Gastos. |
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de
su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
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Documentación que rige la presente licitación |
Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley N° 19.886 y en su reglamento aprobado
mediante el Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y por los
documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias se
interpretarán en forma armónica a las presentes Bases de Licitación, manteniendo el
siguiente orden de prelación:
a) Bases Administrativas y Técnicas y Anexos de la Licitación.
b) Modificación a las bases, que eventualmente podrá hacer el Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, a través de la
resolución correspondiente.
c) Respuestas a las preguntas de los proveedores.
d) Aclaraciones a las ofertas, que hayan sido solicitadas por el Servicio Nacional para
la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Se podrá acceder a los documentos señalados anteriormente a través del portal
electrónico www.mercadopublico.cl
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Modificación de bases. |
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, “SENDA”, podrá modificar las presentes Bases, hasta antes del vencimiento
del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas
mediante resolución, la que será sometida a la misma tramitación que la resolución
aprobatoria de las presentes bases, y será publicada en el portal Mercado Público. En
caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la
presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados
puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES. |
7.1. Recepción de Consultas y Solicitudes de Aclaración.
Las consultas y las solicitudes de aclaración sobre la presente licitación, sólo se
recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta las 18:00 horas del 2° día
corrido contado desde la publicación de las Bases en el referido portal.
7.2. Respuestas a las Consultas y Aclaraciones.
Se responderán sólo aquellas consultas y solicitudes de aclaración que hubieren sido
presentadas a través del portal y dentro del plazo señalado precedentemente. Las
respuestas a las consultas y las aclaraciones estarán a disposición de los
proponentes dentro del primer día corrido siguiente del vencimiento del plazo para
formular consultas y aclaraciones señaladas en el numeral precedente.
Las Consultas, Respuestas y Aclaraciones formarán parte integrante de las
Bases de esta licitación.
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DE LAS OFERTAS. |
8.1. Cumplimiento de Condiciones Administrativas.
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Previo a la evaluación de las Ofertas Técnica y Económica, la División Jurídica de
SENDA revisará que los oferentes hayan dado cumplimiento a la entrega de la
declaración jurada del Anexo N° 1, contenida en el acápite III de estas bases,
emitiendo un informe que dé cuenta de ello. La falta o no presentación de la referida
declaración jurada, será causal para declarar la inadmisibilidad de la respectiva
oferta.
Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias
condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la
Dirección del Trabajo y examinará asimismo si los oferentes hubieren sido
condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal,
desestimándose las ofertas de aquellos oferentes que se encontraren en alguna de
las antedichas situaciones, mediante la declaración de inadmisibilidad de las mismas.
En caso que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, examinará,
asimismo, que ella hubiere presentado el documento donde se formaliza la Unión
Temporal de Proveedores, en el cual deberá estipularse, a lo menos, la solidaridad
entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y
el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
La falta o no presentación del referido documento, importará la declaración de
inadmisibilidad de la respectiva oferta.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una
causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto
administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar
de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá
informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en
Agustinas 1235 piso 2, Santiago Centro, si continuará con los restantes integrantes
no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
8.2. Recepción de las Propuestas.
Las propuestas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl , en el ID
que identifica esta licitación hasta las 15:00 horas del quinto día corrido, contado
desde la fecha de publicación de estas bases en el referido portal.
Con todo, en caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal
www.mercadopublico.cl, durante este período, circunstancia que deberá ser ratificada
por la Dirección de Compras Públicas, excepcionalmente las ofertas podrán ser
recepcionadas en soporte papel, en un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de
Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago Centro,
o en la Dirección Regional de SENDA que correspondiere a la región donde tuviere
su domicilio el oferente, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del
envío del certificado de indisponibilidad, en virtud de lo establecido en el N° 2 del
artículo 62 del Decreto Supremo Nº 250, de Hacienda, de 2004.
Solamente se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través
del portal y dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se
admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los Proponentes no podrán retirar las
propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
8.3. Ingreso de las Ofertas Técnica y Económica.
Las propuestas técnica y económica deberán ingresarse como archivos adjuntos en el
portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica la licitación.
8.3.1. Propuesta Técnica.
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El oferente deberá incluir los anexos N° 2, 3 y 4 del acápite III de estas bases,
debidamente completados y firmados por el oferente, los cuales deben ser
presentados como archivo adjunto a través del portal www.mercadopublico.cl en el N°
de ID que identifica el presente proceso de licitación. Dichos anexos, deberán
adjuntarse en la carpeta “Archivo Técnico” del sitio www.mercadopublico.cl , en el ID
que identifica esta licitación. La propuesta técnica deberá formularse en la forma y de
acuerdo a los términos y requisitos establecidos en las presentes Bases. La falta o
presentación incompleta de los referidos anexos, como, asimismo, en caso que el
servicio ofertado no cumpla con las especificaciones técnicas requeridas, o la falta de
alguno de los elementos que se indican a continuación, importará la declaración de
inadmisibilidad de la respectiva oferta, si ello procediere.
Se entenderá que por la sola presentación de los anexos, la propuesta cumple con las
especificaciones técnicas descritas en el acápite II de estas bases.
8.3.2. Propuesta Económica.
La propuesta económica deberá ingresarse como archivo adjunto en la carpeta
“Anexo Económico” del sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta
licitación.
La propuesta económica deberá contener un presupuesto para el servicio requerido,
expresado en moneda nacional (peso), en valor bruto, IVA incluido. Para estos
efectos, los oferentes disponen del anexo N° 1 del acápite III de estas bases.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos que
impliquen para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de
él. Los precios ofertados, serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del
contrato. No se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones,
reconsideraciones o alza de precio cotizado con posterioridad a la Propuesta o
durante el cumplimiento de ésta.
Para la ejecución del servicio que por medio de las presentes bases se licita, el
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, ha dispuesto un monto bruto máximo de $ 10.000.000.-, impuestos
incluidos.
SENDA declarará inadmisibles las ofertas que excedan el presupuesto disponible.
8.3.3. FALTA U OMISIÓN DE PROPUESTA.
La propuesta es, para todos los efectos, de carácter indivisible. Por consiguiente, y no
obstante que para los efectos de su presentación y evaluación se ha separado en una
propuesta técnica y otra económica, la falta de una u otra importará indistintamente la
falta o no presentación de la propuesta en su totalidad, en cuyo caso esta será
declarada inadmisible.
8.3.4. FALTA U OMISIÓN DE PROPUESTA TÉCNICA Y DE LOS ELEMENTOS
QUE ESTA DEBE CONTENER.
Los oferentes que no presenten propuesta técnica, o bien, la presenten con
prescindencia total o parcial del anexo N° 2 y 3 del acápite III de estas bases,
quedarán fuera de este proceso de licitación y, por consiguiente, sus propuestas no
serán objeto de evaluación, y serán declaradas inadmisibles.
8.3.5 FALTA U OMISIÓN DE PROPUESTA ECONÓMICA
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Los oferentes que no presenten propuesta económica, o bien presentándola, ésta no
cumpla con lo señalado en el número 8.3.2 del acápite I de estas bases, quedarán
fuera del presente proceso de licitación y, por consiguiente, sus propuestas no serán
objeto de evaluación.
8.4. Vigencia de la Oferta.
La oferta deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles, contados desde la
fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, ante el silencio del oferente, se entenderá que su oferta
tiene la vigencia mínima de 60 días hábiles exigidos en estas bases.
8.5. Fecha de Cierre de Recepción de las Ofertas.
La fecha de cierre de recepción de las ofertas será el día de vencimiento del plazo
para la presentación de las mismas, esto es, a las 15.00 horas del quinto día
corrido, siguiente a la publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl,
en el ID que identifica a la presente licitación, una vez publicadas las presentes
bases en el referido portal.
Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días
inhábiles ni en día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15 horas.
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APERTURA DE LAS OFERTAS |
El mismo día del cierre de recepción de las ofertas, a contar de las 15:01 horas,
se procederá a efectuar la apertura de las ofertas presentadas en esta la licitación.
La presente licitación será en una etapa, procediéndose en el acto de apertura a
abrir tanto la oferta técnica como la económica
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COMISIÓN EVALUADORA. |
La evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas, será realizada por una
Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios(as):
1.- Jefe (a) del área de Operaciones de SENDA, o por quien este(a) designe
mediante memorándum el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante
correo electrónico al encargado de la Oficina de Informaciones, reclamos y
sugerencias, OIRS, del servicio.
2.- Jefe(a) del Área de Capacitación de SENDA, o por quien este(a) designe
mediante memorándum el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante
correo electrónico al encargado de la Oficina de Informaciones, reclamos y
sugerencias, OIRS, del servicio.
3.- Jefe de la Unidad de Tecnología de la Información y la Comunicación de
SENDA, o por quien este(a) designe mediante memorándum el cual deberá ser
inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina
de Informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS, del servicio.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la Ley
N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales
que cumplan funciones en el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol.
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Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a
las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases
Técnicas. En caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin
evaluarla y dejar constancia en el acta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Evaluar las Ofertas Económicas.
d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas,
aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en esta
etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación
de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de
estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo
informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través
del Sistema de Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá
solicitarse la información al oferente, quien en un plazo de 2 días hábiles
deberá enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
e) Elaborar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo
siguiente:
i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los
requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos
incumplidos.
iii. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se
presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que
las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del
Servicio
iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo
aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier
observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para
adoptar la decisión final.
Durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto
con SENDA para los efectos de la misma, a menos que las presentes Bases
señalen alguna excepción.
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EVALUACIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA DE LAS OFERTAS |
La propuesta se evaluará de acuerdo a los criterios de evaluación y pauta de
evaluación que se indica a continuación.
Criterio de Evaluación Porcentaje
Precio 60%
Garantía y Servicio Post Venta 15%
Plazo de Entrega 15%
Cumplimiento de Requisitos Formales 10%
PRECIO (60%)
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Se evaluará mediante una escala 1 a 100 aplicando una regla aritmética de tres
inversamente proporcional, asignando la nota más alta a la oferta de menor valor
económico. La información válida para ofertar será la ingresada en el Anexo 2.
PLAZO DE ENTREGA (15%)
El plazo de implementación será evaluado de acuerdo a los días que el proveedor
demore en la entrega de los productos. Con todo, el plazo máximo de entrega de
todos los productos es de 20 días corridos.
Se evaluará mediante una escala 1 a 100 aplicando una regla aritmética de tres
inversamente proporcional asignando la nota más alta a la oferta de menor plazo de
entrega.
La información válida para ofertar será la ingresada en el Anexo N° 3.
GARANTÍA Y SERVICIO POST VENTA (15%)
El oferente deberá indicar en su oferta el plazo de garantía de los productos y el
servicio post venta que ofrezca definidos en el Anexo N° 4.
ITEM Puntaje
Mayor a 15 meses 100
Entre 9 y 12 meses 50
Entre 6 y menos de 9 meses 0
Menor a 6 meses INADMISIBLE
CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES (10%)
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de
presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u
omisiones formales, obtendrá 100 puntos. El oferente que no haya cumplido todos los
requisitos formales habiendo omitido antecedentes o certificaciones al momento de
presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del
artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886 y la facultad establecida en
estas bases a este respecto, o se le haya solicitado salvar errores u omisiones
formales en conformidad al artículo 40, inciso 1°, del mismo cuerpo reglamentario,
obtendrá 0 puntos en este criterio.
Cumplimiento Requisitos Formales (10%) Puntaje
Oferente cumple con todos los requisitos formales en la
presentación de la oferta en los plazos establecidos para ello. 100
Oferente no cumple dentro de plazo para presentación de las
ofertas con todo lo requerido, debiendo SENDA solicitar salvar
errores u omisiones formales, o presentar certificados y/o
antecedentes omitidos.
0
Puntaje Final
Para obtener la nota final de la evaluación se deberán sumar y ponderar las notas
obtenidas en la pauta de evaluación, todo ello en base a una escala de notas de 1 a
100, conforme al siguiente cuadro:
Criterio de Evaluación Porcentaje
10
Precio 60%
Garantía y Servicio Post Venta 15%
Plazo de Entrega 15%
Cumplimiento de Requisitos Formales 10%
El proveedor que haya obtenido la nota más alta en la sumatoria total de los criterios
de evaluación se adjudicará el proceso en cuestión.
Criterio de Desempate
En caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más
oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el
orden de prelación que a continuación se indica:
Primeramente, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere
obtenido la más alta calificación en la evaluación del criterio “precio”.
Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a
favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de
evaluación denominado “Garantía y Servicio Post Venta”.
Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a
favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de
evaluación denominado “Plazo de Entrega”.
Con todo, si pese a los mecanismos para dirimir empates aún existiera un empate
entre dos o más oferentes, el Director Nacional de SENDA resolverá fundadamente
como dirimirlo, a propuesta de la comisión evaluadora.
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ADJUDICACIÓN. |
La propuesta deberá ser adjudicada en un plazo máximo de 30 días hábiles contados
desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas y se publicará en el portal
www.mercadopublico.cl, siempre que el acto administrativo que adjudica la presente
licitación se encuentre totalmente tramitado.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA, a través de acto administrativo fundado podrá
ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando este hecho, sus
fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl.
Una vez adjudicada la licitación, el Adjudicatario deberá obtener los documentos que
sean necesarios para la emisión de la Orden de Compra, individualizados en el
número 15, del acápite I, de las presentes bases.
Con todo, y en caso que el oferente favorecido con la adjudicación no se encuentre
inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración,
ChileProveedores, deberá solicitar su inscripción en él, dentro de los 3 días
siguientes de informada la adjudicación en el portal. De no inscribirse, SENDA podrá
considerar que el oferente se desiste de formalizar la contratación. En este particular
caso los plazos señalados en el número 15 del acápite I de las presentes bases se
entenderán aumentados en 10 días corridos.
El Proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será
seleccionado. Posteriormente, se procederá a su adjudicación mediante acto
administrativo fundado del SENDA, debidamente notificada al Adjudicatario y al resto
de los Oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas. La
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notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes no
adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado,
que desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el
contrato respectivo, se adjudicará al oferente que, según el Acta Final de Evaluación,
hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los
intereses del SENDA, o bien se declarará desierta la licitación, a través de acto
administrativo fundado.
12.1. Selección del Adjudicado.
El Proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será
seleccionado. Posteriormente, se procederá a su adjudicación mediante acto
administrativo fundado del SENDA, debidamente notificada al Adjudicatario y al resto
de los Oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes
no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
12.2. Causales para dejar sin efecto la Adjudicación.
SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto
administrativo, por las siguientes causales:
a) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el
numeral 14 del acápite I de las presentes bases.
b) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos
señalados para la emisión de la Orden de Compra, señalados en el número 15 del
acápite I de las presentes bases.
c) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se
desistiera de su oferta.
d) Si el oferente adjudicado se negare a aceptar la Orden de Compra.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el SENDA
adjudicará a aquél oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido
el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses del
SENDA, o bien se declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo
fundado.
12.3. Rechazo de las ofertas.
SENDA declarará inadmisibles las Ofertas cuando éstas no cumplan con los
requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación,
cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los
intereses del SENDA. En cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por
acto administrativo fundado.
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FORMALIZACIÓN DE CONTRATO |
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 63 del Reglamento de la Ley N°
19.886, en atención a que el monto involucrado en la presente licitación es inferior a
1.000 UTM, y tratarse de un servicio de simple y objetiva especificación, no se
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suscribirá contrato con el adjudicatario, bastando únicamente la emisión de la
correspondiente orden de compra, la que deberá ser aceptada por el adjudicatario
dentro del plazo de 48 horas contadas desde la fecha de envío de la misma por parte
de SENDA al adjudicatario y hará las veces de contrato para todos los efectos
legales, el que se regirá estrictamente por lo dispuesto en estas bases y
supletoriamente por lo establecido en la Ley de Compras Públicas Ley N° 19.886 y
su reglamento.
Con todo, se hace presente que SENDA no emitirá ninguna orden de compra en
tanto el adjudicatario no haga entrega de la documentación exigida en el número 15
del acápite I de estas bases.
El Adjudicado deberá acompañar la documentación requerida en el número 15 del
acápite I de estas bases, dentro del plazo máximo de 10 días corridos contados
desde la fecha en que sea informada la adjudicación a través del portal
www.mercadopublico.cl.
Si el adjudicado no acompañara dicha documentación en el plazo señalado o no
aceptara la respectiva orden de compra dentro del plazo ya indicado, se tendrá por
desistida su oferta. En tal caso SENDA, a menos que el retraso se deba a una causa
imputable a SENDA, adjudicará al Oferente que, según el Acta Final de Evaluación
haya obtenido el siguiente mejor puntaje final o declarará desierta la licitación, a
través de acto administrativo fundado.
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INHABILIDADES PARA FORMALIZAR LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA |
No podrá formalizarse la emisión de la orden de compra respecto de los oferentes
que presenten alguna de las siguientes inhabilidades:
a) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del SENDA o que
estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo
54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado.
b) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos
del SENDA o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco
descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas
sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o
éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o
éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los
gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las
sociedades antedichas.
c) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente,
de conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393.
d) Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en
conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N° 211, de
1973.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, SENDA adjudicará
la licitación, al Oferente que según el Acta de Evaluación Final hubiese obtenido el
siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para
los intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a
través de acto administrativo fundado.
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DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO |
El precio será el valor de la propuesta económica del adjudicatario.
El pago será realizado por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol contra la recepción conforme del servicio, una vez
que se encuentre aceptada por el proveedor la orden de compra respectiva y contra
entrega por parte de éste de la factura correspondiente, la cual deberá ser extendida
a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, RUT 61.980.170-9, con domicilio en Agustinas Nº 1235, piso 9,
comuna de Santiago.
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Para estos efectos, la recepción conforme del servicio no solamente comprenderá la
entrega de la totalidad de los productos requeridos, según lo dispuesto en el numeral
3 de las bases técnicas, sino que también comprenderá la correcta instalación de los
mismos.
Con miras a acreditar la recepción conforme del servicio, el encargado/a de la Unidad
de Tecnología de la Información y la Comunicación deberá certificarla por medio de
un acta que deberá incorporar un inventario de todos los productos entregados y
aprobar la instalación de los mismos. Dicha acta, deberá levantarse dentro de los 8
días corridos, contados desde el término de los servicios, conforme a lo previsto en
las reglas sobre pago oportuno de la Ley N° 21.131.
SENDA podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo
establecido en la Ley Nº 19.983
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Vigencia de la contratación |
La contratación se extenderá a contar de la fecha de inicio de su prestación, la cual
será indicada por SENDA, y siempre que la respectiva Orden de Compra hubiere sido
aceptada por el proveedor adjudicado, hasta el plazo de garantía de postventa
indicado por el oferente en el Anexo N° 4.
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Contraparte Técnica |
La labor de Contraparte Técnica del SENDA será realizada por el Jefe de la Unidad
de Tecnologías de la Información de SENDA. Serán funciones de esta Contraparte
Técnica, las siguientes:
● Controlar, supervisar y evaluar el servicio entregado, velando por el
cumplimiento de la calidad y los plazos establecidos.
● Entregar Visto Bueno y visación del pago de la factura que presente el
proveedor adjudicado.
● Requerir la aplicación de multas en caso de verificarse los presupuestos
para ello.
Levantar un acta de recepción conforme de los servicios, según lo
señalado en el numeral 16 de las presentes bases.
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Término anticipado de la contratación. |
El SENDA pondrá término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento
que acaeciere alguna de las siguientes circunstancias:
a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b) Si el Contratista fuere declarado en quiebra o si éste cayere en
estado de notoria insolvencia, a menos que se otorguen cauciones o las
existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Si se disolviere la sociedad contratista.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
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e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las
obligaciones contraídas por el Contratista, siempre y cuando ello no se deba a
caso fortuito o fuerza mayor. Se entenderá por incumplimiento grave, entre
otras hipótesis de igual magnitud, el atraso en más de 20 días corridos, en la
entrega de los bienes o habilitación de las salas, conforme a lo dispuesto en el
numeral 20, sobre “multas”.
f) Si el Contratista, al momento de perfeccionarse la contratación,
registraba saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos
últimos dos años no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros
estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no
acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato.
g) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de
documento, o su contenido, ya sea al momento de la contratación o durante la
ejecución de la prestación, lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales
que pudieren corresponder.
En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, el
SENDA pondrá anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar
judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las
reglas generales del derecho común.
Procedimiento de término anticipado de contrato:
a) La Jefatura de la Unidad de Soporte y Seguridad de la Información de SENDA,
notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que constituyen la
causal de término que se ha detectado y los antecedentes que dan cuenta de ello.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se
realizarán mediante carta certificada dirigida al domicilio registrado en su contrato,
comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de recibida la carta
en la oficina de Correos correspondiente.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya
notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y
pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que
demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la causal, o
que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por
acreditada la causal de término anticipado dictándose la pertinente resolución por
parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio
dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para
resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos. De lo resuelto, se dictará el
correspondiente acto administrativo.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del
Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la
resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles,
contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o
parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo
indicado, la causal quedará firme.
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Multas |
En caso de atraso en el plazo propuesto por el contratista en el Anexo N° 3, se
aplicará una multa equivalente al 1% del valor del contrato por cada día de atraso
en que se incurra.
Asimismo, si faltare alguno de los bienes asociados a la contratación del presente
servicio, se tendrá por no verificada la entrega, aplicándose la misma multa señalada
en el párrafo anterior.
Con todo, los aludidos atrasos no podrán exceder de 20 días corridos, en cuyo caso,
SENDA procederá a poner término anticipado al contrato.
Procedimiento de aplicación de multas:
a) La Jefatura de la División de Administración y Finanzas de SENDA, notificará
por escrito al contratista los hechos y circunstancias que constituyen la falta que se ha
detectado, los antecedentes que dan cuenta de ello y la multa a la que da lugar la
infracción.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se
realizarán mediante carta certificada dirigida al domicilio registrado en su contrato,
comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de recibida la carta
en la oficina de Correos correspondiente.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya
notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y
pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que
demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas o
que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por
acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las multas que
correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para
la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio
dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para
resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente. De lo resuelto, se
notificará al contratista por carta certificada.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio,
dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se
recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la
recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista
no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme.
El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles
siguientes a la notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de
aplicación de multa o en su defecto que resuelva la Reposición, por cualquiera de los
siguientes medios:
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1.- Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, enviándolo por oficio o
entregar directamente en la Unidad de Tesorería, (ubicada en calle Agustinas 1235,
piso 9, Santiago), quién extenderá el respectivo recibo de ingresos.
2.- Emisión de cheque, en los mismos términos del punto dos, pudiendo proceder a
depositar el documento en la cuenta corriente número 9003100 de Banco Estado,
realizando el respectivo endoso al reverso, enviando copia del respectivo
comprobante a la Unidad de Tesorería.
3.- Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en número dos anterior,
invocando el RUT del Servicio, 61.980.170-9 e informando al correo electrónico
tesoreria@senda.gob.cl.
Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará
facultado para descontar el pago de cualquiera de las facturas que fuesen emitidas
por el proveedor.
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Modificación de contrato |
Si con posterioridad a la formalización de la contratación, el SENDA estima necesario
realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, las que por su magnitud
representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario, podrá proponer a éste las
modificaciones señaladas, las que podrán incluir las prestaciones y el precio, no
pudiendo exceder este último el 30% del originalmente propuesto.
La modificación señalada deberá ser sancionada mediante la dictación del
correspondiente acto administrativo totalmente tramitado, el cual tendrá por
fundamento la solicitud escrita de SENDA dirigida al adjudicatario y la cotización
presentada por el mismo, donde consten las prestaciones y el precio que será objeto
de la modificación.
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