I. BASES ADMINISTRATIVAS. |
1. DEL OFERENTE.
Podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas,
chilenas o extranjeras, así como Uniones Temporales de Proveedores que,
cumpliendo los requisitos legales y aquellas condiciones señaladas en estas
bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las
mismas.
NO PODRÁN PARTICIPAR.
Quedarán excluidos los oferentes que, al momento de la presentación de la
oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los
derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años, o
por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo 4º, inciso primero, parte final de la Ley Nº 19.886.
Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración jurada
contenida en el Anexo N°1 (A, B y C, según corresponda) de las presentes
bases. Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará además el registro de
las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que
publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
2. DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS.
La asesoría consistirá en diseñar una propuesta de programa de post
tratamiento, para personas adultas consumidoras problemáticas de alcohol y
otras drogas que egresan de programas de tratamiento en convenio con
SENDA.
3. INFORMACIÓN BÁSICA DE LA LICITACIÓN
Etapas Una (apertura de Propuesta Técnica y Económica en un
solo acto), que se efectuará a través del sistema de
información Mercado Público
Presupuesto
Máximo
$50.000.000.-
Participantes
Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, y
Uniones Temporales de Proveedores, que no registren
alguna de las inhabilidades establecidas en el inciso 1 del
artículo 4° de la Ley 19.886.
Cómputo de
los plazos
Todos los plazos son de días corridos, salvo aquellos casos
en que expresamente se indique que los plazos son de días
hábiles.
En caso que un plazo expire en días sábados, domingos o
festivos se entenderá prorrogado hasta el día hábil
siguiente.
Comunicació
n con el
Servicio
Nacional para
la Prevención
y
Rehabilitación
del Consumo
de Drogas y
Alcohol
Exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl
Soporte de
documentos
Soporte digital.
Excepcionalmente, se podrá utilizar el soporte papel en los
casos expresamente permitidos por estas Bases o por la
Ley de Compras y su Reglamento.
Funcionario
encargado de
la licitación
La encargada del presente proceso de licitación es:
Natalie Zambrano, cuyo correo electrónico es:
natalie.zambrano@senda.gob.cl
Funcionario
encargado del
contrato
El encargado del contrato será:
Ana Arenas.
3.1 Cronograma de actividades
Publicación
Bases
Las Bases deberán estar publicadas en el portal de mercado
público durante 20 días corridos.
Consultas Hasta el día 10 corrido, contado desde la fecha de
publicación del llamado a licitación en el portal Mercado
Público.
Respuestas
Hasta el día 4 hábil, contado desde la fecha de vencimiento
del plazo para presentar las consultas.
Recepción
de ofertas
Hasta el día 20 corrido, contado desde la fecha de
publicación de las bases de licitación en el portal Mercado
Público, hasta las 15:00 horas.
Acto de
apertura
electrónica
de las
ofertas
técnicas y
A las 15:01 horas del mismo día del cierre de recepción de
las ofertas.
económicas
Evaluación 10 días hábiles desde la apertura de las ofertas.
Adjudicación La adjudicación se realizará dentro de los 30 días hábiles
siguientes al cierre de las ofertas.
Suscripción
del contrato
Dentro de los 30 días hábiles desde la notificación de la
resolución que adjudica.
4. CONSULTAS Y ACLARACIONES
4.1 RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y SOLICITUDES DE ACLARACIÓN.
Éstas sólo se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, desde el día
de publicación de las presentes Bases en el citado portal, hasta 10 días
corridos contados desde esa fecha.
4.2 RESPUESTAS A LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Se responderán sólo aquellas consultas y solicitudes de aclaración que
hubieren sido presentadas a través del portal y dentro de los 10 días corridos,
desde la fecha de publicación de las bases en el portal. Las respuestas a las
consultas y las aclaraciones estarán a disposición de los Proponentes dentro
de los 4 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para presentar
consultas y aclaraciones señalado en el numeral precedente.
Las Consultas, Respuestas y Aclaraciones formarán parte integrante de las
Bases de esta licitación.
5. DE LAS OFERTAS.
5.1CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS.
Previo a la evaluación de las Ofertas Técnica y Económica, la División Jurídica
de SENDA revisará que los oferentes hayan dado cumplimiento a la entrega
de la declaración jurada del Anexo N° 1, emitiendo un informe que dé cuenta
de ello.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una
causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto
administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a
contar de la publicación de dicha resolución en el portal
www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de
la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago Centro, si
continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se
desiste de su participación en el proceso.
5.2 RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes
Bases en el portal www.mercadopublico.cl hasta 20 días corridos contados
desde esa fecha, hasta las 15:00 horas.
Con todo, en caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal
www.mercadopublico.cl, durante este período, circunstancia que deberá ser
ratificada por la Dirección de Compras Públicas, excepcionalmente, las ofertas
podrán ser recibidas en soporte papel, en un sobre debidamente cerrado, en la
Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235
piso 2, Santiago Centro, dentro de los 2 días hábiles contados desde la
fecha del envío del certificado de indisponibilidad, en virtud de lo establecido
en el N° 2 del artículo 62 del Decreto Supremo Nº 250, de Hacienda, de 2004.
Solamente se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a
través del portal y dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado
dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los
Proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas
una vez presentadas.
5.3 INGRESO DE LA OFERTA TÉCNICA.
El proponente deberá ingresar una Oferta Técnica al portal
www.mercadopublico.cl, como archivo adjunto, en el ID que identifica esta
licitación. Para estos efectos, la propuesta técnica deberá ser presentada
conforme al formato previsto en el Anexo N° 2 de las presentes bases,
denominado “Formato de presentación de la Propuesta Técnica”, y deberá
contener, como mínimo las especificaciones indicadas en los numerales 3, 4
y 5, del acápite II, sobre las Bases Técnicas.
5.4 INGRESO DE LA OFERTA ECONÓMICA.
La propuesta económica deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio
www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación. Para ello el
oferente contará con el Anexo N° 3.
La propuesta económica deberá estar expresada en moneda nacional, en valor
bruto y no estará sometida a reajuste alguno.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos,
incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos,
otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el
cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los
precios ofertados, serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del
contrato. No se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes,
variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado, con posterioridad a la
Propuesta o durante su cumplimiento.
Considerando la disponibilidad presupuestaria dispuesta por el SENDA, para
la contratación que por el presente acto administrativo se licita, las respectivas
propuestas no podrán exceder de $ 50.000.000-, incluidos los impuestos que
pudieren corresponder. Toda oferte que supere el monto antes señalado
deberá ser declarada inadmisible mediante la dictación del correspondiente
acto administrativo.
5.5 VIGENCIA DE LA OFERTA.
La oferta deberá tener una vigencia mínima de 120 días corridos, contados
desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal
www.mercadopublico.cl. La oferta cuyo período de validez sea menor que el
requerido será rechazada por SENDA. Sin perjuicio de lo anterior, ante el
silencio del oferente, se entenderá que su oferta tiene la vigencia mínima de
120 días exigidos en estas bases.
5.6 FECHA DE CIERRE DE RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
La fecha de cierre de recepción de las ofertas será el día de vencimiento del
plazo para la presentación de las mismas indicado en el número 5.2
precedente a las 15:00 horas, el cual será informado en el portal
www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica a la presente licitación, una vez
publicadas las presentes bases en el referido portal.
Sin embargo, si el plazo de cierre para la recepción de ofertas venciera en un
día inhábil, lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15 horas,
se postergará la fecha de cierre de recepción de las ofertas para el día hábil
siguiente a la misma hora.
6. MODIFICACIÓN A LAS BASES
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, “SENDA”, podrá modificar las presentes Bases, hasta antes
del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones
deberán ser aprobadas mediante acto administrativo, el que será sometido a la
misma tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes bases y será
publicada en el portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá
fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de
manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y
adecuar su oferta a tales modificaciones.
7. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
A las 15:01 horas del mismo día del cierre de recepción de las ofertas,
determinada de conformidad al número 5.2 de estas bases, se procederá a
efectuar la apertura de las ofertas presentadas en esta licitación.
7.1 MODALIDAD DE LA LICITACIÓN.
La presente licitación será en una etapa, procediéndose en el acto de apertura
a abrir tanto la oferta técnica como la económica.
7.2 COMISIÓN EVALUADORA.
La evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas, será realizada por una
Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios(as):
1.- Jefe/a de la División Programática o al funcionario que éste designe
mediante memorándum, el cual deberá ser enviado inmediatamente, mediante
correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y
sugerencias, OIRS del Servicio.
2.- Jefe/a del Observatorio Nacional de Drogas o quien lo subrogue o
reemplace o a quien éste(a) designe mediante memorándum, el cual deberá
ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la
Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del Servicio.
3.- Jefe/a de la División de Administración y Finanzas o quien lo subrogue o
reemplace o a quien éste(a) designe mediante memorándum, el cual deberá
ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la
Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del Servicio.
4.- Jefe/a del Área de Tratamiento e Intervención o quien lo subrogue o
reemplace o a quien éste(a) designe mediante memorándum, el cual deberá
ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la
Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del Servicio.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento
de la Ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de
otros profesionales que cumplan funciones en el Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se
ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de
las Bases Técnicas. En caso que ello no ocurra, deberá rechazar la
propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el acta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Evaluar las Ofertas Económicas.
d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las
ofertas, aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales
detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no
signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás
oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y
de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y
modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de
Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá solicitarse
la información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá
enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
e) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las
ofertas, certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al
momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al plazo
para presentar ofertas, o que se refiera a situaciones no mutables, entre
el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación. Para estos efectos, deberá solicitarse la información al
oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su
respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
f) Elaborar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo
siguiente:
i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación
de las ofertas.
ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no
cumplir con los requisitos establecidos en las bases,
debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
iii. La proposición de declaración de la licitación como
desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando
la comisión evaluadora juzgare que las ofertas
presentadas no resultan convenientes a los intereses del
Servicio.
iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas
de cálculo aplicadas para la asignación de dichos
puntajes, así como cualquier observación relativa a la
forma de aplicar los criterios de evaluación.
v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad
facultada para adoptar la decisión final.
7.3 ACLARACIONES, ERRORES U OMISIONES
Una vez realizada la apertura de las ofertas, el SENDA, podrá solicitar a los
oferentes las aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión
de su oferta, así como que salven errores u omisiones formales, siempre y
cuando las rectificaciones de dichos vicios no les confieran una situación de
privilegio respecto de los demás proponentes, esto es, en tanto no se afecten
los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y
se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a
través del portal www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, el oferente
dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para enviar su respuesta a través del
portal www.mercadopúblico.cl.
7.4 SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES
SENDA podrá pedir a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las
ofertas, certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al
momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al plazo para
presentar ofertas, o que se refiera a situaciones no mutables, entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Para
estos efectos, deberá solicitarse la información al oferente, quien en un plazo
de 3 días hábiles deberá enviar su respuesta a través del portal
www.mercadopúblico.cl.
7.5 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
Sólo se evaluarán las ofertas que hayan dado cumplimiento a las condiciones
administrativas señaladas en los números 5.1 y 5.3, y que cumplan los
requisitos y especificaciones mínimos exigidos en estas bases, lo que será
revisado por la comisión evaluadora, de acuerdo al número 7.5.1 en adelante,
de estas Bases.
7.5.1 Evaluación de Ofertas Técnicas. (90%)
En esta etapa de evaluación, se evaluarán las propuestas técnicas, de acuerdo
a los ítems y ponderaciones que a continuación se expresan:
Criterio Ponderación
I. Experiencia del equipo asesor 55%
II. Metodología de investigación 45%
I. Experiencia del equipo Asesor (55%)
Criterio Definición Puntaje
Experiencia del
equipo asesor
(se evaluará con esta
El asesor ha participado en 3 o más
proyectos, asesorías y/o estudios en
materias relacionadas a estas bases.
100
pauta individualmente la
experiencia laboral de
TODOS y cada uno de
los integrantes del
equipo propuesto y
luego se promediará el
puntaje de cada uno
para obtener el puntaje
final, el cual será
ponderado por el %
asignado al ítem)
El asesor ha participado en 2
proyectos, asesorías y/o estudios en
materias relacionadas a estas bases.
75
El asesor ha participado en 1
proyectos, asesorías y/o estudios en
materias relacionadas a estas bases.
50
El asesor NO ha participado en
proyectos, asesorías y/o estudios en
materias relacionadas a estas bases.
0
Respecto de este criterio de evaluación, se entenderá como asesorías en
materias relacionadas a estas bases a los proyectos, asesorías y/o estudios
sobre sistemas de tratamiento, apoyos sociales o programas para apoyar
colectivos vulnerables, y/o experiencia en el diseño de programas o iniciativas
vinculadas al desarrollo de estrategias de reducción de estigma o autoestigma.
En cuanto a la evaluación de la experiencia individual de cada integrante del
equipo, ésta comprenderá la experiencia laboral de TODOS y cada uno de los
integrantes del equipo propuesto y luego se promediará el puntaje de cada uno
para obtener el puntaje final, el cual será ponderado por el porcentaje asignado
al ítem. A modo de ejemplo, si un equipo presenta un equipo compuesto por 7
integrantes, se evaluará la experiencia de los 7 integrantes para luego obtener
un promedio.
II. Metodología de Asesoría (45%)
Criterio Definición Puntaje
Metodología de Asesoría
La propuesta se ajusta a
los objetivos y etapas
planteados y propone
contribuciones que dan
valor a la asesoría.
100
La propuesta se ajusta a
los objetivos y etapas
planteados en estas
bases.
50
La propuesta no se
ajusta a los objetivos y/o
a las etapas planteados
en estas bases.
Inadmisible
Se entenderá que la propuesta propone contribuciones que dan valor a la
asesoría cuando cumpla con las siguientes condiciones copulativas:
- Presenta una estrategia de búsqueda de evidencia científica en más de
cuatro bases de datos.
- Entrega una propuesta metodológica participativa para la realización de
las mesas de trabajo.
- Presenta correo electrónico solicitando colaboración para el desarrollo
de esta asesoría a al menos 2 entidades internacionales que
implementan programas de post tratamiento. Para acreditarlo, deberán
adjuntarse a la propuesta técnica.
7.5.2 Puntaje Técnico.
La suma de los puntajes obtenidos de acuerdo a la pauta anterior, debidamente
ponderados según la tabla de evaluación precedente, dará la nota final de la
propuesta técnica. El puntaje técnico obtenido se expresará con dos decimales
sin aproximación.
7.5.3 Evaluación de Ofertas Económicas. (10%)
La evaluación del monto de la oferta económica se realizará asignando 100
puntos a la oferta de menor valor económico. Las demás ofertas económicas
se medirán de manera inversamente proporcional a la de menor valor
económico.
El puntaje resultante de la operación anterior, ponderada a su vez por el
porcentaje asignado a la propuesta económica, dará el puntaje final de la
propuesta económica.
7.5.4 Puntaje Final.
El Puntaje Final de las Ofertas considera asignar un 90% al puntaje obtenido
en la Evaluación Técnica y un 10% al puntaje obtenido en la Evaluación
Económica, quedando la evaluación final como sigue:
PFTE = Puntaje Técnico * 90 % + Puntaje Económico * 10%
7.5.5 Mecanismo de Desempate.
En caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o
más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de
dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:
1.- En caso de existir empate en la evaluación final obtenida entre dos o más
oferentes, primeramente, se resolverá el empate en favor de aquél oferente
que hubiere obtenido la más alta calificación en la evaluación de la propuesta
técnica.
2.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se
resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta
calificación en el criterio de evaluación de la propuesta técnica denominado
“metodología de investigación”.
3.- Si, no obstante, y luego de aplicar el criterio precedente, se mantuviere el
empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la
más alta calificación en el criterio de evaluación de la propuesta técnica
denominado “experiencia del equipo asesor”.
4.- Si luego de aplicados todos los criterios anteriores, se mantuviere el
empate, se resolverá éste en favor del oferente que haya presentado la
propuesta más económica.
5.- Finalmente, si aplicados todos los criterios anteriores, se mantuviere el
empate, se resolverá éste en favor de quien hubiere presentado primero la
oferta.
8. ADJUDICACIÓN.
La adjudicación se realizará dentro de los 30 días hábiles siguientes al cierre
de las ofertas.
Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA, a través de acto administrativo fundado,
totalmente tramitado, podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación,
informando de este hecho, sus fundamentos y del nuevo plazo a través del
portal www.mercadopublico.cl.
8.1 SELECCIÓN DEL ADJUDICADO Y READJUDICACIÓN.
El Proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será
seleccionado. Posteriormente, se procederá a su adjudicación mediante acto
administrativo fundado del SENDA, debidamente notificada al Adjudicatario y
al resto de los Oferentes, a través del Sistema de Información de Compras
Públicas. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación y el
puntaje que hayan permitido al Adjudicatario obtener la calificación de oferta
más conveniente.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los
oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal
www.mercadopublico.cl.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el
Estado, que desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida
suscribir el contrato respectivo, se adjudicará al oferente que, según el Acta
Final de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha
oferta es conveniente a los intereses del SENDA, a través de acto
administrativo fundado.
8.2 RECHAZO DE LAS OFERTAS.
El SENDA declarará inadmisibles las Ofertas cuando éstas no cumplan con los
requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación,
cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para
los intereses del SENDA. En cualquiera de dichos casos la declaración deberá
ser por acto administrativo fundado.
8.3 CAUSALES PARA DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN.
El SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto
administrativo, por las siguientes causales:
a) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades
señaladas en el numeral 9.1.
b) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los
documentos señalados en el numeral 9.2 de las presentes Bases.
c) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma la garantía de
fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo señalado en el
número 9.3 de las presentes Bases.
d) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se
desistiera de su oferta.
e) Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo
dentro del plazo establecido en el número 9.4 de las presentes Bases.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, SENDA
adjudicará al Oferente que, según el Acta de Evaluación Final, hubiese
obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es
conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación,
según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
8.4CONSULTAS A LA ADJUDICACIÓN
En caso que los oferentes, una vez adjudicada la presente licitación pública,
quieran aclarar aspectos de la evaluación de la adjudicación, podrán
comunicarse vía correo electrónico con el responsable de la presente licitación
pública, individualizado en el número 3 de estas bases.
Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al oferente
que realiza la consulta y junto con ello, las preguntas y respuestas, serán
publicadas como anexos, a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID
que identifica a la presente licitación.
Con todo, sólo se aceptarán consultas a la adjudicación dentro de los 5 días
corridos siguientes a la fecha de la notificación de la resolución que adjudica la
presente propuesta pública. Toda consulta que se realice con posterioridad a
este plazo, se tendrá por no presentada.
9. DEL CONTRATO.
Se celebrará un contrato de prestación de servicios, dentro de los 30 días
hábiles desde la notificación de la resolución que adjudica.
9.1 INHABILIDADES PARA CONTRATAR.
No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna
de las siguientes inhabilidades:
a) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del
SENDA o que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos
en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
b) Las sociedades de personas en las que formen parte
funcionarios directivos del SENDA o las personas que estén unidas a ellos
por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la
Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por
acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas; ni
aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas sean dueños
de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los gerentes,
administradores, representantes o directores de cualquiera de las
sociedades antedichas.
c) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables
penalmente, de conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que
Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los
delitos que Indica.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, el SENDA
adjudicará la licitación, al Oferente que según el Acta de Evaluación Final
hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha
oferta es conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la
licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
9.2 REQUISITOS PARA CONTRATAR.
Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar
dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que
adjudica, la documentación que a continuación se indica para suscribir el
contrato respectivo.
9.2.1 Todos los oferentes
1. Encontrarse inscrito y hábil en el
registro de contratistas y proveedores de la Dirección de Compras y
Contratación Pública.
2. Garantía de Fiel Cumplimiento de
Contrato. Según las indicaciones contenidas en el número 9.3 de
las presentes Bases.
3. Con el objeto de acreditar el
cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales con sus
actuales trabajadores y con los contratados en los últimos dos años,
el adjudicatario deberá acompañar un certificado vigente de
Antecedentes Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección
del Trabajo y una declaración jurada según el formato que a
continuación se indica:
En el caso que el adjudicatario tenga trabajadores contratados o los haya
tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada
según el formato que a continuación se indica, debiendo seleccionar sólo una
de las opciones especificadas:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2021,
don/doña ....................................................................................,
representante legal de………………………………………….…,
RUT………………, viene en declarar que:
a) La entidad que represento no registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos
dos años.
b) La entidad que represento registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos
dos años, cuyo monto asciende a ……………………………….
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados
actualmente, ni los haya tenido durante los últimos dos años, deberá
acompañar una declaración jurada según el formato que a continuación se
indica:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2021,
don/doña ....................................................................................,
representante legal de………………………………………….…,
RUT………………, viene en declarar que:
La entidad que represento no tiene actualmente, ni ha tenido
contratados durante los últimos dos años trabajadores dependientes
regidos por el código del trabajo.
Por lo tanto no registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de
ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, los primeros estados de
pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las
obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de
ejecución de la contratación. Senda exigirá que la empresa contratada
proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y planillas, en la
oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento de las
obligaciones adeudadas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de
la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo
contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa
referida no podrá participar.
9.2.2 Documentos para Persona Natural:
1. Fotocopia del R.U.T.
2. Declaración Jurada de no estar afecto a las
inhabilidades para contratar.
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2021,
don/doña ...................................................................................., representante
legal de………………………………………….…, RUT………………, viene en
declarar que:
No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso
sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
9.2.3 Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las
Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada):
A. EN CASO DE SOCIEDADES:
1. Escritura pública de constitución y de las últimas
modificaciones necesarias para la acertada
determinación de la razón social, objeto, administración
y representación legal, si las hubiere, y sus
correspondientes extractos, publicaciones en el Diario
Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes
Raíces y Comercio que corresponda, y en los casos de
Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N°
20.659 deberán acompañar certificado de estatuto
actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad
competente.
2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad,
emitida por el Registro de Comercio del Conservador
de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de
Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N°
20.659 deberán acompañar certificado vigencia,
emitido por la entidad competente.
3. Certificado de vigencia de poder, del representante
legal de la Sociedad, emitida por el Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces que
corresponda.
4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
5. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de
él o los representantes legales.
Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el Conservador
de Bienes Raíces correspondiente al lugar donde se inscribió la sociedad.
B. EN CASO DE FUNDACIONES O
CORPORACIONES:
1. En entidades constituidas conforme al Decreto N° 110,
de 1979 del Ministerio de Justicia: Acta de asamblea
constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
2. En entidades constituidas conforme a la Ley N° 20.500
Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la
Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y
estatutos, reducidos a escritura pública o documento
privado suscrito ante ministro de fe, y debidamente
autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en
los términos establecidos por el artículo 548 del Código
Civil.
3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga
la personalidad jurídica, o certificado de vigencia en
donde conste Número de Inscripción en el Registro
Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a
cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación.
4. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga
la personalidad jurídica, cuando corresponda.
5. Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a
los estatutos en que caso que existiere y todas las
escrituras públicas insertar en ellos, y sus pertinentes
publicaciones en el Diario Oficial; o acta o actas donde
se apruebe la reforma de estatutos, debidamente
autorizadas por el Secretario Municipal respectivo.
6. Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de
Registro Civil e Identificación.
7. Certificado de Directorio emitido por el Servicio de
Registro Civil e Identificación.
C. EN TODOS LOS CASOS:
Declaración jurada en la que conste lo siguiente, según el formato de
declaración que a continuación se indica.
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2021,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
1) La entidad que represento no está afecta a ninguna de las inhabilidades indicadas en el
artículo 4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios.
2) La entidad que representa, no es una sociedad de personas de la que forme parte algún
funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, SENDA o una persona que esté unidas a ellos por los vínculos de
parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco una
sociedad en comanditas por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean
accionistas; ni una sociedad anónima abierta en aquellos o éstas sean dueños de acciones
que representen el 10% o más del capital.
3) La entidad que representa no ha sido condenada de acuerdo a lo señalado en el artículo 8 y
10 de la Ley Nº 20.393.
4) La entidad que representa, no ha sido condenada por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d),
del Decreto Ley N° 211, de 1973
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
* Se exceptúan de declarar lo requerido en el número 1 de la declaración
jurada, las Universidades, Corporaciones o Fundaciones.
9.2.4 Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
1. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los
documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser
legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en
el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
2. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile,
acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y
representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y
representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido
otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de
sociedad chilena, documento donde conste la personería del
representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad
del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia
de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del
representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del
representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del
contrato materia de las presentes bases.
3. Deberá designar domicilio en Chile.
4. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su
existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de
la Ley Nº 18.046.
D. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de
Proveedores, cada uno de sus integrantes deberá presentar todos los
documentos señalados en los puntos anteriores, según sea el caso. Además,
conforme a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Reglamento, cuando se trate
de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, si dos o más proveedores se unen
para el efecto de participar en el presente proceso de compra -y sin perjuicio
del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicablesdeberán presentar, al momento de ofertar, el documento público o privado que
de cuenta del acuerdo para participar de esta forma, sin que sea necesario
constituir una sociedad. Cada proveedor que integre dicha unión temporal
deberá inscribirse en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato.
El acuerdo en el que conste la Unión deberá contener, al menos, los
siguientes documentos:
a) Identificación de los integrantes;
b) Nombramiento de un apoderado, explicitando el otorgamiento de
poderes suficientes para representar a todos sus integrantes ante el
Servicio;
c) Declaración de responsabilidad solidaria de todos sus miembros;
d) Determinación de su duración, la que no podrá ser inferior al tiempo que
durará la ejecución del contrato que se adjudique.
e) Fijación exacta de qué fracción del monto a pagar se facturará a cada
integrante de la Unión Temporal.
Cualquier modificación a las características y composición de la Unión
Temporal de Proveedores deberá ser informada dentro de 5 días hábiles al
Servicio, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio, el
que deberá cumplir con las mismas formalidades requeridas para su
constitución.
En todos los casos, no se exigirá la presentación de los documentos
señalados cuando se encuentren digitalizados y vigentes en el Registro de
Proveedores.
9.3 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE
CONTRATO.
Una vez notificado al Oferente la adjudicación, éste deberá dentro de 30 días
hábiles, a contar de dicha notificación, presentar una caución o garantía, con
una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles al plazo de vigencia del
contrato, con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las
obligaciones contractuales.
La caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, Rut N°
61.980.170-9, por un monto igual o superior al 10% del valor máximo total del
contrato, en pesos chilenos.
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato será pagadera a la
vista, con carácter de irrevocable.
En el caso de la póliza de seguro esta deberá contemplar expresamente que,
junto con caucionar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones
contractuales, se cauciona el cumplimiento de obligaciones laborales y el pago
de multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del contrato.
La garantía o caución presentada deberá señalar que se encuentra tomada
como “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato” e indicar el
número de ID que identifica a la presente licitación en el portal
www.mercadopublico.cl.
Con todo, tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su naturaleza,
no requerirá expresar la mencionada glosa ni la vigencia.
Si la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato es otorgada en el
extranjero, el emisor del documento respectivo debe estar representado en
Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena.
Si el Oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma
y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso,
SENDA adjudicará al Oferente que, según el Acta Final de Evaluación, haya
obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación,
según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
Además, la referida garantía cubrirá el pago de las obligaciones laborales y
sociales con los trabajadores del adjudicado, en conformidad a lo señalado en
el artículo 11 de la Ley N° 19.886.
El SENDA hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de
Contrato, una vez recibido conforme los productos y cumplido a satisfacción el
contrato.
Tipo de
documento
Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter
irrevocable
Beneficiario
“Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, RUT N°
61.980.170-9.” El nombre podrá abreviarse pero siempre
deberá indicarse el RUT.
Vigencia
mínima
Vigencia mínima de 60 días hábiles con posterioridad al
término de la vigencia del contrato.
Monto Deberá ser igual o superior al 10% del valor total del
monto del contrato.
Expresada
en
Pesos chilenos (En el caso en que la garantía sea una
póliza de seguro expresada en U.F., su equivalente en
pesos se calculará a la fecha de emisión del instrumento)
Glosa
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del
contrato, y las obligaciones laborales con sus
trabajadores y multas, e indicar el número de ID que
identifica a la presente licitación a través del portal
www.mercadopublico.cl
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar
expresamente que, junto con garantizar el fiel y oportuno
cumplimiento de las obligaciones contractuales, se
garantiza el cumplimiento de obligaciones laborales y el
pago de multas a las que pudiera dar origen el
incumplimiento del contrato.
Tratándose de un vale vista, atendida su naturaleza, no
requerirá expresar la mencionada glosa ni la vigencia.
9.4 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El Adjudicado deberá suscribir un Contrato dentro del plazo de 30 días
hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
Si el adjudicado no suscribe el Contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá
por desistida su oferta. En tal caso SENDA, a menos que la no suscripción del
contrato se deba a una causa imputable a SENDA, adjudicará al Oferente que,
según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje
final o declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
9.5 APROBACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato que el SENDA suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a
través del correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de
la fecha de total tramitación de dicho acto administrativo.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá comenzar a
prestar el servicio desde la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad
a la total tramitación del mismo. Con todo, los pagos sólo podrán realizarse
una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto que apruebe el
contrato.
9.6 CLÁUSULAS DEL CONTRATO.
9.6.1 Del cómputo de los plazos.
Todos los plazos de ejecución del servicio y entrega de informes
comenzarán a computarse desde la fecha de total tramitación del acto
administrativo que apruebe el contrato.
Si por razones de buen servicio, el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol requiera que la prestación
comience desde la suscripción del contrato, todos los plazos comenzarán a
computarse desde dicha fecha.
En el evento de que algún plazo recayere en día sábado, domingo o
festivo, éste se trasladará al primer día hábil siguiente.
9.6.2 De los informes.
Los productos esperados de acuerdo a los objetivos establecidos son los
siguientes informes:
i. Informe Diseño: Se deberá entregar dentro de los 15 días corridos
desde la firma del contrato. El Informe del diseño incluirá el detalle de
la propuesta metodológica.
ii. Informe Etapa I: Se deberá entregar dentro de los 45 días corridos
desde la firma del contrato.
iii. Informe Etapa II: Se deberá entregar dentro de los 90 días corridos
desde la firma del contrato.
iv. Informe Etapa III: Se deberá entregar dentro de los 150 días corridos
desde la firma del contrato.
v. Informe Etapa IV: Se deberá entregar dentro de los 180 días corridos
desde la firma del contrato.
vi. Informe Final (Informe Etapa V): Se deberá entregar dentro de los
primeros 210 días corridos desde la firma del contrato. Contendrá al
menos los siguientes productos: propuesta final de programa post
tratamiento con costos y propuesta de implementación y mapa de
actores relevantes y agentes claves para su implementación.
Los informes deberán ser entregados de manera digital a la casilla
electrónica de la oficina de partes de SENDA. En el caso de los Productos
que incluyan la realización de entrevistas y mesas de trabajo, se deberá
hacer llegar un link a carpeta compartida drive que contenga bases de datos
o minutas de todas las actividades realizadas y, cuando corresponda, el
registro de audio de estos.
La contraparte técnica notificará por escrito mediante correo electrónico al
jefe/a del proyecto la aprobación o rechazo con observaciones del informe
correspondiente. El plazo que tendrá la contraparte técnica para realizar la
notificación será dentro de los 10 días corridos siguientes de entregado el
informe.
Luego, el/la consultor/a dispondrá de 10 días corridos para presentar un
nuevo informe que corrija y atienda las observaciones realizadas.
Posteriormente, la contraparte técnica dispondrá nuevamente hasta 5 días
corridos para informar al consultor/a la aceptación del nuevo informe.
En caso de ser rechazado el informe y existir nuevamente observaciones a
los productos presentados, el/la consultor/a tendrá un plazo de 5 días
corridos para entregar un nuevo informe. Si este último es nuevamente
rechazado, se notificará de incumplimiento de obligaciones por lo que
procederá el término anticipado del contrato.
El consultor podrá pedir extensión del plazo para la entrega de informes
parciales o final, la cual deberá ser por escrito, vía correo electrónico y
enviado a la contraparte técnica 5 días corridos anteriores de la fecha de
entrega del informe respectivo, y deberá estar debidamente justificado. Con
todo, las extensiones de plazo no podrán abarcar más allá de la ejecución
de la asesoría en un plazo total de 270 días corridos.
9.6.3 Del pago
Para la ejecución del servicio se ha dispuesto un monto referencial de la
compra de servicios de un máximo total de $50.000.000.- (cincuenta
millones de pesos), impuestos y retenciones incluidos, y que será cancelado
al oferente en 4 cuotas, de 25% cada una, de la siguiente forma:
a. La primera cuota correspondiente a un 25%, se pagará posterior a la
entrega y aprobación del Informe Diseño.
b. La segunda cuota, correspondiente al 25%, se pagará después de la
entrega y aprobación del Informe Etapa I.
c. La tercera cuota, correspondiente al 25%, se pagará después de la
entrega y aprobación del Informe Etapa III.
d. La cuarta y última cuota del 25% se pagará contra entrega y
aprobación del Informe Final.
En el caso que el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de
pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo la entidad acreditar que la totalidad de las obligaciones
se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del
contrato, con un máximo de seis meses. SENDA exigirá que la entidad
contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y
planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El
incumplimiento de estas obligaciones por parte de la entidad contratada, dará
derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una
nueva licitación en la que la entidad referida no podrá participar.
Para cada pago, el contratista deberá presentar a SENDA un Certificado de
Antecedentes Laborales y Previsionales y, además, acreditar el pago completo
de las obligaciones con sus trabajadores (personal que presta el servicio
contratado) durante la ejecución del contrato, tengan éstos contrato de trabajo
o presten servicios a honorarios a través de cualquier antecedente idóneo para
respaldar el cumplimiento de tales obligaciones, como por ejemplo,
certificados de previred o del servicio de impuestos internos etc, dejando
expresa constancia que no basta para cumplir este requisito el envío de una
declaración jurada.
Para proceder a ejecutar el o los pagos que correspondan, la o las Órdenes de
Compra deben encontrarse aceptadas por el Proveedor, en el portal
www.mercadopublico.cl.
Finalmente, el o los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se
encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el
respectivo contrato y contra entrega por parte de la Contratista del documento
tributario correspondiente. Se deja constancia que el documento tributario
deberá corresponder a un giro o actividades que sea coherente con los
servicios que se están contratando. En el evento de no cumplirse estos
requisitos no se autorizará el pago en tanto no se rectifique dicha anomalía.
Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA podrá reclamar en contra del contenido
de la factura dentro del plazo establecido en la Ley Nº 19.983.
9.6.4 Contraparte Técnica
La labor de Contraparte Técnica del SENDA será realizada por un equipo
compuesto por los siguientes funcionarios:
- El Jefe/a del área de Estudios, Estadísticas y Publicaciones o por el (la)
funcionario (a) que éste designe mediante oficio.
- El Jefe/a del área de Diseño, Desarrollo y Evaluación, o por el (la)
funcionario (a) que éste designe mediante oficio.
- El Jefe/a del área de Integración social y Oportunidades o por el (la)
funcionario(a) que designe mediante memorándum.
- El Jefe/a del área de Tratamiento e Intervención o por el (la)
funcionario(a) que designe mediante memorándum
El referido equipo nombrará un encargado representante para la comunicación
directa con el adjudicatario, el cual será informado en la primera reunión con
quien desarrolle la Asesoría.
Serán funciones de esta Contraparte Técnica, entre otras, las siguientes:
a) Recibir a conformidad los servicios esperados, planteando al adjudicado
las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes,
certificando la recepción conforme de éstos.
b) Colaborar y asistir al adjudicado en el ámbito de sus competencias.
Asistir en la ejecución del servicio, coordinando las actividades que
involucren salidas a terreno del oferente seleccionado, facilitando el
contacto con los funcionarios de las regiones.
c) Supervisar y monitorear el desarrollo del trabajo, velando por el estricto
cumplimiento de los objetivos y de los servicios contemplados.
Para los fines previstos anteriormente, la contraparte técnica se reserva el
derecho de fijar, cuando lo estime conveniente, reuniones formales aclaratorias
sobre el estado de avance del trabajo, aspectos logísticos y técnicos de la
realización del trabajo, para lo cual se comunicará con el consultor con un
mínimo de 48 horas de anticipación.
9.6.5 Plazos de ejecución.
El servicio objeto de la presente licitación deberá ser ejecutado, en su
totalidad, en un plazo máximo de 240 días corridos, el que, por razones
impostergables de buen servicio, podrá ser contado desde la fecha de
suscripción del contrato.
Lo anterior, es sin perjuicio de lo previsto en el párrafo final del numeral 9.6.2
de las presentes bases, relativo a la posibilidad de extender el plazo de
ejecución.
9.6.6 Modificación del contrato.
Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el SENDA estima necesario
realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, las que por su
magnitud representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario, podrá
proponer a éste las modificaciones señaladas, las que podrán incluir las
prestaciones y el precio, no pudiendo exceder este último el 30% del
originalmente propuesto.
La modificación señalada deberá ser aprobada mediante la suscripción del
contrato respectivo, a través del correspondiente acto administrativo
totalmente tramitado.
9.6.7 Término Anticipado.
El SENDA pondrá término al contrato, por acto administrativo fundado, en el
evento que acaeciere alguna de las siguientes circunstancias
a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b) Si el Contratista fuere declarado en quiebra o si éste
cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las
cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar
el cumplimiento del contrato.
c) Si se disolviere la sociedad contratista.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las
obligaciones contraídas por el Contratista, siempre y cuando ello no se
deba a caso fortuito o fuerza mayor. Se entenderá por incumplimiento
grave, entre otras hipótesis de igual magnitud, la ocurrencia en tres
oportunidades de las medidas indicadas en el número 9.6.8 de estas
bases, o el rechazo definitivo de cualquiera de los informes del 9.6.2 de
estas bases.
f) Si el Contratista que al momento de contratar registraba saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a
la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis
meses, no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros
estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones
o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato.
g) La no presentación de una nueva garantía de fiel y oportuno
cumplimiento de contrato, según lo dispuesto en el párrafo final del
9.6.8, de estas bases.
h) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo
de documento, o su contenido, ya sea al momento de ofertar, de la
suscripción del contrato o durante la ejecución de los servicios. Lo
anterior, es sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren
corresponder.
i) Por superar el 20% del monto total del contrato en virtud de la
aplicación de multas, conforme a lo expresado en el numeral 9.6.8.
En caso de verificarse alguna de las causales anteriores, el SENDA pondrá
anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la
indemnización de perjuicios que corresponda, conforme a las reglas generales
del derecho común. En todos aquellos casos en que el término anticipado de
contrato se disponga por causa imputable al proveedor, SENDA hará efectiva
la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
Procedimiento de término anticipado de contrato:
a) La Jefatura del Área de Tratamiento e Intervención del Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA,
notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que constituyen
la causal de término que se ha detectado y los antecedentes que dan cuenta
de ello.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este
procedimiento, se realizarán mediante carta certificada dirigida al domicilio
registrado en su contrato, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer
día después de recibida la carta en la oficina de Correos correspondiente.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le
haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los
antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o
fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los
hechos que originan la causal, o que desvirtúen los antecedentes con los que
cuenta el Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán
por acreditada la causal de término anticipado dictándose la pertinente
resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del
Servicio dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los
descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos. De lo resuelto, se
dictará el correspondiente acto administrativo.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del
Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la
resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles,
contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o
parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del
plazo indicado, la causal quedará firme.
9.6.8 Multas
El incumplimiento de cualquiera de los plazos señalados en los números
9.6.2 y 9.6.5 de las presentes bases, se multará con un 1% del monto total del
contrato, por cada día hábil de atraso. Si el incumplimiento supera a una
semana, este porcentaje aumentará al doble, por cada día de atraso.
Las multas por retrasos se aplicarán, igualmente, aunque el plazo final se
cumpla.
El Servicio llevará un registro de los atrasos en el proyecto imputables al
adjudicatario y procederá a notificar en forma escrita de tal situación al mismo,
indicando el porcentaje acumulado de sanción hasta la fecha.
Con todo el monto máximo de las multas no podrá exceder el 20% del
monto total del contrato. En dicho caso, procederá el término anticipado
del contrato.
Procedimiento de aplicación de multas:
a) La Jefatura del Área de Contenidos y Estudios del Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA,
notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que constituyen
la falta que se ha detectado, los antecedentes que dan cuenta de ello y la multa
a la que da lugar la infracción.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este
procedimiento, se realizarán mediante carta certificada dirigida al domicilio
registrado en su contrato, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer
día después de recibida la carta en la oficina de Correos correspondiente.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le
haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los
antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o
fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los
hechos que originan las multas o que desvirtúen los antecedentes con los que
cuenta el Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán
por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las
multas que correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas
y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del
Servicio dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los
descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o
parcialmente. De lo resuelto, se notificará al contratista por carta certificada.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del
Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la
resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles,
contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o
parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del
plazo indicado, la multa quedará firme,
El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles
siguientes a la notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de
aplicación de multa o en su defecto que resuelva la Reposición, por cualquiera
de los siguientes medios:
1.- Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
enviándolo por oficio o entregar directamente en la Unidad de Tesorería, quién
extenderá el respectivo recibo de ingresos.
2.- Emisión de cheque, en los mismos términos del punto anterior, pudiendo
proceder a depositar el documento en la cuenta corriente número 9003100 de
Banco Estado, realizando el respectivo endoso al reverso, enviando copia del
respectivo comprobante a la Unidad de Tesorería
3.- Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto dos,
invocando el RUT del Servicio, 61.980.170-9 e informando al correo electrónico
tesoreria@senda.gob.cl
Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará
facultado para hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de
Contrato, en este último caso, el Contratista deberá entregar una nueva
caución o garantía, dentro de los 10 días hábiles siguientes, contados desde la
aplicación de la multa, en los mismos términos señalados en el 9.3. de las
Bases y el SENDA restituirá el saldo si lo hubiere.
9.6.9 Propiedad y confidencialidad de la información
Toda la información obtenida a partir de la asesoría que por las presentes
bases se licita, será de propiedad exclusiva del SENDA.
El adjudicatario no podrá difundir por ningún medio la información obtenida de
la asesoría, ni realizar otro procesamiento de los datos ajeno a las validaciones
básicas y la transmisión de archivos de acuerdo a los formatos especificados
por el SENDA.
Igualmente, el contratista se compromete a entregar al SENDA, todas las
bases de datos generadas en el marco de la asesoría realizada.
La divulgación de cualquier información relativa a la asesoría que se haga
previa, durante o después de su realización, así como la entrega oficial de
resultados en forma pública (medios de comunicación, instituciones públicas o
académicas, etc.), será realizada única y exclusivamente por el SENDA.
9.6.10. Cesión de contrato y subcontratación
Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a
un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación pública.
El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del
contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá
en el contratista adjudicado.
Sin embargo, el Contratista no podrá subcontratar cuando la persona del
subcontratista, o sus socios o administradores, están afectas a alguna de las
causales de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92
del Reglamento.
|
|
|
II. BASES TÉCNICAS. |
1.- ANTECEDENTES
Desde hace más de una década, primero en Estados Unidos y
posteriormente en el Reino Unido (Inglaterra y Gales), la elevada tasa de
recaídas en el uso de alcohol o drogas en el post tratamiento de personas
egresadas por alta terapéutica de un programa de tratamiento, ha conducido
a la evolución desde un tratamiento que provee cuidados de salud para
trastornos agudos de la salud mental, hacia la visión de un tratamiento
orientado hacia la Recuperación de las personas usuarias.
En el campo de la salud mental, la Recuperación ha sido descrita del
siguiente modo:
“Un proceso singular, profundamente personal, de cambio en las actitudes,
valores, sentimientos, metas, habilidades y/o roles. Es una forma de vivir en
forma satisfactoria y con esperanza, y contribuir a la vida a pesar de las
limitaciones ocasionadas por la enfermedad. Implica el desarrollo de un
nuevo significado y un propósito en la vida, a medida que la persona se
desarrolla más allá de los efectos catastróficos de una enfermedad mental”
(Anthony, 1993, p. 527).
Por lo tanto, se entiende que la recuperación de una enfermedad mental
implica mucho más que la recuperación de la enfermedad en sí misma: las
personas pueden tener que recuperarse del estigma que han incorporado en
su definición de sí mismas, de los efectos iatrogénicos del ambiente del
tratamiento, de la falta de oportunidades recientes para la autodeterminación,
de los efectos colaterales negativos del desempleo, es decir, la recuperación
es un proceso complejo que toma tiempo.
El enfoque de la recuperación del trastorno por uso de sustancias ha
conducido a una reconceptualización del post tratamiento “tradicional” de las
personas usuarias (centrado en la prevención de recaídas), a modelos de
“continuidad proactiva (assertive) de los cuidados”.
Esta visión del post tratamiento se traslada desde el énfasis colocado
en la identificación de los factores de riesgo de recaída y en estrategias
de prevención de recaídas, al apoyo de los deseos de la persona
usuaria para lograr una vida saludable, productiva y con significado.
Esta visión incorpora, además, el principio de que la recuperación es más
efectiva cuando las necesidades de servicios y las aspiraciones del individuo
son colocadas en el centro de sus cuidados y de su tratamiento.
La “Estrategia Nacional de Drogas 2021-2030. Para un Chile que Elige Vivir
sin Drogas” (SENDA, 2021) impulsa la implementación de un sistema de
intervención que abarque el continuo de abordaje de reducción de la
demanda de drogas, desde la prevención y el tratamiento hasta
intervenciones para la integración social de personas consumidoras
problemáticas de sustancias.
Este sistema en SENDA, contempla dos subsistemas enfocados en personas
consumidoras problemáticas de drogas: (1) SENDA Tratamiento1
y (2)
SENDA Oportunidades2
, los cuales deben articularse para dar una respuesta
efectiva desde el Estado, de tal manera de favorecer la efectiva recuperación
de este colectivo.
Es en este contexto, que resulta necesario diseñar un programa para
implementar servicios de seguimiento y post tratamiento, acorde a la realidad
nacional y basado en lo que las buenas prácticas y la evidencia nacional e
internacional señala como eficaz.
Para esto, SENDA requiere contratar los servicios de una asesoría
especializada para realizar el trabajo que se describe a continuación.
2.- OBJETIVOS
Objetivo General
Diseñar una propuesta de programa de post tratamiento, para personas adultas
consumidoras problemáticas de alcohol y otras drogas que egresan de
programas de tratamiento en convenio con SENDA.
1
“Incluye las diversas modalidades de tratamiento del consumo de sustancias, con ofertas
diferenciadas para adolescentes y adultos, por género, y para distintos niveles de intensidad de
tratamiento” (SENDA, 2021: pág. 41).
2
“Incluye las iniciativas del Servicio para asegurar la sostenibilidad en el largo plazo de los
resultados positivos que se logran con la intervención programática, por medio de la
articulación de los apoyos intersectoriales requeridos en los ámbitos de educación, empleo,
vivienda y protección social” (SENDA, 2021: pág. 41).
Objetivos específicos
Sistematizar experiencias de programas o iniciativas post tratamiento descritos
en la literatura nacional e internacional.
1. Generar un marco teórico referencial respecto a la temática, el cual sea
concordante con la Estrategia Nacional de Drogas de Chile y los
programas ejecutados por las áreas de Integración Social y de
Tratamiento e Intervención de SENDA.
2. Realizar mesas de trabajo con expertos en el tema, en las cuales se
compartan y discutan experiencias y aspectos conceptuales y técnicos
sobre programas de post tratamiento.
3. Entrevistar a representantes de organizaciones nacionales e
internacionales (gubernamentales y no gubernamentales) que
desarrollen experiencias o programas post tratamiento.
4. Entrevistar a personas que estén en programas de tratamiento por
consumo problemático de alcohol y/o drogas, para recoger sus
necesidades, dificultades y expectativas en un posible programa post
tratamiento.
5. Desarrollar el diseño de un programa de post tratamiento para personas
con consumo problemático de alcohol y otras drogas acorde a los
estándares del diseño de programas públicos en Chile.
3.- EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO
El oferente deberá presentar un equipo para la realización de la asesoría, el
cual deberá componerse por un mínimo de 3 asesores: Un/a coordinador/a de
la asesoría y, a lo menos, otros 2 asesores de apoyo.
La oferta deberá ser declarada inadmisible en el caso que el oferente no
presente una propuesta que contenga un equipo mínimo requerido según lo
señalado en el párrafo anterior.
4.- CONSIDERACIONES METODOLÓGICAS
La propuesta metodológica debe considerar al menos cinco etapas de
ejecución: (i) una primera teórica-bibliográfica y de marco conceptual; (ii) una
segunda basada en mesas de trabajo con expertos en la temática y entrevistas;
(iii) una tercera donde se elabore una propuesta preliminar del diseño de un
programa de post tratamiento para consumidores problemáticos de drogas (iv),
una cuarta donde se contraste esta propuesta con expertos y usuarios de
programas de tratamiento, y (v) una quinta donde se elabore el producto final o
documento que contenga la propuesta de diseño de programa.
Etapa I: Revisión teórica-bibliográfica y de marco conceptual
La primera etapa consiste en abordar el estado del arte respecto a al menos los
siguientes conceptos centrales: “post tratamiento”, “continuidad de cuidados”,
“continuidad de cuidados y programas de recuperación”, “continuidad proactiva
(assertive) de los cuidados”, “servicios post tratamiento”, “after care”. Se espera
que al inicio de la consultoría el consultor pueda proponer otros conceptos a
incluir en la búsqueda.
Esta etapa implica hacer una revisión extensa y rigurosa de la literatura
actualizada sobre los diferentes tópicos, así como la recolección de posibles
instrumentos y dispositivos metodológicos que han sido utilizados para
intervenir estas temáticas a nivel nacional e internacional. También es
necesario revisar la experiencia y estrategias de programas de post tratamiento
en países seleccionados que hayan desarrollado modelos de trabajo en la
temática.
La información que se presente como evidencia en esta etapa, debe contener
su fuente de información. En el caso de programas o intervenciones, señalar
nombre del programa, institución a la cual pertenece o que está a cargo del
programa, país, año de implementación, principales resultados del programa,
entre otros elementos. En el caso de estudios o publicaciones, especificar el
nombre de la publicación, autor, año, país y principales conclusiones, entre
otros aspectos.
Para la correcta realización de esta etapa es necesario definir una estrategia de
búsqueda de evidencia científica en bases de datos (por ejemplo: Pubmed,
psycINFO, entre otras), más una estrategia de búsqueda en otras fuentes de
información, tales como: instituciones públicas y privadas relacionadas al tema,
ONG internacionales, etc.
Lo anterior permitirá elaborar el marco conceptual sobre el cual se diseñará la
propuesta de programa.
Esta etapa deberá concluir con un informe que contenga: hallazgos de la
revisión y análisis de evidencia y experiencias nacionales e internacionales, y el
marco teórico conceptual ad hoc a la temática y que esté alineado con la
Estrategia Nacional de Drogas 2021-2030 de Chile.
Etapa II: Mesas de trabajo y entrevistas:
Durante la segunda etapa se necesita recabar información con usuarios y
actores clave, con el objeto de generar insumos para la elaboración del
programa de postratamiento para personas con consumo problemático de
alcohol y otras drogas. Este levantamiento de información debe ser realizado
acorde a los estándares éticos y de confidencialidad establecidos para la
investigación social en Chile.
Durante esta etapa se requiere realizar las siguientes actividades en forma
paralela:
(1) Mesas de trabajo: Realizar un catastro de profesionales y técnicos/as
expertos/as que trabajen en ámbitos de intervenciones y/o investigación en la
temática del tratamiento y la inclusión social de personas con consumo
problemático de drogas. Una vez identificadas las personas expertas, éstas
deben ser invitados/as a participar en mesas de trabajo en las cuales se
compartan y discutan experiencias y aspectos conceptuales y técnicos. Como
mínimo estas mesas deben estar compuestas por representantes de MINSAL,
Ministerio de Desarrollo Social y Familia (MDSyF), Universidades y entidades
ejecutoras de programas de tratamiento e integración social. Se necesita que al
menos se implementen cuatro mesas de trabajo, con seis personas como
máximo participando de cada una de ellas. La composición de cada mesa debe
ser definida en conjunto con SENDA una vez que se ha terminado con el
catastro de expertos en el tema. Se espera que estas Mesas se extiendan por
aproximadamente tres horas. Para la realización de estas Mesas se priorizará
el trabajo online, con tecnologías y metodologías que faciliten la discusión,
análisis e intercambio de ideas. El principal objetivo de estas mesas será
recoger información que permita contrastar la revisión de evidencia y literatura
(etapa I) con la realidad chilena y analizar un posible programa de post
tratamiento para el país.
(2) Entrevistas con personas usuarias de programas de tratamiento e
integración social: Se deben realizar al menos 40 entrevistas individuales con
personas atendidas en programas de tratamiento e integración social de
SENDA, que permitan recabar su necesidades, opiniones, conocimientos,
ideas, dificultades y expectativas respecto del tema. También se deberá
evaluar la pertinencia de aplicar algún tipo de instrumento que se haya
identificado en la etapa anterior que permita generar información relevante para
elaborar la propuesta de un programa de post tratamiento. Se requiere que en
las entrevistas se incluya a usuarios de distintas regiones del país. Se
priorizará la realización de entrevistas presenciales, pero podrán ser en
modalidad telemática, en la medida que las condiciones sanitarias así lo
requieran. Los registros de audio y/o video llamadas de las entrevistas
realizadas deberán ser traspasados a SENDA.
(3) Entrevistas con representantes de organizaciones nacionales e
internacionales que implementan programas post tratamiento: Se debe realizar
un catastro de organizaciones o instituciones gubernamentales y no
gubernamentales que implementan programas o sistemas de post tratamiento.
Una vez identificadas las personas representantes de éstas, deben ser
contactadas para ser entrevistadas y sistematizar el resultado de estas
entrevistas. Como mínimo se espera se realicen entrevistas a 6 representantes
de organizaciones nacionales e internacionales, cuyos registros en audio y/o
video llamadas deberán ser traspasados a SENDA. El listado final de personas
a entrevistar será consensuado con SENDA.
Etapa III: Elaboración de un diseño preliminar de un programa de post
tratamiento.
En una tercera etapa, se debe elaborar un documento donde se presente el
diseño de un programa de post tratamiento, utilizando como referencia la
metodología de marco lógico y los estándares de diseño para programas
públicos en Chile (estándares del Ministerio de Desarrollo Social y Familia -
MDSyF-). Los elementos mínimos involucrados en el diseño del programa
serán los siguientes: Árbol de problemas3
(problema, causas y consecuencias
derivadas), diagnóstico4
del problema o necesidad a intervenir; fin5
del
programa, propósito6
de la intervención, componentes7
del programa, estrategia
de intervención8
, indicadores (propósito y componentes) y presupuesto total. El
contratista deberá evaluar la pertinencia de cada uno de los aspectos
3
Árbol de Problemas: El árbol de problemas es una técnica que se emplea para identificar una situación
negativa (problema central), la cual se intenta solucionar analizando relaciones de tipo causa-efecto. Para
ello, se debe formular el problema central de modo tal que permita diferentes alternativas de solución, en
lugar de una solución única. Luego de haber sido definido el problema central, se exponen tanto las
causas que lo generan como los efectos negativos producidos, y se interrelacionan los tres componentes
de una manera gráfica. La técnica es adecuada para relacionar las causas y los efectos, una vez definido
el problema central a intervenir. (UNESCO, s/f)
4 Diagnóstico: En la sección de diagnóstico se solicita presentar datos cuantitativos que permitan
dimensionar el problema-necesidad identificada, caracterizar a la población afectada por el problema
(población potencial), señalar datos relevantes sobre las causas y consecuencias derivados de este
problema y utilizar las fuentes de información más actualizadas disponibles. Además, deberá indicar si la
problemática-necesidad identificada afecta de manera particular a algún grupo específico de la población
(mujeres, pueblos indígenas, entre otros). En todos los casos señale la fecha y fuente de información
utilizada (MDSyF, 2021).
5
Fin: El fin es el objetivo de política pública al que el programa podría contribuir para su cumplimiento, es
decir, es cómo el programa contribuye en el largo plazo a la solución del problema o satisfacción de una
necesidad que se ha diagnosticado. Esto no implica que el programa por sí solo será suficiente para
lograr el fin, ya que pueden existir otros programas que también contribuyan a su logro. La definición del
fin debe mantener consistencia con los objetivos estratégicos de la institución que lo ejecuta (MDSyF,
2017).
establecidos en el mismo e incluir otros elementos que considere necesarios
para robustecer el diseño del programa.
Se espera que el contratista elabore y presente una propuesta preliminar del
diseño del programa, que deberá ser revisada y sancionada por SENDA, a
través de al menos, dos Jornadas de Trabajo de tres horas cada una.
Etapa IV: Contraste esta propuesta con expertos y usuarios de programas de
SENDA.
Una vez se haya consensuado la propuesta preliminar con SENDA, esta
deberá someterse a crítica y revisión por los expertos y usuarios consultados
en la etapa II.
Para esto se espera que se realicen al menos 2 mesas de trabajo y 20
entrevistas a personas usuarias de los programas de tratamiento y de
integración social de SENDA.
Etapa V: Elaboración documento que contenga la propuesta de diseño final de
programa.
Con los insumos obtenidos en estas actividades, el contratista deberá elaborar
una propuesta final de programa con los costos y recomendaciones para su
implementación. Esta propuesta debe especificar además un mapa de actores
relevantes y agentes claves para su implementación.
5.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA
El oferente deberá presentar los siguientes antecedentes en la propuesta
técnica, y en caso de faltar alguno de ellos, su oferta deberá ser declarada
inadmisible:
1. Experiencia del equipo asesor: El equipo asesor deberá estar
compuesto por tres o más profesionales. La experiencia se evaluará
considerando individualmente a cada persona integrante del equipo
asesor y luego se promediará para obtener el puntaje final. En
6
Propósito: El propósito es el objetivo específico o resultado directo que el programa espera obtener en
los beneficiarios (población objetivo) como consecuencia de la combinación de los componentes (bienes
y/o servicios) ejecutados por el programa. De esta manera, refleja el cambio en la situación de los
beneficiarios, como consecuencia de la entrega de los bienes y servicios producidos por el programa
(MDSyF, 2017).
7 Componente: Corresponden a los bienes y/o servicios necesarios y suficientes que produce o
entrega el programa para cumplir su propósito. Están dirigidos al beneficiario final, o en algunos
casos a beneficiarios intermedios. Se espera que el programa a través de sus componentes
aborde o resuelva las principales causas del problema y logre su propósito (MDSyF, 2017). El
diseño de un componente debe considerar los siguientes elementos: 1) objetivo; 2) bien o
servicio provisto; 3) población a la que se entrega el bien o servicio provisto; 4) modalidad de
producción o forma en que se produce y entrega el bien o servicio, y; 5) tiempo o duración de la
ejecución del componente. El componente debe estar asociado a una causa del problema
identificado (MDSyF, 2017).
8
Estrategia de intervención: Explica en qué consiste el programa y cómo se estructura;
describiendo de qué manera se combinan los componentes para alcanzar el propósito del
programa, resolviendo el problema o necesidad planteada, indicando la manera en que se
desarrolla la intervención (MDSyF, 2017).
concordancia con lo anterior, se hace presente que la Comisión no
evaluará la experiencia del oferente, sino que la del equipo asesor
presentado en la propuesta técnica (Anexo N° 2)
Entre el personal comprometido se debe incluir, necesariamente, un
integrante que tenga experiencia en metodología de marco lógico.
2. Propuesta Metodológica: El oferente debe presentar una propuesta
metodológica que contenga, como mínimo, todos los puntos descritos en
el apartado de “Consideraciones Metodológicas” contenidos en número
4 de las presentes Bases Técnicas.
3. Cronograma de Trabajo: El oferente deberá presentar un cronograma
que contenga las actividades y plazos para la realización del servicio.
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