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CAUSALES PARA DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN. |
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El SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, por
las siguientes causales:
a) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el numeral
6.1.
b) Si el oferente adjudicado no entregare en tiempo y forma los documentos señalados en el
número 6.2 y 6.4 de las presentes Bases.
c) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se desistiera de su
oferta.
d) Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro del plazo
establecido en el numeral 6.3 de las presentes Bases.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el SENDA adjudicará al Oferente
que, según el Acta de Evaluación Final, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final técnicoeconómico, si dicha oferta es conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la
licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
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READJUDICACIÓN |
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El Proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será seleccionado.
Posteriormente, se procederá a su adjudicación mediante acto administrativo fundado del SENDA,
debidamente notificada al Adjudicatario y al resto de los Oferentes, a través del Sistema de
Información de Compras Públicas. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación y
el puntaje que hayan permitido al Adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes no
adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, que se
desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el contrato respectivo,
se adjudicará al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente
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CONTRATACIÓN. |
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De conformidad con lo preceptuado en el artículo 41 número 9 del Decreto 661 en relación con el
117 del reglamento, en atención a que el monto involucrado en la presente licitación es inferior a
1000 UTM y siendo el servicio requerido de simple y objetiva especificación, no se suscribirá
contrato con el adjudicatario, bastando únicamente la emisión de la correspondiente orden de
compra, la que deberá ser aceptada por el adjudicatario dentro del plazo de 48 horas contadas
desde la fecha de envío de la misma por parte de SENDA al adjudicatario y hará las veces de
contrato para todos los efectos legales, el que se regirá estrictamente por lo dispuesto en estas
bases y supletoriamente por lo establecido en la Ley de Compras Públicas Ley N° 19.886 y su
reglamento.
Con todo, se hace presente que SENDA no emitirá ninguna orden de compra en tanto el
adjudicatario no haga entrega de la documentación exigida en el número 6.2 del acápite I de
estas bases.
El Adjudicado deberá acompañar la documentación requerida en el número 6.2 del acápite I de
estas bases, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la fecha en que sea
informada la adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl .
Si el adjudicado no acompañara dicha documentación en el plazo señalado o no aceptará la
respectiva orden de compra dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal
caso el SENDA, a menos que el retraso se deba a una causa imputable a SENDA, adjudicará al
Oferente que, según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final o
declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
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INHABILIDADES PARA PARA FORMALIZAR LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA |
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No podrá formalizarse la emisión de la orden de compra respecto de los oferentes que presenten
alguna de las siguientes inhabilidades:
a) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso primero, ni
tampoco en el artículo 35 quater, todos de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios
b) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del SENDA o que estén unidas a
ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
c) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del SENDA o
las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del
artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por acciones o
anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas
abiertas en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni
con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades
antedichas.
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NO PODRÁN PARTICIPAR. |
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Quedarán excluidos quienes se encuentren afectos a la prohibición de contratar, contenida en el
artículo 4° de la Ley N° 19.886. Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración
jurada disponible de forma digital en el portal de mercado público. Sin perjuicio de lo anterior, el
Servicio Nacional revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o
desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
Así mismo, el artículo 35 quáter de la norma citada, regula los conflictos de interés, ampliando a
todos los funcionarios y funcionarias de SENDA, la imposibilidad de vender bienes y servicios a los
organismos en que trabajen, extendiéndose esa inhabilidad a sus cónyuges o convivientes civiles,
parientes y sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios finales. Dicha prohibición se
extiende mientras ocupen sus cargos y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones
en el organismo.
Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración jurada contenida en el Anexo
N°1 (A, B y C, según corresponda) del Acápite III de las presentes bases.
Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias condenatorias por
prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
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DURACIÓN Y VIGENCIA |
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El período de ejecución es a contar de la aceptación de la OC Y hasta agotar el presupuesto
disponible para este proceso licitatorio.
Sin perjuicio de lo anterior, el oferente podrá iniciar la ejecución de los servicios objeto de las
presentes bases técnicas, sin esperar la total tramitación del acto administrativo. Se deja expresa
constancia que no será realizado pago alguno hasta que se encuentre totalmente tramitada la
resolución correspondiente.
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DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS |
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El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
“SENDA” requiere contratar, mediante la modalidad de contrato de suministros, el Servicio de
suministro de producción, organización, gestión de Jornadas de Capacitación de la Dirección
Regional de SENDA Atacama.
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INFORMACIÓN GENERAL |
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La propuesta tendrá validez por un período de 120 días corridos. Dicho plazo se contará a partir
de la fecha de cierre de la presente licitación. La oferta cuyo período de validez sea menor que la
requerida será rechazada por SENDA, no siendo objeto de evaluación.
Los gastos en que incurran los oferentes como consecuencia de la presentación de sus ofertas
serán de su cargo, sin derecho a reembolso de ninguna especie.
Ante cualquier discordancia u omisión que se verifique entre las presentes Bases y el formulario
publicado en el Portal www.mercadopublico.cl primará lo señalado en el presente instrumento.
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FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes Bases en el portal
www.mercadopublico.cl hasta el décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación del
llamado a licitación en el portal Mercado Público.
Con todo, en caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl,
o en caso de la concurrencia de alguna de las causales del artículo 115 N° 3 del Decreto Supremo
Nº 661 (Procesos de compra fuera del Sistema de Información), de Hacienda, de 2004,
excepcionalmente las ofertas podrán ser recepcionadas en soporte papel, en un sobre
debidamente cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235
piso 7, Santiago Centro o mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link:
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal y dentro del
plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del
mismo modo, los Proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas
una vez presentadas.
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