DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA PRESENTE LICITACIÓN. |
Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley N°19.886, en su Reglamento aprobado
mediante el Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y por los
documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias se
interpretarán en forma armónica a las presentes Bases de Licitación, manteniendo el
siguiente orden de prelación:
a) Bases Administrativas y Técnicas y Anexos de la Licitación.
b) Modificación a las bases, que eventualmente podrá hacer el Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, a través de la
resolución correspondiente.
c) Respuestas a las preguntas de los proveedores.
d) Aclaraciones a las ofertas, que hayan sido solicitadas por el Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Se podrá acceder a los documentos señalados anteriormente a través del portal
electrónico www.mercadopublico.cl.
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MODIFICACIÓN DE BASES. |
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, “SENDA”, podrá modificar las presentes Bases, hasta antes del vencimiento
del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas
mediante resolución, la que será sometida a la misma tramitación que la resolución
aprobatoria de las presentes bases, y será publicada en el portal Mercado Público. En
caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la
presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados
puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
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APERTURA DE LAS OFERTAS. |
El mismo día del cierre de recepción de las ofertas, a contar de las 15:01 horas,
se procederá a efectuar la apertura de las ofertas presentadas en esta la licitación.
La presente licitación será en una etapa, procediéndose en el acto de apertura a
abrir tanto la oferta técnica como la económica.
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.COMISIÓN EVALUADORA. |
La evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas será realizada por una
Comisión Evaluadora, la que analizará los antecedentes y las ofertas presentadas,
de acuerdo a los criterios establecidos a continuación:
La Comisión Evaluadora estará integrada por:
• Jefa Área de Operaciones o por la persona que designe mediante
memorándum, el cual deberá ser enviado inmediatamente, mediante correo
electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias,
OIRS del Servicio.
• Profesional del Área de Capacitación y Formación de SENDA, o por la
persona que designe mediante memorándum, el Jefe de División Programática, el
cual deberá ser enviado inmediatamente, mediante correo electrónico al encargado
de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del Servicio
• Jefa Área de Capacitación y Formación de SENDA o por la persona que
designe mediante memorándum, el cual deberá ser enviado inmediatamente,
mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y
sugerencias, OIRS del Servicio.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la Ley
N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales
que cumplan funciones en el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a
las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases
Técnicas. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin
evaluarla y consignar en el acta respectiva.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Evaluar las Ofertas Económicas.
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d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas,
aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en esta
etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifique asumir una situación
de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de
estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo
informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través
del Sistema de Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá
solicitarse la información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles
deberá enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
e) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo
siguiente:
i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los
requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos
incumplidos.
iii. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se
presentasen ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las
ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio
iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo
aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier
observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar
la decisión final.
Durante el periodo de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto con
SENDA para los efectos de la misma, a menos que las presentes Bases señalen
alguna excepción.
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ACLARACIONES, ERRORES U OMISIONES. |
Una vez realizada la apertura de las ofertas, el SENDA podrá solicitar a los oferentes
las aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión de su oferta, así
como que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones
de dichos vicios no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás
proponentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las
bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los
oferentes si correspondiere, a través del portal www.mercadopublico.cl. Para estos
efectos, el oferente dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para enviar su
respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
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ADJUDICACIÓN. |
La propuesta deberá ser adjudicada en un plazo máximo de 30 días hábiles
contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas y se publicará en el
portal www.mercadopublico.cl, siempre que el acto administrativo que adjudica la
presente licitación se encuentre totalmente tramitado.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA, a través de acto administrativo fundado podrá
ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando este hecho, sus
fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl.
Una vez adjudicada la licitación, el Adjudicatario deberá acompañar los documentos
que sean necesarios para la emisión de la Orden de Compra, individualizados en el
número 17 del Acápite I de las presentes Bases.
Con todo, y en caso de que el oferente favorecido con la adjudicación no se
encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la
Administración, ChileProveedores, deberá solicitar su inscripción en él, dentro de los
3 días siguientes de informada la adjudicación en el portal. De no inscribirse, SENDA
podrá considerar que el oferente se desiste de formalizar la contratación. En este
caso particular, los plazos señalados en el número 17 del Acápite I de las presentes
bases se entenderán aumentados en 10 días corridos.
14.1. Selección del Adjudicatario.
El Proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será
seleccionado. Posteriormente se procederá a su adjudicación mediante acto
administrativo fundado del SENDA, debidamente notificado al Adjudicatario y al resto
de los Oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas. En dicho
acto deberán especificarse los criterios de evaluación que hayan permitido al
Adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes
no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado,
que desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el
contrato respectivo, se adjudicará al oferente que, según el Acta Final de Evaluación,
hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los
intereses del SENDA, o bien se declarará desierta la licitación, a través de acto
administrativo fundado.
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14.2. Rechazo de las ofertas.
El SENDA declarará inadmisibles las Ofertas cuando éstas no cumplan con los
requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación,
cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los
intereses del SENDA. En cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por
acto administrativo fundado.
14.3. Causales para dejar sin efecto la Adjudicación.
El SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto
administrativo, por las siguientes causales:
a) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en
el numeral 16 del Acápite I de las presentes Bases.
b) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos
señalados para la emisión de la Orden de Compra, señalados en el número 17 del
Acápite I de las presentes Bases.
c) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se
desistiera de su oferta.
d) Si el oferente adjudicado se negare a aceptar la Orden de Compra.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el SENDA
adjudicará a aquél oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido
el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses del
SENDA, o bien se declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo
fundado.
14.4. Consultas a la adjudicación.
En caso de que los oferentes, una vez adjudicada la presente licitación pública,
quieran aclarar aspectos de la adjudicación, podrán comunicarse vía correo
electrónico al correo electrónico licitaciones@senda.gob.cl.
Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al oferente que
realiza la consulta y junto con ello, las preguntas y respuestas, serán publicadas como
anexos, a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica a la
presente licitación.
Con todo, sólo se aceptarán consultas a la adjudicación dentro de los 3 días corridos
siguientes a la fecha de la notificación de la resolución que adjudica la presente
propuesta pública. Toda consulta que se realice con posterioridad a este plazo se
tendrá por no presentada.
De conformidad a lo establecido en el artículo N° 59, de la Ley N° 19.880, el
contratista podrá presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio,
dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se
recurre, sin perjuicio de la pertinencia del recurso extraordinario de revisión previsto
en el artículo 60 del mismo cuerpo legal.
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FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. |
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 63 del Reglamento de la Ley N°
19.886, en atención a que el monto involucrado en la presente licitación es inferior a 100 UTM y siendo el servicio requerido de simple y objetiva determinación, no se
suscribirá contrato con el adjudicatario, bastando únicamente la emisión de la orden
de compra respectiva, la que deberá ser aceptada por el adjudicatario dentro del
plazo de 48 horas contadas desde la fecha de envío de la orden de compra y hará
las veces de contrato para todos los efectos legales, el que se regirá estrictamente
por lo dispuesto en estas bases y supletoriamente por lo establecido en la Ley de
Compras Públicas, Ley N° 19.886, y su Reglamento.
Con todo, se hace presente que la orden de compra no se despachará en tanto el
adjudicatario no haga entrega de la documentación exigida en el número 17 de estas
bases.
El Adjudicado deberá acompañar la documentación requerida en el número 17 de
estas Bases dentro del plazo máximo de 15 días hábiles contados desde la fecha en
que sea informada la adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl.
Si el adjudicado no acompañase dicha documentación en el plazo señalado o no
aceptase la respectiva orden de compra dentro del plazo ya indicado, se tendrá por
desistida su oferta. En tal caso el SENDA, a menos que el retraso se deba a una
causa imputable a SENDA, adjudicará al Oferente que, según el Acta Final de
Evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final o declarará desierta la
licitación, a través de acto administrativo fundado.
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INHABILIDADES PARA FORMALIZAR LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. |
No podrá formalizarse la emisión de la orden de compra respecto de los oferentes
que presenten alguna de las siguientes inhabilidades:
a) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del SENDA o que
estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo
54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado.
b) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos
del SENDA o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco
descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas
sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o
éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o
éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los
gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las
sociedades antedichas.
c) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente,
de conformidad al artículo 8 y 10 de la Ley N° 20.393, que Establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los delitos que indica.
d) Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto
Ley N° 211, de 1973.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, el SENDA
adjudicará la licitación al Oferente que según el Acta de Evaluación Final hubiese
obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es
conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación, según
corresponda, a través de acto administrativo fundado.
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GARANTIA DE LOS PRODUCTOS. |
Debido a la naturaleza de los productos solicitados, si se encuentren en evidente mal
estado y SENDA podrá solicitar al proveedor adjudicado el reemplazo de los mismos
sin costo. En tal caso, el proveedor adjudicado deberá hacer la entrega de los
productos dentro de un plazo no mayor a 20 días hábiles.
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ENTREGA DE DEL PRODUCTO. |
El proveedor adjudicado, deberá entregar Equipos Computacionales y Licencias
dentro del plazo indicado en su propuesta técnica, a contar de la emisión de la Orden
de Compra. Los Equipos deberán ser entregados en Agustinas 1235 piso 2, en el
Área de Logística, siendo la Jefatura, José Ignacio Betancourt el encargado de su
recepción, en cuanto a las Licencias electrónicas, deberán ser enviadas al correo de
la jefa del Área de Capacitación y Formación, Paola Tassara ,
ptassara@senda.gob.cl.
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