Período de Ejecución del Servicio |
El período de ejecución es de 12 meses contar de la total tramitación del acto administrativo que lo
aprueba o hasta agotar el presupuesto disponible para este proceso licitatorio. No obstante, el
contrato de suministros que se suscriba con el adjudicatario entrará en vigencia a contar de la fecha de
total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y hasta el total cumplimiento de las
obligaciones de él emanadas. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente podrá iniciar la ejecución de los
servicios objeto de las presentes bases técnicas, sin esperar la total tramitación del contrato
respectivo. Se deja expresa constancia que no será realizado pago alguno hasta que se encuentre
totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato.
Se deja constancia que, al ser un contrato de suministro, SENDA no está obligado a ejecutar todo el
presupuesto, sino que recurrirá al oferente adjudicado siempre que se den las circunstancias que
requieran la realización de alguno de los servicios licitados en este proceso.
Del mismo, modo el periodo de ejecución se extenderá por 12 meses, pero en el caso que se consuma
la totalidad del presupuesto, la vigencia será hasta dicho momento. Asimismo, sin el encargo de una
tarea en el marco de este contrato, se inicia ante de su cese de vigencia. Sin embargo, acaece el fin del
contrato mientras se está ejecutando la labor encomendada, se extenderá la vigencia del contrato
para el solo efecto del total cumplimiento de las obligaciones contraídas.
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Del Precio |
Para la ejecución del servicio se ha dispuesto un monto referencial de la compra de servicios de un
máximo total de $ 7.00.000.- (Siete millones de pesos), impuestos y retenciones incluidos.
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Contraparte Técnica |
La contraparte técnica de SENDA que supervisará la ejecución del contrato será ejercida por la Jefatura
de la Unidad Regional de Administración y Finanzas de SENDA, o por quien ésta designe mediante
memorándum.
Serán funciones de esta Contraparte Técnica, entre otras, las siguientes:
a. Controlar, supervisar y evaluar el servicio contratado, velando por el cumplimiento de la calidad
del servicio y los plazos establecidos.
b. Autorizar y visar los pagos asociados a los servicios contratados, previa emisión del certificado de
recepción conforme del servicio.
c. Colaborar y asistir al contratista en el ámbito de sus competencias.
d. Solicitar y gestionar la aplicación de multas en caso de que se requiera
e. Solicitar la modificación del contrato en caso de que corresponda.
f. Otras obligaciones que le impongan las presentes bases.
Para esto, la Contraparte Técnica se reserva el derecho de fijar, cuando lo estime conveniente,
reuniones formales aclaratorias sobre el estado de avance del trabajo, aspectos logísticos y técnicos de
la realización del trabajo, para lo cual se comunicará con el proveedor con un mínimo de 48 horas de
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Garantías |
En el proceso licitatorio, el oferente deberá presentar las siguientes garantías:
a) Fiel y oportuno cumplimiento del contrato y/o correcta ejecución de los servicios contratados:
Una vez notificado al Oferente la adjudicación, éste deberá dentro de 15 días hábiles, a contar de
dicha notificación, presentar una caución o garantía, con una vigencia que comprenda al menos hasta
60 días hábiles posteriores a la finalización de la prestación de los servicios que adjudica la presente
licitación, con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales.
La caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, Rut N° 61.980.170-9; por un monto igual o superior al 10% del valor
máximo total del contrato, en pesos chilenos.
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato será pagadera a la vista, con carácter de
irrevocable.
En el caso de la póliza de seguro esta deberá contemplar expresamente que, junto con caucionar el fiel
y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, se cauciona el cumplimiento de
obligaciones laborales y el pago de multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del contrato.
La garantía o caución presentada deberá señalar que se encuentra tomada como “Garantía de Fiel y
Oportuno Cumplimiento del Contrato” e indicar el número de ID que identifica a la presente licitación
en el portal www.mercadopublico.cl.
Con todo, tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su naturaleza, no requerirá expresar la
mencionada glosa ni la vigencia.
Si la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato es otorgada en el extranjero, el emisor del
documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución
financiera chilena.
Si el Oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya
indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, SENDA adjudicará al Oferente que, según el
Acta Final de Evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la
licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
Además, la referida garantía cubrirá el pago de las obligaciones laborales y sociales con los
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trabajadores del adjudicado, en conformidad a lo señalado en el artículo 11 de la Ley N° 19.886.
SENDA hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento a los 60 días hábiles
posteriores a la finalización de la prestación de los servicios que adjudica la presente licitación.
Tipo de documento Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter de irrevocable
Beneficiario “Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, o SENDA, RUT N° 61.980.170- 9.” El nombre podrá
abreviarse pero siempre deberá indicarse el RUT.
Vigencia mínima Vigencia debe comprender hasta 60 días hábiles posteriores al termino
de la vigencia del contrato
Monto Deberá ser igual o superior al 10% del valor total del monto del contrato.
Expresada en Pesos chilenos (En el caso en que la garantía sea una póliza de seguro
expresada en U.F., su equivalente en pesos se calculará a la fecha de
emisión del instrumento)
Glosa Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y las
obligaciones laborales con sus trabajadores y multas, e indicar el número
de ID que identifica a la presente licitación a través del portal
www.mercadopublico.cl
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente
que, junto con garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las
obligaciones contractuales, se garantiza el cumplimiento de obligaciones
laborales y el pago de multas a las que pudiera dar origen el
incumplimiento del contrato.
Tratándose de un vale vista, atendida su naturaleza, no requerirá
expresar la mencionada glosa ni la vigencia.
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Vigencia del contrato |
El contrato que se suscriba con el adjudicatario tendrá una duración de 12 meses y entrara en vigencia
a contar de la fecha de total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y hasta el total
cumplimiento de las obligaciones de él emanadas.
Sin perjuicio de lo anterior, el oferente podrá iniciar la ejecución de los servicios objeto de las
presentes bases técnicas, sin esperar la total tramitación del contrato respectivo.
Se deja expresa constancia que no será realizado pago alguno hasta que se encuentre totalmente
tramitada la resolución que aprueba el contrato.
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Modificación del contrato. |
Si, con posterioridad a la suscripción del contrato, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, estima necesario realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, en cuanto a la calidad o cuantía de los mismos, las que por su magnitud representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario, se evaluará y propondrá al mismo, la eventual modificación del contrato, incluyendo las prestaciones y precio, no pudiendo exceder ni disminuir éste último del 30% al originalmente propuesto.
Toda modificación de contrato deberá ser aprobada mediante el correspondiente acto administrativo, totalmente tramitado.
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Multas y sanciones. |
a) Por incumplimiento de las obligaciones contraídas, en términos tales que dicha infracción afecte la correcta ejecución de las labores encomendadas, se entenderán como acciones de este tipo, entre otras, las siguientes:
▪ Manipular equipos ajenos al contrato sin previa autorización
▪ Retirar elementos, documentos u otro tipo de información sin autorización
▪ Consumir bebidas alcohólicas en las oficinas SENDA
▪ Apropiarse de elementos u objetos encontrados en cualquier dependencia
▪ Ingresar a los recintos con persona
Se aplicará una multa de 10 UF por cada ocasión que se verifique alguna de estas circunstancias.
b) Por atraso en el cumplimiento de las labores encomendadas. Esta multa se aplicará por cada día de retraso, de acuerdo con la cotización, aplicando el 5% diario de multa, (de acuerdo al valor del trabajo particular que se encargaré) con un tope 50% de dicho monto.
Con todo, las multas no podrán exceder el 30% del monto total del contrato. Superado dicho monto, deberá ser abordado de acuerdo con las reglas del término anticipado del contrato.
Para la aplicación de las multas se observará el siguiente procedimiento:
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que constituyen la falta que se ha detectado, los antecedentes que dan cuenta de ello y la multa a la que da lugar la infracción. Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento se realizarán mediante carta certificada dirigida al domicilio registrado en su contrato, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
a) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio. Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las multas que correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
b) Si se han presentado descargos oportunamente, el/la Jefe(a) Superior del Servicio dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente. De lo resuelto, se notificará al contratista por carta certificada.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el/la Jefe(a) Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme.
El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles siguientes a la Resolución que resuelva el procedimiento de aplicación de multa o en su defecto que resuelva la Reposición, por alguno los siguientes medios:
1.- Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, enviándolo por oficio o entregándolo directamente a la Unidad de Tesorería ubicada en calle Agustinas 1235, piso 2, comuna de Santiago. La Unidad de Tesorería extenderá el respectivo recibo de ingresos.
2.- Emisión de cheque, en los mismos términos del número anterior, pudiendo proceder a depositar el documento en la cuenta corriente número 9003100 de Banco Estado, realizando el respectivo endoso al reverso, enviando copia del respectivo comprobante a la Unidad de Tesorería, ubicada en calle Agustinas 1235, piso 6, comuna de Santiago.
3.- Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto dos, invocando el RUT del Servicio, 61.980.170-9 e informando al correo electrónico tesoreria@senda.gob.cl.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de SENDA de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
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Término Anticipado. |
SENDA pondrá término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que acaeciere alguna de las siguientes circunstancias:
a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b) Si el Contratista fuere declarado en quiebra o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Si se disolviere la sociedad contratista.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por todo incumplimiento grave, debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por el Contratista, siempre y cuando ello no se deba a caso fortuito o fuerza mayor.
f) Si el Contratista que al momento de contratar registraba saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años o no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato.
g) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento, o su contenido, ya sea al momento de la suscripción del contrato o durante la ejecución de los servicios. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponder.
h) Si las multas cursadas al contratista alcanzaren la magnitud equivalente al 30% del valor del contrato.
En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, SENDA pondrá anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
Procedimiento de término anticipado de contrato:
a) El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que constituyen la causal de término que se ha detectado y los antecedentes que dan cuenta de ello.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento se realizarán mediante carta certificada dirigida al domicilio registrado en su contrato, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de recibida la carta en la oficina de Correos correspondiente.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la causal, o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrá por acreditada la causal de término anticipado dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, la jefatura Superior del Servicio dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos. De lo resuelto, se dictará el correspondiente acto administrativo.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante la jefatura Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la causal quedará firme.
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Entrega de los Productos o Servicios |
El proveedor adjudicado, deberá comenzar a prestar los servicios dentro de los plazos ofertados, según el evento que se requerida, desde suscrito la total tramitación del contrato señalado en el punto 8.4 de las presentes Bases de Licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, el oferente podrá iniciar la ejecución de los servicios objeto de las presentes bases técnicas, sin esperar la total tramitación del contrato respectivo.
La coordinación de entrega y recepción conforme de los servicios deberán efectuarse en coordinación con la contraparte técnica, a saber, con la Unidad Regional de Administración y Finanzas, siendo la Jefatura, doña Claudia Cisterna Saldías, fono: 452212220, mail ccisternas@senda.gb.cl
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Forma de Pago |
El precio será el valor de la propuesta económica del adjudicatario con impuestos incluidos. El pago por los servicios será por el valor de cada reparación previa autorización por escrito de los presupuestos.
Se pagarán en moneda nacional, contra presentación de la respectiva factura o boleta, pagadera en un plazo máximo de 30 días, previa visación del respectivo documento tributario por la Unidad Regional de Administración y Finanzas de SENDA.
En forma conjunta con la entrega de cada factura o boleta mensual, el prestador del servicio deberá presentar:
i. Fotocopia de las liquidaciones de sueldo, firmadas por los trabajadores que prestaron el servicio a SENDA, del mes anterior al que se está pagando. (No se exigirá esta obligación en caso que el prestador del servicio sea una persona natural que ejerza en forma personal los servicios requeridos).
ii. Certificado o comprobante de Pago de Cotizaciones previsionales y de Salud del mes anterior, de las personas que prestaron el servicio el mes anterior al que se está pagando. (No se exigirá esta obligación en caso que el prestador del servicio sea una persona natural que ejerza en forma personal los servicios requeridos).
El documento tributario correspondiente deberá extenderse a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT N° 61.980.170-9, dirección Agustinas N° 1235, piso 9, Santiago. Finalmente, el o los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez aceptada la orden de compra por parte del proveedor, y se haga entrega por parte del Contratista el documento tributario correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo establecido en la Ley N°19.983
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