APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
A las 15:01 horas del mismo día del cierre de recepción de las ofertas,
determinada de conformidad al número 5.2 de estas bases, se procederá a
efectuar la apertura de las ofertas presentadas en esta licitación.
7.1MODALIDAD DE LA LICITACIÓN.
La presente licitación será en una etapa, procediéndose en el acto de apertura
a abrir tanto la oferta técnica como la económica.
7.2COMISIÓN EVALUADORA.
La evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas, será realizada por una
Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios(as):
1.- Jefatura de la División Territorial del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol por el (la) funcionario(a) que
designe mediante memorándum, el cual deberá ser enviado inmediatamente,
mediante correo electrónico al encargado de la OIRS del Servicio.
2.- Jefatura de la División de Administración y Finanzas del Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, por el
(la) funcionario(a) que designe mediante memorándum, el cual deberá ser
enviado inmediatamente, mediante correo electrónico al encargado de la OIRS
del Servicio.
3.- Jefe del área Tolerancia Cero, o por el (la) funcionario(a) que la jefa de la
División Territorial designe, mediante memorándum, el cual deberá ser
enviado inmediatamente, mediante correo electrónico al encargado de la OIRS
del Servicio.
Un Abogado de la División Jurídica del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, podrá obrar como Ministro
de Fe.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento
de la Ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de
otros profesionales que cumplan funciones en el Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se
ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de
las Bases Técnicas. En caso que ello no ocurra, deberá proponer
rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el acta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Evaluar las Ofertas Económicas.
d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las
ofertas, aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales
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detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no
signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás
oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y
de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y
modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de
Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá solicitarse
la información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá
enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
e) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia,
de lo siguiente:
i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación
de las ofertas.
ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no
cumplir con los requisitos establecidos en las bases,
debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
iii. La proposición de declaración de la licitación como
desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien,
cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas
presentadas no resultan convenientes a los intereses del
Servicio
iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas
de cálculo aplicadas para la asignación de dichos
puntajes, así como cualquier observación relativa a la
forma de aplicar los criterios de evaluación.
v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad
facultada para adoptar la decisión final.
7.3 ACLARACIONES, ERRORES U OMISIONES Y SOLICITUD DE
CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES
Una vez realizada la apertura de las ofertas, el SENDA, podrá solicitar a los
oferentes las aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión
de su oferta, así como que salven errores u omisiones formales, siempre y
cuando las rectificaciones de dichos vicios no les confieran una situación de
privilegio respecto de los demás proponentes, esto es, en tanto no se afecten
los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y
se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a
través del portal www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, el oferente
dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para enviar su respuesta a través del
portal www.mercadopúblico.cl.
Asimismo, SENDA podrá pedir a los oferentes, durante el proceso de
evaluación de las ofertas, certificaciones o antecedentes que hayan omitido
presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones
o antecedentes, se hayan producido u obtenido con anterioridad al plazo para
presentar ofertas, o que se refiera a situaciones no mutables, entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para
estos efectos, deberá solicitarse la información al oferente, quien en un plazo
de 3 días hábiles deberá enviar su respuesta a través del portal
www.mercadopúblico.cl.
7.4 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
Sólo se evaluarán las ofertas que hayan dado cumplimiento a las condiciones
administrativas señaladas en las bases, lo que será revisado por la comisión
evaluadora.
11
7.4.1 Evaluación de Ofertas Técnicas. (40%)
Se evaluarán las Ofertas de acuerdo a los criterios, ponderaciones y escala de
puntajes, de 0 a 100, que se indican a continuación:
Criterio Escala de Calificación Puntos Ponderador
Años de experiencia
comprobable del
oferente en
abastecimiento y/o
venta de bienes
análogos a los que por
las presentes bases se
licitan*
Igual o menos de 1 año de
experiencia, o no acredita
experiencia
0
60%
Entre 1 año y 1 día y 3
años de experiencia 50
Más de 3 años y 1 día de
experiencia 100
Cumplimiento de los
requisitos formales de
presentación de la
oferta
(Si no se presentan
antecedentes o estos se
presentan después de
los plazos generales y
especiales indicados en
las presentes bases, las
ofertas serán
declaradas
inadmisibles.)
Presenta fuera del plazo
contemplado para la
presentación de ofertas,
pero dentro del plazo
especial de 3 días hábiles
contemplado en el número
7.3 de las presentes bases
todos o alguno de los
certificados y
antecedentes requeridos.
0
40%
Presenta dentro del plazo
de presentación de ofertas
contemplado en las
presentes bases todos los
certificados y
antecedentes requeridos.
100
Oferente no presenta los
antecedentes dentro del
plazo para la presentación
de las ofertas ni dentro del
plazo adicional
contemplado en el número
7.3
Oferta será
desestimada
, quedando
fuera de la
presente
licitación.
* La experiencia se contará en años calendario, es decir, 12 meses completos.
Medio de Verificación de los Criterios
Experiencia del oferente: Se deberán acompañar documentos que
acrediten los años de experiencia comprobable del oferente en
abastecimiento y/o venta de bienes análogos a los que por las presentes
bases se licitan, según el detalle previsto en el Anexo N°2.
12
Cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la
oferta: Se verifica con la revisión de antecedentes y la presentación de
todos los antecedentes.
La suma de los puntajes obtenidos de acuerdo a la pauta anterior, debidamente
ponderados según la tabla de evaluación precedente, dará la nota final de la
propuesta técnica. El puntaje técnico obtenido se expresará con dos decimales
sin aproximación.
Con todo, no podrá ser adjudicada una oferta técnica que obtenga un puntaje
técnico inferior a 40 puntos.
7.4.2 Evaluación de Ofertas Económicas. (60%)
Las ofertas serán evaluadas económicamente a través de la aplicación de la
siguiente fórmula:
Puntaje económico = OPM * 100
OE
Donde:
OPM: es el precio menor de todas las ofertas evaluadas
OE : es el precio de la oferta evaluada
100 : es el puntaje mayor
7.4.3 Puntaje Final.
El Puntaje Final de las Ofertas considera asignar un 40% al puntaje obtenido
en la Evaluación Técnica y un 60% al puntaje obtenido en la Evaluación
Económica, quedando la evaluación final como sigue:
PFTE = Puntaje Técnico * 40 % + Puntaje Económico * 60%
7.4.4 Mecanismo de Desempate.
Ante la ocurrencia de un empate en el mayor puntaje final técnicoeconómico, entre dos o más Oferentes, se seleccionará al Proponente de
acuerdo a la siguiente secuencia:
a) De existir empate, se seleccionará al Proponente que obtenga el
mayor puntaje en la evaluación económica.
b) De persistir el empate se seleccionará al oferente que tenga mayor
puntaje en el criterio denominado “Experiencia del oferente”.
c) Si persiste el empate, se adjudicará la oferta que tenga el mejor
puntaje en su oferta técnica.
d) Si con todo, a pesar de haber aplicado los mecanismos de desempate
anteriormente señalados, subsistiere el empate, corresponderá al
Director Nacional resolver fundadamente la forma de dirimirlo, a
propuesta de la Comisión Evaluadora, actuando como Ministro de Fe
un abogado de la División Jurídica de este Servicio.
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DEL CONTRATO |
Se celebrará un contrato de prestación de servicios, dentro de los 10 días
hábiles desde la notificación de la resolución que adjudica.
9.1 INHABILIDADES PARA CONTRATAR.
No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna
de las siguientes inhabilidades:
a) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del
SENDA o que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos
en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
b) Las sociedades de personas en las que formen parte
funcionarios directivos del SENDA o las personas que estén unidas a ellos
por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la
Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por
acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas; ni
aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas sean dueños
de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los gerentes,
administradores, representantes o directores de cualquiera de las
sociedades antedichas.
c) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables
penalmente, de conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que
15
Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los
Delitos que Indica.
d) Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la
Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra
d), del decreto ley N° 211, de 1973.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, el SENDA
adjudicará la licitación, al Oferente que según el Acta de Evaluación Final
hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha
oferta es conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la
licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
9.2 REQUISITOS PARA CONTRATAR.
Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar
dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que
adjudica, la documentación que a continuación se indica para suscribir el
contrato respectivo.
9.2.1 Todos los oferentes
1. Encontrarse inscrito y hábil en el registro de contratistas y
proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
2. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Según las indicaciones
contenidas en el punto 9.3 de las presentes Bases.
3. Con el objeto de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones
laborales y previsionales con sus actuales trabajadores y con los
contratados en los últimos dos años, el adjudicatario deberá
acompañar un certificado vigente de Antecedentes Laborales y
Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo y una
declaración jurada según el formato que a continuación se indica:
En el caso que el adjudicatario tenga trabajadores contratados o los haya
tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada
según el formato que a continuación se indica, debiendo seleccionar sólo una
de las opciones especificadas:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante
legal de………………………………………….…, RUT………………, viene en
declarar que:
a) La entidad que represento no registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
b) La entidad que represento registra saldos insolutos de remuneraciones
o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, cuyo monto asciende a
16
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados
actualmente, ni los haya tenido durante los últimos dos años, deberá
acompañar una declaración jurada según el formato que a continuación se
indica:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ....................................................................................,
representante legal de………………………………………….…,
RUT………………, viene en declarar que:
La entidad que represento no tiene actualmente, ni ha tenido
contratados durante los últimos dos años trabajadores dependientes
regidos por el código del trabajo.
Por lo tanto no registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de
pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo la entidad acreditar que la totalidad de las obligaciones
se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de la
contratación. Senda exigirá que la entidad contratada proceda a dichos pagos
y le presenten los comprobantes y planillas, en la oportunidad señalada que
demuestren el total cumplimiento de las obligaciones adeudadas. El
incumplimiento de estas obligaciones por parte de la entidad contratada, dará
derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una
nueva licitación en la que la entidad referida no podrá participar.
9.2.2 Documentos para Persona Natural:
1. Fotocopia del R.U.T.
2. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para
contratar.
DECLARACION JURADA
17
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante
legal de………………………………………….…, RUT………………, viene en
declarar que:
No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso
sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios.
No he sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en
conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211,
de 1973.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
9.2.3 Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las
Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada):
A. EN CASO DE SOCIEDADES:
1. Escritura pública de constitución y de las últimas
modificaciones necesarias para la acertada
determinación de la razón social, objeto, administración
y representación legal, si las hubiere, y sus
correspondientes extractos, publicaciones en el Diario
Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes
Raíces y Comercio que corresponda, y en los casos de
Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N°
20.659 deberán acompañar certificado de estatuto
actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad
competente.
2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad,
emitida por el Registro de Comercio del Conservador
de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de
Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N°
20.659 deberán acompañar certificado vigencia,
emitido por la entidad competente.
3. Certificado de vigencia de poder, del representante
legal de la Sociedad, emitida por el Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces que
corresponda.
4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
5. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de
él o los representantes legales.
Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el Conservador
de Bienes Raíces y de Comercio en donde se inscribió la sociedad.
B. EN CASO DE FUNDACIONES O
CORPORACIONES:
1. En entidades constituidas conforme al Decreto N° 110,
18
de 1979 del Ministerio de Justicia: Acta de asamblea
constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
2. En entidades constituidas conforme a la Ley N° 20.500
Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la
Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y
estatutos, reducidos a escritura pública o documento
privado suscrito ante ministro de fe, y debidamente
autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en
los términos establecidos por el artículo 548 del Código
Civil.
3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga
la personalidad jurídica, o certificado de vigencia en
donde conste Número de Inscripción en el Registro
Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a
cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación.
4. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga
la personalidad jurídica, cuando corresponda.
5. Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a
los estatutos en que caso que existiere y todas las
escrituras públicas insertar en ellos, y sus pertinentes
publicaciones en el Diario Oficial; o acta o actas donde
se apruebe la reforma de estatutos, debidamente
autorizadas por el Secretario Municipal respectivo.
6. Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de
Registro Civil e Identificación.
7. Certificado de Directorio emitido por el Servicio de
Registro Civil e Identificación.
C. EN TODOS LOS CASOS:
Declaración jurada en la que conste lo siguiente, según el formato de
declaración que a continuación se indica.
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante
legal de………………………………………….…, RUT………………, viene en
declarar que:
N°1) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo
4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios.
N°2) La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las penas
establecidas en los artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que Indica,
que le impida celebrar actos o contratos con organismos del Estado.
19
N°3) No he sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del
decreto ley N° 211, de 1973.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
Se exceptúan de declarar lo requerido en el número 1 de la declaración jurada,
las Universidades, Corporaciones o Fundaciones.
9.2.4 Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
1. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los
documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser
legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en
el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
2. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile,
acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y
representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y
representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido
otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de
sociedad chilena, documento donde conste la personería del
representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad
del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia
de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del
representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del
representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del
contrato materia de las presentes bases.
3. Deberá designar domicilio en Chile.
4. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su
existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de
la Ley Nº 18.046.
D. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de
Proveedores, deberá presentar la escritura pública donde se materialice el
acuerdo para constituir la Unión Temporal, además, cada uno de sus
integrantes deberá presentar todos los documentos señalados en los puntos
anteriores, según sea el caso.
Asimismo, cada proveedor que integre dicha unión temporal deberá inscribirse
en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato.
En todos los casos, no se exigirá la presentación de los documentos
señalados cuando se encuentren digitalizados y vigentes en el Registro de
Proveedores.
9.3 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE
CONTRATO.
Una vez notificado al Oferente la adjudicación, éste deberá dentro de 15 días
hábiles, a contar de dicha notificación, presentar una caución o garantía, con
una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles al plazo de vigencia del
contrato, a objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las
obligaciones contractuales.
20
La caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut
61.980.170-9, (el nombre podrá abreviarse, pero siempre deberá indicarse el
RUT.); por un monto igual o superior al 10% del valor máximo total del contrato
en pesos chilenos.
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato será pagadera a la
vista, con carácter de irrevocable.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que,
junto con garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se
garantiza el cumplimiento de obligaciones laborales y sociales; y el pago de
multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del contrato.
La garantía o caución presentada deberá señalar que se encuentra tomada
como “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato” e indicar el
número de ID que identifica a la presente licitación en el portal
www.mercadopublico.cl.
Con todo, tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su naturaleza,
no requerirá expresar la mencionada glosa ni la vigencia.
Si la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato es otorgada en el
extranjero, el emisor del documento respectivo debe estar representado en
Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena.
Si el Oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma
y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso el
SENDA hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicará al
Oferente que, según el Acta Final de Evaluación, haya obtenido el siguiente
mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a
través de acto administrativo fundado.
Además, dicha garantía cubrirá el pago de las obligaciones laborales y
sociales con los trabajadores del adjudicado, de conformidad a lo señalado en
el artículo 11 de la Ley N° 19.886.
El SENDA hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de
Contrato, una vez recibido conforme los servicios y cumplido a satisfacción el
contrato.
Tipo de
documento
Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter
irrevocable
Beneficiario
“Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, RUT N°
61.980.170-9.” El nombre podrá abreviarse pero siempre
deberá indicarse el RUT.
Vigencia
mínima
Vigencia mínima de 60 días hábiles con posterioridad al
término de la vigencia del contrato.
Monto Deberá ser igual o superior al 10% del valor total del monto
del contrato.
Expresada
en
Pesos chilenos (En el caso en que la garantía sea una
póliza de seguro expresada en U.F., su equivalente en
pesos se calculará a la fecha de emisión del instrumento)
21
Glosa
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato,
y las obligaciones laborales con sus trabajadores y multas,
e indicar el número de ID que identifica a la presente
licitación a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar
expresamente que, junto con garantizar el fiel cumplimiento
de las obligaciones contractuales, se garantiza el
cumplimiento de obligaciones laborales y sociales y el pago
de multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del
contrato.
Tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su
naturaleza, no requerirá expresar la mencionada glosa ni la
vigencia.
9.4 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El Adjudicado deberá suscribir un Contrato dentro del plazo de 10 días
hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
Si el adjudicado no suscribe el Contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá
por desistida su oferta. En tal caso el SENDA hará efectiva la Garantía de
Seriedad de la Oferta, a menos que la no suscripción del contrato se deba a
una causa imputable a SENDA, y adjudicará al Oferente que, según el Acta
Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final o declarará
desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
Se deja expresa constancia que si la adjudicataria registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los
primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser
destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar
que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad de la ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, para estos
efectos en este plazo deberá presentar los comprobantes de pagos que
demuestren fehacientemente el total cumplimiento de la obligación. El
incumplimiento de esta obligación por parte de la entidad contratada dará
derecho a dar por terminado anticipadamente el respectivo contrato, pudiendo
llamar a una nueva licitación en la que la entidad no podrá participar.
9.4.1 APROBACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato que el SENDA suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a
través del correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de
la fecha de total tramitación de dicho acto administrativo.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá dar inicio a
la entrega de los bienes, desde la fecha de suscripción del contrato y con
anterioridad a la total tramitación del mismo. Con todo, los pagos sólo podrán
realizarse una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto que apruebe
el contrato.
9.4.2 CLÁUSULAS DEL CONTRATO.
9.4.3 Del Pago.
22
El pago se realizará una vez que se entreguen los equipos analizadores y sus
insumos solicitados, previa entrega del documento tributario correspondiente y
existiendo recepción conforme por parte de la contraparte técnica de SENDA
de la totalidad de los bienes requeridos.
El documento tributario correspondiente sólo deberá ser presentado a cobro
por el proveedor una vez entregados los productos, y sólo desde ese momento
comenzará a correr el plazo para el pago de la factura.
Para proceder a ejecutar el pago que correspondan, una vez que se encuentre
totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato.
Finalmente, el pago sólo podrá hacerse efectivo una vez que se hubiere
aceptado la Orden de Compra correspondiente y hubieren sido recibidas a
conformidad la totalidad de los bienes y se hubiere presentado la factura
respectiva, la cual deberá ser visada para pago por la contraparte técnica.
Atendida la naturaleza de la adquisición, no se aceptarán boletas de
honorarios, y la factura deberá corresponder a un giro o actividades, que sean
coherente con el objeto del contrato. En el evento de no cumplirse estos
requisitos no se autorizará el pago en tanto no se rectifique dicha anomalía.
Para el pago, el contratista deberá presentar a SENDA un Certificado de
Antecedentes Laborales y Previsionales, y además acreditar el pago completo
de las obligaciones con sus trabajadores (personal que presta el servicio
contratado) durante la ejecución del contrato, tengan estos contrato de trabajo
o presten servicios a honorarios a través de cualquier antecedente idóneo para
respaldar el cumplimiento de tales obligaciones, como por ejemplo certificados
de previred o del servicio de impuestos internos etc, dejando expresa
constancia que no basta para cumplir este requisito el envío de una
declaración jurada.
El pago deberá efectuarse dentro de los treinta días corridos siguientes a la
recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA podrá reclamar en contra del contenido
de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido
en la Ley Nº 19.983
9.4.4 Contraparte Técnica.
La labor de Contraparte Técnica del SENDA será realizada por la Jefatura del
Área Tolerancia Cero. Serán funciones de esta Contraparte Técnica, entre
otras, las siguientes:
a) Recibir a conformidad los bienes adquiridos planteando al contratista
las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes,
certificando la recepción conforme de éstos.
b) Colaborar y asistir al contratista en el ámbito de sus competencias..
c) Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto
cumplimiento de los objetivos contemplados.
d) Otras obligaciones que le impongan las presentes bases o que le
correspondan de acuerdo sus funciones dentro de SENDA.
23
9.4.5 Plazos de ejecución.
El plazo de ejecución del servicio se extenderá desde la fecha de total
tramitación de la resolución que apruebe el contrato y el plazo de
vencimiento de la garantía post venta ofertada según lo señalado en la
presentación de la oferta técnica.
Con todo, por razones de buen servicio, las prestaciones podrán comenzar a
ejecutarse a contar de la fecha indicada en el contrato.
9.4.6 Modificación del contrato.
Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el SENDA estima necesario
realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, las que por su
magnitud representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario, podrá
proponer a éste las modificaciones señaladas, las que podrán incluir el plazo,
el aumento de los bienes y en consecuencia el monto total del contrato, no
pudiendo exceder este último el 30% del originalmente propuesto.
La modificación señalada deberá ser aprobada mediante la suscripción del
contrato respectivo, sancionado a través del correspondiente acto
administrativo totalmente tramitado.
9.4.7 Término Anticipado.
El SENDA pondrá término al contrato, por acto administrativo fundado, en el
evento que acaeciere alguna de las siguientes circunstancias:
a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b) Si el Contratista fuere declarado en quiebra o si éste
cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las
cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar
el cumplimiento del contrato.
c) Si se disolviere la sociedad contratista.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las
obligaciones contraídas por el Contratista, siempre y cuando ello no se
deba acaso fortuito o fuerza mayor. Se entenderá por incumplimiento
grave, entre otras hipótesis de igual magnitud, la aplicación en dos
oportunidades de una misma medida del 9.4.8, o la aplicación de 3
causales distintas de las medidas contempladas en el 9.4.8 de las
bases.
f) Si el Contratista que al momento de contratar registraba
saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
dos últimos dos años no dio cumplimiento a la obligación de imputar los
primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas
obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en
el contrato.
g) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún
tipo de documento, o su contenido, ya sea al momento de postular, de
la suscripción del contrato o durante la ejecución, la vigencia del
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contrato, lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que
pudieren corresponder.
h) La no presentación de una nueva garantía de fiel y oportuno
cumplimiento de contrato, en los términos establecidos en el párrafo
final del 9.4.8 de estas bases.
i) Si las multas alcanzan el 20% del monto total del contrato.
En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del
Contratista, el SENDA pondrá anticipado término al contrato, pudiendo,
además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que
corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común. En
todos aquellos casos en que el término anticipado de contrato se disponga por
causa imputable al proveedor, SENDA hará efectiva la garantía de fiel
cumplimiento de contrato.
Procedimiento de término anticipado de contrato:
a) La Jefatura de la División Territorial del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA,
notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que constituyen
la causal de término que se ha detectado y los antecedentes que dan cuenta
de ello.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este
procedimiento, se realizarán al correo electrónico informado en la presentación
de la oferta.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le
haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los
antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza
mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que
originan la causal, o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el
Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán
por acreditada la causal de término anticipado dictándose la pertinente
resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del
Servicio dispondrá de diez días hábiles, contados desde la recepción de los
descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos. De lo resuelto, se
dictará el correspondiente acto administrativo.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del
Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la
resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles,
contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o
parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del
plazo indicado, el término quedará firme.
9.4.8 Multas
Se aplicará una multa del 2,5% del monto total de la orden de compra
respectiva, por cada día hábil de atraso en el plazo de entrega indicado en la
oferta del adjudicatario.
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Con todo el monto máximo de las multas no podrá igualar o exceder del 20%
del monto total de la respectiva Orden de Compra.
Procedimiento de aplicación de multas:
a) La Jefatura de la División Territorial del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA,
notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que constituyen
la falta que se ha detectado, los antecedentes que dan cuenta de ello y la
multa a la que da lugar la infracción.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este
procedimiento, se realizarán al correo electrónico informado en la presentación
de la oferta.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le
haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los
antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza
mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que
originan las multas o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el
Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán
por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las
multas que correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas
y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del
Servicio dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los
descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o
parcialmente. De lo resuelto, se notificará al contratista por carta certificada.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del
Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la
resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles,
contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o
parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del
plazo indicado, la multa quedará firme,
El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles
siguientes a la notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de
aplicación de multa o en su defecto que resuelva la Reposición, por cualquiera
de los siguientes medios:
1.- Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas
y Alcohol, enviándolo por oficio o entregar directamente en la Unidad
de Tesorería, quién extenderá el respectivo recibo de ingresos.
2.- Emisión de cheque, en los mismos términos del punto anterior,
pudiendo proceder a depositar el documento en la cuenta corriente
número 9003100 de Banco Estado, realizando el respectivo endoso
al reverso, enviando copia del respectivo comprobante a la Unidad de
Tesorería
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3.- Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto
dos, invocando el RUT del Servicio, 61.980.170-9 e informando al
correo electrónico tesoreria@senda.gob.cl
Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará
facultado para descontar el monto de la multa, de cualquier estado de pago
pendiente, o hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de
Contrato, en este último caso, el Contratista deberá entregar una nueva
caución o garantía, dentro de los 10 días hábiles siguientes, contados desde la
aplicación de la multa, en los mismos términos señalados en el 9.3. de las
Bases y el SENDA restituirá el saldo si lo hubiere.
9.4.9. Cesión de contrato y subcontratación
Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a
un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación pública.
En atención a la naturaleza de las funciones contratadas, el proveedor tampoco
podrá concertar con terceros la subcontratación del contrato.
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