PRIMERA FASE DEL PROCESO DE LICITACIÓN: IDONEIDAD TÉCNICA |
3.1 Presentación de antecedentes de Idoneidad Técnica.
La presentación de los antecedentes de Idoneidad técnica deberá realizarse hasta el día
10 corrido, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal
mercado Público, www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación.
En esta fase, el servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol
verificará la Idoneidad Técnica de los oferentes. Para ello, éstos deberán presentar el
Anexo N°3A (Línea N°1) o 3B (Línea N°2) contenido en el acápite III de estas bases,
certificado de título profesional, de grado académico certificación académica vinculada a
post títulos y diplomados si cuenta con ellos.
3.2 Comisión evaluadora de la idoneidad técnica
La evaluación de la Idoneidad Técnica será realizada por una Comisión Evaluadora
integrada por los siguientes funcionarios(as):
1. Jefe(a) de la División Programática de SENDA o quien este(a) designe mediante
memorándum.
2. Jefe (a) del Área de Tribunales de Tratamiento de Drogas de SENDA, o quien
éste(a) designe mediante memorándum.
3. Jefe(a) de la División de Administración y Finanzas de SENDA o quien este(a)
designe mediante memorándum.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del reglamento de la Ley
N°19.886, la Comisión Evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales
que cumplan funciones en SENDA.
La Comisión evaluadora deberá confeccionar un Acta de la Evaluación de la Idoneidad
Técnica y dejará constancia de los siguiente:
- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de la Idoneidad técnica.
- Selección de los 6 oferentes que hayan obtenido el puntaje más alto en la evaluación de
la Idoneidad Técnica, según los criterios establecido en el 3.3. de las presentes bases.
8
3.3. Evaluación de la Idoneidad Técnica y criterios de desempate
El proceso de evaluación de Idoneidad Técnica de las postulaciones será interno y se
aplicará una escala de puntos de 0 a 100 según la siguiente ponderación:
Línea N°1:
Criterio Ponderación
Título profesional de Psicólogo o de Trabajador / Asistente Social y
certificados de formación del profesional oferente en temáticas
relacionadas con drogas y / o en intervención psicosocial dentro
del sistema penal
40%
Experiencia del profesional oferente en trabajo directo con
usuarios de tratamiento de drogas y alcohol en población adulta o
juvenil. 60%
El oferente debe ser Psicólogo /a o Trabajador/Asistente Social, acreditando tal
calidad con su certificado de título.
Para evaluar los criterios antes señalados, se considerará la siguiente pauta que permita
asignar una nota de acuerdo al grado en que cada uno de estos criterios se describen en
la propuesta:
Criterio Definición Puntaje
1. Título profesional
de Psicólogo o de
Trabajador / Asistente
Social y certificados
de formación del
profesional oferente
en temáticas
relacionadas con
drogas y / o en
intervención
psicosocial dentro del
sistema penal
Posee título profesional de Psicólogo o de
Trabajador / Asistente Social y ha completado
formación de dos o más diplomados y/o post títulos
y/o post grados en temáticas relacionadas con
drogas y / o en intervención psicosocial dentro del
sistema penal
100
Posee título profesional de Psicólogo o de
Trabajador / Asistente Social y ha completado
formación en un diplomado o post título o post grado
en temáticas relacionadas con drogas y / o en
intervención psicosocial dentro del sistema penal
75
Posee título profesional de Psicólogo o de
Trabajador / Asistente Social y no cuenta con
diplomado ni post título ni post grados en temáticas
relacionadas con drogas y / o en intervención
psicosocial dentro del sistema penal
50
No posee título profesional o éste no corresponde a
Psicólogo o de Trabajador / Asistente Social.
0
(Deberá
declarase
inadmisible)
Experiencia del
profesional oferente
en trabajo directo con
usuarios de
tratamiento de drogas
y alcohol en población
Posee experiencia igual o superior a 3 años
cumplidos en trabajo directo con usuarios de
tratamiento para adultos y adolescentes problemas
de drogas y alcohol.
100
Posee experiencia igual o superior a 1 años e inferior
a 3 años en trabajo directo con usuarios de
80
9
adulta o juvenil. tratamiento para adultos y adolescentes problemas
de drogas y alcohol.
Posee experiencia igual o superior a 3 años
cumplidos en trabajo directo con usuarios de
tratamiento para adultos y adolescentes problemas
de drogas y alcohol.
70
Posee experiencia igual o superior a 1 años e inferior
a 3 años en trabajo directo con usuarios de
tratamiento para adultos y adolescentes problemas
de drogas y alcohol.
50
No posee experiencia o ésta es inferior a un año en
el en trabajo directo con usuarios de tratamiento para
adultos y adolescentes problemas de drogas y
alcohol.
10
No obstante, de obtener puntaje “0” en el primer criterio, se declarará inadmisible la
propuesta.
La Comisión evaluadora deberá confeccionar un Acta de la Evaluación de la Idoneidad
Técnica y dejará constancia de los siguiente:
- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de la Idoneidad Técnica.
- Selección de los 06 oferentes para la línea de servicio licitada que hayan obtenido el
puntaje más alto y distinto, en la evaluación de la Idoneidad Técnica, según los criterios
precedentemente señalados.
- En caso de que para la línea de servicio se presentarán más de seis oferentes que
obtengan un puntaje más alto y distinto, en la evaluación de idoneidad técnica, la
Comisión evaluadora seleccionará los 6 oferentes de la línea de servicio licitada que
hayan obtenido el puntaje más alto y distinto, en el criterio “Experiencia del profesional
oferente en trabajo directo con usuarios de tratamiento de drogas y alcohol en población
adulta o juvenil”.
- Si luego de lo anterior, se mantuviese una cantidad mayor a 06 oferentes que obtengan
un puntaje más alto y distinto, la Comisión evaluadora seleccionará los 06 oferentes de la
línea de servicio licitada que hayan obtenido el puntaje más alto y distinto, en el criterio
“Título profesional de Psicólogo o de Trabajador / Asistente Social y certificados de
formación del profesional oferente en temáticas relacionadas con drogas y / o en
intervención psicosocial dentro del sistema penal”.
- En caso de que para la línea de servicio se presentarán menos de seis oferentes, se
evaluaran de todos modos las ofertas que hubieran cumplido con los requisitos de
idoneidad.
- si no se presentan ofertas en una línea de servicio, esa línea se considerará desierta.
Línea N°2:
El proceso de evaluación de Idoneidad Técnica de las postulaciones a la línea será
interno y se aplicará una escala de puntos de 0 a 100 según la siguiente ponderación:
Criterio Ponderación
Título profesional y certificados de formación del profesional
oferente en temáticas relacionadas con drogas y / o en
intervención con adolescentes infractores de ley y/o en temas
40%
10
relacionados con la intervención psicosocial con jóvenes o familias
dentro del sistema penal.
Experiencia del profesional oferente en trabajo directo de procesos
de tratamiento para adolescentes infractores de ley con problemas
de drogas y alcohol. 60%
El oferente debe ser Psicólogo /a o Trabajador / asistente social, acreditando tal
calidad con su certificado de título.
Para evaluar los criterios antes señalados, se considerará la siguiente pauta que permita
asignar una nota de acuerdo al grado en que cada uno de estos criterios se describen en
la propuesta:
Criterio Definición Puntaje
1. Título profesional1
y
certificados de
formación del
profesional oferente
en temáticas
relacionadas con
drogas y / o en
intervención con
adolescentes
infractores de ley y/o
en temas relacionados
con la intervención
psicosocial con
jóvenes o familias
dentro del sistema
penal.
Posee título profesional de psicólogo/a o de
trabajador/a social y ha completado formación de dos
o más diplomados y/o post títulos y/o post grados en
temáticas relacionadas con drogas y / o en
intervención con adolescentes infractores de ley y/o
en temas relacionados con la intervención
psicosocial con jóvenes o familias dentro del sistema
penal.
100
Posee título profesional de psicólogo/a o de
trabajador/a social y ha completado formación en un
diplomado o post título o post grado en temáticas
relacionadas con drogas y / o en intervención con
adolescentes infractores de ley y/o en temas
relacionados con la intervención psicosocial con
jóvenes o familias dentro del sistema penal.
75
Posee título profesional de psicólogo/a o de
trabajador/a social, y no cuenta con diplomado ni
post título ni post grados en temáticas relacionadas
con drogas y / o en intervención con adolescentes
infractores de ley y/o en temas relacionados con la
intervención psicosocial con jóvenes o familias
dentro del sistema penal.
50
No posee título profesional o éste no corresponde a
psicólogo/a o a trabajador/a social.
0
(Deberá
declarase
inadmisible)
Experiencia del
profesional oferente
en trabajo directo de
procesos de
tratamiento para
adolescentes
Posee experiencia igual o superior a 3 años
cumplidos en trabajo directo de procesos de
tratamiento para adolescentes Infractores de Ley con
problemas de drogas y alcohol.
100
Posee experiencia igual o superior a 1 años e inferior
a 3 años en trabajo directo de procesos de
80
1
Éste debe haber sido otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del estado o reconocido por éste y
en el caso de personas extranjeras, éste se encuentra validado en Chile de acuerdo a la legislación vigente.
11
infractores de ley con
problemas de drogas
y alcohol.
tratamiento para adolescentes Infractores de Ley con
problemas de drogas y alcohol.
Posee experiencia igual o superior a 3 años
cumplidos en trabajo directo de procesos de
tratamiento para adolescentes con problemas de
drogas y alcohol.
70
Posee experiencia igual o superior a 1 años e inferior
a 3 años en trabajo directo de procesos de
tratamiento para adolescentes con problemas de
drogas y alcohol.
50
No posee experiencia o ésta es inferior a un año en
el en trabajo directo de procesos de tratamiento para
adolescentes con problemas de drogas y alcohol ni
con adolescentes infractores de ley.
10
No obstante, de obtener puntaje “0” en el primer criterio, se declarará inadmisible la
propuesta.
La Comisión evaluadora deberá confeccionar un Acta de la Evaluación de la Idoneidad
Técnica y dejará constancia de los siguiente:
- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de la Idoneidad Técnica.
- Selección de los 06 oferentes para la línea de servicio licitada que hayan obtenido el
puntaje más alto y distinto, en la evaluación de la Idoneidad Técnica, según los criterios
precedentemente señalados.
- En caso de que para la línea de servicio se presentarán más de seis oferentes que
obtengan un puntaje más alto y distinto, en la evaluación de idoneidad técnica, la
Comisión evaluadora seleccionará los 6 oferentes de la línea de servicio licitada que
hayan obtenido el puntaje más alto y distinto, en el criterio experiencia del profesional
oferente en trabajo directo procesos de tratamiento para adolescentes infractores con
problemas de drogas y alcohol.- Si luego de lo anterior, se mantuviese una cantidad
mayor a 06 oferentes que obtengan un puntaje más alto y distinto, la Comisión evaluadora
seleccionará los 06 oferentes de la línea de servicio licitada que hayan obtenido el puntaje
más alto y distinto, en el criterio Título profesional y certificados de formación del
profesional oferente en temáticas relacionadas con drogas y / o en intervención con
adolescentes infractores de ley y/o en temas relacionados con la intervención psicosocial
con jóvenes o familias dentro del sistema penal.
- En caso de que para la línea de servicio se presentarán menos de seis oferentes, se
evaluaran de todos modos las ofertas que hubieran cumplido con los requisitos de
idoneidad.
-si no se presentan ofertas en una línea de servicio, esa línea se considerará desierta.
3.3.2. a. Mecanismos de resolución de empates
En caso de verificarse un empate en la calificación obtenida entre dos o más oferentes, se
aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación
que a continuación se indica:
Para la línea N°1:
Primeramente, se resolverá el empate en favor de aquel oferente que hubiere obtenido la
más alta calificación en el criterio “Experiencia del profesional oferente en trabajo
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directo con usuarios de tratamiento de drogas y alcohol en población adulta o
juvenil”
Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a
favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio “Título
profesional de Psicólogo o de Trabajador / Asistente Social y certificados de
formación del profesional oferente en temáticas relacionadas con drogas y / o en
intervención psicosocial dentro del sistema penal”.
Si pese a los mecanismos para dirimir empates aún existiera un empate entre dos o más
oferentes, se resolverá este, mediante la realización de un sorteo efectuado por la
Comisión Evaluadora.
Para la Línea N°2:
1. Primeramente, se resolverá el empate en favor de aquel oferente que hubiere
obtenido la más alta calificación en el criterio “Experiencia del profesional
oferente en trabajo directo de procesos de tratamiento para adolescentes
infractores de ley con problemas de drogas y alcohol”.
2. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá
éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el
criterio “Título profesional de Psicólogo o de Trabajador / Asistente Social y
certificados de formación del profesional oferente en temáticas relacionadas
con drogas y / o en intervención con adolescentes infractores de ley y/o en
temas relacionados con la intervención psicosocial con jóvenes o familias
dentro del sistema penal.
3. Si pese a los mecanismos para dirimir empates aún existiera un empate entre dos
o más oferentes, se resolverá este, mediante la realización de un sorteo efectuado
por la Comisión Evaluadora.
3.4. Publicación del acta de Evaluación de los oferentes preseleccionados.
La publicación del acta de Evaluación de Idoneidad Técnica se realizará hasta el día 5
hábil, contado desde la fecha de cierre de Presentación de antecedentes de Idoneidad
Técnica.
3.5. Recepción de Consultas
Los proponentes sólo podrán formular sus consultas, a través del sitio
www.mercadopublico.cl correspondiente a la presente licitación, dentro de los 3 primeros
días corridos desde publicada el acta de evaluación de idoneidad técnica. Según lo
indicado en el artículo N°39 del reglamento de la ley N°19.886, sólo mediante los
mecanismos previstos por estas bases de licitación, los oferentes podrán comunicarse
con SENDA, para los efectos de la licitación, quedando absolutamente prohibido cualquier
otro tipo de contacto.
3.6. Respuestas a las consultas y aclaraciones
La respuesta a todas las consultas se realizará a través del Sistema de Información del
portal www.mercadopublico.cl dentro de los 3 días hábiles siguientes del vencimiento del
plazo para presentar consultas o aclaraciones señalado en el número anterior.
Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las bases de esta
licitación. Se entenderá que las respuestas contribuyen a determinar el alcance y sentido
de las Bases de licitación, por lo cual deberán ser consideradas por los oferentes para la
presentación de sus ofertas.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol , además, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases
Administrativas y/o Técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar algún
elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y
dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales
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del presente llamado a licitación y en tal condición, deberán ser consideradas por los
oferentes en la preparación de sus ofertas.
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PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
4.1. Información General
Toda oferta deberá incluir los antecedentes administrativos que se señalan en estas
bases y los documentos de la propuesta técnica.
La falta de presentación de los antecedentes requeridos será condición suficiente para
poder rechazar la oferta en el acto de apertura y declararla inadmisible.
Asimismo, si se comprueba la falta de presentación de los antecedentes señalados en
forma posterior al acto de apertura, la oferta en cuestión no será considerada en el
proceso de evaluación y adjudicación, y será declarada inadmisible.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los Anexos
de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en
formato Word, en el portal www.mercadopublico.cl.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación
implica que el respectivo oferente ha analizado las Bases Administrativas y Técnicas,
aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la
presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo
de condiciones a toda la documentación referida.
La oferta que no cumpla con acompañar cualquiera de los requisitos administrativos
exigidos en la forma prevista en el número 4.4 de estas bases de licitación, será
declarada inadmisible, quedando, por tanto, fuera de la presente licitación pública.
4.2. Fecha de recepción de antecedentes
Las ofertas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl, en el ID que
identifica esta licitación dentro del undécimo día corrido contado desde la fecha de
notificación de la preselección a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta las 15:00
horas del undécimo día.
En caso de que el vencimiento del plazo recayere en día inhábil, se postergará la fecha
del cierre de recepción de ofertas para el día hábil siguiente, a la misma hora.
En caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl,
durante este periodo, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras
y Contratación Pública, excepcionalmente las ofertas podrán ser recepcionadas en
soporte papel, en un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección
Regional correspondiente o la del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol (calle Agustinas N°1235, piso 2, Santiago Centro), de
lunes a viernes entre las 9:00 y las 15:00 horas, dentro de los 2 días hábiles contados
desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad del portal, en virtud de lo
establecido en el N° 2 del artículo 62 del Decreto Supremo Nº250, de Hacienda, de 2004.
Con todo, sólo se recibirán aquellas propuestas técnicas en soporte papel que adjunten
un certificado de indisponibilidad del sitio emitido por la Dirección de Compras y
Contratación Pública.
4.3. Número de ofertas
Cada oferente sólo podrá presentar una oferta para la línea de servicio en cuestión. Si un
oferente presenta más de una oferta, este Servicio Público entenderá como válidamente
presentada únicamente la última oferta subida al portal www.mercadopublico.cl. Esto sin
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perjuicio, de que un mismo oferente puede presentar ofertas en más de una línea de
servicio.
4.4. Antecedentes administrativos
Los oferentes deberán ingresar como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl,
en el ID que identifica esta licitación, un anexo de identificación del oferente (anexo N°1)
y, además, la declaración jurada del Anexo 2, (letra A, B, ó C según sea el caso), del título
II de estas bases. La falta o no presentación de la aludida declaración jurada, será causal
para declarar la inadmisibilidad de la respectiva oferta. Se deja constancia que los
oferentes también deberán completar las declaraciones juradas electrónicas dispuestas
por la plataforma de mercado público.
En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, además deberá acompañar el
instrumento público o privado en donde debe constar a lo menos, la solidaridad entre
partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y el
nombramiento de un representante o apoderado común, con poderes suficientes. La falta
o no presentación del referido documento, importará la declaración de inadmisibilidad de
la respectiva oferta.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de
inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En
dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de
dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl , deberá informar por escrito en la
Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago
Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se
desiste de su participación en el proceso.
4.5. Propuesta Técnica
Los documentos para la propuesta técnica deberán ingresarse como archivo adjunto en el
sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación, debiendo denominarse
dicho archivo adjunto como “Propuesta Técnica”. Para estos efectos, se deberá
presentar el anexo N°4A (Línea N°1) N°4B (Línea N°2) del acápite III de estas bases,
denominado “Formulario de Presentación de Propuesta para Licitación 2021 Servicios
Personales Especializados Tribunales de Tratamiento de Drogas”. La falta o no
presentación del referido anexo, importará la declaración de inadmisibilidad de la
respectiva oferta.
Sólo se considerarán las propuestas que hayan sido presentadas a través del portal
www.mercadopublico.cl y dentro del plazo señalado en el número 4.2 del acápite I de
estas bases, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna.
Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer
modificaciones en ellas una vez presentadas.
4.6. Propuesta económica
El precio que señalen los Oferentes en su Oferta Económica, a través del portal
www.mercadopublico.cl, corresponderá al valor Total Neto (sin incluir impuestos),
expresados en pesos chilenos. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá indicar en un archivo
adjunto los valores ofertados neto y brutos totales, así como también el impuesto al cual
se encuentra afecto. Para estos efectos los oferentes deberán presentar el anexo N°5 del
acápite III de estas bases. La falta o no presentación del referido anexo, importará la
declaración de inadmisibilidad de la respectiva oferta.
Las ofertas económicas presentadas por un monto VALOR TOTAL BRUTO superior a las
señaladas en la línea de servicio que se licita, no serán objeto de evaluación y serán
declaradas inadmisibles por SENDA. Del mismo modo, no se admitirán ofertas inferiores
al 90 % del valor total bruto señalado en estas bases.
4.7. De la validez de la propuesta
La propuesta técnica deberá tener una validez mínima de hasta 60 días corridos desde la
fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal www.mercadopublico.cl. La
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oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido será rechazada por SENDA.
Sin perjuicio de lo anterior, ante el silencio del oferente, se entenderá que su oferta tiene
la vigencia mínima de 60 días exigidos en estas bases.
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EVALUACIÓN |
5.1. La fecha de cierre de recepción de las ofertas será el día de vencimiento del plazo
para la presentación de las mismas indicado en el número 4.2 precedente a las 15:00
horas, el cual será informado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica a
la presente licitación, una vez publicadas las presentes bases en el referido portal.
Sin embargo, si el vencimiento del plazo recayere en día inhábil, se postergará la fecha de
cierre de recepción de las ofertas para el día hábil siguiente a la misma hora.
Apertura y evaluación de las ofertas.
A las 15:01 horas del mismo día del cierre de recepción de las ofertas, determinada de
conformidad al número 4.2 del acápite I de estas bases, se procederá a efectuar la
apertura de las ofertas presentadas por los oferentes seleccionados en la etapa de
Idoneidad Técnica, en esta la licitación.
5.2. De la Comisión Evaluadora
Las evaluaciones serán realizadas por una comisión evaluadora integrada por a lo menos
tres funcionarios del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo
de Drogas y Alcohol.
Para la presente licitación, la comisión evaluadora estará formada por los siguientes
funcionarios:
1. Jefe(a) de la División de Administración y Finanzas del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quién éste(a)
designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado
mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos
y sugerencias, OIRS del servicio.
2. Jefe(a) de la División Programática del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quien éste(a) designe
mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante
correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y
sugerencias, OIRS del servicio.
3. Jefe(a) del Área de Tribunales de Tratamiento de Drogas de la División
Programática del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, o por quien éste(a) designe mediante
memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo
electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias,
OIRS del servicio.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la Ley N°
19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que
cumplan funciones en el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las
especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En
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caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar
constancia en el acta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Evaluar las Ofertas Económicas.
d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas,
aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en esta
etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de
privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha
solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de
Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá solicitarse la
información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su
respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
e) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo
siguiente:
i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos
establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
iii. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se
presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas
presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio
iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para
la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma
de aplicar los criterios de evaluación.
v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la
decisión final.
5.3. Aclaraciones, errores u omisiones
Una vez realizada la apertura de las ofertas, SENDA, podrá solicitar a los oferentes las
aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión de su oferta, así como
que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos
vicios no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás proponentes,
esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si
correspondiere, a través del portal www.mercadopublico.cl.
Además, la comisión evaluadora podrá solicitar a la entidad oferente la presentación de
certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido
u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran
a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el
periodo de evaluación.
En todos los casos señalados, los oferentes tendrán un plazo de de 3 días hábiles, para
enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl, contados desde
efectuado el requerimiento por el mismo medio.
5.4. Del Acta final de Evaluación
De la evaluación realizada por la Comisión Evaluadora, así como de su propuesta de
adjudicación, se levantará un acta que será suscrita por todos los miembros de la
comisión.
5.4.1. Evaluación de la Propuesta Técnica
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La evaluación de las ofertas será realizada por la Comisión de Evaluación, la que
analizará los antecedentes y las ofertas presentadas, de acuerdo a los criterios
establecidos a continuación:
El proceso de evaluación será interno y se realizará en dos etapas, aplicándose en cada
una de ellas una escala de puntos de 0 a 100.
En primera etapa, se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales en la
presentación de la oferta, con una ponderación de un 5%
En segunda etapa se evaluará la propuesta técnica, con una ponderación de un 90%.
En tercera etapa se evaluará la propuesta económica, con una ponderación del 5%.
Por último, toda oferta que no se ajuste a los objetivos planteados en estas bases, deberá
ser declarada inadmisible mediante la dictación del correspondiente acto administrativo.
Cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de la oferta:
Se considerarán los siguientes criterios, de acuerdo a la tabla Nº 1:
TABLA N° 1:
Criterio Ponderación
1. Oferente cumple con todos los requisitos formales en la presentación
de la oferta en los plazos establecidos para ello. 100
2. Oferente no cumple dentro de plazo para presentación de las ofertas
con todo lo requerido, debiendo SENDA solicitar salvar errores u
omisiones formales o presentar certificados y/o antecedentes omitidos.
Pero salva errores u omisiones o presenta certificados y/o
antecedentes en el tiempo establecido para este efecto.
50
3. Oferente no cumple dentro de plazo para presentación de las
ofertas con todo lo requerido, debiendo SENDA solicitar salvar errores
u omisiones formales o presentar certificados y/o antecedentes
omitidos. Pero no salva errores u omisiones o presenta certificados y/o
antecedentes en el tiempo establecido para este efecto.
0
Evaluación de la Propuesta Técnica para las líneas de servicio N°1:
En la evaluación de la propuesta técnica para la línea de servicio N°1, se considerarán los
siguientes criterios, de acuerdo a la tabla Nº 2:
TABLA N°2:
Criterio Ponderación
1. Profesional con experiencia en trabajo directo con usuarios de
tratamiento de drogas y alcohol en población adulta o juvenil.
40
2. Profesional con experiencia en coordinación o dirección de
equipos de salud mental y/o equipos de tratamiento de alcohol y
10
18
drogas y/u otros programas de intervención social dirigidos a
población adulto.
3. Profesional con experiencia en trabajo directo o en
acompañamiento de procesos terapéuticos con población Adulta
con problemas de salud mental.
15
4. Profesional con experiencia en programas para Adultos en
conflicto con la justicia y/o programas que se relacionen e
interactúen con el sistema judicial, que impliquen comparecencia a
audiencias y coordinación con diferentes actores jurídicos.
15
5. Profesional con formación en temáticas relacionadas
a drogas y/o en temas relacionados con la intervención psicosocial
dentro del sistema penal.
20
Para evaluar los criterios señalados en la tabla Nº 2 precedente, se considerará la
siguiente pauta que permita asignar una nota de acuerdo al grado en que cada uno de
estos criterios se describe en la propuesta.
Ítem Ponderació
n parcial
Nota Criterios
1.- Profesional con
experiencia en trabajo directo
con usuarios de tratamiento
de drogas y alcohol en
población adulta o juvenil.
40%
100 El postulante tiene tres años o
más de experiencia en
tratamiento e intervención directa
de adultos con consumo
problemático de sustancias en
Centros con Convenio Senda.
80 El postulante tiene tres años o
más de experiencia en
tratamiento e intervención directa
de adultos con consumo
problemático de sustancias en
Centros sin Convenio Senda
(privados).
50 El postulante tiene tres años o
más de experiencia en
tratamiento e intervención directa
de jóvenes en conflicto con la
19
justicia con consumo
problemático de sustancias.
25
El postulante tiene menos de tres
años de experiencia en el
tratamiento e intervención directa
de jóvenes o adultos con
consumo problemático de
sustancias
0 El postulante no cuenta con
experiencia en el tratamiento y la
intervención directa de jóvenes
con consumo problemático de
sustancias, o esta experiencia es
menor a un año.
2.- Profesional con
experiencia en
coordinación o dirección
de equipos de salud
mental y/o equipos de
tratamiento de alcohol y
drogas y/u otros
programas de intervención
social dirigidos a población
adulto.
10% 100 El postulante tiene tres años o
más de experiencia en
coordinación o dirección de
equipos de salud mental y/o
equipos de tratamiento de alcohol
y drogas y/u otros programas de
intervención social dirigidos a
población adulto.
70 El postulante tiene entre tres y un
año experiencia en coordinación
o dirección de equipos de salud
mental y/o equipos de tratamiento
de alcohol y drogas y/o
experiencia de más de un año al
menos en otros programas de
intervención social dirigidos a
población adulta.
40 El postulante tiene al menos un
año de experiencia en
coordinación o dirección de
equipos de salud mental y/o
equipos de tratamiento de alcohol
y drogas y/u otros programas de
intervención social dirigidos a otra
población, diferente de la adulta.
0 El postulante no tiene experiencia
20
en coordinación o dirección de
equipos de salud mental y/o
equipos de tratamiento de alcohol
y drogas y/u otros programas de
intervención social dirigidos a
población adulta.
3-. Profesional con
experiencia en trabajo
directo o en
acompañamiento de
procesos terapéuticos con
población Adulta con
problemas de salud
mental.
15% 100 El postulante tiene experiencia
laboral igual o superior a 3 años
en trabajo directo o en
acompañamiento de procesos
terapéuticos con población Adulta
con problemas de salud mental.
50 El postulante tiene experiencia
laboral entre 1 y 3 años en trabajo
directo o en acompañamiento de
procesos terapéuticos con
población Adulta con problemas
de salud mental.
0 El postulante no cuenta con
experiencia en trabajo directo o
en acompañamiento de procesos
terapéuticos con población Adulta
con problemas de salud mental.
4-. Profesional con
experiencia en programas
para Adultos en conflicto
con la justicia y/o
programas que se
relacionen e interactúen
con el sistema judicial, que
impliquen comparecencia
a audiencias y
coordinación con
diferentes actores
jurídicos.
15% 100 El postulante tiene experiencia
laboral igual o superior a 3 años
en programas para Adultos en
conflicto con la justicia y/o
programas que se relacionen e
interactúen con el sistema
judicial, que impliquen
comparecencia a audiencias y
coordinación con diferentes
actores jurídicos.
80 El postulante tiene experiencia
laboral igual o superior a 3 años
en programas que se relacionen e
interactúen con el sistema
judicial, que impliquen
comparecencia a audiencias y
coordinación con diferentes
actores jurídicos
21
50 El postulante tiene experiencia
laboral de entre 1 y 3 años en
programas para Adultos en
conflicto con la justicia y/o
programas que se relacionen e
interactúen con el sistema
judicial, que impliquen
comparecencia a audiencias y
coordinación con diferentes
actores jurídicos
0 El postulante no cuenta con
experiencia en programas para
Adultos en conflicto con la justicia
y/o programas que se relacionen
e interactúen con el sistema
judicial, que impliquen
comparecencia a audiencias y
coordinación con diferentes
actores jurídicos.
5. Profesional con
formación en temáticas
relacionadas a drogas y/o en
temas relacionados con la
intervención psicosocial
dentro del sistema penal.
20% 100 Posee grado de magíster o
certificado de postítulo, diplomado
o es alumno regular de magíster
en temáticas relacionadas al
consumo problemático de drogas.
75 Posee grado de magíster o
certificado de postítulo, diplomado
o es alumno regular de magíster
en temáticas relacionadas con la
intervención psicosocial dentro
del sistema penal.
40 Posee capacitación durante los
últimos 5 años en temáticas
relacionadas al consumo
problemático de drogas y/o en
temas relacionados con la
intervención psicosocial dentro
del sistema penal.
0 No posee capacitación durante
los últimos 5 años en temáticas
relacionadas al consumo
problemático de drogas y/o en
temas relacionados con la
22
intervención psicosocial dentro
del sistema penal.
La suma de los puntajes ponderados obtenidos constituirá la nota de la propuesta técnica.
A su turno, el puntaje será ponderado por el 90% asignado a la evaluación de la
propuesta técnica.
Evaluación de la Propuesta Técnica para la línea de servicio N°2:
En la evaluación de la propuesta técnica para la línea de servicio N°2, se considerarán los
siguientes criterios, de acuerdo a la tabla Nº3:
TABLA N° 3:
Criterio Ponderación
1. Profesional con experiencia en trabajo directo en procesos de
tratamiento para adolescentes con problemas de drogas y
alcohol2
, preferentemente los programas para jóvenes infractores3
.
40
2. Profesional con experiencia en coordinación o dirección4
de
equipos de salud mental y/o equipos de tratamiento de alcohol y
drogas para adolescentes y/o equipos multidisciplinarios de
infancia y adolescencia.
10
3. Profesional con experiencia en Programas de la Línea de
Justicia Juvenil y/o Reinserción de SENAME o de sus
organizaciones colaboradoras.5
10
2
Se entiende por “Programa de Tratamiento de alcohol y drogas de adolescentes con infracción de Ley”,
aquellos programas formales de atención terapéutica por consumo problemático de drogas y alcohol dirigidos
explícitamente a población adolescente y/o joven que ha cometido delito.
3
Se entiende por “Programa de Tratamiento de alcohol y drogas con adolescentes o jóvenes”, aquellos
programas formales de atención terapéutica por consumo problemático de drogas y alcohol dirigidos
explícitamente a población general de adolescente y/o joven.
4
Se entiende por “Experiencia del profesional en coordinación o dirección de equipos de salud mental y/o
equipos de tratamiento de alcohol y drogas y/o equipos multidisciplinarios de infancia y adolescencia” a
aquella donde el profesional ha sido responsable de liderar y dirigir técnica y clínicamente a los equipos, como
asimismo asumir responsabilidades en el área administrativa.
5
Se entenderá por “Programas de la Línea de Justicia Juvenil y/o Reinserción de SENAME o de sus
organizaciones colaboradoras” aquellos programas orientados a brindar atención a adolescentes, en el marco
del cumplimiento de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, y que deban cumplir con medidas y/o
sanciones en el medio libre o medio privativo de libertad, administradas directamente por SENAME o por sus
instituciones colaboradoras.
23
4. Profesional con experiencia en programas de protección,
familia y/o violencia, que tengan relación con el sistema judicial y
que implican la comparecencia a audiencia y la relación con
diferentes actores jurídicos.6
10
5. Profesional con formación en temáticas relacionadas
a drogas, y / o en intervención con adolescentes infractores de ley
y/o en temas relacionados con la intervención psicosocial con
jóvenes o familias dentro del sistema penal.
10
6. Profesional con Capacitación del Profesional en Modelo
Transteórico del cambio (Entrevista Motivacional)7
.
10
7. Profesional con experiencia profesional como dupla psicosocial
del Programa Tribunales de Tratamiento de Drogas.8
10
Para evaluar los criterios señalados en la tabla Nº3 precedente, se considerará la
siguiente pauta que permita asignar una nota de acuerdo al grado en que cada uno de
estos criterios se describe en la propuesta.
Ítem Ponderación
parcial
Nota Criterios
1. Profesional con
experiencia en trabajo
directo en procesos de
tratamiento para
adolescentes con
problemas de drogas y
alcohol, preferentemente
los programas para jóvenes
infractores.
40%
100 El postulante tiene tres años o más de
experiencia en tratamiento e
intervención directa de adolescentes
infractores de ley con consumo
problemático de sustancias.
75 El postulante tiene menos de tres años
y más o igual a un año de experiencia
en el tratamiento e intervención directa
de adolescentes infractores de ley con
consumo problemático de sustancias.
6
Se entenderá por “Experiencia en programas de protección, familia y/o violencia, que tengan relación con el
sistema judicial y que implican la comparecencia a audiencia y la relación con diferentes actores jurídicos”
aquellos programas de la línea de protección de derechos de SENAME, tales como PRM, DAM, PIE, PDC, CEPIJ,
FAE, CREAD, entre otros. Como asimismo Programas de Apoyo a Víctimas de VIF del Ministerio Público,
Municipales, de la Subsecretaría de Prevención del Delito, entre otros. En los cuales los profesionales dentro
de sus funciones implican la comparecencia a las audiencias en el Tribunal de Familia y la coordinación con
actores jurídicos (jueces, fiscales, defensores).
7
Se entiende por Modelo Transteórico del Cambio aquel que busca comprender cómo se produce el cambio
en las personas frente a una conducta problemática. Dicho modelo explica las fases que una persona
necesita superar en el proceso de cambio, asignándole un rol activo puesto que es concebido como el
principal actor en su cambio de comportamiento.
8
Se entenderá por “Programa Tribunales de Tratamiento de Drogas” a aquel Programa Interinstitucional
conformado por el Poder Judicial, Fiscalía, Defensoría, SENDA, SENAME y cuyos objetivos principales son la
disminución del consumo problemático de drogas y evitar la reincidencia en población adulta y adolescente.
24
50 El postulante tiene tres años o más de
experiencia en tratamiento e
intervención directa de adolescentes,
sin infracción de ley, con consumo
problemático de sustancias.
25
El postulante tiene menos de tres años
y más o igual a un año de experiencia
en el tratamiento e intervención directa
de adolescentes, sin infracción, con
consumo problemático de sustancias
0 El postulante no cuenta con experiencia
en el tratamiento e intervención directa
de jóvenes con consumo problemático
de sustancias, o esta experiencia es
menor a un año.
2. Profesional con
experiencia en coordinación
o dirección9
de equipos de
salud mental y/o equipos de
tratamiento de alcohol y
drogas para adolescentes y/
o equipos multidisciplinarios
de infancia y adolescencia.
10%
100 El postulante tiene experiencia laboral
igual o superior a 3 años en
coordinación o dirección de equipos de
tratamiento de alcohol y drogas de
adolescentes infractores de ley y/o
equipos multidisciplinarios de infancia y
adolescencia.
75 El postulante tiene experiencia laboral
igual o superior a 3 años en
coordinación o dirección de equipos de
salud mental y/o equipos de tratamiento
de alcohol y drogas y/o equipos
multidisciplinarios de infancia y
adolescencia.
50 El postulante tiene menos de tres años
y más o igual a un año de experiencia
en coordinación o dirección de equipos
de tratamiento de alcohol y drogas de
adolescentes, infractores de ley o no, o
de equipos de salud mental y/o equipos
de tratamiento de alcohol y drogas y/o
equipos multidisciplinarios de infancia y
adolescencia.
0 El postulante no cuenta con experiencia
en coordinación o dirección de equipos
9
Se entiende por “Experiencia del profesional en coordinación o dirección de equipos de salud mental y/o
equipos de tratamiento de alcohol y drogas y/o equipos multidisciplinarios de infancia y adolescencia” a
aquella donde el profesional ha sido responsable de liderar y dirigir técnica y clínicamente a los equipos, como
asimismo asumir responsabilidades en el área administrativa.
25
de salud mental y/o equipos de
tratamiento de alcohol y drogas y/o
equipos multidisciplinarios de infancia y
adolescencia.
3. Profesional con
experiencia en Programas
de la Línea de Justicia
Juvenil y/o Reinserción de
SENAME o de sus
organizaciones
colaboradoras.
10% 100 El postulante tiene tres años o más de
experiencia en intervención directa de
jóvenes de programas de la Línea de
Justicia Juvenil y/o Reinserción de
Sename o de sus organizaciones
colaboradoras.
70 El postulante tiene entre uno y tres
años de experiencia en intervención
directa de jóvenes de programas de la
Línea de Justicia Juvenil y/o
Reinserción de Sename o de sus
organizaciones colaboradoras.
40 El postulante tiene menos de un año de
experiencia en intervención directa de
jóvenes de programas de la Línea de
Justicia Juvenil y/o Reinserción de
Sename o de sus organizaciones
colaboradoras.
0 El postulante no tiene experiencia en
intervención directa de jóvenes de
programas de la Línea de Justicia
Juvenil y/o Reinserción de Sename o
de sus organizaciones colaboradoras.
4. Profesional con
experiencia en programas
de protección, familia y/o
violencia, que tengan
relación con el sistema
judicial y que implican la
comparecencia a audiencia
y la relación con diferentes
actores jurídicos.10
10%
100 El postulante tiene tres años o más de
experiencia en programas de
protección, familia y/o violencia, que
tengan relación con el sistema judicial y
que implican la comparecencia a
audiencia y la relación con diferentes
actores jurídicos.
70 El postulante tiene entre uno y tres
años de experiencia en programas de
protección, familia y/o violencia, que
10 Se entenderá por “Experiencia en programas de protección, familia y/o violencia, que tengan relación con el
sistema judicial y que implican la comparecencia a audiencia y la relación con diferentes actores jurídicos”
aquellos programas de la línea de protección de derechos de SENAME, tales como PRM, DAM, PIE, PDC,
CEPIJ, FAE, CREAD, entre otros. Como asimismo Programas de Apoyo a Víctimas de VIF del Ministerio
Público, Municipales, de la Subsecretaría de Prevención del Delito, entre otros. En los cuales los profesionales
dentro de sus funciones implican la comparecencia a las audiencias en el Tribunal de Familia y la
coordinación con actores jurídicos (jueces, fiscales, defensores).
26
tengan relación con el sistema judicial y
que implican la comparecencia a
audiencia y la relación con diferentes
actores jurídicos.
40 El postulante tiene menos de un año de
experiencia en programas de
protección, familia y/o violencia, que
tengan relación con el sistema judicial y
que implican la comparecencia a
audiencia y la relación con diferentes
actores jurídicos.
0 El postulante no tiene experiencia en
programas de protección, familia y/o
violencia, que tengan relación con el
sistema judicial y que implican la
comparecencia a audiencia y la
relación con diferentes actores
jurídicos.
5. Profesional con
formación en temáticas
relacionadas a drogas, y / o
en intervención con
adolescentes infractores de
ley y/o en temas
relacionados con la
intervención psicosocial
dentro del sistema penal.
10% 100 Posee grado de magíster en temáticas
relacionadas a drogas, y / o en
intervención con adolescentes
infractores de ley y/o en temas
relacionados con la intervención
psicosocial con jóvenes o familias
dentro del sistema penal.
75 Posee postítulo, diplomado o es
alumno regular de magíster en
temáticas relacionadas a drogas, y / o
en intervención con adolescentes
infractores de ley y/o en temas
relacionados con la psicosocial con
jóvenes o familias dentro del sistema
penal.
50 Posee capacitación durante los últimos
5 años en temáticas relacionadas
a drogas, y / o en intervención con
adolescentes infractores de ley y/o en
temas relacionados con la psicosocial
con jóvenes o familias dentro del
sistema penal.
0 No posee capacitación durante los
últimos 5 años en temáticas
27
relacionadas a drogas, y / o en
intervención con adolescentes
infractores de ley y/o en temas
relacionados con la psicosocial con
jóvenes o familias dentro del sistema
penal.
6. Profesional con
Capacitación en Modelo
Transteórico del cambio
(Entrevista Motivacional).
10% 100 El profesional ha sido capacitado en el
Modelo Transteórico del cambio,
específicamente en Entrevista
Motivacional, y así lo acredita.
0 El profesional no ha sido capacitado en
el Modelo Transteórico del cambio, o,
aun cuando declara haber recibido
capacitación, no tiene cómo acreditarla.
7. Experiencia profesional
como dupla psicosocial del
Programa Tribunales de
Tratamiento de Drogas. [1]
10% 100 El postulante tiene experiencia laboral
como integrante de dupla psicosocial del
Programa Tribunales de Tratamiento de
Drogas
0 El postulante no tiene experiencia laboral
como integrante de dupla psicosocial del
Programa Tribunales de Tratamiento de
Drogas
1) Se entenderá por “Programa Tribunales de Tratamiento de Drogas” a aquel Programa
Interinstitucional conformado por el Poder Judicial, Fiscalía, Defensoría, SENDA, SENAME y cuyos
objetivos principales son la disminución del consumo problemático de drogas y evitar la reincidencia
en población adulta y adolescente.
La suma de las notas ponderadas de cada criterio descrito en la Tabla Nº3 precedente,
ponderada a su vez por el porcentaje asignado a la propuesta técnica, dará la nota final
de la propuesta técnica en estas líneas de servicio.
5.4.2. Evaluación de la Propuesta Económica
La nota o calificación de la evaluación económica se calculará con una regla aritmética de
tres inversamente proporcional, otorgando un mayor puntaje a la propuesta más
económica.
Puntaje económico = OPM * 100
OE
Donde:
OPM: es el precio menor de todas las ofertas evaluadas
OE: es el precio de la oferta evaluada
100: es el puntaje mayor
28
La nota o calificación de la propuesta económica se ponderará con un 5%.
5.5. Nota Final
El oferente que obtenga la más alta calificación que resulte de la suma de las tres notas
finales obtenidas en la evaluación del cumplimiento de los requisitos formales, propuesta
técnica y económica, será quien se adjudique la presente licitación.
Puntaje Final (P. Técnica + P. Económica + Cumpl. Req. Formales) =
La nota final que los oferentes obtengan será ponderará con los siguientes valores:
a. Cumplimiento de los requisitos formales 5%
b. La evaluación técnica en un 90%
c. La evaluación económica en un 5%
5.6. Mecanismo para dirimir empates
Mecanismo para dirimir empates para la línea de servicio N°1:
En caso que se verificase un empate en la calificación final obtenida entre dos o más
oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden
de prelación que a continuación se indica:
1. Primeramente, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere
obtenido la más alta calificación en la evaluación de la propuesta técnica.
2.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá
éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio
denominado Profesional con experiencia en trabajo directo o en acompañamiento de
procesos de tratamiento de drogas y alcohol en población adulta o juvenil.
3.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá
éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio
denominado profesional con formación en temáticas relacionadas a drogas y/o en temas
relacionados con la intervención psicosocial dentro del sistema penal.
4. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá
éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio
denominado profesional con experiencia en trabajo directo o en acompañamiento de
procesos terapéuticos con población Adulta con problemas de salud mental.
5. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá
éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio
denominado profesional con experiencia en programas para Adultos en conflicto con la
justicia y/o programas que se relacionen e interactúen con el sistema judicial, que
impliquen comparecencia a audiencias y coordinación con diferentes actores jurídicos.
6. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá el
empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la
evaluación de la propuesta económica.
7. Finalmente, si aplicados todos los criterios anteriores, se mantuviere el empate,
será adjudicada al primero que haya presentado su oferta en el portal.
Mecanismo para dirimir empates para la línea de servicio N°2:
En caso que se verificase un empate en la calificación final obtenida entre dos o más
oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden
de prelación que a continuación se indica:
29
1. Primeramente, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere
obtenido la más alta calificación en la evaluación de la propuesta técnica.
2.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá
éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio
denominado profesional con experiencia en trabajo directo o en acompañamiento de
procesos de tratamiento para adolescentes con problemas de drogas y alcohol,
preferentemente los programas para jóvenes infractores.
3.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá
éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio
denominado Profesional con experiencia en coordinación o dirección de equipos de salud
mental y/o equipos de tratamiento de alcohol y drogas para adolescentes y/o equipos
multidisciplinarios de infancia y adolescencia.
4. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá
éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio
denominado Profesional con experiencia en Programas de la Línea de Justicia Juvenil y/o
Reinserción de SENAME o de sus organizaciones colaboradoras.
5. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá
éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio
denominado Profesional con experiencia en programas de protección, familia y/o
violencia, que tengan relación con el sistema judicial y que implican la comparecencia a
audiencia y la relación con diferentes actores jurídicos.
6. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá el
empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la
evaluación de la propuesta económica.
7. Finalmente, si aplicados todos los criterios anteriores, se mantuviere el empate,
será adjudicada al primero que haya presentado su oferta en el portal.
5.7. Rechazo de las ofertas.
La información entregada por los oferentes podrá ser verificada por el servicio, en caso de
identificarse alguna falta de veracidad en la información entregada o de los antecedentes
acompañados será causal suficiente para declarar inadmisible la oferta. Del mismo modo,
el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol
declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos
establecidos en las presentes Bases. Asimismo, declarará desierta la licitación, cuando no
se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del
SENDA. En cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por acto administrativo
fundado.
|
|
|
ADJUDICACIÓN |
6.1. Selección del adjudicado
Se entiende que presentó la mejor oferta quien obtenga la nota final más alta entre los
oferentes para la línea de servicio en cuestión.
6.2. Causales para dejar sin efecto la adjudicación.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo,
por las siguientes causales:
30
a. Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas
en el numeral 7.2 del acápite I de estas bases.
b. Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos
señalados en el número 7.3 del acápite I de estas bases.
c. Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal a SENDA, se
desistiera de su oferta.
d. Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro
del plazo establecido en el número 7.1. del acápite I de estas bases.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol adjudicará al
oferente que, según el acta de evaluación final, hubiese obtenido el siguiente mayor
puntaje final en la línea de servicio, si dicha oferta es conveniente para los intereses de
SENDA, o declarará desierta dicha línea de servicio, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
6.3. Consultas a la adjudicación
En caso que los oferentes, una vez adjudicada la presente licitación pública, quieran
aclarar aspectos de la adjudicación, podrán comunicarse vía el portal
www.mercadopublico.cl
Las consultas efectuadas serán respondidas por el portal www.mercadopublico.cl al
oferente que realiza la consulta y junto con ello, las preguntas y respuestas, serán
publicadas como anexos, a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que
identifica a la presente licitación.
Con todo, sólo se aceptarán consultas a la adjudicación dentro de los 5 días corridos
siguientes a la fecha de la notificación de la resolución que adjudica la presente propuesta
pública. Toda consulta que se realice con posterioridad a este plazo se tendrá por no
presentada.
|
|
|
CONTRATACIÓN |
7.1. Del Contrato
Se celebrará un contrato de prestación de servicios, con cada uno de los adjudicatarios,
dentro de los 20 días hábiles desde la notificación de la resolución que adjudica.
El encargado de la ejecución técnica del presente contrato será el/la jefe(a) del Área de
Tribunales de Tratamiento de Drogas del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
7.2. Inhabilidades para contratar.
No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna de las
siguientes inhabilidades:
a) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del SENDA o que estén
unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de
la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado.
b) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del
SENDA o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco
descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas
31
sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o
éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas
sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los
gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las
sociedades antedichas.
c) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de
conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que Establece la Responsabilidad
Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que indica.
d) Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en
conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N° 211, de
1973.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades o prohibiciones indicadas, el
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol
adjudicará, en la línea de servicio correspondiente, al oferente que según el acta de
evaluación final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final si dicha oferta es
conveniente para los intereses del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol, o declarará desierta la licitación, a través de acto
administrativo fundado.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de
inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En
dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de
dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la
Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago
Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se
desiste de su participación en el proceso.
7.3. Requisitos para contratar.
Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar, dentro del
plazo para suscribir el respectivo contrato, la documentación que a continuación se indica
para suscribir el contrato respectivo:
7.3.1. Todos los oferentes
1. Encontrarse inscrito y hábil en el registro de contratistas y proveedores de la
Dirección de Compras y Contratación Pública.
2. Con el objeto de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y
previsionales con sus actuales trabajadores y con los contratados en los últimos dos
años, el adjudicatario deberá acompañar un certificado vigente de Antecedentes
Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo y una declaración
jurada según el formato que a continuación se indica:
En el caso que el adjudicatario tenga trabajadores contratados o los haya tenido durante
los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a
continuación se indica, debiendo seleccionar sólo una de las opciones especificadas:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2021,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
a) La entidad que represento no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos
dos años.
b) La entidad que represento registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
32
seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos
dos años, cuyo monto asciende a ……………………………….
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados actualmente, ni los
haya tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada
según el formato que a continuación se indica:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2021,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
La entidad que represento no tiene actualmente, ni ha tenido contratados durante los
últimos dos años trabajadores dependientes regidos por el código del trabajo.
Por lo tanto no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos
años.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT………………………….
En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato
licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad del período de ejecución de la contratación. Senda exigirá que la empresa
contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y planillas, en la
oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento de las obligaciones
adeudadas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada
dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva
licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
7.3.2. Documentos para Persona Natural:
1. Fotocopia del R.U.T.
2. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para
contratar.
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a ........ de .............. de 2021, don /
doña: .............. ....................................................................................................................................
, declara que:
1) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° incisos primero y
sexto, de la Ley N° 19886, de Bases sobre Contratos Administrativos de suministro y Prestación
de Servicios.
2) No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y que tampoco está unido a ellos por los vínculos de
33
parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional
de Bases Generales de la Administración del Estado.
3) Asimismo, declara que no es gerente, administrador, representante o director de sociedades de
personas en las que formen parte tales funcionarios directivos o parientes; ni de sociedades en
comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos sean accionistas; ni
sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos sean dueños de acciones que representen el
10% o más del capital.
4) No ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con
lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973.
Nombre: …………..…………..
RUT: ..
………….………….
Firma: …………..…………..
7.3.3. Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas Individuales
de Responsabilidad Limitada):
A. EN CASO DE SOCIEDADES:
1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones
necesarias para la acertada determinación de la razón social,
objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y
sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario
Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y
Comercio que corresponda, y en los casos de Sociedades
constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán
acompañar certificado de estatuto actualizado y de anotaciones,
emitido por la entidad competente.
2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el
Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que
corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que
se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado
vigencia, emitido por la entidad competente.
3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la
Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador
de Bienes Raíces que corresponda.
4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
5. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los
representantes legales.
Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el Conservador de Bienes
Raíces y de Comercio en donde se inscribió la sociedad.
B. EN CASO DE FUNDACIONES O CORPORACIONES:
1. En entidades constituidas conforme al Decreto N° 110, de
1979 del Ministerio de Justicia: Acta de asamblea
constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
2. En entidades constituidas conforme a la Ley N° 20.500
Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión
Pública: Acta de asamblea constituyente y estatutos,
reducidos a escritura pública o documento privado suscrito
ante ministro de fe, y debidamente autorizados por el
Secretario Municipal respectivo, en los términos establecidos
por el artículo 548 del Código Civil.
34
3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la
personalidad jurídica, o certificado de vigencia en donde
conste Número de Inscripción en el Registro Nacional de
Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio
de Registro Civil e Identificación.
4. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la
personalidad jurídica, cuando corresponda.
5. Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los
estatutos en que caso que existiere y todas las escrituras
públicas insertas en ellos, y sus pertinentes publicaciones en
el Diario Oficial; o acta o actas donde se apruebe la reforma
de estatutos, debidamente autorizadas por el Secretario
Municipal respectivo.
6. Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de Registro
Civil e Identificación.
7. Certificado de Composición de Directorio emitido por el
Servicio de Registro Civil e Identificación.
C. PARA AMBOS CASOS, además, en necesario adjuntar lo siguiente:
Documento que acredite la personería del representante legal, autorizado para
suscribir contratos.
D. EN TODOS LOS CASOS:
Declaración jurada en la que conste lo siguiente, según el formato de declaración
que a continuación se indica.
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2021,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
1) La entidad que represento no está afecta a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo
4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios.
2) La entidad que representa, no es una sociedad de personas de la que forme parte algún
funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, SENDA o una persona que esté unidas a ellos por los vínculos de parentesco
descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco una sociedad en
comanditas por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean accionistas; ni una
sociedad anónima abierta en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o
más del capital.
3) La entidad que representa no ha sido condenada de acuerdo a lo señalado en el artículo 8 y 10
de la Ley Nº 20.393.
4) La entidad que representa, no ha sido condenada por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N° 211,
de 1973
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
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*Se exceptúan de declarar lo requerido en el número 1 de la declaración jurada, las
Universidades, Corporaciones o Fundaciones.
7.3.4. Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
1. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que
acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en
el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores
de Chile.
2. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando
para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los
documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este
mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura
pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la
personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de
identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia
de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del
representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante
legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las
presentes bases.
3. Deberá designar domicilio en Chile.
4. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046.
7.3.5. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, cada
uno de sus integrantes deberá presentar todos los documentos señalados en los puntos
anteriores, según sea el caso, más el instrumento en el cual se formaliza la Unión, en
donde debe constar a lo menos, la solidaridad entre partes respecto de todas las
obligaciones que se generen con la Entidad, y el nombramiento de un representante o
apoderado común, con poderes suficientes.
Con todo, se hace presente, que a excepción del instrumento en el cual se formaliza la
Unión Temporal, no será necesaria la presentación de aquellos documentos que se
encuentren digitalizados y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.
Presentación de antecedentes
Los antecedentes requeridos para la suscripción del contrato, deberán ser presentados en
la oficina de partes del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo
de Drogas y Alcohol, ubicadas en Agustinas N°1235, piso 2, comuna de Santiago.
7.4. Formalización del contrato.
El adjudicado deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 20 días
hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
Si el adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por
desistida su oferta.
7.5. Garantía de Fiel Cumplimiento
Habiéndose ponderado el riesgo involucrado, las presentes bases, no contemplan la
presentación de una garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, quedando
supeditado los pagos al cumplimiento efectivo de las tareas encomendadas y los informes
respectivos.
7.6. De la aprobación del contrato.
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El contrato que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a través del
correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total
tramitación de dicho acto administrativo.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el
servicio desde la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación
del mismo.
Con todo, en ningún caso el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará los servicios otorgados mientras no esté
totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.
7.7. Duración del servicio.
El período de ejecución de la asesoría se realizará a contar de la suscripción del contrato
con el profesional experto hasta el 31 de agosto del 2023. Por igual motivo, el oferente
podrá iniciar la ejecución de los servicios objeto de las presentes bases técnicas, sin
esperar la total tramitación del contrato respectivo. Se deja expresa constancia que no
será realizado pago alguno hasta que se encuentre totalmente tramitada la resolución que
aprueba el contrato.
|
|
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DEL PAGO, LOS INFORMES DE EJECUCIÓN REQUERIDOS Y EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS MISMOS |
8.1. Del pago
Para la ejecución del servicio se ha dispuesto un monto total de recursos comprometidos
en esta licitación, el que es de $78.240.000. (setenta y ocho millones doscientos cuarenta
mil pesos), impuestos y retenciones incluidos, conforme al siguiente detalle:
De acuerdo a lo señalado en el numeral 1.3, en la línea de servicio licitada (N°1), el monto
total máximo a financiar será de $6.520.000.- (seis millones quinientos veinte mil pesos)
para el año 2021; de $19.560.000.- (diecinueve millones quinientos sesenta mil pesos)
para el año 2022 y de $13.040.000.- (trece millones cuarenta mil pesos) para el 2023.
De acuerdo a lo señalado en el numeral 1.3, en la línea de servicio licitada (N°2), el monto
total máximo a financiar será de $6.520.000.- (seis millones quinientos veinte mil pesos)
para el año 2021; de $19.560.000.- (diecinueve millones quinientos sesenta mil pesos)
para el año 2022 y de $13.040.000.- (trece millones cuarenta mil pesos) para el 2023.
Para ambas líneas el monto se pagará en 11 cuotas ( 2 durante el año 2021, 5 durante el
año 2022 y 4 el año 2023, sujeto a disponibilidad presupuestaria), previa presentación y
aprobación de los respectivos informes, los cuales deberán ser entregados en papel y con
respaldo en formato digital, y la entrega por parte del oferente de la correspondiente
boleta o factura extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT N°61.980.170-9, debidamente
visada por el área técnica que ha requerido el presente servicio.
Cada cuota se pagará tras la entrega y aceptación de 2 informes según los modelos que
se adjuntan en los anexos 6A (Línea N°1); 6B (Línea N°2) y 7A (Línea N°1); 7B (Línea
N°2), los que se refieren a un informe de gestión y un resumen de las acciones realizadas
durante el respectivo período.
Sin perjuicio de lo anterior, los adjudicatarios deberán continuar ejecutando hasta el 31 de
agosto del año 2023, los servicios requeridos en la presente licitación.
37
Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente
tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por
parte del contratista de las boletas o facturas correspondientes, y la demás
documentación correspondiente.
Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio
Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para el año 2022
y 2023.
Hitos de pago:
1) El pago de cada cuota mensual será contra entrega y aprobación de un informe de
gestión que deberá contener lo señalado en el anexo N°6 (6 A para la línea 1 y 6B
para la línea de servicio N°2) de estas bases de licitación y que será entregado el
último día hábil de cada mes a la contraparte técnica por el medio más idóneo
posible. Del mismo modo, se deberá entregar también el informe detallado en el
anexo N°7 (7 A para la línea 1 y 7B para la línea de servicio N°2), el que se deberá
entregar conjunto al anexo N°6.
2) Respecto del pago de cada cuota, se estará a lo siguiente:
Se pagará en 11 cuotas (2 durante el año 2021, 5 durante el año 2022 y 4 el año
2023):
La primera cuota correspondiente al 50% del valor total correspondiente al año
2021, se pagará previa presentación y aprobación de un primer informe que
resuma las acciones realizadas en el período entre la suscripción del contrato y la
presentación que deberá contener lo señalado en el anexo N°6 (A o B
dependiendo de la línea) y anexo N°7 (A o B dependiendo de la línea) de estas
bases de licitación, y que deberán ser presentados el último día hábil de octubre
de 2021.
La segunda cuota correspondiente al 50% del valor total correspondiente al año
2021, se pagará previa presentación y aprobación de un segundo informe que
resuma las acciones realizadas en los meses de noviembre y diciembre, el que
deberá contener lo señalado en el anexo N°6 (A o B dependiendo de la línea) y
anexo N°7 (A o B dependiendo de la línea) de estas bases de licitación, y que
deberán ser presentados dentro de los últimos 5 días hábiles de diciembre de
2021.
La tercera cuota correspondiente al 20% del valor total correspondiente al año
2022, se pagará previa presentación y aprobación de un tercer informe que
resuma las acciones realizadas en los meses de enero y febrero, el que deberá
contener lo señalado en el anexo N°6 (A o B dependiendo de la línea) y anexo N°7
(A o B dependiendo de la línea) de estas bases de licitación, y que deberán ser
presentados el último día hábil de febrero de 2022.
La cuarta cuota correspondiente al 20% del valor total correspondiente al año
2022, se pagará previa presentación y aprobación de un cuarto informe que
resuma las acciones realizadas en los meses de marzo, abril y mayo, el que
deberá contener lo señalado en el anexo N°6 (A o B dependiendo de la línea) y
anexo N°7 (A o B dependiendo de la línea) de estas bases de licitación, y que
deberán ser presentados el último día hábil de mayo de 2022.
La quinta cuota correspondiente al 20% del valor total correspondiente al año
2022, se pagará previa presentación y aprobación de un quinto informe que
resuma las acciones realizadas en los meses de junio y julio, el que deberá
contener lo señalado en el anexo N°6 (A o B dependiendo de la línea) y anexo N°7
(A o B dependiendo de la línea) de estas bases de licitación, y que deberán ser
presentados el último día hábil de julio de 2022.
La sexta cuota correspondiente al 20% del valor total correspondiente al año
2022, se pagará previa presentación y aprobación de un sexto informe que resuma
las acciones realizadas en los meses de agosto, septiembre y octubre, el que
deberá contener lo señalado en el anexo N°6 (A o B dependiendo de la línea) y
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anexo N°7 (A o B dependiendo de la línea) de estas bases de licitación, y que
deberán ser presentados el último día hábil de octubre de 2022.
La séptima cuota correspondiente al 20% del valor total correspondiente al año
2022, se pagará previa presentación y aprobación de un séptimo informe que
resuma las acciones realizadas en los meses de noviembre y diciembre, el que
deberá contener lo señalado en el anexo N°6 (A o B dependiendo de la línea) y
anexo N°7 (A o B dependiendo de la línea) de estas bases de licitación, y que
deberán ser presentados dentro de los últimos 5 días hábiles de diciembre de
2022.
La octava cuota correspondiente al 25% del valor total correspondiente al año
2023, se pagará previa presentación y aprobación de un octavo informe que
resuma las acciones realizadas en los meses de enero y febrero, el que deberá
contener lo señalado en el anexo N°6 (A o B dependiendo de la línea) y anexo N°7
(A o B dependiendo de la línea) de estas bases de licitación, y que deberán ser
presentados el último día hábil de febrero de 2023.
La novena cuota correspondiente al 25% del valor total correspondiente al año
2023, se pagará previa presentación y aprobación de un noveno informe que
resuma las acciones realizadas en los meses de marzo y abril, el que deberá
contener lo señalado en el anexo N°6 (A o B dependiendo de la línea) y anexo N°7
(A o B dependiendo de la línea) de estas bases de licitación, y que deberán ser
presentados el último día hábil de abril de 2023.
La décima cuota correspondiente al 25% del valor total correspondiente al año
2023, se pagará previa presentación y aprobación de un décimo informe que
resuma las acciones realizadas en los meses de mayo y junio, el que deberá
contener lo señalado en el anexo N°6 (A o B dependiendo de la línea) y anexo N°7
(A o B dependiendo de la línea) de estas bases de licitación, y que deberán ser
presentados el último día hábil de junio de 2023.
La décima primera cuota correspondiente al 25% del valor total correspondiente
al año 2023, se pagará previa presentación y aprobación de un décimo primer
informe que resuma las acciones realizadas en los meses de julio y agosto, el que
deberá contener lo señalado en el anexo N°6 (A o B dependiendo de la línea) y
anexo N°7 (A o B dependiendo de la línea) de estas bases de licitación, y que
deberán ser presentados el último día hábil de agosto de 2023.
8.2. De la aprobación de los informes.
Los informes deberán ser aprobados por SENDA, de acuerdo al siguiente procedimiento:
Una vez presentados los respectivos informes, SENDA, a través de la Contraparte
Técnica, dispondrá de un plazo de 3 días hábiles para hacer observaciones a cada uno de
los informes, contados desde que éste haya sido recibido por parte de este Servicio. Si
dentro de dicho plazo, SENDA, a través de la Contraparte Técnica no formula
observaciones, éste se tendrá por aprobado. En caso de realizarse observaciones, el
proveedor tendrá el mismo plazo anterior (3 días hábiles) para contestar las
observaciones y corregir el referido informe, atendiendo a las indicaciones presentadas
por el Servicio.
Ante la entrega del nuevo informe o de la carta de contestación a las observaciones, se
seguirá el mismo procedimiento establecido en el párrafo anterior. Con todo, en el evento
que hayan transcurrido 40 días desde la primera presentación del respectivo informe y se
mantengan las observaciones formuladas por SENDA, el informe será rechazado
definitivamente y este Servicio se encontrará facultado para poner término anticipado al
presente convenio.
8.3. Contraparte Técnica
La labor de Contraparte Técnica del SENDA será realizada por el Jefe (a) del área de
Tribunales de Tratamiento de Drogas, o por el (la) funcionario (a) que éste designe
mediante memorándum.
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Serán funciones de esta Contraparte Técnica, entre otras, las siguientes:
a) Recibir a conformidad los servicios esperados, planteando al adjudicado las
observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes, certificando la
recepción conforme de éstos.
b) Colaborar y asistir al adjudicado en el ámbito de sus competencias. Asistir en la
ejecución del servicio, coordinando las actividades que involucren salidas a
terreno del oferente seleccionado, facilitando el contacto con los funcionarios de
las regiones.
c) Supervisar y monitorear el desarrollo del trabajo, velando por el estricto
cumplimiento de los objetivos y de los servicios contemplados.
Para esto, la contratarte técnica se reserva el derecho de fijar, cuando lo estime
conveniente, reuniones formales aclaratorias sobre el estado de avance del trabajo,
aspectos logísticos y técnicos de la realización del trabajo, para lo cual se comunicará con
el oferente con un mínimo de 48 horas de anticipación.
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DEL CONTRATO |
9.1. Cesión de contrato
Bajo ninguna circunstancia podrá el o los adjudicatarios ceder parcial o totalmente a un
tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación.
9.2. Modificación Del Contrato
Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el Servicio Nacional para la Prevención
y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, estima necesario realizar
modificaciones en sus requerimientos de servicio, en cuanto a la calidad o cuantía de los
mismos, las que por su magnitud representen un esfuerzo significativo para el
adjudicatario, se evaluará y propondrá al mismo la eventual modificación del contrato,
incluyendo las prestaciones y precio, no pudiendo exceder éste último del 30% al
originalmente propuesto.
Toda modificación de contrato deberá ser aprobada mediante el correspondiente acto
administrativo, totalmente tramitado.
Con todo, ninguna de estas modificaciones podrá desnaturalizar los servicios licitados y
adjudicados.
9.3. Amonestaciones
Por amonestación debe entenderse la advertencia que se realiza al contratista, en virtud
de la cual se le representa un hecho reñido con la fiel ejecución del contrato y donde se le
insta a la enmienda de la conducta, conminándolo con la advertencia de una sanción
mayor en el evento de reincidir.
El SENDA podrá amonestar por escrito al contratista en el evento de dar cumplimiento
tardío a la entrega de los informes, con un máximo de 5 días hábiles desde el vencimiento
de los plazos a los establecido en el 8.1. “Del pago”, de las presentes Bases.
9.3.1. Procedimiento de aplicación de amonestaciones
Si analizados los antecedentes se determina la aplicación de amonestaciones por este
Servicio, la jefatura del Área de Tratamiento de SENDA, o el, o los funcionarios que ella
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designe, le comunicará al contratista mediante oficio los hechos que originan la
amonestación.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento se
realizarán mediante carta certificada dirigida al domicilio del representante legal,
comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de recibida en la oficina
de correos que corresponda. También podrá realizarse la notificación mediante correo
electrónico dirigido a la casilla de correo electrónico indicada por el contratista en el
formulario de presentación de propuesta (anexo N°4 A o B dependiendo de la línea del
acápite III de estas bases), comenzando a contarse el plazo desde el tercer día desde el
envío.
El contratista tendrá un plazo de 5 días hábiles contados desde que se le haya notificado
el referido oficio, o, en su caso, el correo electrónico que se le envíe, para efectuar sus
descargos ante SENDA, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la
existencia de un caso fortuito, fuerza mayor o que demuestren fehacientemente que no ha
tenido responsabilidad en los hechos que originan la amonestación, o que desvirtúen los
antecedentes analizados por el SENDA.
Con todo, si el contratista no presentare sus descargos en el plazo señalado, se tendrán
por acreditados los hechos constitutivos de amonestación y se procederá a dictar el
correspondiente acto administrativo que así lo declare.
El contratista podrá, sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la ley N°19.880,
presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días
hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá
por su parte de diez días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver
si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro
del plazo indicado, la amonestación quedará firme, sin perjuicio de la pertinencia del
recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo cuerpo legal.
9.4 Multas
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol cobrará multas al contratista con quien celebre el contrato, relacionadas con
incumplimientos por parte de éste, aplicables en los siguientes casos:
(1) Incumplimiento de obligaciones contempladas en el contrato: 0.5 Unidades de
Fomento por cada ocasión que el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol deba representarle tal hecho, a
excepción de las establecidas en el 8.1 de las presentes Bases.
(2) Dar cumplimiento tardío, después de 5 días hábiles desde el vencimiento de los
plazos a los establecido en el 8.1. “Del pago”, de las presentes Bases: 0.3
Unidades de Fomento por cada día hábil de atraso, no pudiendo exceder el
atraso en más de 10 días hábiles contados desde la fecha establecida en el 8.1.
de entrega de los informes, en cuyo caso, procederá el término anticipado del
contrato.
9.4.1 Procedimiento de aplicación de multas:
En el caso de que se detecte una situación como las anteriormente mencionadas, que
amerite la aplicación de multas, se aplicará el siguiente procedimiento:
a) SENDA notificará por escrito al adjudicatario dicha circunstancia, indicando los
hechos que originan la multa y su monto.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento se
realizarán mediante correo electrónico, el que deberá ser indicado por el proveedor en el
momento de la oferta.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya
notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que
acrediten fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan
las multas. En esa misma oportunidad, podrá solicitar rebaja de los montos de las multas.
41
Si el adjudicatario no presenta sus descargos en el plazo señalado, la multa quedará
afirme, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Director Nacional dispondrá de
cinco días hábiles contados desde la recepción de los descargos para resolver, sea
rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente. De lo resuelto, se notificará al
adjudicatario.
d) El contratista podrá, sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la ley N°
19.880, presentar recurso de reposición ante el Director Nacional, dentro de los cinco días
hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá
por su parte de cinco días hábiles contados desde la recepción del recurso para resolver
si lo acoge total o parcialmente. Si el adjudicatario no presenta recurso de reposición
dentro del plazo indicado, la multa quedará afirme, dictándose la pertinente resolución,
por parte de la Dirección Nacional del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Dichas multas no se aplicarán si el incumplimiento se produce por caso fortuito o fuerza
mayor, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuran el caso fortuito o
fuerza mayor alegado y que tales hechos se encuentran debidamente comprobados.
El Contratista podrá pagar la multa directamente, si el proveedor no paga directamente la
multa, el SENDA estará facultado para deducirla, a su arbitrio, del valor de cualquiera de
los pagos que corresponda efectuar.
9.5. Del término anticipado del contrato
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación para el Consumo de Drogas y
Alcohol podrá poner término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que
acaeciere alguna de las siguientes circunstancias:
a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b) Por renuncia, unilateral, del contratista
b) Si el contratista fuere declarado en quiebra o si éste cayere en estado de
notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las
existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d) Caso fortuito o fuerza mayor, comprendiéndose dentro de ellas razones de
ley o de autoridad que hagan imperativo terminarlo.
e) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se
entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte
del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes
Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando
dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento
de sus funciones. El incumplimiento grave, debidamente calificado, de las
obligaciones contraídas por el Contratista, siempre y cuando ello no se deba a
caso fortuito o fuerza mayor podrán dar lugar al término anticipado.
f) Atraso de más de 10 días hábiles de los informes previstos en el 8.1. de las
presentes Bases, o bien, cuando habiéndolos entregado dentro del plazo, estos
hubieren sido rechazados definitivamente por SENDA, agotado el procedimiento
de aprobación previsto en el número 8.2. del acápite I de estas bases.
g) Si el contratista que al momento de contratar registraba saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores
o con trabajadores contratados en los dos últimos años, y no dio cumplimiento a la
obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al
pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida
en el contrato.
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h) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento o
su contenido, ya sea al momento de la presentación de la oferta, la suscripción del
contrato o durante la ejecución de los servicios, lo anterior sin perjuicio de las
acciones judiciales que pudieren corresponder.
9.5.1. Procedimiento del término anticipado de contrato.
Si analizados los antecedentes se determina la aplicación del término anticipado por este
Servicio, se le comunicará al contratista, mediante oficio, los hechos que originan el
término anticipado parcial o total del contrato. Esto no será aplicable a los casos de las
letras a y b, donde bastará el acto administrativo que formalice tales circunstancias.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento se
realizarán mediante correo electrónico, el que deberá ser indicado por el proveedor en el
momento de la oferta.
El contratista dispondrá de 10 días hábiles contados desde que se le haya notificado el
referido oficio, para efectuar sus descargos ante SENDA, acompañando todos los
antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o
que demuestren fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que
originan el término anticipado o que desvirtúen los antecedentes analizados por el
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por
acreditadas la o las faltas imputadas y procederá al término anticipado total o parcial,
dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Si el contratista ha presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol dispondrá
de veinte días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea
rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente, dictándose la pertinente resolución
por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol.
El contratista podrá, sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la ley N°
19.880, presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los
cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien
dispondrá por su parte de diez días hábiles, contados desde la recepción del recurso,
para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de
reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme, sin perjuicio de la pertinencia
del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo cuerpo legal.
En caso de verificarse alguna de las causales señaladas, el Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, podrá, además, solicitar
judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas
generales del derecho común.
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