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SERVICIOS REQUERIDOS |
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1.1 Requerimiento de compra
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
SENDA, requiere de servicios psicosociales para el Programa Tribunales de Tratamiento
de Drogas.
El programa de Tribunales de Tratamiento de Drogas está inserto dentro del sistema de justicia
penal, incorporando una metodología y un conjunto de herramientas dirigidas a otorgar
tratamiento supervisado judicialmente para personas imputadas de un delito, de baja penalidad,
asociado al consumo problemático de drogas y/o alcohol. Su función principal es disminuir la
probabilidad de reincidencia delictiva, y favorece la integración social de las personas
beneficiarias.
En el Anexo N°12, Orientaciones generales para el quehacer de los servicios psicosociales, se
detalla servicio requerido que consiste en evaluar, derivar y hacer seguimiento de las personas
que cumplen con los requisitos para ingresar al programa tribunales de tratamiento de drogas,
cuyas acciones principales son:
1) Realizar la pesquisa y/o intervención breve de personas con consumo de riesgo.
2) Realizar evaluaciones iniciales de las personas con riesgo alto y referir al nivel de
cuidados que corresponda.
3) Elaborar informes de derivación de las personas hacia los centros de tratamiento
4) Realizar entrevistas motivacionales para facilitar la asistencia a evaluación/confirmación
diagnóstica, y facilitar la asistencia a centros de tratamiento y/o reiniciar tratamientos
tras ausencia.
5) Implementar acciones de rescate de las personas detectadas derivadas y en
tratamiento, cuando corresponda, en coordinación con la red y a través de contactos
telefónicos, correos electrónicos y visitas domiciliarias, entre otras.
6) Responder a las demandas del Encargado de Tratamiento de la oficina regional de
SENDA y participar de reuniones periódicas de coordinación con el equipo de
tratamiento de la oficina regional.
7) Seguimiento de las personas, a través de la coordinación con centros de tratamiento y
participación en las preparaciones de audiencia, en las audiencias y en la elaboración de
informes de seguimiento.
8) Coordinarse permanentemente con el equipo jurídico, y con los referentes del Servicio
Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (cuando corresponda),
Servicio de Reinserción Social Juvenil, centros de tratamiento, la red de salud y las
demás instituciones u organismos que sean parte del intersector, en beneficio de la
persona usuaria durante su proceso de tratamiento.
9) Facilitar gestiones para la integración social de los egresados del programa, en
coordinación con el centro de tratamiento y la oficina regional correspondiente.
10) Elaborar informes mensuales de actividades según anexos adjuntos y sus verificadores
11) Participar en jornadas de coordinación y capacitación de SENDA Nacional o Regional
u otras que sean necesarias.
12) Capacitar al equipo jurídico y sanitario cuando sea necesario.
13) Registrar en el módulo de TTD de SISTRAT.
14) Mantener actualizado los sistemas de registro que correspondan e informar sobre las
actividades programadas y realizadas.
1.2 De la modalidad de la licitación
Se solicita realizar la presente licitación pública en la modalidad de adjudicación por línea de
servicio. Al adjudicar la presente licitación en la modalidad de adjudicación por líneas, el
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
SENDA, podrá seleccionar a varios proponentes, pero con las siguientes limitaciones, atendida
la especial naturaleza del servicio objeto de la presente licitación:
- Cuando se trate de una persona natural, que presente una oferta para prestar los
servicios personalmente, solamente podrá adjudicarse una línea de servicio.
- En el caso de personas jurídicas, podrán postular y adjudicarse una o más líneas de
servicio, siempre que se proponga a una persona natural diferente por cada línea de
servicio a la que se postula y cumpla con las condiciones técnicas requeridas.
- En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), estas podrán postular y
adjudicarse más de una línea de servicio, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y
su Reglamento. Con todo, una misma UTP no podrá presentar ofertas que tengan por
efecto que dos o más de sus integrantes resulten adjudicatarios de una misma línea de
servicio, ya sea actuando dentro de la misma Unión o mediante ofertas paralelas que
alteren la competencia. Cuando la UTP postule a más de una línea, deberá designar en
su oferta, para cada línea, una persona natural distinta responsable de la ejecución del
respectivo servicio, quien deberá cumplir íntegramente con los requisitos técnicos
exigidos en las presentes bases. Dicha persona podrá corresponder a uno de los
integrantes de la UTP, siempre que acredite el cumplimiento de las condiciones técnicas
establecidas. En caso de que la UTP postule a una sola línea de servicio, deberá
igualmente designar en su oferta a una persona natural responsable de la ejecución,
quien deberá cumplir con las exigencias técnicas requeridas. La designación de dichas
personas naturales formará parte integrante de la oferta técnica y será obligatoria para
efectos de evaluación y eventual adjudicación.
En razón de lo anterior, en el caso que postule una persona jurídica o una Unión Temporal de
Proveedores, para efectos de la evaluación, se considerará la información de la entidad o del o
la profesional que prestará el servicio según corresponda y como se señala en el punto 5.4 de
las presentes bases.
En suma, atendida la naturaleza del servicio a contratar objeto de la presente licitación, éste
deberá prestarse por una sola persona natural por cada línea de servicio.
1.3. Líneas de servicio
Para todos los efectos jurídicos, esta licitación está compuesta por las siguientes líneas de
servicio y los respectivos montos máximos por año:
Región Profesional Monto 2026 Monto 2027 Monto total
1 Metropolitana Psicólogo/a $ 16.058.400 $ 24.087.600 $ 40.146.000
2 Metropolitana Psicólogo/a $ 16.058.400 $ 24.087.600 $ 40.146.000
3 Metropolitana Psicólogo/a $ 16.058.400 $ 24.087.600 $ 40.146.000
4 Metropolitana Psicólogo/a $ 16.058.400 $ 24.087.600 $ 40.146.000
5 Metropolitana Psicólogo/a $ 16.058.400 $ 24.087.600 $ 40.146.000
6 Metropolitana Psicólogo/a $ 16.058.400 $ 24.087.600 $ 40.146.000
7 Metropolitana
Trabajador/a
Social
$ 16.058.400 $ 24.087.600 $ 40.146.000
8 Metropolitana
Trabajador/a
Social
$ 16.058.400 $ 24.087.600 $ 40.146.000
9 Metropolitana
Trabajador/a
Social
$ 16.058.400 $ 24.087.600 $ 40.146.000
10 Metropolitana
Trabajador/a
Social
$ 16.058.400 $ 24.087.600 $ 40.146.000
11 Metropolitana
Trabajador/a
Social
$ 16.058.400 $ 24.087.600 $ 40.146.000
12 Metropolitana
Trabajador/a
Social
$ 16.058.400 $ 24.087.600 $ 40.146.000
Para efectos de estas bases de licitación, se entenderá que el título de Trabajador Social es
equivalente al de Asistente Social.
El precio anteriormente indicado podrá ser reajustado en diciembre de 2026, y comenzará a
regir en el mes de enero del año siguiente. La cuantía de dicho reajuste será fijada en la época
indicada previamente, teniendo como factores referenciales la variación del factor de
actualización del presupuesto del sector público anual y, especialmente, la disponibilidad
presupuestaria de acuerdo a la Ley de Presupuesto del Sector Público del año correspondiente.
Los reajustes serán notificados al prestador una vez totalmente tramitado el acto administrativo
que los aprueba, sin la necesidad de modificar el contrato si se encontrase suscrito.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA podrá excepcionalmente, por razones calificadas y
debidamente fundadas mediante acto administrativo, realizar reajustes con fechas distintas a
las expresamente señaladas.
Con todo, los recursos que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, destinará estarán sujetos a lo que establezca la Ley de
Presupuesto para el Sector Público para el respectivo año.
Se deja expresa constancia de que implica tener la disponibilidad para movilizarse a uno o más
de los Juzgados de Garantía donde se implementa el programa TTD.
Se deja expresa constancia que, de adjudicar líneas de servicio en la Región Metropolitana, la
distribución de los profesionales de equipos psicosociales TTD para la ejecución de los
servicios, será facultad de la Dirección Regional y podrá ser modificada durante la duración del
contrato.
1.4. Recursos disponibles
Los recursos disponibles máximos por cada línea de servicio se encuentran desagregados por
línea de servicio y año en el número 1.3. SENDA no entregará recursos adicionales a los
mencionados, por lo que los recursos indicados deben cubrir todos los gastos asociados a la
correcta realización de los productos solicitados.
Se recuerda que, el presupuesto considera montos brutos, siendo responsabilidad exclusiva del
oferente, considerar los eventuales impuestos a los que pudiera verse afecto, a la luz de las
modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420 y todo otro eventual hecho gravado que
pudiera estar considerado en virtud de los servicios licitados.
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DURACIÓN DE LOS SERVICIOS |
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2.1 Duración de los Servicios
El plazo de ejecución se extenderá desde la fecha que indique el respectivo contrato y hasta el
31 de diciembre de 2027.
Por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio desde la fecha de
suscripción del respectivo contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo. Sin
embargo, la fecha de inicio de los servicios no podrá ser anterior al 15 de mayo de 2026.
2.2. Prórroga
SENDA podrá prorrogar los contratos provenientes de la presente licitación solo por el tiempo
en que se procede a un nuevo proceso de licitación, o se defina una nueva modalidad de
compra para este tipo de servicios, no pudiendo superar el 30% del total del contrato.
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ASPECTOS GENERALES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA |
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Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras
que, cumpliendo los requisitos legales y aquellas condiciones señaladas en estas bases,
presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas.
3.1 Encargado del proceso de licitación:
El encargado del presente proceso de licitación pública es la jefatura de la Unidad de
Adquisiciones de SENDA, o quien lo subrogue.
3.2 Encargado del contrato:
El encargado del proceso de contratación será la jefatura del Área de Tratamiento, de SENDA,
o quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, cada Dirección Regional, previa notificación al
Área de Tratamiento, podrá designar a una persona para efectos de la ejecución del contrato.
3.3 Cómputos de plazos.
Los plazos de la presente licitación son los que en cada caso se señalan, entendiéndose como
días hábiles, de lunes a viernes, sin considerar los días sábados, domingos y festivos.
En el caso que un plazo expire en día sábado, domingo o festivo el vencimiento se producirá al
día hábil siguiente.
3.4 Etapas de la licitación pública.
La presente licitación pública se realizará en una sola etapa, por lo que en el acto de apertura
de las ofertas se procederán a abrir las ofertas técnicas y económicas.
3.5 Modificaciones a las bases
El Servicio Nacional para Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá
modificar las presentes bases de licitación hasta antes del vencimiento del plazo para presentar
ofertas. Estas modificaciones deberán aprobarse por resolución fundada, la que deberá total
tramitarse de acuerdo a las normas legales vigentes, incluyendo el trámite de toma de razón si
procediere y publicarse en el www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica a la licitación
pública.
En caso de ser necesario, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol fijará, prudencialmente, un nuevo plazo para la presentación de
ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su
oferta a tales modificaciones.
3.6 Cronograma de actividades
ACTIVIDAD PLAZO
Plazo para publicar las bases de
licitación
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha
de la total tramitación de la respectiva resolución
que realice el llamado a licitación Pública. La
señalada resolución exenta será tramitada solo una
vez que se haya total tramitado con anterioridad la
resolución que apruebe bases de licitación ante
Contraloría General de la República.
Plazo para presentar
propuestas
30 días corridos siguientes a la fecha de
publicación de las bases de licitación en el portal
www.mercadopublico.cl, hasta las 14:00 horas.
Plazo para presentar garantía
de seriedad de la oferta
Hasta las 14:00 hrs. del día de cierre de recepción
de ofertas indicado en el portal
www.mercadopublico.cl
Plazo para realizar consultas a
las bases de licitación
Hasta el día 15 corrido, contados desde la fecha
de publicación de las presentes bases a través del
portal www.mercadopublico.cl
Respuesta a las consultas Hasta el día 4 hábil, desde la fecha de vencimiento
para presentar consultas
Apertura de las ofertas El día 30 corrido siguiente a la fecha de la
publicación de las presentes bases, a las 14:01 hrs.
Periodo de evaluación Dentro de los 15 días hábiles posteriores a la
apertura de las ofertas.
Adjudicación
La adjudicación se realizará dentro de los 10 días
hábiles siguientes a la realización de la evaluación
de las ofertas.
Presentación de antecedentes
para la suscripción del contrato
Dentro de los 20 días corridos siguientes a la
fecha de la notificación de la resolución que
adjudica la presente propuesta pública.
Suscripción del contrato
Dentro de los 20 días corridos contados desde la
presentación de los antecedentes necesarios para
la elaboración del contrato.
3.7 Forma de presentación de las ofertas
Las ofertas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta
licitación dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de publicación de estas bases
en el referido portal, hasta las 14:00 horas del trigésimo día.
En caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl durante
este periodo, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y
Contratación Pública, excepcionalmente las ofertas podrán ser recibidas en soporte papel, en
un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Regional
correspondiente o la del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol (calle Agustinas N° 1235, piso 7, Santiago Centro), de lunes a viernes entre
las 9:00 y las 14:00 horas, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del
certificado de indisponibilidad del portal, en virtud de lo establecido en el N°3 del artículo 115
del Decreto Nº 661, del Ministerio de Hacienda, de 2024.
Con todo, sólo se recibirán aquellas propuestas en soporte papel que adjunten un certificado
de indisponibilidad del sitio emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública.
3.8 Fecha de recepción de ofertas
La fecha de cierre de recepción de ofertas será el día del vencimiento del plazo para la
presentación de las mismas, indicado en el número 3.7 precedente, a las 14:00 horas, el cuál
será informado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica a la presente
licitación pública, una vez publicadas las presentes bases en el referido portal.
En caso de que el vencimiento del plazo recayera en día inhábil, o en un lunes, o en un día
siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas, se postergará la fecha del cierre de
recepción de ofertas para el día hábil siguiente, a la misma hora.
3.9 Número de ofertas
Cuando el oferente sea una persona natural, se deberá presentar solamente una oferta por
línea de servicio, o solo una oferta por las líneas de servicio que correspondan a su profesión,
en atención a que estas líneas de servicio corresponden a las mismas prestaciones en cuanto a
características y cantidad de casos en seguimiento judicial.
Si una persona natural presenta más de una oferta en la plataforma de Mercado Público, este
Servicio Público entenderá como válidamente presentada solo una oferta, que será la última
oferta subida al portal.
Una persona natural sólo podrá adjudicarse UNA línea de servicio. Cuando el oferente sea una
persona jurídica o una Unión Temporal de Proveedores, podrá postular a más de una línea de
servicio. En el caso de una persona jurídica, ésta deberá señalar determinadamente las
personas naturales que prestarán servicios para cada línea de servicio según corresponda, en
cuyo caso deberá presentar el Anexo N° 2, debidamente completado. En relación a esto, cabe
señalar que, según lo dispuesto en las presentes bases, se evaluará la experiencia y formación
relativa a la persona natural que prestará el servicio y NO se tendrá en consideración los
antecedentes presentados por la persona jurídica o la Unión Temporal de Proveedores.
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PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Las Bases Administrativas y Técnicas de la presente licitación pública, estarán a disposición de
los interesados, en el sitio web www.mercadopublico.cl.
4.1 Consultas y aclaraciones
Según lo indicado en el artículo N° 35 ter de la ley N° 19.886, los participantes o interesados en
el proceso de licitación, sólo podrán formular sus consultas a través del Sistema de Información
y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación
Pública, correspondiente a la presente licitación, dentro de los 15 primeros días corridos
desde publicadas las bases de licitación quedando absolutamente prohibido cualquier
otro tipo de contacto.
La respuesta a todas las consultas se realizará a través del Sistema de Información del portal
www.mercadopublico.cl dentro de los 4 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para
presentar consultas o aclaraciones señalado en el número anterior.
Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las bases de esta
licitación. Se entenderá que las respuestas contribuyen a determinar el alcance y sentido de las
Bases de licitación, por lo cual deberán ser consideradas por los oferentes para la presentación
de sus ofertas.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
además, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases Administrativas y/o
Técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido
que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas
ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales del presente llamado a licitación y en
tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
4.2 Información General
Toda oferta deberá incluir todos los antecedentes administrativos y los documentos de la
propuesta técnica que se señalan en estas bases.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los Anexos de
las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato Word,
en el portal www.mercadopublico.cl.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica
que el respectivo oferente ha revisado y analizado todas las Bases Administrativas y Técnicas,
sus anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la
presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de
condiciones a toda la documentación referida y exigida para participar en dicho proceso. Por
todo lo anterior lo hace responsable de todo lo propuesto en su oferta y susceptible de ser
supervisado en el cumplimiento de la misma durante la vigencia del contrato si fuera el caso.
La oferta que no cumpla con acompañar cualquiera de los requisitos administrativos exigidos en
la forma prevista en el número 4.3 de estas bases de licitación, quedará sometida a lo
establecido en el criterio de evaluación denominado cumplimiento de los requisitos formales.
Será declarada inadmisible aquella propuesta que haya presentado datos no fidedignos que
resulten determinantes en su oferta.
4.3 Antecedentes administrativos
Para postular, los oferentes además de su propuesta técnica deberán presentar una
declaración jurada simple, distinguiendo si se trata de persona natural, jurídica o unión temporal
de proveedores, según a continuación se indica:
Persona Natural:
a) Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes y haber verificado
su concordancia, así como también que todos los antecedentes presentados como parte
de la oferta, son veraces y exactos, estando conforme con los términos de la presente
licitación pública.
Persona Jurídica:
a) Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes y haber verificado
su concordancia, así como también que todos los antecedentes presentados como parte
de la oferta, son veraces y exactos, estando conforme con los términos de la presente
licitación pública.
Unión Temporal de proveedores:
Deberán suscribir la respectiva declaración jurada todos los integrantes de la Unión temporal,
sean personas naturales o jurídicas.
Para facilitar el cumplimiento de este requisito administrativo, se adjuntan a las presentes bases
el Anexo 3A modelo de declaración jurada simple de persona natural, y el Anexo 3B: modelo de
declaración jurada simple de persona jurídica.
La declaración jurada deberá ser ingresada como antecedente administrativo, digitalizados en
formato PDF o Word, al portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación
pública.
De conformidad al artículo 180 letra d) del decreto 661; tratándose de Unión Temporal de
Proveedores; si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de
compra, deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de
adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse
por instrumento público o privado.
Así mismo; deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la
solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y
el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Asimismo, de acuerdo al art. 181 del Reglamento se establece: “el representante de la Unión
Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da
cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las
ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser
considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar
información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los
integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse
hábil en el Registro de Proveedores.
Con todo, se hace presente que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol revisará que los oferentes se encuentren registrados en el
"Registro de Proveedores", a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Se deja
constancia, que se declararán inadmisibles las propuestas de aquellos oferentes que no
se encuentren registrados en el mencionado registro, en conformidad con lo establecido
en el art. 16 de la Ley 19.886.
Con todo, se hace presente que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol consultará el listado de empresas condenadas por prácticas
antisindicales y por infracción de derechos fundamentales del trabajador, publicado por la
Dirección del Trabajo, declarándose inadmisibles las propuestas de aquellos oferentes que
aparezcan condenados dentro de los anteriores dos años a la presentación de las mismas.
Del mismo modo, quedarán excluidos de este proceso licitatorio aquellas personas naturales,
jurídicas o UTP que se encuentren afectos a las siguientes inhabilidades:
- Las indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
- Las inhabilidades establecidas en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quater
y siguientes de la Ley 19.886.
- Las indicadas en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N°21.595
sobre Delitos Económicos.
- Si la entidad ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en los artículos 8° y
10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas
Jurídicas en los Delitos que indica
- Si la entidad ha sido condenada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en
conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973.
4.4 Garantía de seriedad de la oferta
Esta garantía se exige para proteger al Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol respecto de los riesgos de: desistimiento de la oferta dentro
del período de validez exigido en las Bases, retiro de la oferta una vez seleccionada, falta de
seriedad en los términos de la oferta, inhabilidad del seleccionado para contratar con el Estado;
falta de entrega de los antecedentes requeridos para elaborar el contrato, falta de firma del
contrato y falta de entrega de la garantía de cumplimiento de contrato.
El Proponente deberá presentar una caución o garantía pagadera a la vista, por cada línea de
servicio a la que postula, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva,
tomada por él o por un tercero, con el carácter de irrevocable, y cuyo monto mínimo será de
$150.000.- a la orden del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9, (El nombre podrá abreviarse en cuyo caso
deberá indicarse el RUT1
); con una vigencia no inferior a 150 días corridos contados desde la
apertura de la oferta señalada en el portal www.mercadopublico.cl.
De acuerdo a lo indicado en el numeral 3.9 de las presentes bases, se deja constancia que,
respecto de las líneas de servicio de la Región Metropolitana, cuando se trate de una persona
natural, esta podrá postular con una sola oferta y con un solo documento de garantía de
seriedad de la oferta para las líneas de servicio de dichas regiones.
La caución o garantía presentada deberá señalar que está tomada como Garantía de Seriedad
de la Oferta indicando el número de ID que identifica a la presente licitación en el portal
www.mercadopublico.cl, y la línea de servicios a la que postula.
Si la Garantía de Seriedad de la Oferta es otorgada en el extranjero, el emisor del documento
respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución
financiera chilena.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de
manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma
Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Cuando se trate de garantías electrónicas, los antecedentes podrán ser enviados de manera
virtual mediante el sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link:
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual o podrá ser ingresada junto con su oferta en la
plataforma Mercado Público, y dentro del mismo plazo para presentar las ofertas.
Cuando se trate de garantías en papel, deberán presentarse en las oficinas del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ubicadas en
Agustinas N° 1235, piso 7° comuna de Santiago o en la Dirección Regional de SENDA
correspondiente al domicilio del oferente, hasta el día de cierre de recepción de ofertas
indicado en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 14:00 horas.
El receptor de la garantía procederá a registrar el ingreso del documento, levantando un acta
debidamente firmada por él y por la persona que haga entrega de la garantía, en la que deberá
constar el nombre de la licitación, el nombre del proponente, nombre y cédula de identidad de la
persona que entregó la garantía y la fecha y hora de presentación de la misma. La copia de
dicha acta deberá entregarse a la persona que hizo entrega de la garantía.
Si no se presenta el documento de garantía de seriedad de la oferta, o si su presentación es
extemporánea, o no estuviera extendida en los términos antes señalados la oferta será
1 Excepcionalmente, si atendida la naturaleza del instrumento para garantizar la seriedad de la oferta, en este no
contase el RUT de SENDA, la entidad deberá acompañar aquellas certificaciones que emita la entidad financiera
junto a la garantía, en que conste fehaciente los datos de identificación de SENDA, incluyendo el RUT.
declarada inadmisible. Dicha situación será comunicada a la Comisión Evaluadora por la
División Jurídica, previo al proceso de evaluación.
Ejemplo de llenado:
Tipo de
documento
Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter irrevocable
No se aceptarán documentos que requieran aviso previo para su cobro
Beneficiario Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, o SENDA
RUT
61.980.170-9
El nombre podrá abreviarse (SENDA), pero deberá contener el RUT.
Vigencia
Mínima
Vigencia mínima de 150 días corridos contados desde la apertura de la oferta
señalada en el portal www.mercadopublico.cl
La fecha exacta será comunicada en el portal www.mercadopublico.cl
Con el objeto de precaver posibles errores en la validez de la fecha de la garantía,
recordamos que la vigencia mínima es de 150 días corridos contados desde la
apertura de la oferta señalada en el portal www.mercadopublico.cl, pudiendo por
tanto extenderse por un plazo superior.
Monto
mínimo
$150.000.-
Expresada
en
Pesos chilenos.
En el caso en que la garantía sea una póliza de seguro y esté expresada en UF, se
calculará el valor de ésta según la fecha de emisión de la garantía.
Glosa Garantía de Seriedad de la Oferta, indicando el número de ID que identifica a la
presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl, y la línea de servicio a la que
postula. Tratándose de vale vista o depósito a la vista, no se requerirá glosa. Deberá
presentar conjuntamente el Anexo Nº 8A
En el caso de las pólizas de seguro, si en las condiciones generales no se establece
expresamente su carácter irrevocable, dicha exigencia deberá ser incorporada en la
glosa del referido instrumento.
Esta garantía se hará efectiva:
▪ Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal a SENDA, se desistiera de su
oferta.
▪ Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el número
7.2 de estas bases.
▪ Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos señalados en el
número 7.3. de las presentes bases.
▪ El oferente, cuya oferta ha sido adjudicada, no acompaña dentro de plazo la garantía de fiel
cumplimiento de contrato, solicitada en el número 7.6 de las presentes bases.
▪ Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro del plazo
establecido en el número 7.5 de las presentes bases.
▪ El oferente cuya oferta haya sido adjudicada, habiendo presentado datos inexactos o no
fidedignos en su oferta y ésta deba ser dejada sin efectos.
Devolución de la Garantía de seriedad de la oferta.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley N° 19.886, las garantías de
seriedad de la oferta serán devueltas a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas
inadmisibles o desestimadas, dentro de los 10 días contados desde la notificación de la
resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la
adjudicación, salvo que recurran de cualquier forma en contra de la resolución respectiva.
Asimismo, la devolución de garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido
desestimadas se devolverá en el plazo de 10 días hábiles, contados desde la resolución que
adjudica la línea respectiva a la que postuló.
Considerando que las presentes Bases contemplan la posibilidad de adjudicar aquella oferta
que le siga en puntaje a quien haya tenido la mejor calificación en caso que éste se desista de
celebrar el respectivo contrato, todo de acuerdo a lo dispuesto en el número 5.1 de estas bases;
la devolución de la garantía de seriedad, de la oferta a la segunda calificación más alta, será
devuelta en el plazo de 61 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que
adjudica la línea de servicio respectiva.
Tratándose del oferente adjudicado, la restitución del documento de garantía de seriedad de la
oferta se hará una vez que el contrato respectivo se encuentre firmado por el adjudicatario y
una vez que éste haya hecho entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de
acuerdo a lo dispuesto en el número 7.4, 7.5, y 7.6 de estas bases.
Los oferentes deberán retirar sus documentos de garantía de seriedad de la oferta en las
oficinas de Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 6°, comuna y ciudad de Santiago o en la Dirección
Regional de SENDA correspondiente al domicilio del oferente. La devolución de los documentos
de garantía se hará por medio del endoso correspondiente, en caso de que sean endosables, o
con la leyenda al dorso “Devuelta al tomador”, en caso contrario. La entrega se efectuará previa
firma del Certificado de retiro y recepción pertinente.
Respecto de la devolución de las garantías de seriedad de la oferta presentada de manera
electrónica, serán devueltas en el plazo de 61 días hábiles, contados desde la notificación de la
resolución que adjudica la línea de servicio respectiva, para lo cual se entregará respaldo del
documento electrónico al interesado, realizado previamente el registro de la devolución en el
Sistema de Control de Garantías del SENDA (SISGAR).
4.5 Propuesta Técnica
Se deberá presentar un formulario de presentación de propuesta técnica por cada línea
de servicio a la que se postule.
Para el caso que una persona jurídica o una unión temporal de proveedores quiera presentar
ofertas en dos o más líneas de servicio, deberá presentar tantos formularios de presentación de
propuesta técnica como ofertas y ellos deberán ser escaneados en un solo archivo para ser
subido en el portal www.mercadopublico.cl
No se podrá postular en un mismo formulario de presentación de propuesta técnica a
diferentes líneas de servicios.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal
www.mercadopublico.cl y dentro del plazo señalado en el número 3.7 de estas bases, por lo
que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los
proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez
presentadas, sin perjuicio de lo establecido 3.9 de las presentes bases.
El formulario de presentación de la oferta deberá ingresarse como archivo adjunto en el
sitio www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación, debiendo denominarse dicho
archivo adjunto como “Propuesta Técnica”. Para estos efectos, se deberá presentar el anexo
1, del acápite III, de estas bases, denominado “Formulario de Presentación de Propuesta
Técnica”.
La falta o no presentación del referido anexo, implicará declarar la inadmisibilidad de la
respectiva oferta.
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ADMISIBILIDAD Y EVALUACIÓN TÉCNICA |
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La apertura de las ofertas se realizará el mismo día del cierre de recepción de estas, referido en
el numeral 3.7 de estas Bases, a partir de las 14:01 horas. Posteriormente se inicia la
admisibilidad administrativa.
5.1 Admisibilidad Administrativa
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
antes de evaluar las ofertas técnicas, realizará una revisión de los antecedentes presentados
por los oferentes, en la que verificará que se presenten los antecedentes mínimos exigidos en
las presentes bases.
En esta etapa, se revisará:
1. Presentación de “Formulario de presentación de propuesta técnica” (Anexo 1)
2. Presentación y pertinencia de garantía de seriedad de la oferta (Anexo 8A)
3. Presentación y pertinencia de declaración jurada (Anexo 3A - 3B)
4. Presentación y pertinencia de declaración jurada de inhabilidades (Anexo 5A -
5B)
5. En el caso de la UTP, revisará que se haya dado cumplimiento a la presentación del
documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta
forma, conforme al 4.3 de las presentes Bases.
No serán evaluadas técnicamente, aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos
establecidos precedentemente, declarando en consecuencia, su inadmisibilidad.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de
inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho
evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha
resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de
Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago, si continuará con
los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el
proceso.
5.2 Modalidad de Evaluación
El proceso de evaluación será interno y se realizará en una sola etapa.
Se evaluarán las propuestas técnicas presentadas por aquellos oferentes que hayan cumplido
con presentar los antecedentes administrativos en la forma exigida en estas bases.
Cada oferta relativa a una línea de servicio será evaluada de forma independiente.
5.3 Comisión Evaluadora
Las evaluaciones serán realizadas por una comisión evaluadora integrada por, a lo menos, tres
funcionarios del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas
y Alcohol. Se deja constancia que, de acuerdo al art. 35 nonies de la Ley 19.886, toda persona
que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá
suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare
expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad
sobre él. Para ello los miembros de la comisión evaluadora deberán completar antes de evaluar
el proceso licitatorio, la respectiva declaración jurada que la DCCP ha dispuesto para este caso.
Para la presente licitación, la comisión evaluadora estará formada por los siguientes
funcionarios:
a) Jefe(a) de la División Programática del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quién éste(a) designe mediante
memorándum interno debidamente firmado.
b) Jefe(a) de la División de Administración y Finanzas del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quien éste(a) designe
mediante memorándum interno debidamente firmado.
c) Jefe(a) del Área de Tratamiento de la División Programática del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quien éste(a) designe
mediante memorándum interno debidamente firmado.
Además, un abogado de la División Jurídica de SENDA, actuará como ministro de fe de la
comisión.
En los casos en que corresponda podrá ser parte de la Comisión Evaluadora una persona
contratada a honorarios, la cual tendrá la calidad de agente público, por lo que estará sujeto a
responsabilidad administrativa en el ejercicio de sus funciones dentro de la comisión.
En cualquier caso y conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley N°19.886, la Comisión
Evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan funciones en
SENDA
Sin perjuicio de lo anterior, y en consideración al especial carácter técnico de los servicios que
se licitan, la comisión evaluadora podrá ser asistida por un grupo de asesores de reconocido
prestigio en las materias técnicas a revisar, dependientes del Ministerio de Salud.
Serán funciones de la comisión evaluadora, las siguientes:
1. Determinar si las ofertas técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las
especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las bases. En caso de que ello
no ocurra, deberá rechazar la propuesta y dejar constancia en el acta final de evaluación
a objeto que, posteriormente, se declare mediante el acto administrativo pertinente la
inadmisibilidad de la oferta.
2. Evaluar las ofertas técnicas presentadas.
3. Solicitar a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los
errores y omisiones formales detectados en esta etapa, y solicitar la presentación de
certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta.
4. El acta de evaluación de la comisión evaluadora deberá referirse a las siguientes
materias:
a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
b) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos
establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
c) La proposición de declaración de líneas de servicio desiertas, cuando no se
presentan ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgue que las ofertas
presentadas no resultan convenientes a los intereses de SENDA.
d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas
para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la
forma de aplicar los criterios de evaluación.
e) La puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas, y la proposición
de adjudicación.
5.4 Criterios de Evaluación
Criterio Subcriterio %
Subítem % Ítem
I
Formación del
Oferente
a. Formación en doctorados, magíster,
diplomados y/o postítulos en temáticas de
intervenciones terapéuticas dirigidas a
personas con problemas de consumo de
alcohol y/u otras drogas y/o temas
vinculados a la justicia terapéutica y/o
reinserción social.
60
35
b. Formación en cursos de capacitación en
temáticas de alcohol y/u otras drogas,
justicia terapéutica, salud mental y/o
temáticas vinculadas a la reinserción social.
40
II Experiencia del
Oferente
a. Experiencia en intervención directa en
programas de tratamiento en población
adulta y/o adolescente con consumo
problemático de alcohol y/u otras drogas.
60
50
b. Experiencia en programas para adultos y/o
adolescentes en conflicto con la justicia y/o
programas que se relacionen e interactúen
con el sistema judicial que impliquen
40
comparecencia a audiencias y coordinación
con diferentes actores jurídicos2
.
III
Condiciones de
empleo y
remuneración
a. Recurso humano contratado. 5
IV Cumplimiento de los requisitos formales 3
V Cumplimiento del Programa de integridad 2
VI Propuesta económica 5
Criterio I: Formación del oferente (35%)
a. Formación en doctorados, magíster, diplomados y/o pos títulos en temáticas de
intervenciones terapéuticas dirigidas a personas con problemas de consumo de
alcohol y/u otras drogas y/o temas vinculados a la justicia terapéutica y/o
reinserción social.
Si la entidad postulante es persona jurídica o unión temporal de proveedores, este sub-criterio
se evaluará en base a la información entregada del o la profesional que ejecutará directamente
el servicio.
Nivel de cumplimiento Puntaje
El o la profesional evaluado ha completado formación de uno o más doctorados en
temáticas de intervenciones terapéuticas dirigidas a personas con problemas de
consumo de alcohol y/u otras drogas y/o temas vinculados a la justicia terapéutica y/o
reinserción social.
100
El o la profesional evaluado ha completado formación en uno o más magíster en
temáticas de intervenciones terapéuticas dirigidas a personas con problemas de
consumo de alcohol y/u otras drogas y/o temas vinculados a la justicia terapéutica y/o
reinserción social.
60
El o la profesional evaluado ha completado uno o más postítulos y/o diplomados en
temáticas de intervenciones terapéuticas dirigidas a personas con problemas de
consumo de alcohol y/u otras drogas y/o temas vinculados a la justicia terapéutica y/o
reinserción social.
30
El o la profesional evaluado no ha completado doctorados, magíster, postítulos y
diplomados en temáticas de intervenciones terapéuticas dirigidas a personas con
problemas de consumo de alcohol y/u otras drogas y/o temas vinculados a la justicia
terapéutica y/o reinserción social. o, si la tiene, no la informa.
0
b. Formación en cursos de capacitación en temáticas de alcohol y/u otras drogas,
justicia terapéutica, salud mental y/o temáticas vinculadas a la reinserción social.
2 Se entenderá por “programas de intervención de personas en conflicto con la justicia y/o programas
que se relacionen e interactúen con el sistema judicial que impliquen comparecencia a audiencias”, a
aquellos proyectos y/o programas formales como, por ejemplo, programas de libertad asistida, programas
de libertad asistida especial, libertad vigilada, Tribunales de Tratamiento de Drogas.
Si la entidad postulante es persona jurídica o unión temporal de proveedores, este subcriterio
se evaluará en base a la información entregada del o la profesional que ejecutará directamente
el servicio.
Nivel de cumplimiento Puntaje
El o la profesional evaluado posee 130 horas o más de capacitación certificadas en
temáticas de alcohol y/u otras drogas, justicia terapéutica, salud mental y/o temáticas
vinculadas a la reinserción social.
100
El o la profesional evaluado posee 100 horas o más y menos de 130 horas de
capacitación certificadas en temáticas de alcohol y/u otras drogas, justicia
terapéutica, salud mental y/o temáticas vinculadas a la reinserción social.
75
El o la profesional evaluado posee 50 horas o más y menos de 100 horas de
capacitación certificadas en temáticas de alcohol y/u otras drogas, justicia
terapéutica, salud mental y/o temáticas vinculadas a la reinserción social.
50
El o la profesional evaluado posee menos de 50 horas de capacitación certificadas
en temáticas de alcohol y/u otras drogas, justicia terapéutica, salud mental y/o
temáticas vinculadas a la reinserción social.
25
El o la profesional evaluado no posee horas de capacitación certificadas en
temáticas de alcohol y/u otras drogas, justicia terapéutica, salud mental y/o temáticas
vinculadas a la reinserción social. o, si la tiene, no la informa y/o no la acredita.
0
Criterio II: Experiencia del Oferente (50%)
a. Experiencia en intervención directa en programas de tratamiento en población
adulta y/o adolescente con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas.
Si la entidad postulante es persona jurídica o unión temporal de proveedores, este sub criterio
se evaluará en base a la información entregada del o la profesional que ejecutará directamente
el servicio.
Nivel de cumplimiento Puntaje
El o la profesional evaluado posee experiencia igual o superior a 3 años en
intervención directa en programas de tratamiento en población adulta y/o adolescente
con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas.
100
El o la profesional evaluado posee experiencia igual o superior a 2 años y menor a 3
años en intervención directa en programas de tratamiento en población adulta y/o
adolescente con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas.
75
El o la profesional evaluado posee experiencia igual o superior a 1 año y menor a 2
años en intervención directa en programas de tratamiento en población adulta y/o
adolescente con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas.
50
El o la profesional evaluado posee experiencia inferior a 1 año en intervención
directa en programas de tratamiento en población adulta y/o adolescente con
consumo problemático de alcohol y/u otras drogas.
25
El o la profesional evaluado no posee experiencia en intervención directa en
programas de tratamiento en población adulta y/o adolescente con consumo
problemático de alcohol y/u otras drogas o, si la tiene, no la informa y/o no la acredita.
0
b. Experiencia en programas para adultos y/o adolescentes en conflicto con la
justicia y/o programas que se relacionen e interactúen con el sistema judicial que
impliquen comparecencia a audiencias y coordinación con diferentes actores
jurídicos.
Este subcriterio se evaluará en base a la información entregada de la entidad postulante, sea
persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores.
Nivel de cumplimiento Puntaje
La entidad presenta experiencia igual o superior a 3 años en programas para
adultos y/o adolescentes en conflicto con la justicia y/o programas que se relacionen
e interactúen con el sistema judicial que impliquen comparecencia a audiencias y
coordinación con diferentes actores jurídicos.
100
La entidad presenta experiencia inferior a 3 años e igual o superior a 2 años en
programas para adultos y/o adolescentes en conflicto con la justicia y/o programas
que se relacionen e interactúen con el sistema judicial que impliquen comparecencia
a audiencias y coordinación con diferentes actores jurídicos.
75
La entidad presenta experiencia inferior a 2 años e igual o superior a 1 años en
programas para adultos y/o adolescentes en conflicto con la justicia y/o programas
que se relacionen e interactúen con el sistema judicial que impliquen comparecencia
a audiencias y coordinación con diferentes actores jurídicos.
50
La entidad presenta experiencia inferior a 1 año en programas para adultos y/o
adolescentes en conflicto con la justicia y/o programas que se relacionen e
interactúen con el sistema judicial que impliquen comparecencia a audiencias y
coordinación con diferentes actores jurídicos.
25
La entidad no presenta experiencia en programas para adultos y/o adolescentes en
conflicto con la justicia y/o programas que se relacionen e interactúen con el sistema
judicial que impliquen comparecencia a audiencias y coordinación con diferentes
actores jurídicos o, si la tiene, no la informa y/o no la acredita.
0
Criterio III: Condiciones de empleo y remuneración (5%)
Si la entidad postulante es una persona jurídica o unión temporal de proveedores, este
subcriterio se evaluará en base a la información entregada del profesional que ejecutará
directamente los servicios. Este ítem se evaluará según la Información ingresada en el Anexo
13 en conjunto con los antecedentes solicitados. Equivale a un porcentaje del 5%.
Asignación de puntajes:
Si la entidad postulante es una persona jurídica o unión temporal de proveedores se deberá
indicar en el correspondiente anexo el monto del pago destinado a la persona natural que
ejecutará directamente el servicio (se deberá llenar el anexo indicando la persona que ejecutará
el servicio en cada línea de servicio a postular). En caso de que el oferente sea una persona
natural que desempeñará personalmente el servicio, deberá indicar en el anexo respectivo que
ejecutará directamente el servicio y deberá indicar el monto correspondiente a su oferta
económica.
El puntaje de este criterio se calculará asignando 100 puntos a la oferta que destine el pago
más alto a la persona natural (sea directamente o por línea de servicio en el caso de personas
jurídicas o UTP) que ejecutará directamente el servicio por cada línea multiplicando cada valor
por 100 y dividiendo el resultado por el monto del pago más alto.
Si no indica información será asignada la oferta con 0 puntos.
La forma de calcular el puntaje será la siguiente:
Puntaje = (OPMA * 100) / OE
OPMA: oferta que destine el pago más alto a la persona natural
OE: es el precio de la oferta evaluada.
100: es el puntaje mayor.
Criterio IV: Cumplimiento de los requisitos formales (3%)
Nivel de cumplimiento Puntaje
El Oferente cumple con todos los requisitos formales en la presentación de la oferta
en los plazos establecidos para ello y no se le solicitan antecedentes conforme al art.
56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886.
100
No cumple con la presentación completa de los antecedentes, pero los acompaña
con posterioridad, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales, conforme al
art. 56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886.
50
No acompaña con posterioridad los documentos solicitados, conforme al art. 56 del
Decreto N°661 Reglamento de la ley N°19.886, o lo acompañado no cumple con lo
solicitado.
0
Criterio V: Cumplimiento del programa de integridad (2%)
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad
que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo 6. Se entenderá
por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si
resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o
procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de
cumplimiento. Lo antes mencionado de acuerdo a lo establecido en el Dictamen E370752N23
de la Contraloría General de la República, el 20 de junio de 2023.
Las entidades deberán acompañar documentos que permitan verificar la existencia del
programa de integridad y su difusión dentro de la empresa u organización.
Se podrá verificar mediante cualquier documento, manual, circular, memorándum interno,
correo electrónico o cualquier otro documento idóneo para dar cuenta de la implementación y
difusión del señalado programa (en idioma español), se asignará puntaje 100 al oferente que
cuente con dicho programa y acompañe los respectivos verificadores.
En el caso que el servicio sea ejecutado directamente por personas naturales (Anexo 6), se
evaluará la formación personal en cursos de perfeccionamiento, diplomados y/o
capacitaciones en modalidad presencial y/o E-learning u otros documentos fidedignos en que
conste que se han capacitado en integridad o compliance, se asignará puntaje 100 a la
persona natural que cuente con la señalada formación y acompañe los verificadores de ello.
Para dar cuenta de la implementación de un programa de integridad deberá completarse el
anexo N° 6 y además acompañar en formato libre él o los documentos verificadores.
En caso de que el oferente no cuente con un programa de integridad o este no haya sido
difundido en el caso de las personas jurídicas y UTP, su oferta llevará por ello nota 0 en este
criterio.
Nivel de cumplimiento Puntaje
Oferente cuenta con un programa de integridad conocido por su organización o
en caso de las personas naturales cuenta con formación personal acreditada en
materia de integridad o compliance.
100
Oferente no cuenta con un programa de integridad conocido por su
organización o en caso de las personas naturales no se cuenta con formación
personal acreditada en materia de integridad o compliance.
0
Para acreditar el siguiente criterio deberá adjuntar Copia de documentación o certificación de
declaración jurada exigida en anexo 6, adjuntar Programa de integridad implementado en su
organización y deberá adjuntar medios que acrediten la difusión entre el personal mediante
cualquier documento, manual, circular, memorándum interno, correo electrónico o cualquier otro
documento idóneo para dar cuenta de la implementación y difusión del señalado programa.
Si los oferentes nada dicen al respecto a este criterio o no acompañan documentos para
verificar su implementación se asignará la nota cero.
Criterio VI: Propuesta económica (5%)
El precio que señalen los oferentes en su Oferta Económica, a través del portal
www.mercadopublico.cl, corresponderá al valor Total Neto (sin incluir impuestos), expresados
en pesos chilenos. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá indicar en un archivo adjunto los
valores ofertados neto y brutos totales, así como también el impuesto al cual se encuentra
afecto. Para estos efectos los oferentes deberán presentar el anexo número 7 del acápite III de
estas bases. La falta o no presentación del referido anexo, importará la declaración de
inadmisibilidad de la respectiva oferta.
Las ofertas económicas presentadas por un monto valor total bruto superior a las señaladas en
el numeral 1.3 en la línea de servicio que se licita, no serán objeto de evaluación y serán
declaradas inadmisibles por SENDA. Del mismo modo, no se admitirán ofertas inferiores al 90%
del valor total bruto señalado en estas bases.
La forma de calcular el puntaje económico será la siguiente:
Puntaje económico = OPM * 100
OE
OPM: es el precio menor de todas las ofertas evaluadas.
OE: es el precio de la oferta evaluada.
100: es el puntaje mayor.
5.5 Errores, omisiones y aclaraciones
La comisión evaluadora podrá solicitar a las entidades oferentes que salven errores u omisiones
detectados durante la evaluación, o presenten certificaciones o antecedentes, según a
continuación se indica:
SENDA, podrá solicitar a los oferentes que salven los errores y omisiones formales detectados
en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen una situación de privilegio
respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y
de igualdad de los proponentes, debiendo informar dicha solicitud al resto de los oferentes a
través del Sistema de Información de Compras Públicas.
Además, la comisión evaluadora podrá solicitar a la entidad oferente la presentación de
certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u
obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación
En todos los casos señalados, los oferentes tendrán un plazo de 3 días hábiles para enviar su
respuesta a través del portal www.mercadopublico.cl, contados desde efectuado el
requerimiento por el mismo medio.
5.6 Evaluación
El puntaje final que los oferentes obtengan por línea de servicio será la suma de las
ponderaciones obtenidas conforme a la evaluación señalada en el número 5.4 de estas bases.
El puntaje final será con aproximación y se expresará con dos decimales.
Cada oferta relativa a una línea de servicio será evaluada de forma independiente, sin perjuicio
de lo indicado en el número 4.5.
a) Descuento por comportamiento contractual
Una vez obtenido los puntajes de los criterios de evaluación señalados en el numeral 5.4 de
estas bases, se revisará el comportamiento contractual anterior del oferente, respecto de
los contratos con la entidad licitante, durante los últimos 3 años contados desde la fecha de
apertura de las propuestas de la presente licitación. De la revisión efectuada se realizará el
descuento correspondiente al tipo de sanción que se detallará a continuación respecto del
puntaje total obtenido en la etapa de evaluación.
El mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar (en el total del puntaje
obtenido en la etapa de evaluación de acuerdo a los criterios del N°5.4.) el puntaje indicado en
la tabla siguiente por el número de sanciones recibidas por parte de la entidad licitante:
Tabla de descuento por comportamiento contractual anterior (Cca):
Sanción Disminución de puntaje por sanción
Término anticipado total o parcial
de contrato
20 puntos por cada vez que se haya establecido un
término anticipado de contrato.
Multas aplicadas en el período
observado
10 puntos por cada ocasión en que se haya aplicado
una multa.
Amonestaciones aplicadas en el
período observado
5 puntos por cada ocasión en que se haya
amonestado a la entidad.
A modo de ejemplo: Un proveedor ha recibido un cobro de 2 multas y 1 amonestación en los
últimos 3 años, el puntaje de descuento que recibe en este criterio es de 25 puntos. Este último
puntaje (a modo de ejemplo: -25 puntos) se restará al puntaje total que haya obtenido el
oferente en conformidad del N°5.4.
Si en los últimos 3 años contados desde la fecha de apertura de las propuestas de la presente
licitación, el oferente no ha suscrito convenio(s) previo(s) con SENDA no se aplicará descuento
al puntaje obtenido en los criterios de evaluación respecto de este aspecto.
b) Puntaje Final
Una vez obtenido los puntajes de los criterios de evaluación: Formación del Oferente (FO);
Experiencia del Oferente (ExO); Condiciones de empleo y remuneración (CER); Cumplimiento
de los requisitos formales en la presentación de la oferta (CRF); cumplimiento del programa de
integridad (CPI); y oferta económica (OE) se sumarán los respectivos ponderadores para
determinar el puntaje de evaluación. Una vez realizado esto se aplicará el descuento que
corresponda de acuerdo al comportamiento contractual anterior del oferente, dando como
resultado el puntaje final de la oferta, el cual se obtendrá según la siguiente fórmula:
Puntaje Total Evaluación (PTE):
(FO*0,35) + (ExO*0,50)+ (CER*0,05) + (CRF*0,03) + (OE * 0,05) + (CPI*0,02).
El puntaje total de evaluación (PTE) será con aproximación y se expresará con dos
decimales.
Puntaje Final (PF):
(PTE- puntaje de descuento (Cca))
Una vez obtenido el puntaje total de evaluación (PTE), se les revisará su comportamiento
contractual anterior y se les aplicará las tablas de descuento por (Cca) dando como resultado el
puntaje final de la evaluación de su oferta.
El oferente que obtenga la más alta calificación que resulte de la suma de las notas finales
obtenidas en la evaluación del cumplimiento de la propuesta técnica, requisitos formales,
programa de integridad y aplicado el descuento por cumplimiento contractual anterior, será
quien se adjudique la presente licitación.
La evaluación se realizará dentro de los 15 días hábiles posteriores a la apertura de las ofertas.
Por su parte el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, adjudicará la presente licitación, por la línea de servicio, a quien presente la mejor
propuesta en la respectiva línea, dentro de los 25 días hábiles posteriores a la apertura de las
ofertas.
La adjudicación de la presente licitación pública se hará a través del correspondiente acto
administrativo, el que será publicado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica
la presente licitación, una vez que el mismo se encuentre totalmente tramitado.
Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, a través de acto administrativo fundado totalmente tramitado,
podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, sus
fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl.
Con todo, sin perjuicio de lo dispuesto en la resolución que adjudique las líneas de servicio de
la presente licitación, se deja constancia que los servicios que se contraten con quienes
resulten adjudicados, queda sujeta a la disponibilidad presupuestaria que establezca la Ley de
Presupuestos para el sector público correspondiente a los años 2026, 2027 y 2028.
5.7 Mecanismo para dirimir empates
En caso de que en una línea de servicio se verificase un empate en la calificación final obtenida
entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en
el orden de prelación que a continuación se indica:
1.- Inicialmente se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más
alta calificación en la evaluación en el criterio de evaluación de la propuesta técnica
“Experiencia del Oferente en intervención directa en programas de tratamiento en
población adulta y/o adolescente con consumo problemático de alcohol y otras drogas”.
2.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor
de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el sub-criterio de evaluación
de la propuesta técnica denominado “Experiencia del Oferente en programas para adultos
y/o adolescentes en conflicto con la justicia y/o programas que se relacionen e
interactúen con el sistema judicial que impliquen comparecencia a audiencias y
coordinación con diferentes actores jurídicos”.
3.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor
de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el sub-criterio de evaluación
de la propuesta técnica denominado “Formación del Oferente en doctorados, magíster,
diplomados y/o pos títulos en temáticas de intervenciones terapéuticas dirigidas a
personas con problemas de consumo de alcohol y otras drogas y/o temas vinculados a
la justicia terapéutica y/o reinserción social”.
4.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor
de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en “Formación en cursos de
capacitación en temáticas de alcohol y otras drogas, justicia terapéutica, salud mental y/
o temáticas vinculadas a la reinserción social”.
5. -Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor
de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de evaluación de la
propuesta técnica denominado “Condiciones de empleo y remuneración; Recurso Humano
Contratado”.
9.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá el empate en
favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la evaluación del criterio
“Propuesta Económica”
10.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor
de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de evaluación de la
propuesta técnica denominado “Cumplimiento de los Requisitos Formales en la
Presentación de la Oferta”
11.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor
de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de evaluación de la
propuesta técnica denominado “Cumplimiento de Programa de Integridad”.
12.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor
de aquel oferente que hubiere obtenido el puntaje más bajo de descuento por cumplimiento
contractual anterior.
Finalmente, si, aplicados todos los criterios de desempate establecidos en las presentes bases,
persistiere la igualdad, la adjudicación se resolverá en favor del oferente cuya oferta haya sido
ingresada con anterioridad en el Portal de Compras Públicas, conforme al registro de fecha y
hora que conste en dicho sistema.
5.8 Rechazo de las ofertas
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol
declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en
las presentes Bases. Asimismo, declarará desierta la licitación o la línea de servicio respectiva,
cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del
SENDA. En cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por acto administrativo
fundado.
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ADJUDICACIÓN |
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6.1 Selección del adjudicado
Se entiende que presentó la mejor oferta quien obtenga el puntaje final más alto entre los
oferentes de la línea de servicio en cuestión.
Los oferentes que como personas naturales presenten ofertas en más de una línea de servicio
deberán completar el respectivo anexo N°14 de priorización de adjudicación, el que servirá
como referencia a la hora de adjudicar. Esto por cuanto, de acuerdo con el N°1.9 en relación
con el 3.9 de estas bases, los oferentes que sean personas naturales solo podrán resultar
adjudicados en una línea de servicio, por lo tanto, en caso de tener puntaje suficiente para
adjudicar en más de una línea, SENDA revisará la selección de prioridad señalada por el
oferente en el respectivo anexo para indicar en cuál línea deberá ser adjudicado; procediendo a
correr la lista de puntajes en aquellas líneas en que teniendo puntaje suficiente no sé pueda
adjudicar por ya haber sido seleccionado en otra línea, pasando a ocupar el lugar el oferente
que, según el acta final de evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final si dicha
oferta es conveniente a los intereses del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol y así sucesivamente, hasta completar los cupos a adjudicar o
la línea, según corresponda. Si no hubiera otras ofertas convenientes a los intereses del
servicio, se declarará desierta la línea de servicio respectiva, según corresponda, a través de
acto administrativo fundado.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con la Administración
del Estado, que desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el
contrato respectivo, se adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, hubiese
obtenido el siguiente mayor puntaje final si dicha oferta es conveniente a los intereses del
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o bien,
se declarará desierta la línea de servicio respectiva, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
6.2 Causales para dejar sin efecto la adjudicación
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol
dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, por las
siguientes causales:
a. Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el número
7.2 de estas bases.
b. Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos señalados en el
número 7.3 de las presentes bases.
c. Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo señalado en el número 7.4 de las presentes
bases.
d. Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal a SENDA, se desistiera de su
oferta.
e. Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro del plazo
establecido en el número 7.5 de las presentes bases.
f. Si el oferente cuya oferta haya sido adjudicada, ha presentado datos inexactos o no
fidedignos en su oferta.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y adjudicará al oferente que, según el acta
de evaluación final, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final en la línea de servicio
respectiva, si dicha oferta es conveniente para los intereses de SENDA, o declarará desierta
dicha línea de servicio, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
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CONTRATACIÓN |
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7.1 Del Contrato
Se celebrará un contrato de prestación de servicios, con cada uno de los adjudicatarios, dentro
de los 20 días corridos contados desde la presentación de los antecedentes necesarios
para la elaboración del contrato.
El encargado de la ejecución técnica del presente contrato será el/la Jefe(a) del Área de
Tratamiento e Intervención del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol.
7.2 Inhabilidades para contratar
No podrán celebrar el contrato respectivo los oferentes que presenten alguna de las siguientes
inhabilidades:
a. Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35
quater de la Ley 19.886.
b. Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta,
hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal,
en conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 19.886.
c. Las personas naturales que sean funcionarios directivos del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o que estén unidas a ellos
por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575,
Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
d. Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o las
personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)
del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por
acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas; ni aquellas
sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que
representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales; ni con
los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las
sociedades antedichas.
e. Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de
conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que establece la Responsabilidad Penal
de las Personas Jurídicas en los delitos que indica
f. Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en
conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N°211 de 1973.
g. Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de
la ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades o prohibiciones indicadas, el Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol adjudicará, en
la línea de servicio correspondiente, al oferente que según el acta de evaluación final hubiese
obtenido el siguiente mayor puntaje final si dicha oferta es conveniente para los intereses del
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o
declarará desierta la licitación o la línea de servicio, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de
inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho
evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha
resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de
Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro, si
continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su
participación en el proceso.
7.3 Requisitos para contratar
Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar, en el plazo de
20 días corridos contados desde la notificación de la resolución que adjudica la presente
propuesta pública, la documentación que a continuación se indica para suscribir el contrato
respectivo:
(1) Todos los oferentes:
a. Encontrarse inscrito y hábil en registro de proveedores de la Dirección de Compras y
Contratación Públicas.
b. Acompañar una declaración jurada en la que el adjudicatario señale si registra o no
saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con aquellos trabajadores contratados en los dos últimos
dos años. Para facilitar el cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes
bases el Anexo N°4 A en caso de Persona Natural y Anexo N°4 B en caso de ser
persona jurídica: modelo de declaración jurada simple sobre deudas laborales o
previsionales dependiendo de si el oferente seleccionado es persona natural o jurídica,
respectivamente.
Si el oferente registra o declara saldos insolutos, éste deberá señalar el monto al que
asciende la deuda y los antecedentes que justifiquen el monto de la misma, para efectos
de lo dispuesto en el párrafo tercero del número 6.5 de estas bases. Para facilitar el
cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N°4C
c. Garantía de fiel cumplimiento del contrato en los términos del número 7.4 de estas bases.
(2) Documentos para persona natural:
a. Fotocopia simple de su cédula nacional de identidad.
b. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para contratar. Para facilitar el
cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N° 5A: Modelo
de declaración jurada simple.
(3) Documentos para persona jurídica nacional (Incluidas las Empresas Individuales
de Responsabilidad Limitada):
a. En el caso de las Sociedades:
a.1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la
acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si
las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e
inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Registro de Comercio que
corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N°
20.659 deberán acompañar certificado de estatuto actualizado y de anotaciones, emitido
por la entidad competente.
a.2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de
Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar
certificado vigencia, emitido por la entidad competente.
a.3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad, emitida por
el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, o por la
autoridad facultada para ello.
a.4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
a.5. Fotocopia simple de la cédula de identidad de él o los representantes legales.
a.6. Declaración jurada de que, tanto el representante legal como la entidad que
representa, no están afectos a las inhabilidades para contratar. Para facilitar el
cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N°5B: Modelo
de declaración jurada simple.
b. En caso de las Fundaciones y las Corporaciones:
b.1. Entidades constituidas conforme al Decreto 110, de 1979 del Ministerio de Justicia:
Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
b.2. En entidades constituidas conforme a la ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y
Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y
estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante ministro de fe,
y debidamente autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los términos
establecidos por el artículo 548 del Código Civil.
b.3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o
certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro Nacional de
Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e
Identificación.
b.4. Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y sus
pertinentes publicaciones en el Diario Oficial.
b.5. Certificado de vigencia con nómina de directorio.
b.6. Documento que acredite la personería del representante legal, autorizado para
suscribir contratos.
b.7. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
b.8. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes legales
de la entidad.
b.9. Declaración jurada de que, tanto el representante legal como la entidad que
representa, no están afectos a las inhabilidades para contratar. Para facilitar el
cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N° 5B: Modelo
de declaración jurada simple.
(4) Documentos para persona jurídica extranjera:
a. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que
acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el
Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
b. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello
escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que
acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si
hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad
chilena, documento donde conste la personería del representante legal, R.U.T de la
sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de
constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería
del representante legal, R.U.T de la agencia y cédula de identidad del representante legal,
cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases.
c. Deberá designar domicilio en Chile.
d. Si se trata de una sociedad anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo
a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046.
(5) Unión Temporal de Proveedores
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada
uno de sus integrantes deberá cumplir individualmente con los requisitos generales
establecidos en el numeral precedente, especialmente:
a) Encontrarse inscrito y hábil en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y
Contratación Públicas;
b) Acompañar la declaración jurada sobre deudas laborales o previsionales, según corresponda
a su naturaleza jurídica;
c) Cumplir con las exigencias relativas a inhabilidades establecidas en la normativa vigente.
La Unión Temporal de Proveedores deberá constituirse exclusivamente para el presente
proceso de compra y su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo
sus eventuales renovaciones o prórrogas.
El acuerdo que formaliza la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura
pública. No obstante, cuando el monto total adjudicado sea inferior a 1.000 unidades tributarias
mensuales, dicho acuerdo podrá constar en instrumento público o privado, conforme a lo
dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 19.886 y adjuntarse al momento de la presentación de
la oferta. Dicho instrumento deberá contener, a lo menos:
1. La identificación de todos sus integrantes;
2. La designación de un representante o apoderado común, con facultades suficientes
para actuar durante el proceso y ejecución contractual;
3. La responsabilidad solidaria de todos sus integrantes respecto de todas las obligaciones
que se generen con la Entidad.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato en si corresponde, deberá otorgarse a nombre de
la Unión Temporal de Proveedores, indicando expresamente la responsabilidad solidaria de sus
integrantes.
Los integrantes de una UTP no podrán participar, individualmente o integrando otra Unión, en el
mismo proceso de compra.
Se deja constancia que, el presente proceso de licitación no corresponde a un procedimiento de
contratación para la innovación ni de diálogo competitivo, por lo tanto, las Uniones Temporales
de Proveedores deberán estar conformadas exclusivamente por empresas de menor tamaño,
conforme a lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
En todos los casos, no se exigirá la presentación de los documentos señalados cuando se
encuentren digitalizados y vigentes en el Registro de Proveedores.
Con todo, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol podrá requerir toda la información legal adicional a que haya lugar en protección de sus
intereses y podrá solicitar, especialmente, los documentos auténticos o debidamente
autorizados. Además, SENDA se reserva el derecho de revisar la pertinencia y legalidad de
todos los antecedentes recabados durante el proceso de licitación.
7.4 Presentación de Antecedentes
Los antecedentes requeridos para la suscripción del contrato, señalados en el número 7.3,
deberán ser presentados en la Unidad de Gestión Documental (oficina de partes) del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ubicadas en
Agustinas N° 1235, piso 7, comuna de Santiago, en la oficina regional correspondiente al
domicilio del oferente. Dicha oficina regional de SENDA deberá remitir los antecedentes a más
tardar el día hábil siguiente al Servicio Nacional.
Los antecedentes podrán ser enviados de manera virtual solamente mediante el Sistema de
Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual
7.5 Formalización del contrato.
El adjudicado deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 20 días
corridos contados desde la presentación de los antecedentes necesarios para la
elaboración del contrato.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida
su oferta, y adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, haya obtenido el
siguiente mejor puntaje final, en la línea de servicio correspondiente o declarará desierta la
licitación en la línea de servicio respectiva, según corresponda, a través de acto administrativo
fundado.
7.6 Garantía de Fiel Cumplimiento
Una vez notificado al oferente la adjudicación, y en el caso de que el contrato final del oferente
supere los 1000 UTM, éste deberá, dentro de 15 días corridos a contar de dicha notificación,
presentar una caución o garantía pagadera a la vista, que asegure el cobro de la misma de
manera rápida y efectiva, tomada por él o por un tercero, con el carácter de irrevocable, a
objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, con una
vigencia que exceda en, al menos, 60 días hábiles después de la finalización del contrato.
Esta caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, Rut 61.980.170-9, por un monto mínimo del
5% (cinco por ciento) del precio final neto ofertado por el adjudicatario, considerando la o las
líneas adjudicadas de acuerdo al número 1.3 de las presentes bases de licitación.
En el caso en que la garantía sea una póliza de seguro o certificado de fianza y esté expresada
en Unidades de Fomento, se calculará su valor en pesos chilenos al día de su emisión.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato será pagadera a la vista, con carácter
de irrevocable. Tratándose de una boleta bancaria, es necesario que en dicho documento se
indique la individualización del oferente seleccionado.
La garantía deberá señalar que se encuentra tomada como Garantía de Fiel y Oportuno
Cumplimiento del Contrato, y las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores y
multas, e indicando ID que identifica a la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl,
señalando además la o las líneas de servicio garantizada por la misma.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que, junto con afianzar el
fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se afianza el cumplimiento de obligaciones
laborales y sociales, y el pago de multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del
contrato suscrito. Cuando se acompañe una póliza de seguro, ésta deberá excluir las cláusulas
de arbitraje.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de
manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma
Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Cuando se trate de garantías electrónicas, podrá ser enviados de manera virtual solamente
mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link:
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual y dentro del plazo de 15 días corridos a contar de la
notificación de la adjudicación.
En el caso que la garantía consista en un Depósito a la vista o Vale Vista, se deberá presentar
conjuntamente con éste el Anexo 8B.
Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato es otorgada en el extranjero, el emisor
del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o
institución financiera chilena.
Si en el documento en que consta la garantía no alcanza a escribirse el nombre de Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, R.U.T.
61.980.170-9, este se podrá abreviar, señalando el R.U.T. 61.980.170-9.
Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del
plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso el SENDA adjudicará al
oferente que, según el acta final de evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o
declarará desierta la licitación o la línea respectiva, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
Tipo de documento Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter irrevocable
Beneficiario
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo
de Drogas y Alcohol, o SENDA
RUT
61.980.170-9
El nombre podrá abreviarse, pero siempre deberá indicarse el RUT.
Vigencia mínima Vigencia mínima de 60 días hábiles después de la finalización del
contrato
Monto Deberá ser equivalente a al menos el 5% (cinco) del precio final
neto ofertado por el adjudicatario.
Expresada en
Pesos chilenos (En el caso en que la garantía esté expresada en
Unidades de Fomento, se calculará su valor en pesos chilenos al
día de su emisión.)
Glosa
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y las
obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores y multas, e
indicar el número de ID que identifica a la presente licitación a
través del portal www.mercadopublico.cl, y la línea de servicio
respectiva.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar
expresamente que, junto con afianzar el fiel cumplimiento de las
obligaciones contractuales, se afianza el cumplimiento de
obligaciones laborales y sociales; y el pago de multas a las que
pudiera dar origen el incumplimiento del contrato.
Tratándose de vale vista o depósito a la vista, no se requerirá glosa.
Deberá presentar conjuntamente el Anexo 8B.
En el caso de las pólizas de seguro, si en las condiciones generales
no se establece expresamente su carácter irrevocable, dicha
exigencia deberá ser incorporada en la glosa del referido
instrumento.
La devolución de la garantía de fiel cumplimiento se realizará, una vez recibido conforme los
servicios por parte de la contraparte técnica, y cumplido a satisfacción el contrato.
7.7 De la aprobación del contrato.
El contrato que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a través del
correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total tramitación
de dicho acto administrativo.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el
servicio desde la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación del
mismo. No obstante, lo anterior, la fecha de inicio de los servicios no podrá ser anterior al 15 de
mayo de 2026.
En ningún caso el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, SENDA, pagará los servicios otorgados mientras no esté totalmente
tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.
7.8 Duración del servicio.
El plazo de ejecución del servicio se extenderá desde la fecha que indique el respectivo
contrato, y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2027. Durante este período, el contratista
deberá realizar la actividad correspondiente a la línea de servicio que haya resultado
adjudicado, según se detalle en el contrato respectivo.
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DEL PAGO, LOS INFORMES DE EJECUCIÓN REQUERIDOS Y EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS MISMOS |
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8.1 Del pago
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol
pagará a los adjudicatarios a que se refiere el número 1.1. de estas bases, según la línea de
servicio.
La totalidad del contrato derivado de cada línea de servicio se pagará en (10) cuotas
sucesivas, a contar de la fecha en que se comience a prestar los servicios, cuatro (4) el 2026 y
seis (6) el 2027
Cada cuota se pagará, previa presentación y aprobación de un informe:
- La primera cuota se pagará previa presentación y aprobación de informe de
actualización del estado de personas en supervisión judicial y plan de trabajo para el año
2026, el cual debe ser presentado hasta 15 días corridos de la total tramitación del
contrato.
- Las 9 cuotas siguientes se pagarán previa presentación y aprobación de informe de
gestión de acuerdo al plan de trabajo, y las fechas indicadas en la siguiente tabla:
Año Tipo de Informe Plazo de entrega del Informe
2026
Informe 1 inicial Actualización del
estado de personas en supervisión
judicial y plan de trabajo para el año
2026.
15 días corridos desde la total tramitación del
contrato
Informe 2 de gestión 10 de julio
Informe 3 de gestión 10 de septiembre
Informe 4 de gestión 10 de noviembre
2027 Informe 5 de gestión 10 de enero
Informe 6 de gestión 10 de marzo
Informe 7 de gestión 10 de mayo
Informe 8 de gestión 10 de julio
Informe 9 de gestión 10 de septiembre
Informe 10 de gestión 10 de noviembre
* Los adjudicatarios deberán continuar ejecutando el contrato hasta el 31 de diciembre del año 2027, los
servicios requeridos en la presente licitación.
Los informes deberán ser entregados en las fechas detalladas en el cuadro anterior, a través de
ventanilla única (https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual), además el oferente deberá entregar
la correspondiente boleta o factura cuando el informe sea aprobado por la contraparte técnica,
de acuerdo al 8.2. Todas las boletas o facturas deben ser extendidas a nombre del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT N°
61.980.170-9.
El incumplimiento de esta obligación por parte del contratista dará derecho a dar por terminado
anticipadamente el respectivo contrato, pudiendo llamar a una nueva licitación.
Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente
tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte
del contratista de las facturas o boletas y la demás documentación correspondiente.
Con todo, los pagos que corresponda efectuar durante el año 2027 estarán condicionados a
que la Ley de presupuestos del referido año, contemple los recursos necesarios al efecto.
Se deja expresa constancia que si el adjudicatario declara que registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del
contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de
la ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Para estos efectos, en este plazo,
deberá presentar los comprobantes de pagos que demuestren fehacientemente el total
cumplimiento de la obligación.
8.2. De los informes de gestión y la aprobación de los mismos.
En cuanto al contenido de los informes:
El informe inicial, deberá contener, a lo menos:
- Actualización del estado de los procesos de las personas que se encuentran en
supervisión judicial que la oficina regional de SENDA le ha asignado para gestionar y plan
de trabajo para el año 2026, considerando el estado de las audiencias, los informes de
seguimiento y otros insumos relevantes.
Los informes de gestión, es decir, desde el informe 2 al informe 10, deberán elaborarse de
acuerdo al formato establecido en el Anexo 11 e incluir, a lo menos:
- Resumen de acciones realizadas durante el periodo (evaluaciones, audiencias,
reuniones, entre otras).
- Actividades de coordinación intersectorial realizadas durante el período.
- Actas de reuniones con intersector, actas de reunión de coordinación con encargado de
tratamiento de SENDA.
Además, se deberá adjuntar a cada informe los productos elaborados en el periodo cuando
corresponda.
Además de los informes inicial y de gestión, la Entidad deberá presentar un informe final, a
más tardar el 31 de diciembre del 2027, que, a lo menos, debe contener:
- Informe resumen del estado de cada usuario que se encuentra en seguimiento judicial,
fechas de futuras audiencias de seguimiento y sugerencias para de continuidad según
cada persona en tratamiento.
- Informe resumen de coordinaciones con el intersector y reuniones con la oficina regional
de SENDA y los verificadores.
- Respaldo o verificador de sistemas de registro que correspondan actualizados y con la
información al 31 de diciembre completa.
Los informes deberán ser aprobados por SENDA, de acuerdo al siguiente procedimiento:
Una vez presentados los respectivos informes, SENDA, a través de la Contraparte Técnica,
dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para hacer observaciones a cada uno de los
informes, contados desde que éste haya sido recibido por parte de este Servicio. Si dentro de
dicho plazo, la Contraparte Técnica de SENDA no formula observaciones, éste se tendrá por
aprobado. En caso de realizarse observaciones, el proveedor tendrá el mismo plazo anterior (5
días hábiles) para contestar las observaciones y corregir el referido informe, atendiendo a las
indicaciones presentadas por el Servicio.
Ante la entrega del nuevo informe o de la carta de contestación a las observaciones, se seguirá
el mismo procedimiento establecido en el párrafo anterior. Con todo, en el evento que hayan
transcurrido 40 días desde la primera presentación del respectivo informe y se mantengan las
observaciones formuladas por SENDA, el informe será rechazado definitivamente y SENDA se
encontrará facultado para poner término anticipado al presente convenio.
Sin perjuicio a los plazos antes señalados, SENDA podrá prorrogar los mismos a petición de la
contraparte o por necesidad del Servicio, notificando tal circunstancia al proveedor del servicio.
8.3 Contraparte Técnica
La labor de Contraparte Técnica de SENDA será realizada por la o el encargado de tratamiento
regional de SENDA respectivo, o quien subrogue a éste.
Serán funciones de esta Contraparte Técnica, entre otras, las siguientes:
a) Revisar y aprobar los informes a que se refiere el número 8.2 de estas bases, planteando
al oferente las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes,
certificando la recepción conforme de éstos.
b) Colaborar y asistir al profesional en el ámbito de sus competencias.
c) Supervisar y controlar el desarrollo del servicio, velando por el estricto cumplimiento de
los objetivos y de los servicios contemplados.
d) Solicitar en cualquier momento, información acerca de las actividades realizadas.
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DEL CONTRATO |
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9.1 Cesión de contrato
Bajo ninguna circunstancia podrá el o los adjudicatarios ceder parcial o totalmente a un tercero
las obligaciones que emanan de la presente licitación.
9.2 Modificación Del Contrato
Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, estima necesario realizar
modificaciones en sus requerimientos de servicio, en cuanto a la calidad o cuantía de los
mismos, las que por su magnitud representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario, se
evaluará y propondrá al mismo la eventual modificación del contrato, incluyendo las
prestaciones y precio, no pudiendo exceder éste último del 30% al originalmente propuesto.
Toda modificación de contrato deberá ser aprobada mediante el correspondiente acto
administrativo, totalmente tramitado.
Con todo, ninguna de estas modificaciones podrá desnaturalizar los servicios licitados y
adjudicados.
9.3 EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases de licitación, en el
contrato, u otro instrumento vinculante para la ejecución del servicio contratado, el Servicio
Nacional para la prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá aplicar al
prestador, las sanciones de amonestación, multa y/o termino anticipado.
Teniendo en consideración que el prestador es evaluado cada 3 o 6 meses por la prestación de
sus servicios, las causales de amonestación y multas se encuentran vinculada al puntaje
obtenido en las evaluaciones. Asimismo, algunas causales de término anticipado de contrato
también se encuentran vinculadas al puntaje obtenido.
Así, de acuerdo a la pauta de evaluación del servicio especializado que consta en el anexo
N°10 de las presentes bases, existen 6 diferentes criterios que se evalúan de acuerdo al
cumplimiento de condiciones indicadas en el mismo instrumento. Los criterios señalados se
pueden evaluar con puntajes 1,2 y 3, siendo el puntaje 1 un cumplimiento muy deficiente y el
puntaje 3 un cumplimiento excelente.
Explicado lo anterior, indicamos que solamente se aplica sanción la obtención de un criterio en
puntaje 1 y/o 2, de acuerdo a lo siguiente al siguiente cuadro y a las sanciones mencionadas:
Pauta Evaluación de la Ejecución del Servicio Personal Especializado
Tribunales de Tratamiento de Drogas
Criterio Puntaje Puntaje
1 2
1. Remite en tiempo y forma la
calendarización mensual
con las actividades
programadas a la
contraparte de SENDA
regional
Remite menos del 50% de la
calendarización mensual con
las actividades programadas a
la contraparte de SENDA
Regional
Remite hasta el 75% de la
calendarización mensual con las
actividades programadas a la
contraparte de SENDA Regional
2. Reuniones con el intersector
ejecutadas (reuniones de la
Red de Centros de
Tratamiento de adultos y
adolescentes, reuniones con
Defensoría Penal Pública,
Fiscalía y Poder judicial)
Asiste a menos del 50% de las
reuniones de coordinación
programadas en su
calendarización con el
intersector
Asiste entre el 50% y 74% de las
reuniones de coordinación
programadas en su calendarización
con el intersector
3. Asistencia en audiencias
programadas TTD en los
Juzgados de Garantía
Asiste menos del 70% de las
audiencias programadas TTD
en los Juzgados de Garantía
Asiste entre el 70% y 89% de las
audiencias programadas TTD en los
Juzgados de Garantía
4. Uso de sistemas de
registros (planillas de
registro, Ficha de demanda
(SISTRAT))
No utiliza y/o registra en los
sistemas proporcionados por el
servicio (planillas de registro,
SISTRAT Ficha de demanda)
Utiliza al menos uno de los medios
de registros proporcionados por el
servicio (planilla de registro,
SISTRAT Ficha de demanda) al
menos en el 70% de los casos
derivados
5. Coordinación con
contraparte regional SENDA
Presenta inasistencia
injustificada en 2 ocasiones o
más a reuniones de
coordinación con
encargados/as de Tratamiento
y/o profesional asesor
Presenta inasistencia injustificada en
1 ocasión a reuniones de
coordinación con encargados/as de
Tratamiento y/o profesional asesor
6. Presenta informe de gestión
a la contraparte SENDA en
tiempo y forma
No presenta en tiempo y/o en
forma informes de gestión en
al menos 2 ocasiones
No presenta en tiempo y/o en forma
informes de gestión en una ocasión
9.3.1. AMONESTACIÓN
Por amonestación debe entenderse la advertencia que se realiza al contratista, en virtud de la
cual se le representa un hecho reñido con la fiel ejecución del contrato y donde se le insta a la
enmienda de la conducta, conminándolo con la advertencia de una sanción mayor en el evento
de reincidir.
SENDA podrá amonestar por escrito al contratista en el evento de dar cumplimiento tardío a la
entrega de los informes, con un máximo de 5 días hábiles desde el vencimiento de los plazos
establecidos en el artículo 8.1. “Del pago”, de las presentes Bases.
Causales de amonestación
a) Cuando, en una misma evaluación, el prestador obtenga puntaje 1 en uno o dos criterios.
b) Cuando, en una misma evaluación, el prestador obtenga puntaje 2 en uno, dos o tres
criterios.
9.3.2.- MULTAS:
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol
cobrará una multa de 10 UF al contratista con quien celebre el contrato, relacionadas con
incumplimientos de las obligaciones contempladas en el contrato, aplicables en los siguientes
casos:
a) Si en una misma evaluación el prestador presenta 3 a 4 criterios con puntaje 1.
b) Si en una misma evaluación el prestador presenta 4 o más criterios con puntaje 2.
c) Si en una 2da evaluación el prestador tiene 1 o 2 criterios con puntaje 1.
d) Si en una 2da evaluación el prestador tiene de 1 a 5 criterios con puntaje 2.
e) Si en una 3era evaluación el prestador tiene de 1 a 3 criterios con puntaje 2.
En todo caso, el monto total acumulado de las multas que se impongan durante la vigencia
contractual no podrá exceder del treinta por ciento (30%) del precio total del contrato, de
conformidad con el artículo 136 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
9.3.3.- TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación para el Consumo de Drogas y Alcohol
podrá poner término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que acaeciere
alguna de las siguientes circunstancias:
a) Si en una misma evaluación el prestador presenta 5 criterios en puntaje 1.
b) Si en una segunda evaluación el prestador presenta de 3 o 4 criterios en puntaje 1.
c) Si en una tercera evaluación el prestador presenta de 1 a 2 criterios en puntaje 1
d) Si en una tercera evaluación el prestador presenta de 4 a 5 criterios en puntaje 2
e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado de obligaciones esenciales del servicio
contratado, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol (SENDA) podrá poner término anticipado al contrato, mediante acto
administrativo fundado únicamente en los siguientes casos:
e1) Si el prestador se niega a ejecutar o no ejecuta instrucciones técnicas impartidas
por escrito por SENDA, destinadas a corregir una situación crítica que comprometa
la oportuna entrega de herramientas al equipo técnico clínico, la adecuada
coordinación con SENDA Regional o con las demás instituciones vinculadas al
servicio, y dicha omisión persiste pese a requerimiento formal de cumplimiento.
e2) Si el prestador, en el marco de visitas, monitoreos o asesorías, toma
conocimiento de una situación crítica que implique un riesgo grave o inminente para
la continuidad, seguridad o calidad del tratamiento y no informa de manera
inmediata al Encargado de Tratamiento de SENDA por los canales formales
definidos, o no adopta las acciones de coordinación instruidas por SENDA para su
abordaje.
Se entenderá por riesgo grave o inminente toda situación que represente una
amenaza seria y próxima para:
la vida, integridad física o psíquica, seguridad o salud de las personas
usuarias, del equipo de trabajo o de terceros vinculados al servicio; o
la continuidad o calidad del tratamiento, de modo tal que pueda generarse un
daño relevante en su ejecución o resultados.
El riesgo será grave cuando sus posibles consecuencias puedan afectar
significativamente la seguridad de las personas o el adecuado funcionamiento del
tratamiento.
El riesgo será inminente cuando exista una alta probabilidad de ocurrencia en el
corto plazo, de forma inmediata o próxima, si no se adoptan medidas urgentes de
contención, mitigación o corrección
e3) Si el prestador presenta, entrega o utiliza información o respaldos falsos,
adulterados o manifiestamente inveraces respecto de actividades ejecutadas,
monitoreos, asesorías, resultados o entregables del servicio, cuando ello afecte la
trazabilidad, fiscalización o control de la ejecución contractual.
f) Si el prestador o el ejecutor del servicio solicita o acepta donativos, ventajas o privilegios de
cualquier naturaleza para sí o para terceros;
g) Si el prestador o el ejecutor del servicio realiza actividades, utilizar personal, material o
información reservada o confidencial del SENDA para fines ajenos a sus labores;
h) Si el prestador o el ejecutor del servicio atenta contra los bienes del servicio, comete actos
que produzcan la destrucción de materiales, instrumentos o productos de trabajo o
disminuyan su valor o causen su deterioro;
i) Si el prestador o el ejecutor del servicio incita a destruir, inutilizar o interrumpir instalaciones
públicas o privadas, o participar en hechos que las dañen;
j) Si el prestador o ejecutor del servicio no realiza las actividades comprometidas durante más
de 3 días consecutivos sin causa justificada de forma oportuna.
k) Si el ejecutor del servicio presenta condena por crimen o simple delito, siempre que la
naturaleza de los mismos tenga relación con las funciones que la persona debe
desempeñar y/o afecte al normal desempeño de sus funciones. No obstante, si el ejecutor
es persona jurídica o UTP y la condena le afecta al profesional que ejecuta directamente los
servicios, podrá al momento de tomar conocimiento de dicha condena solicitar el reemplazo
del profesional mediante lo indicado respecto de la vacancia definitiva siguiendo el
procedimiento detallado en estas bases, de no cambiar al profesional en el plazo allí
indicado se aplicará esta causal y el correspondiente procedimiento de término anticipado
del contrato.
l) Si el prestador que al momento de contratar registraba saldos insolutos de remuneraciones
o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los dos últimos dos años y no dio cumplimiento a la obligación de imputar
los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no
acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato.
m) Si el prestador o ejecutor del servicio efectúa cualquier tipo de cobro a algún centro de
tratamiento o a uno o más usuarios del programa.
n) En el evento que las multas aplicadas a la entidad por SENDA, fueren iguales al 30% del
monto total del contrato, según lo establecido en el numeral de la presente cláusula.
o) Falta de veracidad de la información presentada por la entidad durante el proceso de
licitación, en particular, aquella que fue especialmente considerada en el proceso de
evaluación de propuestas.
p) Si se dictare respecto del contratista, resolución de liquidación en un Procedimiento
Concursal de Liquidación y Renegociación, o si éste cayere en estado de notoria
insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean
suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
q) Falta de disponibilidad presupuestaria para cubrir el pago de las prestaciones contratadas.
r) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
s) Si el contratista se tratase de una sociedad, cuando ésta se disolviere.
t) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
u) Caso fortuito o fuerza mayor, comprendiéndose dentro de ellas razones de ley o de
autoridad que hagan imperativo terminarlo.
v) En el evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la
ley N°21595, de Delitos Económicos, así como también en el caso que al proveedor se le
imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8° y
10 de la Ley N° 20.393.
9.3.4. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES:
Si analizados los antecedentes se determina la aplicación de multas por este Servicio, el
Director Regional de SENDA le comunicará al prestador, mediante oficio, los hechos que
originan la sanción y su monto en caso de las multas.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán
mediante correo electrónico dirigido a la casilla de correo electrónico indicada por el prestador
en su propuesta técnica. Se entenderá por notificado al día hábil siguiente desde el envío del
referido correo electrónico.
Con todo, en caso de ser imposible realizar la notificación vía correo electrónico, Senda podrá
efectuar dicha diligencia a través de carta certificada al domicilio proporcionado por el
prestador. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer
día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
El prestador de servicios dispondrá de 5 días hábiles contados desde que se le haya notificado
el referido oficio, para efectuar sus descargos ante el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, acompañando todos los antecedentes y
pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren
fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas o que
desvirtúen los antecedentes analizados por el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la
o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las sanciones que correspondan,
dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y en la que se establecerá, si correspondiere,
el monto de la multa en pesos chilenos, de acuerdo al valor de la UF.
Con todo, el prestador podrá renunciar a su derecho a presentar descargos y proceder
directamente al pago, para lo cual se deberá considerar el valor de la U.F. correspondiente al
01 de enero del año en que se dictó el oficio.
Si el prestador ha presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol dispondrá de veinte días
hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o
acogiéndolos, total o parcialmente, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. De lo resuelto,
se notificará al contratista por correo electrónico.
En virtud de lo establecido en el artículo N° 59, de la Ley N° 19.880, el prestador podrá
presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días
hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre. Si el contratista no
presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme, sin perjuicio
de la pertinencia del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo
cuerpo legal.
Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, el contratista podrá pagar la multa voluntariamente
en un plazo de 30 días corridos desde notificada la resolución. No obstante, si el proveedor no
paga directamente la multa, SENDA estará facultado para deducirla, a su arbitrio, del valor de
cualquiera de los pagos que SENDA le corresponda efectuar respecto de cualquiera de sus
contrataciones de análoga naturaleza, o satisfacer el monto de aquélla haciendo efectiva la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, lo que deberá informar al prestador
mediante oficio.
Para todos los efectos, el valor de la multa se deberá calcular de acuerdo al valor de la UF que
indica el Banco Central de Chile, al 01 de enero del año en que dictó el oficio que comunicó los
hechos que originaron la multa.
La aplicación de alguna de estas multas no impide que el Servicio Nacional para la Prevención
y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol pueda poner término anticipado al contrato
si se configuran las causales previstas en el siguiente título, de la presente cláusula.
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DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS |
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El profesional adjudicado deberá ejecutar los servicios contratados a partir de lo indicado en las
presentes bases, debiendo mantener la continuidad de los mismos conforme a lo requerido.
10.1 De la Vacancia temporal del cargo contratado con persona jurídica
En caso de vacancia temporal del cargo, esto es, por un período igual o superior a 30 días
corridos, la entidad, deberá enviar mediante correo electrónico dirigido al encargado de
tratamiento regional, el Anexo 9A, comunicando dicha vacancia, dentro de los 5 días corridos
de acaecida. En tal caso, el formulario deberá contar con la siguiente información:
1. Nombre del Profesional;
2. Periodo de cese de funciones;
3. Profesional que suplirá el cargo con sus antecedentes académicos y profesionales;
Es importante señalar que, habida consideración de la especialidad del cargo, el profesional
suplente, deberá contar, al menos, con las mismas aptitudes y características académicas y
profesionales que el titular del cargo. Por lo anterior, recibido el formulario por el encargado de
tratamiento regional, este, podrá aprobarlo o rechazarlo, para lo cual, en el segundo caso, la
entidad deberá, dentro del plazo de 5 días hábiles, subsanar las observaciones o presentar otro
profesional que cumpla con los requisitos. Si el prestador no realiza lo indicado, se entenderá
por no presentado el formulario, transcurriendo los plazos para la aplicación de la multa
correspondiente.
10.2 De la vacancia definitiva del cargo con persona jurídica
La entidad, deberá enviar mediante correo electrónico dirigido al encargado de tratamiento
regional, el Anexo 9B comunicando la vacancia definitiva del cargo con la siguiente información:
1. Nombre del Profesional;
2. Periodo de cese de funciones;
3. Profesional suplente y/o definitivo que suplirá el cargo con sus antecedentes
académicos y profesionales;
Con todo, si la entidad, al momento de comunicar no cuenta con un profesional definitivo que
asuma el cargo, deberá informar al encargado de tratamiento regional de dicha situación,
presentado un plan de mitigación y estado de la ejecución de las obligaciones hasta el
momento, pudiéndose en tal caso, otorgarse a la entidad, un plazo extraordinario de 5 días
hábiles para presentar una propuesta de profesional, en calidad de titular del cargo.
Si el prestador no realiza lo indicado, se entenderá por no presentado el formulario,
transcurriendo los plazos para la aplicación de la multa correspondiente, pudiendo SENDA dar
término anticipado al contrato en caso de presentarse una nueva solicitud de vacancia
definitiva, para lo cual, el encargado de tratamiento regional o quien se designe, deberá
presentar un informe debidamente fundado, justificando tal decisión.
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