No podrán participar |
Quedarán excluidos los oferentes que, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4º, inciso primero, parte final de la Ley Nº19.886.
Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración jurada contenida en el Anexo N°2 (A, B y C, según corresponda) de las presentes bases. Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará además el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
|
|
|
Encargados del proceso de licitación pública y contraparte técnica del contrato |
El encargado del presente proceso de licitación José Ignacio Betancourt Luco, o el funcionario designado por la jefatura del Área Detección e intervenciones breves en la comunidad. Las funciones de la contraparte técnica de SENDA serán a lo menos:
a) Recibir a conformidad los bienes adquiridos planteando al contratista las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes, certificando la recepción conforme de éstos.
b) Colaborar y asistir al contratista en el ámbito de sus competencias.
c) Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos contemplados.
d) Otras obligaciones que le impongan las presentes bases o que le correspondan de acuerdo sus funciones dentro de SENDA.
Por su parte, el contratista deberá designar un coordinador técnico que se relacionará con la contraparte técnica del contrato para todos los efectos señalados.
SENDA se reserva el derecho de fijar, cuando lo estime conveniente, reuniones formales aclaratorias sobre aspectos logísticos y técnicos acerca de la adquisición de los productos que por este acto se licita, para lo cual se comunicará con el proveedor adjudicado con un mínimo de 48 horas de anticipación a cada reunión.
|
|
|
Cómputo de plazos |
Todos los plazos son de días hábiles administrativos, salvo aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días corridos. Se entiende por día hábil todo aquel que no sea feriado o domingo.
En este último caso, si un plazo expira en sábados, domingos o festivos se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente.
|
|
|
Recepción de consultas y aclaraciones |
Éstas sólo se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, desde el día de publicación
de las presentes bases en el citado portal y hasta el tercer día corrido, contados desde esa fecha.
|
|
|
Modificación de bases |
SENDA, podrá modificar las presentes bases hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto administrativo, la que será sometida a la misma tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes bases, y será publicada en el portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
|
|
|
Forma de presentación de la oferta |
La presentación de las propuestas, indistintamente denominadas también “ofertas”, se regirán por las siguientes disposiciones:
Solo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal y dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
Cada proponente podrá presentar solo una oferta. En caso de que un mismo oferente presentare dos o más ofertas, se estará a la última que hubiere ingresado, de acuerdo a la hora y día en que esta fue presentada.
La propuesta es, para todos los efectos, de carácter indivisible. Por consiguiente y no obstante que para los efectos de su presentación y evaluación se ha separado en una propuesta técnica y otra económica, la falta de una u otra importará indistintamente la falta o no presentación de la propuesta en su totalidad.
|
|
|
Recepción de la oferta |
Las propuestas se recibirán a más tardar hasta las 15:00 horas del décimo día corrido, desde la publicación de las bases de licitación.
Con todo, en caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl, durante este período, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras Públicas, excepcionalmente las ofertas podrán ser recibidas en soporte papel, en un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, en virtud de lo establecido en el N° 2 del artículo 62 del Decreto Supremo Nº 250, de Hacienda, de 2004.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal y dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los Proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
|
|
|
Cumplimiento de condiciones administrativas |
Previo a la evaluación de las ofertas técnicas y económicas, la División Jurídica de SENDA revisará que los oferentes hayan dado cumplimiento a la entrega de las declaraciones juradas del Anexo 2 según corresponda, o la dispuesta en la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl, emitiendo un informe que dé cuenta de ello.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo y examinará, asimismo, si los oferentes hubieren sido condenados por delitos concursales establecidos en el código penal.
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener todas las menciones indicadas en el inciso primero del artículo 67 bis del Decreto Supremo Nº250, de Hacienda, de 2004.
En este contexto, en caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, este Servicio examinará que ella hubiere presentado el documento en el cual se formaliza la Unión Temporal de Proveedores, donde deberá estipularse, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión Temporal de Proveedores, dentro del plazo de 5 días hábiles, a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
|
|
|
Cumplimiento de condiciones administrativas |
Previo a la evaluación de las ofertas técnicas y económicas, la División Jurídica de SENDA revisará que los oferentes hayan dado cumplimiento a la entrega de las declaraciones juradas del Anexo 2 según corresponda, o la dispuesta en la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl, emitiendo un informe que dé cuenta de ello.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo y examinará, asimismo, si los oferentes hubieren sido condenados por delitos concursales establecidos en el código penal.
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener todas las menciones indicadas en el inciso primero del artículo 67 bis del Decreto Supremo Nº250, de Hacienda, de 2004.
En este contexto, en caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, este Servicio examinará que ella hubiere presentado el documento en el cual se formaliza la Unión Temporal de Proveedores, donde deberá estipularse, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión Temporal de Proveedores, dentro del plazo de 5 días hábiles, a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
|
|
|
Mecanismo para dirimir empates |
Ante la ocurrencia de un empate en el mayor puntaje final técnico-económico, entre dos o más Oferentes, se seleccionará al Proponente de acuerdo a la siguiente secuencia:
a) De existir empate, se seleccionará al Proponente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación técnica.
b) De persistir el empate se seleccionará al oferente que tenga mayor puntaje en el criterio denominado “Garantía de los equipos”.
c) De persistir el empate se seleccionará al oferente que tenga mayor puntaje en el criterio denominado “Experiencia de la entidad participante”.
d) De persistir el empate se seleccionará al oferente que tenga mayor puntaje en el criterio denominado “Tiempo de entrega”.
e) Si persiste el empate, se adjudicará la oferta que tenga el mejor puntaje en su oferta económica.
f) Finalmente, si persistiese el empate entre dos o más oferentes, se adjudicará al oferente que haya presentado su propuesta primero en el portal de Mercado Publico.
Una vez finalizado el proceso de evaluación, la comisión levantará un acta de evaluación en la que deberá dejar constancia de las actuaciones efectuadas en el desempeño de sus funciones. Cómo mínimo, el acta mencionada deberá contener la siguiente información:
1) Listado de las ofertas evaluadas por la comisión.
2) Los puntajes asignados a cada oferta según los criterios establecidos en las bases.
3) Las consideraciones que hubieren motivado la descalificación de ofertas y que la Comisión estime conveniente consignar.
4) El nombre, cargo y firma de los funcionarios que participaron en la evaluación, con el siguiente contenido:
Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio
La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
|
|
|
Aclaraciones, errores u omisiones |
Una vez realizada la apertura de las ofertas, SENDA, podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión de su oferta, así como que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás proponentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a través del portal www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, el oferente dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
Asimismo, SENDA podrá pedir a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes, se hayan producido u obtenido con anterioridad al plazo para presentar ofertas, o que se refiera a situaciones no mutables, entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para estos efectos, deberá solicitarse la información al oferente, quien, en un plazo de 3 días hábiles, deberá enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
|
|
|
Causales para dejar sin efecto la adjudicación |
SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, por las siguientes causales:
a) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el título 23 de las presentes bases.
b) Si el oferente adjudicado no entregare en tiempo y forma los documentos señalados en el título 24 de las presentes bases.
c) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo señalado en el punto 24.7 de las presentes Bases.
d) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se desistiera de su oferta.
e) Si el oferente adjudicado se negare o no concurriese a la suscripción del contrato dentro del plazo indicado.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, SENDA adjudicará al oferente que, según el acta de evaluación final, hubiere obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
|
|
|