Licitación ID: 662237-15-LP26
Contratación servicio gestores de calidad
Fecha de Cierre: 29-04-2026 14:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
LS N°1 Psicólogo/a o Trabajador/a Social o Terapeuta Ocupacional. Región Tarapacá  

2
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
LS N° 2 Psicólogo/a o Trabajador/a Social o Terapeuta Ocupacional. Región Antofagasta  

3
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
LS N°1 Psicólogo/a o Trabajador/a Social o Terapeuta Ocupacional. Región Ñuble  

4
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
LS N°1 Psicólogo/a o Trabajador/a Social o Terapeuta Ocupacional. Región Aysén  

5
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
LS N°1 Psicólogo/a o Trabajador/a Social o Terapeuta Ocupacional. Región Magallanes  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Contratación servicio gestores de calidad
Estado:
Publicada
Descripción:
Se requiere la contratación del servicio de gestores de calidad, para llevar a cabo el proceso de acompañamiento de la mejora continua de la calidad de la atención, en los centros de tratamiento públicos y privados en convenio con senda, en base a los documentos y orientaciones técnicas, definidas por el área de tratamiento de SENDA
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SENDA NACIONAL
R.U.T.:
61.980.170-9
Dirección:
Agustinas 1235, piso 9
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-04-2026 14:00:00
Fecha de Publicación: 09-04-2026 13:24:24
Fecha inicio de preguntas: 09-04-2026 14:01:00
Fecha final de preguntas: 20-04-2026 14:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-04-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-04-2026 14:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-04-2026 14:01:00
Fecha de Adjudicación: 05-06-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Para postular, los oferentes además de su propuesta técnica deberán presentar una declaración jurada simple, distinguiendo si se trata de persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores, según a continuación se indica: Persona Natural: a) Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes y haber verificado su concordancia, así como también que todos los antecedentes presentados como parte de la oferta, son veraces y exactos, estando conforme con los términos de la presente licitación pública. Persona Jurídica: a) Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes y haber verificado su concordancia, así como también que todos los antecedentes presentados como parte de la oferta, son veraces y exactos, estando conforme con los términos de la presente licitación pública. Unión Temporal de proveedores: Deberán suscribir la respectiva declaración jurada todos los integrantes de la Unión temporal, sean personas naturales o jurídicas. Para facilitar el cumplimiento de este requisito administrativo, se adjuntan a las presentes bases el Anexo 3A modelo de declaración jurada simple de persona natural, y el Anexo 3B: modelo de declaración jurada simple de persona jurídica. La declaración jurada deberá ser ingresada como antecedente administrativo, digitalizados en formato PDF o Word, al portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación pública. De conformidad al artículo 180 letra d) del decreto 661; tratándose de Unión Temporal de Proveedores; si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. Así mismo; deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Asimismo, de acuerdo al art. 181 del Reglamento se establece: “el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Con todo, se hace presente que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol revisará que los oferentes se encuentren registrados en el "Registro de Proveedores", a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Se deja constancia, que se declararán inadmisibles las propuestas de aquellos oferentes que no se encuentren registrados en el mencionado registro, en conformidad con lo establecido en el art. 16 de la Ley 19.886. Con todo, se hace presente que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol consultará el listado de empresas condenadas por prácticas antisindicales y por infracción de derechos fundamentales del trabajador, publicado por la Dirección del Trabajo, declarándose inadmisibles las propuestas de aquellos oferentes que aparezcan condenados dentro de los anteriores dos años a la presentación de las mismas. Del mismo modo, quedarán excluidos de este proceso licitatorio aquellas personas naturales, jurídicas o UTP que se encuentren afectos a las siguientes inhabilidades: - Las indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. - Las inhabilidades establecidas en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quater y siguientes de la Ley 19.886. - Las indicadas en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N°21.595 sobre Delitos Económicos. - Si la entidad ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en los artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que indica - Si la entidad ha sido condenada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973.
Documentos Técnicos
1.- Se deberá presentar un formulario de presentación de propuesta técnica por cada línea de servicio a la que se postule. Para el caso que una persona jurídica o una unión temporal de proveedores quiera presentar ofertas en dos o más líneas de servicio o región, deberá presentar tantos formularios de presentación de propuesta técnica como ofertas y ellos deberán ser escaneados en un solo archivo para ser subido en el portal www.mercadopublico.cl No se podrá postular en un mismo formulario de presentación de propuesta técnica a diferentes líneas de servicios. Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl y dentro del plazo señalado en el número 3.7 de estas bases, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas, sin perjuicio de lo establecido 3.9 de las presentes bases. El formulario de presentación de la oferta deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación, debiendo denominarse dicho archivo adjunto como “Propuesta Técnica”. Para estos efectos, se deberá presentar el anexo 1, del acápite III, de estas bases, denominado “Formulario de Presentación de Propuesta Técnica”. La falta o no presentación del referido anexo, implicará declarar la inadmisibilidad de la respectiva oferta.
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos formales Remitirse al punto 5.4 de las presentes bases 3%
2 Cumplimiento del Programa de integridad Remitirse al punto 5.4 de las presentes bases 2%
3 Condiciones de empleo y remuneración Remitirse al punto 5.4 de las presentes bases 5%
4 Formación del Oferente Remitirse al punto 5.4 de las presentes bases 35%
5 Experiencia del Oferente Remitirse al punto 5.4 de las presentes bases 50%
6 Propuesta económica Remitirse al punto 5.4 de las presentes bases 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 200730000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 18 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería
e-mail de responsable de pago: TESORERIA@SENDA.GOB.CL
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA RUT 61.980.170-9
Fecha de vencimiento: 24-03-2028
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores y multas, e indicar el número de ID que identifica a la presente licitación a través del portal www.mercadopublico.cl, y la línea de servicio respectiva. En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que, junto con afianzar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se afianza el cumplimiento de obligaciones laborales y sociales; y el pago de multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del contrato. Tratándose de vale vista o depósito a la vista, no se requerirá glosa. Deberá presentar conjuntamente el Anexo Nº 8. En el caso de las pólizas de seguro, si en las condiciones generales no se establece expresamente su carácter irrevocable, dicha exigencia deberá ser incorporada en la glosa del referido instrumento.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía de fiel cumplimiento se realizará, una vez recibido conforme los servicios por parte de la contraparte técnica, y cumplido a satisfacción el contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
SERVICIOS REQUERIDOS
1.1 Requerimiento de compra El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, llama a licitación pública para contratar la compra de Servicios en asesoría en gestión de calidad, para llevar a cabo el proceso de acompañamiento de la mejora continua de la calidad de la atención, en los centros de tratamiento públicos y privados en convenio con SENDA, en base a los documentos y orientaciones técnicas, definidas por el Área de Tratamiento de SENDA. El servicio licitado consiste en un producto de asesoría técnica a equipos de centros de tratamiento, de los programas en convenio con SENDA, de las regiones que más adelante se individualizan, a desarrollarse en base a los lineamientos técnicos definidos por el Área de Tratamiento de SENDA, en conjunto con el Ministerio de Salud, y cuando corresponda, con el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, Gendarmería de Chile y Ministerio de Desarrollo Social. Lineamientos que describen los procesos de mejora continua y gestión de la calidad, velando por la equidad en el acceso, oportunidad y calidad de la atención en el tratamiento del consumo problemático de alcohol y otras drogas. En el marco de la presente licitación, se entenderá por asesoría técnica al proceso de monitoreo, acompañamiento y apoyo técnico directo, brindado a los equipos de los centros de tratamiento y sus programas, con el objetivo de promover en estos equipos la mejora de competencias técnicas, la implementación de intervenciones terapéuticas eficaces, fortaleciendo la organización de los programas de tratamiento y contribuyendo al mejoramiento continuo de la calidad de la atención brindada a las personas usuarias. El servicio a contratar considera la ejecución del mismo, principalmente a través de visitas programadas a los centros de tratamiento a su cargo, además, estas pueden complementarse con asesorías por vías remotas (videoconferencias, videollamadas, llamadas telefónicas y correos electrónicos, entre otros). La asesoría se orienta a: 1. Informar y capacitar a los equipos de los centros de tratamiento respecto a los contenidos de los lineamientos, las orientaciones técnicas y normativas vigentes emanadas desde el Área de Tratamiento de SENDA, del Ministerio de Salud y/o del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, Gendarmería de Chile, Ministerio de Desarrollo Social y Familia, cuando corresponda, en el ámbito del consumo problemático de sustancias y otras problemáticas de salud mental y en lo referente a los procesos de gestión de la calidad de la atención en salud. 2. Promover y optimizar con los equipos tratantes, los procesos de organización de los servicios y de gestión técnica - administrativa, orientados a la mejora continua de la calidad de la atención. 3. Velar por el cumplimiento de estándares de calidad en el funcionamiento de los centros de tratamiento, respecto a las condiciones de infraestructura y equipamiento, la composición del recurso humano destinado a la atención directa de personas usuarias, la oferta programática y las prestaciones mínimas esperadas, entre otras variables críticas del proceso de atención. 4. Orientar en la intervención de casos clínicos específicos, reforzando los procesos de diagnóstico y evaluación integral y la implementación de planes de tratamiento individualizado (PTI), potenciando el análisis clínico al interior de los equipos. 5. Promover en los equipos tratantes el resguardo de la continuidad de cuidados de las personas usuarias, fortaleciendo la coordinación intersectorial y el trabajo en red. 6. Fomentar en los equipos de los centros de tratamiento una cultura de la evaluación de sus procesos y resultados, que favorezca la mejora continua de la calidad y la generación de evidencia local. 7. Promover el oportuno y acucioso registro en Ficha Clínica, en el sistema de registro SISTRAT de SENDA y en otros sistemas que correspondan, fomentando la sistematización de la información, para el análisis, monitoreo y evaluación de procesos y resultados de tratamiento. 8. Acompañar y/o apoyar en la aplicación de instrumentos y/o procesos de evaluación técnica y de evaluación de resultados cuando corresponda. 9. Mantener coordinación con el equipo del área de tratamiento de la oficina regional participando de reuniones y actividades en conjunto. 10. Mantener coordinación con otras áreas de la oficina regional, en especial con el área de Integración Social para procesos continuos y articulados en beneficio de la recuperación de los y las usuarias en tratamiento. Para los efectos de la presente licitación, en la ejecución del servicio deberán considerarse los lineamientos y especificaciones técnicas contenidas en los documentos que se detallan a continuación: - Manual para el proceso de gestión de calidad. - Sistema Preventivo de Situaciones Críticas. - Manual SISTRAT. - Manual TOP. - Orientación para la intervención integral de personas en situación de calle que presentan consumo problemático de alcohol y otras drogas. - Orientaciones programa de tratamiento y rehabilitación para personas adultas con problemas derivados del consumo de alcohol y otras drogas. - Orientaciones técnicas para el tratamiento de niños, niñas y adolescentes con consumo problemático de alcohol y otras drogas. - Orientaciones técnicas. Tratamiento integral del consumo problemático de alcohol y drogas y otros trastornos de salud mental con adolescentes y jóvenes en el marco de la Ley 20.084. - Especificaciones Técnicas Libertad Vigilada. Los documentos mencionados son anexos de la presente licitación y serán aprobados por la respectiva resolución exenta que haga el llamado a licitación pública de este proceso. Esta resolución se tramitará una vez que sea tomada de razón la aprobación de las respectivas bases de licitación. Estos anexos serán adjuntados en el portal de mercado público en el mismo ID que identificará a la presente licitación una vez se realice el correspondiente llamado. Además de los documentos mencionados, elaborados por el Área de Tratamiento del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se pueden sumar otras directrices técnicas y normativas vinculadas a esta materia que emanen desde la autoridad sanitaria o desde este Servicio y que permitan fortalecer el trabajo de gestión de calidad. 1.2 De la modalidad de la licitación Se solicita realizar la presente licitación pública en la modalidad de adjudicación por línea de servicio. Al adjudicar la presente licitación en la modalidad de adjudicación por líneas, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, podrá seleccionar a varios proponentes, pero con las siguientes limitaciones, atendida la especial naturaleza del servicio objeto de la presente licitación: - Cuando se trate de una persona natural, que presente una oferta para prestar los servicios personalmente, solamente podrá adjudicarse una línea de servicio. - En el caso de personas jurídicas, podrán postular y adjudicarse una o más líneas de servicio, siempre que se proponga a una persona natural diferente por cada línea de servicio a la que se postula y cumpla con las condiciones técnicas requeridas. - En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), estas podrán postular y adjudicarse más de una línea de servicio, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento. Con todo, una misma UTP no podrá presentar ofertas que tengan por efecto que dos o más de sus integrantes resulten adjudicatarios de una misma línea de servicio, ya sea actuando dentro de la misma Unión o mediante ofertas paralelas que alteren la competencia. Cuando la UTP postule a más de una línea, deberá designar en su oferta, para cada línea, una persona natural distinta responsable de la ejecución del respectivo servicio, quien deberá cumplir íntegramente con los requisitos técnicos exigidos en las presentes bases. Dicha persona podrá corresponder a uno de los integrantes de la UTP, siempre que acredite el cumplimiento de las condiciones técnicas establecidas. En caso de que la UTP postule a una sola línea de servicio, deberá igualmente designar en su oferta a una persona natural responsable de la ejecución, quien deberá cumplir con las exigencias técnicas requeridas. La designación de dichas personas naturales formará parte integrante de la oferta técnica y será obligatoria para efectos de evaluación y eventual adjudicación. En razón de lo anterior, en el caso que postule una persona jurídica o una Unión Temporal de Proveedores, para efectos de la evaluación, se considerará la información de la entidad o del o la profesional que prestará el servicio según corresponda y como se señala en el punto 5.4 de las presentes bases. En suma, atendida la naturaleza del servicio a contratar objeto de la presente licitación, éste deberá prestarse por una sola persona natural por cada línea de servicio. 1.3 Líneas de servicio Para todos los efectos jurídicos, esta licitación está compuesta por las siguientes líneas de servicios (LS) y los respectivos montos máximos por año: * La nómina de programas y/o centros a asesorar para cada línea de servicio, se establecerá una vez adjudicada la presente licitación pública, y celebrado el contrato, de acuerdo a los requerimientos presentados por la o el encargado de tratamiento de la correspondiente Dirección Regional de SENDA. Con todo, señalar que, la cantidad de programas a asesorar en cada línea de servicio no podrá ser superior al número máximo establecido en el cuadro anterior. Sin perjuicio de lo anterior, SENDA podrá excepcionalmente, por razones calificadas y debidamente fundadas mediante acto administrativo, realizar reajustes con fechas distintas a las expresamente señaladas. Con todo, los recursos que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, destinará estarán sujetos a lo que establezca la Ley de Presupuesto para el Sector Público para el respectivo año. 1.4 Recursos disponibles Los recursos disponibles máximos por cada línea de servicio se encuentran desagregados por línea de servicio y año en el número 1.3. SENDA no entregará recursos adicionales a los mencionados, por lo que los recursos indicados deben cubrir todos los gastos asociados a la correcta realización de los productos solicitados. El monto anteriormente indicado podrá ser reajustado en diciembre de 2026, y comenzará a regir en el mes de enero de 2027. La cuantía de dicho reajuste será fijada en la época indicada previamente teniendo como factores referenciales la variación del factor de actualización del presupuesto del sector público anual y, especialmente, la disponibilidad presupuestaria de acuerdo a la Ley de Presupuesto del Sector Público del año correspondiente. Los reajustes serán notificados al prestador una vez totalmente tramitado el acto administrativo que los aprueba, sin la necesidad de modificar el contrato si se encontrase suscrito. Sin perjuicio de lo anterior, SENDA podrá excepcionalmente, por razones calificadas y debidamente fundadas mediante acto administrativo, realizar reajustes con fechas distintas a las expresamente señaladas. Se recuerda que, el presupuesto considera montos brutos, siendo responsabilidad exclusiva del oferente, considerar los eventuales impuestos a los que pudiera verse afecto, a la luz de las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420 y todo otro eventual hecho gravado que pudiera estar considerado en virtud de los servicios licitados.
DURACIÓN DE LOS SERVICIOS
2.1 Duración de los Servicios El plazo de ejecución se extenderá desde la fecha que indique el respectivo contrato y hasta el 31 de diciembre de 2027. Por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio desde la fecha de suscripción del respectivo contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo. Sin embargo, la fecha de inicio de los servicios no podrá ser anterior al 1 de mayo de 2026. 2.2. Prórroga SENDA podrá prorrogar los contratos provenientes de la presente licitación solo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación, o se defina una nueva modalidad de compra para este tipo de servicios, no pudiendo superar el 30% del total del contrato.
ASPECTOS GENERALES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que, cumpliendo los requisitos legales y aquellas condiciones señaladas en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas. 3.1 Encargado del proceso de licitación: El encargado del presente proceso de licitación pública es la jefatura de la Unidad de Adquisiciones de SENDA, o quien lo subrogue. 3.2 Encargado del contrato: El encargado del proceso de contratación será la jefatura del Área de Tratamiento, de SENDA, o quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, cada Dirección Regional, previa notificación al Área de Tratamiento, podrá designar a una persona para efectos de la ejecución del contrato. 3.3 Cómputos de plazos. Los plazos de la presente licitación son los que en cada caso se señalan, entendiéndose como días hábiles, de lunes a viernes, sin considerar los días sábados, domingos y festivos. En el caso que un plazo expire en día sábado, domingo o festivo el vencimiento se producirá al día hábil siguiente. 3.4 Etapas de la licitación pública. La presente licitación pública se realizará en una sola etapa, por lo que en el acto de apertura de las ofertas se procederán a abrir las ofertas técnicas y económicas. 3.5 Modificaciones a las bases El Servicio Nacional para Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá modificar las presentes bases de licitación hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán aprobarse por resolución fundada, la que deberá total tramitarse de acuerdo a las normas legales vigentes, incluyendo el trámite de toma de razón si procediere y publicarse en el www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica a la licitación pública. En caso de ser necesario, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol fijará, prudencialmente, un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones. 3.6 Cronograma de actividades ACTIVIDAD PLAZO Plazo para publicar las bases de licitación Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de la total tramitación de la respectiva resolución que realice el llamado a licitación Pública. La señalada resolución exenta será tramitada solo una vez que se haya total tramitado con anterioridad la resolución que apruebe bases de licitación ante Contraloría General de la República. Plazo para presentar propuestas 20 días corridos siguientes a la fecha de publicación de las bases de licitación en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 14:00 horas. Plazo para realizar consultas a las bases de licitación Hasta el día 10 corrido, contados desde la fecha de publicación de las presentes bases a través del portal www.mercadopublico.cl Respuesta a las consultas Hasta el día 4 hábil, desde la fecha de vencimiento para presentar consultas Apertura de las ofertas El día 20 corrido siguiente a la fecha de la publicación de las presentes bases, a las 14:01 hrs. Periodo de evaluación Dentro de los 15 días hábiles posteriores a la apertura de las ofertas. Adjudicación La adjudicación se realizará dentro de los 10 días hábiles siguientes a la realización de la evaluación de las ofertas. Presentación de antecedentes para la suscripción del contrato Dentro de los 20 días corridos siguientes a la fecha de la notificación de la resolución que adjudica la presente propuesta pública. Suscripción del contrato Dentro de los 20 días corridos contados desde la presentación de los antecedentes necesarios para la elaboración del contrato. 3.7 Forma de presentación de las ofertas Las ofertas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación dentro de los 20 días corridos contados desde la fecha de publicación de estas bases en el referido portal, hasta las 14:00 horas del trigésimo día. En caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl durante este periodo, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, excepcionalmente las ofertas podrán ser recibidas en soporte papel, en un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Regional correspondiente o la del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (calle Agustinas N° 1235, piso 7, Santiago Centro), de lunes a viernes entre las 9:00 y las 14:00 horas, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad del portal, en virtud de lo establecido en el N°3 del artículo 115 del Decreto Nº 661, del Ministerio de Hacienda, de 2024. Con todo, sólo se recibirán aquellas propuestas en soporte papel que adjunten un certificado de indisponibilidad del sitio emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública. 3.8 Fecha de recepción de ofertas La fecha de cierre de recepción de ofertas será el día del vencimiento del plazo para la presentación de las mismas, indicado en el número 3.7 precedente, a las 14:00 horas, el cuál será informado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica a la presente licitación pública, una vez publicadas las presentes bases en el referido portal. En caso de que el vencimiento del plazo recayera en día inhábil, o en un lunes, o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas, se postergará la fecha del cierre de recepción de ofertas para el día hábil siguiente, a la misma hora. 3.9 Número de ofertas Cuando el oferente sea una persona natural, se deberá presentar solamente una oferta por línea de servicio a la que postule, o solo una oferta por las líneas de servicio de la Región Metropolitana y Región de Valparaíso, en atención a que todas las líneas de servicio de estas regiones son iguales en cuanto a montos y cantidad máxima de programas a asesorar. Por lo tanto, se deja constancia que, respecto de las líneas de servicio de la Región Metropolitana y de la Región de Valparaíso, se podrá postular con una sola oferta para las líneas de servicio de dicha región. Si el oferente es una persona natural, y desea ofertar para alguna línea de servicio de la Región Metropolitana o de la Región de Valparaíso, al momento de presentar su oferta en la plataforma www.mercadopublico.cl deberá, seleccionar todas las líneas de servicio correspondientes a la región. Si una persona natural presenta más de una oferta en la plataforma de Mercado Público, este Servicio Público entenderá como válidamente presentada solo una oferta, que será la última oferta subida al portal. Una persona natural sólo podrá adjudicarse UNA línea de servicio. Cuando el oferente sea una persona jurídica o una Unión Temporal de Proveedores, podrá postular a más de una línea de servicio de la misma o de diferentes regiones. En el caso de una persona jurídica, ésta deberá señalar determinadamente las personas naturales que prestarán servicios para cada línea de servicio o región, según corresponda, en cuyo caso deberá presentar el Anexo 2, debidamente completado.
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las Bases Administrativas y Técnicas de la presente licitación pública, estarán a disposición de los interesados, en el sitio web www.mercadopublico.cl. 4.1 Consultas y aclaraciones Según lo indicado en el artículo N° 35 ter de la ley N° 19.886, los participantes o interesados en el proceso de licitación, sólo podrán formular sus consultas a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, correspondiente a la presente licitación, dentro de los 15 primeros días corridos desde publicadas las bases de licitación quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. La respuesta a todas las consultas se realizará a través del Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl dentro de los 4 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para presentar consultas o aclaraciones señalado en el número anterior. Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las bases de esta licitación. Se entenderá que las respuestas contribuyen a determinar el alcance y sentido de las Bases de licitación, por lo cual deberán ser consideradas por los oferentes para la presentación de sus ofertas. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, además, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases Administrativas y/o Técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales del presente llamado a licitación y en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. 4.2 Información General Toda oferta deberá incluir todos los antecedentes administrativos y los documentos de la propuesta técnica que se señalan en estas bases. Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los Anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato Word, en el portal www.mercadopublico.cl. Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha revisado y analizado todas las Bases Administrativas y Técnicas, sus anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de condiciones a toda la documentación referida y exigida para participar en dicho proceso. Por todo lo anterior lo hace responsable de todo lo propuesto en su oferta y susceptible de ser supervisado en el cumplimiento de la misma durante la vigencia del contrato si fuera el caso. La oferta que no cumpla con acompañar cualquiera de los requisitos administrativos exigidos en la forma prevista en el número 4.3 de estas bases de licitación, quedará sometida a lo establecido en el criterio de evaluación denominado cumplimiento de los requisitos formales. Será declarada inadmisible aquella propuesta que haya presentado datos no fidedignos que resulten determinantes en su oferta. 4.3 Antecedentes administrativos Para postular, los oferentes además de su propuesta técnica deberán presentar una declaración jurada simple, distinguiendo si se trata de persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores, según a continuación se indica: Persona Natural: a) Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes y haber verificado su concordancia, así como también que todos los antecedentes presentados como parte de la oferta, son veraces y exactos, estando conforme con los términos de la presente licitación pública. Persona Jurídica: a) Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes y haber verificado su concordancia, así como también que todos los antecedentes presentados como parte de la oferta, son veraces y exactos, estando conforme con los términos de la presente licitación pública. Unión Temporal de proveedores: Deberán suscribir la respectiva declaración jurada todos los integrantes de la Unión temporal, sean personas naturales o jurídicas. Para facilitar el cumplimiento de este requisito administrativo, se adjuntan a las presentes bases el Anexo 3A modelo de declaración jurada simple de persona natural, y el Anexo 3B: modelo de declaración jurada simple de persona jurídica. La declaración jurada deberá ser ingresada como antecedente administrativo, digitalizados en formato PDF o Word, al portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación pública. De conformidad al artículo 180 letra d) del decreto 661; tratándose de Unión Temporal de Proveedores; si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. Así mismo; deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Asimismo, de acuerdo al art. 181 del Reglamento se establece: “el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Con todo, se hace presente que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol revisará que los oferentes se encuentren registrados en el "Registro de Proveedores", a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Se deja constancia, que se declararán inadmisibles las propuestas de aquellos oferentes que no se encuentren registrados en el mencionado registro, en conformidad con lo establecido en el art. 16 de la Ley 19.886. Con todo, se hace presente que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol consultará el listado de empresas condenadas por prácticas antisindicales y por infracción de derechos fundamentales del trabajador, publicado por la Dirección del Trabajo, declarándose inadmisibles las propuestas de aquellos oferentes que aparezcan condenados dentro de los anteriores dos años a la presentación de las mismas. Del mismo modo, quedarán excluidos de este proceso licitatorio aquellas personas naturales, jurídicas o UTP que se encuentren afectos a las siguientes inhabilidades: - Las indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. - Las inhabilidades establecidas en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quater y siguientes de la Ley 19.886. - Las indicadas en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N°21.595 sobre Delitos Económicos. - Si la entidad ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en los artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que indica - Si la entidad ha sido condenada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973. 4.4 Garantía de seriedad de la oferta No se exigirá garantía de seriedad de la oferta en el presente proceso licitatorio, atendido que, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente, su requerimiento tiene carácter excepcional y debe fundarse en razones de interés público en licitaciones de determinado monto, circunstancias que en la especie no concurren. 4.5 Propuesta Técnica Se deberá presentar un formulario de presentación de propuesta técnica por cada línea de servicio a la que se postule. Para el caso que una persona jurídica o una unión temporal de proveedores quiera presentar ofertas en dos o más líneas de servicio o región, deberá presentar tantos formularios de presentación de propuesta técnica como ofertas y ellos deberán ser escaneados en un solo archivo para ser subido en el portal www.mercadopublico.cl No se podrá postular en un mismo formulario de presentación de propuesta técnica a diferentes líneas de servicios. Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl y dentro del plazo señalado en el número 3.7 de estas bases, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas, sin perjuicio de lo establecido 3.9 de las presentes bases. El formulario de presentación de la oferta deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación, debiendo denominarse dicho archivo adjunto como “Propuesta Técnica”. Para estos efectos, se deberá presentar el anexo 1, del acápite III, de estas bases, denominado “Formulario de Presentación de Propuesta Técnica”. La falta o no presentación del referido anexo, implicará declarar la inadmisibilidad de la respectiva oferta.
ADMISIBILIDAD Y EVALUACIÓN TÉCNICA
La apertura de las ofertas se realizará el mismo día del cierre de recepción de estas, referido en el numeral 3.7 de estas Bases, a partir de las 14:01 horas. Posteriormente se inicia la admisibilidad administrativa. 5.1 Admisibilidad Administrativa El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, antes de evaluar las ofertas técnicas, realizará una revisión de los antecedentes presentados por los oferentes, en la que verificará que se presenten los antecedentes mínimos exigidos en las presentes bases. En esta etapa, se revisará: 1. Presentación de “Formulario de presentación de propuesta técnica” (Anexo 1) 2. Presentación y pertinencia de declaración jurada (Anexo 3A - 3B) 3. Presentación y pertinencia de declaración jurada de inhabilidades (Anexo 5A - 5B) 4. En el caso de la UTP, revisará que se haya dado cumplimiento a la presentación del documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, conforme al 4.3 de las presentes Bases. No serán evaluadas técnicamente, aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos precedentemente, declarando en consecuencia, su inadmisibilidad. En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso. 5.2 Modalidad de Evaluación El proceso de evaluación será interno y se realizará en una sola etapa. Se evaluarán las propuestas técnicas presentadas por aquellos oferentes que hayan cumplido con presentar los antecedentes administrativos en la forma exigida en estas bases. Cada oferta relativa a una línea de servicio será evaluada de forma independiente. 5.3 Comisión Evaluadora Las evaluaciones serán realizadas por una comisión evaluadora integrada por, a lo menos, tres funcionarios del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Se deja constancia que, de acuerdo al art. 35 nonies de la Ley 19.886, toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él. Para ello los miembros de la comisión evaluadora deberán completar antes de evaluar el proceso licitatorio, la respectiva declaración jurada que la DCCP ha dispuesto para este caso. Para la presente licitación, la comisión evaluadora estará formada por los siguientes funcionarios: a) Jefe(a) de la División Programática del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quién éste(a) designe mediante memorándum interno debidamente firmado. b) Jefe(a) de la División de Administración y Finanzas del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quien éste(a) designe mediante memorándum interno debidamente firmado. c) Jefe(a) del Área de Tratamiento de la División Programática del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quien éste(a) designe mediante memorándum interno debidamente firmado. Además, un abogado de la División Jurídica de SENDA, actuará como ministro de fe de la comisión. En los casos en que corresponda podrá ser parte de la Comisión Evaluadora una persona contratada a honorarios, la cual tendrá la calidad de agente público, por lo que estará sujeto a responsabilidad administrativa en el ejercicio de sus funciones dentro de la comisión. En cualquier caso y conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley N°19.886, la Comisión Evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan funciones en SENDA Sin perjuicio de lo anterior, y en consideración al especial carácter técnico de los servicios que se licitan, la comisión evaluadora podrá ser asistida por un grupo de asesores de reconocido prestigio en las materias técnicas a revisar, dependientes del Ministerio de Salud. Serán funciones de la comisión evaluadora, las siguientes: 1. Determinar si las ofertas técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las bases. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta y dejar constancia en el acta final de evaluación a objeto que, posteriormente, se declare mediante el acto administrativo pertinente la inadmisibilidad de la oferta. 2. Evaluar las ofertas técnicas presentadas. 3. Solicitar a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, y solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta. 4. El acta de evaluación de la comisión evaluadora deberá referirse a las siguientes materias: a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. b) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. c) La proposición de declaración de líneas de servicio desiertas, cuando no se presentan ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgue que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de SENDA. d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. e) La puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas, y la proposición de adjudicación. 5.4 Criterios de Evaluación Considerando la información que las entidades consignen en el Anexo 1 Formulario de presentación de propuesta técnica, se evaluarán las propuestas de acuerdo a los criterios y ponderaciones establecidos a continuación: Criterio Subcriterio % Subítem % Ítem I Formación del Oferente a. Formación en temáticas de intervenciones terapéuticas en salud mental y/o en tratamiento de personas con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 50 35 b. Formación en temáticas de gestión de calidad en el ámbito sanitario. 50 II Experiencia del Oferente a. Experiencia en la ejecución de proyectos y/o programas de tratamiento por consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 20 50 b. Experiencia en docencia en educación superior y/o relatorías en temas de consumo problemático de alcohol y/u otras drogas y/o trastornos de salud mental. 30 c. Experiencia en gestión y/o asesoría de programas de la red pública y/o privada. 50 III Condiciones de empleo y remuneración a. Recurso humano contratado. 100 5 IV Cumplimiento de los requisitos formales 3 V Cumplimiento del Programa de integridad 2 VI Propuesta económica 5 Criterio I: Formación (35%) a. Formación en temáticas de intervenciones terapéuticas en salud mental y/o en tratamiento de personas con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. Si la entidad postulante es persona jurídica o unión temporal de proveedores, este subcriterio se evaluará en base a la información entregada del o la profesional que ejecutará directamente el servicio. Nivel de cumplimiento Puntaje El o la profesional evaluado ha completado formación de uno o más doctorados en temáticas de intervenciones terapéuticas en salud mental y/o de tratamiento de personas con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 100 El o la profesional evaluado ha completado formación en uno o más magíster en temáticas de intervenciones terapéuticas en salud mental y/o de tratamiento de personas con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 75 El o la profesional evaluado ha completado uno o más postítulos en temáticas de intervenciones terapéuticas en salud mental y/o de tratamiento de personas con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 50 El o la profesional evaluado ha completado uno o más diplomados en temáticas de intervenciones terapéuticas en salud mental y/o de tratamiento de personas con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 25 El o la profesional evaluado no ha completado doctorados, magíster, postítulos y diplomados en temáticas de intervenciones terapéuticas en salud mental y/o de tratamiento de personas con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas o, si la tiene, no la informa. 0 b. Formación en temáticas de gestión de calidad en el ámbito sanitario. Si la entidad postulante es persona jurídica o unión temporal de proveedores, este subcriterio se evaluará en base a la información entregada del o la profesional que ejecutará directamente el servicio. Los certificados de cursos que se acompañen en la postulación y que sean anteriores al 2020, no serán considerados. Nivel de cumplimiento Puntaje El o la profesional evaluado posee 130 horas o más certificadas, entre los años 2020 y 2025 en temáticas de drogas, intervenciones terapéuticas y/o en gestión de calidad, estas dos últimas, en el ámbito sanitario. 100 El o la profesional evaluado posee 100 horas o más y menos de 130 horas certificadas de capacitación entre los años 2020 y 2025 en temáticas de drogas, intervenciones terapéuticas y/o en gestión de calidad, estas dos últimas, en el ámbito sanitario. 75 El o la profesional evaluado posee 50 horas o más y menos de 100 horas certificadas de capacitación durante los años 2020 y 2025 en temáticas de drogas, intervenciones terapéuticas y/o gestión de calidad, estas dos últimas, en el ámbito sanitario. 50 El o la profesional evaluado posee menos de 50 horas certificadas de capacitación entre los años 2020 a 2025, en temáticas de drogas, intervenciones terapéuticas y/o gestión de calidad, estas dos últimas, en el ámbito sanitario. 25 El o la profesional evaluado no posee capacitación entre los años 2020 a 2025 en temáticas de drogas, intervenciones terapéuticas y/o gestión de calidad, estas dos últimas en el ámbito sanitario o, si la tiene, no la informa y/o no la acredita. 0 Criterio II: Experiencia del Oferente (50%) a. Experiencia en la ejecución de proyectos y/o programas de tratamiento por consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. Este subcriterio se evaluará en base a la información entregada de la entidad postulante, sea persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores. Nivel de cumplimiento Puntaje La entidad presenta experiencia igual o superior a 4 años en la ejecución de proyectos y/o programas de tratamiento por consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 100 La entidad presenta experiencia inferior a 4 años e igual o superior a 3 años en la ejecución de proyectos y/o programas de tratamiento por consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 75 La entidad presenta experiencia inferior a 3 años e igual o superior a 2 años en la ejecución de proyectos y/o programas de tratamiento por consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 50 La entidad presenta experiencia inferior a 1 año en la ejecución de proyectos y/o programas de tratamiento por consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 25 La entidad no presenta experiencia en la ejecución de proyectos y/o programas de tratamiento por consumo problemático de alcohol y/u otras drogas o, si la tiene, no la informa y/o no la acredita. 0 b. Experiencia en docencia en educación superior y/o relatorías en temas de consumo problemático de alcohol y/u otras drogas y/o trastornos de salud mental. Si la entidad postulante es una persona jurídica o unión temporal de proveedores, este subcriterio se evaluará en base a la información entregada del o la profesional que ejecutará directamente los servicios. Nivel de cumplimiento Puntaje El o la profesional evaluado posee experiencia como docente en educación superior en temas de consumo problemático de sustancias y/o trastornos de salud mental. 100 El o la profesional evaluado presenta experiencia como relator en tres o más actividades relativas a temáticas de trastornos en consumo problemático de sustancias y/o trastornos de salud mental. 75 El o la profesional evaluado presenta experiencia en dos relatorías en temáticas de trastornos en consumo problemático de sustancias y/o trastornos de salud mental. 50 El o la profesional evaluado presenta experiencia en una relatoría en temáticas de trastornos en consumo problemático de sustancias y/o trastornos de salud mental. 25 El o la profesional evaluado no presenta experiencia en docencia en educación superior y/o relatoría o, si la tiene, no la informa y/o no la acredita. 0 c. Experiencia en gestión y/o asesoría de programas de la red pública y/o privada. Si la entidad postulante es una persona jurídica o unión temporal de proveedores, este subcriterio se evaluará en base a la información entregada del o la profesional que ejecutará directamente los servicios. Nivel de cumplimiento Puntaje El o la profesional evaluado posee experiencia igual o superior a 3 años como coordinador o director técnico (no se considerarán los períodos de subrogancia) de programas de tratamiento de la red pública o privada, o en asesoría de programas públicos o privados en convenio con SENDA y/o con algún servicio de salud. 100 El o la profesional evaluado posee experiencia igual o superior a 2 años y menor a 3 años como coordinador o director técnico (no se considerarán los períodos de subrogancia) de programas de tratamiento de la red pública o privada, o en asesoría de programas públicos o privados en convenio con SENDA y/o con algún servicio de salud. 75 El o la profesional evaluado posee experiencia igual o superior a 1 año y menor a 2 como coordinador o director técnico (no se considerarán los períodos de subrogancia) de programas de tratamiento de la red pública o privada, o en asesoría de programas públicos o privados en convenio con SENDA y/o con algún servicio de salud. 50 El o la profesional evaluado posee experiencia inferior a 1 año como coordinador o director técnico (no se considerarán los períodos de subrogancia) de programas de tratamiento de la red pública o privada, o en asesoría de programas públicos o privados en convenio con SENDA y/o con algún servicio de salud. 25 El o la profesional evaluado no posee experiencia como coordinador o director técnico (no se considerarán los períodos de subrogancia) de programas de tratamiento de la red pública o privada, o en asesoría de programas públicos o privados en convenio con SENDA y/o con algún servicio de salud o, si la tiene, no la informa y/o no la acredita. 0 Criterio III: Condiciones de empleo y remuneración (5%) Si la entidad postulante es una persona jurídica o unión temporal de proveedores, este subcriterio se evaluará en base a la información entregada del profesional que ejecutará directamente los servicios. Este ítem se evaluará según la Información ingresada en el Anexo 12 en conjunto con los antecedentes solicitados. Equivale a un porcentaje del 5%. Asignación de puntajes: Si la entidad postulante es una persona jurídica o unión temporal de proveedores se deberá indicar en el correspondiente anexo el monto del pago destinado a la persona natural que ejecutará directamente el servicio (se deberá llenar el anexo indicando la persona que ejecutará el servicio en cada línea de servicio a postular). En caso de que el oferente sea una persona natural que desempeñará personalmente el servicio, deberá indicar en el anexo respectivo que ejecutará directamente el servicio y deberá indicar el monto correspondiente a su oferta económica. El puntaje de este criterio se calculará asignando 100 puntos a la oferta que destine el pago más alto a la persona natural (sea directamente o por línea de servicio en el caso de personas jurídicas o UTP) que ejecutará directamente el servicio por cada línea multiplicando cada valor por 100 y dividiendo el resultado por el monto del pago más alto. Si no indica información será asignada la oferta con 0 puntos. La forma de calcular el puntaje será la siguiente: Puntaje = (OPMA * 100) / OE OPMA: oferta que destine el pago más alto a la persona natural OE: es el precio de la oferta evaluada. 100: es el puntaje mayor. Criterio IV: Cumplimiento de los requisitos formales (3%) Nivel de cumplimiento Puntaje El Oferente cumple con todos los requisitos formales en la presentación de la oferta en los plazos establecidos para ello y no se le solicitan antecedentes conforme al art. 56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886. 100 No cumple con la presentación completa de los antecedentes, pero los acompaña con posterioridad, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales, conforme al art. 56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886. 50 No acompaña con posterioridad los documentos solicitados, conforme al art. 56 del Decreto N°661 Reglamento de la ley N°19.886, o lo acompañado no cumple con lo solicitado. 0 Criterio V: Cumplimiento del programa de integridad (2%) Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°6. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Lo antes mencionado de acuerdo a lo establecido en el Dictamen E370752N23 de la Contraloría General de la República, el 20 de junio de 2023. Las entidades deberán acompañar documentos que permitan verificar la existencia del programa de integridad y su difusión dentro de la empresa u organización. Se podrá verificar mediante cualquier documento, manual, circular, memorándum interno, correo electrónico o cualquier otro documento idóneo para dar cuenta de la implementación y difusión del señalado programa (en idioma español), se asignará puntaje 100 al oferente que cuente con dicho programa y acompañe los respectivos verificadores. En el caso que el servicio sea ejecutado directamente por personas naturales (Anexo 6), se evaluará la formación personal en cursos de perfeccionamiento, diplomados y/o capacitaciones en modalidad presencial y/o E-learning u otros documentos fidedignos en que conste que se han capacitado en integridad o compliance, se asignará puntaje 100 a la persona natural que cuente con la señalada formación y acompañe los verificadores de ello. Para dar cuenta de la implementación de un programa de integridad deberá completarse el anexo N° 6 y además acompañar en formato libre él o los documentos verificadores. En caso de que el oferente no cuente con un programa de integridad o este no haya sido difundido en el caso de las personas jurídicas y UTP, su oferta llevará por ello nota 0 en este criterio. Nivel de cumplimiento Puntaje Oferente cuenta con un programa de integridad conocido por su organización o en caso de las personas naturales cuenta con formación personal acreditada en materia de integridad o compliance. 100 Oferente no cuenta con un programa de integridad conocido por su organización o en caso de las personas naturales no se cuenta con formación personal acreditada en materia de integridad o compliance. 0 Para acreditar el siguiente criterio deberá adjuntar Copia de documentación o certificación de declaración jurada exigida en anexo 6, adjuntar Programa de integridad implementado en su organización y deberá adjuntar medios que acrediten la difusión entre el personal mediante cualquier documento, manual, circular, memorándum interno, correo electrónico o cualquier otro documento idóneo para dar cuenta de la implementación y difusión del señalado programa. Si los oferentes nada dicen al respecto a este criterio o no acompañan documentos para verificar su implementación se asignará la nota cero. Criterio VI: Propuesta económica (5%) El precio que señalen los oferentes en su Oferta Económica, a través del portal www.mercadopublico.cl, corresponderá al valor Total Neto (sin incluir impuestos), expresados en pesos chilenos. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá indicar en un archivo adjunto los valores ofertados neto y brutos totales, así como también el impuesto al cual se encuentra afecto. Para estos efectos los oferentes deberán presentar el anexo número 7 del acápite III de estas bases. La falta o no presentación del referido anexo, importará la declaración de inadmisibilidad de la respectiva oferta. Las ofertas económicas presentadas por un monto valor total bruto superior a las señaladas en el numeral 1.3 en la línea de servicio que se licita, no serán objeto de evaluación y serán declaradas inadmisibles por SENDA. Del mismo modo, no se admitirán ofertas inferiores al 90% del valor total bruto señalado en estas bases. La forma de calcular el puntaje económico será la siguiente: Puntaje económico = OPM * 100 OE OPM: es el precio menor de todas las ofertas evaluadas. OE: es el precio de la oferta evaluada. 100: es el puntaje mayor. 5.5 Errores, omisiones y aclaraciones La comisión evaluadora podrá solicitar a las entidades oferentes que salven errores u omisiones detectados durante la evaluación, o presenten certificaciones o antecedentes, según a continuación se indica: SENDA, podrá solicitar a los oferentes que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Además, la comisión evaluadora podrá solicitar a la entidad oferente la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación En todos los casos señalados, los oferentes tendrán un plazo de 3 días hábiles para enviar su respuesta a través del portal www.mercadopublico.cl, contados desde efectuado el requerimiento por el mismo medio. 5.6 Evaluación El puntaje final que los oferentes obtengan por línea de servicio será la suma de las ponderaciones obtenidas conforme a la evaluación señalada en el número 5.4 de estas bases. El puntaje final será con aproximación y se expresará con dos decimales. Cada oferta relativa a una línea de servicio será evaluada de forma independiente, sin perjuicio de lo indicado en el número 4.5. a) Descuento por comportamiento contractual Una vez obtenido los puntajes de los criterios de evaluación señalados en el numeral 5.4 de estas bases, se revisará el comportamiento contractual anterior del oferente, respecto de los contratos con la entidad licitante, durante los últimos 3 años contados desde la fecha de apertura de las propuestas de la presente licitación. De la revisión efectuada se realizará el descuento correspondiente al tipo de sanción que se detallará a continuación respecto del puntaje total obtenido en la etapa de evaluación. El mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar (en el total del puntaje obtenido en la etapa de evaluación de acuerdo a los criterios del N°5.4.) el puntaje indicado en la tabla siguiente por el número de sanciones recibidas por parte de la entidad licitante: Tabla de descuento por comportamiento contractual anterior (Cca): Sanción Disminución de puntaje por sanción Término anticipado total o parcial de contrato 20 puntos por cada vez que se haya establecido un término anticipado de contrato. Multas aplicadas en el período observado 10 puntos por cada ocasión en que se haya aplicado una multa. Amonestaciones aplicadas en el período observado 5 puntos por cada ocasión en que se haya amonestado a la entidad. Si en los últimos 3 años contados desde la fecha de apertura de las propuestas de la presente licitación, el oferente no ha suscrito convenio(s) previo(s) con SENDA no se aplicará descuento al puntaje obtenido en los criterios de evaluación. A modo de ejemplo: Un proveedor ha recibido un cobro de 2 multas y 1 amonestación en los últimos 3 años, el puntaje de descuento que recibe en este criterio es de 25 puntos. Este último puntaje (a modo de ejemplo: -25 puntos) se restará al puntaje total que haya obtenido el oferente en conformidad del N°5.4. b) Puntaje Final Una vez obtenido los puntajes de los criterios de evaluación: Formación del Oferente (FO); Experiencia del Oferente (ExO); Condiciones de empleo y remuneración (CER); Cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de la oferta (CRF); cumplimiento del programa de integridad (CPI); y oferta económica (OE) se sumarán los respectivos ponderadores para determinar el puntaje de evaluación. Una vez realizado esto se aplicará el descuento que corresponda de acuerdo al comportamiento contractual anterior del oferente, dando como resultado el puntaje final de la oferta, el cual se obtendrá según la siguiente fórmula: Puntaje Total Evaluación (PTE): (FO*0,35) + (ExO*0,50)+ (CER*0,05) + (CRF*0,03) + (OE * 0,05) + (CPI*0,02). El puntaje total de evaluación (PTE) será con aproximación y se expresará con dos decimales. Puntaje Final (PF): (PTE- puntaje de descuento (Cca)) Una vez obtenido el puntaje total de evaluación (PTE), se les revisará su comportamiento contractual anterior y se les aplicará las tablas de descuento por (Cca) dando como resultado el puntaje final de la evaluación de su oferta. El oferente que obtenga la más alta calificación que resulte de la suma de las notas finales obtenidas en la evaluación del cumplimiento de la propuesta técnica, requisitos formales, programa de integridad y aplicado el descuento por cumplimiento contractual anterior, será quien se adjudique la presente licitación. La evaluación se realizará dentro de los 15 días hábiles posteriores a la apertura de las ofertas. Por su parte el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, adjudicará la presente licitación, por la línea de servicio, a quien presente la mejor propuesta en la respectiva línea, dentro de los 25 días hábiles posteriores a la apertura de las ofertas. La adjudicación de la presente licitación pública se hará a través del correspondiente acto administrativo, el que será publicado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica la presente licitación, una vez que el mismo se encuentre totalmente tramitado. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, a través de acto administrativo fundado totalmente tramitado, podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, sus fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl. Con todo, sin perjuicio de lo dispuesto en la resolución que adjudique las líneas de servicio de la presente licitación, se deja constancia que, el servicio que se contraten con quienes resulten adjudicados, queda sujeta a la disponibilidad presupuestaria que establezca la Ley de Presupuestos para el sector público correspondiente a los años 2026, 2027 y 2028. 5.7 Mecanismo para dirimir empates En caso de que en una línea de servicio se verificase un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica: 1. Inicialmente se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la evaluación del subcriterio denominado “Experiencia en gestión y/o asesoría de programas de la red pública y/o privada”. 2. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio denominado “Formación en temáticas de intervenciones terapéuticas en salud mental y/o en tratamiento de personas con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas”. 3. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio denominado “Formación en temáticas de gestión de calidad en el ámbito sanitario”. 4. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio denominado “Experiencia en docencia en educación superior y/o relatorías en temas de consumo problemático de alcohol y/u otras drogas y/o trastornos de salud mental”. 5. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio denominado “Experiencia en la ejecución de proyectos y/o programas de tratamiento por consumo problemático de alcohol y/u otras drogas”. 6. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la evaluación del criterio “Propuesta Económica”. 7. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio denominado “Recurso humano contratado”. 8. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio denominado “Cumplimiento de los requisitos formales”. 9. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio denominado “Cumplimiento del programa de integridad”. 10. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el puntaje más bajo de descuento por cumplimiento contractual anterior. Finalmente, si, aplicados todos los criterios de desempate establecidos en las presentes bases, persistiere la igualdad, la adjudicación se resolverá en favor del oferente cuya oferta haya sido ingresada con anterioridad en el Portal de Compras Públicas, conforme al registro de fecha y hora que conste en dicho sistema. 5.8 Rechazo de las ofertas El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, declarará desierta la licitación o la línea de servicio respectiva, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del SENDA. En cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por acto administrativo fundado.
ADJUDICACIÓN
6.1 Selección del adjudicado Se entiende que presentó la mejor oferta quien obtenga el puntaje final más alto entre los oferentes de la línea de servicio en cuestión. Los oferentes que como personas naturales presenten ofertas en más de una línea de servicio deberán completar el respectivo anexo N°13 de priorización de adjudicación, el que servirá como referencia a la hora de adjudicar. Esto por cuanto, de acuerdo con el N°1.9 en relación con el 3.9 de estas bases, los oferentes que sean personas naturales solo podrán resultar adjudicados en una línea de servicio, por lo tanto, en caso de tener puntaje suficiente para adjudicar en más de una línea, SENDA revisará la selección de prioridad señalada por el oferente en el respectivo anexo para indicar en cuál línea deberá ser adjudicado; procediendo a correr la lista de puntajes en aquellas líneas en que teniendo puntaje suficiente no sé pueda adjudicar por ya haber sido seleccionado en otra línea, pasando a ocupar el lugar el oferente que, según el acta final de evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final si dicha oferta es conveniente a los intereses del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol y así sucesivamente, hasta completar los cupos a adjudicar o la línea, según corresponda. Si no hubiera otras ofertas convenientes a los intereses del servicio, se declarará desierta la línea de servicio respectiva, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con la Administración del Estado, que desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el contrato respectivo, se adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final si dicha oferta es conveniente a los intereses del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o bien, se declarará desierta la línea de servicio respectiva, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. 6.2 Causales para dejar sin efecto la adjudicación El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, por las siguientes causales: a. Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el número 7.2 de estas bases. b. Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos señalados en el número 7.3 de las presentes bases. c. Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo señalado en el número 7.4 de las presentes bases. d. Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal a SENDA, se desistiera de su oferta. e. Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro del plazo establecido en el número 7.5 de las presentes bases. f. Si el oferente cuya oferta haya sido adjudicada, ha presentado datos inexactos o no fidedignos en su oferta. De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol adjudicará al oferente que, según el acta de evaluación final, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final en la línea de servicio respectiva, si dicha oferta es conveniente para los intereses de SENDA, o declarará desierta dicha línea de servicio, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
CONTRATACIÓN
7.1 Del Contrato Se celebrará un contrato de prestación de servicios, con cada uno de los adjudicatarios, dentro de los 20 días corridos contados desde la presentación de los antecedentes necesarios para la elaboración del contrato. El encargado de la ejecución técnica del presente contrato será el/la Jefe(a) del Área de Tratamiento e Intervención del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. 7.2 Inhabilidades para contratar No podrán celebrar el contrato respectivo los oferentes que presenten alguna de las siguientes inhabilidades: a. Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quater de la Ley 19.886. b. Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 19.886. c. Las personas naturales que sean funcionarios directivos del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. d. Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales; ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. e. Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los delitos que indica f. Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N°211 de 1973. g. Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos. Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades o prohibiciones indicadas, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol adjudicará, en la línea de servicio correspondiente, al oferente que según el acta de evaluación final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final si dicha oferta es conveniente para los intereses del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o declarará desierta la licitación o la línea de servicio, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso. 7.3 Requisitos para contratar Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar, en el plazo de 20 días corridos contados desde la notificación de la resolución que adjudica la presente propuesta pública, la documentación que a continuación se indica para suscribir el contrato respectivo: (1) Todos los oferentes: a. Encontrarse inscrito y hábil en registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Públicas. b. Acompañar una declaración jurada en la que el adjudicatario señale si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con aquellos trabajadores contratados en los dos últimos dos años. Para facilitar el cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N°4A en caso de Persona Natural y Anexo N°4B en caso de ser persona jurídica: modelo de declaración jurada simple sobre deudas laborales o previsionales dependiendo de si el oferente seleccionado es persona natural o jurídica, respectivamente. Si el oferente registra o declara saldos insolutos, éste deberá señalar el monto al que asciende la deuda y los antecedentes que justifiquen el monto de la misma, para efectos de lo dispuesto en el párrafo tercero del número 6.5 de estas bases. Para facilitar el cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N°4C c. Garantía de fiel cumplimiento del contrato en los términos del número 7.6 de estas bases. (2) Documentos para persona natural: a. Fotocopia simple de su cédula nacional de identidad. b. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para contratar. Para facilitar el cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N° 5A: Modelo de declaración jurada simple. (3) Documentos para persona jurídica nacional (Incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada): a. En el caso de las Sociedades: a.1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Registro de Comercio que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado de estatuto actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad competente. a.2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado vigencia, emitido por la entidad competente. a.3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, o por la autoridad facultada para ello. a.4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad. a.5. Fotocopia simple de la cédula de identidad de él o los representantes legales. a.6. Declaración jurada de que, tanto el representante legal como la entidad que representa, no están afectos a las inhabilidades para contratar. Para facilitar el cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N°5B : Modelo de declaración jurada simple. b. En caso de las Fundaciones y las Corporaciones: b.1. Entidades constituidas conforme al Decreto 110, de 1979 del Ministerio de Justicia: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública. b.2. En entidades constituidas conforme a la ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante ministro de fe, y debidamente autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los términos establecidos por el artículo 548 del Código Civil. b.3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. b.4. Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial. b.5. Certificado de vigencia con nómina de directorio. b.6. Documento que acredite la personería del representante legal, autorizado para suscribir contratos. b.7. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad. b.8. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes legales de la entidad. b.9. Declaración jurada de que, tanto el representante legal como la entidad que representa, no están afectos a las inhabilidades para contratar. Para facilitar el cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N° 5B: Modelo de declaración jurada simple. (4) Documentos para persona jurídica extranjera: a. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. b. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, R.U.T de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, R.U.T de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases. c. Deberá designar domicilio en Chile. d. Si se trata de una sociedad anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046. (5) Unión Temporal de Proveedores En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada uno de sus integrantes deberá cumplir individualmente con los requisitos generales establecidos en el numeral precedente, especialmente: a) Encontrarse inscrito y hábil en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Públicas; b) Acompañar la declaración jurada sobre deudas laborales o previsionales, según corresponda a su naturaleza jurídica; c) Cumplir con las exigencias relativas a inhabilidades establecidas en la normativa vigente. La Unión Temporal de Proveedores deberá constituirse exclusivamente para el presente proceso de compra y su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo sus eventuales renovaciones o prórrogas. El acuerdo que formaliza la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública. No obstante, cuando el monto total adjudicado sea inferior a 1.000 unidades tributarias mensuales, dicho acuerdo podrá constar en instrumento público o privado, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 19.886 y adjuntarse al momento de la presentación de la oferta. Dicho instrumento deberá contener, a lo menos: 1. La identificación de todos sus integrantes; 2. La designación de un representante o apoderado común, con facultades suficientes para actuar durante el proceso y ejecución contractual; 3. La responsabilidad solidaria de todos sus integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad. La garantía de fiel cumplimiento del contrato en si corresponde, deberá otorgarse a nombre de la Unión Temporal de Proveedores, indicando expresamente la responsabilidad solidaria de sus integrantes. Los integrantes de una UTP no podrán participar, individualmente o integrando otra Unión, en el mismo proceso de compra. Se deja constancia que, el presente proceso de licitación no corresponde a un procedimiento de contratación para la innovación ni de diálogo competitivo, por lo tanto, las Uniones Temporales de Proveedores deberán estar conformadas exclusivamente por empresas de menor tamaño, conforme a lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento de la Ley N° 19.886. En todos los casos, no se exigirá la presentación de los documentos señalados cuando se encuentren digitalizados y vigentes en el Registro de Proveedores. Con todo, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá requerir toda la información legal adicional a que haya lugar en protección de sus intereses y podrá solicitar, especialmente, los documentos auténticos o debidamente autorizados. Además, SENDA se reserva el derecho de revisar la pertinencia y legalidad de todos los antecedentes recabados durante el proceso de licitación. 7.4 Presentación de Antecedentes Los antecedentes requeridos para la suscripción del contrato, señalados en el número 7.3, deberán ser presentados en la Unidad de Gestión Documental (oficina de partes) del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 7, comuna de Santiago, en la oficina regional correspondiente al domicilio del oferente. Dicha oficina regional de SENDA deberá remitir los antecedentes a más tardar el día hábil siguiente al Servicio Nacional. Los antecedentes podrán ser enviados de manera virtual solamente mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual 7.5 Formalización del contrato. El adjudicado deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 20 días corridos contados desde la presentación de los antecedentes necesarios para la elaboración del contrato. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta, y adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, en la línea de servicio correspondiente o declarará desierta la licitación en la línea de servicio respectiva, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. 7.6 Garantía de Fiel Cumplimiento Una vez notificado al oferente la adjudicación, y en el caso de que el contrato final del oferente supere los 1000 UTM, éste deberá, dentro de 15 días corridos a contar de dicha notificación, presentar una caución o garantía pagadera a la vista, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, tomada por él o por un tercero, con el carácter de irrevocable, a objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, con una vigencia que exceda en, al menos, 60 días hábiles después de la finalización del contrato. Esta caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, Rut 61.980.170-9, por un monto mínimo del 5% (cinco por ciento) del precio final neto ofertado por el adjudicatario, considerando la o las líneas adjudicadas de acuerdo al número 1.3 de las presentes bases de licitación. En el caso en que la garantía sea una póliza de seguro o certificado de fianza y esté expresada en Unidades de Fomento, se calculará su valor en pesos chilenos al día de su emisión. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato será pagadera a la vista, con carácter de irrevocable. Tratándose de una boleta bancaria, es necesario que en dicho documento se indique la individualización del oferente seleccionado. La garantía deberá señalar que se encuentra tomada como Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, y las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores y multas, e indicando ID que identifica a la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl, señalando además la o las líneas de servicio garantizada por la misma. En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que junto con afianzar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se afianza el cumplimiento de obligaciones laborales y sociales, y el pago de multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del contrato suscrito. Cuando se acompañe una póliza de seguro, ésta deberá excluir las cláusulas de arbitraje. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Cuando se trate de garantías electrónicas, podrá ser enviados de manera virtual solamente mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual y dentro del plazo de 15 días corridos a contar de la notificación de la adjudicación. En el caso que la garantía consista en un Depósito a la vista o Vale Vista, se deberá presentar conjuntamente con éste el Anexo Nº 8B. Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato es otorgada en el extranjero, el emisor del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena. Si en el documento en que consta la garantía no alcanza a escribirse el nombre de Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, R.U.T. 61.980.170-9, este se podrá abreviar, señalando el R.U.T. 61.980.170-9. Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso el SENDA adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación o la línea respectiva, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. Tipo de documento Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter irrevocable Beneficiario Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA RUT 61.980.170-9 El nombre podrá abreviarse, pero siempre deberá indicarse el RUT. Vigencia mínima Vigencia mínima de 60 días hábiles después de la finalización del contrato. Monto Deberá ser equivalente a al menos el 5% (cinco) del precio final neto ofertado por el adjudicatario. Expresada en Pesos chilenos (En el caso en que la garantía esté expresada en Unidades de Fomento, se calculará su valor en pesos chilenos al día de su emisión.) Glosa Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores y multas, e indicar el número de ID que identifica a la presente licitación a través del portal www.mercadopublico.cl, y la línea de servicio respectiva. En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que, junto con afianzar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se afianza el cumplimiento de obligaciones laborales y sociales; y el pago de multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del contrato. Tratándose de vale vista o depósito a la vista, no se requerirá glosa. Deberá presentar conjuntamente el Anexo Nº 8. En el caso de las pólizas de seguro, si en las condiciones generales no se establece expresamente su carácter irrevocable, dicha exigencia deberá ser incorporada en la glosa del referido instrumento. La devolución de la garantía de fiel cumplimiento se realizará, una vez recibido conforme los servicios por parte de la contraparte técnica, y cumplido a satisfacción el contrato. 7.7 De la aprobación del contrato. El contrato que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total tramitación de dicho acto administrativo. Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio desde la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo. No obstante, lo anterior, la fecha de inicio de los servicios no podrá ser anterior al 1 de enero de 2026. En ningún caso el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará los servicios otorgados mientras no esté totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato. 7.8 Duración del servicio. El plazo de ejecución del servicio se extenderá desde la fecha que indique el respectivo contrato, y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2027. Durante este período, el contratista deberá realizar la actividad correspondiente a la línea de servicio que haya resultado adjudicado, según se detalle en el contrato respectivo.
DEL PAGO, LOS INFORMES DE EJECUCIÓN REQUERIDOS Y EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS MISMOS
8.1 Del pago El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol pagará a los adjudicatarios las acciones de gestión de calidad a que se refiere el número 1.1. de estas bases, según la línea de servicio que corresponda. De acuerdo a lo señalado en el numeral 1.3, cada línea de servicio tendrá un monto total máximo a financiar por todo el período del contrato de $44.160.600.- Cada línea de servicio se pagará en 11 cuotas, a contar de la total tramitación del contrato. Para el año 2026, se consideran cinco (5) cuotas iguales, con un monto máximo a financiar de $20.073.000.- Para el año 2027, se pagarán seis (6) cuotas iguales, con un monto máximo a financiar de $24.087.600.- Cada cuota se pagará, previa presentación y aprobación de un informe: - La primera cuota se pagará 15 días corridos a contar de la total tramitación del contrato, previa entrega de un informe inicial. - Las 9 cuotas siguientes se pagarán previa presentación y aprobación de informe de ejecución, de acuerdo al plan de trabajo y las fechas indicadas en la siguiente tabla: Año Tipo de Informe Plazo de entrega del Informe 2026 Informe 1 Inicial Plan de trabajo 15 días corridos desde la total tramitación del contrato Informe 2 de Ejecución 10 de julio Informe 3 de Ejecución 10 de septiembre Informe 4 de Ejecución 10 de noviembre 2027 Informe 5 de Ejecución 10 de enero Informe 6 de Ejecución 10 de marzo Informe 7 de Ejecución 10 de mayo Informe 8 de Ejecución 10 de julio Informe 9 de Ejecución 10 de septiembre Informe 10 de Ejecución 10 de noviembre Los informes deberán ser entregados en las fechas detalladas en el cuadro anterior, a través de ventanilla única (https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual), además el oferente deberá entregar la correspondiente boleta o factura cuando el informe sea aprobado por la contraparte técnica, de acuerdo al 8.2. Todas las boletas o facturas deben ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT N° 61.980.170-9. El incumplimiento de esta obligación por parte del contratista dará derecho a dar por terminado anticipadamente el respectivo contrato, pudiendo llamar a una nueva licitación. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas o boletas y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos que corresponda efectuar durante el año 2027 estarán condicionados a que la Ley de presupuestos del referido año, contemple los recursos necesarios al efecto. Se deja expresa constancia que si el adjudicatario declara que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de la ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Para estos efectos, en este plazo, deberá presentar los comprobantes de pagos que demuestren fehacientemente el total cumplimiento de la obligación. 8.2 De los informes de ejecución y aprobación de los mismos. En cuanto al contenido de los informes: El informe inicial, deberá contener, a lo menos: - Diagnóstico de la situación de los centros o programas que la oficina regional de SENDA le ha asignado para asesorar: revisión de planes de asesoría anteriores, análisis de resultados de aplicación de pauta de evaluación técnica, fichas de monitoreo y planes de mejora, revisión de registros SISTRAT, reuniones de traspaso de información en temáticas abordadas en el período anterior de asesoría, y otros insumos relevantes para la elaboración del plan de asesoría de cada centro. - Plan de gestión de calidad para el año 2026, incorporando propuestas de temas para abordar y propuesta de calendarización de visitas de asesoría a cada centro o programa asignados. Los informes de ejecución, es decir, desde el informe 2 al informe 10, deberán elaborarse de acuerdo al formato establecido en el Anexo 11 e incluir a lo menos: - Descripción de las actividades realizadas durante el período con los centros asignados, intersector y con miembros de la oficina regional de SENDA. - Metodología utilizada para cada actividad. - Fecha de realización de cada actividad. - Participantes de cada actividad. - Compromisos suscritos en las actividades, si correspondiera. - Sugerencias o recomendaciones para el mejor funcionamiento del servicio prestado. Además de lo anterior, los siguientes informes de ejecución deben incorporar específicamente lo siguiente: - Informe 2 de ejecución, que se presenta, a más tardar, el 15 de mayo de 2026: ○ Entrega de los planes de trabajo para el año 2026 de cada uno de los programas asesorados. - Informe 6 de ejecución, que se presenta, a más tardar, el 15 de enero de 2027: ○ Evaluación general del plan de gestión de calidad de 2026. ○ Plan de gestión de calidad para el año 2027, incorporando propuestas de temas para abordar y propuesta de calendarización de visitas de asesoría a cada centro o programa asignado. - Informe 7 de ejecución, que se presenta, a más tardar, el 15 de marzo de 2027: ○ Entrega de la evaluación de cumplimiento de los planes de trabajo del año 2026 de cada uno de los centros o programas asesorados. ○ Entrega de los planes de trabajo para el año 2027 de cada uno de los programas asesorados. Además, se deberá adjuntar a cada informe los productos elaborados en el periodo cuando corresponda (plan de asesoría, actas de visitas, actas de reunión de coordinación con encargado de tratamiento de SENDA, u otros Para lo anterior se deben utilizar los formatos que se proporcionará el Área de Tratamiento una vez iniciada la gestión. Además de los informes inicial y de ejecución, la Entidad deberá presentar un informe final, a más tardar el 31 de diciembre del 2027, el que debe contener a lo menos: - Evaluación del plan de gestión de calidad 2027. - Evaluación de cumplimiento de los planes de trabajo del año 2027 de cada uno de los centros o programas asesorados. - Sugerencias para dar continuidad a la asesoría de cada uno de los centros o programas asesorados. - Los verificadores, en formato virtual, de las actividades realizadas en el período total del contrato, incluyendo los correspondientes al anexo 10 de Monitoreo y seguimiento de la ejecución del servicio Gestor/a de Calidad. Los informes deberán ser aprobados por SENDA, de acuerdo al procedimiento que se describe a continuación. Una vez presentados los respectivos informes, SENDA, a través de la Contraparte Técnica, dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para hacer observaciones, contados desde que éste haya sido recibido por parte de este Servicio. Si dentro de dicho plazo, la Contraparte Técnica de SENDA no formula observaciones, éste se tendrá por aprobado. En caso de realizarse observaciones, el proveedor tendrá el mismo plazo anterior (5 días hábiles) para contestar las observaciones y corregir el referido informe, atendiendo a las indicaciones presentadas por el Servicio. Ante la entrega del nuevo informe o de la carta de contestación a las observaciones, se seguirá el mismo procedimiento establecido en el párrafo anterior. Con todo, en el evento que hayan transcurrido 40 días desde la primera presentación del respectivo informe y se mantengan las observaciones formuladas por SENDA, el informe será rechazado definitivamente y SENDA se encontrará facultado para poner término anticipado al presente convenio. Sin perjuicio a los plazos antes señalados, SENDA podrá prorrogar los mismos a petición de la contraparte o por necesidad del Servicio, notificando tal circunstancia al proveedor del servicio. 8.3 Contraparte Técnica La labor de Contraparte Técnica de SENDA será realizada por la o el encargado de tratamiento regional de SENDA respectivo, o quien subrogue a éste. Serán funciones de esta Contraparte Técnica, entre otras, las siguientes: a) Revisar y aprobar los informes a que se refiere el número 8.2 de estas bases, planteando al oferente las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes, certificando la recepción conforme de éstos. b) Colaborar y asistir al profesional en el ámbito de sus competencias. c) Supervisar y controlar el desarrollo del servicio, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos y de los servicios contemplados. d) Solicitar en cualquier momento, información acerca de las actividades realizadas.
DEL CONTRATO
9.1 Cesión de contrato Bajo ninguna circunstancia podrá el o los adjudicatarios ceder parcial o totalmente a un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación. 9.2 Modificación Del Contrato Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, estima necesario realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, en cuanto a la calidad o cuantía de los mismos, las que por su magnitud representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario, se evaluará y propondrá al mismo la eventual modificación del contrato, incluyendo las prestaciones y precio, no pudiendo exceder éste último del 30% al originalmente propuesto. Toda modificación de contrato deberá ser aprobada mediante el correspondiente acto administrativo, totalmente tramitado. Con todo, ninguna de estas modificaciones podrá desnaturalizar los servicios licitados y adjudicados. 9.3 EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases de licitación, en el contrato, u otro instrumento vinculante para la ejecución del servicio contratado, el Servicio Nacional para la prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá aplicar al prestador, las sanciones de amonestación, multa y/o término anticipado. Teniendo en consideración que el prestador es evaluado cada 3 o 6 meses por la prestación de sus servicios, las causales de amonestación y multas se encuentran vinculadas al puntaje obtenido en las evaluaciones. Asimismo, algunas causales de término anticipado de contrato también se encuentran vinculadas al puntaje obtenido. Así, de acuerdo a la pauta de evaluación de la ejecución del servicio especializado que consta en el anexo N°10 de las presentes bases, existen 8 diferentes criterios que se evalúan de acuerdo al cumplimiento de condiciones indicadas en el mismo instrumento. Los criterios señalados se pueden evaluar con puntajes 1, 2, 3 o 4, siendo el puntaje “1” un cumplimiento muy deficiente y el puntaje “4” un cumplimiento excelente. Explicado lo anterior, solo se aplica sanción a la obtención de un criterio en puntaje 1 y/o 2, de acuerdo a lo que se indica a continuación: Criterio Puntaje 1 Puntaje 2 1. Plan anual de trabajo de cada centro asesorado Menos del 60% de los centros asesorados no cuentan con el plan anual de trabajo actualizado Entre el 60% y 79% de los centros asesorados cuentan con el plan anual de trabajo actualizado 2. Gestión de la calidad Menos del 40% de los centros presentan asesoría en la utilización de al menos 2 de los siguientes instrumentos metodológicos de gestión de la calidad 1. Ficha de monitoreo de resultados, 2. Ciclo de mejoramiento continuo, 3. Satisfacción usuaria, 4. pauta de evaluación técnica Entre el 40% y 59% de los centros presentan asesoría en la utilización de al menos 2 de los siguientes instrumentos metodológicos de gestión de la calidad 1. Ficha de monitoreo de resultados, 2. Ciclo de mejoramiento continuo, 3. satisfacción usuaria, 4. pauta de evaluación técnica 3. Asesoría clínica: Evaluación Integral, Planes de Tratamiento Individualizado (PTI) y análisis clínico Menos del 40% de los centros asesorados cuentan con asesoría clínica, en relación a: - Evaluación integral, - PTI y - Análisis clínico. Entre el 40% y 59% de los centros asesorados cuentan con asesoría clínica, en relación a: - Evaluación integral, - PTI y - Análisis clínico. 4. Gestión de la información y registros Menos del 40% de los centros son: - Monitoreados a través de SISTRAT de manera continua, a lo menos una vez al mes, - Monitoreados respecto del registro oportuno en Ficha Clínica - Asesorados en el uso de la información de SISTRAT para la evaluación de procesos y resultados, a lo menos dos veces al año. Entre el 40% a 59% de los centros son: - Monitoreados a través de SISTRAT de manera continua, a lo menos una vez al mes, - Monitoreados respecto del registro oportuno en Ficha Clínica, - Asesorados en el uso de la información de SISTRAT para la evaluación de procesos y resultados, a lo menos dos veces al año. 5. Cumplimiento de asesorías programadas (*) No cumple con 3 o más de las asesorías programadas y no justifica (**). No cumple con 2 de las asesorías programadas y no justifica (**). 6. Información de actividades El 30% o más de las actividades programadas en el período evaluado no ha sido informado al encargado de tratamiento regional. Entre el 29% y 20% de las actividades programadas en el período evaluado no ha sido informado al encargado de tratamiento regional. 7. Participación en instancias de coordinación y capacitación desarrolladas por SENDA y previamente convocadas Participa en menos del 60% de las reuniones, jornadas e instancias de capacitación, desarrollados por SENDA y previamente convocadas. Participa entre el 60% y 74% de las reuniones, jornadas e instancias de capacitación, desarrollados por SENDA y previamente convocadas. 8. Procedimiento Alertas Preventivas (revisa dotación de recurso humano, registro SISTRAT e infraestructura del programa). Aplica el procedimiento de alertas preventivas en menos del 40% de las visitas realizadas a los centros asesorados. Aplica el procedimiento de alertas preventivas entre el 40%y 59% de las visitas realizadas a los centros asesorados. 9.3.1. AMONESTACIÓN Por amonestación debe entenderse la advertencia que se realiza al contratista, en virtud de la cual se le representa un hecho reñido con la fiel ejecución del contrato y donde se le insta a la enmienda de la conducta, conminándolo con la advertencia de una sanción mayor en el evento de reincidir. SENDA podrá amonestar por escrito al contratista en el evento de dar cumplimiento tardío a la entrega de los informes, con un máximo de 5 días hábiles desde el vencimiento de los plazos establecidos en el artículo 8.1. “Del pago”, de las presentes Bases. Causales de amonestación a) Cuando, en una misma evaluación, el prestador obtenga puntaje 1 en uno o dos criterios. b) Cuando, en una misma evaluación, el prestador obtenga puntaje 2 en uno, dos o tres criterios. 9.3.2.- MULTAS: El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol cobrará una multa de 10 UF al contratista con quien celebre el contrato, relacionadas con incumplimientos de las obligaciones contempladas en el contrato, aplicables en los siguientes casos: a) Si en una misma evaluación el prestador presenta 3 a 5 criterios con puntaje 1. b) Si en una misma evaluación el prestador presenta 4 o más criterios con puntaje 2. c) Si en una 2da evaluación el prestador tiene 1 o 2 criterios con puntaje 1. d) Si en una 2da evaluación el prestador tiene de 1 a 5 criterios con puntaje 2. e) Si en una 3era evaluación el prestador tiene de 1 a 3 criterios con puntaje 2. En todo caso, el monto total acumulado de las multas que se impongan durante la vigencia contractual no podrá exceder del treinta por ciento (30%) del precio total del contrato, de conformidad con el artículo 136 del Reglamento de la Ley N° 19.886. 9.3.3. TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación para el Consumo de Drogas y Alcohol podrá poner término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que acaeciere alguna de las siguientes circunstancias: a) Si en una misma evaluación el prestador presenta 6 o más criterios en puntaje 1. b) Si en una segunda evaluación el prestador presenta de 3 a 5 criterios en puntaje 1. c) Si en una segunda evaluación el prestador presenta de 6 a 8 criterios en puntaje 2. d) Si en una tercera evaluación el prestador presenta de 1 o 2 criterios en puntaje 1 e) Si en una tercera evaluación el prestador presenta de 4 o 5 criterios en puntaje 2 f) Por incumplimiento grave, debidamente calificado de obligaciones esenciales del servicio contratado, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA) podrá poner término anticipado al contrato, mediante acto administrativo fundado únicamente en los siguientes casos:  f1) Si el prestador se niega a ejecutar o no ejecuta instrucciones técnicas impartidas por escrito por SENDA, destinadas a corregir una situación crítica que comprometa la oportuna entrega de herramientas al equipo técnico clínico, la adecuada coordinación con SENDA Regional o con las demás instituciones vinculadas al servicio, y dicha omisión persiste pese a requerimiento formal de cumplimiento.  f2) Si el prestador, en el marco de visitas, monitoreos o asesorías, toma conocimiento de una situación crítica que implique un riesgo grave o inminente para la continuidad, seguridad o calidad del tratamiento y no informa de manera inmediata al Encargado de Tratamiento de SENDA por los canales formales definidos, o no adopta las acciones de coordinación instruidas por SENDA para su abordaje. Se entenderá por riesgo grave o inminente toda situación que represente una amenaza seria y próxima para:  la vida, integridad física o psíquica, seguridad o salud de las personas usuarias, del equipo de trabajo o de terceros vinculados al servicio; o  la continuidad o calidad del tratamiento, de modo tal que pueda generarse un daño relevante en su ejecución o resultados. El riesgo será grave cuando sus posibles consecuencias puedan afectar significativamente la seguridad de las personas o el adecuado funcionamiento del tratamiento. El riesgo será inminente cuando exista una alta probabilidad de ocurrencia en el corto plazo, de forma inmediata o próxima, si no se adoptan medidas urgentes de contención, mitigación o corrección  f3) Si el prestador presenta, entrega o utiliza información o respaldos falsos, adulterados o manifiestamente inveraces respecto de actividades ejecutadas, monitoreos, asesorías, resultados o entregables del servicio, cuando ello afecte la trazabilidad, fiscalización o control de la ejecución contractual. g) Si el prestador o el ejecutor del servicio solicita o acepta donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza para sí o para terceros; h) Si el prestador o el ejecutor del servicio realiza actividades, utilizar personal, material o información reservada o confidencial del SENDA para fines ajenos a sus labores; i) Si el prestador o el ejecutor del servicio atenta contra los bienes del servicio, comete actos que produzcan la destrucción de materiales, instrumentos o productos de trabajo o disminuyan su valor o causen su deterioro; j) Si el prestador o el ejecutor del servicio incita a destruir, inutilizar o interrumpir instalaciones públicas o privadas, o participar en hechos que las dañen; k) Si el prestador o el ejecutor del servicio no realiza las actividades planificadas durante más de 3 días consecutivos sin justificación oportuna. l) Si el ejecutor del servicio presenta condena por crimen o simple delito, siempre que la naturaleza de los mismos tenga relación con las funciones que la persona debe desempeñar y/ o afecte al normal desempeño de sus funciones. No obstante, si el ejecutor es persona jurídica o UTP y la condena le afecta al profesional que ejecuta directamente los servicios, podrá al momento de tomar conocimiento de dicha condena solicitar el reemplazo del profesional mediante lo indicado respecto de la vacancia definitiva siguiendo el procedimiento detallado en estas bases, de no cambiar al profesional en el plazo allí indicado se aplicará esta causal y el correspondiente procedimiento de término anticipado del contrato. m) Si el prestador que al momento de contratar registraba saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos dos años y no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato. n) Si el prestador o el ejecutor del servicio efectúa cualquier tipo de cobro a algún centro de tratamiento o a uno o más usuarios del programa. o) En el evento que las multas aplicadas a la entidad por SENDA, fueren iguales al 30% del monto total del contrato, según lo establecido en el numeral de la presente cláusula. p) Falta de veracidad de la información presentada por la entidad durante el proceso de licitación, en particular, aquella que fue especialmente considerada en el proceso de evaluación de propuestas. q) Si se dictare respecto del contratista, resolución de liquidación en un Procedimiento Concursal de Liquidación y Renegociación, o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. r) Falta de disponibilidad presupuestaria para cubrir el pago de las prestaciones contratadas. s) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes. t) Si el contratista se tratase de una sociedad, cuando ésta se disolviere. u) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. v) Caso fortuito o fuerza mayor, comprendiéndose dentro de ellas razones de ley o de autoridad que hagan imperativo terminarlo. w) evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N°21595, de Delitos Económicos, así como también en el caso que al proveedor se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393. 9.3.4. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES: Si analizados los antecedentes se determina la aplicación de multas por este Servicio, el Director Regional de SENDA le comunicará al prestador, mediante oficio, los hechos que originan la sanción y su monto en caso de las multas. Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante correo electrónico dirigido a la casilla de correo electrónico indicada por el prestador en su propuesta técnica. Se entenderá por notificado al día hábil siguiente desde el envío del referido correo electrónico. Con todo, en caso de ser imposible realizar la notificación vía correo electrónico, Senda podrá efectuar dicha diligencia a través de carta certificada al domicilio proporcionado por el prestador. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda. El prestador de servicios dispondrá de 5 días hábiles contados desde que se le haya notificado el referido oficio, para efectuar sus descargos ante el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas o que desvirtúen los antecedentes analizados por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las sanciones que correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y en la que se establecerá, si correspondiere, el monto de la multa en pesos chilenos, de acuerdo al valor de la UF. Con todo, el prestador podrá renunciar a su derecho a presentar descargos y proceder directamente al pago, para lo cual se deberá considerar el valor de la U.F. correspondiente al 01 de enero del año en que se dictó el oficio. Si el prestador ha presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol dispondrá de veinte días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. De lo resuelto, se notificará al contratista por correo electrónico. En virtud de lo establecido en el artículo N° 59, de la Ley N° 19.880, el prestador podrá presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme, sin perjuicio de la pertinencia del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo cuerpo legal. Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, el contratista podrá pagar la multa voluntariamente en un plazo de 30 días corridos desde notificada la resolución. No obstante, si el proveedor no paga directamente la multa, SENDA estará facultado para deducirla, a su arbitrio, del valor de cualquiera de los pagos que SENDA le corresponda efectuar respecto de cualquiera de sus contrataciones de análoga naturaleza, o satisfacer el monto de aquélla haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, lo que deberá informar al prestador mediante oficio. Para todos los efectos, el valor de la multa se deberá calcular de acuerdo al valor de la UF que indica el Banco Central de Chile, al 01 de enero del año en que dictó el oficio que comunicó los hechos que originaron la multa. La aplicación de alguna de estas multas no impide que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol pueda poner término anticipado al contrato si se configuran las causales previstas en el siguiente título, de la presente cláusula.
DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS
El profesional adjudicado deberá ejecutar los servicios contratados a partir de lo indicado las presentes bases, debiendo mantener la continuidad de los mismos conforme a lo requerido. 10.1 De la Vacancia temporal del cargo contratado con persona jurídica En caso de vacancia temporal del cargo, esto es, por un período igual o superior a 30 días corridos, la entidad, deberá enviar mediante correo electrónico dirigido al encargado de tratamiento regional, el Anexo 9A, comunicando dicha vacancia, dentro de los 5 días corridos de acaecida. En tal caso, el formulario deberá contar con la siguiente información: 1. Nombre del Profesional; 2. Periodo de cese de funciones; 3. Profesional que suplirá el cargo con sus antecedentes académicos y profesionales; Es importante señalar que, habida consideración de la especialidad del cargo, el profesional suplente, deberá contar, al menos, con las mismas aptitudes y características académicas y profesionales que el titular del cargo. Por lo anterior, recibido el formulario por el encargado de tratamiento regional, este, podrá aprobarlo o rechazarlo, para lo cual, en el segundo caso, la entidad deberá, dentro del plazo de 5 días hábiles, subsanar las observaciones o presentar otro profesional que cumpla con los requisitos. Si el prestador no realiza lo indicado, se entenderá por no presentado el formulario, transcurriendo los plazos para la aplicación de la multa correspondiente. 10.2 De la vacancia definitiva del cargo con persona jurídica La entidad, deberá enviar mediante correo electrónico dirigido al encargado de tratamiento regional, el Anexo 9B comunicando la vacancia definitiva del cargo con la siguiente información: 1. Nombre del Profesional; 2. Periodo de cese de funciones; 3. Profesional suplente y/o definitivo que suplirá el cargo con sus antecedentes académicos y profesionales; Con todo, si la entidad, al momento de comunicar no cuenta con un profesional definitivo que asuma el cargo, deberá informar al encargado de tratamiento regional de dicha situación, presentado un plan de mitigación y estado de la ejecución de las obligaciones hasta el momento, pudiéndose en tal caso, otorgarse a la entidad, un plazo extraordinario de 5 días hábiles para presentar una propuesta de profesional, en calidad de titular del cargo. Si el prestador no realiza lo indicado, se entenderá por no presentado el formulario, transcurriendo los plazos para la aplicación de la multa correspondiente, pudiendo SENDA dar término anticipado al contrato en caso de presentarse una nueva solicitud de vacancia definitiva, para lo cual, el encargado de tratamiento regional o quien se designe, deberá presentar un informe debidamente fundado, justificando tal decisión.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.