Licitación ID: 680522-1-LE24
Mantención Bombas de Elevación
Responsable de esta licitación: Juzgado de Familia de Curico, Jdo de Familia de Curico
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 23
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Bombas de agua 1 Unidad
Cod: 40151510
Servicio de Mantención Bombas de Elevación  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Mantención Bombas de Elevación
Estado:
Cerrada
Descripción:
Mantención Trimestral del Sistema de Elevación de Agua Hidropackpor el término de 3 años, del edificio que alberga al Juzgado de Familia de Curicó.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Juzgado de Familia de Curico
Unidad de compra:
Jdo de Familia de Curico
R.U.T.:
61.977.830-8
Dirección:
Estado 661
Comuna:
Curicó
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-02-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 15-02-2024 14:47:41
Fecha inicio de preguntas: 15-02-2024 17:00:00
Fecha final de preguntas: 22-02-2024 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-02-2024 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-02-2024 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-02-2024 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 26-04-2024 12:14:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 15-03-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 192 Horas
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Visita a Terreno 22-02-2024 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos Administrativos
Documentos Técnicos
1.- Anexos Técnicos
 
Documentos Económicos
1.- Anexos Ecónomicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Según Bases Administrativas 10%
2 Experiencia de los Oferentes Según Bases Administrativas 30%
3 Precio Según Bases Administrativas 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: CAPJ
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ALEJANDRO YAÑEZ SEPULVEDA
e-mail de responsable de pago: aeyanez@pjud.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Administrativa del Poder Judicial
Fecha de vencimiento: 22-04-2024
Monto: 30 %
Descripción: El adjudicatario deberá renovar la boleta de garantía anualmente, por trece meses, con excepción del último año de vigencia del contrato, en que la renovación deberá hacerse por un año más seis meses. Las renovaciones de la boleta deberán ser entregadas a la Corporación Administrativa, a lo menos 30 días antes de la fecha de vencimiento de la boleta que es reemplazada. La falta de entrega oportuna de la renovación respectiva constituirá, para todos los efectos previstos en estas bases, incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del adjudicatario. La boleta bancaria deberá ser pagadera a la vista, tomada por el adjudicatario a la orden de la Corporación Administrativa del Poder Judicial y tener el carácter de irrevocable. Esta garantía cubrirá especialmente el cabal, íntegro y oportuno cumplimiento de cada una de las actividades comprendidas en la oferta y de las obligaciones estipuladas en el contrato. La Corporación Administrativa estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Además, podrá hacerse efectiva por la Corporación: a) Si se pone término al contrato, por cualquiera de las causas indicadas en el punto “TÉRMINO DE CONTRATO” de las presentes Bases, imputables al Contratista b) Para dar pago a las multas en caso de ser necesario. c) En caso que no se hubiere renovado el instrumento de garantía y el Contratista tuviere la obligación de renovar dichos instrumentos. d) En los demás casos previstos en las bases. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la Corporación Administrativa pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la boleta será compatible con esta última.
Glosa: En garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato Licitación ID N°680522-1-LE24
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la boleta de garantía se efectuará una vez vencido el plazo de su vigencia.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, la Corporación resolverá adjudicar el proceso de licitación al proponente que presente mejor ponderación en precio. De mantenerse el empate, la licitación se adjudicará en el siguiente orden de preferencia:

1) Evaluación Económica.
2) Experiencia.

De mantenerse el empate la Corporación resolverá sobre cualquier otro criterio o subcriterio de evaluación que permita dirimir fundadamente la adjudicación y que se estime prioritario para la Corporación.