MODIFICACIÓN A LAS BASES |
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, “SENDA”, podrá modificar las presentes Bases, hasta antes
del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones
deberán ser aprobadas mediante acto administrativo, el que será sometida a la
misma tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes bases, y
será publicada en el portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se
deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas,
de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y
adecuar su oferta a tales modificaciones.
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GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA |
Esta garantía se exige para proteger al SENDA contra los riesgos de
desistimiento de la oferta dentro del período de validez exigido en las Bases,
retiro de la oferta una vez seleccionada, falta de seriedad en los términos de la
oferta, inhabilidad del seleccionado para contratar con el Estado; falta de
entrega de los antecedentes requeridos para elaborar el contrato, falta de
firma del contrato y falta de entrega de la garantía de cumplimiento de
contrato.
El Proponente deberá presentar una caución o garantía pagadera a la vista,
con el carácter de irrevocable, cuyo monto mínimo será de $ 1.400.000.-, a la
orden del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo
de Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9, (El nombre podrá
abreviarse pero, en caso que se abrevie, siempre deberá indicarse el RUT);
con una vigencia no inferior a 120 días corridos contados desde la fecha de
apertura de las ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.
La caución o garantía presentada deberá señalar que está tomada como
Garantía de Seriedad de la Oferta e indicar el número de ID que identifica a la
presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl, siendo estos requisitos
esenciales para la validez de la misma.
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Si la Garantía de Seriedad de la Oferta es otorgada en el extranjero, el emisor
del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido
por un banco o institución financiera chilena.
Los Proponentes deberán presentar el documento de seriedad de la oferta, en
las oficinas del SENDA, ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 2°, comuna de
Santiago o en la Dirección Regional del SENDA correspondiente al domicilio
del oferente, hasta el día de cierre de recepción de ofertas indicado en el
portal www.mercadopublico.cl, hasta las 15:00 hrs. En los casos en que se
otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre
Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de
dicha firma, y se permitirá su presentación a través del correo electrónico
gestiondocumental@senda.gob.cl .Con todo, los oferentes deben subir r copia
de la garantía en conjunto con la presentación de la oferta en el portal
www.mercadopublico.cl
El receptor de la garantía procederá a registrar el ingreso del documento,
levantando un acta debidamente firmada por él y por la persona que haga
entrega de la garantía, en la que deberá constar el nombre de la licitación, el
nombre del proponente, nombre y RUT de la persona que entregó la garantía
y la fecha y hora de presentación de la garantía. Copia de dicha acta deberá
entregarse a la persona que hizo entrega de la garantía.
Si no se presenta el documento de garantía de seriedad de la oferta, o si su
presentación es extemporánea, o no estuviera extendida en los términos antes
señalados la oferta será declarada inadmisible. Dicha situación será
comunicada a la Comisión Evaluadora, previo al proceso de evaluación.
La Garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva si:
- El oferente, cuya oferta ha sido adjudicada, retira la misma en el período
de validez de ésta.
- El oferente, cuya oferta ha sido adjudicada, no acompaña dentro de
plazo la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
- El oferente se desiste de su oferta, antes de la dictación de la resolución
que adjudica.
- El oferente cuya oferta ha sido adjudicada no suscribe el contrato dentro
del plazo señalado en el número 9.4. de estas bases.
- El oferente cuya oferta haya sido adjudicada haya presentado datos
inexactos o no fidedignos en su oferta y ésta deba ser revocada.
- El oferente incurre en cualquier otra causal señalada en las presentes
bases.
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APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. |
A las 15:01 horas del mismo día del cierre de recepción de las ofertas,
determinada de conformidad al número 5.2 de estas bases, se procederá a
efectuar la apertura de las ofertas presentadas en esta licitación.
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ACLARACIONES, ERRORES U OMISIONES Y SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES |
Una vez realizada la apertura de las ofertas, el SENDA, podrá solicitar a los
oferentes las aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión
de su oferta, así como que salven errores u omisiones formales, siempre y
cuando las rectificaciones de dichos vicios no les confieran una situación de
privilegio respecto de los demás proponentes, esto es, en tanto no se afecten
los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y
se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a
través del portal www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, el oferente
dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para enviar su respuesta a través del
portal www.mercadopúblico.cl.
Asimismo, SENDA podrá pedir a los oferentes, durante el proceso de
evaluación de las ofertas, certificaciones o antecedentes que hayan omitido
presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones
o antecedentes, se hayan producido u obtenido con anterioridad al plazo para
presentar ofertas, o que se refiera a situaciones no mutables, entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para
estos efectos, deberá solicitarse la información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su respuesta a través del portal
www.mercadopúblico.cl.
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SELECCIÓN DEL ADJUDICADO Y READJUDICACIÓN. |
El Proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación de su
oferta, será seleccionado. Posteriormente se procederá a su adjudicación
mediante acto administrativo fundado del SENDA, debidamente notificada al
Adjudicatario y al resto de los Oferentes, a través del Sistema de Información
de Compras Públicas. En dicho acto deberán especificarse los criterios de
evaluación y el puntaje que hayan permitido al Adjudicatario obtener la
calificación de oferta más conveniente.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los
oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal
www.mercadopublico.cl.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el
Estado, que desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida
suscribir el contrato respectivo, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la
Oferta y se adjudicará al oferente que, según el Acta Final de Evaluación,
hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es
conveniente a los intereses del SENDA, o bien declarará desierta la licitación,
a través de acto administrativo fundado.
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RECHAZO DE LAS OFERTAS. |
El SENDA declarará inadmisibles las Ofertas cuando éstas no cumplan con los
requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la
licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten
convenientes para los intereses del SENDA. En cualquiera de dichos casos la
declaración deberá ser por acto administrativo fundado.
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DEVOLUCIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. |
Considerando que las presentes Bases contemplan la posibilidad de adjudicar
aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya tenido la mejor calificación,
la devolución de la garantía de seriedad, de la oferta con la segunda
calificación más alta, será devuelta en el plazo de 16 días hábiles, contados
desde la notificación de la resolución que adjudica.
Asimismo, la devolución de garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas
ofertas hayan sido desestimadas o rechazadas se devolverá en el plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de adjudicación o inadmisibilidad
de la oferta.
Los oferentes deberán retirar sus documentos de garantía de seriedad de la
oferta en las oficinas del SENDA, ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 2°,
comuna de Santiago. La devolución de los documentos de garantía se hará
por medio del endoso correspondiente, en caso que sean endosables, o con la
leyenda al dorso “Devuelta al tomador”, en caso contrario. La entrega se
efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
Tratándose del Oferente adjudicado, la restitución del documento de garantía
de seriedad de la oferta se hará una vez que el contrato respectivo se
encuentre firmado por el adjudicatario y una vez que éste haya hecho entrega
de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
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CAUSALES PARA DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN. |
El SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto
administrativo, por las siguientes causales:
a) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades
señaladas en el numeral 9.1.
b) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los
documentos señalados en el punto 9.2 de las presentes Bases.
c) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma la garantía de
fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo señalado en
el punto 9.3 de las presentes Bases.
d) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se
desistiera de su oferta.
e) Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo
dentro del plazo establecido en el punto 9.4 de las presentes Bases.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el SENDA
hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicará al Oferente que,
según el Acta de Evaluación Final, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje
final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses del
SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
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DEL CONTRATO. |
Se celebrará un contrato de prestación de servicios, dentro de los 15 días
hábiles desde la notificación de la resolución que adjudica.
9.1 INHABILIDADES PARA CONTRATAR.
No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna
de las siguientes inhabilidades:
a) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del
SENDA o que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos
en la letra b) del artículo 54 de la Ley No 18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
b) Las sociedades de personas en las que formen parte
funcionarios directivos del SENDA o las personas que estén unidas a ellos
por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la
Ley No 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por
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acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas; ni
aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas sean dueños
de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los gerentes,
administradores, representantes o directores de cualquiera de las
sociedades antedichas.
c) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables
penalmente, de conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que
Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los
Delitos que Indica.
d) Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la
Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra
d), del decreto ley N° 211, de 1973.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, el SENDA
adjudicará la licitación, al Oferente que según el Acta de Evaluación Final
hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha
oferta es conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la
licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
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FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. |
El Adjudicado deberá suscribir un Contrato dentro del plazo de 15 días
hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
Si el adjudicado no suscribe el Contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá
por desistida su oferta. En tal caso el SENDA hará efectiva la Garantía de
Seriedad de la Oferta, a menos que la no suscripción del contrato se deba a
una causa imputable a SENDA, y adjudicará al Oferente que, según el Acta
Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final o declarará
desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
Se deja expresa constancia que si la adjudicataria registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los
primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser
destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar
que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad de la ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, para estos
efectos en este plazo deberá presentar los comprobantes de pagos que
demuestren fehacientemente el total cumplimiento de la obligación. El
incumplimiento de esta obligación por parte de la entidad contratada dará
derecho a dar por terminado anticipadamente el respectivo contrato, pudiendo
llamar a una nueva licitación en la que la entidad no podrá participar.
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APROBACIÓN DEL CONTRATO. |
El contrato que el SENDA suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a
través del correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de
la fecha de total tramitación de dicho acto administrativo.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá dar inicio a
la entrega de los bienes, desde la fecha de suscripción del contrato y con
anterioridad a la total tramitación del mismo. Con todo, los pagos sólo podrán
realizarse una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto que apruebe
el contrato.
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CLÁUSULAS DEL CONTRATO. |
Del Pago.
El pago se realizará una vez que se entreguen los equipos analizadores y sus
insumos solicitados, previa entrega del documento tributario correspondiente y
existiendo recepción conforme por parte de la contraparte técnica de SENDA
de la totalidad de los bienes requeridos.
El documento tributario correspondiente sólo deberá ser presentado a cobro
por el proveedor una vez entregados los productos, y sólo desde ese momento
comenzará a correr el plazo para el pago de la factura.
Para proceder a ejecutar el pago que correspondan, una vez que se encuentre
totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato.
Finalmente, el pago sólo podrá hacerse efectivo una vez que se hubiere
aceptado la Orden de Compra correspondiente y hubieren sido recibidas a
conformidad la totalidad de los bienes y se hubiere presentado la factura
respectiva, la cual deberá ser visada para pago por la contraparte técnica.
Atendida la naturaleza de la adquisición, no se aceptarán boletas de
honorarios, y la factura deberá corresponder a un giro o actividades, que sean
coherente con el objeto del contrato. En el evento de no cumplirse estos
requisitos no se autorizará el pago en tanto no se rectifique dicha anomalía.
Para el pago, el contratista deberá presentar a SENDA un Certificado de
Antecedentes Laborales y Previsionales, y además acreditar el pago completo
de las obligaciones con sus trabajadores (personal que presta el servicio
contratado) durante la ejecución del contrato, tengan estos contrato de trabajo
o presten servicios a honorarios a través de cualquier antecedente idóneo para
respaldar el cumplimiento de tales obligaciones, como por ejemplo certificados
de previred o del servicio de impuestos internos etc, dejando expresa
constancia que no basta para cumplir este requisito el envío de una
declaración jurada.
El pago deberá efectuarse dentro de los treinta días corridos siguientes a la
recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA podrá reclamar en contra del contenido
de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido
en la Ley No 19.983
9.4.4 Contraparte Técnica.
La labor de Contraparte Técnica del SENDA será realizada por la Jefatura del
Área Tolerancia Cero. Serán funciones de esta Contraparte Técnica, entre
otras, las siguientes:
a) Recibir a conformidad los bienes adquiridos planteando al contratista
las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes,
certificando la recepción conforme de éstos.
b) Colaborar y asistir al contratista en el ámbito de sus competencias..
c) Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto
cumplimiento de los objetivos contemplados.
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d) Otras obligaciones que le impongan las presentes bases o que le
correspondan de acuerdo sus funciones dentro de SENDA.
9.4.5 Plazos de ejecución.
El plazo de ejecución del servicio se extenderá desde la fecha de total
tramitación de la resolución que apruebe el contrato y el plazo de
vencimiento de la garantía post venta ofertada según lo señalado en la
presentación de la oferta técnica.
Con todo, por razones de buen servicio, las prestaciones podrán comenzar a
ejecutarse a contar de la fecha indicada en el contrato.
9.4.6 Modificación del contrato.
Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el SENDA estima necesario
realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, las que por su
magnitud representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario, podrá
proponer a éste las modificaciones señaladas, las que podrán incluir el plazo,
el aumento de los bienes y en consecuencia el monto total del contrato, no
pudiendo exceder este último el 30% del originalmente propuesto.
La modificación señalada deberá ser aprobada mediante la suscripción del
contrato respectivo, sancionado a través del correspondiente acto
administrativo totalmente tramitado.
9.4.7 Término Anticipado.
El SENDA pondrá término al contrato, por acto administrativo fundado, en el
evento que acaeciere alguna de las siguientes circunstancias:
a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b) Si el Contratista fuere declarado en quiebra o si éste
cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las
cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar
el cumplimiento del contrato.
c) Si se disolviere la sociedad contratista.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las
obligaciones contraídas por el Contratista, siempre y cuando ello no se
deba acaso fortuito o fuerza mayor. Se entenderá por incumplimiento
grave, entre otras hipótesis de igual magnitud, la aplicación en dos
oportunidades de una misma medida del 9.4.8, o la aplicación de 3
causales distintas de las medidas contempladas en el 9.4.8 de las
bases.
f) Si el Contratista que al momento de contratar registraba
saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
dos últimos dos años no dio cumplimiento a la obligación de imputar los
primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas
obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en
el contrato.
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g) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún
tipo de documento, o su contenido, ya sea al momento de postular, de
la suscripción del contrato o durante la ejecución, la vigencia del
contrato, lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que
pudieren corresponder.
h) La no presentación de una nueva garantía de fiel y oportuno
cumplimiento de contrato, en los términos establecidos en el párrafo
final del 9.4.8 de estas bases.
i) Si las multas alcanzan el 20% del monto total del contrato.
En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del
Contratista, el SENDA pondrá anticipado término al contrato, pudiendo,
además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que
corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común. En
todos aquellos casos en que el término anticipado de contrato se disponga por
causa imputable al proveedor, SENDA hará efectiva la garantía de fiel
cumplimiento de contrato.
Procedimiento de término anticipado de contrato:
a) La Jefatura de la División Territorial del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA,
notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que constituyen
la causal de término que se ha detectado y los antecedentes que dan cuenta
de ello.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este
procedimiento, se realizarán al correo electrónico informado en la presentación
de la oferta.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le
haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los
antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza
mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que
originan la causal, o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el
Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán
por acreditada la causal de término anticipado dictándose la pertinente
resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del
Servicio dispondrá de diez días hábiles, contados desde la recepción de los
descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos. De lo resuelto, se
dictará el correspondiente acto administrativo.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del
Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la
resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles,
contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o
parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del
plazo indicado, el término quedará firme.
9.4.8 Multas
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Se aplicará una multa del 2,5% del monto total de la orden de compra
respectiva, por cada día hábil de atraso en el plazo de entrega indicado en la
oferta del adjudicatario.
Con todo el monto máximo de las multas no podrá igualar o exceder del 20%
del monto total de la respectiva Orden de Compra.
Procedimiento de aplicación de multas:
a) La Jefatura de la División Territorial del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA,
notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que constituyen
la falta que se ha detectado, los antecedentes que dan cuenta de ello y la
multa a la que da lugar la infracción.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este
procedimiento, se realizarán al correo electrónico informado en la presentación
de la oferta.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le
haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los
antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza
mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que
originan las multas o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el
Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán
por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las
multas que correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas
y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del
Servicio dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los
descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o
parcialmente. De lo resuelto, se notificará al contratista por carta certificada.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del
Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la
resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles,
contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o
parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del
plazo indicado, la multa quedará firme,
El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles
siguientes a la notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de
aplicación de multa o en su defecto que resuelva la Reposición, por cualquiera
de los siguientes medios:
1.- Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas
y Alcohol, enviándolo por oficio o entregar directamente en la Unidad
de Tesorería, quién extenderá el respectivo recibo de ingresos.
2.- Emisión de cheque, en los mismos términos del punto anterior,
pudiendo proceder a depositar el documento en la cuenta corriente
número 9003100 de Banco Estado, realizando el respectivo endoso
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al reverso, enviando copia del respectivo comprobante a la Unidad de
Tesorería
3.- Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto
dos, invocando el RUT del Servicio, 61.980.170-9 e informando al
correo electrónico tesoreria@senda.gob.cl
Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará
facultado para descontar el monto de la multa, de cualquier estado de pago
pendiente, o hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de
Contrato, en este último caso, el Contratista deberá entregar una nueva
caución o garantía, dentro de los 10 días hábiles siguientes, contados desde la
aplicación de la multa, en los mismos términos señalados en el 9.3. de las
Bases y el SENDA restituirá el saldo si lo hubiere.
9.4.9. Cesión de contrato y subcontratación
Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a
un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación pública.
En atención a la naturaleza de las funciones contratadas, el proveedor tampoco
podrá concertar con terceros la subcontratación del contrato.
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