Licitación ID: 675836-1-LE23
Servicio de Mantención del Sistema de Alarmas
Responsable de esta licitación: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, TOP de Arica
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 23
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Mantenimiento de alarmas 1 Unidad
Cod: 92121701
Servicio de Mantención del Sistema de Alarmas de Incendio e Intrusión en el Edificio de la Reforma Procesal Penal de Arica  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Mantención del Sistema de Alarmas
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Servicio de Mantención anual del Sistema de Alarmas de Incendio e Intrusión en el Edificio de la Reforma Procesal Penal de Arica por tres años.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica
Unidad de compra:
TOP de Arica
R.U.T.:
61.960.600-0
Dirección:
Gerenal Lagos N° 766 - 4° piso
Comuna:
Arica
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-03-2023 17:00:00
Fecha de Publicación: 08-03-2023 12:36:28
Fecha inicio de preguntas: 08-03-2023 13:30:00
Fecha final de preguntas: 15-03-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-03-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-03-2023 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-03-2023 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 17-04-2023 13:39:07
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA 13-03-2023 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Bases Administrativas
2.- Anexo Complementario y otros Anexos
Documentos Técnicos
1.- Bases Técnicos
 
Documentos Económicos
1.- Formulario 6-A (oferta económica)
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia en Contratos similares Se evaluará de acuerdo al Formulario N° 5-A y sus respaldos, solicitados en el punto número 16.2.1 de las presentes bases administrativas y Anexo Complementario. Porcentaje correspondeal 18% de la suma total de los criterios de evaluación. 18%
2 Calificación de la oferta económica Se evaluará el monto total ofertado según formulario N° 6, señalado en el punto número 16.3 y 22.2 de las bases administrativas y Anexo Complementario. Porcentaje corresponde al 51% de la suma total de los criterios de evaluación. 51%
3 Contratos vigentes Refiérase a lo que indica el punto 22.3.1 de las bases administrativas y al punto BA-22 22.3.2 del anexo complementario. Porcentaje corresponde al 1% de la suma total de los criterios de evaluación. 1%
4 Monto concentración Refiérase a lo que indica el punto 22.3.2 de las bases administrativas y al punto BA-22 22.3.2 del anexo complementario. Porcentaje corresponde al 1% de la suma total de los criterios de evaluación. 1%
5 Cumplimiento de requisitos formales Refiérase a lo que indica el punto 22.4.1 de las bases administrativas y al punto BA-22 22.4.1 del anexo complementario. Porcentaje corresponde al 2% de la suma total de los criterios de evaluación. 2%
6 Experiencia del personal responsable del contrato Se evaluará de acuerdo a los antecedentes solicitados en el Formulario N° 5-C y sus respaldos, señalados en el punto número 16.2.3, de las bases administrativas y Anexo Complementario. Porcentaje corresponde al 27% de la suma total de los criterios de evaluación. 27%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones U.F.
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: PEDRO GÓMEZ PALZA
e-mail de responsable de pago: PGOMEZ@PJUD.CL
Nombre de responsable de contrato: PEDRO GÓMEZ PALZA
e-mail de responsable de contrato: PGOMEZ@PJUD.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-58-223250-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Refiérase a lo que indica el punto 33 de las bases administrativas.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL
Fecha de vencimiento: 23-07-2026
Monto: 10 %
Descripción: Refiérase a lo que indica el punto 30 de las bases administrativas y al punto BA-22 30 del anexo complementario.
Glosa: Refiérase a lo que indica el punto 30 de las bases administrativas y al punto BA-22 30 del anexo complementario.
Forma y oportunidad de restitución: Refiérase a lo que indica el punto 30 de las bases administrativas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Unidad Judicial definida, podrá readjudicar la licitación, al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: a Si el adjudicatario rechaza o no acepta la orden de compra dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde que es requerida su aceptación. b Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario. c Si el adjudicatario no entrega, en el plazo estipulado, los antecedentes señalados en el punto 29 de estas bases. d Si el adjudicatario se desiste de su oferta. e Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley N° 19.886, o de los artículos 8 y 10 de la Ley N° 20.393, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. f Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo indicado. g Si se constata por cualquier medio fehaciente que el adjudicatario presentó en su oferta información falsa, adulterada u ocultó información relevante para la ejecución del contrato. h Uno de los integrantes de la UTP adjudicada se retira de ésta, y los antecedentes de dicho integrante fueron considerados en uno más de los criterios de la evaluación de la oferta. i Retiro de uno o más integrantes de la UTP adjudicada y el número de sus integrantes de la UTP disminuya de dos. La Unidad Judicial definida, podrá ejercer esta facultad sucesivamente hasta el tercer oferente mejor evaluado, sin perjuicio de la facultad de declarar desierto el proceso, en caso que las ofertas no sean conveniente a sus intereses
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá según se indica en el punto número 23 de las Bases Administrativas:
Se aplicarán las siguientes reglas, según el orden de prelación que se indica, pudiendo pasar a la siguiente regla, sólo si persiste el empate:
1. La oferta con mayor puntaje en su oferta económica.
2. La oferta con un mayor puntaje en el criterio oferta técnica.
3. La oferta que obtenga el mayor puntaje en el subcriterio de la oferta técnica de mayor ponderación.
De mantenerse el empate la Unidad Judicial definida en el Anexo Complementario, resolverá sobre cualquier otro criterio o subcriterio de evaluación que permita dirimir fundadamente la adjudicación y que se estime prioritario para la Corporación
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Refiérase a lo que indica el punto 20 de las Bases Administrativas.
Documentos de la Licitación
Refiérase a lo que indica el punto 5 de las bases administrativas: Formarán parte de esta licitación y serán complementarios entre sí: las Bases Administrativas, Anexo Complementario, sus formularios, las bases técnicas y sus anexos, las aclaraciones y modificaciones a las Bases Administrativas entregadas por la Corporación, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes, las respuestas a las consultas de los oferentes y cualquier otro documento que sea entregado para efectos de este proceso por medio del portal de compras públicas.
Aceptación de las Bases
Refiérase a lo que indica el punto 6 de las bases administrativas: Las Bases Administrativas, su anexo complementario, bases técnicas y sus anexos, como asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los participantes y por el adjudicatario y, para todos los efectos legales, serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Corporación Administrativa del Poder Judicial. La sola presentación de ofertas constituye aceptación para todos los efectos legales.
Letreros, avisos y publicidad
Refiérase a lo que indica el punto 9 de las bases administrativas: El oferente que se adjudique la licitación, no podrá instalar letreros, avisos o tomar fotografías de carácter comercial en terreno, sin la autorización escrita de la Corporación. Sólo si existe aprobación previa y escrita de la Corporación, podrán efectuarse publicaciones, avisos de publicidad o propaganda que incluyan temas, materiales o motivos directa o indirectamente relacionados con esta licitación, ya sea por medios escritos, televisivos u otros.
Comunicación con la Corporación
Refiérase a lo que indica el punto 10 de las bases administrativas: Toda comunicación durante el proceso de licitación deberá ser hecha a través del portal www.mercadopublico.cl, por tanto, queda prohibido a los proponentes, subcontratistas, su personal directo o indirecto, establecer contactos formales o informales con funcionarios de la Corporación para fines relacionados con esta licitación, salvo los contemplados en estas bases. Asimismo queda prohibido a los oferentes efectuar durante el proceso de licitación o ejecución del contrato, las siguientes conductas: a) Ofrecer, prometer, entregar, recibir o solicitar bienes o valores con el fin de influir en la actuación de un funcionario o asesor de la Corporación en relación con la presente licitación. b) Tergiversar los hechos con el fin de influenciar el proceso de licitación, presentar información falsa o adulterada, ejecutar prácticas colusorias entre oferentes (antes o después de la presentación de las ofertas) con el fin de establecer precios de ofertas a niveles artificiales, no competitivos. La contravención del presente numeral, comprobada por cualquier medio fehaciente, facultará a la Corporación para declarar inadmisible la oferta, dejar sin efecto la adjudicación o poner término anticipado al contrato, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que procedan.
Consultas, respuestas y aclaraciones
Refiérase a lo que indica el punto 11 de las bases administrativas: Los oferentes podrán formular consultas a las bases a través del foro que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado en el calendario de la licitación detallado en el Anexo Complementario. No se aceptarán ni se responderán consultas planteadas por un conducto diferente, o fuera del plazo señalado. Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el portal, la Corporación podrá efectuar de oficio aclaraciones a las bases, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido. En ningún caso, se podrán formular aclaraciones con posterioridad a la fecha consignada en el calendario de la licitación. Para todos los efectos legales, las respuestas y aclaraciones se entenderán que formarán parte integrante de las bases administrativas de esta licitación.
Enmienda a las Bases de Licitación
Refiérase a lo que indica el punto 12 de las bases administrativas: Hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la Corporación podrá modificar por resolución fundada las presentes bases. Las enmiendas pasarán a ser parte integrante de estas bases para todos los efectos, serán publicadas en el portal www.mercadopúblico.cl yse considerará un plazo prudencial a fin de que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas.
Tipo de soporte de documentos
Refiérase a lo que indica el punto 13 de las bases administrativas: Todos los documentos requeridos en las presentes Bases, deberán ser presentados en soporte digital o electrónico, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones, en adelante Mercado Público (www.mercadopublico.cl). Sin embargo, el soporte de papel sólo podrá ser utilizado en los casos de excepción establecidos en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, y de acuerdo con lo previsto en las presentes Bases.
Plazos
Refiérase a lo que indica el punto 14 de las bases administrativas: Los plazos de días establecidos en las presentes bases son de días corridos, a excepción de aquellos que expresamente se han consignado como hábiles. Los plazos que se cumplieren en día inhábil, se prorrogarán al día hábil siguiente. Se considerarán inhábiles los sábados, domingos y festivos.
Antecedentes que deben presentar los Oferentes
Refiérase a lo que indica el punto 16 de las bases administrativas.
De la Presentación de las Ofertas
Refiérase a lo que indica el punto 17 de las bases administrativas: Las ofertas técnicas y económicas deberán ser presentadas a través del sistema de información, www.mercadopublico.cl antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas indicada en el portal, salvo en las situaciones previstas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886.
De la Apertura de las Ofertas
Refiérase a lo que indica el punto 18 de las bases administrativas.
Periodo de la vigencia de la oferta
Refiérase a lo que indica el punto 19 de las bases administrativas.
Aclaraciones o Solicitud de Antecedentes en el proceso de evaluación
Refiérase a lo que indica el punto 20 de las bases administrativas.
Evaluación de las Ofertas
Refiérase a lo que indica el punto 21 de las bases administrativas.
Criterios de Evaluación
Refiérase a lo que indica el punto 22 de las bases administrativas y punto BA-22 del anexo complementario.
Adjudicación de la Licitación
Refiérase a lo que indica el punto 24 de las bases administrativas.
Licitación declarada Desierta
Refiérase a lo que indica el punto 25 de las bases administrativas: De acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 19.886, la Corporación declarará desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando presentándose, éstas no resulten convenientes a sus intereses. Esta declaración se hará mediante resolución fundada.
De la facultad de Readjudicar
Refiérase a lo que indica el punto 26 de las bases administrativas.
Requisito para Contratar
Refiérase a lo que indica el punto 28 de las bases administrativas.
Del Contrato
Refiérase a lo que indica el punto 29 de las bases administrativas.
Vigencia y duración del Contrato
Refiérase a lo que indica el punto 31 de las bases administrativas.
Del Precio y forma de pago
Refiérase a lo que indica el punto 32 de las bases administrativas.
Supervisor del Contrato
Refiérase a lo que indica el punto 34 de las bases administrativas: El adjudicatario deberá nombrar a un Supervisor del contrato, quien tendrá a su cargo resolver en terreno sobre los asuntos administrativos y operativos propios del contrato, que se presenten durante su ejecución. El Supervisor será, asimismo, quien se relacionará con la Unidad Judicial requirente definida en el anexo complementario, para todos los efectos que digan relación con la ejecución práctica del contrato. Los acuerdos que adopten el Supervisor y la Unidad Judicial requirente definida en el anexo complementario, al respecto, deberán constar en actas firmadas por ambos.
Multas
Refiérase a lo que indica el punto 36 de las bases administrativas.
Terminación del Contrato
Refiérase a lo que indica el punto 37 de las bases administrativas.
Modificaciones al Contrato
Refiérase a lo que indica el punto 39 de las bases administrativas: La Corporación Administrativa podrá aumentar o disminuir unilateralmente las partidas del contrato, en un porcentaje que no podrá exceder del treinta por ciento del monto del contrato, manteniendo vigentes sus demás condiciones y términos. En caso de aumento, el adjudicatario deberá presentar una garantía equivalente al 10% del valor anual del aumento en los mismos términos y condiciones señaladas en el numeral 28 de las presentes bases cuya glosa deberá señalar: “Para garantizar el fiel cumplimiento del aumento de contrato identificado como: [Indicar ID de la licitación]”. Lo anterior, se entiende sin perjuicio de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Las partes suscribirán un contrato en que se dejará constancia del aumento señalado. Se prevé, adicionalmente, que el contrato podrá ser modificado en aspectos no esenciales tales como modalidad de pago, lugar de entrega, horarios de entrega, distribución, u otras que no afecten la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y CONDICIONES QUE AFECTAN AL CONTRATO/ORDEN DE COMPRA
Refiérase a lo que indica el punto 41 de las bases administrativas.
Fraude o Corrupción
Refiérase a lo que indica el punto 42 de las bases administrativas.