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ACÁPITE I BASES ADMINISTRATIVAS |
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1. De los servicios requeridos
SENDA, requiere la adquisición de los servicios de ejecución de una estrategia y ejecución de un plan de medios para la campaña “El Otro Plan”, del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del consumo de Drogas y Alcohol.
Sin perjuicio de que las presentes bases se refieren a la “adquisición de los servicios de (…), estos deben entenderse como un todo individual e indivisible para efectos de presentación de la oferta, de manera tal que, si en una oferta se opta por uno y u por otro servicio, esta no será evaluada y, por consiguiente, será declarada inadmisible.
Las presentes bases establecen los fines, condiciones y requisitos que deberán ser cumplidos por los oferentes, en todas y cada una de las partes que conformen su oferta.
Para que una oferta o postulación se considere válida, deberá cumplir con todas las disposiciones de las presentes bases.
La sola presentación de una propuesta, implica para el oferente la aceptación de las presentes bases.
Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementarán recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados.
Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las bases, como marco básico, sin perjuicio del contrato pertinente.
El servicio a contratar se detalla en el apartado correspondiente a las bases técnicas de la presente licitación pública.
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2. Del oferente |
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Podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, así como uniones temporales de proveedores que, cumpliendo los requisitos legales y aquellas condiciones señaladas en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas.
De conformidad al artículo 180 letra d) del decreto 661; tratándose de Unión Temporal de Proveedores; si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.
Así mismo; deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
NO PODRÁN PARTICIPAR.
Quedarán excluidos quienes se encuentren afectos a la prohibición de contratar, contenida en el artículo 4° de la Ley N° 19.886. Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración jurada disponible de forma digital en el portal de mercado público. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio Nacional revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
Así mismo, el artículo 35 quáter de la norma citada, regula los conflictos de interés, ampliando a todos los funcionarios y funcionarias de SENDA, la imposibilidad de vender bienes y servicios a los organismos en que trabajen, extendiéndose esa inhabilidad a sus cónyuges o convivientes civiles, parientes y sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios finales. Dicha prohibición se extiende mientras ocupen sus cargos y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo.
Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración jurada contenida en el Portal de Mercado Público.
Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
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3. Del precio |
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El monto máximo de la licitación es de $ 24.000.000, impuestos incluidos
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4. Aspectos generales de la licitación pública |
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4. Aspectos generales de la licitación pública
Licitación del Servicio Nacional para la prevención y rehabilitación del consumo de drogas y alcohol
1. Nombre de la Licitación
Adquisición de los servicios de ejecución de una estrategia y ejecución de un plan de medios para la campaña “El Otro Plan”, del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del consumo de Drogas y Alcohol, SENDA.
2. Objeto de la adquisición
Generar una estrategia de alcance en medios afines al público objetivo para que ayude a promover decisiones responsables respecto al consumo de alcohol durante celebraciones, especialmente Fiestas Patrias, incentivando la planificación, la gestión de riesgos y el autocuidado individual y colectivo, con foco en prevenir accidentes y proteger a niños, niñas y adolescentes.
3. Participantes
Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, y uniones temporales de proveedores, que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en el título 2.2 y 24.1 de las presentes bases.
4. Etapas del proceso de apertura
Una etapa.
5. Toma de razón por Contraloría
No.
6. Publicidad ofertas técnicas Si.
7. Garantía de Seriedad de la Oferta
No.
8. Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
No
9. Soporte de documentos
Soporte digital. Excepcionalmente se podrá utilizar soporte papel en los casos expresamente indicados en las presentes bases o por la Ley de Compras y su reg Quedarán excluidos quienes se encuentren afectos a la prohibición de contratar, contenida en el artículo 4° de la Ley N° 19.886. Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración jurada disponible de forma digital en el portal de mercado público. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio Nacional revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
Así mismo, el artículo 35 quáter de la norma citada, regula los conflictos de interés, ampliando a todos los funcionarios y funcionarias de SENDA, la imposibilidad de vender bienes y servicios a los organismos en que trabajen, extendiéndose esa inhabilidad a sus cónyuges o convivientes civiles, parientes y sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios finales. Dicha prohibición se extiende mientras ocupen sus cargos y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo.
Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración jurada contenida en el Portal de Mercado Público.
Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
lamento en caso de indisponibilidad del portal.
10. Comunicación con el Servicio nacional para la prevención y rehabilitación del consumo de drogas y alcohol.
Exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl.
11. Contraparte técnica
Rodrigo Orellana Cavagnola, encargado del Área de Comunicaciones o quien este designe.
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5. Cronograma |
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1. Publicación Bases
Las bases deberán estar publicadas en el portal de mercado público durante 10 días corridos.
2. Consultas
Plazo de 3 días corridos, contados desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal Mercado Público.
3. Respuestas
Hasta el segundo día hábil, contado desde la fecha de vencimiento del plazo para presentar las consultas.
4. Recepción de ofertas
Hasta el décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal Mercado Público.
5. Acto de apertura electrónica de las ofertas técnicas y económicas
A partir de las 15:01 del mismo día del cierre de recepción de las ofertas.
6. Evaluación La evaluación se realizará dentro de los 10 días hábiles siguientes al cierre de las ofertas.
7. Adjudicación
La adjudicación se realizará dentro de los 20 días hábiles siguientes al cierre de las ofertas.
8. Plazo para adjuntar documentos para la contratación
Dentro de los 10 días corridos desde la notificación de la resolución que adjudica.
9. Plazo para la suscripción del contrato
Dentro de 10 días corridos, contados
desde la expiración del plazo para presentar los documentos o desde su entrega.
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6. Encargados del proceso de licitación pública y contraparte técnica |
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El encargado(a) del presente proceso de licitación es encargado del Área de Comunicaciones o quien este designe o quien este designe mediante correo electrónico. Las funciones de la contraparte técnica de SENDA serán a lo menos:
1) Solicitar las cotizaciones de los productos al oferente adjudicado, revisar los presupuestos y aprobarlos por medio electrónico para comenzar los trabajos.
2) Aprobar las respectivas facturas o boletas con recepción conforme de los productos, así como de monitorear el pago de las responsabilidades sociales del adjudicado con sus trabajadores.
3) Solicitar las reuniones requeridas para gestionar correctamente las actividades.
Por su parte, el contratista deberá designar un coordinador técnico que se relacionará con la contraparte técnica para todos los efectos señalados.
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7. Cómputo de plazos |
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Todos los plazos son de días hábiles administrativos, salvo aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días corridos. Se entiende por día hábil administrativo, todo aquel que no sea sábado, domingo y festivos.
En este último caso, si un plazo expira en sábados, domingos o festivos, se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente.
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8. Recepción de consultas y aclaraciones |
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Los proponentes sólo podrán formular sus consultas, a través del sitio www.mercadopublico.cl correspondiente a la presente licitación, dentro de los 3 primeros días corridos desde publicada las bases de licitación.
Según lo indicado en el artículo N° 39 del reglamento de la ley N° 19.886, sólo mediante los mecanismos previstos por estas bases de licitación, los oferentes podrán comunicarse con SENDA, para los efectos de la licitación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
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9. Respuestas a las consultas y solicitudes de aclaraciones |
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La respuesta a todas las consultas se realizará a través del sistema de información del portal www.mercadopublico.cl dentro del segundo día hábil siguiente del vencimiento del plazo para presentar consultas o aclaraciones señalado en el número anterior. Se entenderá que las respuestas contribuyen a determinar el alcance y sentido de las bases de licitación, por lo cual deberán ser consideradas por los oferentes para la presentación de sus ofertas.
Toda oferta deberá incluir los antecedentes administrativos que se señalan en estas bases y los documentos de la propuesta técnica.
La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes requeridos será condición suficiente para rechazar la oferta en el acto de apertura y declararla inadmisible.
Asimismo, si se comprueba la falta de presentación de los antecedentes señalados en forma posterior al acto de apertura, la oferta en cuestión no será considerada en el proceso de evaluación y adjudicación, y será declarada inadmisible.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato Word, en el portal www.mercadopublico.cl.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de condiciones a toda la documentación referida.
La oferta que no cumpla con acompañar cualquiera de los requisitos administrativos exigidos en la forma prevista en el título 26 y siguientes de estas bases de licitación, será declarada inadmisible, quedando, por tanto, fuera de la presente licitación pública.
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10. Modificación de bases |
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El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, “SENDA”, podrá modificar las presentes Bases, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto administrativo, la que será sometida a la misma tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes bases, y será publicada en el portal Mercado Público.
En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
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11. Presentación de la o las ofertas |
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Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl y hasta las 15:00 horas del 10 día corrido contado desde esa fecha. Sin embargo, si el vencimiento del plazo recayere en día inhábil, se postergará la fecha de cierre de recepción de las ofertas para el día hábil siguiente a la misma hora.
Con todo, en caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl, o en caso de la concurrencia de alguna de las causales del artículo 115 N° 3 del Decreto Supremo Nº 661 (Procesos de compra fuera del Sistema de Información), de Hacienda, de 2024, excepcionalmente las ofertas podrán ser recepcionadas en soporte papel, en un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro o mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal y dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los Proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
Los oferentes deberán firmar de la declaración Jurada de Requisitos para Ofertar que se encuentra en el portal mercado público, la cual indica que el oferente no ha sido condenado por prácticas antisindicales, no ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, no tiene prohibición de celebrar actos y contratos, no ha sido condenado por los Tribunales de Justicias respecto del Articulo 33 de la Ley N° 21.595 sobre delitos económicos y finalmente que no es funcionario público.
No obstante, lo anterior, la División Jurídica de SENDA, se encargará de verificar la veracidad de la información entregada y revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo y examinará, asimismo, si los oferentes hubieren sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener todas las menciones indicadas en el inciso primero del artículo 181 del Decreto N°661 de 12 de diciembre de 2024.
En este contexto, en caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, este Servicio examinará que ella hubiere presentado el documento en el cual se formaliza la Unión Temporal de Proveedores, donde deberá estipularse, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro, o mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual , si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
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12. Forma de presentación de la o las ofertas |
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La presentación de las propuestas, indistintamente denominadas también “ofertas”, se regirán por las siguientes disposiciones:
• Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal y dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los Proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
• Cada proponente podrá presentar sólo una oferta. En caso de que un mismo oferente presentare dos o más ofertas, se estará a la última que hubiere ingresado, de acuerdo con la hora y día en que esta fue presentada.
• La propuesta es, para todos los efectos, de carácter indivisible. Por consiguiente, y no obstante que para los efectos de su presentación y evaluación se ha separado en una propuesta técnica y otra económica, la falta de una u otra importará indistintamente la falta o no presentación de la propuesta en su totalidad.
12.1 Fecha de presentación de la o las ofertas
La fecha de cierre de recepción de ofertas será el día del vencimiento del plazo para la presentación de las mismas, el cuál será informado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica a la presente licitación pública, una vez publicadas las presentes bases en el referido portal.
En caso de que el vencimiento del plazo recayere en día inhábil, se postergará la fecha del cierre de recepción de ofertas para el día hábil siguiente, a la misma hora.
12.2 Número de ofertas
Cada oferente sólo podrá presentar una oferta. Si un oferente presenta más de una oferta, este Servicio Nacional entenderá como válidamente presentada únicamente la última oferta subida al portal www.mercadopublico.cl.
12.3 Validez de la o las ofertas
La propuesta tendrá validez por un período de 45 días. Dicho plazo se contará a partir de la fecha de cierre de la presente licitación. La oferta cuyo período de validez sea menor que la requerida será rechazada por SENDA, no siendo objeto de evaluación.
Los gastos en que incurran los oferentes como consecuencia de la presentación de sus ofertas serán de su cargo, sin derecho a reembolso de ninguna especie.
Ante cualquier discordancia u omisión que se verifique entre las presentes bases y el formulario publicado en el portal www.mercadopublico.cl primará lo señalado en el presente instrumento.
12.4 Falta u omisión de las propuestas técnicas y económicas en la oferta
Como se indicó precedentemente, la oferta y su contenido son de carácter indivisible.
Por consiguiente, y no obstante que para los efectos de su presentación y evaluación se ha separado en una propuesta técnica y otra económica, la falta de una u otra importará indistintamente la falta o no presentación de la oferta.
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13. Presentación de la propuesta técnica |
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La propuesta técnica deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación.
La propuesta técnica deberá cumplir con todos los requisitos y especificaciones indicadas en las presentes bases, de lo contrario la propuesta quedará fuera de la presente licitación, siendo su oferta declarada inadmisible por no cumplir con un requisito establecido en las presentes bases y no será objeto de evaluación.
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14. Presentación de la propuesta económica |
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La oferta económica deberá ingresarse en el anexo N°3 como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación.
La propuesta económica deberá estar expresada en moneda nacional, en valor bruto y no estará sometida a reajuste alguno.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él.
Los precios ofertados, serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato. No se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado con posterioridad a la Propuesta o durante su cumplimiento.
Para la ejecución del servicio que por medio de las presentes bases se licita, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ha dispuesto un monto máximo de $24.000.000.- todos los impuestos incluidos. Toda oferta que exceda el máximo antes indicado será declarada inadmisible.
Los oferentes que no presenten propuesta económica, o bien presentándola, ésta no cumpla con lo señalado en las presentes bases, quedarán fuera del presente proceso de licitación y, por consiguiente, sus propuestas no serán objeto de evaluación, y deberán ser declaradas inadmisibles.
Se deja expresa constancia que, es responsabilidad exclusiva del oferente, considerar dentro del monto máximo ofertado, los eventuales impuestos a los que pudiera verse afecto, a la luz de las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420 y todo otro eventual hecho gravado que pudiera estar considerado en virtud de los servicios licitados.
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15. Apertura de las ofertas |
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El mismo día del cierre de recepción de las ofertas se procederá a efectuar la apertura de las ofertas presentadas en esta la licitación. La presente licitación será en una etapa, procediéndose en el acto de apertura a abrir tanto la oferta técnica como la económica.
De conformidad a lo establecido en el artículo 56 del reglamento de la ley de compras, una vez realizada la apertura de las ofertas, SENDA, podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión de su oferta, así como que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás proponentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a través del portal www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, el oferente dispondrá de un plazo de 3 días para enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl
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16. Admisibilidad y evaluación |
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16.1 Cumplimiento de condiciones administrativas
Previo a la evaluación de las ofertas técnicas y económicas, los oferentes deberán dar cumplimiento a la entrega de las declaraciones juradas dispuesta en la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo y examinará, asimismo, si los oferentes hubieren sido condenados por delitos concursales establecidos en el código penal.
En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, además deberá acompañar el instrumento público o privado en donde debe constar a lo menos, la solidaridad entre partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y el nombramiento de un representante o apoderado común, con poderes suficientes. La falta o no presentación del referido documento, importará la declaración de inadmisibilidad de la respectiva oferta.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl , deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
16.2 Comisión evaluadora
La evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora, la que analizará los antecedentes y las ofertas presentadas, de acuerdo a los criterios establecidos a continuación.
16.3 Integrantes de la comisión evaluadora
La comisión evaluadora estará integrada por:
1) Jefatura del Área de Comunicaciones de SENDA, o por quien esta designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio.
2) Asesor/a del Área de Comunicaciones de SENDA, o por quien esta designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio.
3) Jefatura de la División de Administración o Finanzas de SENDA, o quien esta designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio.
Será convocado en calidad de ministro de fe un abogado de la División Jurídica.
En cualquier caso, y conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan funciones en el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
16.4 Funciones de la comisión evaluadora
Serán funciones de la comisión:
a) Resolver si las ofertas técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las bases técnicas. En caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el acta.
b) Evaluar las ofertas técnicas y económicas presentadas.
c) Solicitar a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas. Para estos efectos, deberá solicitarse la información al oferente, quien en un plazo de 3 días corridos, deberá enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl
d) Elaborar un acta final de evaluación en la que se dejará constancia, de lo siguiente:
a. criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
b. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
c. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio Nacional.
d. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
e. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
16.5 Evaluación de las ofertas
El proceso de evaluación contempla la evaluación de las propuestas técnicas y económicas debiendo cada uno de los componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda. La suma de los puntajes asignados a los a los dos componentes corresponderá al puntaje final de la propuesta.
16.6 Solicitud de antecedentes en caso de omisiones y/o aclaraciones
La comisión evaluadora podrá solicitar a las entidades oferentes que salven errores u omisiones detectados durante la evaluación, o presenten certificaciones o antecedentes, según a continuación se indica: SENDA, podrá solicitar a los oferentes que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas.
Además, la comisión evaluadora podrá solicitar a la entidad oferente la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación
En todos los casos señalados, los oferentes tendrán un plazo de 3 días para enviar su respuesta a través del portal www.mercadopublico.cl, contados desde efectuado el requerimiento por el mismo medio.
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17. Criterios de evaluación de las ofertas |
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Las ofertas se evaluarán de acuerdo a los criterios de evaluación y pauta de evaluación que se indica a continuación. Para obtener la nota final de la evaluación técnica se deberán sumar y ponderar las notas obtenidas en la pauta de evaluación que se indica más adelante, todo ello en base a una escala de notas de 1 a 100, en base a la siguiente tabla:
Criterio de Evaluación
Porcentaje
1) Propuesta técnica
(65%)
2) Propuesta económica (Comisiones)
(30%)
3) Cumplimiento requisitos formales
(3%)
4) Cumplimiento del programa de integridad
(2%)
5) Comportamiento contractual anterior (Cca) Este criterio resta puntaje a aquellos Proveedores que han tenido un mal comportamiento contractual.
17.1 Evaluación de la propuesta técnica
Los subcriterios de evaluación de la propuesta técnica son los siguientes
Subcriterio
Sub Subponderado
Total
subponderación
A. Proyectos realizados (campañas en tv - campañas
digitales). (Pr.)
20%
65%
B. Briefing. (Br.)
15%
C. Estrategia de Medios
30%
A) PROYECTOS REALIZADOS (20%):
Este criterio mide la Experiencia en Proyectos realizados en campañas para instituciones públicas, fundaciones, ONG’s y otros organismos sin fines de lucro (Con TV - Sin tv). Para la evaluación de este criterio se considerará y evaluará la declaración que realice el oferente, acerca de la experiencia de los últimos 5 años, por un monto igual o superior a 500 UTM, respecto de cada proyecto realizado en cada línea de servicio ofertado. Ante la no entrega de la información solicitada, según lo indicado en la siguiente tabla de asignación de puntaje, se recibirá 0 puntos.
N° TRAMOS
(N° de PROYECTOS REALIZADOS) Puntaje
1 15 100
2 10 a 14 proyectos 75
3 5 a 9 proyectos 50
4 1 a 4 proyectos 25
5 Sin experiencia 0
B) BRIEFING (15%)
El proponente deberá entregar una propuesta de campaña comunicacional, el cual deberá dar cumplimiento claramente a los puntos solicitados que a continuación se indican:
a) Público Objetivo: Debe precisar a quién va dirigida la campaña, es decir, proporcionar descripción de los beneficiarios (grupo socio económico, sexo, edad, u otros), detalle de distribución geográfica, intereses y audiencias específicas, en caso de que se requiera.
b) Objetivo: deberá cumplir con el objetivo principal solicitado. Asimismo, el objetivo se debe redactar en tercera persona, y referirse a logros no a procesos o actividades. Debe ser concisos, claros y realizables
c) Ejecución y soporte: La propuesta de campaña debe cumplir con los elementos comunicacionales solicitados en la adquisición de la línea de servicio, según Ejecución y soportes detallados en el Anexo Oferta Técnica.
PUNTOS SOLICITADOS CUMPLE PUNTAJE
Público Objetivo SI 50
NO 0
Objetivo SI 20
NO 0
Ejecución y soporte SI 30
NO 0
C) ESTRATEGIA DE MEDIOS (30%)
Este criterio mide la planificación y ejecución de los medios empleados para la difusión de la campaña de comunicación, en función del público objetivo, la estrategia creativa y el presupuesto destinado. Se consideran variables como la diferenciación de plataformas para el mejor uso de los mensajes, segmentaciones en base a audiencias específicas para determinados grupos en beneficio de amplificar la estrategia comunicacional.
Para la evaluación de este criterio se considerará y evaluará la declaración que realice el oferente de acuerdo con el Anexo Oferta Técnica. Ante la no entrega de la información solicitada, según lo indicado en la siguiente tabla de asignación de puntaje, se recibirá 0 puntos
ESTRATEGIA DE MEDIOS* CUMPLE PUNTAJE
Estrategia de medios acorde al mensaje y objetivo comunicacional SI 30
NO 0
Define grupo objetivo por medio con variables como GSE, Edad, Sexo, Intereses etc. SI 25
NO 0
Análisis del grupo objetivo y el consumo de medios SI 25
NO 0
Eficiencia de los medios en cuanto a las variables como: Alcance, Frecuencia, Lectoría, Audiencia, Intereses Segmentación, etc. SI 20
NO 0
17.2 Evaluación de la propuesta económica: Comisiones (30%)
Para la evaluación económica serán considerados sólo aquellas ofertas que una vez evaluadas obtengan un puntaje técnico ponderado superior a 45 puntos, por tanto, la propuesta que no cumplan con ese requisito serán declaradas inadmisibles para efecto de la continuidad del proceso.
Para evaluar la propuesta económica, se evaluará según el porcentaje de comisiones que cobra la empresa por el desarrollo de planes de medios respecto del valor total de la propuesta que presente en cada caso. Para la evaluación de este criterio se considerará y evaluará la declaración que realice el oferente de acuerdo con el Anexo Oferta Técnica, sobre las comisiones que cobra. Ante la no entrega de la información solicitada, según lo indicado en la siguiente tabla de asignación de puntaje, se recibirá 0 puntos.
La asignación de puntaje será realizada por categoría y de acuerdo con la siguiente tabla:
COMISIÓN DIRECTA (50%):
N° TRAMOS
(PORCENTAJE DE COMISION
APLICADA) Puntaje
1 0 5 100
2 5,1 8 75
3 8,1 9 60
4 9,1 10 40
5 10,1 12 30
6 12,1 y mas 5
COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PLATAFORMA (30%):
N° TRAMOS
(PORCENTAJE DE COMISION
APLICADA DE ADMINISTRACION DE PLATAFORMA) Puntaje
1 0 5 100
2 5,1 8 75
3 8,1 9 60
4 9,1 10 40
5 10,1 12 30
6 12,1 y mas 5
COMISIÓN DE ADSERVER (20%):
N° TRAMOS
(PORCENTAJE DE COMISIÓN
APLICADA DE ADSERVER) Puntaje
1 0% 4% 100
2 5% 6% 60
3 7% 8% 40
4 9% y más 10
El puntaje de este criterio = (0.5*Comisión directa + 0.3* Administración de plataforma + 0.2*ADSERVER)*0.3
17.3 Evaluación cumplimiento de los requisitos formales (3%)
Este criterio será aplicado para evaluar el ingreso de la totalidad de la documentación solicitada en estas bases (anexos administrativos, técnicos y económicos).
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales, obtendrá 100 (cien) puntos.
Cumplimiento Requisitos Formales (3%) Puntaje
El Oferente cumple con todos los requisitos formales en la presentación de la oferta en los plazos establecidos para ello y no se le solicitan antecedentes conforme al art. 56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886. 100
No cumple con la presentación completa de los antecedentes, pero los acompaña con posterioridad, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales, conforme al art. 56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886. 50
No acompaña con posterioridad los documentos solicitados, conforme al art. 56 del Decreto N°661 Reglamento de la ley N°19.886, o lo acompañado no cumple con lo solicitado. 0
17.4 Cumplimiento de programa de integridad (2%)
Las entidades deberán acompañar documentos que permitan verificar la existencia del programa de integridad y su difusión dentro de la empresa u organización.
Se podrá verificar mediante cualquier documento, manual, circular, memorándum interno, correo electrónico o cualquier otro documento idóneo para dar cuenta de la implementación y difusión del señalado programa (en idioma español), se asignará puntaje 100 al oferente que cuente con dicho programa y acompañe los respectivos verificadores.
En el caso que el servicio sea ejecutado directamente por personas naturales (Anexo 4B), se evaluara la formación personal en cursos de perfeccionamiento, diplomados y/o capacitaciones en modalidad presencial y/o E-learning u otros documentos fidedignos en que conste que se han capacitado en integridad o compliance, se asignará puntaje 100 a la persona natural que cuente con la señalada formación y acompañe los verificadores de ello.
En caso de que el oferente no cuente con un programa de integridad, pero se comprometa a implementarlo, en los términos contenidos en el anexo N° 4, la oferta deberá señalar el plazo dentro del cual se efectuará dicha implementación, llevando por ello puntaje 50.
Para dar cuenta de la implementación de un programa de integridad deberá completarse el anexo N° 4 y además acompañar en formato libre él o los documentos verificadores.
Se deja constancia, que en el caso que el oferente se comprometa a implementar un programa de integridad y/o compliance, en los términos contenidos en el anexo N° 4, en la oferta deberá señalar el plazo dentro del cual se efectuará dicha implementación, no pudiendo exceder de 90 días corridos para ello. De no cumplir se considerará un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, pudiendo iniciarse por ello un término anticipado del contrato.
Lo mismo se aplica para la persona natural que no cuente con formación en integridad y/o compliance y se comprometa a realizar dicha formación, deberá indicar el plazo para realizarlo al momento de hacer su oferta, no pudiendo exceder de 90 días corridos para ello. De no cumplir se considerará un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, pudiendo iniciarse por ello un término anticipado del contrato.
Cumplimiento de Programa de Integridad Puntaje
Oferente cuenta con un programa de integridad conocido por su organización o en caso de las personas naturales cuenta con formación personal acreditada en materia de integridad o compliance. 100
Oferente no cuenta con un programa de integridad conocido por su organización o en caso de las personas naturales no se cuenta con formación personal acreditada en materia de integridad o compliance, pero se compromete a implementarlo en los términos contenidos en el mencionado anexo N°4 50
Oferente no cuenta con un programa de integridad conocido por su organización o en caso de las personas naturales no se cuenta con formación personal acreditada en materia de integridad o compliance. 0
17.5 Comportamiento contractual anterior (Cca)
Para la evaluación de este criterio, se evaluará el comportamiento contractual anterior del oferente, respecto de los contratos con la entidad licitante, durante los últimos 2 años antes del momento del cierre de presentación oferta. Esta información será obtenida del Registro de Proveedores.
Sólo se considerarán las sanciones ejecutoriadas durante el periodo señalado. El mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar (en el total del puntaje obtenido en la etapa técnica) el puntaje indicado en la tabla siguiente por el número de sanciones a firme recibidas por parte de la entidad licitante:
Sanción Disminución de puntaje por sanción
Término anticipado de contrato - 10
Cobro de multas - 5
A modo de ejemplo: Un proveedor ha recibido 3 sanciones de cobro de multas por parte de la Entidad licitante, el puntaje que recibe en este criterio es: (3 x -5 puntos) = -15 puntos Este último puntaje (a modo de ejemplo: -15 puntos) se restará al Puntaje Preliminar que haya obtenido el oferente.
17.6 Puntaje final
Una vez obtenido los puntajes de los criterios evaluación de la oferta técnica (EOT), evaluación de la oferta económica (EOE), del cumplimiento de los requisitos formales (ERF) y cumplimiento del programa de integridad (EPI) tras la evaluación, el puntaje final se obtendrá según la siguiente fórmula:
Puntaje Total: (EOT*0,65) + (EOE*0,30) + (ERF*0,3) +(EPI*0,2)
El oferente que obtenga la más alta calificación que resulte de la suma de las notas finales obtenidas en la evaluación del cumplimiento de la propuesta técnica, económica, requisitos formales y programa de integridad (considerando el cumplimiento contractual anterior), será quien se adjudique la presente licitación.
17.5 Mecanismo de desempate
Ante la ocurrencia de un empate en el mayor puntaje final técnico-económico, entre dos o más oferentes, se seleccionará a aquel, de acuerdo a la siguiente secuencia:
1) En caso que dos oferentes o más obtengan la misma calificación final, se adjudicará al oferente que obtenga mejor nota en el criterio 1. “Propuesta técnica”.
2) Si se mantiene el empate, se adjudicará al oferente que obtenga mejor nota en los subcriterios de la 1. “Propuesta técnica”, en el siguiente orden:
a) Estrategia de Medios
b) Proyectos realizados (campañas en tv – campañas digitales).
c) Briefing;
3) Si aun con lo anterior persiste el empate, se adjudicará al oferente que obtenga mejor nota en el criterio 2. “Propuesta económica: Comisiones”.
4) Si aun con lo anterior persiste el empate, se adjudicará al oferente que obtenga mejor nota en el criterio “Cumplimiento de los requisitos formales”.
5) Si se mantiene el empate, se adjudicará al oferente que obtenga mejor nota en el subcriterio “Cumplimiento del programa de integridad”.
6) Finalmente, si persistiese el empate entre dos o más oferentes, se adjudicará al oferente que haya presentado su propuesta primero en el portal de Mercado Publico.
Una vez finalizado el proceso de evaluación, la comisión levantará un acta de evaluación en la que deberá dejar constancia de las actuaciones efectuadas en el desempeño de sus funciones. Cómo mínimo, el acta mencionada deberá contener la siguiente información:
1) Listado de las ofertas evaluadas por la comisión.
2) Los puntajes asignados a cada oferta según los criterios establecidos en las bases.
3) Las consideraciones que hubieren motivado la descalificación de ofertas y que la Comisión estime conveniente consignar.
4) El nombre, cargo y firma de los funcionarios que participaron en la evaluación.
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18. Rechazo de las ofertas |
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SENDA declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases. Declarará desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses de SENDA.
En cualquiera de dichos casos, la declaración deberá realizarse mediante acto administrativo fundado.
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19. Selección para la adjudicación |
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El proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será seleccionado.
Para estos efectos, se procederá a la adjudicación mediante acto administrativo fundado del SENDA, debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del sistema de información de compras públicas. en dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación y el puntaje que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el contrato respectivo, se adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses del SENDA, o en su defecto, se declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
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20. Adjudicación |
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La adjudicación se realizará dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de cierre de recepción de ofertas informado a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica la presente licitación. Se entiende que presentó la mejor propuesta quien obtenga la nota final más alta entre los oferentes, según los criterios de evaluación señalados en el título 17 de estas bases de licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA, a través de acto administrativo fundado, totalmente tramitado, podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, sus fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl.
La adjudicación de la presente licitación pública se hará a través del correspondiente acto administrativo y será publicado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica la presente licitación, una vez que el mismo se encuentre totalmente tramitado.
21. Consultas a la adjudicación
En caso de que los oferentes, una vez adjudicada la presente licitación pública, quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con SENDA, al correo compras@senda.gob.cl. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al oferente que realiza la consulta y junto con ello, las preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos, a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica a la presente licitación.
22. Causales para dejar sin efecto la adjudicación
SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, por las siguientes causales:
a) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el título 24.1.
b) Si el oferente adjudicado no entregare en tiempo y forma los documentos señalados en el título 24.2.
c) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se desistiera de su oferta.
d) Si el oferente adjudicado no suscribiere el contrato dentro del plazo establecido en el título 24.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, SENDA adjudicará al oferente que, según el acta de evaluación final, hubiere obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
23. Re adjudicación
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, que se desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el contrato respectivo, se adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses del SENDA, o bien se declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
24. Suscripción del contrato
Una vez notificada la adjudicación, se celebrará un contrato de prestación de servicio con el prestador, dentro del plazo de 10 días corridos. Dentro de este plazo, el prestador deberá presentar toda la documentación requerida en las presentes bases.
Este plazo de formalización del contrato podrá ser ampliado unilateralmente por la institución de acuerdo a sus necesidades.
Dicho contrato, deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total tramitación de dicho acto administrativo.
Sin perjuicio de lo anterior y por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio antes de la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo.
24.1 Inhabilidades para contratar
No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna de las siguientes inhabilidades:
a) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso primero, ni tampoco en el artículo 35 quater, todos de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
b) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del SENDA o que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
c) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del SENDA o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
d) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que Indica.
e) Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, el SENDA adjudicará la licitación, al Oferente que según el Acta de Evaluación Final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
24.2 Documentación requerida para la suscripción del contrato
24.2.1 Para todos los oferentes
1) Certificado de inscripción y habilidad, del registro de contratistas y proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
2) Certificado vigente de antecedentes laborales y previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo que acredite el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales con sus actuales trabajadores y con los contratados en los últimos dos años.
En el caso que el adjudicatario tenga trabajadores contratados o los haya tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a continuación se indica, debiendo seleccionar sólo una de las opciones especificadas:
En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados actualmente, ni los haya tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a continuación se indica:
En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de la licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de la contratación. SENDA exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y planillas, en la oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento de las obligaciones adeudadas
24.2.2 Documentos para Persona Natural
El prestador deberá completar la declaración jurada de inhabilidad para contratar, contenidas en el portal de mercado público al momento de presentación de su oferta.
24.2.3 Documentos para persona jurídica nacional (incluidas las empresas individuales de responsabilidad limitada):
A. En caso de sociedades:
1) Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado de estatuto actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad competente.
2) Copia de Inscripción con vigencia de la sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado vigencia, emitido por la entidad competente.
3) Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda.
4) Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
5) Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes legales.
6) Declaración jurada que indique lo siguiente:
a) La entidad que represento no está afecta a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios .
b) La entidad que representa, no es una sociedad de personas de la que forme parte algún funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA o una persona que esté unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco una sociedad en comanditas por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean accionistas; ni una sociedad anónima abierta en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.
Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el Conservador de Bienes Raíces y de Comercio correspondiente al domicilio en que se inscribió la sociedad.
B) En caso fundaciones y/o corporaciones:
1) En entidades constituidas conforme al Decreto N° 110, de 1979 del Ministerio de Justicia: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
2) En entidades constituidas conforme a la Ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante ministro de fe, y debidamente autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los términos establecidos por el artículo 548 del Código Civil.
3) Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación.
4) Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica, cuando corresponda.
5) Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y todas las escrituras públicas insertar en ellos, y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial; o acta o actas donde se apruebe la reforma de estatutos, debidamente autorizadas por el Secretario Municipal respectivo.
6) Certificado de vigencia emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
7) Certificado de directorio emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
C) En todos los casos:
El prestador deberá completar la declaración jurada de inhabilidad para contratar, contenidas en el portal de mercado público al momento de presentación de su oferta.
24.2.4 Documentos para persona jurídica extranjera
1) Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
2) Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución de lo requerido en las presentes bases.
3) Deberá designar domicilio en Chile.
4) Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046.
24.2.5 Unión temporal de proveedores
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, cada una de las personas que la integran deberá presentar todos los documentos señalados en los puntos anteriores, según sea el caso.
Con todo, se hace presente, que no será necesaria la presentación de aquellos documentos que se encuentren digitalizados y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.
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25. Cláusulas del contrato |
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25.1 Plazo de vigencia del contrato
El plazo de ejecución se extenderá desde la fecha que indique el respectivo contrato y hasta el 31 de diciembre de 2025.
Con todo, por razones de buen servicio, el proveedor adjudicado podrá iniciar la ejecución de los servicios una vez suscrito el contrato aun cuando este no se encuentre totalmente tramitado. No obstante, SENDA no hará pago alguno hasta que este haya sido aprobado por el correspondiente acto administrativo.
25.2 Precio y pago
El monto de la licitación es de $ 24.000.000.-. La comisión ofrecida por los servicios se deberá detallar en el Anexo 3 el cual será el que regirá la contratación y no estará afecto a ningún tipo de reajuste posterior.
De acuerdo a lo detallado en las Bases técnicas del Acápite II de las presentes bases, el servicio deberá ser implementado en dos etapas. La primera etapa concentrará el 60% del presupuesto y se pagará contra la entrega del Primer Informe de Ejecución del Plan de Medios. La segunda etapa, se pagará contra la entrega del Segundo Informe de Ejecución del Plan de Medios y corresponderá al 40% del presupuesto total.
Las etapas deberán implementarse en las siguientes fechas:
Primera etapa: 8 al 21 de septiembre.
Segunda etapa: 22 al 31 de diciembre.
Una vez recibido los informes correspondientes, SENDA, dentro de un plazo de 5 días corridos, comunicará su aceptación o bien, formulará observaciones, las cuales deberá ser corregidas o aclaradas según sea el caso por la entidad, en un plazo máximo de 5 días corridos. Si no se subsanan dentro del plazo indicado, se entenderá como no presentado.
Por lo anterior, en caso de que el prestador no remita de oportuna el o los entregables o, habiendo sido entregados dentro de plazo, estos hayan sido objeto de observaciones y tales observaciones no hayan sido subsanadas dentro del plazo descrito, ambas situaciones serán abordadas de conformidad al título 26.5 “Del incumplimiento del contrato”, de las presentes bases.
Para cada pago, el contratista deberá presentar a SENDA un certificado de antecedentes laborales y previsionales, y además acreditar el pago completo de las obligaciones con sus trabajadores (personal que presta el servicio contratado) durante la ejecución del contrato, tengan estos contrato de trabajo o presten servicios a honorarios a través de cualquier antecedente idóneo para respaldar el cumplimiento de tales obligaciones, como por ejemplo certificados de Previred o del servicio de impuestos internos etc., dejando expresa constancia que no basta para cumplir este requisito el envío de una declaración jurada.
Los pagos deberán efectuarse dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro. Para proceder a ejecutar el o los pagos que correspondan, la o las órdenes de compra deben encontrarse aceptadas por el proveedor, en el portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que la entidad contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la entidad acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. SENDA exigirá que la entidad contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la entidad contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la entidad referida no podrá participar.
Finalmente, el o los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del Contratista de las facturas correspondientes. Se deja constancia que, atendida la naturaleza del servicio contratado, no se aceptaran boletas de honorarios, y la factura deberá corresponder a un giro o actividades, que sean coherente con los servicios que se están contratando, en el evento de no cumplirse estos requisitos no se autorizará el pago en tanto no se rectifique dicha anomalía.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983.
25.3 Contraparte técnica
El proveedor adjudicado para la correcta ejecución de los bienes y servicios deberá designar un coordinador, a quien le corresponderá actuar como representante ante SENDA, para tales efectos. Asimismo, por parte de SENDA, la contraparte técnica y de coordinación recaerá en la jefatura del área de Comunicaciones, o en quien ejerza en su reemplazo, a quien le corresponderá:
a) El control y supervigilancia del cumplimiento del contrato.
b) Recibir a conformidad el/los informes o entregables contemplados para el desarrollo del servicio, planteando a la contraparte de proveedor las observaciones y/o recomendaciones que se estimen pertinentes, las cuales serán siempre obligatorias para el proveedor.
c) Autorizar por escrito adecuaciones al proyecto, atender y resolver situaciones coyunturales o emergentes no consideradas, siempre que no implique una modificación al contrato.
d) El proveedor adjudicado deberá otorgar todas las facilidades destinadas a la ejecución de las funciones de control y supervigilancia de la contraparte técnica de SENDA.
e) La contraparte técnica podrá exigir la separación de cualquier trabajador del proveedor, por incumplimiento, incapacidad u otro motivo grave que haya comprobado.
f) Las comunicaciones oficiales entre ambas partes se efectuarán mediante correo electrónico, salvo que en las presentes bases se establezca la notificación por carta certificada, o se requiera notificar una resolución administrativa.
25.4 Principios que rigen la contratación
El contrato que se suscriba con el o los prestadores se regirán por los siguientes principios
I. Confidencialidad de la información
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 13° de la ley N° 19.913, el que preste servicios, a cualquier título para SENDA, como todo su personal, cualquiera sea el régimen de contratación que tenga con ellos, deberá guardar absoluta reserva y confidencialidad acerca de todos los asuntos de SENDA a que puedan tener acceso en razón de la ejecución del contrato que suscriba. Esta obligación pesará, además, sobre las personas que trabajen o le presten servicios, permanentes o no y a cualquier título.
El oferente deberá declarar en el acto de presentación de su oferta, conocer los alcances de la ley Nº 19.913, en lo referente a la confidencialidad de la información a que hace referencia el párrafo anterior.
El incumplimiento de la obligación de confidencialidad y reserva contenida en el artículo 13 de la ley N°19.913 se considerará como infracción grave al contrato que se celebre y dará lugar a su terminación inmediata y anticipada, tan pronto se conozca el hecho, sin perjuicio de las sanciones que la ley establece. La infracción a esta prohibición se sancionará en conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 13 de la ley N° 19.913.
Esta prohibición se mantendrá indefinidamente después de la terminación del contrato, cualquiera sea la causal de término del mismo.
Asimismo, la divulgación por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información sujeta a reserva y confidencialidad por parte del adjudicatario o de su personal, durante la vigencia del contrato o después del término del mismo, dará lugar para entablar, por parte de SENDA, las acciones judiciales que correspondan para hacer efectiva la responsabilidad del infractor, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y respecto de todos quienes resulten responsables.
El personal dependiente del oferente adjudicatario deberá firmar un acuerdo de confidencialidad en forma previa a la prestación de servicios y registrar sus antecedentes personales en SENDA.
El oferente adjudicado y su personal que preste servicios a SENDA, deberá conocer y respetar la políticas de seguridad de la información de SENDA, debiendo consentir que sea capacitado por SENDA en estas materias y teniendo la obligación de reportar cualquier observación y/o evento sobre la seguridad de la información que detecte o tome conocimiento, reportando de este hecho al encargado de la gestión del contrato por parte de la U.A.F., o al Encargado de Seguridad de la Información de la Institución.
El oferente adjudicado tiene la obligación de comunicar las cláusulas expuestas en este punto a toda la cadena de suministros que posea para la prestación de este servicio, a quienes deberá hacer suscribir las respectivas declaraciones de confidencialidad.
II. Propiedad, usos y restricción de la información
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la contratación la documentación, antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con la adquisición del bien, sin perjuicio de autorización expresa de SENDA para su uso.
El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado con la implementación de bien adquirido, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios.
El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
III. Protección de datos
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la contratación o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la vida privada.
25.5 Del incumplimiento del contrato
En caso de incumplimiento contractual, se podrán aplicar las sanciones que a continuación se detallan.
• Amonestaciones
Por amonestación debe entenderse la advertencia que se realiza al contratista, en virtud de la cual se le representa un hecho reñido con la fiel ejecución del contrato y donde se le insta a la enmienda de la conducta, conminándolo con la advertencia de una sanción mayor en el evento de reincidir.
SENDA podrá amonestar por escrito al contratista en el evento de dar cumplimiento tardío a la entrega de los informes, con un máximo de 5 días hábiles desde el vencimiento de los plazos establecidos en el numeral 25.2. “Del pago”, de las presentes Bases.
o Procedimiento de aplicación de amonestaciones:
Si analizados los antecedentes se determina la aplicación de amonestaciones por este Servicio, la jefatura del Área de Comunicaciones de SENDA, o el o los funcionarios que ella designe, le comunicará al contratista mediante correo electrónico los hechos que originan la amonestación.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante correo electrónico dirigido a la casilla de correo electrónico indicada por el contratista en el formulario de presentación de propuesta (anexo N°1 del acápite III de estas bases).
El profesional tendrá un plazo de 5 días hábiles contados desde que se le haya enviado el correo electrónico, para efectuar sus descargos ante SENDA, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito, fuerza mayor o que demuestren fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la amonestación, o que desvirtúen los antecedentes analizados por el SENDA.
Con todo, si el contratista no presentara sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditados los hechos constitutivos de amonestación y se procederá a dictar el correspondiente acto administrativo que así lo declare.
El contratista podrá, sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la ley N° 19.880, presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de diez días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la amonestación quedará firme, sin perjuicio de la pertinencia del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo cuerpo legal.
• Multas
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol cobrará multas al contratista con quien celebre el contrato, relacionadas con incumplimientos por parte de éste, aplicables en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de obligaciones contempladas en el contrato: 0.5 Unidades de Fomento por cada ocasión que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol deba representarle tal hecho.
b) Dar cumplimiento tardío, después de 5 días hábiles desde el vencimiento de los plazos de entrega establecidos entre las partes: 0.3 Unidades de Fomento por cada día hábil de atraso, no pudiendo exceder el atraso en más de 10 días hábiles, en cuyo caso, procederá el término anticipado del contrato.
o Procedimiento de aplicación de multas:
En el caso de que se detecte una situación como las anteriormente mencionadas, que amerite la aplicación de multas, se aplicará el siguiente procedimiento:
a) La jefatura del Área de Comunicaciones de SENDA Nacional, o los funcionarios que ella designe, notificará por escrito al adjudicatario dicha circunstancia, indicando los hechos que originan la multa y su monto.
Las notificaciones que se efectúen al adjudicatario en virtud de este procedimiento, se realizará mediante carta certificada dirigida a su domicilio, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de despachada la carta por correo.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que acrediten fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas. En esa misma oportunidad, podrá solicitar rebaja de los montos de las multas. Si el adjudicatario no presenta sus descargos en el plazo señalado, la multa quedará firme, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Director Nacional dispondrá de cinco días hábiles contados desde la recepción de los descargos para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente. De lo resuelto, se notificará al adjudicatario.
d) El contratista podrá, sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la ley N° 19.880, presentar recurso de reposición ante el Director Nacional, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles contados desde la recepción del recurso para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el adjudicatario no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará afirme, dictándose la pertinente resolución, por parte de la Dirección Nacional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Dichas multas no se aplicarán si el incumplimiento se produce por caso fortuito o fuerza mayor, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuren una causal de caso fortuito o fuerza mayor alegado y que tales hechos se encuentran debidamente acreditados.
El Contratista podrá pagar la multa directamente, y si éste no paga directamente la multa, SENDA estará facultado para deducirla, a su arbitrio, del valor de cualquiera de los pagos que corresponda efectuar.
• Término anticipado del contrato
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación para el Consumo de Drogas y Alcohol podrá poner término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que acaeciere alguna de las siguientes circunstancias:
a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b) Si el contratista fuere declarado en quiebra o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d) Caso fortuito o fuerza mayor, comprendiéndose dentro de ellas razones de ley o de autoridad que hagan imperativo terminarlo.
e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por el contratista, por ejemplo, incumplimiento en la elaboración de documentos técnicos, prácticas que interfieran gravemente en la coordinación intersectorial, incumplimiento reiterado de actividades programadas por razones que son imputables al contratista; no haber implementado el programa de integridad y/o compliance comprometido o no haber efectuado la formación comprometida en dichas materias; entre otras.
f) Atraso de más de 10 días hábiles de los informes previstos en el 25.2 de las presentes Bases, o bien, cuando habiéndolos entregado dentro del plazo, éstos hubieren sido rechazados definitivamente por SENDA, agotado el procedimiento de aprobación previsto.
g) Si el contratista que al momento de contratar registraba saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, y no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato.
h) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento o su contenido, ya sea al momento de la presentación de la oferta, la suscripción del contrato o durante la ejecución de los servicios, lo anterior sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponder.
o Procedimiento del término anticipado de contrato:
Si analizados los antecedentes se determina la aplicación del término anticipado por este Servicio, la jefatura del Área de Comunicaciones de SENDA, o el o los funcionarios que ella designe, le comunicará al contratista, mediante oficio, los hechos que originan el término anticipado parcial o total del contrato.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante carta certificada dirigida a su domicilio, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de recibida en la oficina de correos que corresponda.
El contratista dispondrá de 10 días hábiles contados desde que se le haya notificado el referido oficio, para efectuar sus descargos ante SENDA, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan el término anticipado o que desvirtúen los antecedentes analizados por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá al término anticipado total o parcial, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Si el contratista ha presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol dispondrá de veinte días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
El contratista podrá, sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la ley N° 19.880, presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de diez días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme, sin perjuicio de la pertinencia del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo cuerpo legal.
En caso de verificarse alguna de las causales señaladas, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, podrá, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, en conformidad a las reglas generales del derecho común.
25.6 Cesión de Contrato y Subcontratación
Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación pública, de acuerdo a lo señalado en el artículo 14 de la Ley 19.886.
Sin embargo, el contratista si podrá acordar con terceros la subcontratación parcial o de alguna parte del contrato.
25.7 Modificación de la contratación
Si con posterioridad a la formalización de la contratación, el SENDA estima necesario realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, las que por su magnitud representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario, podrá proponer a éste las modificaciones señaladas, las que podrán incluir las prestaciones y el precio, no pudiendo exceder este último el 30% del originalmente propuesto.
La modificación señalada deberá ser realizada mediante la dictación de un acto administrativo, y se emitirá una nueva orden de compra en caso de que el monto varíe, la cual deberá ser aceptada por el prestador.
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ACÁPITE II
BASES TÉCNICAS
1. Antecedentes generales
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, es la entidad del Gobierno de Chile responsable de elaborar políticas públicas en prevención, tratamiento e integración social para las personas afectadas directa o indirectamente por el consumo de estas sustancias.
Por lo anterior, el Servicio Nacional, necesita llevar a cabo una estrategia comunicacional para prevenir y sensibilizar a las personas durante los en contextos de celebraciones y festividades, especialmente aquellas que involucren el consumo de alcohol u otro tipo de drogas, promoviendo la planificación y el autocuidado. Su objetivo es generar conciencia sobre la importancia de gestionar los riesgos asociados al consumo de alcohol y otro tipo de drogas y fomentar una cultura de celebración responsable entre la población.
En este contexto, el Otro Plan es una campaña impulsada por SENDA en el contexto de las celebraciones. Su objetivo es promover la toma de decisiones responsables frente al consumo de alcohol y otras drogas, a través de mensajes positivos y realistas, centrados en la planificación y el autocuidado individual y colectivo.
La campaña busca reducir riesgos asociados al consumo, particularmente los accidentes de tránsito, y proteger a niños, niñas y adolescentes del consumo precoz o de la exposición a entornos donde el uso de sustancias está normalizado.
Contexto:
• Durante Fiestas Patrias, se registra un aumento en el consumo de alcohol y también en los siniestros viales asociados.
• Se intensifican los controles preventivos (alcotest y narcotest), con apoyo de SENDA y Carabineros.
• Las celebraciones masivas, las “previas” y los desplazamientos interregionales elevan la exposición a situaciones de riesgo.
Datos clave:
• En 2024, SENDA y Carabineros realizaron más de 15 mil controles de alcotest en Fiestas Patrias.
• Las tasas de consumo de alcohol en jóvenes siguen siendo altas en contextos recreativos.
2. Requerimientos específicos del servicio
Se solicita la ejecución de una estrategia y ejecución de un plan de medios, los que deberán estar en línea con los objetivos de la campaña. La estrategia de medios debe considerar cobertura nacional y/o regional, según aplique para la campaña y el mix de medios solicitado en los productos de la campaña.
3. Descripción del servicio:
Público Objetivo
• Personas jóvenes adultas (18 a 29 años): participan activamente en fiestas, previas y celebraciones masivas, con mayor exposición a consumos excesivo:
• Padres, madres y adultas cuidadores: responsables de establecer límites y generar entornos protectores para niños, niñas y adolescentes, en los que no se normalice el uso de sustancias.
• Conductores y conductoras: Público clave en la prevención de accidentes de tránsito.
Objetivos
Estrategia de alcance en medios afines al público objetivo para que ayude a promover decisiones responsables respecto al consumo de alcohol durante celebraciones, especialmente Fiestas Patrias, incentivando la planificación, la gestión de riesgos y el autocuidado individual y colectivo, con foco en prevenir accidentes y proteger a niños, niñas y adolescentes.
Específicos:
• Aumentar el alcance de mensajes preventivos en personas jóvenes adultas mediante redes sociales y plataformas digitales.
• Disminuir la aceptación social del consumo de alcohol en contextos donde hay presencia de niños, niñas y adolescentes.
• Posicionar el concepto “El Otro Plan” como una alternativa realista y atractiva frente a celebraciones sin planificación ni cuidados.
Ejecución y soportes:
Para la implementación de la campaña El Otro Plan, ya se cuenta con el concepto creativo, el logo oficial, el lema, las piezas gráficas base, las tres frases radiales de 30 segundos y los spots audiovisuales. Estos materiales serán entregados a la agencia para su adaptación y adecuación a los distintos formatos requeridos por la estrategia de medios.
El presente brief no incluye producción, por lo que las piezas que se utilizarán serán las ya desarrolladas por SENDA
Plan de medios solicitado:
• Medios tradicionales:
o Radio: 3 frases radiales de 30” para medios de cobertura nacional y regional, con enfoque en horarios de alto desplazamiento o en horario matinal.
• Medios digitales (objetivo: alcance):
o Piezas audiovisuales adaptadas a distintos formatos y plataformas
o Stories verticales para Instagram y Facebook.
o Video-post horizontal para Facebook.
o Formato pre-roll o display para YouTube.
*La agencia podrá proponer medios que no son solicitados en este brief con el fin de potenciar y/o mejorar el performance de la campaña.
No necesariamente se ejecutarán todos los productos y/o servicios requeridos, pudiendo la contraparte técnica del contrato redistribuir los recursos para potenciar algún soporte o pieza en particular, incorporar o eliminar elementos adicionales de la misma naturaleza, más aún en el plan de medios. Se tomará la decisión de modificar, desde el punto de vista estratégico, con el fin de generar el mayor impacto posible y según la contingencia del país.
Se tomará la decisión de modificar alguno de los entregables para potenciar otro(s), por parte de la contraparte técnica, atendiendo las necesidades estratégicas, con el fin de generar el mayor impacto posible y según la contingencia del país. Lo anterior, atendiendo a que el presupuesto disponible, descontando la comisión de agencia, será manejado por SENDAcomo una “bolsa de dinero” que permita la flexibilidad necesaria para poder cumplir el objetivo del servicio.
Evaluables de la licitación:
● Estrategia de medios.
● La planificación y ejecución de medios debe considerar: La apertura de cada compra por medio y soporte, unidad de compra, derechos asociados e indicadores de rendimiento, según corresponda.
● Flowchart de medios.
La estrategia de medios deberá ser presentada en formato PDF, mientras que la planificación de medios debe ser presentada en formato excel.
Entregables del contrato
● Plan de medios final con todos sus costos.
● Verificación de plan de medios.
● Pre y Post evaluación de Estrategia Digital, si corresponde.
● Cuadro de costos final.
4. Consideraciones de la Estrategia de medios:
a) Extracto ley de Presupuesto vigente: El avisaje y las publicaciones en medios de comunicación social deberán efectuarse, al menos, en un 40%, en medios de comunicación con clara identificación local, distribuidos territorialmente de manera equitativa. Este porcentaje no podrá destinarse a medios que sean parte de conglomerados, holdings o cadenas de medios de comunicación, con los que se relacionen en los términos de los artículos 99 y 100 de la ley N° 18.045, que tengan sedes o sucursales en más de una región. Se preferirá, el trato con los medios de comunicación que efectuarán por sí mismo el avisaje y las publicaciones, evitando en lo posible la contratación de intermediarios o agencia.
b) El plan de medios debe presentarse en formato Excel o planilla, especificando: Valor neto por medio, frecuencia por medio, alcance por medio y según corresponda: valor unitario, costo por punto, costo por contacto; costo por clic, costo por view, CPM, valor auspicio, cantidad de exhibiciones en el caso de las pantallas digitales. Se deberá incluir informes de lectoría de prensa, audiencia de radios por hora, rating TV, informes de audiencias digital, según corresponda para la justificación de la selección de los soportes.
c) El adjudicatario será responsable de la distribución, costos de implementación y ejecución de todos los materiales en los distintos soportes que se establezcan en el plan de medios adjudicado y aprobado por la contraparte, así como por los ajustes que realice durante su ejecución la contraparte técnica.
d) Sin perjuicio de todo lo señalado, la realización de la estrategia y ejecución del plan de medios será de responsabilidad de la contratista y este deberá responder a la contraparte técnica por el servicio de esta, pudiendo ser evaluada por la contraparte técnica en cualquier momento de la campaña.
e) Si el plan de medios y distribución del presupuesto inicial requiere modificación, será la contraparte técnica quien entregará la autorización, con el fin de dar cumplimiento al contrato, mejorar las condiciones y adaptar las ofertas a la programación de ejecución de las campañas.
f) Se requiere que el adjudicatario entregue, dentro de las primeras 24 horas del día del comienzo de la ejecución de la campaña o salida al aire, el estatus de implementación. Adicionalmente, mientras la campaña esté al aire, la contratista deberá entregar un informe semanal o lo que requiera la contraparte técnica, incluyendo un reporte de verificación y métricas de rendimiento, según corresponda.
g) Los cobros por concepto de administración de plataforma deben ser transparentados y visualizados en el plan de medios digital. Este cobro debe ser aplicado solo a aquellos soportes digitales que necesiten la mantención constante durante el periodo de campaña, por ejemplo, medios: Meta, Google, X, etc. El valor porcentual se aplica en la inversión neta destinada a estos medios y debe ser actualizada en base al consumo final real de cada soporte.
h) En la estrategia de medios, las redes sociales y programática deberá incluir, junto con el objetivo de la campaña, clusters de audiencia, intereses o segmentaciones por plataforma y/o red de sitios.
i) Los presupuestos destinados a plataformas digitales deben incluir todos los impuestos asociados a las regulaciones de la ley chilena.
j) Para las campañas que incluyan televisión, se solicitará la entrega de pre y post evaluación en base a los nuevos estudios de audiencia.
k) Todos los comerciales del Gobierno de Chile deben ser vinculados a los canales, idealmente a través de la plataforma de Peach y deberán enviar a la Contraparte Técnica un medio de verificación de que este acto se haya realizado.
l) Una vez terminada la campaña, el contratista deberá enviar: Plan de medios final, actualizado con los consumos reales de cada soporte contratado. Verificación total de la campaña que incluya según corresponda:
● Televisión: Levantamiento de exhibición (Megatime o similar)
● Televisión: Post evaluación.
● Televisión: En caso de auspicio, material de grabación donde incluya al menos un capítulo de la exhibición y los derechos contratados.
● Radio: Confirmación horaria.
● Prensa: Verificación del aviso.
● Vía Pública: Verificación de cada elemento
● Digital: Print de cada banner / Video / actividad exhibida, junto con una post evaluación de la campaña.
● Otros medios: Presentar fotografías, videos o cartas, que acrediten su exhibición en tiempo y forma.
5. Salida al aire
La campaña deberá ser implementada, en dos etapas:
• 8 al 21 de septiembre.
• 22 al 31 de diciembre.
6. Consideraciones generales
a. Comisión de agencia
La comisión de agencia es el monto que se establece por parte del oferente a cambio de asumir todas las operaciones y servicios que se verán involucrados en el desarrollo de la licitación.
La comisión de agencia, deberá abarcar todos los costos referidos a la ejecución del servicio licitado, es decir: horas hombre (H/H), equipos tecnológicos, programas, idea o concepto creativo, costos de oficina, personal que trabaja en la ejecución de campaña, etc.
El adjudicatario no podrá cobrar otras comisiones y/o bonificaciones a medios, agencias o productoras en el proceso de ejecución del contrato. La contravención de lo anteriormente expuesto implica un incumplimiento grave de las obligaciones que emanan del contrato, pudiendo la contraparte poner término al mismo cobrando la garantía de fiel cumplimiento; lo anterior sin perjuicio de las demás responsabilidades asociadas, ya sean estas civiles o penales.
Una vez que el proveedor adjudicado firme el contrato, también deberá realizar una declaración jurada en que se comprometan a que durante el proceso de ejecución del contrato no cobrarán comisiones y/o bonificaciones distintas a las consignadas en la comisión de agencia a medios, agencias o productoras.
Dado que para la contraparte lo señalado en el párrafo anterior tiene el carácter de obligación esencial, los oferentes deberán acompañar a sus ofertas en un Anexo, debidamente suscrito ante notario por el representante legal del oferente.
- En caso de que el servicio sea Campaña Comunicacional (creatividad, producción y plan de medios), se pagará una sola comisión al proveedor que oferta por el servicio y que se adjudica el contrato.
- Las comisiones de plataforma y/o adserver son independientes y deben ser transparentadas en los cuadros de costos y aplicadas a los presupuestos de medios y servicios contratados. Estas deben ser aplicadas a la inversión neta del plan digital de las redes sociales.
- En el caso del adserver, la contra parte técnica podrá decidir si este será utilizado o si el presupuesto destinado a este ítem se redistribuirá en otro ítem del plan de medios.
b. Cuadro de costos
El oferente deberá adjuntar a su oferta un cuadro de costos, el cual deberá consistir en un detalle la distribución del plan de medios, la inversión regional y las comisiones asociadas al plan.
Los cuadros de costos deberán ser revisados periódicamente junto a la contraparte técnica. Esta revisión debe incluir la apertura de los presupuestos involucrados en todos los servicios y piezas desarrolladas a lo largo de la producción de la campaña. El monto total de la licitación es el presupuesto máximo que se debe considerar para toda su ejecución, en caso de que la adjudicación sea menor al presupuesto disponible, será el monto adjudicado el máximo a utilizar.
Si el cuadro inicial de costos requiere modificación, debe ser informado a la contraparte técnica del contrato antes de que se produzcan dichas modificaciones, y las mismas deberán ser aceptadas expresamente y por escrito por la contraparte técnica. Esta última, se reservará el derecho de solicitar órdenes de compra, boletas y/o facturas de las subcontrataciones realizadas por el contratista adjudicado. Así mismo la Contraparte Técnica podrá modificar estos cuadros de costos con el fin de cumplir con los objetivos de campaña, informando al proveedor adjudicado.
Las comunicaciones señaladas en este numeral podrán realizarse por correo electrónico, pudiendo la contraparte técnica dar su aceptación por la misma vía.
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ACÁPITE III ANEXOS |
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Disponibles como archivos adjuntos
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