Licitación ID: 673721-1-LE24
Servicio cafetería jornadas capacitación SENDA RM
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL PARA LA PREVENCION Y REHABILITACION DEL CONSUMO DE D, SENDA-DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Servicios de catering 1 Unidad
Cod: 90101603
servicio de suministro de servicios de banquetería – cafetería para jornadas de capacitación, de la Dirección Regional de SENDA Metropolitana  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio cafetería jornadas capacitación SENDA RM
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, “SENDA” requiere contratar, mediante la modalidad de contrato de suministros, el servicio de suministro de servicios de banquetería – cafetería para jornadas de capacitación, de la Dirección Regional de SENDA Metropolitana, por un período de 10 meses o hasta agotar el presupuesto disponible.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL PARA LA PREVENCION Y REHABILITACION DEL CONSUMO DE D
Unidad de compra:
SENDA-DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA
R.U.T.:
61.980.170-9
Dirección:
Agustinas 1235, piso 9, Santiago
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-03-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 27-02-2024 16:13:38
Fecha inicio de preguntas: 27-02-2024 17:00:00
Fecha final de preguntas: 01-03-2024 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-03-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-03-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-03-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 16-04-2024 6:27:57
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán ingresar como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación, un anexo de identificación del oferente (Anexo N°2) y, además, la declaración jurada del Anexo N° 1, (letra A, B, o C según sea el caso), del título III de estas bases. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, además deberá acompañar el instrumento público o privado en el que deberá constar, a lo menos, la solidaridad entre partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y el nombramiento de un representante o apoderado común, con poderes suficientes. La falta o no presentación del referido documento, importará la declaración de inadmisibilidad de la respectiva oferta. En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl , deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
Documentos Técnicos
1.- La propuesta técnica deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación. La propuesta técnica deberá cumplir con todos los requisitos y especificaciones indicadas en las presentes bases, de lo contrario la propuesta quedará fuera de la presente licitación, siendo su oferta declarada inadmisible por no cumplir con un requisito establecido en las presentes bases y no será objeto de evaluación. La propuesta técnica deberá contener lo siguiente: a) El oferente deberá adjuntar el Anexo N°2 y podrá incorporar una breve presentación de la trayectoria de la empresa que realiza la propuesta. b) Tiempo de elaboración de cotización formal desde que la contraparte técnica realice la solicitud de cotización de servicio de banquetearía. Ver Anexo N°5. c) Se deberá presentar un plan de trabajo que indique los procedimientos a seguir en la producción, organización e implementación de los eventos, en coordinación con SENDA y plazos de ejecución de las actividades. d) Se debe incorporar el listado de eventos realizados por el oferente. Para ello, el oferente dispondrá del Anexo N°4.
 
Documentos Económicos
1.- La oferta económica deberá ingresarse en el Anexo N°3 como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados, serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato. No se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado con posterioridad a la Propuesta o durante su cumplimiento. La propuesta económica deberá contener las siguientes especificaciones: Para la ejecución del servicio que por medio de las presentes bases se licita, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ha dispuesto un monto máximo de $ 10.164.000. (diez Millones, ciento sesenta y cuatro mil pesos), impuestos incluidos. Los oferentes que no presenten propuesta económica, o bien presentándola, ésta no cumpla con lo señalado en las presentes Bases, quedarán fuera del presente proceso de licitación y, por consiguiente, sus propuestas no serán objeto de evaluación, y deberán ser declaradas inadmisibles. Se deja expresa constancia que, es responsabilidad exclusiva del oferente, considerar dentro del monto bruto máximo ofertado, los eventuales impuestos a los que pudiera verse afecto, a la luz de las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420 y todo otro eventual hecho gravado que pudiera estar considerado en virtud de los servicios licitados. Importante destacar:  Para los servicios de Coffee se fija como valor máximo por persona $ 6.000.- impuestos incluidos por persona.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Propuesta Económica De acuerdo a N°4.3 de bases de licitación 40%
2 Propuesta Técnica De acuerdo a N°4.3 de bases de licitación 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 10 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería
e-mail de responsable de pago: tesoreria@senda.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Carla Muñoz Poblete
e-mail de responsable de contrato: cmunoz@senda.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-5100917-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS
Previo a la evaluación de las Ofertas Técnica y Económica, la División Jurídica de SENDA revisará que los oferentes hayan dado cumplimiento a la entrega de la declaración jurada del Anexo 1, emitiendo un informe que dé cuenta de ello. Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo y examinará, asimismo, si los oferentes hubieren sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal. En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener todas las menciones indicadas en el inciso primero del artículo 67 bis del Decreto Supremo Nº250, de Hacienda, de 2004. En este contexto, en caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, este Servicio examinará que ella hubiere presentado el documento en el cual se formaliza la Unión Temporal de Proveedores, donde deberá estipularse, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión Temporal de Proveedores, dentro del plazo de 5 días hábiles, a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
COMISIÓN EVALUADORA
La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión Evaluadora, la que analizará los antecedentes y las ofertas presentadas. La Comisión Evaluadora estará integrada por:  La encargada de la Unidad Regional de Integración Social y Oportunidades o por quien ésta designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, O.I.R.S. de SENDA.  La encargada de la Unidad de Administración y Finanzas, o por quien ésta designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, O.I.R.S. de SENDA.  El Director de la Dirección Regional Metropolitana de SENDA, o a quien se designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, O.I.R.S. de SENDA. En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan funciones en el Servicio Nacional. Serán funciones de la comisión evaluadora, las siguientes: 1) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el acta. 2) Evaluar las Ofertas Técnicas y económicas presentadas. 3) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá solicitarse la información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl 4) Elaborar un Acta Final de Evaluación en la que se dejará constancia, de lo siguiente:  Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 12  Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.  La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio  La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.  La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
ACLARACIONES, ERRORES U OMISIONES
Una vez realizada la apertura de las ofertas, SENDA, podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión de su oferta, así como que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás proponentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a través del portal www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, el oferente dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
EVALUACIÓN
La nota final será la que resulte de la suma de las notas obtenidas en la evaluación técnica y económica, ponderadas de acuerdo a los porcentajes que se indican en estas bases (60% evaluación técnica; 40% evaluación económica). El oferente que obtenga la más alta calificación será quien se adjudique la presente licitación. Con todo, no resultará adjudicada la propuesta que presente una nota final inferior al 40%.
MECANISMO PARA DIRIMIR EMPATES
En caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica: 1) Primeramente, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la evaluación de la propuesta técnica. 2) A posterior, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la evaluación de la “propuesta económica “. 3) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio “tiempo de elaboración de cotización”. 4) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio “cantidad de eventos realizados por el oferente”. 5) De subsistir el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem “contratación pública inclusiva”. 6) Finalmente, si aplicados todos los criterios anteriores se mantuviere el empate, será adjudicada al primero que haya presentado su oferta en el portal.
RECHAZO DE LAS OFERTAS
SENDA declarará inadmisibles las Ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del SENDA. En cualquiera de dichos casos, la declaración deberá realizarse mediante acto administrativo fundado.
ADJUDICACIÓN
La adjudicación se realizará dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cierre de recepción de ofertas informado a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica la presente licitación. Se entiende que presentó la mejor propuesta quien obtenga la nota final más alta entre los oferentes, según los criterios de evaluación señalados en el número 4.3 de estas bases de Licitación. Sin perjuicio de lo anterior, SENDA, a través de acto administrativo fundado, totalmente tramitado, podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, sus fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl. La adjudicación de la presente licitación pública se hará a través del correspondiente acto administrativo y será publicado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica la presente licitación, una vez que el mismo se encuentre totalmente tramitado.
SELECCIÓN DEL ADJUDICADO Y READJUDICACIÓN
El proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será seleccionado. Para estos efectos, se procederá a la adjudicación mediante acto administrativo fundado del SENDA, debidamente notificado al Adjudicatario y al resto de los Oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación y el puntaje que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl. En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el contrato respectivo, se adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses del SENDA, o en su defecto, se declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado
CAUSALES PARA DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓ
SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, por las siguientes causales: 1) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el numeral 6.1. 2) Si el oferente adjudicado no entregare en tiempo y forma los documentos señalados en el número 6.2 de las presentes Bases. 3) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se desistiera de su oferta. 4) Si el oferente adjudicado se negare a aceptar la orden de compra dentro del plazo de 48 horas establecido en el punto 6. De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, SENDA adjudicará al oferente que, según el Acta de Evaluación Final, hubiere obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado
READJUDICACIÓN
El proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será seleccionado. Posteriormente, se procederá a su adjudicación mediante acto administrativo fundado de SENDA, debidamente notificada al adjudicado y al resto de los oferentes, a través del sistema de información de compras públicas. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación y el puntaje que hayan permitido al adjudicado obtener la calificación de oferta más conveniente. La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl. En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, que se desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el contrato respectivo, se adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses del SENDA, o bien se declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
CONTRATACIÓN
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886, en atención a que el monto involucrado en la presente licitación es inferior a 1.000 UTM y siendo el servicio requerido de simple y objetiva especificación, no se suscribirá contrato con el adjudicatario, bastando únicamente la emisión de la correspondiente orden de compra, la que deberá ser aceptada por el adjudicado dentro del plazo de 48 horas contadas desde la fecha de envío de la misma por parte de SENDA y hará las veces de contrato para todos los efectos legales, el que se regirá estrictamente por lo dispuesto en estas bases y supletoriamente por lo establecido en la Ley de Compras Públicas Ley N° 19.886 y su reglamento. Con todo, se hace presente que SENDA no emitirá ninguna orden de compra en tanto el adjudicado no haga entrega de la documentación exigida en el número 6.2 del acápite I de estas bases.
INHABILIDADES PARA FORMALIZAR LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
No podrá formalizarse la emisión de la orden de compra respecto de los oferentes que presenten alguna de las siguientes inhabilidades: 1) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del SENDA o que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, ley orgánica constitucional de bases generales de la administración del Estado. 2) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del SENDA o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. 3) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. 4) Haber sido condenado por el Tribunal de defensa de la libre competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto ley N° 211, de 1973. Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, el SENDA adjudicará la licitación, al Oferente que según el acta de evaluación final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA EMITIR LA ORDEN DE COMPRA
Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar dentro del plazo máximo de 5 días corridos contados desde la fecha en que sea informada la adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl la documentación que  se indica en el N°6.2 de las bases de licitación, para los efectos de emitir la respectiva Orden de Compra.
FACTURACIÓN
El valor de cada estado de pago se facturará a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT Nº61.980.170-9, con domicilio en Agustinas 1235 piso 9, comuna de Santiago. El Servicio Nacional podrá reclamar del contenido de la factura de acuerdo a las disposiciones contenidas en la Ley 19.983. Lo anterior, dentro del plazo de ocho días corridos desde su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro medio fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
EL PRECIO Y EL PAGO
El servicio se pagará contra la realización efectiva de cada prestación, previa entrega por parte del oferente de la correspondiente boleta o factura extendida a nombre del Servicio Nacional para la prevención y rehabilitación del consumo de drogas y alcohol, RUT N°61.980.170-9, debidamente visada por el o la encargada regional de capacitación y formación, dentro de los 30 días hábiles desde que sea recibida. Si la cotización es aceptada por la encargada regional, se le informará al proveedor para que éste comience con su trabajo.
RECEPCIÓN CONFORME
En forma conjunta con la entrega de cada factura o boleta, el prestador del servicio deberá presentar: Los documentos de cobro (factura o boleta mensual) deberán extenderse a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT N°61.980.170-9, dirección Agustinas N°1235, piso 2, Santiago. El documento respectivo deberá ser enviado a la casilla de correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com Finalmente, el o los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez aceptada la orden de compra por parte del proveedor, y se haga entrega por parte del proveedor adjudicado el documento tributario correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, SENDA, de acuerdo a lo establecido en la ley Nº19.983. podrá reclamar en contra del contenido de la factura, lo anterior, dentro del plazo de 8 días corridos desde su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro medio fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
EFECTOS DERIVADOS DE INCUMPLIMIENTOS
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, a través de su contraparte técnica, llevará un registro de los atrasos y multas imputables al adjudicatario. Las multas que procedan serán aplicables según el cuadro del N°7.1
Procedimiento de aplicación de multas:
SENDA, o a quien ésta designe, notificará por escrito al proveedor los hechos y circunstancias que constituyen la falta que se ha detectado, los antecedentes que dan cuenta de ello y la multa a la que da lugar la infracción. Las notificaciones que se efectúen al proveedor en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante correo electrónico registrado en su contrato, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de recibida la carta en la oficina de Correos correspondiente. El proveedor dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio. Si el proveedor no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las multas que correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente. De lo resuelto, se notificará al contratista por carta certificada. El proveedor podrá, entre otros recursos establecidos en la Ley N°19.880, presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme. El proveedor podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de aplicación de multa o en su defecto que resuelva la Reposición, por cualquiera de los siguientes medios:  Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio Nacional para la prevención y rehabilitación del consumo de drogas y alcohol, enviándolo por oficio o entregándolo directamente a la Unidad de Tesorería ubicada en calle Agustinas 1235, piso 2, comuna de Santiago. La Unidad de Tesorería extenderá el respectivo recibo de ingresos.  Emisión de cheque, en los mismos términos del número anterior, pudiendo proceder a depositar el documento en la cuenta corriente número 9003100 de Banco Estado, realizando el respectivo endoso al reverso, enviando copia del respectivo comprobante a la Unidad de Tesorería, ubicada en calle Agustinas 1235, piso 9, comuna de Santiago.  Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto dos, invocando el RUT del Servicio, 61.980.170-9 e informando al correo electrónico tesoreria@senda.gob.cl. Si el proveedor no pagara la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará facultado para dar termino anticipado al contrato.
TÉRMINO ANTICIPADO DE LA ORDEN DE COMPRA
SENDA pondrá término a la orden de compra, por acto administrativo fundado, en el evento que acaeciere alguna de las siguientes circunstancias: 1) Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes. 2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. 3) Reorganización o liquidación concursal del contratante, a menos que se caucione suficientemente un eventual incumplimiento contractual. 4) Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra o fallecimiento del contratante en caso de persona natural. 5) Por causa de interés público. 6) Por exigirlo la seguridad nacional o el interés público. 7) Por incumplimiento grave de las obligaciones que emanan del contrato, debidamente calificado, siempre y cuando ello no se deba acaso fortuito o fuerza mayor. Entre otras hipótesis de igual magnitud, se entenderá por un incumplimiento grave lo siguiente cuando las multas aplicadas al proveedor son equivalentes al 10% del valor del precio total de la orden de compra. 8) Si el proveedor al momento de adjudicar registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos dos años no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato. 9) Si se constata que el proveedor presentó o adulteró algún tipo de documento, o su contenido, ya sea al momento de la suscripción del contrato o durante la ejecución de los servicios. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponder. La resolución que disponga el término anticipado de la orden de compra definitivo o su modificación, deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público, a más tardar, dentro de las 24 horas de totalmente tramitada. En el periodo que transcurra entre la notificación del término anticipado de la orden de compra y la nueva adjudicación del Servicio, el proveedor estará obligado a prestar el servicio adquirido Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol puede ejercer para exigir la correspondiente indemnización de los perjuicios. Procedimiento de término anticipado de la contratación: SENDA, o a quien esta designe, notificará por escrito al proveedor los hechos y circunstancias que constituyen la causal de término que se ha detectado y los antecedentes que dan cuenta de ello. Las notificaciones que se efectúen al proveedor en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante correo electrónico registrado en su contrato, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de recibida la carta en la oficina de Correos correspondiente. El proveedor dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la causal, o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio. Si el proveedor no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditada la causal de término anticipado dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos. De lo resuelto, se dictará el correspondiente acto administrativo. El proveedor podrá entre otros recursos establecidos en la Ley N°19.880, presentar recurso de reposición ante la jefatura superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la 29 recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, el término quedará firme.