Licitación ID: 662462-2-LE20
Servicio de Transporte para notificador J. Laboral
Responsable de esta licitación: Juzgado Letras del Trabajo Calama
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 16
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de taxi 1 Unidad
Cod: 78111804
SERVICIO DE TRANSPORTE PARA EL FUNCIONARIO NOTIFICADOR DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CALAMA.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Transporte para notificador J. Laboral
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Se requiere transportar al funcionario notificador del Juzgado de Letras del Trabajo y Cobranza Judicial de Calama, quien realiza notificaciones personales o por cédula, efectúa embargos emanados de las resoluciones judiciales dictadas por el o los Jueces que componen el mismo órgano jurisdiccional y finalmente efectúa trámites administrativos de orden general en Bancos y entrega de documentos en diferentes instituciones.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Jdo de Letras del Trabajo de Calama
R.U.T.:
53.310.958-6
Dirección:
Avda. Grecia N° 1179 - Villa Ascotán- 3° piso
Comuna:
Calama
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-08-2020 11:08:00
Fecha de Publicación: 20-07-2020 19:08:56
Fecha inicio de preguntas: 21-07-2020 23:59:00
Fecha final de preguntas: 10-08-2020 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-08-2020 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-08-2020 11:09:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-08-2020 11:09:00
Fecha de Adjudicación: 10-09-2020 18:41:23
Fecha de entrega en soporte fisico 20-08-2020
Fecha estimada de firma de contrato 07-09-2020
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Horas
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Anexo Bases Administrativas
Documentos Técnicos
1.- Bases Técnicas
 
Documentos Económicos
1.- Resolución Exenta
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Antigüedad de la empresa 20%
2 Formalidad 10%
3 Año del Vehículo 20%
4 Precio 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO DISPONIBLE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Jonathan Castillo Olivares
e-mail de responsable de pago: jecastillo@pjud.cl
Nombre de responsable de contrato: Jonathan Castillo Olivares
e-mail de responsable de contrato: jecastillo@pjud.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-55-2316730-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CALAMA
Fecha de vencimiento: 20-11-2020
Monto: 5 Unidad de Fomento
Descripción: Se recibirá materialmente en Oficina de Partes ubicada en Avenida Grecia N° 1179, piso 4 de Calama, de Lunes a Viernes de 08:00 a 16:00 horas. En caso de recibirse vía correo el sobre deberá consignar el ID de la licitación, para este efecto el ingreso de la garantía es el de la fecha de la recepción en oficina de partes Y NO DE LA EXPEDICIÓN.
Glosa: Juzgado de Letra del Trabajo de Calama, RUT N° 53.310.958-6, (Revisar bases administrativas)
Forma y oportunidad de restitución: Respecto de los oferentes no adjudicados, les será devuelta a contar del día subsiguiente a la fecha de firma del convenio. Respecto de aquellos oferentes que resulten inadmisibles, les será devuelta a contar del día subsiguiente a la publicación de la resolución que declare su inadmisibilidad. Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra la firma del Convenio.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CALAMA
Fecha de vencimiento: 20-09-2021
Monto: 34 Unidad de Fomento
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato licitación pública ID (Revisar bases administrativas)
Glosa: Juzgado de Letra del Trabajo de Calama
Forma y oportunidad de restitución: A la fecha de su vencimiento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.