Licitación ID: 675836-3-LE23
Servicio de Mantención Sistemas de Climatización
Responsable de esta licitación: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, TOP de Arica
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 22
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Servicios de reparación, mantenimiento o reparación de aire acondicionado 1 Unidad
Cod: 72102305
MANTENIMIENTO TRIMESTRAL PARA LOS SISTEMAS DE CLIMATIZACIÓN INSTALADOS EN EL EDIFICIO DE LA REFORMA PROCESAL PENAL DE ARICA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Mantención Sistemas de Climatización
Estado:
Adjudicada
Descripción:
MANTENIMIENTO TRIMESTRAL PARA LOS SISTEMAS DE CLIMATIZACIÓN INSTALADOS EN EL EDIFICIO DE LA REFORMA PROCESAL PENAL DE ARICA
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica
Unidad de compra:
TOP de Arica
R.U.T.:
61.960.600-0
Dirección:
Gerenal Lagos N° 766 - 4° piso
Comuna:
Arica
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-03-2023 17:00:00
Fecha de Publicación: 09-03-2023 15:25:12
Fecha inicio de preguntas: 09-03-2023 18:31:00
Fecha final de preguntas: 16-03-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-03-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-03-2023 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-03-2023 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 25-05-2023 15:54:28
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA. CALLE GENERAL LAGOS NRO 766. 4TO PISO. ARICA, (TOLERANCIA DE ATRASO, 5 MIN.) 14-03-2023 13:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Bases Administrativas
2.- Anexo Complementario y otros Anexos.
Documentos Técnicos
1.- Bases Técnicas
 
Documentos Económicos
1.- Formulario N° 6 (Oferta economica)
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterio de formalidad, Cumplimiento de requisitos Los oferentes serán evaluados respecto de la presentación de los documentos según orden solicitado y el cumplimiento de la totalidad de la documentación solicitada en las presentes Bases Administrativas y Anexo Complementario. 2%
2 Experiencia del personal responsable del contrato Se evaluará de acuerdo a los antecedentes solicitados en el Formulario N° 5-C y sus respaldos, señalados en el punto número 16.2.3, de las presentes Bases Administrativas y Anexo Complementario. Porcentaje corresponde al 13% de la suma total de los criterios de evaluación. 13%
3 Calificación de la oferta económica. Se evaluará de acuerdo al monto total ofertado en el formulario N° 6 y según lo señalado en el punto número 22.2.1 de las Bases Administrativas y Anexo Complementario. 51%
4 Experiencia en Contratos similares Se evaluará de acuerdo al Formulario N° 5-A, y sus respaldos, solicitados en el punto número 16.2.1, de las presentes Bases Administrativas y Anexo Complementario. Porcentaje corresponde al 32% de la suma total de los criterios de evaluación. 32%
5 Contratos vigentes Se evaluara de acuerdo a los contratos celebrados con la Administración Zonal de Arica o Tribunales Reformados de la Jurisdicción de Arica y Parinacota, y según lo señalado en el punto número 22.3.1 de las Bases Administrativas y Anexo Complementario. 1%
6 Monto concentración, Se evaluara de acuerdo a la suma del precio de los contrato vigentes celebrados con la Administración Zonal de Arica o Tribunales Reformados de la Jurisdicción de Arica y Parinacota, y según lo señalado en el punto número 22.3.2 de las Bases Administrativas y Anexo Complementario. 1%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO BASE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones U.F.
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Pedro Gómez Palza
e-mail de responsable de pago: pgomez@pjud.cl
Nombre de responsable de contrato: Pedro Gómez Palza
e-mail de responsable de contrato: pgomez@pjud.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-58-2209250-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Refiérase a lo que indica el punto 33 de las bases administrativas.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL
Fecha de vencimiento: 30-11-2026
Monto: 10 %
Descripción: Refiérase a lo que indica el punto 30 de las bases administrativas y el punto BA-30 del anexo complementario.
Glosa: Refiérase a lo que indica el punto 30 de las bases administrativas y el punto BA-30 del anexo complementario.
Forma y oportunidad de restitución: Refiérase a lo que indica el punto 30 de las bases administrativas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Refiérase a lo que indica punto 20 de las Bases Administrativas.
Documentos de la licitación
Refiérase a lo que indica punto 5 de las Bases Administrativas. Formarán parte de esta licitación y serán complementarios entre sí: las Bases Administrativas, Anexo Complementario, sus formularios, las bases técnicas y sus anexos, las aclaraciones y modificaciones a las Bases Administrativas entregadas por la Corporación, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes, las respuestas a las consultas de los oferentes y cualquier otro documento que sea entregado para efectos de este proceso por medio del portal de compras públicas.
Aceptación de las Bases
Refiérase a lo que indica punto 6 de las Bases Administrativas. Las Bases Administrativas, su anexo complementario, bases técnicas y sus anexos, como asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los participantes y por el adjudicatario y, para todos los efectos legales, serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Corporación Administrativa del Poder Judicial. La sola presentación de ofertas constituye aceptación para todos los efectos legales.
COSTO DEL PROCESO DE LICITACIÓN
Refiérase a lo que indica punto 7 de las Bases Administrativas. Las presentes bases y los demás documentos de la licitación serán gratuitos y se encontrarán a disposición de los interesados en la página www.mercadopublico.cl Serán de cargo exclusivo de los proponentes todos los gastos y trabajos relacionados con la preparación y presentación de sus ofertas. La Corporación Administrativa no reembolsará ni indemnizará dichos gastos, cualquiera sea el resultado de la licitación.
UTILIZACIÓN DE DOCUMENTOS Y DEBER DE RESERVA
Refiérase a lo que indica punto 8 de las Bases Administrativas. Los oferentes no utilizarán estas bases de licitación y sus aclaraciones, modificaciones y/o complementaciones, si las hubiere, para una finalidad distinta que la presente licitación. Por otra parte, los oferentes que se adjudiquen la licitación deberán mantener absoluta reserva sobre todos los antecedentes que la Corporación ponga a su disposición o a los cuales tengan acceso con motivo del trabajo a que se refiere esta licitación. Los oferentes adjudicados no podrán usar dichos antecedentes, ni siquiera con fines de estudio o experimentación, sin previa autorización escrita de la Corporación. Será necesaria autorización previa y escrita de la Corporación para mencionar o describir los servicios prestados por el Oferente con fines publicitarios.
LETREROS, AVISOS Y PUBLICIDAD
Refiérase a lo que indica punto 9 de las Bases Administrativas. El oferente que se adjudique la licitación, no podrá instalar letreros, avisos o tomar fotografías de carácter comercial en terreno, sin la autorización escrita de la Corporación. Sólo si existe aprobación previa y escrita de la Corporación, podrán efectuarse publicaciones, avisos de publicidad o propaganda que incluyan temas, materiales o motivos directa o indirectamente relacionados con esta licitación, ya sea por medios escritos, televisivos u otros.
COMUNICACIÓN CON LA CORPORACIÓN
Refiérase a lo que indica punto 10 de las Bases Administrativas. Toda comunicación durante el proceso de licitación deberá ser hecha a través del portal www.mercadopublico.cl, por tanto, queda prohibido a los proponentes, subcontratistas, su personal directo o indirecto, establecer contactos formales o informales con funcionarios de la Corporación para fines relacionados con esta licitación, salvo los contemplados en estas bases. Asimismo queda prohibido a los oferentes efectuar durante el proceso de licitación o ejecución del contrato, las siguientes conductas: a) Ofrecer, prometer, entregar, recibir o solicitar bienes o valores con el fin de influir en la actuación de un funcionario o asesor de la Corporación en relación con la presente licitación. b) Tergiversar los hechos con el fin de influenciar el proceso de licitación, presentar información falsa o adulterada, ejecutar prácticas colusorias entre oferentes (antes o después de la presentación de las ofertas) con el fin de establecer precios de ofertas a niveles artificiales, no competitivos. La contravención del presente numeral, comprobada por cualquier medio fehaciente, facultará a la Corporación para declarar inadmisible la oferta, dejar sin efecto la adjudicación o poner término anticipado al contrato, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que procedan.
CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES
Refiérase a lo que indica punto 11 de las Bases Administrativas. Los oferentes podrán formular consultas a las bases a través del foro que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado en el calendario de la licitación detallado en el Anexo Complementario. No se aceptarán ni se responderán consultas planteadas por un conducto diferente, o fuera del plazo señalado. Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el portal, la Corporación podrá efectuar de oficio aclaraciones a las bases, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido. En ningún caso, se podrán formular aclaraciones con posterioridad a la fecha consignada en el calendario de la licitación. Para todos los efectos legales, las respuestas y aclaraciones se entenderán que formarán parte integrante de las bases administrativas de esta licitación.
ENMIENDA A LAS BASES DE LICITACIÓN
Refiérase a lo que indica punto 12 de las Bases Administrativas. Hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la Corporación podrá modificar por resolución fundada las presentes bases. Las enmiendas pasarán a ser parte integrante de estas bases para todos los efectos, serán publicadas en el portal www.mercadopúblico.cl y se considerará un plazo prudencial a fin de que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas.
TIPO DE SOPORTE DE DOCUMENTOS
Refiérase a lo que indica punto 13 de las Bases Administrativas. Todos los documentos requeridos en las presentes Bases, deberán ser presentados en soporte digital o electrónico, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones, en adelante Mercado Público (www.mercadopublico.cl). Sin embargo, el soporte de papel sólo podrá ser utilizado en los casos de excepción establecidos en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, y de acuerdo con lo previsto en las presentes Bases.
PLAZOS
Refiérase a lo que indica punto 14 de las Bases Administrativas. Los plazos de días establecidos en las presentes bases son de días corridos, a excepción de aquellos que expresamente se han consignado como hábiles. Los plazos que se cumplieren en día inhábil, se prorrogarán al día hábil siguiente. Se considerarán inhábiles los sábados, domingos y festivos.
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Refiérase a lo que indica punto 15 de las Bases Administrativas. Los interesados en participar deberán suscribir una declaración jurada simple, firmada por el oferente o su respectivo representante legal , en que manifiesten no estar afectos a las inhabilidades del artículo 4, incisos 1° y 6°, de la Ley N° 19.886. Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación podrá solicitar documentos u otros medios de verificación que permitan comprobar lo declarado. Estas declaraciones se encuentran en formato tipo en los anexos de los presentes Bases Administrativas y deberán acompañarse a la oferta del proponente, en la carpeta de antecedentes administrativos. Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación podrá solicitar documentos u otros medios de verificación que permitan comprobar el cumplimiento de estos requisitos.
ANTECEDENTES QUE DEBEN PRESENTAR LOS OFERENTES
Refiérase a lo que indica punto 16 de las Bases Administrativas.
DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Refiérase a lo que indica punto 17 de las Bases Administrativas. Las ofertas técnicas y económicas deberán ser presentadas a través del sistema de información, www.mercadopublico.cl antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas indicada en el portal, salvo en las situaciones previstas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886.
DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS
Refiérase a lo que indica punto 18 de las Bases Administrativas.
PERÍODO DE VIGENCIA DE LA OFERTA
Refiérase a lo que indica punto 19 de las Bases Administrativas.
ACLARACIONES O SOLICITUD DE ANTECEDENTES EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN
Refiérase a lo que indica punto 20 de las Bases Administrativas.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Refiérase a lo que indica punto 21 de las Bases Administrativas.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Refiérase a lo que indica punto 22 de las Bases Administrativas y punto 22 del Anexo Complementario.
RESOLUCIÓN DE EMPATE
Refiérase a lo que indica punto 23 de las Bases Administrativas. Para resolver un eventual empate entre oferentes, se aplicarán las siguientes reglas, según el orden de prelación que se indica, pudiendo pasar a la siguiente regla, sólo si persiste el empate: 1. La oferta con mayor puntaje en su oferta económica. 2. La oferta con un mayor puntaje en el criterio oferta técnica. 3. La oferta que obtenga el mayor puntaje en el subcriterio de la oferta técnica de mayor ponderación. De mantenerse el empate la Unidad Judicial definida en el Anexo Complementario, resolverá sobre cualquier otro criterio o subcriterio de evaluación que permita dirimir fundadamente la adjudicación y que se estime prioritario para la Corporación.
ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
Refiérase a lo que indica punto 24 de las Bases Administrativas.
LICITACIÓN DECLARADA DESIERTA
Refiérase a lo que indica punto 25 de las Bases Administrativas. De acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 19.886, la Corporación declarará desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando presentándose, éstas no resulten convenientes a sus intereses. Esta declaración se hará mediante resolución fundada.
DE LA FACULTAD DE READJUDICAR
Refiérase a lo que indica punto 26 de las Bases Administrativas.
NOTIFICACIÓN
Refiérase a lo que indica punto 27 de las Bases Administrativas. La Unidad Judicial definida, notificará la resolución de adjudicación de la licitación a través del portal www.mercadopúblico.cl, la que se entenderá realizada luego de un día hábil transcurrido desde que la Institución publique en el sistema de información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
REQUISITO PARA CONTRATAR
Refiérase a lo que indica punto 28 de las Bases Administrativas.
DEL CONTRATO
Refiérase a lo que indica punto 29 de las Bases Administrativas.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Refiérase a lo que indica punto 30 de las Bases Administrativas.
VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO
Refiérase a lo que indica punto 31 de las Bases Administrativas.
DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO
Refiérase a lo que indica punto 32 de las Bases Administrativas.
CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
Refiérase a lo que indica punto 33 de las Bases Administrativas.
SUPERVISOR DEL CONTRATO
Refiérase a lo que indica punto 34 de las Bases Administrativas. El adjudicatario deberá nombrar a un Supervisor del contrato, quien tendrá a su cargo resolver en terreno sobre los asuntos administrativos y operativos propios del contrato, que se presenten durante su ejecución. El Supervisor será, asimismo, quien se relacionará con la Unidad Judicial requirente definida en el anexo complementario, para todos los efectos que digan relación con la ejecución práctica del contrato. Los acuerdos que adopten el Supervisor y la Unidad Judicial requirente definida en el anexo complementario, al respecto, deberán constar en actas firmadas por ambos.
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL
Refiérase a lo que indica punto 35 de las Bases Administrativas.
MULTAS
Refiérase a lo que indica punto 36 de las Bases Administrativas.
TERMINACIÓN DEL CONTRATO.
Refiérase a lo que indica punto 37 de las Bases Administrativas.
CONDICIONES DEL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS
Refiérase a lo que indica punto 38 de las Bases Administrativas.
MODIFICACIONES AL CONTRATO
Refiérase a lo que indica punto 39 de las Bases Administrativas. La Corporación Administrativa podrá aumentar o disminuir unilateralmente las partidas del contrato, en un porcentaje que no podrá exceder del treinta por ciento del monto del contrato, manteniendo vigentes sus demás condiciones y términos. En caso de aumento, el adjudicatario deberá presentar una garantía equivalente al 10% del valor anual del aumento en los mismos términos y condiciones señaladas en el numeral 28 de las presentes bases cuya glosa deberá señalar: “Para garantizar el fiel cumplimiento del aumento de contrato identificado como: [Indicar ID de la licitación]”. Lo anterior, se entiende sin perjuicio de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Las partes suscribirán un contrato en que se dejará constancia del aumento señalado. Se prevé, adicionalmente, que el contrato podrá ser modificado en aspectos no esenciales tales como modalidad de pago, lugar de entrega, horarios de entrega, distribución, u otras que no afecten la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
GASTOS E IMPUESTOS
Refiérase a lo que indica punto 40 de las Bases Administrativas. Los gastos e impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión del contrato, tales como los gastos notariales y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según el contrato o las bases, ha contraído el contratista, serán de cargo exclusivo de éste. Todo impuesto, tasa, derecho, tributo, gravamen, obligación, deber, carga o permiso que afecte al contrato o al contratista, que se genere con motivo de la prestación del servicio, en los costos y gastos para la prestación de este servicio o en razón de las relaciones laborales entre el contratista y sus trabajadores, o relaciones comerciales entre éste con la Corporación o terceros, será de exclusivo cargo, riesgo y costo del contratista. En este sentido, el contrato no experimentará modificaciones en el precio convenido, no obstante, la modificación o alteración de la legislación tributaria, laboral, previsional, medioambiental o de cualquier otro tipo o de los criterios impuestos por las autoridades administrativas en la aplicación e interpretación de los cuerpos normativos de su interés.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y CONDICIONES QUE AFECTAN AL CONTRATO/ORDEN DE COMPRA
Refiérase a lo que indica punto 41 de las Bases Administrativas. El contratista deberá cumplir con todas las leyes, decretos, ordenanzas y reglamentos de la República de Chile que se encuentren vigentes a la fecha de la firma del Contrato o aceptación de la orden de compra, que se relacionen con él, y con todos los que se dicten durante su vigencia, y deberá pagar todos los derechos, impuestos, tasas, contribuciones y otros gravámenes que dichas leyes, decretos o reglamentos señalen. Las partes aceptarán expresamente la competencia de los tribunales de justicia de la ciudad y comuna de Santiago. El contrato/orden de compra se regirá por la ley chilena.
FRAUDE O CORRUPCIÓN
Refiérase a lo que indica punto 41 de las Bases Administrativas. La Corporación exige a todas las empresas, entidades o personas oferentes por participar o participando del presente proceso (incluyendo a sus respectivos funcionarios, empleados y representantes) observar los más altos niveles éticos y denunciar a la Corporación, todo acto sospechoso de fraude o corrupción del cual tengan conocimiento o sea informado durante el proceso de selección, negociación o ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. Fraude y corrupción comprenden actos de: - Cohecho; - Extorsión o coerción; - Fraude; y - Colusión.