los conductores, (Formato libre, esto es, esto es, se acepta
cualquier tipo de formato que contenga la información requerida).
b.5) Copia simple de la licencia de conducir clase A2 o A3 de los conductores.
b.6) Hoja de vida del conductor.
b.7) Con el objeto de acreditar la experiencia señalada en los Curriculum vitae de los médicos y
paramédicos, se deberán adjuntar, respecto a cada uno de ellos, los respectivos contratos con la
entidad, que contenga los datos para demostrar la antigüedad declarada. Conjuntamente con los
referidos contratos, el proponente debe adjuntar, los respectivos certificados de pago de
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cotizaciones previsionales (para quienes tengan contrato de trabajo) y/o Informe Anual de boleta de
honorarios. (para quienes desempeñan funciones bajo dicha modalidad).
Se deja expresa constancia que la información proporcionada en la letra b1), debidamente
acreditada de conformidad a letra b7), permitirá a la Comisión Evaluadora la asignación de puntaje
en el criterio de evaluación denominado “Antigüedad del equipo de trabajo (médicos y
paramédicos) en la entidad”, por lo que la experiencia que no sea acreditada conforme a la letra b7),
no permitirá la asignación del correspondiente puntaje.
Se evaluarán sólo dos médicos, dos paramédicos, y la presencia de dos conductores. Si algún
proveedor presenta a más de dos personas para cada “cargo”, estos no serán evaluados,
considerándose solamente a los dos primeros presentados, para el cargo respectivo, en el Anexo N°
5 y, por lo tanto, los documentos ingresados que correspondan solamente a dichas personas.
c) Antecedentes del vehículo (ambulancia) ofertado:
c.1) Copia simple de la Revisión Técnica y el permiso de circulación al día de la ambulancia ofertada.
c.2.) Copia simple de Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) al día de la ambulancia
ofertada.
c.3) Copia simple del Certificado de Inscripción del vehículo (padrón). Este documento deberá señalar
como tipo de vehículo: Ambulancia.
c.4) Copia simple de autorización sanitaria emitida por la Secretaría Regional Ministerial de Salud
vigente para Transporte Sanitario Simple.
c.5) Set de fotos del vehículo ofertado, según corresponda, para el servicio que se licita por las
presentes Bases; acompañando al menos 4 fotos de los mismos, una por cada uno de sus lados (parte
delantera, posterior y laterales) en donde se visualice la patente. Deberá también detallar las
medidas y dimensiones de la misma y los metros cuadrados disponibles en la zona de atención. Todo
lo anterior deberá ser presentado a través del Anexo N° 3.1.
c.6) Certificado de inscripción y anotaciones vigentes emitido por el Registro Civil e Identificación que
indique las limitaciones al dominio del vehículo ofertado. La no presentación de este documento
implicará la declaración de inadmisibilidad de la oferta presentada, mediante la dictación del acto
jurídico correspondiente
Descripción del servicio ofertado: para estos efectos, los oferentes deberán individualizar el vehículo
ofertado (indicar placa patente), indicar las especificaciones técnicas que comprende la ambulancia,
el equipo humano y los insumos médicos y operativo.
d) Especificar la autorización del SML para servicio de toma de muestra móvil.
Además, la oferta técnica deberá contener todos los anexos indicados:
Anexo 1: Declaración jurada persona natural, persona jurídica o unión temporal de proveedores,
según corresponda, que indica no estar afecto a inhabilidades y conocer los documentos de la
licitación y veracidad de la oferta.
Anexo 2: Declaración jurada de experiencia de la entidad. Se debe indicar la experiencia de la entidad
de acuerdo al cuadro. La que no esté contenida en el mismo no será contabilizado en la evaluación.
Anexo 3: Descripción del servicio. Se debe indicar la descripción del servicio de acuerdo al cuadro. La
que no está contenida en el mismo no será contabilizado en la evaluación.
Anexo N° 3.1: Set de 4 Fotos con Dimensiones de Ambulancia Titular Ofertada.
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Anexo 4: Formato de propuesta económica indicada en monto bruto por operativo, y en el caso de la
línea N° 17 el monto mensual. En ningún caso podrá exceder el monto máximo para cada línea de
servicio.
Anexo 5: Formato de recurso humano. Se deberá indicar el recurso humano de acuerdo al cuadro. La
que no está contenida en el mismo no será contabilizado en la evaluación.
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MODIFICACIÓN A LAS BASES |
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, “SENDA”,
podrá modificar las presentes Bases, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto administrativo, el que será sometida a la
misma tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes bases, y será publicada en el
portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo
para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan
conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
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ACLARACIONES, ERRORES U OMISIONES Y SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES |
Una vez realizada la apertura de las ofertas, el SENDA, podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones
que sean necesarias para una mejor comprensión de su oferta, así como que salven errores u
omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios no les confieran una
situación de privilegio respecto de los demás proponentes, esto es, en tanto no se afecten los
principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha
solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para estos efectos, el oferente dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para enviar su respuesta a
través del portal www.mercadopúblico.cl.
Asimismo, SENDA podrá pedir a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas,
certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta,
siempre que dichas certificaciones o antecedentes, se hayan producido u obtenido con anterioridad
al plazo para presentar ofertas, o que se refiera a situaciones no mutables, entre el vencimiento del
plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para estos efectos, deberá solicitarse la
información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su respuesta a través del
portal www.mercadopúblico.cl.
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APROBACIÓN DEL CONTRATO |
El contrato que SENDA suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a través del
correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total tramitación de
dicho acto administrativo.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio
desde la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo. Con
todo, los pagos sólo podrán realizarse una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto que
apruebe el contrato.
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Multas |
SENDA dará inicio al procedimiento de aplicación de multas, en el evento que acaeciere alguna de
las siguientes circunstancias:
1) En caso que el contratista no se presente oportunamente a la realización de algún operativo, de
los desarrollados durante la ejecución de los servicios, deberá pagar una multa de 20 UF (veinte
Unidades de Fomento). Si esto sucediese en una segunda oportunidad será considerado un
incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
2) Si el contratista cambia la ambulancia ofertada, sin informar previamente a SENDA, quien podrá
autorizar el cambio velando por que sea una ambulancia que cumpla con las características
técnicas y requisitos mínimos exigidos en estas bases o si el vehículo no cumple las características
exigidas por estas bases, se aplicará una multa de 20 UF (veinte Unidades de Fomento). Si el
vehículo no cumple las características exigidas no podrá prestar el servicio y deberá ser sustituido
por otro; en caso de cometer esta falta por segunda vez se considerará incumplimiento grave de
las obligaciones del contrato. Este cambio de ambulancia no podrá ser superior a 30 días
corridos desde la autorización por parte de la contraparte técnica, en caso contrario, será sujeto
de aplicación de multa de 20 UF (veinte Unidades de Fomento). Si esto sucediese en una
segunda oportunidad será considerado un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
3) Si el contratista cambia el personal ofertado sin informar y ser autorizado previamente por
SENDA. En el evento de producirse esta falta se aplicará una multa de 20 UF (veinte Unidades de
Fomento), en caso de cometer esta falta por segunda vez se considerará incumplimiento grave
de las obligaciones del contrato.
4) Si el contratista se niega a cumplir con la ejecución de la planificación de los operativos, cuando
esta haya sido enviada en los plazos establecidos, será sujeto de aplicación de multa de 10 UF
30
(diez Unidades de Fomento). En este caso, se considerará causal de aplicación de multas, salvo
por razones de fuerza mayor o en casos fortuitos que lo ameriten y que sean respaldados y
documentados, en caso de cometer esta falta por segunda vez se considerará incumplimiento
grave de las obligaciones del contrato.
5) Si el contratista usa la ambulancia con la gráfica institucional de SENDA, en cualquier actividad no
relacionada con el servicio requerido o en un desplazamiento no autorizado por SENDA, deberá
pagar una multa de 10 UF (Diez Unidades de Fomento), en caso de cometer esta falta en más de
dos ocasiones, será considerado un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
6) No hacer retiro de la gráfica institucional, en el plazo señalado en estas bases y/o no enviar
dentro de plazo a la contraparte técnica las fotografías que dan cuenta de este hecho, deberá
pagar una multa de 10 UF. Con todo, no será requisito retirar la gráfica en los casos en que el
mismo vehículo, en virtud de otro convenio suscrito con el SENDA deba continuar prestando
servicios, para tal efecto la contraparte Técnica de SENDA deberá consignar esta circunstancia al
recepcionar los servicios conforme.
7) En caso que el contratista no se presente al operativo con todo el personal descrito y/o no se
presente con todos los insumos detallados según lo descrito en el numeral 2 de las Bases
Técnicas, deberá pagar una multa de 10 UF (Diez Unidades de Fomento). Si esto sucediese en
una segunda oportunidad será considerado un incumplimiento grave de las obligaciones del
contrato.
Con todo el monto máximo de las multas no podrá exceder el 20% del monto total del contrato.
Procedimiento de aplicación de multas:
a) La Jefatura de la División Territorial del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, notificará por escrito al contratista los hechos y
circunstancias que constituyen la falta que se ha detectado, los antecedentes que dan cuenta de
ello y la multa a la que da lugar la infracción.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán
personalmente, al correo electrónico informado en la presentación de la oferta o mediante carta
certificada dirigida al domicilio registrado en su contrato, comenzando a contarse los plazos a
partir del tercer día después de recibida la carta en la oficina de Correos correspondiente.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para
efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la
existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad
en los hechos que originan las multas o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el
Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la o las
faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las multas que correspondan, dictándose la
pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio dispondrá de cinco
días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o
acogiéndolos, total o parcialmente. De lo resuelto, se notificará al contratista personalmente o
por carta certificada.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio, dentro de
los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien
dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para
resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición
dentro del plazo indicado, la multa quedará firme.
El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles siguientes a la
notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de aplicación de multa o en su defecto
que resuelva la Reposición, por cualquiera de los siguientes medios:
1.- Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio Nacional para la Prevención
y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, enviándolo por oficio o entregar
directamente en la Unidad de Tesorería, quién extenderá el respectivo recibo de ingresos.
31
2.- Emisión de cheque, en los mismos términos del punto dos, pudiendo proceder a depositar el
documento en la cuenta corriente número 9003100 de Banco Estado, realizando el
respectivo endoso al reverso, enviando copia del respectivo comprobante a la Unidad de
Tesorería
3.- Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto dos, invocando el RUT del
Servicio, 61.980.170-9 e informando al correo electrónico tesoreria@senda.gob.cl
Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará facultado para
descontar el monto de la multa, de cualquier estado de pago pendiente, o hacer efectiva la Garantía
de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en este último caso, el Contratista deberá entregar
una nueva caución o garantía, dentro de los 10 días hábiles siguientes, contados desde la aplicación
de la multa, en los mismos términos señalados en el 9.3. de las Bases y el SENDA restituirá el saldo si
lo hubiere.
9.6.7. Cesión de contrato y subcontratación
Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a un tercero las
obligaciones que emanan de la presente licitación pública.
En atención a la naturaleza de las funciones contratadas, el proveedor tampoco podrá concertar con
terceros la subcontratación del contrato.
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Multas |
SENDA dará inicio al procedimiento de aplicación de multas, en el evento que acaeciere alguna de
las siguientes circunstancias:
1) En caso que el contratista no se presente oportunamente a la realización de algún operativo, de
los desarrollados durante la ejecución de los servicios, deberá pagar una multa de 20 UF (veinte
Unidades de Fomento). Si esto sucediese en una segunda oportunidad será considerado un
incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
2) Si el contratista cambia la ambulancia ofertada, sin informar previamente a SENDA, quien podrá
autorizar el cambio velando por que sea una ambulancia que cumpla con las características
técnicas y requisitos mínimos exigidos en estas bases o si el vehículo no cumple las características
exigidas por estas bases, se aplicará una multa de 20 UF (veinte Unidades de Fomento). Si el
vehículo no cumple las características exigidas no podrá prestar el servicio y deberá ser sustituido
por otro; en caso de cometer esta falta por segunda vez se considerará incumplimiento grave de
las obligaciones del contrato. Este cambio de ambulancia no podrá ser superior a 30 días
corridos desde la autorización por parte de la contraparte técnica, en caso contrario, será sujeto
de aplicación de multa de 20 UF (veinte Unidades de Fomento). Si esto sucediese en una
segunda oportunidad será considerado un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
3) Si el contratista cambia el personal ofertado sin informar y ser autorizado previamente por
SENDA. En el evento de producirse esta falta se aplicará una multa de 20 UF (veinte Unidades de
Fomento), en caso de cometer esta falta por segunda vez se considerará incumplimiento grave
de las obligaciones del contrato.
4) Si el contratista se niega a cumplir con la ejecución de la planificación de los operativos, cuando
esta haya sido enviada en los plazos establecidos, será sujeto de aplicación de multa de 10 UF
30
(diez Unidades de Fomento). En este caso, se considerará causal de aplicación de multas, salvo
por razones de fuerza mayor o en casos fortuitos que lo ameriten y que sean respaldados y
documentados, en caso de cometer esta falta por segunda vez se considerará incumplimiento
grave de las obligaciones del contrato.
5) Si el contratista usa la ambulancia con la gráfica institucional de SENDA, en cualquier actividad no
relacionada con el servicio requerido o en un desplazamiento no autorizado por SENDA, deberá
pagar una multa de 10 UF (Diez Unidades de Fomento), en caso de cometer esta falta en más de
dos ocasiones, será considerado un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
6) No hacer retiro de la gráfica institucional, en el plazo señalado en estas bases y/o no enviar
dentro de plazo a la contraparte técnica las fotografías que dan cuenta de este hecho, deberá
pagar una multa de 10 UF. Con todo, no será requisito retirar la gráfica en los casos en que el
mismo vehículo, en virtud de otro convenio suscrito con el SENDA deba continuar prestando
servicios, para tal efecto la contraparte Técnica de SENDA deberá consignar esta circunstancia al
recepcionar los servicios conforme.
7) En caso que el contratista no se presente al operativo con todo el personal descrito y/o no se
presente con todos los insumos detallados según lo descrito en el numeral 2 de las Bases
Técnicas, deberá pagar una multa de 10 UF (Diez Unidades de Fomento). Si esto sucediese en
una segunda oportunidad será considerado un incumplimiento grave de las obligaciones del
contrato.
Con todo el monto máximo de las multas no podrá exceder el 20% del monto total del contrato.
Procedimiento de aplicación de multas:
a) La Jefatura de la División Territorial del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, notificará por escrito al contratista los hechos y
circunstancias que constituyen la falta que se ha detectado, los antecedentes que dan cuenta de
ello y la multa a la que da lugar la infracción.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán
personalmente, al correo electrónico informado en la presentación de la oferta o mediante carta
certificada dirigida al domicilio registrado en su contrato, comenzando a contarse los plazos a
partir del tercer día después de recibida la carta en la oficina de Correos correspondiente.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para
efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la
existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad
en los hechos que originan las multas o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el
Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la o las
faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las multas que correspondan, dictándose la
pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio dispondrá de cinco
días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o
acogiéndolos, total o parcialmente. De lo resuelto, se notificará al contratista personalmente o
por carta certificada.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio, dentro de
los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien
dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para
resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición
dentro del plazo indicado, la multa quedará firme.
El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles siguientes a la
notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de aplicación de multa o en su defecto
que resuelva la Reposición, por cualquiera de los siguientes medios:
1.- Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio Nacional para la Prevención
y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, enviándolo por oficio o entregar
directamente en la Unidad de Tesorería, quién extenderá el respectivo recibo de ingresos.
31
2.- Emisión de cheque, en los mismos términos del punto dos, pudiendo proceder a depositar el
documento en la cuenta corriente número 9003100 de Banco Estado, realizando el
respectivo endoso al reverso, enviando copia del respectivo comprobante a la Unidad de
Tesorería
3.- Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto dos, invocando el RUT del
Servicio, 61.980.170-9 e informando al correo electrónico tesoreria@senda.gob.cl
Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará facultado para
descontar el monto de la multa, de cualquier estado de pago pendiente, o hacer efectiva la Garantía
de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en este último caso, el Contratista deberá entregar
una nueva caución o garantía, dentro de los 10 días hábiles siguientes, contados desde la aplicación
de la multa, en los mismos términos señalados en el 9.3. de las Bases y el SENDA restituirá el saldo si
lo hubiere.
9.6.7. Cesión de contrato y subcontratación
Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a un tercero las
obligaciones que emanan de la presente licitación pública.
En atención a la naturaleza de las funciones contratadas, el proveedor tampoco podrá concertar con
terceros la subcontratación del contrato.
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