Licitación ID: 662237-2-LE21
Servicio de transporte privado de pasajeros
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Servicios de taxi 1 Unidad
Cod: 78111804
Servicio De Transporte Privado de Pasajeros y Taxi Ejecutivo, para SENDA Nivel Central. Remítase al Acápite II Bases Técnicas de Res. Exta. N°8 adjuntas  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de transporte privado de pasajeros
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Adquisición del Servicio de Transporte privado de pasajeros y taxi ejecutivo, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SENDA NACIONAL
R.U.T.:
61.980.170-9
Dirección:
Agustinas 1235, piso 9
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-01-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 08-01-2021 14:54:41
Fecha inicio de preguntas: 08-01-2021 15:01:00
Fecha final de preguntas: 12-01-2021 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-01-2021 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-01-2021 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-02-2021 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 26-03-2021 8:36:48
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Requisitos Mínimos para Participar El oferente no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante la declaración jurada que se contiene en el Anexo N°1 de las presentes bases. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios que se encuentren a su disposición.
2.- Observaciones Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.
3.- Anexo N°1. Declaración jurada simple para ofertar Anexo N°2. Declaración jurada simple (Conflictos de interés y ratificación de lo obrado), suscrita por el oferente, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886. Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda. En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, el Anexo N°2 debe ser completado por cada uno de sus integrantes. Anexo N°8. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema 5 www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°6: Oferta Técnica El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Técnicos. En caso que no se presente el anexo N° 6 la oferta será declarada inadmisible.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°7. Oferta económica El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Oferta Técnica Remítase a las Bases de Licitación Res. Exta. N°8 adjuntas 75%
2 Evaluación Oferta Económica Remítase a las Bases de Licitación Res. Exta. N°8 adjuntas 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 25000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: TESORERÍA SENDA
e-mail de responsable de pago: tesoreria@senda.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: JOSE IGNACIO BETANCOURT
e-mail de responsable de contrato: jose.betancourt@senda.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25100622-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol RUT. 61.980.170-9
Fecha de vencimiento: 11-07-2023
Monto: 5 %
Descripción: Una vez notificado al Oferente la adjudicación, éste deberá dentro de 15 días hábiles contados desde la notificación, presentar una caución o garantía, a objeto de avalar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales. Esta caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9, (el nombre podrá abreviarse, pero siempre deberá indicarse el RUT.); por un monto igual o superior al 5% del valor máximo total del contrato, en pesos chilenos. Si la garantía fuera en soporte electrónico se podrá presentar a través del correo electrónico de Oficina de partes de SENDA: gestiondocumental@senda.gob.cl dentro del plazo antes indicado, o directamente en la oficina de partes ubicada en calle Agustinas N°1235 segundo piso. Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 68 del reglamento de la ley N°19.886. Si corresponde por la naturaleza del instrumento, éste incluirá una glosa que señale que se otorga para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, singularizando el respectivo proceso de compra. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros.
Glosa: “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato” e indicar el número de ID que identifica a la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl. Cuando corresponda según el tipo de instrumento de garantía, éste deberá indicar en su texto la siguiente glosa: "Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado: [nombre de la licitación] y/o el pago de saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
I. ANTECEDENTES QUE CONFORMAN LA PROPUESTA PÚBLICA.
1. Acápite I, Bases Administrativas. 2. Acápite II, Bases Técnicas. 3. Acápite III, Anexos
ACÁPITE I BASES ADMINISTRATIVAS
1. Antecedentes Básicos Razón Social del organismo Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol Unidad de Compra Servicios Generales R.U.T. del organismo 61.980.170-9 Dirección Agustinas 1235 piso 9 Comuna Santiago Región en que se genera la Adquisición Metropolitana
2. Antecedentes Administrativos
Nombre Adquisición SERVICIO DE TRANSPORTE PRIVADO DE PASAJEROS Y TAXI EJECUTIVO Descripción Los SERVICIOS DE TRANSPORTE PRIVADO DE PASAJEROS Y TAXI EJECUTIVO por contratar se detallan en el Anexo N°4 “Requerimientos técnicos mínimos”, de las presentes bases, correspondiendo a todos o algunos de los siguientes: A través de la provisión de una plataforma electrónica para: 1) Servicio de Taxi Ejecutivo 2) Servicio de Transporte privado de pasajeros. Tipo de Convocatoria Abierta. Moneda o Unidad reajustable En pesos chilenos Presupuesto disponible o estimado $25.000.000 (veinticinco millones de pesos), por 24 meses o cuando se termine el presupuesto. Etapas del Proceso de Apertura Dos Etapas (Etapa de Apertura Técnica y Etapa de Apertura Económica). Opciones de pago Transferencia electrónica
3. Etapas y Plazos
Fecha de Publicación Dentro de 5 días contados desde la total tramitación de la resolución que apruebe el llamado de la presente licitación pública, en el portal www.mercadopublico.cl. Reunión informativa y/o video informativo Se podrá realizar una reunión informativa y/o generar un video informativo del proceso. Se indicará como fecha opcional en el ID de la licitación en www.mercadopublico.cl un lugar y horario dentro de los 5 primeros días hábiles desde la publicación de la presente licitación. Plazo para realizar consultas sobre la licitación Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones a través del sistema www.mercadopublico.cl, dentro de 2 días contados desde la publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl. 3 Plazo para publicar respuestas a las consultas Se pondrán las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, en el plazo de 3 días posteriores al vencimiento del plazo para realizar consultas, a las 18:00 horas. En caso de que el número de preguntas que se reciba sea superior a: ● 100, se podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 5 días; ● 500, se podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 10 días; ● 1000, se podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 15 días. En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación. Fecha de Cierre para presentar Ofertas 8 días desde el momento de la publicación, a las 15:00 horas. En todo caso, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas. Se podrá extender el plazo de cierre por hasta 15 días, mediante la emisión del correspondiente acto administrativo totalmente tramitado, el cual deberá publicarse oportunamente en el portal www.mercadopublico.cl. Fecha de Apertura técnica de ofertas El mismo día en que se produzca el cierre de recepción de ofertas, a las 15:30 horas en el portal www.mercadopublico.cl. Fecha de Publicación de la Evaluación Técnica 10 días posteriores a la fecha de Acto de Apertura Técnica, a las 15:30 horas. Si por causas no imputables al Servicio, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada, se podrá extender este plazo por hasta 20 días adicionales, mediante la emisión del correspondiente acto administrativo, el cual deberá publicarse oportunamente en el portal www.mercadopublico.cl. Período de recepción de consultas sobre los resultados de la evaluación técnica Dentro de los 5 días posteriores a la fecha de publicación de la evaluación técnica, contados desde la notificación a través del Portal www.mercadopublico.cl, hasta las 23:59 horas. Período de Respuesta a Consultas sobre los resultados de la evaluación técnica Dentro de los 10 días posteriores a la fecha de publicación de la evaluación técnica contados desde la notificación a través del Portal www.mercadopublico.cl. Fecha de Acto de Apertura Económica Al día hábil siguiente al vencimiento del plazo para publicar las respuestas a consultas sobre los resultados de la evaluación técnica, a las 15:30 horas, en el portal www.mercadopublico.cl. 4 Fecha de Adjudicación Dentro de los 10 días posteriores a la fecha del Acto de Apertura Económica de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl. Si por causas no imputables al Servicio, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl. Plazo para Firma de Contrato Dentro de los 15 días posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Consideración Los plazos de días establecidos en la cláusula 3, Etapas y Plazos, son en días hábiles, entendiéndose que son inhábiles los sábados, domingos y festivos.
4. Modificaciones a las bases
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, “SENDA”, podrá modificar las presentes Bases, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto administrativo, la que será sometida a la misma tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes bases, y será publicada en el portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
5. Requisitos Mínimos para Participar
El oferente no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante la declaración jurada que se contiene en el Anexo N°1 de las presentes bases. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios que se encuentren a su disposición.
6. Instrucciones para la Presentación de Ofertas
Presentar Ofertas por Sistema. Obligatorio. Anexos Administrativos. Anexo N°1. Declaración jurada simple para ofertar Anexo N°2. Declaración jurada simple (Conflictos de interés y ratificación de lo obrado), suscrita por el oferente, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886. Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda. En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, el Anexo N°2 debe ser completado por cada uno de sus integrantes. Anexo N°8. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema 5 www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos. Anexos Técnicos. Anexo N°6: Oferta Técnica El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Técnicos. En caso que no se presente el anexo N° 6 la oferta será declarada inadmisible. Anexos Económicos. Anexo N°7. Oferta económica El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Económicos Observaciones Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.
7. Antecedentes legales para poder ser contratado
Si el oferente es Persona Natural Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores. Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva. Acreditar en el Registro de Proveedores Fotocopia de su cédula de identidad. Si el oferente no es Persona Natural Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores. Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta. Acreditar en el Registro de Proveedores Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. Observaciones 6 No podrán contratar los proveedores sancionados por el Tribunal de la Libre Competencia con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del decreto con fuerza de ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La entidad licitante verificará esta información a través del Registro que se lleva para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte de papel u otro medio magnético de almacenamiento. Lo señalado en el párrafo precedente no resultará aplicable a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente en los términos que indican las presentes bases. Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá seleccionar la segunda mejor oferta para la firma del contrato. Además, tales incumplimientos darán origen al cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere. Inscripción en el Registro de Proveedores En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación. Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
8. Naturaleza y Monto de las Garantías
8.1.Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Una vez notificado al Oferente la adjudicación, éste deberá dentro de 15 días hábiles contados desde la notificación, presentar una caución o garantía, a objeto de avalar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales. Esta caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9, (el nombre podrá abreviarse, pero siempre deberá indicarse el RUT.); por un monto igual o superior al 5% del valor máximo total del contrato, en pesos chilenos. Si la garantía fuera en soporte electrónico se podrá presentar a través del correo electrónico de Oficina de partes de SENDA: gestiondocumental@senda.gob.cl dentro del plazo antes indicado, o directamente en la oficina de partes ubicada en calle Agustinas N°1235 segundo piso. Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 68 del reglamento de la ley N°19.886. Si corresponde por la naturaleza del instrumento, éste incluirá una glosa que señale que se otorga para garantizar el fiel 7 cumplimiento del contrato, singularizando el respectivo proceso de compra. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros. La garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato. Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento, al menos hasta 60 días hábiles después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. Con todo, tratándose de un vale vista, atendida su naturaleza, no requerirá expresar la mencionada glosa ni la vigencia. Si la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato es otorgada en el extranjero, el emisor del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena. La garantía o caución presentada deberá señalar que se encuentra tomada como “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato” e indicar el número de ID que identifica a la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl. En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que, junto con afianzar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se afianza el cumplimiento de obligaciones laborales. Además, dicha garantía cubrirá el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del adjudicado, de conformidad a lo señalado en el artículo 11 de la Ley N° 19.886. Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la entidad licitante, según lo indicado en la cláusula 1 de las bases. Cuando corresponda según el tipo de instrumento de garantía, éste deberá indicar en su texto la siguiente glosa: "Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado: [nombre de la licitación] y/o el pago de saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”. En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza. Si el Oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso el SENDA adjudicará al Oferente que, según el Acta Final de Evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
9. Evaluación y adjudicación de las ofertas
a. Comisión Evaluadora La evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas será realizada por una Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios(as): 8 a) Jefe (a) del área de Operaciones de SENDA, o por quien este(a) designe mediante memorándum, el cual deberá ser enviado inmediatamente, mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del Servicio. b) Jefe(a) de la División de Administración y Finanzas de SENDA, o por quien este(a) designe mediante memorándum el cual deberá ser enviado inmediatamente, mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del Servicio. c) Jefe de la Unidad de Logística de SENDA, o por quien este(a) designe mediante memorándum, el cual deberá ser enviado inmediatamente, mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de información, reclamos y sugerencias, OIRS del Servicio. En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan funciones en el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes: 1) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y consignarlo en el acta respectiva. 2) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas. 3) Evaluar las Ofertas Económicas. 4) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas. 5) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, por orden decreciente, de la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas. Dejará constancia sobre las propuestas rechazadas y sus razones y, en general, sobre cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:  Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.  Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.  Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación. b. Consideraciones Generales 1. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula 6, “Instrucciones para Presentación de Ofertas”, de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. 9 2. Se declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley 19.886 y en las presentes bases. 3. Los documentos solicitados deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula 3 de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, se podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor. c. Subsanación de errores u omisiones formales Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, SENDA podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. d. Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos SENDA tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. e. Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación SENDA declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Se podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes. f. Criterios de Evaluación y Procedimiento de Evaluación de las ofertas La evaluación de las ofertas se realizará en 2 etapas, considerando todos o algunos de los siguientes criterios de evaluación y subcriterios: ETAPA CRITERIOS PONDERACIÓN 10 ETAPA TÉCNICA TÉCNICO: NIVEL DE SERVICIO Y PLATAFORMA 70 ADMINISTRATIVO: CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5 ETAPA ECONÓMICA ECONÓMICO: RANKING DE PRECIO 25 Para obtener el puntaje total de la evaluación de la etapa técnica de cada oferente, se sumarán los puntajes finales ponderados de cada criterio ya referido. Luego de la sumatoria de los puntajes ponderados de cada criterio de evaluación técnica, los oferentes que cumplan con los requisitos mínimo de admisibilidad pasarán a la segunda etapa, de evaluación económica. En cambio, los oferentes que no hayan dado cumplimiento con los requisitos mínimo de admisibilidad serán desestimados del proceso de evaluación económica. ETAPA TÉCNICA Criterios Técnicos 1. NIVEL DE SERVICIO Y PLATAFORMA La evaluación del presente subcriterio se realizará de acuerdo con la información declarada por los oferentes en el Anexo N°6. Nº ITEM Concepto Atributo del servicio (SI/NO) Puntaje 1 Atención Usuario Aplicación Solicitud de móviles, verificar reservas, contacto con conductor edición de perfil personal. 30 2 Atención Usuario Niveles de Servicio Calificación posterior a la utilización del servicio 10 3 Atención Usuario Telefónica Canal de atención para usuario y administrador 10 4 Zonas de disponibilid ad de servicio Nacional o Regional Presencia solo en algunas regiones o a nivel nacional y que servicios. 10 5 Plataformas Controles y reportes Conocer con anticipación la estimación de tarifas 5 6 Plataformas Administración Configuración de cuentas por niveles de jerarquización 5 7 Plataformas Administración Búsqueda de vehículos por plataforma GPS (Google Maps, Waze, etc.) rutas eficientes 15 8 Plataformas Administración Escoger medio de pago (Efectivo, Voucher, tarjeta) 5 9 Plataformas Administración Motivos de viajes y cancelaciones 5 10 Plataformas Administración Destinar presupuesto por centro de costo 5 Criterios Administrativos 2. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos en el punto número 6 “Instrucciones para la Presentación de Ofertas”, antes del cierre de presentación de oferta, obtendrá la totalidad de 100 puntos asignados al criterio. Se considerarán los siguientes criterios, de acuerdo a la siguiente tabla: 11 Criterio Ponderación 1. Oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, antes del cierre de presentación de oferta. 100 2. Oferente subsana correctamente errores u omisiones formales una vez vencido el plazo de presentación de las ofertas a requerimiento de SENDA. 50 3. Oferente que no subsana correctamente errores u omisiones formales, omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado por SENDA 0 ETAPA ECONÓMICA RANKING DE PRECIO Se compararán los precios ofertados por los proveedores en su oferta en el Anexo N°7. Los precios se ordenarán de menor a mayor. Para determinar el precio del servicio, se obtendrá un precio ponderado de acuerdo a la siguiente tabla Servicio Detalle de los servicios Ponderación Taxi - Sedan Valor cada 200 metros/ 60 segundos 20% Taxi - Sedan Bajada de Bandera 5% Taxi - Sedan Valor por km 40% VAN-MINIBUS-BUS Bajada de Bandera 5% VAN-MINIBUS-BUS Valor por km 30% El precio de los servicios a evaluar será el resultado de aplicar el descuento a la tarifa indicada en el Anexo Nº7, en particular la columna denominada “Precio total con impuesto”. g. Mecanismo de Resolución de empates En el evento de que, exista un empate en el mayor puntaje final técnico-económico, entre dos o más Oferentes, se seleccionará al Proponente de acuerdo a la siguiente secuencia: a) El proponente que haya obtenido mayor puntaje en la evaluación técnica. b) De persistir el empate, se seleccionará al Proponente que obtenga el mayor puntaje en el criterio administrativo. Si persistiese el empate entre dos o más oferentes, se resolverá a quien haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl h. Adjudicación Se adjudicará al oferente que obtenga el primer lugar en la evaluación de las propuestas de la segunda etapa (económica), en los términos descritos en las presentes bases. 12 La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. i. Resolución de consultas respecto de la Adjudicación. Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del portal. Se dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas. j. Readjudicación Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, SENDA podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original
10. Condiciones Contractuales, Vigencia de las Condiciones Comerciales, Operatoria de la Licitación y Otras Cláusulas
10.1 Documentos integrantes La relación contractual que se genere entre la SENDA y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos: 1) Bases de licitación y sus anexos. 2) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere. 3) Oferta. 4) Contrato definitivo suscrito entre las partes. 5) Orden de compra. Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases. 10.2 Validez de la oferta. Las ofertas tendrán una vigencia mínima desde su presentación hasta la suscripción del contrato. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato. 10.3 Suscripción del Contrato El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Para suscribir el contrato el proveedor deberá acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo. 13 Si por cualquier causa que no sea imputable al Servicio, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. También se entenderá como desistimiento si no se acompaña la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento respectiva en los plazos establecidos para ello. Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito en el Registro de Proveedores. 10.4 Modificación del contrato Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste. 10.5 Operatoria General 10.5.1 Informe Mensual de Servicio El adjudicatario deberá entregar un “Informe Mensual de Servicio”. El que podrá ser entregado en formato digital como reporte. El informe deberá describir hechos relevantes ocurridos durante la prestación de los servicios, junto con recomendaciones asociadas, correspondientes al mes finalizado y respecto de los distintos servidores o plataformas administradas. Cada informe deberá ser entregado por el proveedor a la entidad licitante a más tardar el quinto día hábil de cada mes, debiendo contener la información del mes inmediatamente anterior. Dichos informes deberán contener, a lo menos lo siguiente, según el servicio contratado: - Cumplimiento de SLA indicados en el Anexo N°5 10.5.2 Responsabilidades y Obligaciones del Adjudicatario. i. El adjudicatario deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los informes a los usuarios designados de la entidad licitante, so pena de la medida que ésta pueda aplicar en caso de incumplimiento de lo solicitado. ii. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores. iii. El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la entidad licitante en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual. iv. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario, lo que deberá documentarse fehacientemente. v. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la entidad licitante en un plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su notificación. vi. Entregar oportunamente informes solicitados por la entidad licitante. 10.6 Derechos e Impuestos 14 Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este Contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste. 10.7 Cesión de contrato y Subcontratación El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre. Sólo se permite la subcontratación de los vehículos y la infraestructura física de la plataforma. 10.8 Efectos derivados de Incumplimientos del Proveedor 10.8.1 Multas El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los bienes o por incumplimientos en la prestación de los servicios, de conformidad con las presentes bases. Se aplicarán multas por parte de SENDA, mediante el acto administrativo correspondientes, en los siguientes casos: 1. De atraso superior a 30 minutos, desde la hora estimada de presentación, confirmada por parte de la empresa prestadora de servicio, correspondiente a 1 UF 2. De no confirmación por parte de la empresa prestadora de servicio, 20 minutos posterior a la solicitud efectuada por el servicio. correspondiente 0.5 Uf 3. De no presentación del móvil, posterior a una hora gestionados los procedimientos anteriores. Correspondiente 2 UF. Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 30% del valor total del contrato. Igualmente, el proveedor no podrá recibir más de 6 multas totalmente tramitadas en un período de 6 meses consecutivos. En ambos casos, se configurará una causal de término anticipado del contrato. El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Por lo tanto, el plazo de pago de multas corresponderá a la fecha del estado de pago en que se rebajará. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. 10.8.2 Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Al Adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por SENDA, en los siguientes casos: i. No pago de multas dentro del plazo establecido en las presentes bases. ii. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los servicios adjudicados establecidos en el Contrato. iii. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases. 15 10.8.3 Término Anticipado Contrato SENDA está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. 2) Si se disuelve la empresa o la unión temporal de proveedores adjudicada. 3) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a SENDA perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 4) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y SENDA b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de SENDA. 5) En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 10 días hábiles. 6) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 30 % del valor total contratado o se apliquen más de 6 multas totalmente tramitadas en un periodo de 6 meses consecutivos. 7) Por incumplimiento grave de los acuerdos de nivel de servicio, de conformidad con la cláusula 5 del acápite II y el Anexo N°5. 8) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases. 9) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años. En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases. El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en la cláusula 10.9. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Resciliación o término de mutuo acuerdo 16 Sin perjuicio de lo anterior, SENDA y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. 10.9 Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimientos Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, SENDA notificará inmediatamente de ello al adjudicado, la notificación de la respectiva multa se realizará mediante correo electrónico o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de SENDA. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, SENDA tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de SENDA, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. SENDA tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Con todo, el adjudicatario será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por indisponibilidades de servicio en que se demuestre que fueron ocasionadas por fallas que no sea de su propiedad, por el propio usuario o por terceros no vinculados al adjudicatario. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario deberá adoptar medidas que ofrezcan continuidad operativa de sus servicios en caso de ocurrir las fallas recién mencionadas. 10.10 Del Pago El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886. El oferente adjudicado deberá emitir una guía o respectivo documento que acredite el uso del servicio. SENDA realizará una orden de compra mensual, por todos los servicios prestados y posteriormente la empresa emitirá la factura correspondiente para el pago. El pago de los servicios será en pesos chilenos. En caso de que el precio no esté en pesos chilenos, el monto a facturar será el precio de los servicios adquiridos, convertidos a pesos chilenos según el valor de la conversión correspondiente a la fecha de emisión de la factura, no procediendo ningún otro cobro adicional por servicios no convenidos, ni por tiempos en que por alguna razón el proveedor no presta un servicio. 17 Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario el monto deberá ser redondeado al número entero anterior. El adjudicatario deberá adjuntar a la factura la respectiva orden de compra para el trámite de pago. La recepción conforme deberá ser acreditada por la entidad que hubiere efectuado el requerimiento. 10.11 Vigencia y renovación del Contrato El contrato tendrá la vigencia de 24 meses contados desde la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor o en su defecto hasta agotar el presupuesto disponible. El contrato podrá ser renovado fundadamente por el mismo período, por una sola vez, en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y previo informe técnico favorable del administrador de contrato del órgano comprador. 10.12 Coordinador del Contrato El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al órgano comprador. En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos: 1. Informar oportunamente al órgano comprador de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato. 2. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. 3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al responsable de administrar de contrato por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario. 10.13 Pacto de Integridad El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: i. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. ii. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, 18 ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. iii. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. iv. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. v. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio. vi. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. vii. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. viii. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 10.14 Comportamiento ético del Adjudicatario El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 10.15 Auditorías El adjudicatario podrá ser sometido a auditorías externas, contratadas por SENDA a empresas auditoras independientes, con la finalidad de velar por el cumplimiento de las obligaciones contractuales y de las medidas de seguridad comprometidas por el adjudicatario en su oferta. Si el resultado de estas auditorías evidencia incumplimientos contractuales por parte del adjudicatario, el proveedor quedará sujeto a las medidas que corresponda aplicar SENDA según las presentes bases. 10.16 Confidencialidad 19 El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios. El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que SENDA entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada. 10.17 Propiedad de la Información SENDA será la titular de todos los datos de transacciones, bitácoras (logs), parámetros, documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información contenida en la infraestructura física y tecnológica que le suministre el proveedor contratado y que se genere en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación. El proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de la entidad licitante. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos. 10.18 Tratamiento de datos personales por mandato En caso de que se encomiende al adjudicatario el tratamiento de datos personales por cuenta de SENDA, ésta deberá suscribir un contrato de mandato escrito con el proveedor, en donde se especifiquen las condiciones bajo las cuales se podrán utilizar esos datos, según el artículo 8 de la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada. En dicho contrato de mandato se indicará, a lo menos, la finalidad del tratamiento, el tipo de datos que se entrega al adjudicatario (en calidad de mandatario), la duración del encargo y un procedimiento para la devolución de los datos y su eliminación efectiva por parte del proveedor, al terminar ese contrato. Además, deberá prohibir expresamente el uso de dichos datos personales para fines distintos a los que persigue la entidad licitante (en calidad de órgano público mandante) y señalar expresamente que no se permite su comunicación a terceros. 10.19 Propiedad intelectual del software Al iniciar sus prestaciones, el adjudicatario deberá informar a la contraparte del órgano comprador respecto del software sobre el cual tiene derechos de propiedad intelectual, sea como autor o a través de licenciamiento, y que será utilizado durante la ejecución del contrato. 10.20 Acceso a sistemas En caso de que el personal del proveedor adjudicatario requiera acceso a los sistemas de la SENDA para llevar a cabo las prestaciones contratadas, deberá previamente informar a través de su coordinador del contrato a la contraparte del órgano comprador, el nombre y RUT de las 20 personas que accederán, el objeto de actividad, la fecha y lugar, y el tipo de sistemas, información o equipos que requerirá. Solo podrán tener acceso a los sistemas aquellas personas autorizadas por la contraparte técnica, en los términos que ésta determine y se entenderá que existe prohibición de acceso a todo otro sistema, información y equipos que no estén comprendidos en la autorización. Si el personal del proveedor que recibe la autorización de acceso utiliza equipos propios, deberán individualizarse previamente. 10.21 Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. SENDA podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas. En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses. SENDA deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. 10.22 Normas laborales El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. SENDA se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte de SENDA, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con SENDA. 21 10.23 Continuidad del personal SENDA exigirá que durante el desarrollo y vigencia del contrato exista continuidad del personal designado para la prestación de cada servicio. De acuerdo con lo anterior, en caso de requerirlo durante la vigencia del contrato, el adjudicatario podrá solicitar SENDA, a través de su contraparte, el cambio de personal, teniendo en consideración realizarlo con anticipación suficiente para no discontinuar el servicio y de acuerdo con lo establecido en este artículo. Si por algún motivo externo o ajeno a la gestión del proveedor adjudicado, como, por ejemplo, jubilación, muerte, incapacidad médica, renuncia, entre otros, fuere necesario sustituir al personal que presta el servicio, el proveedor deberá proponer oportunamente un cambio en la nómina de personal. Para la solicitud y aprobación de cambio de personal deberán considerarse, a lo menos, los siguientes elementos: a) La criticidad del proyecto y de la etapa del mismo en la que esté involucrado el personal. b) El nuevo personal que se proponga incorporar debe cumplir, al menos, con los mismos requisitos y competencias que cumplía el personal aprobado en el proceso licitatorio. La solicitud de cambio de personal debe ser aprobada por SENDA, quien se reserva el derecho de aceptar o rechazar la petición. En caso de rechazo, el adjudicatario podrá proponer a otras personas, hasta que sea aceptado por SENDA, siempre y cuando el tiempo involucrado en esta gestión no perjudique el cumplimiento de plazos del contrato. En todo caso, si SENDA considera que estos cambios afectan la integridad y oportunidad del cumplimiento del contrato, le podrá poner término anticipado. El adjudicatario debe informar y entregar a SENDA, junto con la solicitud de cambio de nómina de personal, todos los antecedentes solicitados en las presentes bases para que el Servicio evalúe y apruebe la experiencia e idoneidad de la persona propuesta para conformar el equipo de trabajo. El adjudicatario debe esperar la aprobación de la solicitud, por correo electrónico, de parte del Servicio, antes de ejecutar el contrato con el o los nuevos trabajadores. 10.24 Liquidación del contrato Para llevar a cabo la finalización de la relación contractual entre las partes, sea por término anticipado o no, el proveedor adjudicado deberá: ● Acordar un calendario de cierre con SNEDA, en donde se establezca un evento o plazo prudencial a partir del cual se entiende que el contrato entre en etapa de cierre. ● Elaborar un protocolo de fin de contrato, que suscribirán ambas partes, y en donde se detallen todas las actividades a realizar y los responsables de cada una de ellas, para lograr un cierre de contrato ordenado. Este protocolo puede incluir, según el tipo de proyecto, elementos como la entrega de códigos fuente, licencias, datos, documentación, soporte técnico, parametrización de sistemas, transferencia de know how, destrucción de información de propiedad del contratante, entre otros. ● Si SENDA así lo requiere, el adjudicatario deberá prestar colaboración y participar en forma coordinada con aquélla en labores de migración de sistemas u otras similares a un nuevo proveedor. 10.25 Sometimiento a legislación nacional 22 El proveedor por el sólo hecho de participar en este proceso se someterá a la legislación chilena y, entre otros, a los siguientes cuerpos legales y reglamentos, así como sus eventuales modificaciones: - Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada; - Ley N° 17.336, sobre Propiedad Intelectual; - Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; - Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; - Ley N° 19.223, que Tipifica Figuras Penales relativas a la Informática; - Ley 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma; - Decreto Nº181/2002, del Ministerio de Economía, que aprueba el reglamento de la ley Nº19.799; - Decreto N° 93/2006 de MINSEGPRES, que aprueba norma técnica para la adopción de medidas destinadas a minimizar los efectos perjudiciales de los mensajes electrónicos masivos no solicitados recibidos en las casillas electrónicas de los órganos de la administración del Estado y de sus funcionarios; - Decreto Nº 83/2005 de MINSEGPRES, que aprueba la norma técnica para los órganos de la administración del Estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos. - Decreto Nº 83/2005 de MINSEGPRES, que aprueba la norma técnica para los órganos de la administración del Estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos. - Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2009, que establece la Ley de Tránsito; el Decreto Supremo N° 212 de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) que aprueba el reglamento de los Servicios Nacionales de Transporte Público de Pasajeros. - Decreto 80 de 2004, del MTT, que reglamenta el transporte privado remunerado de pasajeros; la Ley 19.831. - Decreto 100 de 2019, del MTT, que modifica decreto supremo N° 80, de 2004, del ministerio de transportes y telecomunicaciones, que reglamenta el transporte privado remunerado de pasajeros. - Decreto 38 de 2003, del MTT, que Crea y Reglamenta el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares y toda norma vigente y futura pertinente.
ACÁPITE II BASES TÉCNICAS
1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, “SENDA” llama a Licitación Pública para el Servicio De Transporte Privado De Pasajeros Y Taxi Ejecutivo, para SENDA Nivel Central.
2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
Se evaluarán las especificaciones técnicas del servicio que el proveedor entregue en su propuesta a SENDA. Dicha información debe contenerse en el Anexo N° 6 del Acápite III de estas Bases, además de una propuesta propia que incluya los siguientes aspectos técnicos: Servicio de transporte de pasajeros y su correspondiente carga personal (de ser el caso) para funcionarios del Nivel Central del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y alcohol (SENDA) en vehículos taxi sedán, Van, Minibús y/o Bus, dentro del área de la Región Metropolitana, durante las 24 hr. De día, los 7 días de la semana, los 365 días del año, mientras dure la contratación del servicio. Adicional a lo anterior todas las plataformas deben cumplir con: ITEM Concepto Atributo del servicio Atención Usuario Telefónica Canal de atención para usuario y administrador Atención WEB Descargar reportería, calificación de 23 Usuario servicio. Servicios Tiempo de prestación de servicio Indicar el tiempo en que se solicita el servicio y se inicia la entrega del servicio: Plataform as Perfiles Perfil Usuario Plataform as Perfiles Perfil Administrador Plataform as Controles y reportes Permite ubicación por GPS del móvil en todo momento (geolocalización) Plataform as Controles y reportes Permite emitir reportes de consumo por mes, día año Plataform as Controles y reportes Reportería por centro de costo Plataform as Controles y reportes Conocer el tiempo estimado de llegada Plataform as Controles y reportes Conocer vehículo chofer y comunicación con este Plataform as Administraci ón Creación de usuarios Plataform as Administraci ón Bloqueos temporales y permanentes de usuarios Plataform as Administraci ón Solicitud de móviles, reserva anticipada Plataform as Administraci ón Disponibilidad de la plataforma de 99,5% o superior Plataform as Administraci ón Plataforma responsiva (funciona en computadoras, Tablet y smartphone) Plataform as Administraci ón Ingreso de OC a sistema para registro de pago Plataform as Administraci ón Distintos perfiles para administración
3. ALCANCES GENERALES
La presente especificación contempla la provisión del: a) Servicio de Taxi Ejecutivo b) Servicio de Transporte privado de pasajeros. - Los documentos solicitados deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor. - La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley 19.886.
4. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
El plazo de ejecución del servicio que se licita será de 24 meses contados desde la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor o en su defecto hasta agotar el presupuesto disponible.
5. ACUERDOS DE NIVEL DE SERVICIO (SLA)
El adjudicatario se compromete a cumplir los niveles de servicio (SLA) que se detallan en el Anexo N°5, de las presentes bases. Para el cálculo de dichos niveles de servicio, sólo se considerarán eventos que sean de responsabilidad del adjudicatario o que estén bajo su control. Si no es responsable del evento o el 24 incumplimiento no le es imputable por razones de fuerza mayor o caso fortuito, deberá acreditar dicha circunstancia. Una vez acreditado esto último, SENDA no aplicará la multa asociada al evento específico de que se trate. Mensualmente SENDA revisará el cumplimiento de los SLA, aplicándose las multas que correspondan a cada evento dentro del mes respectivo, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 10.8.1. de estas bases y el citado Anexo N°5. Esta revisión se hará sobre un sistema que el adjudicatario debe proveer, el cual permita la visualización de todos los eventos generados y los reportes mensuales de dichos eventos. Además, el adjudicatario deberá entregar mensualmente un reporte con la información de este sistema en forma consolidada. Todos los reportes e informes mensuales, así como los estados de pago asociados deberán estar disponibles en forma permanente para SENDA. La suspensión de servicios para realizar mantenciones preventivas deberá ser solicitada y autorizada por la SENDA. Esta suspensión autorizada no podrá ocurrir antes de los 5 días hábiles contados desde tal autorización. El tiempo autorizado para ella será descontado del mes respectivo para efectos del cálculo de SLA. Sin perjuicio de lo anterior, SENDA podrá autorizar la suspensión en un plazo menor al señalado anteriormente, en casos debidamente calificados. Los niveles de servicio serán revisados por SENDA en forma trimestral, con el objeto de adecuar la metodología y los instrumentos de cálculo según las necesidades de la operación. En dicho caso, se podrán actualizar los SLA, justificadamente y de común acuerdo, fijándose la fecha en que empezarán a aplicarse. SENDA podrá, en forma excepcional, eximir al adjudicatario del cumplimiento de todos o algunos de los SLA por un periodo determinado y sólo por motivos de migración, puesta en marcha o cuando fundadamente se estime pertinente para la continuidad de la operación de los servicios. La activación o desactivación de los SLA deberá ser notificada por escrito al adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave de los acuerdos de nivel de servicio, todo aquél que impida o interrumpa, con perjuicio para SENDA, la continuidad operativa de las funciones de éste.
ANEXOS
Disponibles como archivos adjuntos
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.