ADJUDICACIÓN |
La adjudicación se realizará dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de cierre
de recepción de ofertas informado a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID
que identifica la presente licitación. Se entiende que presentó la mejor propuesta quien
obtenga la nota final más alta entre los oferentes, según los criterios de evaluación
señalados en el número 4.3 de estas bases de Licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA, a través de acto administrativo fundado, totalmente
tramitado, podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho,
sus fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl.
La adjudicación de la presente licitación pública se hará a través del correspondiente acto
administrativo y será publicado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que
identifica la presente licitación, una vez que el mismo se encuentre totalmente tramitado.
5.1. SELECCIÓN DEL ADJUDICADO Y READJUDICACIÓN.
El Proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será
seleccionado. Para estos efectos, se procederá a su adjudicación mediante acto
administrativo fundado del SENDA, debidamente notificado al Adjudicatario y al resto de
los Oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas. En dicho acto
deberán especificarse los criterios de evaluación y el puntaje que hayan permitido al
Adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes no
adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado,
desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el contrato
respectivo, se adjudicará al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese
obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses del
SENDA, o en su defecto, se declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo
fundado.
5.2. CONSULTAS A LA ADJUDICACIÓN
En caso de que los oferentes, una vez adjudicada la presente licitación pública, quieran
aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo
electrónico con SENDA, al correo Licitaciones@senda.gob.cl. Las consultas efectuadas
serán respondidas por correo electrónico al oferente que realiza la consulta y junto con
ello, las preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos, a través del portal
www.mercadopublico.cl en el ID que identifica a la presente licitación.
5.3. CAUSALES PARA DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN.
El SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto
administrativo, por las siguientes causales:
a. Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el
numeral 6.1.
b. Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se desistiera
de su oferta.
c. Si el oferente adjudicado no presenta los antecedentes necesarios para emisión
de la orden de compra dentro del plazo establecido en el numeral 6.3 de las presentes
Bases. Los antecedentes requeridos se encuentran detallados en el punto 6.2. de las
presentes bases.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el SENDA adjudicará al
Oferente que, según el Acta de Evaluación Final, hubiese obtenido el siguiente mayor
puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses del
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SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
5.4. READJUDICACIÓN
El Proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será
seleccionado. Posteriormente, se procederá a su adjudicación mediante acto
administrativo fundado del SENDA, debidamente notificada al Adjudicatario y al resto de
los Oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas. En dicho acto
deberán especificarse los criterios de evaluación y el puntaje que hayan permitido al
Adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes no
adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, que
se desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el contrato
respectivo, se adjudicará al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese
obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses del
SENDA, o bien se declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado
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CONTRATACIÓN |
La contratación se perfeccionará con la aceptación de la respectiva orden de compras
conforme al Artículo 63 Ley 19.886, dentro de los 15 días hábiles desde la notificación de
la resolución que adjudica.
6.1. INHABILIDADES PARA CONTRATAR.
No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna de las
siguientes inhabilidades:
a) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del SENDA o que estén
unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo
54 de la Ley Nº18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado.
b) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del
SENDA o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco
descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº18.575; ni tampoco aquellas
sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o
éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o
éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con
los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las
sociedades antedichas.
c) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de
conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que Establece la Responsabilidad
Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos,
Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, el SENDA adjudicará
la licitación, al Oferente que según el Acta de Evaluación Final hubiese obtenido el
siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los
intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de
acto administrativo fundado.
6.2. REQUISITOS PARA CONTRATAR.
Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar dentro del
plazo indicado en el punto 6.5 de estas bases la documentación que a continuación se
indica para el perfeccionamiento de la contratación respectiva.
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Todos los oferentes:
1. Encontrarse inscrito y hábil en el registro de contratistas y proveedores de la
Dirección de Compras y Contratación Pública.
2. Con el objeto de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y
previsionales con sus actuales trabajadores y con los contratados en los últimos dos
años, el adjudicatario deberá acompañar un certificado vigente de Antecedentes
Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo y una declaración jurada
según el formato que a continuación se indica:
En el caso que el adjudicatario tenga trabajadores contratados o los haya tenido durante
los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a
continuación se indica, debiendo seleccionar sólo una de las opciones especificadas:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2021,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
a) La entidad que represento no registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años.
b) La entidad que represento registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, cuyo monto asciende a
……………………………….
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados actualmente, ni los
haya tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada
según el formato que a continuación se indica:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2021,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
La entidad que represento no tiene actualmente, ni ha tenido contratados durante los
últimos dos años trabajadores dependientes regidos por el código del trabajo.
Por lo tanto, no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos
años.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato
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licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad del período de ejecución de la contratación. SENDA exigirá que la empresa
contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y planillas, en la
oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento de las obligaciones
adeudadas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada,
dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva
licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
3. Documentos idóneos para demostrar el cumplimiento de la Garantía de fiel y oportuno
cumplimiento de acuerdo a lo señalado en el número 6.4 de las presentes bases.
Documentos para Persona Natural:
1. Fotocopia del R.U.T.
2. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para contratar.
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2021,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la Ley
19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
i. Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas
Individuales de Responsabilidad Limitada):
A. EN CASO DE SOCIEDADES:
1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para
la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación
legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e
inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio que corresponda, y en los
casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar
certificado de estatuto actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad competente.
2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de
Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar
certificado vigencia, emitido por la entidad competente.
3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad, emitida
por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda.
4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
5. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes
legales.
Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el Conservador de Bienes
Raíces y de Comercio correspondiente al domicilio en que se inscribió la sociedad.
B. EN CASO DE FUNDACIONES O CORPORACIONES:
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1. En entidades constituidas conforme al Decreto N°110, de 1979 del Ministerio de
Justicia: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
2. En entidades constituidas conforme a la Ley N°20.500 Sobre Asociaciones y
Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y
estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante ministro de fe,
y debidamente autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los términos
establecidos por el artículo 548 del Código Civil.
3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o
certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro Nacional de
Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e
Identificación.
4. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica,
cuando corresponda.
5. Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso
que existiere y todas las escrituras públicas insertar en ellos, y sus pertinentes
publicaciones en el Diario Oficial; o acta o actas donde se apruebe la reforma de
estatutos, debidamente autorizadas por el Secretario Municipal respectivo.
6. Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
7. Certificado de Directorio emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
C. EN TODOS LOS CASOS:
Declaración jurada en la que conste lo siguiente, según el formato de declaración que a
continuación se indica:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2021,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
N°1) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de
la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
N°2) La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en los
artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas
Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de
Cohecho, que le impida celebrar actos o contratos con organismos del Estado.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
Se exceptúan de declarar lo requerido en el número 1 de la declaración jurada, las
Universidades, Corporaciones o Fundaciones.
ii. Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
1. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que
acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el
Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
2. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando
para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos
que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario,
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legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de
constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del
representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante
legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera,
documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y
cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución
del contrato materia de las presentes bases.
3. Deberá designar domicilio en Chile.
4. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº18.046.
D. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, cada
uno de sus integrantes deberá presentar todos los documentos señalados en los puntos
anteriores, según sea el caso.
Con todo, se hace presente, que no será necesaria la presentación de aquellos
documentos que se encuentren digitalizados y vigentes en el portal
www.mercadopublico.cl.
6.3. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES
El Adjudicado deberá realizar la entrega de los documentos para formalizar la
contratación de acuerdo a estas bases de licitación. Estos documentos deben entregarse
dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
6.4. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
En consideración a la naturaleza de la contratación y los montos asociados a ella, no se
exigirá a los oferentes adjudicados la presentación de una garantía de fiel y oportuno
cumplimiento de las obligaciones.
6.5. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 63 del Reglamento de la Ley N°19.886,
en atención a que el monto involucrado en la presente licitación menor a 100 UTM, no se
suscribirá contrato con el adjudicatario, bastando únicamente la emisión de la
correspondiente orden de compra, la que deberá ser aceptada por el adjudicatario
dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de envío de la misma por
parte de SENDA al adjudicatario y hará las veces de contrato para todos los efectos
legales, el que se regirá estrictamente por lo dispuesto en estas bases y supletoriamente
por lo establecido en la Ley de Compras Públicas Ley N°19.886 y su reglamento.
Con todo, se hace presente que SENDA no emitirá la orden de compra en tanto el
adjudicatario no haga entrega de la documentación exigida en el número 6.2 de estas
bases.
El Adjudicado deberá acompañar la documentación requerida en el número 6.2. de estas
bases, dentro del plazo máximo de 15 días hábiles contados desde la fecha en que sea
informada la adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl.
Si el adjudicado no acompañara dicha documentación en el plazo señalado o no
aceptará la respectiva orden de compra dentro del plazo ya indicado, se tendrá por
desistida su oferta. En tal caso el SENDA, a menos que el retraso se deba a una causa
imputable a SENDA, adjudicará al Oferente que, según el Acta Final de Evaluación haya
obtenido el siguiente mejor puntaje final o declarará desierta la licitación, a través de acto
administrativo fundado.
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ADMISIBILIDAD Y EVALUACIÓN |
4.1 CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS.
Previo a la evaluación de las Ofertas Técnica y Económica, la División Jurídica de
SENDA revisará que los oferentes hayan dado cumplimiento a la entrega de la
declaración jurada del Anexo 2, emitiendo un informe que dé cuenta de ello.
Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias
condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la
Dirección del Trabajo y examinará, asimismo, si los oferentes hubieren sido condenados
por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de la unión
temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o
privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener
todas las menciones indicadas en el inciso primero del artículo 67 bis del Decreto
Supremo Nº250, de Hacienda, de 2004.
En este contexto, en caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores,
este Servicio examinará que ella hubiere presentado el documento en el cual se
formaliza la Unión Temporal de Proveedores, donde deberá estipularse, a lo menos, la
solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la
entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes
suficientes.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de
inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En
dicho evento, la Unión Temporal de Proveedores, dentro del plazo de 5 días hábiles, a
contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá
informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en
Agustinas 1235 piso 2, Santiago Centro, si continuará con los restantes integrantes no
inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
4.2 COMISIÓN EVALUADORA.
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La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión Evaluadora, la que analizará
los antecedentes y las ofertas presentadas, de acuerdo a los criterios establecidos a
continuación:
La Comisión Evaluadora estará integrada por:
● Jefe(a) de la División de Administración y Finanzas de SENDA o por la persona
que ésta designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente
enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones,
reclamos y sugerencias, OIRS del servicio.
● La Jefa de Operaciones de SENDA o por la persona que ésta designe mediante
memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo
electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias,
OIRS del servicio. Miembro de la Comisión de Género de SENDA
● Jefe de la Unidad de Soporte y Seguridad de la Información de SENDA o por la
persona que ésta designe mediante memorándum. el cual deberá ser
inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de
informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la Ley
N°19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que
cumplan funciones en el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las
especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En
caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar
constancia en el acta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas y económicas presentadas.
c) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas,
aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en esta
etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de
privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha
solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de
Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá solicitarse la
información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su
respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
d) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo
siguiente:
i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos
establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
iii. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se
presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas
presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio
iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas
para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la
forma de aplicar los criterios de evaluación.
v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la
decisión final.
4.3 CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La evaluación de las ofertas será realizada por SENDA de acuerdo con los criterios
señalados en el acápite siguiente. El proceso de evaluación contempla la evaluación de
9
las propuestas técnicas y económicas debiendo cada uno de los componentes ser
evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que
corresponda. La suma de los puntajes asignados a los a los dos componentes
corresponderá al puntaje final de la propuesta.
En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de la propuesta
económica y propuesta técnica, se utilizaran dos decimales. En la tabla siguiente se
detallan los puntajes máximos respecto de cada componente, y el porcentaje
correspondiente de estos.
La propuesta se evaluará de acuerdo a los criterios de evaluación y pauta de evaluación
que se indica a continuación. Para obtener la nota final de la evaluación técnica se
deberán sumar y ponderar las notas obtenidas en la pauta de evaluación que se indica
más adelante, todo ello en base a una escala de notas de 1 a 100, en base a la siguiente
tabla:
Criterio de Evaluación Porcentaje
Propuesta económica (Precio) 60%
Requisitos Técnicos 30%
Plazo de Implementación 5%
Cumplimiento de Requisitos Formales 5%
PROPUESTA ECONÓMICA (PRECIO 60%)
Se evaluará mediante una escala 1 a 100 aplicando una regla aritmética de tres
inversamente proporcional, asignando la nota más alta a la oferta de menor valor
económico. La información válida para ofertar será la ingresada en el Anexo 5.
REQUISITOS TÉCNICOS (30%)
En este criterio se evaluará de acuerdo a la siguiente tabla
Ítem Porcentaje
Módulo EDR para Endpoint 60
Inteligencia Artificial 40
Módulo EDR para Endpoint (60%), para la evaluación de este ítem el oferente deberá
describir en forma clara el producto que ofrecerá para combatir las amenazas avanzadas
y responder a incidentes en los Endpoint.
Monitoreo EndPoint (60%) Porcentaje
La propuesta incluye módulo EDR 100
La propuesta NO incluye módulo EDR 0
INTELIGENCIA ARTIFICIAL
10
El oferente en su propuesta para la evaluación de este ítem deberá especificar si el
antivirus ofertado incluye un sistema de inteligencia artificial para la detección y gestión de
amenazas de forma proactiva.
Sistema IA (40%) Porcentaje
La propuesta incluye sistema IA 100
La propuesta NO incluye sistema IA 0
PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN (5%)
El plazo de implementación será evaluado de acuerdo a los días que el proveedor demore
en la entrega y recepción conforme. Este plazo no podrá ser superior a 20 días corridos.
Se evaluará mediante una escala 1 a 100 aplicando una regla aritmética de tres
inversamente proporcional asignando la nota más alta a la oferta de menor plazo de
implementación.
La información válida para ofertar será la ingresada en el Anexo N° 3.
CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES (5%)
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de
presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u
omisiones formales, obtendrá 100 (cien) puntos. El oferente que no haya cumplido todos
los requisitos formales habiendo omitido antecedentes o certificaciones al momento de
presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del
artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886 y la facultad establecida en estas
bases a este respecto, o se le haya solicitado salvar errores u omisiones formales en
conformidad al artículo 40, inciso 1°, del mismo cuerpo reglamentario, obtendrá 0 (cero)
puntos en este criterio.
Cumplimiento Requisitos Formales (5%) Puntaje
Cumple con la presentación completa de antecedentes. 100
Cumple posterior a los plazos establecidos 50
No cumple o los acompaña con posterioridad conforme al artículo
40, inc. 2°, del Reglamento de la ley N°19.886, o se le solicitó
salvar errores u omisiones formales, conforme al artículo 40, inc.
1° de dicho reglamento.
0
4.4 ACLARACIONES, ERRORES U OMISIONES
Una vez realizada la apertura de las ofertas, SENDA, podrá solicitar a los oferentes las
aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión de su oferta, así como que
salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios no
les confieran una situación de privilegio respecto de los demás proponentes, esto es, en tanto
no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se
informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a través del portal
www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, el oferente dispondrá de un plazo de 3 días
hábiles, para enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
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Asimismo, SENDA podrá pedir a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las
ofertas, certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la
oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes, se hayan producido u obtenido con
anterioridad al plazo para presentar ofertas, o que se refiera a situaciones no mutables, entre
el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para estos efectos,
deberá solicitarse la información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá
enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
4.5 EVALUACIÓN
La nota final será la que resulte de la suma de las notas obtenidas en la evaluación
técnica y económica, ponderadas de acuerdo con los porcentajes que se indican en estas
bases
PFTE = Puntaje Técnico * 35 % + cumplimiento de requisitos formales *5% +Puntaje
Económico * 60%
El oferente que obtenga la más alta calificación será quien se adjudique la presente
licitación.
Con todo, no resultará adjudicada la propuesta que presente una nota final inferior al
50%.
4.6 MECANISMO PARA DIRIMIR EMPATES.
En caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más
oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden
de prelación que a continuación se indica:
a) El proponente que haya obtenido mayor puntaje en la evaluación de la oferta
Económica.
b) El proponente que haya obtenido mayor puntaje en la evaluación de la oferta
técnica.
c) De persistir el empate, se seleccionará al Proponente que obtenga el mayor
puntaje en los criterios de evaluación, analizados uno a uno, según el orden siguiente:
- Se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación
en el criterio de evaluación de la Oferta Técnica denominado “Requisitos Técnicos”;
- Si, no obstante, y luego de aplicar el criterio precedente, se mantuviere el empate, se
resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el
criterio de evaluación de la oferta técnica denominado “Plazo de Implementación”.
- Si, no obstante, y luego de aplicar el criterio precedente, se mantuviere el empate, se
resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el
criterio de evaluación de la oferta técnica denominado “Cumplimiento de Requisitos
Formales”.
d) Si persistiese el empate entre dos o más oferentes, la jefatura del Servicio de
SENDA resolverá fundadamente al oferente seleccionado, a propuesta de la Comisión
Evaluadora.
Finalmente, si pese a los mecanismos para dirimir empates aún existiera un empate entre
dos o más oferentes, este será dirimido mediante sorteo efectuado por la Comisión
Evaluadora, actuando un abogado de la División Jurídica de SENDA como ministro de fe.
4.7 RECHAZO DE LAS OFERTAS
El SENDA declarará inadmisibles las Ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos
establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación, cuando no se
presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del
SENDA. En cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por acto administrativo
fundado.
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PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
3.1. INFORMACIÓN GENERAL
La propuesta tendrá validez por un período de 60 días hábiles. Dicho plazo se contará a
partir de la fecha de cierre de la presente licitación. La oferta cuyo período de validez sea
menor que la requerida será rechazada por SENDA, no siendo objeto de evaluación.
Los gastos en que incurran los oferentes como consecuencia de la presentación de sus
ofertas serán de su cargo, sin derecho a reembolso de ninguna especie.
Ante cualquier discordancia u omisión que se verifique entre las presentes Bases y el
formulario publicado en el Portal www.mercadopublico.cl primará lo señalado en el
presente instrumento.
3.2. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La presentación de las propuestas, indistintamente denominadas también “ofertas”, se
regirán por las siguientes disposiciones:
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal y
dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá
propuesta alguna. Del mismo modo, los Proponentes no podrán retirar las propuestas ni
hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
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Cada proponente podrá presentar sólo una oferta. En caso de que un mismo oferente
presentare dos o más ofertas, se estará a la última que hubiere ingresado, de acuerdo
con la hora y día en que esta fue presentada.
La propuesta es, para todos los efectos, de carácter indivisible. Por consiguiente, y no
obstante que para los efectos de su presentación y evaluación se ha separado en una
propuesta técnica y otra económica, la falta de una u otra importará indistintamente la
falta o no presentación de la propuesta en su totalidad.
3.3. FECHA DE RECEPCIÓN DE LAS OFERTA
Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes Bases en el
portal www.mercadopublico.cl y hasta las 15:00 horas del décimo día corrido contado
desde esa fecha. Sin embargo, si el vencimiento del plazo recayere en día inhábil, se
postergará la fecha de cierre de recepción de las ofertas para el día hábil siguiente a la
misma hora.
Con todo, sólo se recibirán aquellas propuestas en soporte papel en las circunstancias
expresamente indicadas en el Artículo 62 del Reglamento de la ley 19.886, en un sobre
debidamente cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en
Agustinas 1235 piso 2, Santiago Centro, dentro de un plazo de 2 días hábiles contados
desde la fecha de cierre de las ofertas.
3.4. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Los oferentes deberán ingresar como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl,
en el ID que identifica esta licitación, un anexo de identificación del oferente (anexo N°1)
y, además, la declaración jurada del Anexo 2, (letra A, B, ó C según sea el caso), del título
II de estas bases. La falta o no presentación de la aludida declaración jurada, será causal
para declarar la inadmisibilidad de la respectiva oferta. Se deja constancia que los
oferentes podrán completar las declaraciones juradas electrónicas dispuestas por la
plataforma de mercado público.
En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, además deberá acompañar el
instrumento público o privado en donde debe constar a lo menos, la solidaridad entre
partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y el
nombramiento de un representante o apoderado común, con poderes suficientes. La falta
o no presentación del referido documento, importará la declaración de inadmisibilidad de
la respectiva oferta.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de
inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En
dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de
dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl , deberá informar por escrito en la
Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago
Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se
desiste de su participación en el proceso.
3.5. PROPUESTA TÉCNICA
La propuesta técnica deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio
www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación.
Se deberá ingresar los Anexos N°3 y 4 debidamente llenados y suscritos, los cuales se
contienen en el acápite III de estas bases. Dichos anexos deberán adjuntarse en la
carpeta “Archivo Técnico” del sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta
licitación. La propuesta técnica deberá formularse en la forma y de acuerdo a los
términos y requisitos establecidos en las Bases Técnicas. Esta propuesta técnica debe
cumplir a lo menos con lo establecido en el anexo N°4.
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3.6. PROPUESTA ECONÓMICA
La oferta económica deberá ingresarse en el anexo N°5 como archivo adjunto en el sitio
www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación.
La propuesta económica deberá estar expresada en moneda nacional, en valor bruto y no
estará sometida a reajuste alguno.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todo cuanto implique un gasto
para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él.
Los precios ofertados, serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato. No
se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones
o alza del precio cotizado con posterioridad a la Propuesta o durante su cumplimiento.
La propuesta económica deberá contener las siguientes especificaciones:
Para la ejecución del servicio que por medio de las presentes bases se licita, el Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ha
dispuesto un monto máximo de $10.000.000.- (diez millones de pesos), impuestos
incluidos.
Toda oferta que exceda el máximo antes indicado será declarada inadmisible.
Los oferentes que no presenten propuesta económica, o bien presentándola, ésta no
cumpla con lo señalado en las presentes bases, quedarán fuera del presente proceso de
licitación y, por consiguiente, sus propuestas no serán objeto de evaluación, y deberán ser
declaradas inadmisibles.
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EFECTOS DERIVADOS DE INCUMPLIMIENTOS DEL CONTRATO |
MULTAS
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El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol a través de su contraparte técnica llevará un registro de los atrasos y multas
imputables al adjudicatario.
Las multas que procedan serán aplicables según el siguiente criterio:
MULTA POR ATRASO EN EL PLAZO DE LA IMPLEMNETACIÓN
Se aplicará una multa del porcentaje sobre el valor adjudicado del equipamiento
pendiente de entrega, por cada día de atraso en que incurra la Empresa en relación al
plazo presentado en el Anexo N°3 de su oferta, de conformidad al detalle siguiente:
El valor de multa por atraso corresponde a los siguientes valores.
● De 01 a 5 días corridos de atraso: 0,6% diario.
● De 6 a 10 días corridos de atraso: 0,8% diario.
● De 11 a 20 días corridos de atraso: 1% diario.
El monto máximo de las multas no podrá superar al 20% del valor bruto total de la orden
de compra.
Cumplidos los 20 días corridos de atraso de cualquiera de los ítems adjudicados en forma
individual, el Servicio podrá dar término anticipado del contrato. Si faltasen accesorios o
componentes de cualquier tipo asociados al ítem adjudicado, se considerará no efectuada
la entrega y se aplicarán multas por atraso, con el tope máximo señalado, posterior al
cual, procederá poner término al contrato.
Procedimiento de aplicación de multas:
a) SENDA notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que
constituyen la falta que se ha detectado, los antecedentes que dan cuenta de ello y la
multa a la que da lugar la infracción.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento se
realizarán mediante correo electrónico, el que deberá ser indicado por el proveedor en el
momento de la oferta.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya
notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas
que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no
ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas o que desvirtúen los
antecedentes con los que cuenta el Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por
acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las multas que
correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio
dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para
resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente. De lo resuelto, se
notificará al contratista por carta certificada.
El contratista podrá, entre otros recursos establecidos en la Ley N°19.880, presentar
recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles
contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su
parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo
acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del
plazo indicado, la multa quedará firme.
El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles siguientes
a la notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de aplicación de multa o
en su defecto que resuelva la Reposición, por cualquiera de los siguientes medios:
1.- Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, enviándolo por oficio o
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entregándolo directamente a la Unidad de Tesorería ubicada en calle Agustinas 1235,
piso 2, comuna de Santiago. La Unidad de Tesorería extenderá el respectivo recibo de
ingresos.
2.- Emisión de cheque, en los mismos términos del número anterior, pudiendo proceder a
depositar el documento en la cuenta corriente número 9003100 de Banco Estado,
realizando el respectivo endoso al reverso, enviando copia del respectivo comprobante a
la Unidad de Tesorería, ubicada en calle Agustinas 1235, piso 9, comuna de Santiago.
3.- Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto dos, invocando el
RUT del Servicio, 61.980.170-9 e informando al correo electrónico
tesoreria@senda.gob.cl.
Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará facultado
para dar termino anticipado al contrato.
8.2. TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
SENDA pondrá término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que
acaeciere alguna de las siguientes circunstancias:
1.- Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.
2.- Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por
el contratista, siempre y cuando ello no se deba a caso fortuito o fuerza mayor. Se
entenderá por incumplimiento grave, entre otras hipótesis de igual magnitud, el atraso o
incumplimiento superior a 10 días corridos en la ejecución del servicio contratado.
3.-Reorganización o liquidación concursal del contratante, a menos que se caucione
suficientemente un eventual incumplimiento contractual.
4.-Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra o
fallecimiento del contratante en caso de persona natural.
5.- Cuando el monto de las multas previstas en el número 8.1 del acápite I de estas
bases, alcanzare al 20% del monto total de la contratación.
6.-Por causa de interés público.
7.-Por exigirlo la seguridad nacional.
8.- Cumplidos los 20 días corridos de atraso de cualquiera de los ítems adjudicados en
forma individual, de acuerdo a lo previsto en el número 8.1 del acápite I de estas bases.
La resolución que disponga el término anticipado del contrato definitivo o su modificación
deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público, a más
tardar, dentro de las 24 horas de totalmente tramitada.
En el periodo que transcurra entre la notificación del término anticipado del contrato y la
nueva adjudicación del Servicio, el contratista estará obligado a prestar el servicio
contratado, debiendo a su término devolver el saldo de precio pagado en exceso por el
Servicio en relación al periodo de tiempo efectivamente cubierto por la póliza.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol puede ejercer para exigir la
correspondiente indemnización de los perjuicios.
Procedimiento de término anticipado de contrato:
a) SENDA notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que
constituyen la causal de término que se ha detectado y los antecedentes que dan cuenta
de ello.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento se
realizarán mediante correo electrónico, el que deberá ser indicado por el proveedor en el
momento de la oferta.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya
notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas
que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor que demuestren que no ha
tenido responsabilidad en los hechos que originan la causal, o que desvirtúen los
antecedentes con los que cuenta el Servicio.
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Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por
acreditada la causal de término anticipado dictándose la pertinente resolución por parte
del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio
dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para
resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos. De lo resuelto, se dictará el correspondiente
acto administrativo.
El contratista podrá entre otros recursos establecidos en la Ley N°19.880, presentar
recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles
contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su
parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo
acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del
plazo indicado, el término quedará firme.
8.3. EXCEPCIONES
Si durante la vigencia del contrato se presentaren eventos de caso fortuito o fuerza mayor
que impidan al contratista dar cumplimiento oportuno o integro de sus obligaciones, este
podrá dentro de las 48 horas siguientes al hecho en cuestión, comunicar por escrito a la
contraparte técnica de SENDA dicha circunstancia, explicitando el evento de caso fortuito
o fuerza mayor invocado y la forma en que ha provocado el incumplimiento, lo cual, en
caso de ser aceptado, permitirá acordar con la contraparte técnica un nuevo plazo de
entrega de cualquiera de los productos del número 6 de las bases técnicas, eximiéndole
de la aplicación de las sanciones que pudiesen corresponder.
Transcurrido el plazo de 48 horas antes indicado, no se aceptará justificación por parte del
contratista, iniciándose los procedimientos de aplicación de la sanción correspondiente.
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