CONSULTAS Y ACLARACIONES |
RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y SOLICITUDES DE ACLARACIÓN.
Éstas sólo se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, desde el día de
publicación de las presentes Bases en el citado portal, hasta 3 días hábiles la
fecha de publicación del llamado a licitación en el portal Mercado Público.
RESPUESTAS A LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Se responderán sólo aquellas consultas y solicitudes de aclaración que hayan
sido presentadas a través del portal dentro del 3er día corrido, desde la fecha de
publicación de las bases en el portal. Las respuestas a las consultas y las
aclaraciones estarán a disposición de los Proponentes dentro de los 2 días
hábiles siguientes al vencimiento del plazo para presentar consultas y
aclaraciones señalado en el numeral precedente.
Las Consultas, Respuestas y Aclaraciones formarán parte integrante de las
Bases de esta licitación.
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Visita a Terreno Obligatoria |
Los oferentes que quieran postular deberán concurrir para inspeccionar las
dependencias de SENDA en las que se ejecutará el servicio que se licita. Los
oferentes deberán presentarse Avenida Juan Soler Manfredini N° 41, piso 11,
oficina 1102, comuna y ciudad de Puerto Montt, Región de Los Lagos. Ésta se
realizará a las 10:00 horas del 3er día hábil siguiente a la fecha de publicación de
la licitación. Toda persona que concurra con posterioridad a esa hora no será
recibida.
Se hace presente que atendida a la pandemia por el COVID - 19 para la visita en
terreno se exigirá el uso de mascarillas, aceptar la toma de temperatura, la
desinfección de manos antes de ingresar al inmueble y cualquier otra medida que
se estime pertinente para salvaguardar la salud de los asistentes.
Los oferentes que asistan a la visita a terreno deberán firmar un “Acta de Visita a
Terreno” y registrar la identificación del proponente, Nombre, RUT y firma. A dicha
visita deberá concurrir personalmente el oferente o un tercero a su nombre,
debiendo exhibir en tal caso, un poder simple extendido por escrito al efecto por el
oferente tratándose este de una persona natural, o por su representante legal,
tratándose de una persona jurídica, o por quien haya sido designado como
apoderado común en caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores.
Esta acta será extendida por el Jefe de Administración y Finanzas de la Dirección
Regional o por quien este designe.
La visita a terreno tendrá el carácter de obligatoria, por lo que el oferente que no
concurra a ésta no será objeto de evaluación quedando, en consecuencia,
excluido del presente proceso de licitación pública.
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DE LAS OFERTAS. |
CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS.
Previo a la evaluación de las Ofertas Técnica y Económica, la División Jurídica de
SENDA revisará que los oferentes hayan dado cumplimiento a la entrega de la
declaración jurada del Anexo 1, Sin perjuicio de la presentación de las
declaraciones juradas electrónicas que se establezcan en el portal de
www.mercadopublico.cl. La división jurídica verificará el ingreso y cumplimiento
de los señalados documentos emitiendo un informe que dé cuenta de ello.
Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias
condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica
semestralmente la Dirección del Trabajo y examinará, asimismo, si los oferentes
han sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de
la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el
documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta
forma, el cual deberá contener todas las menciones indicadas en el inciso primero
del artículo 67 bis del Decreto Supremo Nº 250, de Hacienda, de 2004.
En este contexto, en caso de que el oferente sea una Unión Temporal de
Proveedores, este Servicio examinará que ella hubiere presentado el documento
en el cual se formaliza la Unión Temporal de Proveedores, donde deberá
estipularse, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las
obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un
representante o apoderado común con poderes suficientes.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una
causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto
administrativo. En dicho evento, la Unión Temporal de Proveedores, dentro del
plazo de 5 días hábiles, a contar de la publicación de dicha resolución en el portal
www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la
Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago Centro, si
continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste
de su participación en el proceso.
7.2. RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes Bases
en el portal www.mercadopublico.cl hasta 10 días corridos contados desde esa
fecha.
Con todo, sólo se recibirán aquellas propuestas en soporte papel en las
circunstancias expresamente indicadas en el Artículo 62 del Reglamento de la ley
19.886, en un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección
Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago Centro o en el caso de
regiones a través de las respectivas Direcciones Regionales de SENDA, dentro
de un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha de cierre de las ofertas.
7.3. INGRESO DE LA OFERTA TÉCNICA.
La propuesta técnica deberá ingresarse llenando como archivos adjuntos a través
del portal www.mercadopublico.cl en el N° de ID que identifica el presente
proceso de licitación, los Anexos N° 2, 3, 4 y 6 debidamente completos y
suscritos, los cuales se contienen en el acápite III de estas bases. Dichos anexos
deberán adjuntarse en la carpeta “Archivo Técnico” del sitio
www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación. La propuesta
técnica deberá formularse en la forma y de acuerdo a los términos y requisitos
establecidos en las Bases Técnicas.
7.4. INGRESO DE LA OFERTA ECONÓMICA.
La oferta económica deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio
www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación.
Para estos efectos, los oferentes deberán presentar el Anexo N° 5 del acápite III,
de estas bases, denominado “Oferta Económica” el cual contendrá la propuesta
económica por el monto total de los servicios a ejecutar, impuestos incluidos, por
24 meses de servicio, cinco veces por semana, de lunes a viernes en el horario
señalado en el número 2.5 del acápite II de estas bases.
La propuesta económica deberá estar expresada en moneda nacional, en valor
bruto y no estará sometida a reajuste alguno.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos,
incluidos los de personal, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo
cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo,
indirecto o a causa de él. Los precios ofertados, serán invariables y fijos hasta el
total cumplimiento del contrato no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros
reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza de precio cotizado, con
posterioridad a la Propuesta o durante el cumplimiento de ésta. Este monto deberá
considerar lo señalado en el punto N°3 de las Bases Técnicas de estas Bases de
Licitación respecto de los insumos.
Para la ejecución del servicio que por medio de las presentes bases se licita; el
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, ha dispuesto un monto bruto máximo de $ 17.129.592.- impuestos
incluidos, por 24 meses de servicio, cinco veces por semana, de lunes a
viernes en el horario señalado en el número 2.5 del acápite II de estas bases.
Dicho monto máximo comprende el pago por la prestación del servicio durante
doce meses. SENDA declarará inadmisibles las ofertas que excedan el
presupuesto disponible.
7.5. FALTA U OMISIÓN PROPUESTA
La propuesta es, para todos los efectos, de carácter indivisible. Por consiguiente, y
no obstante que para los efectos de su presentación y evaluación se ha separado
en una propuesta técnica y otra económica, la falta de una u otra importará
indistintamente la falta o no presentación de la propuesta en su totalidad.
7.6. FALTA U OMISIÓN DE PROPUESTA TÉCNICA Y DE LOS
ELEMENTOS QUE ESTA DEBE CONTENER.
Los oferentes que no presenten propuesta técnica, o bien, la presenten con
prescindencia total o parcial del contenido de los anexos exigidos en las
presentes bases, quedarán fuera de este proceso de licitación y por consiguiente
sus propuestas no serán objeto de evaluación.
7.7. FALTA U OMISIÓN DE PROPUESTA ECONÓMICA.
Los oferentes que no presenten propuesta económica, o bien presentándola, ésta
no cumpla con lo señalado en el número 7.4 del acápite I de estas bases,
quedarán fuera del presente proceso de licitación y por consiguiente sus
propuestas no serán objeto de evaluación.
7.8. VIGENCIA DE LA OFERTA.
La oferta deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles, contados desde
la fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal
www.mercadopublico.cl. La oferta cuyo período de validez sea menor que el
requerido será rechazada por SENDA. Sin perjuicio de lo anterior, ante el silencio
del oferente, se entenderá que su oferta tiene la vigencia mínima de 60 días
exigidos en estas bases.
7.9. FECHA DE CIERRE DE RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
La fecha de cierre de recepción de las ofertas será el día de vencimiento del
plazo para la presentación de las mismas indicado en el número 7.2 precedente,
el cual será informado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica
a la presente licitación, una vez publicadas las presentes bases en el referido
portal.
Sin embargo, si el vencimiento del plazo recayere en día inhábil, se postergará la
fecha de cierre de recepción de las ofertas para el día hábil siguiente a la misma
hora.
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MODIFICACIÓN A LAS BASES |
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas
y Alcohol, “SENDA”, podrá modificar las presentes Bases, hasta antes del
vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser
aprobadas mediante acto administrativo, la que será sometida a la misma
tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes bases, y será publicada
en el portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar
prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de
permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a
tales modificaciones.
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APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. |
El del día hábil siguiente al del cierre de recepción de las ofertas, determinada de
conformidad al número 7.2 de estas bases, se procederá a efectuar la apertura de
las ofertas presentadas en esta la licitación.
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MODALIDAD DE LA LICITACIÓN |
La presente licitación será en una etapa, procediéndose en el acto de apertura a
abrir tanto la oferta técnica como la económica.
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COMISIÓN EVALUADORA. |
La evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas será realizada por una
Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios(as):
a) El (La) Director (a) Regional de la Dirección Regional de SENDA de Los
Lagos o por la persona que ésta designe mediante memorándum, el cual
deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al
encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS
del servicio.
b) El (la) Jefe (a) de la Unidad de Administración y Finanzas de la Dirección
Regional de SENDA de la Región de Los Lagos o por la persona que ésta
designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente
enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de
informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio
c) La Jefa de Operaciones de SENDA, o por la persona que ésta designe
mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado
mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones,
reclamos y sugerencias, OIRS del servicio.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la
Ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros
profesionales que cumplan funciones en el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
1) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se
ajustan a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En
caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y
consignarlo en el acta respectiva.
2) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
3) Evaluar las Ofertas Económicas.
4) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas,
aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en
esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una
situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los
principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los
proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto
de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas.
Para estos efectos, deberá solicitarse la información al oferente, quien en
un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su respuesta a través del portal
www.mercadopúblico.cl.
5) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de
lo siguiente:
i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las
ofertas.
ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con
los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los
requisitos incumplidos.
iii. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando
no se presentaren ofertas, bien, cuando la comisión evaluadora
juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los
intereses del Servicio.
iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de
cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como
cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de
evaluación.
v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para
adoptar la decisión final.
Durante el periodo de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto
con SENDA para los efectos de la misma, a menos que las presentes Bases
señalen alguna excepción.
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ACLARACIONES, ERRORES U OMISIONES |
Una vez realizada la apertura de las ofertas, SENDA, podrá solicitar a los
oferentes las aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión de
su oferta, así como que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando
las rectificaciones de dichos vicios no les confieran una situación de privilegio
respecto de los demás proponentes, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de
dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a través del portal
www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, el oferente dispondrá de un plazo de
3 días hábiles, para enviar su respuesta a través del portal
www.mercadopúblico.cl.
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ADJUDICACIÓN. |
La adjudicación se realizará dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha
de cierre de recepción de ofertas informado a través del portal
www.mercadopublico.cl en el ID que identifica la presente licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA, a través de acto administrativo fundado,
totalmente tramitado, podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación,
informando de este hecho, sus fundamentos y del nuevo plazo a través del portal
www.mercadopublico.cl.
Una vez adjudicada la licitación, el Adjudicatario deberá obtener los documentos
que sean necesarios para la emisión de la Orden de Compra, individualizados en
el número 17 del acápite I de las presentes bases.
Con todo, y en caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en el
Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración,
Chileproveedores, deberá solicitar su inscripción en él, dentro de los 3 días
siguientes de informada la adjudicación en el portal. De no inscribirse, SENDA
podrá considerar que el oferente se desiste de formalizar la contratación. En este
particular caso los plazos señalados en el número 17 del acápite I de las
presentes bases se entenderán aumentados en 10 días corridos, para poder
entregar el certificado indicado en el N°1 del punto 17.1.1 de estas bases.
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FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO |
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 63 del Reglamento de la Ley N°
19.886, en atención a que el monto involucrado en la presente licitación es inferior
a 1000 UTM y siendo el servicio requerido de simple y objetiva especificación, no
se suscribirá contrato con el adjudicatario, bastando únicamente la emisión de la
correspondiente orden de compra, la que deberá ser aceptada por el adjudicatario
dentro del plazo de 48 horas contadas desde la fecha de envío de la misma por
parte de SENDA al adjudicatario y hará las veces de contrato para todos los
efectos
legales, el que se regirá estrictamente por lo dispuesto en estas bases y
supletoriamente por lo establecido en la Ley de Compras Públicas Ley N° 19.886
y su reglamento. Con todo, se hace presente que SENDA no emitirá ninguna
orden de compra en tanto el adjudicatario no haga entrega de la documentación
exigida en el número 17 del acápite I de estas bases.
El Adjudicado deberá acompañar la documentación requerida en el número 17
del acápite I de estas bases, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles
contados desde la fecha en que sea informada la adjudicación a través del portal
www.mercadopublico.cl. Si el adjudicado no acompañara dicha documentación en
el plazo señalado o no aceptará la respectiva orden de compra dentro del plazo
ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso el SENDA, a menos
que el retraso se deba a una causa imputable a SENDA, adjudicará al Oferente
que, según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje
final o declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
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INHABILIDADES PARA FORMALIZAR LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA |
No podrá formalizarse la emisión de la orden de compra respecto de los oferentes
que presenten alguna de las siguientes inhabilidades:
a) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del SENDA o que
estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)
del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado.
b) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios
directivos del SENDA o las personas que estén unidas a ellos por los
vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº
18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por acciones o
anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas; ni aquellas
sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas sean dueños de
acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los gerentes,
administradores, representantes o directores de cualquiera de las
sociedades antedichas.
c) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables
penalmente, de conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que
Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los
Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de
Cohecho que Indica.
d) Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley
N° 211, de 1973. Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades
indicadas, el SENDA adjudicará la licitación, al Oferente que según el Acta
de Evaluación Final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final
técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses del
SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de
acto administrativo fundado.
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DEL PRECIO DEL SERVICIO Y EL PAGO |
El precio será el valor de la propuesta económica del adjudicatario.
El pago por los servicios será por el valor ofertado, en 24 cuotas iguales,
mensuales y sucesivas impuestos incluidos, las que se pagarán en moneda
nacional, contra presentación de la respectiva factura o boleta, pagadera en un
plazo máximo de 30 días, previa visación del respectivo documento tributario, por
la unidad de Administración y Finanzas de la Dirección Regional de Los Lagos de
SENDA.
De acuerdo a la implementación del Sistema de Gestión de Documentos
Tributarios Electrónicos mediante el portal ACEPTA.
Con el objeto de gestionar una óptima tramitación de los DTE, se informa que los
documentos tributarios serán recepcionados de lunes a viernes, en horario hábil,
siendo el horario de corte las 17:30 horas, esto con la finalidad de dar correcto
cumplimiento a los plazos legales para el pago oportuno.
Los DTE deben ser enviados en formato XML a la casilla
dipresrecepcion@custodium.com
En forma conjunta con la entrega de cada factura o boleta mensual, el prestador
del servicio deberá presentar:
Fotocopia de las liquidaciones de sueldo, firmadas por los trabajadores que
prestaron el servicio a SENDA, del mes anterior al que se está pagando. (No se
exigirá esta obligación en caso que el prestador del servicio sea una persona
natural que ejerza en forma personal los servicios requeridos).
Certificado o comprobante de Pago de Cotizaciones previsionales y de Salud
del mes anterior, de las personas que prestaron el servicio el mes anterior al que
se está pagando. (No se exigirá esta obligación en caso que el prestador del
servicio sea una persona natural que ejerza en forma personal los servicios
requeridos).
Para el pago del primer mes sólo se exigirá la factura y las liquidaciones de sueldo
firmadas.
En el caso que la empresa contratista registre saldos insolutos de remuneraciones
o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago
producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se
encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato,
con un máximo de seis meses. SENDA exigirá que la empresa contratada proceda
a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total
cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte
de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo
contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida
no podrá participar.
Los documentos de cobro (factura o boleta mensual) deberán extenderse a
nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, RUT N° 61.980.170-9, dirección Agustinas N° 1235, piso 9,
Santiago. El documento respectivo deberá ser enviado a la casilla de correo
electrónico dipresrecepcion@custodium.com
Finalmente, el o los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez aceptada la
orden de compra por parte del proveedor, y se haga entrega por parte del
Contratista el documento tributario correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA podrá reclamar en contra del contenido de la
factura dentro del plazo establecido en la Ley Nº 19.983.
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VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓ |
El plazo de duración del contrato se extenderá por veinticuatro meses, a contar
de la fecha de aceptación de la respectiva Orden de Compra por parte del
proveedor adjudicado. Sin perjuicio que SENDA pueda señalar una fecha distinta
para el inicio de la prestación, lo cual será comunicado al contratista luego de la
aceptación de la Orden de Compra.
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MODIFICACIÓN DE CONTRATO |
Si con posterioridad a la formalización de la contratación, el SENDA estima
necesario realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, las que por
su magnitud representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario, podrá
proponer a éste las modificaciones señaladas, las que podrán incluir las
prestaciones y el precio, no pudiendo exceder este último el 30% del
originalmente propuesto.
La modificación señalada deberá ser sancionada mediante la dictación del
correspondiente acto administrativo totalmente tramitado, el cual tendrá por
fundamento la solicitud escrita de SENDA dirigida al adjudicatario y la cotización
presentada por el mismo, donde consten las prestaciones y el precio que será
objeto de la modificación
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OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DEL SERVICIO |
a) Ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación
para su debido cumplimiento.
b) Cumplir contrato con la estricta sujeción a lo establecido en las presentes
bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.
c) Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma
de prestar los servicios que no esté considerando en las bases y no hayan sido
autorizado por la contraparte técnica.
d) No podrá utilizar los artefactos eléctricos de SENDA a saber: microondas,
refrigeradores, computadores, máquinas fotocopiadoras, equipos de música, etc.
El uso de alguno de estos equipos significará el cambio del personal involucrado,
y las posibles multas aplicables al contrato entre prestador del servicio y SENDA.
e) Deberá cumplir con todas las normas legales y reglamentarias aplicables a la
contratación, especialmente en materia de accidentes del trabajo y prevención de
riesgos, laborales, de remuneraciones, de previsión y seguridad social, u otros
que le sean aplicables.
f) Asumir la responsabilidad de todo accidente o daño que durante la vigencia del
contrato le pudiera ocurrir al personal o a los bienes de SENDA, que sean
imputable al Prestador del servicio o al personal de su dependencia. En estos
casos el Prestador del servicio deberá reponer en el más breve plazo el daño
ocasionado.
g) Emplear el máximo de cuidado respecto del uso de los bienes, materiales y
equipos que sean de su propiedad. En consecuencia, no habrá derecho a
indemnización o reembolsos de ninguna especie por pérdida, destrucción,
deterioro o desgaste que éstos experimenten, incluyendo la fuerza mayor y caso
fortuito.
h) Dar fiel y oportuno cumplimiento a lo ordenado por persona designada por
SENDA para ser la contraparte técnica. En especial, deberá entregarle, cuando le
sean solicitados, copia de los contratos de trabajo vigentes, liquidaciones de
sueldo, finiquitos y cualquier otra documentación que le sea solicitada con la
finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales para con los
trabajadores.
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TÉRMINO ANTICIPADO. |
SENDA pondrá término a la contratación, por acto administrativo fundado, en el
evento que acaeciere alguna de las siguientes circunstancias:
1. Si el contratista es calificado fundadamente en los Informes Técnicos de Control
de Calidad con puntaje, regular o malo, durante tres meses seguidos, o cuatro
veces en meses distintos dentro de un período de seis meses.
2. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se otorguen
cauciones suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Por causa de interés público.
4. Por exigirlo la seguridad nacional.
5. Prestador del servicio registra saldos insolutos de remuneraciones o
contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de
ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses.
6. Si durante el transcurso de un mes se han consignado dos ausencias
injustificadas.
7. Cuando el monto de las multas previstas en el número 23 del acápite I de estas
bases, alcanzare al 10% del monto total de la contratación.
8. Cuando con ocasión del examen de las liquidaciones de sueldo mensuales cuya
presentación se exige conforme al número 18 del acápite I de estas bases, se
constatare que la remuneración pagada al trabajador es inferior a la indicada por
el contratista en el anexo N° 3 que el oferente debió acompañar junto con su
propuesta, conforme a lo prescrito en el número 7.3. del acápite I de estas bases.
Además, las partes podrán poner término anticipado del contrato por resciliación o
mutuo acuerdo. La resolución que disponga el término anticipado del contrato
definitivo o su modificación debe ser fundada y publicarse en el Sistema de
Información Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas de totalmente
tramitada.
Procedimiento De Término Anticipado De Contrato:
a) La Dirección Regional de Los lagos del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, notificará por escrito al
contratista los hechos y circunstancias que constituyen la causal de término que
se ha detectado y los antecedentes que dan cuenta de ello.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento
se realizarán mediante correo electrónico, el que deberá ser indicado por el
proveedor en el momento de la oferta.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya
notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y
pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que
demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la
causal, o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por
acreditada la causal de término anticipado dictándose la pertinente resolución por
parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio
dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los descargos,
para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos. De lo resuelto, se dictará el
correspondiente acto administrativo.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del
Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la
resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles,
contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o
parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo
indicado, el término quedará firme.
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MULTAS |
En caso de no cumplimiento de lo expresado en la Propuesta técnica del
Proponente, se aplicarán las siguientes multas:
a) Multas por ausencia de dotación: En caso de que se verifiquen ausencias de la
persona que ejecuta el servicio, que signifiquen no cumplir con la dotación de
personal especificada en las presentes bases, para desarrollar un buen trabajo,
se aplicará una multa equivalente a un porcentaje del valor neto del monto a
pagar mensualmente, según el siguiente detalle:
Ausencia de dotación por servicio diario no prestado en el mes, 1% Multa (%
sobre el precio anual neto). Con todo el monto máximo de la multa aplicable, no
podrá exceder del 10% del monto total del contrato, en cuyo caso procederá el
término anticipado de la contratación. Para este efecto, la Dirección Regional de
Senda de la Región de Los Ríos, deberá llevar un libro de asistencia el que en su
primera hoja deberá tener identificada la firma de las personas que prestarán el
servicio en las dependencias del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA. Si durante el
transcurso de un mes se han consignado dos ausencias injustificadas, este
Servicio dará término anticipado a la contratación.
b) Cualquier Incumplimiento de las obligaciones contempladas en el contrato
Implicará la aplicación de multas, que podrán ir desde el 1% al 2% del valor
anual, sin perjuicio de la facultad de poner término anticipado al respectivo
contrato. El valor de la multa por cada incumplimiento será de un 1% del valor
anual por cada ocasión que el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol deba representarle tal hecho. En
caso de existir reiteración en los hechos SENDA podrá aumentar la multa hasta
un 2% del valor anual del contrato. Entendiéndose por reiteración, la ocurrencia
de la misma causal de incumplimiento de las obligaciones del contrato en el
periodo de un mes.
Procedimiento de aplicación de multas:
a) La Dirección Regional de Los lagos del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, notificará por escrito al
contratista los hechos y circunstancias que constituyen la falta que se ha
detectado, los antecedentes que dan cuenta de ello y la multa a la que da lugar la
infracción.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento
se realizarán mediante correo electrónico, el que deberá ser indicado por el
proveedor en el momento de la oferta.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya
notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y
pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que
demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las
multas o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio. Si el
contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por
acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las multas
que correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio
dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los descargos,
para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente. De lo
resuelto, se notificará al contratista por carta certificada.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del
Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la
resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles,
contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o
parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo
indicado, la multa quedará firme.
El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles
siguientes a la notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de
aplicación de multa o en su defecto que resuelva la Reposición, por cualquiera de
los siguientes medios:
1. Emisión de cheque, a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pudiendo proceder a
depositar el documento en la cuenta corriente número 9003100 de Banco
Estado, realizando el respectivo endoso al reverso, enviando copia del
respectivo comprobante a la Unidad de Tesorería. (ubicada en calle
Agustinas 1235, piso 9, Santiago), quién extenderá el respectivo recibo de
ingresos.
2. Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto dos,
invocando el RUT del Servicio, 61.980.170-9 e informando al correo
electrónico tesoreria@senda.gob.cl.
Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará
facultado para descontar el pago de cualquiera de las facturas que fuesen
emitidas por el proveedor.
Cuando el monto de las multas previstas en el presente número alcanzare al 10%
del monto total de la contratación, procederá el término anticipado de la
contratación, conforme a lo previsto en el número 22 del acápite I de estas bases.
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COBRO DE PRESTACIONES LABORALES Y PREVISIONALES |
En caso que el contratista no hiciere pago de las obligaciones laborales y
previsionales de sus trabajadores, podrá el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol descontar dichas cantidades del
precio comprometido a pagar, en mensualidades, hasta por el monto adeudado
por el contratista por dichos conceptos, lo que será informado por el SENDA al
contratista por medio de carta certificada enviada al domicilio señalado en su
propuesta.
El contratista en caso que haya regularizado los pagos adeudados, deberá
informar de dicha circunstancia al SENDA, dentro del plazo de 10 días hábiles
contados desde la recepción de la carta certificada.
En caso que el contratista no informe del pago de las cotizaciones dentro del
plazo indicado en el inciso anterior, el SENDA, procederá a retener dichos montos
de la cuota mensual respectiva, y pagará a los trabajadores del contratista de
acuerdo a las normas legales vigentes. Las notificaciones que se efectúen al
tenor del presente acápite se regularán de acuerdo a lo establecido en la ley
19.880.
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CONTRAPARTE TÉCNICA |
Las funciones de Contraparte Técnica del contrato serán ejercidas por el (la)
Jefe(a) de la Unidad de Administración y Finanzas de la Dirección Regional de
Los Lagos de SENDA, o quien lo reemplace o subrogue, o bien por un funcionario
de la respectiva Dirección Regional que ésta o la Directora Regional designe.
Las funciones de la Contraparte Técnica de SENDA serán a lo menos:
a) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del
contrato.
b) Otorgar su aprobación conforme de los servicios o planteando al
contratista las observaciones y/o recomendaciones que se estimen
convenientes de acuerdo a lo señalado en estas bases.
c) Elaborar los informes técnicos de control de calidad de los servicios y
proponer la aplicación de las sanciones, multas e informar los
incumplimientos que se produzcan por parte del contratista, de acuerdo a
los procedimientos que se establecen en las presentes Bases.
d) Dar tramitación al pago correspondiente.
e) Otras que le entreguen las bases administrativas y técnicas, y en general
todas aquellas que tengan por objeto velar por los intereses de SENDA y de
la recta ejecución del contrato.
Por su parte, el contratista deberá designar un coordinador técnico que se
relacionará con la contraparte técnica del contrato para todos los efectos
señalados.
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REUNIONES CON EL ADJUDICATARIO Y MODALIDAD DE COORDINACIÓN ENTRE LAS PARTES |
SENDA se reserva el derecho de fijar, cuando lo estime conveniente, reuniones
formales aclaratorias sobre aspectos logísticos y técnicos acerca de la prestación
de los servicios que por este acto se licita, para lo cual se comunicará con el
Contratista con un mínimo de 72 horas de anticipación a cada reunión.
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DOMICILIO DEL CONTRATANTE Y PRÓRROGA DE COMPETENCIA |
El contratante para los efectos del contrato fija su domicilio en la comuna de
Santiago. La contratación que se formalice entre las partes se regirá por las leyes
de la República de Chile. Cualquier desacuerdo que se presente entre las partes,
deberá resolverse de mutuo acuerdo entre ellas en el plazo que las mismas
estimen. De no resultar acuerdo y de así corresponder, el conflicto será sometido
al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la comuna y ciudad de
Santiago, sin perjuicio de las atribuciones propias de la Contraloría General de la
República contenidas en la Ley Nº 10.336, y del Tribunal de Contratación Pública
creado por la Ley N° 19.886.
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CESIÓN DE CONTRATO |
Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a un
tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación pública, de acuerdo
a lo señalado en el artículo 14 de la Ley 19.886.
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