Licitación ID: 682941-5-LE19
Sistema de Mantencion de Camaras CCTV
Responsable de esta licitación: Jdo de Garantia de Vina del Mar
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 16
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Productos o servicios
1
Sistemas de control o vigilancia de potencia 1 Unidad
Cod: 39121106
Sistema de Mantenimiento de Camaras CCTV  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Sistema de Mantencion de Camaras CCTV
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Contratación de mantenimiento de cámaras CCTV por un periodo de 3 años.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Jdo de Garantia de Vina del Mar
R.U.T.:
61.967.500-2
Dirección:
Alvarez 1330 Primer Piso
Comuna:
Viña del Mar
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-11-2019 16:00:00
Fecha de Publicación: 24-10-2019 13:55:22
Fecha inicio de preguntas: 24-10-2019 16:01:00
Fecha final de preguntas: 05-11-2019 9:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-11-2019 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-11-2019 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-11-2019 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 28-11-2019 9:02:43
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Vista terreno OBLIGATORIA 29-10-2019 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Segun bases Administrativas Adjuntas
Documentos Técnicos
1.- Según bases Técnicas Adjuntas
 
Documentos Económicos
1.- Itemizado
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio 10 x Menor oferta económica/Oferta que se evalúa 70%
2 Antiguedad de la empresa 0 puntos = Menos de 1 año 3 puntos = Desde 1 y menor 3 años 6 puntos = Desde 3 incluido y menor a 6 años 10 puntos = 6 o más años 5%
3 Plazo de Entrega 10 x Menor Plazo Ofertado/Plazo que se evalúa 10%
4 Experiencia de los Oferentes 0 = Menos de 3 obras similares 3 = De 3 a 5 obras similares 6 = De 6 a 10 obras similares 10 = sobre 10 obras similares 5%
5 Cumplimiento de los requisitos 10 El proponente cumple con todos los requisitos formales de presentación de la oferta dentro del plazo de presentación de ofertas. 0 El proponente NO cumple con todos los requisitos formales dentro del plazo de presentación de la oferta. 5%
6 Indice de Accidentabilidad Índice Accidentabilidad 50% 10 puntos = Índice igual a 0 5 puntos = 0 < Índice ≤ 3 0 puntos = Índice > 3 Periodo Medición Certificado Accidentabilidad 50% 10 puntos = Periodo ≥ 12 meses 5 puntos = 6 ≤ Periodo < 12 meses 0 puntos = Periodo < 6 meses 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: Julio Perez Galleguillos
e-mail de responsable de pago: japerez@pjud.cl
Nombre de responsable de contrato: Julio Perez Galleguillos
e-mail de responsable de contrato: japerez@pjud.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2327800-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR
Fecha de vencimiento: 24-11-2022
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: En garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato Licitación ID N° 682941-5-LE19.
Forma y oportunidad de restitución: El Juzgado de Garantía de Viña del Mar estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Tribunal pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la boleta será compatible con esta última. La devolución de la boleta de garantía se efectuará una vez vencido el plazo de su vigencia. Es de exclusiva responsabilidad de la empresa contratista la gestión de las devoluciones de garantías. Esta garantía, además, caucionará el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del Contratista, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 19.886. Si existieran atrasos en la recepción provisoria o definitiva de las obras, el contratista deberá prorrogar o renovar las garantías por el plazo necesario para mantener vigente la garantía por el plazo estipulado en el párrafo primero de este numeral. La extensión del plazo de la garantía deberá efectuarse 15 días corridos antes a la fecha de vencimiento de la respectiva garantía que se prorroga o renueva. Ejecución de la garantía por fiel cumplimiento del contrato. El Juzgado de Garantía de Viña del Mar estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Además, podrá hacerse efectiva por el Tribunal: A. Si se pone término al contrato, por cualquiera de las causas indicadas en el punto “TÉRMINO DE CONTRATO” de las presentes Bases. B. Para dar pago a las multas en caso de ser necesario. C. En caso que no se hubiere renovado el instrumento de garantía o seguros y el Contratista tuviere la obligación de renovar dichos instrumentos. D. Para hacer pago de cualquier deuda que el Contratista tuviere con el Tribunal. El Juzgado de Garantía de Viña del Mar está expresamente facultado, circunstancia que el Contratista declara conocer y aceptar, para cobrar la garantía, si no se ha otorgado el acta de recepción provisoria o definitiva de las obras a satisfacción del Tribunal. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que el Tribunal de Juicio Oral pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, el Juzgado resolverá adjudicar el proceso de licitacn al proponente que presente mejor ponderacn en Precio. De mantenerse el empate, la licitación se adjudicará en el siguiente orden de preferencia:

1 Experiencia

2 Índice de Accidentalidad

3)   Antigüedad de la empresa

De mantenerse el empate el Juzgado resolverá sobre cualquier otro criterio o sub-criterio de evaluación que permita dirimir fundadamente la adjudicación y que se estime prioritario para el Juzgado.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.