Licitación ID: 686613-1-LE24
Servicio de transporte para notificaciones rurales
Responsable de esta licitación: JUZGADO DE GARANTIA DE OVALLE, Jdo de Garantia de Ovalle
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 23
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Servicios de taxi 1 Global
Cod: 78111804
Convenio de uso preferente “Servicio de transporte para notificaciones rurales” para el Juzgado De Garantía De Ovalle.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de transporte para notificaciones rurales
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere transportar, con preferencia a cualquier otro eventual cliente, a funcionarios del Juzgado de Garantía de Ovalle, u otro funcionario debidamente autorizado por la instancia que corresponda que deban practicar notificaciones y citaciones en el radio urbano y localidades de las comunas de Rio Hurtado, Monte Patria y Punitaqui y en las localidades de la comuna de Ovalle fuera de su radio urbano u otra localidad aledaña. Se entiende por notificación, el acto en que el funcionario, en su calidad de ministro de fe, pone en conocimiento del interviniente de una causa, alguna resolución judicial que le afecte, este acto puede ser personal o dejando copia de los antecedentes en su domicilio, conforme se haya autorizado por el respectivo Juzgado, o en su defecto, cuando se hayan cumplidos los preceptos legales.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
JUZGADO DE GARANTIA DE OVALLE
Unidad de compra:
Jdo de Garantia de Ovalle
R.U.T.:
60.301.001-9
Dirección:
Vicuña Mackenna 575
Comuna:
Ovalle
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-04-2024 18:42:00
Fecha de Publicación: 15-03-2024 12:11:32
Fecha inicio de preguntas: 15-03-2024 16:48:00
Fecha final de preguntas: 18-03-2024 16:48:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-03-2024 16:48:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-04-2024 18:43:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-04-2024 18:43:00
Fecha de Adjudicación: 09-04-2024 16:22:01
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Antecedente Documento a adjuntar Observaciones Identificación del Oferente Anexo 1 Este requisito no será exigible respecto de los oferentes que estén inscritos en Chileproveedores. Declaraciones Juradas Anexos 4.1, 4.2, 4.3, 4.4, 5, y 6 Se deberán presentar solo las Declaraciones Juradas que correspondan, según se trate de Persona Natural o Jurídica. En caso que oferte una Unión Temporal de Proveedores cada miembro deberá presentar las declaraciones antes señaladas, que le resulten aplicables. Acreditación de UTP Según formato Anexo 8. El documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, suscrito por el representante de la UTP.
Documentos Técnicos
1.- Antecedente Documento a adjuntar Observaciones Antigüedad de la empresa Certificado de inicio de actividades o Cartola del contribuyente con fecha de inicio de actividades, entregado por el SII. La antigüedad de la empresa a evaluar será la indicada desde la fecha del inicio de actividades en el rubro de transporte de trabajadores, servicio de transporte a turistas, servicios de transportes de pasajeros en taxis libres y/o radiotaxis, transporte urbano y suburbano de pasajeros vía locomoción colectiva, otras actividades de transporte de pasajeros por vía terrestre. En caso de no presentar la certificación, se obtendrá desde SII. Obteniendo 0 puntos en el criterio de evaluación “formalidad.” Para el oferente que presente iniciación de actividades distinto de lo requerido, su oferta será declarada Inadmisible. En caso de UTP será el promedio entre las empresas, por lo que se deberán presentar los antecedentes por cada empresa. Experiencia de la empresa Anexo 3 Se considerarán como experiencia contratos y/o servicios prestados, tales como: - Servicio de transporte de pasajeros en taxis libres y/o radiotaxis - Servicio de transporte de trabajadores - Servicio de transporte de turistas - Otras actividades de transporte de pasajeros. Como certificación de la ejecución de trabajos de transporte de personas, se considerarán Órdenes de compra, Facturas, Contratos, Resoluciones, Certificados emitidos por los mandantes estos deberán venir con el nombre y firma del Mandante, fecha y descripción del servicio prestado de similares características a la presente licitación. En el caso que no indique alguno de éstos datos no se considerará el certificado válido para la evaluación solo de trabajos ya ejecutados. En caso de UTP se adjuntará un formulario por empresa y se promediará la experiencia entre ellas. Nómina Vehículos Anexo 7 Detalle o información de vehículos.
 
Documentos Económicos
1.- Antecedente Documento a adjuntar Observaciones Oferta Económica Anexo 2 La oferta económica deberá estar expresada en unidades de fomento, la que por la naturaleza del servicio está exenta del impuesto al valor agregado (IVA), según Anexo N°2. En caso de disconformidad entre la propuesta consignada en el formulario electrónico y la indicada en el anexo, prevalecerá esta última. En el caso de no presentar el Anexo N°2, la oferta será declarada inadmisible, debido a que se necesita realizar un análisis de precios unitarios por las partidas consideradas. El oferente es el único responsable de la evaluación de todos y cada uno de los aspectos que tengan incidencia en el precio que indicó en su oferta. El Juzgado no efectuará ningún pago adicional o distinto al señalado por el oferente en su propuesta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación económica De acuerdo a la oferta económica, se calculará el puntaje para el precio de cada uno de los oferentes seleccionados, y se asignará de acuerdo a lo siguiente: PRE=precio minimo/precio ofertado x 100 40%
2 Antiguedad del Vehículo Este criterio se medirá con el padrón del vehículo, el puntaje para este criterio de evaluación se calculará y asignará para cada uno de los oferentes de acuerdo a la tabla siguiente: Criterio Porcentaje Descripción Antigüedad del vehículo (Ant. V.) 20% 0 = vehículos anteriores a año 2019 30 = vehículos año 2019 y 2020 60 = vehículos años 2021 y 2022 100 = vehículos años 2023 y 2024 Nota 1: En caso de presentar más de un vehículo en la oferta, se considerará para efectos de evaluación de este criterio el móvil de menor antigüedad. Nota 2: Aquellas ofertas que presenten vehículos de años anteriores al 2019 serán declaradas inadmisibles. 20%
3 Antiguedad de la empresa Este criterio se medirá con el Certificado de Iniciación de Actividades del Servicio de Impuestos Internos que presente el oferente. En consecuencia el puntaje para este criterio de evaluación se calculará y asignará para cada uno de los oferentes de acuerdo a la tabla siguiente: Criterio Porcentaje Descripción Antigüedad de la empresa (ANT. EM) Formulario de inicio de actividades o cartola del contribuyente (En el caso de UTP, la antigüedad de la empresa será el promedio entre las empresas. Para tales efectos, cada una de las empresas integrantes de la UTP se evaluará por la información obtenida en SII.) 15% 0 = Desde 0 y menor a 1 año 30 = Desde 1 año (incluido) y menor a 3 años 60 = Desde 3 años (incluido) y menor a 6 años 100 = 6 años (incluido) o más 15%
4 Formalidad Criterio Puntaje El proponente cumple con todos los requisitos formales de la presentación de la oferta 100 El proponente NO cumple con todos los requisitos formales de la presentación de la oferta. 0 No entrega los antecedentes en los plazos establecidos y adicionales Inadmisible 10%
5 Experiencia de la empresa Se acreditará con contratos o convenios según anexo N°3. Criterio Porcentaje Descripción Experiencia de la empresa (Exp) Experiencia en transporte de personas, acreditado con contratos, resoluciones, certificaciones suscritas por el mandante o facturas, según anexo N°3 15% 0 = Menor a 1 contrato o convenio 30 = De 1 a 3 contratos o convenios 60 = De 4 a 6 contratos o convenios 100 = Sobre a 6 contratos o convenios En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), la experiencia corresponderá al promedio de las experiencias individuales de los asociados. Solo se evaluará la experiencia de los asociados que presenten documentación para su evaluación. Sólo se evaluará la experiencia que se acredite con la documentación acompañada a su oferta o la presentada por foro inverso, cuando sea requerida. El Juzgado se reserva el derecho de verificar las certificaciones. 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Victor Hugo Barrios Aros
e-mail de responsable de pago: vbarrios@pjud.cl
Nombre de responsable de contrato: Víctor Hugo Barrios Aros
e-mail de responsable de contrato: vbarrios@pjud.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-53-2630044-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
1. Definiciones
Sin perjuicio de lo dispuesto en el Reglamento de la ley Nº 19.886, contenido en el D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, para los efectos de una correcta interpretación y aplicación de las presentes bases, se dará a los términos que a continuación se indican, el significado que para cada uno de ellos se establece a continuación: a) Oferentes o Proponentes: Personas naturales o jurídicas, Unión Temporal de Proveedores, chilenas o extranjeras, que cumpliendo los requisitos señalados en las presentes bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas. b) Bases Administrativas: Conjunto de normas que regulan la presente licitación, en lo relativo a las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación y cláusulas del contrato definitivo, a los cuales deben ceñirse las partes interesadas. c) Bases Técnicas: El pliego de características que contiene las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del servicio a contratar. d) Contratante: La Corporación Administrativa del Poder Judicial que tendrá a su cargo la aprobación de las Bases Administrativas y Técnicas, el llamado a propuesta pública, su adjudicación, la celebración del contrato y los pagos correspondientes. e) Contratista: Oferente que habiendo participado en el proceso de licitación se ha adjudicado la oferta y ha suscrito el contrato para su ejecución. f) Propuesta: Las ofertas técnicas y económicas presentadas por un oferente en la presente licitación, las que deben ajustarse a los requisitos establecidos en las bases. g) Convenio: El acto jurídico a suscribir entre la Corporación Administrativa del Poder Judicial y él o los Contratistas, para el Juzgado de Garantía de Ovalle, del cual formarán parte el conjunto de documentos que se enumeran en estas bases, debidamente sancionado por un acto administrativo dictado por la autoridad competente. h) Unión Temporal de Proveedores (UTP): Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo.
2. Ambito de la licitación
El Juzgado de Garantía de Ovalle, en adelante e indistintamente “el Juzgado” o “el Juzgado de Garantía de Ovalle”, llama a licitación para la contratación del “Servicio de transporte para notificaciones”, en los términos y condiciones establecidos en el presente instrumento. La contratación del servicio, se hará de conformidad a las Bases Administrativas y Bases Técnicas que regularán este proceso. El Juzgado de Garantía de Ovalle, suscribirá un convenio de precios con uno o más oferentes que califiquen técnicamente y que cumplan con las presentes bases.
3. Naturaleza de la licitación
Esta licitación tendrá el carácter de pública y podrán participar en ella todas las personas naturales y jurídicas, chilenas o extranjeras que no se encuentren en algunas de las situaciones del artículo 4 de la Ley N°19.886, y cuyo giro comprenda los servicios solicitados en estas bases, esto es, “Quedarán excluidos quienes dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o suscripción de la convención, según se trate licitaciones públicas, licitación privadas o contratación directa, hayan sido condenado por prácticas antisindicales o por infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”. Ningún órgano de la administración del estado y de las empresas o corporaciones del estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con las personas unidas a ellos por vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos ó éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
4. Cronograma de la licitación
Actividad Plazo Publicación El día 15 de marzo de 2024 Inicio preguntas El día 15 de marzo de 2024 Final preguntas El día 18 de marzo de 2024 Respuestas El día 20 de marzo de 2024 Recepción Ofertas El día 28 de marzo de 2024 Apertura de las Ofertas El día 01 de abril de 2024 Fecha Estimada Adjudicación El día 10 de abril de 2024 Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se han recibido dos o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en dos días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 25, inciso final, del Reglamento de la ley 19.886.
5. Documentos de la licitación
Formarán parte de la licitación las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, los anexos contenidos en formularios, las propuestas y ofertas, las aclaraciones que se establezcan a raíz de consultas y cualquier otro documento que sea entregado para efectos de este proceso.
6. Aceptación de las Bases
Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y los anexos de esta licitación, como asimismo cualquier documento que las interprete o complemente, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los participantes y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con el Juzgado de Garantía de Ovalle. La sola presentación de ofertas constituye aceptación para todos los efectos legales.
7. Interpretación de los documentos de la licitación
La Corporación Administrativa del Poder Judicial se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las bases de licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación, materia de este proceso concursal las resoluciones que adopte en ejercicio de esta facultad serán obligatorias para los participantes y el contratista. En caso de contradicción entre los documentos de la licitación y la oferta de la empresa, primarán los documentos de la licitación.
8. Costo del proceso de licitación
Las presentes bases y los demás documentos de la licitación serán gratuitos y se encontrarán a disposición de los interesados en la página, www.mercadopublico.cl Serán de cargo exclusivo de los proponentes todos los gastos y trabajos relacionados con la preparación y presentación de sus ofertas. El Juzgado de Garantía de Ovalle no reembolsará ni indemnizará dichos gastos, cualquiera sea el resultado de la licitación.
9. Utilización de documentos y deber de reserva
Los oferentes no utilizarán estas bases de licitación y sus aclaraciones, modificaciones y/o complementaciones, si las hubiere, para una finalidad distinta que la presente licitación. Por otra parte, el oferente que se adjudique esta licitación deberá mantener absoluta reserva sobre todos los antecedentes que el juzgado ponga a su disposición o a los cuales tenga acceso con motivo del servicio a que se refiere esta licitación. El o los oferentes adjudicados no podrá usar dichos antecedentes, ni siquiera con fines de estudio o experimentación, sin previa autorización escrita de la Corporación. Será necesaria autorización previa y escrita del juzgado para mencionar o describir los servicios prestados por el oferente con fines publicitarios.
10. Letreros, avisos y publicidad
El oferente o los oferentes que se adjudiquen la licitación, no podrán instalar letreros, avisos o tomar fotografías de carácter comercial en terreno, sin la autorización escrita del Juzgado de Garantía de Ovalle. Sólo si existe aprobación previa y escrita del juzgado, podrán efectuarse publicaciones, avisos de publicidad o propaganda que incluyan temas, materiales o motivos directa o indirectamente relacionados con esta licitación, ya sea por medios escritos, televisivos u otros.
11. Comunicación con el Juzgado
Toda comunicación durante el proceso de licitación, deberá ser hecha a través del portal www.mercadopublico.cl, por tanto, queda prohibido tanto a los que hayan obtenido estas bases como a los proponentes, subcontratistas, su personal directo o indirecto, establecer contactos formales o informales con funcionarios del juzgado para fines relacionados con esta licitación, salvo los contemplados en estas bases. Asimismo queda prohibido a los oferentes efectuar durante el proceso de licitación las siguientes conductas: a) Ofrecer, prometer, entregar, recibir o solicitar bienes o valores con el fin de influir la actuación de un funcionario o asesor del Juzgado en relación con la presente licitación. b) Tergiversar los hechos con el fin de influenciar el proceso de licitación; ejecución de prácticas colusorias entre oferentes (antes o después de la presentación de las ofertas) con el fin de establecer precios de ofertas a niveles artificiales no competitivos. La contravención del presente numeral facultará al Juzgado para declarar inadmisible la oferta, dejar sin efecto la adjudicación o poner término anticipado al contrato, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que procedan.
12. Consultas, respuestas y aclaraciones
Los oferentes podrán formular consultas a las bases a través del foro que estará habilitado en el portal www.mercadodopublico.cl, dentro del plazo señalado en el calendario o cronograma de la licitación. No se aceptarán ni se responderán consultas planteadas por un conducto diferente, o fuera del plazo señalado. Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el portal, el Juzgado podrá efectuar de oficio aclaraciones a las bases, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad a la fecha consignada en el calendario de la licitación. Para todos los efectos legales, las respuestas y aclaraciones que se formulen a través del portal se entenderán que formarán parte integrante de las Bases Administrativas de esta licitación.
13. Enmienda a las bases de licitación
Hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Juzgado podrá por resolución fundada modificar las presentes bases. Las enmiendas pasarán a ser parte integrante de estas bases para todos los efectos y serán publicadas en el portal www.mercadopúblico.cl y se considerará un plazo prudencial a fin de que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas.
14. Tipo de soporte de documentos
Todos los documentos requeridos en las presentes bases, deberán ser presentados en soporte digital o electrónico, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración Pública, en adelante Mercado Público (www.mercadopublico.cl). Sin embargo, el soporte de papel sólo podrá ser utilizado en los casos de excepción establecidos en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, y de acuerdo con lo previsto en las presentes bases.
15. Plazos
Los plazos de días establecidos en las presentes bases son de días corridos a excepción de aquellos que expresamente se han consignado como inhábiles. Los plazos que se cumplieren en día inhábil, se prorrogarán al día hábil siguiente. Se considerarán inhábiles los sábados, domingos y festivos.
16. Requisitos de participación
Podrán participar todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que no estén afectas a las inhabilidades del artículo 4° incisos 1° y 6° de la Ley N°19.886. Para ello bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia, esta declaración se encuentra en formato tipo en el anexo N° 4.1, 4.2, 4.3 y 4.4, 5 y 6 de las presentes bases y deberá ser adjuntada como anexo al sistema Mercado Público antes del cierre de recepción de las ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, el Juzgado podrá solicitar documentos u otros medios de verificación que permitan comprobar el cumplimiento de estos requisitos.
17. Antecedentes que deben presentar los oferentes.
Además del antecedente señalado en el numeral anterior, cada oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y necesarios para su correcta calificación. Así, cada oferta deberá estar conformada por: 17.1. Administrativos Antecedente Documento a adjuntar Observaciones Identificación del Oferente Anexo 1 Este requisito no será exigible respecto de los oferentes que estén inscritos en Chileproveedores. Declaraciones Juradas Anexos 4.1, 4.2, 4.3, 4.4, 5, y 6 Se deberán presentar solo las Declaraciones Juradas que correspondan, según se trate de Persona Natural o Jurídica. En caso que oferte una Unión Temporal de Proveedores cada miembro deberá presentar las declaraciones antes señaladas, que le resulten aplicables. Acreditación de UTP Según formato Anexo 8. El documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, suscrito por el representante de la UTP. 17.2. Propuesta Técnica Antecedente Documento a adjuntar Observaciones Antigüedad de la empresa Certificado de inicio de actividades o Cartola del contribuyente con fecha de inicio de actividades, entregado por el SII. La antigüedad de la empresa a evaluar será la indicada desde la fecha del inicio de actividades en el rubro de transporte de trabajadores, servicio de transporte a turistas, servicios de transportes de pasajeros en taxis libres y/o radiotaxis, transporte urbano y suburbano de pasajeros vía locomoción colectiva, otras actividades de transporte de pasajeros por vía terrestre. En caso de no presentar la certificación, se obtendrá desde SII. Obteniendo 0 puntos en el criterio de evaluación “formalidad.” Para el oferente que presente iniciación de actividades distinto de lo requerido, su oferta será declarada Inadmisible. En caso de UTP será el promedio entre las empresas, por lo que se deberán presentar los antecedentes por cada empresa. Experiencia de la empresa Anexo 3 Se considerarán como experiencia contratos y/o servicios prestados, tales como: - Servicio de transporte de pasajeros en taxis libres y/o radiotaxis - Servicio de transporte de trabajadores - Servicio de transporte de turistas - Otras actividades de transporte de pasajeros. Como certificación de la ejecución de trabajos de transporte de personas, se considerarán Órdenes de compra, Facturas, Contratos, Resoluciones, Certificados emitidos por los mandantes estos deberán venir con el nombre y firma del Mandante, fecha y descripción del servicio prestado de similares características a la presente licitación. En el caso que no indique alguno de éstos datos no se considerará el certificado válido para la evaluación solo de trabajos ya ejecutados. En caso de UTP se adjuntará un formulario por empresa y se promediará la experiencia entre ellas. Nómina Vehículos Anexo 7 Detalle o información de vehículos. 17.3. Económicos Antecedente Documento a adjuntar Observaciones Oferta Económica Anexo 2 La oferta económica deberá estar expresada en unidades de fomento, la que por la naturaleza del servicio está exenta del impuesto al valor agregado (IVA), según Anexo N°2. En caso de disconformidad entre la propuesta consignada en el formulario electrónico y la indicada en el anexo, prevalecerá esta última. En el caso de no presentar el Anexo N°2, la oferta será declarada inadmisible, debido a que se necesita realizar un análisis de precios unitarios por las partidas consideradas. El oferente es el único responsable de la evaluación de todos y cada uno de los aspectos que tengan incidencia en el precio que indicó en su oferta. El Juzgado no efectuará ningún pago adicional o distinto al señalado por el oferente en su propuesta.
18. De la presentación de las ofertas
Las ofertas técnicas y económicas deberán ser presentadas a través del sistema de información, www.mercadopublico.cl antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas indicada en el portal, salvo en las situaciones previstas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886. Sólo en este caso los antecedentes deberán ser entregados por correo electrónico a la dirección electrónica del Administrador, don Víctor Barrios Aros, mail vbarrios@pjud.cl con copia al correo electrónico mgonzalezh@pjud.cl de doña María González Honores, Secretaria Ejecutiva, en los mismos términos señalados, es decir, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas indicada en el portal. No se efectuarán adjudicaciones de ofertas que no hayan sido recibidas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. No se efectuarán adjudicaciones de ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con el Estado.
19. De la apertura de las ofertas
La apertura de los antecedentes de la propuesta, se efectuará electrónicamente en un sólo acto según el cronograma de la licitación a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. La apertura de la licitación estará a cargo del Juzgado de Garantía de Ovalle. Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, el Juzgado estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, debiendo contar para ello con la certificación respectiva de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Asimismo, en caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Sistema de Información de Chilecompra que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún oferente, dicha circunstancia deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por el oferente por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas al cierre de la recepción de ofertas. Solo en tal evento, se admitirá que el oferente haga entrega de los antecedentes y de la Oferta Técnica y Económica. Adicionalmente, deberá contar con el código de reclamo efectuado a Chilecompra, al momento de no poder ingresar la información.
20. Periodo de validez de la oferta
Los oferentes quedan obligados a mantener su oferta por un período de 90 días corridos desde el cierre de ofertas. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiere adjudicado la propuesta, el oferente queda liberado de todo compromiso. No obstante, el Juzgado de Garantía de Ovalle, podrá solicitar a los proponentes prorrogar sus ofertas, por un plazo prudencial. Los oferentes podrán aceptar o rechazar esta solicitud.
21. Consultas aclaratorias a oferentes y correcciones de errores u omisiones formales
A.- Incumplimiento de formalidades El Juzgado podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Las solicitudes que se hagan en tal sentido serán informadas a los demás oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl . El plazo que tendrán los oferentes en este caso para dar cumplimiento a lo solicitado por el Juzgado, no podrá ser superior a 48 horas, contadas desde la fecha de publicación de la solicitud por parte del Juzgado. No se consideran errores y por lo tanto no se pedirá aclaración ni será considerado un incumplimiento de un requisito formal: 1) los errores ortográficos o la contracción o resumen de palabras, si de ello no puede derivarse dudas en cuanto al sentido de las palabra. Esta regla se aplicará aun cuando se trate de expresiones que constituyan una formalidad legal; 2) errores u omisiones cometidos en la individualización de personas, clientes, trabajadores o representantes, si de ello no puede derivarse dudas en cuanto a la identidad de la persona de que se trata; 3) los errores numéricos, de cifras o porcentajes, que manifiestamente no sean de carácter sustancial; y 4) en general, las disconformidades no esenciales que existen entre los distintos documentos de la oferta, siempre que no pudiere derivarse duda del aspecto al que se refiere. B.- Certificaciones o antecedentes omitidos en la oferta El Juzgado solicitará la presentación de certificaciones o antecedentes exigidos en las bases de licitación que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar su oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para estos efectos, se concederá un plazo de 48 horas contadas desde el requerimiento para la presentación de dichos antecedentes a través del portal www.mercadopublico.cl. En caso que el oferente acompañe los antecedentes en el plazo antes señalado, se le asignará un menor puntaje en el criterio de cumplimiento de requisitos formales. Serán declaradas inadmisibles las ofertas que no adjunten los antecedentes o documentos omitidos en el plazo antes referido, salvo que dichos documentos estén destinados a acreditar la experiencia del oferente, subcontratistas o equipo de profesionales, las cuales serán evaluada. C.- Consultas, solicitud de certificaciones o antecedentes aclaratorias Adicionalmente, El Juzgado podrá efectuar consultas a los oferentes o solicitar certificaciones o antecedentes para aclarar el sentido y alcance de la oferta por medio del portal de compras. En estos casos, la Comisión Evaluadora no le descontará al oferente puntaje en el criterio de cumplimiento de requisitos formales. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), El Juzgado consultará, en caso de inhabilidad de uno de sus integrantes, si continuarán en el proceso con los demás integrantes hábiles. Si la UTP decide continuar en el proceso, solo se evaluarán los antecedentes de los integrantes hábiles, presentados dentro del periodo de recepción de ofertas o a través de foro cuando sean requeridos por El Juzgado. En caso de negativa, la oferta será declarada inadmisible. El oferente que no presente finalmente los documentos necesarios para su evaluación, su oferta será declarada inadmisible.
22. Evaluación de las ofertas
El proceso de evaluación será interno y se efectuará de acuerdo a los criterios establecidos en las presentes bases por una comisión evaluadora que estará integrada por: a) El Sr. Administrador del Juzgado o quien lo subrogue. b) El Sr. Jefe de Unidad del Juzgado o quien le subrogue. b) La Srta. Secretaria Ejecutiva del Juzgado de Garantía de Ovalle o quien la subrogue.
23. Criterios de evaluación
El Juzgado evaluará las propuestas de acuerdo a los siguientes criterios: Criterios de Evaluación Ponderación (%) Evaluación económica 40 Experiencia de la empresa 15 Antigüedad de la empresa 15 Antigüedad del vehículo 20 Formalidad 10 Cálculo de puntajes: • Evaluación económica: De acuerdo a la oferta económica, se calculará el puntaje para el precio de cada uno de los oferentes seleccionados, y se asignará de acuerdo a lo siguiente: Criterio Porcentaje Descripción Evaluación Económica(Pre) Precio (por Km recorrido) 40% • Experiencia de la empresa: Se acreditará con contratos o convenios según anexo N°3. Criterio Porcentaje Descripción Experiencia de la empresa (Exp) Experiencia en transporte de personas, acreditado con contratos, resoluciones, certificaciones suscritas por el mandante o facturas, según anexo N°3 15% 0 = Menor a 1 contrato o convenio 30 = De 1 a 3 contratos o convenios 60 = De 4 a 6 contratos o convenios 100 = Sobre a 6 contratos o convenios En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), la experiencia corresponderá al promedio de las experiencias individuales de los asociados. Solo se evaluará la experiencia de los asociados que presenten documentación para su evaluación. Sólo se evaluará la experiencia que se acredite con la documentación acompañada a su oferta o la presentada por foro inverso, cuando sea requerida. El Juzgado se reserva el derecho de verificar las certificaciones. • Antigüedad de la empresa: Este criterio se medirá con el Certificado de Iniciación de Actividades del Servicio de Impuestos Internos que presente el oferente. En consecuencia el puntaje para este criterio de evaluación se calculará y asignará para cada uno de los oferentes de acuerdo a la tabla siguiente: Criterio Porcentaje Descripción Antigüedad de la empresa (ANT. EM) Formulario de inicio de actividades o cartola del contribuyente (En el caso de UTP, la antigüedad de la empresa será el promedio entre las empresas. Para tales efectos, cada una de las empresas integrantes de la UTP se evaluará por la información obtenida en SII.) 15% 0 = Desde 0 y menor a 1 año 30 = Desde 1 año (incluido) y menor a 3 años 60 = Desde 3 años (incluido) y menor a 6 años 100 = 6 años (incluido) o más • Antigüedad del vehículo: Este criterio se medirá con el padrón del vehículo, el puntaje para este criterio de evaluación se calculará y asignará para cada uno de los oferentes de acuerdo a la tabla siguiente: Criterio Porcentaje Descripción Antigüedad del vehículo (Ant. V.) 20% 0 = vehículos anteriores a año 2019 30 = vehículos año 2019 y 2020 60 = vehículos años 2021 y 2022 100 = vehículos años 2023 y 2024 Nota 1: En caso de presentar más de un vehículo en la oferta, se considerará para efectos de evaluación de este criterio el móvil de menor antigüedad. Nota 2: Aquellas ofertas que presenten vehículos de años anteriores al 2019 serán declaradas inadmisibles. • Evaluación Formalidad (Form) 10%: Criterio Puntaje El proponente cumple con todos los requisitos formales de la presentación de la oferta 100 El proponente NO cumple con todos los requisitos formales de la presentación de la oferta. 0 No entrega los antecedentes en los plazos establecidos y adicionales Inadmisible Evaluación General de las Propuestas (PG) El puntaje general (PG) de cada propuesta se calculará sobre la base del puntaje obtenido en cada uno de los criterios, de acuerdo a la siguiente fórmula: PG = Pre 40% + Exp 15% + Ant E. 15% + Ant. V. 20% + Form 10% La comisión evaluadora, analizará los antecedentes presentados y emitirá un informe (acta de evaluación fundada), en el que se deberá contener un resumen del proceso de licitación con todos los participantes, las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes, en la oportunidad establecida en el cronograma de licitación de estas bases. Este informe culminará con la recomendación a la autoridad correspondiente proponiendo adjudicar a un determinado proponente, declarar desierta la licitación por no haber ofertas de interés o no convenientes para el Juzgado o declarar inadmisibles las ofertas presentadas por no cumplir con las bases administrativas y técnicas.
24. Resolución de empate
En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, el Juzgado resolverá adjudicar el proceso de licitación al proponente que presente mejor ponderación en precio. De mantenerse el empate, la licitación se adjudicará a la mejor ponderación en el siguiente orden de preferencia: 1) Antigüedad del vehículo 2) Antigüedad de la empresa 3) Experiencia de la empresa De mantenerse el empate se declarará desierta la licitación.
25. Adjudicación de la licitación
El Juzgado, podrá adjudicar a las tres primeras empresas que tengan la mejor evaluación, con la finalidad de mantener de forma adecuada el servicio de transporte de los funcionarios del Juzgado. La adjudicación del convenio se hará por resolución fundada de la autoridad competente. El Juzgado se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente a uno o más oferentes, aunque no corresponda al precio más bajo. El Juzgado declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, y declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Del mismo modo, el Juzgado y/o la Corporación podrán dejar sin efecto el proceso de licitación hasta antes de la adjudicación mediante resolución fundada. En todos los casos anteriores el Juzgado y/o la Corporación no incurrirán en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de facultades discrecionales, así reconocidas expresamente por los proponentes. Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Corporación que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, podrá adjudicarse esa oferta solicitándole una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. Si la adjudicación no se hiciere en la fecha indicada en el cronograma de la licitación, la Corporación informará la nueva fecha estimada de adjudicación a través del portal indicando la justificación correspondiente. En caso de rechazo de la orden de compra el Juzgado podrá adjudicar a la segunda oferta mejor evaluada y sucesivamente o declarar desierto el proceso de licitación de acuerdo con los intereses de la Institución.
26. Notificación
El Juzgado notificará la resolución de adjudicación de la licitación a través del portal www.mercadopúblico.cl, la que se entenderá realizada luego de las 24 horas transcurridas desde que el Juzgado publique en el sistema de información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
27. Requisito para contratar
El Juzgado exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar, encontrarse inscrito en el Registro de Chileproveedores. Si el oferente seleccionado no se encontrare inscrito en Chileproveedores, dispondrá de un plazo máximo de 10 días corridos, contados del día siguiente hábil de la fecha de notificación de la adjudicación, para efectuar su inscripción en este registro y acompañar el respectivo comprobante. En caso que el oferente seleccionado no se inscriba en el Registro de Chileproveedores en el plazo indicado, se procederá a adjudicar la siguiente oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo a los intereses de la Institución. En el caso del adjudicado extranjero, previo a la contratación, deberá constituir sociedad de nacionalidad chilena o agencia en Chile, con la cual se celebrará el contrato, y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato.
28. Del Convenio
Notificada la adjudicación, el Juzgado y/o la Corporación Administrativa procederán a redactar el convenio de precios, en conformidad a las presentes bases de licitación y sus documentos anexos, a las aclaraciones, enmiendas y respuestas a consultas, si las hubiere, a la oferta del adjudicatario y a las disposiciones pertinentes de la legislación vigente. Ofrecido a la firma del adjudicatario, éste dispondrá de 10 días corridos (incluido el plazo para su inscripción en el registro de proveedores) para suscribirlo en las oficinas de la Corporación ubicadas en calle Juan Soldado N°451, La Serena. Dentro del mismo plazo el oferente adjudicado deberá presentar, según el caso, los siguientes antecedentes. a) Fotocopia de la escritura pública o documento legal, en que conste la personería jurídica del o de los representantes legales del adjudicatario, si procediera. b) Fotocopia del RUT del oferente y de su representante legal. c) Fotocopia del Certificado de Vigencia de la Sociedad en la cual conste la inscripción (fojas, Nº y año), o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días hábiles contados desde la publicación de la Resolución que dispone la contratación en el portal www.mercadopublico.cl. d) Documentos de vehículos y choferes que estime el Juzgado para asegurar la correcta y segura prestación del servicio. e) Tratándose de UTP que resulten adjudicados y la contratación supere la 1000 UTM se deberá presentar la escritura pública en que conste la Unión Temporal – con la que se celebrará el contrato. En la escritura de acuerdo deberá indicarse el porcentaje de participación de cada uno de los oferentes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y estipularse que todos ellos serán codeudores solidarios de todas y cada una de las obligaciones que contraiga la UTP. El adjudicatario extranjero deberá presentar los antecedentes antes señalados debidamente legalizados y en idioma español. Los antecedentes establecidos en las letras a), b) y c) precedente no serán exigidos a los participantes que se encuentren inscritos en Chile Proveedores y cuya documentación publicada en dicho registro sea la correspondiente y suficiente para la suscripción del convenio de precios respectivo. Si el adjudicatario no proporciona los antecedentes antes indicados, o no firma el convenio de precios, por causas que le sean imputables, dentro del plazo indicado, el Juzgado y/o la Corporación podrán dejar sin efecto la adjudicación realizada, y adjudicar la licitación al siguiente proponente mejor calificado o bien declarar desierta la licitación, de acuerdo con los intereses de la Institución. La Corporación podrá en todo caso, ampliar el plazo de suscripción del contrato y de entrega de antecedentes por causa justificada, a solicitud del adjudicatario.
29. Vigencia y duración del convenio
El convenio entrará en vigencia a la fecha de su suscripción y tendrá un plazo de duración de 36 meses, contados desde esa fecha o desde la fecha de inicio efectivo de los servicios, la que se deberá indicar en el convenio respectivo y que no será renovado. No obstante, si al término del plazo indicado, por caso fortuito, fuerza mayor u otras circunstancias excepcionales se retrasare el nuevo proceso de contratación, poniendo en riesgo la continuidad del servicio, la Corporación podrá disponer, mediante resolución fundada, la prórroga del convenio y el contratista quedará obligado a proseguir la prestación del servicio, en las mismas condiciones establecidas en estas bases y el convenio respectivo, hasta la íntegra conclusión del nuevo proceso, y siempre que no exceda del plazo máximo de 120 días hábiles.
30. Del precio y duración del convenio
El precio del servicio será el que señale el oferente en su oferta económica expresado en UF, el que está exento del impuesto al valor agregado en la forma como se indica en anexo N° 2 de las presentes bases. El pago se hará en pesos, según el valor que tenga la UF el último día del mes a facturar y que no será superior a 30 días corridos siguientes a la presentación de la factura. El Funcionario asignado de realizar las notificaciones deberá registrar en planilla electrónica (Excel), los registros de cada salida diaria a terreno, incluyendo antecedentes que permitan acreditar el uso del móvil, siendo estos a lo menos: Km recorridos, fecha del servicio, horarios, comuna, nombre del conductor, nombre del funcionario, nombre de la institución a la que asistió y/o domicilios de los requeridos, N° de causa RIT/RUC, que permitan el correcto control y registro del servicio encomendado. El adjudicatario deberá facturar el servicio a cobrar mensualmente a nombre del Juzgado de Garantía de Ovalle, Rut: 75.970.110-0, Giro Administración Pública Poder Judicial, dirección Vicuña Mackenna N°575, Ovalle. El adjudicatario deberá indicar en la factura el servicio y nombre del Juzgado o dependencias donde se prestó el servicio. Se hace presente que el Juzgado puede reclamar el contenido de las facturas dentro del plazo de 8 días corridos, conforme al art. 3° Nº 2 de la Ley 19.983. No se pagará ningún servicio que no haya sido efectivamente prestado, caso en el cual se cursarán además las multas establecidas en las presentes bases. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo convenio de precios, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en esta cláusula.
31. Personal del adjudicatario
El servicio deberá ser brindado por personal capacitado, de cuya selección será exclusivo responsable el adjudicatario, debiendo, en todo caso, informar al Juzgado sobre los trabajadores que lo conforman. El adjudicatario podrá, por caso fortuito o fuerza mayor, reemplazar al personal asignado al servicio, previo aviso por escrito al Juzgado de Garantía de Ovalle, indicando el nombre del personal de reemplazo y las razones que originan tal circunstancia. A su turno, el Juzgado podrá requerir el reemplazo de cualquiera de los trabajadores asignados al convenio, lo que el adjudicatario deberá cumplir de inmediato y asegurando siempre la continuidad del servicio. Este requerimiento deberá presentarse por escrito. El adjudicatario será el único responsable del cumplimiento de las leyes laborales, previsionales y de seguridad vigentes, y deberá acreditar cuando se le requiera, con la documentación respectiva, el oportuno y cabal pago de todas las obligaciones laborales, cotizaciones de salud, previsionales, seguro de cesantía y obligaciones derivadas de la ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales respecto del personal de su dependencia. Si el Juzgado y/o la Corporación fuese condenada a pagar deudas por estos conceptos del adjudicatario o de subcontratistas suyos, el adjudicatario se obliga a reembolsar todas esas sumas, con reajustes e intereses legales.
32. Legislación aplicable y condiciones que afectan al contrato
Todas las dificultades que se susciten en relación con el contrato, sean en su aplicación, cumplimiento, resolución, validez, interpretación, terminación y liquidación, serán resueltas por los tribunales ordinarios de justicia. Las partes aceptarán expresamente la competencia de los tribunales de justicia de la ciudad y comuna de La Serena. El contrato se regirá por la ley chilena.
33. Multas
Se faculta al Juzgado y/o a la Corporación para que administrativamente y sin forma de juicio aplique en su caso, al Contratista las siguientes multas: a) Si la empresa faltare al incumplimiento de sus obligaciones, al no disponer de móvil o móviles solicitados para determinado día, o si estos fueran puestos a disposición con más de 30 minutos de retraso, el Juzgado y/o la Corporación aplicará una multa por el incumplimiento de 1 UF (unidades de fomento) por cada evento. b) Si al estar realizando la ruta, el conductor o chofer se negare a asistir a determinado sitio fijado en la ruta inicial o diese término sin causa alguna el servicio, se aplicará una multa de 2 UF (unidades de fomento) por cada evento. Estas multas no serán aplicadas en situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, las que deberán fundamentarse por escrito al Juzgado y/o a la Corporación. Estas multas se aplicarán por la Administración del Juzgado, sobre la base de las observaciones y constancias que efectúe el mismo Juzgado y serán descontadas preferentemente del próximo pago. La aplicación de la multa será notificada al contratista mediante carta certificada dirigida al domicilio que registre en el convenio y se entenderá notificado de ella al tercer día hábil siguiente del despacho de la carta certificada. Con todo, la aplicación de las multas, sumadas, no podrá exceder del 5% por ciento del precio anual del convenio dentro de un año calendario; en caso de excederse ese límite, se entenderá que el adjudicatario ha incurrido en incumplimiento grave y la Corporación podrá poner término al convenio, según lo dispuesto en el numeral siguiente. c) Multas por errores o retrasos en las facturaciones oportunas: El Contratista deberá entregar la factura por el cobro de la prestación del servicio indicada en el Anexo 2, a más tardar dentro de los veinte días del mes siguiente a aquél en que se presten los servicios. El no cumplimiento de los plazos establecidos para la facturación, o la emisión de una facturación con errores, dará origen a una multa de 0.5% del monto a facturar por cada día de retraso o por cada día que transcurra sin haberse corregido el error, según corresponda. El contratista dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos ante el Administrador del Juzgado. Transcurrido este plazo, y con los antecedentes que el Juzgado disponga y los que el contratista haya aportado, la autoridad competente resolverá sobre los hechos, determinando en su caso la procedencia de la sanción y su cuantía. Dicha determinación será notificada al contratista.
34. Terminación del contrato
El Juzgado podrá modificar o terminar anticipadamente el contrato, por resolución fundada, en virtud de las siguientes causales: 1) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. 2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. 3) Quiebra o estado de notoria insolvencia del contratante. 4) Por causa de interés público. 5) Por exigirlo la seguridad nacional. Sin perjuicio de los demás casos previstos en estas bases, se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario las siguientes: a) Retraso o paralización de más de tres días consecutivos o dentro de un año calendario, por causa imputable al adjudicatario en cualquiera de las unidades judiciales adjudicadas. b) Incumplimiento reiterado de sus obligaciones laborales y de seguridad social, en relación con el personal que destine a la ejecución de este convenio de precios. c) Incumplimiento reiterado de instrucciones impartidas por el Juzgado en relación con la prestación de los servicios. d) En caso de accidentes, daños graves o leves al personal o terceros producto de imprudencia de los conductores. e) Incumplimiento de la obligación de confidencialidad. f) Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra. g) Prohibición de celebrar contratos con el Estado declarada judicialmente, prevista en la Ley N°20.393. h) Utilización de materiales defectuosos o de mala calidad en la ejecución del servicio o que éste no cumpla con los requerimientos técnicos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas i) En general, sobrevenir al contratista alguno causal de inhabilidad para participar en procesos de compras o contratar con el Estado. En cualquiera de los casos anteriores, la Corporación tendrá la facultad de iniciar acciones legales que correspondan, a fin de obtener el resarcimiento de los perjuicios ocasionados. El término anticipado del convenio definitivo o su modificación, se realizará mediante resolución fundada, que se publicará en el portal www.mercadopublico.cl.
35. Encargado del servicio
El adjudicatario deberá designar el cargo del funcionario de su empresa encargado del servicio o contraparte técnica, quien será responsable de resolver sobre los asuntos operativos y técnicos del servicio durante su ejecución mientras dure la garantía de operatividad del sistema.
36. Condiciones del desarrollo del servicio
El adjudicatario será responsable de cualquier desperfecto, daño o pérdida que sufra el recinto del Juzgado de Garantía de Ovalle a causa de la prestación de los servicios contratados. El Juzgado no asumirá responsabilidad alguna por daños que pudieren sufrir el personal, los materiales, los vehículos y/u otros implementos del adjudicatario durante la vigencia del servicio.
37. Fraude o corrupción
El Juzgado exige a todas las empresas, entidades o personas oferentes por participar o participando del presente proceso (incluyendo a sus respectivos funcionarios, empleados y representantes) observar los más altos niveles éticos y denunciar al Juzgado, todo acto sospechoso de fraude o corrupción del cual tengan conocimiento o sea informado durante el proceso de selección, negociación o ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. Fraude y corrupción comprenden actos de: - Cohecho; - Extorsión o coerción; - Fraude; y - Colusión.
BASES TECNICAS
1. OBJETIVO Se requiere transportar, con preferencia a cualquier otro eventual cliente, a funcionarios del Juzgado de Garantía de Ovalle, u otro funcionario debidamente autorizado por la instancia que corresponda que deban practicar notificaciones y citaciones en el radio urbano y localidades de las comunas de Rio Hurtado, Monte Patria y Punitaqui y en las localidades de la comuna de Ovalle fuera de su radio urbano u otra localidad aledaña. Se entiende por notificación, el acto en que el funcionario, en su calidad de ministro de fe, pone en conocimiento del interviniente de una causa, alguna resolución judicial que le afecte, este acto puede ser personal o dejando copia de los antecedentes en su domicilio, conforme se haya autorizado por el respectivo Juzgado, o en su defecto, cuando se hayan cumplidos los preceptos legales. 2. DETALLE DEL SERVICIO Se requiere el servicio de transporte para notificaciones para el Juzgado de Garantía de Ovalle. El servicio debe contemplar lo siguiente: A. Transportar a los funcionarios notificadores desde el Jugado hasta el domicilio de las personas a notificar. B. El servicio puede ser mediante automóvil de color, o radio taxi básico. C. El servicio debe ser con conductor y debe incluir todos los costos adicionales, tales como peajes, combustible, mantenciones y otros. D. No se pagarán valores adicionales por tiempos de espera. E. El conductor de la empresa adjudicada deberá firmar en conjunto con el funcionario notificador la hoja de ruta con la siguiente información: • Nombre del Juzgado. • Fecha del servicio. • Nombre del conductor. • Placa patente del vehículo. • Nombre del funcionario notificador. • Hora de inicio y término del servicio por cada ruta de notificación (pueden ser varios domicilios continuos). • Kilómetro de inicio y término por cada ruta de notificación. • N° de Causa, nombre de la persona a notificar, dirección a notificar, tipo de notificación. • Firma del conductor. • Firma del funcionario notificador. F. El móvil debe estar disponible todos los días de la semana cuando sea requerido, por los mismos valores ofertados, sin considerar valores adicionales. G. Para poder cotizar se exige una dotación mínima de 1 (un) vehículo. H. Él o los vehículos deben estar en perfecto estado de mantenimiento y presentación. I. El valor ofertado no puede variar en función de las constantes alzas y bajas de precio en los combustibles. J. El precio del servicio debe ser cotizado de la siguiente forma: Costo del servicio: Indicar valor expresado en UF por kilómetro recorrido (exento de impuesto). K. El servicio será pagado en base a los kilómetros recorridos, independiente si las notificaciones sean positivas o negativas. L. El servicio será solicitado por el Juzgado mediante correo electrónico, vía telefónica, o cualquier medio idóneo: M. El permiso de circulación, certificado de revisión técnica y certificado de seguro obligatorio de accidentes Personales (ley N° 18.490), deben estar vigentes y respecto de cada uno de los vehículos que componen la flota. N. En caso de desperfecto o similar, el proveedor debe sustituir el vehículo en un plazo no superior a 30 minutos de ocurrido el hecho, sin costo alguno para el Juzgado de Garantía de Ovalle. O. Asimismo el proveedor dispondrá de un plazo máximo de 20 minutos para recoger al funcionario notificador en dependencias del Juzgado cuando sea requerido. Después de dicho plazo se entenderá que el oferente no se presentó al llamado. P. El servicio se pagará en forma mensual, previa presentación de la factura según lo indican las bases Administrativas, las que tendrán como respaldo las hojas de rutas del mes. Q. El Juzgado podrá solicitar a la empresa de servicios, sin expresión de causa, que determinado conductor no continúe prestando servicios. R. Toda infracción al tránsito cursada durante la prestación del servicio, no será responsabilidad del Juzgado de Garantía de Ovalle, debiendo el proveedor asumir el costo íntegro de la misma. S. El proveedor adjudicado debe tener la disponibilidad de reponer en caso de panne o contingencia que pudiera sufrir el servicio, antes de 30 minutos desde el momento que se produzca ésta. T. El oferente adjudicado deberá mantener la reserva de la información y los procedimientos de carácter interno del Juzgado que pudiere eventualmente conocer en el ejercicio de sus labores. U. Él o los vehículos deben cumplir con las indicaciones siguientes: 1) Deberán contar con la inscripción en Registros del Ministerio de Transporte como “Taxi Ejecutivo” o “Taxi”. 2) Los vehículos deberán ser del año 2019 o superior. 3) Deberán tener una cilindrada mínima de 1500 c.c. o superior. 4) Deben contar con 4 puertas. 5) Los vehículos deberán estar con toda su documentación al día, permiso de circulación, revisión técnica, mantenciones al día, seguro obligatorio, entre otros. Además se debe presentar Hoja de Vida de Conductores, vigente y emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 6) Los conductores deben mantener en sus vehículos, equipos radiales o teléfonos celulares habilitados, con la finalidad de tener una comunicación fluida y permanente entre el notificador, el Juzgado y el vehículo. 7) Toda infracción al tránsito cursada durante la prestación de servicios para el Juzgado, no será responsabilidad del Juzgado o de la Corporación Administrativa del Poder Judicial. 8) En caso que el vehículo no fuere de propiedad del contratista, deberá acompañar una autorización del propietario para prestar los servicios con sus vehículos, se acompaña anexo N°9. 9) La empresa deberá contar con un Supervisor o contacto único que atienda todas las consultas y requerimientos del Juzgado. 10) La empresa adjudicada debe tener disponibilidad de contacto telefónico, celular o vía correo electrónico 24 horas diarias para con el Juzgado. Lo anterior, para tomar requerimientos de móviles, o tomar conocimiento de la cancelación de algún servicio requerido con anterioridad. 11) Una vez iniciado el servicio, en caso de desperfecto, panne o similar, la empresa debe sustituir el vehículo dentro de treinta minutos de ocurrido el hecho, sin costo alguno para el Juzgado o la Corporación Administrativa del Poder Judicial, misma situación ocurrirá cuando el conductor por razones de fuerza mayor, no pueda continuar con su turno.