Licitación ID: 688-12-LQ23
“SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA”
Responsable de esta licitación: OFICINA DE ESTUDIOS Y POLITICAS AGRARIAS, OFICINA DE ESTUDIOS Y POLITICAS AGRARIAS
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Productos o servicios
1
Servicio telefónico local 1 Unidad
Cod: 83111501
 

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
“SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA”
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Provisión de una Plataforma de Telefonía Fija en la modalidad “On Demand” u“Hosteado”, mediante la cual se instalan en las dependencias del oferente parte del hardware y del software habilitante de la Plataforma telefónica, conectándose éstos a Odepa a través de un enlace provisto por el proponente, lo que no impondrá gasto o cargo alguno para la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
OFICINA DE ESTUDIOS Y POLITICAS AGRARIAS
Unidad de compra:
OFICINA DE ESTUDIOS Y POLITICAS AGRARIAS
R.U.T.:
61.301.100-5
Dirección:
Teatinos Nº 40 piso 7, Depto. Adm. y Finanzas
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-06-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 22-05-2023 17:38:00
Fecha inicio de preguntas: 22-05-2023 18:01:00
Fecha final de preguntas: 29-05-2023 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 31-05-2023 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-06-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-06-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 13-07-2023 8:22:26
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. TIPO DE CONCURSO Y PARTICIPANTES La contratación de este servicio se realizará mediante una licitación pública, en la cual podrán presentar propuestas personas naturales y/o jurídicas, chilenas o extranjeras, en adelante e indistintamente el o la Proponente u Oferente. Sin perjuicio de lo anterior, al momento de contratar los extranjeros deberán acreditar haber constituido una persona jurídica de acuerdo con la legislación chilena. El presente proceso de Licitación corresponde al tipo LQ (mayor o igual a 2.000 U.T.M. y menor a 5.000 a U.T.M.). Asimismo, la presente licitación se realizará en una sola etapa, adjudicándose la totalidad de los servicios a un solo oferente. 2. PUBLICACIÓN DE BASES DE LICITACIÓN Y LLAMADO A PRESENTAR PROPUESTAS Las Bases de Licitación y el llamado a presentar propuestas serán publicadas en el Sistema de Información creado por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, portal web www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe las presentes Bases de licitación. Todo el proceso se desarrollará usando el Sistema de Información o plataforma Mercado Público, a saber, sitio web www.mercadopublico.cl. Salvo que ocurriere alguna indisponibilidad técnica de la plataforma Mercado Público, y sólo en estas circunstancias, se permitirá la presentación de ofertas fuera del sistema. Para ello, los oferentes deberán hacer llegar su propuesta en formato impreso a la Oficina de Partes de Odepa, ubicada en calle Teatinos N°40, piso 7, comuna de Santiago, dentro de un plazo de dos días hábiles para la presentación de ofertas fuera del sistema, contados desde la fecha de cierre señalada en el Sistema de Información, junto con un Certificado de la Dirección de Compra y Contratación Pública, el que puede ser solicitado hasta 24 horas después al cierre de la recepción de ofertas. A menos que se indique expresamente lo contrario, los plazos de días establecidos en estas Bases corresponden a días hábiles. En el evento que el último día de un plazo recayere en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente. 3. MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN Odepa podrá modificar las Bases Técnicas, las Bases Administrativas y los Anexos de la presente licitación en aquellos aspectos que no sean sustanciales. Dicha facultad sólo podrá ejercerla hasta la fecha y hora de cierre de recepción de las ofertas, mediante resolución fundada debidamente tramitada, informando de ello a través del portal www.mercadopublico.cl. En este caso, los proveedores deberán efectuar las modificaciones que sean necesarias dentro del plazo que reste hasta el cierre de la recepción de las ofertas, o bien, en el plazo que se haya fijado para estos efectos en la resolución antes señalada. En todos los casos, será obligación del oferente revisar periódicamente el proceso de licitación en el portal de compras públicas (www.mercadopublico.cl) y atender toda modificación solicitada por Odepa. En caso de realizarse modificaciones, el plazo de cierre de la licitación se extenderá prudencialmente, con el fin de que los oferentes puedan corregir su oferta o, en su defecto, presentar una nueva propuesta. 4. COMUNICACIONES Y PLAZOS Todas las comunicaciones, notificaciones, consultas y respuestas que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, se harán por medio del portal www.mercadopublico.cl. La Oficina de Estudios y Políticas Agrarias podrá agregar aclaraciones con información complementaria o modificatoria de los antecedentes de la licitación, siempre que se trate de materias adjetivas que no alteren ni modifiquen la naturaleza del llamado, hasta 2 días hábiles antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas. Lo establecido en las presentes bases corresponde a días hábiles, salvo que se indique lo contrario. En el evento que el último día de un plazo recayere en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente. Son días inhábiles los sábados, domingos y festivos. 5. REQUISITOS Y CONDICIONES DE LOS OFERENTES Los oferentes deberán acreditar, mediante Declaración Jurada Simple (Anexo N° 2), que son hábiles para contratar con la Administración del Estado, según lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 6. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de la Ley N°19.886, los oferentes podrán unirse entre sí para la presentación de una oferta común, con el fin de complementar y fortalecer sus capacidades. En dicho caso, deberán formalizar la Unión Temporal de Proveedores, mediante instrumento público o privado, estipulando la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias y nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. La Unión Temporal de Proveedores se regirá por las disposiciones legales y reglamentarias que le sean aplicables. La oferta que se realice de manera conjunta por varias personas naturales o jurídicas deberá individualizar a cada una de ellas, manifestando expresamente que actúan en la forma señalada en el párrafo precedente. Con todo, para ingresar la oferta en el Sistema de Información, aquélla deberá ajustarse completamente a las formalidades y requisitos señalados en estas Bases de licitación. En caso de ser adjudicada la licitación pública a una Unión Temporal de Proveedores para la contratación del servicio licitado, el acuerdo de los proveedores que crea la referida Unión y las estipulaciones exigidas para ésta deberán otorgarse por escritura pública, la que se acompañará como antecedente para celebrar el contrato respectivo con Odepa, sin que sea necesario constituir una sociedad o persona jurídica para este propósito. Como consecuencia de la Unión Temporal de Proveedores, la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias a cualquiera de los integrantes de la Unión será válido y extinguirá la deuda respecto de los otros en la parte en que hubiese sido satisfecha, sin perjuicio de la representación con poderes suficientes que los miembros de la Unión Temporal de Proveedores establezcan para el presente proceso licitatorio. 7. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 7.1. Instrucciones para presentación de Ofertas Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias o con sus funcionarios con motivo de la presente licitación y durante el curso de ésta, salvo para hacer entrega de la garantía de Seriedad de la Oferta y realizar las preguntas relacionadas con el proceso licitatorio, si las hubiere. En este caso, las preguntas de los oferentes deberán formularse por ellos y ser respondidas por Odepa dentro del plazo fijado en estas Bases Administrativas, utilizando para estos fines el Sistema de Información, portal web www.mercadopublico.cl. Asimismo, durante el proceso de la presente licitación pública no se sostendrán reuniones con lobistas o gestores de intereses particulares por motivos relacionados, directa o indirectamente, con aquélla. Las propuestas y los antecedentes técnicos, económicos y administrativos, deberán ser presentados única y exclusivamente a través del Sistema de Información, portal www.mercadopublico.cl, en formato compatible con Microsoft Office, Acrobat pdf o JPG. Junto con los demás antecedentes requeridos en las presentes Bases de licitación, deberán ser ingresados al Sistema de Información los Anexos N° 1 y N° 2, debidamente completados, llenados y firmados, en formato compatible con Microsoft Office, Acrobat pdf o JPG. Las propuestas deben tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de presentación de ofertas establecida en el portal www.mercadopublico.cl, no pudiendo el Proponente, por sí, alterar cualquiera de sus términos. Por el sólo hecho de presentar ofertas, se entiende la conformidad y aceptación de las condiciones del servicio y que los oferentes leyeron y comprendieron las bases y los anexos que forman parte de la presente licitación. El oferente debe constatar, en el sitio www.mercadopublico.cl, que el envío de su oferta haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso en el Sistema de Información de todos los antecedentes requeridos en las presentes Bases de licitación. Si algún proponente tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal web www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas. Se debe tener especialmente presente que, ingresada correctamente la oferta, el Portal permite imprimir el Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de ésta en el Sistema de Información. 7.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, al momento de ingresar su oferta en el mencionado portal, los antecedentes administrativos necesarios para la evaluación de su propuesta, los cuales consisten en: Documento en formato Word o Acrobat pdf, JPG, o compatible con éstos, que contenga los antecedentes generales de identificación del oferente: nombre o razón social, RUT, dirección, casilla o correo electrónico, teléfono, fax y otros antecedentes relevantes que se estimen pertinentes señalar. Los oferentes que estén inscritos en el Registro de Oficial de Proveedores del Estado (Chileproveedores: www.chileproveedores.cl) y se encuentren en calidad de habilitados, no necesitan presentar estos antecedentes. Declaración Jurada Simple, debidamente firmada, señalando que el oferente conoce y acepta todas y cada una de las condiciones y exigencias establecidas en las bases de la licitación y expresa que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado, de acuerdo con lo establecido en la Ley 19.886 y su Reglamento (Anexo Nº 2). En caso de una Unión Temporal de Proveedores, se deberán acompañar los antecedentes mencionados en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, ya citado. 7.3. Antecedentes Técnico Para efectos de evaluar la Oferta Técnica deberán ingresarse en el Sistema de Información, en formato compatible con Microsoft Office, Acrobat pdf o JPG, la Propuesta y todos los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento, por parte del oferente, de todos y cada uno de los requisitos técnicos exigidos en las presentes bases de licitación. Se deberán, además, completar, llenar, firmar e ingresar al Sistema de Información los documentos siguientes: Formulario de Presentación de Ofertas (Anexo N° 1). La propuesta técnica deberá ajustarse a las Bases Técnicas y al Anexo N° 1 de estas Bases de licitación. La no presentación del Anexo N°1, a través del portal www.mercadopublico.cl, así como de las especificaciones de los equipos en conformidad con lo señalado en las Bases Técnicas, impedirá considerar la oferta en el proceso de evaluación. 7.4. Antecedentes Económicos. Se entenderán comprendidos en el monto total de la oferta económica los valores de todos los trabajos, cometidos, trámites, viáticos, impuestos, garantías, derechos o gestiones que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio, con estricto apego a las especificaciones definidas en las presentes Bases de licitación y en su Anexo N° 1. Sin perjuicio de lo anterior y dado que la modalidad de contratación del presente proceso licitatorio corresponde a un contrato de ejecución en el tiempo, cuando el proponente ingrese su oferta económica en el Sistema de Información, en el campo respectivo de la ficha electrónica habilitada en el portal www.mercadopublico.cl, deberá indicar los Valores NETOS -los valores resultantes de descontar el I.V.A. de la oferta económica que realice el proponente-, los cuales se expresarán en U.F. (Unidades de Fomento) , por línea de producto y sin considerar otro tipo o clase de reajustes. La información requerida en el párrafo anterior también deberá constar en el Anexo N° 1, el cual deberá ser ingresado al Sistema de Información en un formato compatible con Microsoft Office o Acrobat PDF o JPG. En caso de discrepancias y para efectos de la evaluación, se considerará el valor neto y la información entregada por el oferente en el Anexo Nº 1 (Formulario de Presentación de Ofertas). La propuesta económica deberá ajustarse a las Bases Técnicas y al Anexo N° 1 de estas Bases de licitación. El presupuesto máximo disponible para la ejecución de los servicios que se contratarán asciende a la suma de U.F. 3.650- (tres mil seiscientos cincuenta unidades de fomento), impuestos incluidos. En el Acto de Apertura Económica, y en conformidad con lo registrado por el oferente en el Anexo N°1, si el resultado de la suma de los impuestos con los valores netos superare el Presupuesto Máximo Disponible, el proponente quedará fuera del proceso de licitación en ese mismo acto. Para efectos de este cálculo, se utilizará el valor vigente de la unidad de fomento del día de la apertura electrónica de las ofertas, señalada en el sitio www.mercadopublico.cl. 7.5. Antecedentes Físicos El oferente deberá hacer entrega de una boleta de garantía u otro instrumento equivalente que asegure su cobro rápido y efectivo, que garantice la Seriedad de la Oferta, de acuerdo con lo descrito en el punto 11.1 de las presentes Bases Administrativas. La no presentación de la garantía por parte del oferente implicará el rechazo de su oferta al momento de realizar la Apertura Electrónica de la misma en el Sistema de Información. 8. ETAPAS Y PLAZOS DEL PROCESO DE LICITACIÓN Las Bases de Licitación y el llamado a presentar propuestas serán publicados en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe dichas Bases. Las etapas y plazos del proceso de licitación serán los siguientes: Recepción de Ofertas: Hasta las 15:00 hrs. del vigésimo quinto día corrido, contado a partir de la fecha de publicación de las Bases de licitación en el Sistema de Información. Acto de Apertura Electrónica de Ofertas: A partir de las 15:01 hrs. del mismo día del cierre de recepción de ofertas. Preguntas sobre las Bases: Se podrán realizar hasta las 16:00 hrs. del sexto día corrido, contado a partir de la fecha de publicación de las Bases. Publicación de las Respuestas a las Preguntas: Hasta las 23:59 hrs. del segundo día corrido inmediatamente después de cerrado el plazo de preguntas. Evaluación y Adjudicación: Ambos procesos serán realizados en un máximo de 45 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. En el evento que el último día de los plazos de días corridos señalados precedentemente, y cualquier otro que se indique en las presentes bases, recayere en un día inhábil (sábado, domingo o festivo), se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente. Adicionalmente, los plazos de licitación estarán disponibles en la ficha de licitación respectiva, publicada en el portal web www.mercadopublico.cl. 9. REQUISITOS LEGALES PARA CONTRATAR El adjudicatario, para ser contratado por Odepa, deberá estar inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado o Chileproveedores, www.chileproveedores.cl, y encontrarse habilitado para ello, en los términos que exige el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y sus respectivas modificaciones. En el caso que él o los oferentes adjudicatarios no estén inscritos al momento de ser adjudicada la licitación, deberán inscribirse dentro de un plazo máximo de 7 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación. Es responsabilidad del o de los proveedores adjudicatarios acreditar oportunamente lo indicado precedentemente, pudiendo ODEPA dejar sin efecto la adjudicación, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere, y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la siguiente mejor evaluación, para el caso en que el contrato no se pudiere firmar debido al incumplimiento de estos requisitos. De existir falsedad o inexactitud de la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar a la Fiscalía competente para el caso en que existan presunciones fundadas de delito, Odepa se reserva el derecho de terminar inmediata y anticipadamente los contratos que corresponda, sin indemnización para el o los oferentes o proveedores adjudicados 10. ADJUDICACIÓN Y RECHAZO DE LAS OFERTAS Odepa se regirá en esta materia por lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N° 19.886. La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes mediante el Portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo establecido en el numeral 8 – “Etapas y plazos del proceso de licitación” - de las presentes bases administrativas. Odepa podrá adjudicar, en virtud de una resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue, siempre y cuando el oferente presente una ampliación de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por la diferencia de precio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de Compras Públicas, contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Odepa declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886. La declaración de Odepa se realizará mediante resolución fundada y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna. 11. GARANTÍAS 11.1 Garantía de Seriedad de la Oferta 11.2 Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato 11.2 Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato Tipos de Documentos Documento irrevocable, nominativo, no endosable, pagadero a la vista, de cobro rápido y efectivo, a favor de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, R.U.T.: 61.301.100-5. (Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguro sin liquidador o Certificado de Fianza). Garantía Aplicada en El 5% del monto total del contrato, en pesos chilenos. Fecha de Vencimiento Mínimo 90 días corridos a contar de la fecha máxima establecida para el término del contrato. Glosa Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato "Servicio de Telefonía Fija”. Boleta Bancaria u otro instrumento equivalente, de cobro rápido y efectivo, a favor de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, R.U.T.: 61.301.100-5, pagadera a la vista, irrevocable, nominativa, no endosable, tomada por el oferente o uno más de sus integrantes en una institución financiera constituida en Chile con sucursal en la plaza de Santiago. Descripción La boleta de garantía o el instrumento equivalente de cobro rápido y efectivo deberá ser ingresado en la Oficina de Partes de Odepa, ubicada en Teatinos N° 40, 7° piso, comuna y ciudad de Santiago, entre las 9:00 y las 14: 00 horas. El plazo máximo para entregar esta garantía será de hasta 7 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, realizada en el portal www.mercadopublico.cl. La boleta de garantía debe ser entregada adjuntando un documento con los antecedentes del ejecutivo bancario a su cargo: nombre, correo electrónico y teléfono. Forma de Restitución La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será devuelta 90 días corridos, a partir de la aprobación de los servicios contratados, por parte de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, una vez que se dé cumplimiento íntegro y oportuno a todas las obligaciones contraídas por el adjudicatario, en conformidad con las presentes Bases de Licitación y el Contrato, siendo requisito previo que el proveedor se encuentre debidamente calificado. Será responsabilidad del proveedor renovar o reemplazar oportunamente esta Garantía con anterioridad a su vencimiento, con la finalidad de mantener el resguardo durante todo el período de vigencia del contrato, incluso posterior a su término. 12. ERRORES FORMALES Y PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES. Odepa podrá solicitar a los oferentes, a través del Foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales con tal que no se afecten los principios de Estricta Sujeción a las Bases y de Igualdad de los Oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, mediante el portal www.mercadopublico.cl. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días corridos, que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del requerimiento en el portal, conforme a lo señalado en el artículo 6 del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, para responder a lo solicitado, de acuerdo con la funcionalidad disponible en el portal www.mercadopublico.cl. Quien no ingrese la información solicitada en el plazo señalado, se le calificará con un puntaje 0. 13. COMISIÓN EVALUADORA Las propuestas serán revisadas por una comisión evaluadora, integrada por 3 funcionarios públicos, es decir, personal de planta o a contrata de la Administración Pública. Dicha comisión será designada en la parte resolutiva del acto administrativo que apruebe las presentes Bases de licitación. La comisión emitirá un Acta de Evaluación, consistente en un informe fundado en los criterios de evaluación y ponderación de los mismos, contenidos en estas bases administrativas, el que deberá incluir una propuesta de adjudicación de la licitación pública, si procede. Corresponderá también a la comisión evaluadora dar respuestas a las consultas y/o reclamos que se formulen respecto de la adjudicación o de la resolución en virtud de la cual se declara desierta la licitación pública, según fuere el caso. 14. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA Para la evaluación y calificación de las propuestas se considerarán los criterios y pautas de evaluación que se indican a continuación: a.- Costo fijo mensual. Se valorará la suma total del costo fijo mensual ofertado por el servicio de telefonía fija el cual está indicado por el oferente en el Anexo N°1, esto es: Valor mensual por 35 Canales SIP TRUNK + Valor mensual por 10.000 minutos SLM (mínimo) + Valor mensual por 5.000 minutos a móvil (mínimo) + Valor mensual por 35 teléfonos IP y 41 softphone. Criterio de evaluación es: El cálculo se realizará dividiendo el valor de la oferta de menor monto (Xmin) por el valor de la oferta en evaluación (Xi), multiplicando el resultado por el % asignado al criterio específico, de acuerdo a la siguiente formula: Pi = X min * % Xi Dónde: Pi = Puntaje de la oferta económica en evaluación. Xi = Valor de la oferta en evaluación. Xmin = Valor de la oferta de menor monto. %= Porcentaje asignado al criterio evaluable respectivo. b- Plazo de implementación y habilitación del servicio. Se valorará el plazo de implementación y habilitación del servicio, lo que el sistema esté plena y completamente en funciones (100% de operatividad), de acuerdo con lo solicitado en el punto 2.3 las Bases Técnicas. Criterio de evaluación es: El cálculo se realizará dividiendo el valor de la oferta de menor plazo (Xmin) por el valor de la oferta en evaluación (Xi), multiplicando el resultado por el % asignado al criterio específico, de acuerdo a la siguiente formula: Pi = X min * % Xi Dónde: Pi = Puntaje de la oferta económica en evaluación. Xi = Plazo de la oferta en evaluación. Xmin = Menor plazo ofertado. %= Porcentaje asignado al criterio evaluable respectivo. c.- Cumplimiento de Requisitos Formales. Se valorará que los oferentes cumplan con la presentación de todos los antecedentes técnicos, económicos y administrativos, dentro del plazo de presentación de ofertas. Se evaluará mediante la sumatoria de los puntajes obtenidos de acuerdo a la siguiente tabla: La Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, declarará inadmisibles todas las ofertas cuyo puntaje sea inferior al 70% del resultado obtenido al momento de evaluar los criterios señalados precedentemente. En caso de producirse empate, se escogerá la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el ítem de evaluación "Costo fijo mensual”. En caso de persistir el empate, se escogerá aquella propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el ítem de evaluación"Plazo de implementación y habilitación del servicio ". En caso de persistir el empate, se escogerá aquella propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el ítem de evaluación "Cumplimiento de Requisitos Formales " . 15. TIPO DE ADJUDICACIÓN Adjudicación simple, en una etapa, sin emisión automática de Orden de Compra. 15.1. Re-adjudicación Al producirse algún incumplimiento de los requerimientos técnicos y/o de otras cláusulas establecidas en las presentes bases de licitación, o en caso de negativa del proveedor de realizar el servicio, o de notoria insolvencia, la negativa o el desistimiento de suscribir el contrato (en su caso), la no presentación de los antecedentes y/o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento (si correspondiere), se procederá a efectuar la re adjudicación dentro de un plazo no superior a 90 días luego de haberse adjudicado en el sistema de compras públicas, al oferente que siga en puntaje al oferente adjudicado, dejándose constancia en el portal Mercado Público, y sin derecho a indemnización alguna para el proveedor. 15.2. Aclaraciones y/o consultas sobre la adjudicación Los oferentes de la presente licitación pública podrán enviar sus consultas al correo electrónico: compras@odepa.gob.cl. 16. CONTRATO La Oficina de Estudios y Políticas Agrarias suscribirá con el adjudicatario un contrato de prestación de servicios por el valor total del precio del contrato, incluidos los impuestos, el cual será establecido en U.F., dentro del plazo de 45 días corridos, contados a partir de la notificación de la adjudicación en el sitio www.mercadopiblico.cl, y previa acreditación de la inscripción y habilidad en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, por parte del adjudicatario, la presentación de los documentos requeridos a quien resulte adjudicado, en el portal www.chileproveedores.cl, y del hecho de figurar en éste en estado “hábil”. 17. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO A) Modificaciones del Contrato: Éstas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el artículo 13 de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y en el artículo 77 de su Reglamento, contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Cualquier modificación que se realice al contrato estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original. B) Término Anticipado del Contrato: Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, aprobado por el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Odepa estará facultada para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones: B.1) Si Odepa decidiere poner término unilateralmente al contrato por motivo no imputable al adjudicatario, sea por caso fortuito o fuerza mayor conforme a lo previsto en el artículo 45 del Código Civil, o por otra causal debidamente fundamentada, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada despachada al domicilio registrado por éste en el contrato, con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados. B.2) Odepa se reserva el derecho de terminar anticipadamente el contrato regulado por las presentes bases de licitación, para el caso en que el proveedor contratado registre saldos insolutos respecto del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que tiene con sus trabajadores, haciendo efectivas las garantías extendidas a su favor. B.3) En caso de incumplimiento grave, total o parcial, de las obligaciones contraídas por el contratante, de acuerdo con el Nº 2 del artículo 77 del Reglamento de Compras Públicas (aprobado mediante el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda), Odepa podrá poner término al contrato en forma inmediata, administrativa, unilateral y anticipada, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para la empresa contratada. Se entenderá por incumplimiento grave de la contratación, las siguientes conductas: En el caso de generarse atrasos por 4 semanas corridas en el cumplimiento de las etapas, atribuibles directamente al adjudicatario. Si durante el desarrollo de la contratación se comprobare que el proveedor ha efectuado la cesión de la misma. La contravención del deber de confidencialidad establecido en el punto 17 de las bases administrativas. Si concurre cualquier otra causal contemplada expresamente en las bases. En este caso, Odepa deberá notificar tal circunstancia al proveedor por carta certificada, enviada al domicilio registrado por éste, y podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas, o bien con cargo a los pagos de Odepa que se encuentren pendientes. Las cartas certificadas que envíe Odepa manifestando la decisión de terminar anticipadamente el contrato, no suplirán la publicación que debe realizarse en el Sistema de Información de las resoluciones o decretos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse, en conformidad con el artículo 79 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, aprobadas mediante el Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, las que deberán, en todo caso, ser fundadas. 18. PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONFIDENCIALIDAD Los antecedentes técnicos asociados a los servicios que el proveedor contratado desarrolle con motivo de la presente licitación serán de exclusiva propiedad de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, los cuales podrá modificarlos o reproducirlos cada vez que lo estime conveniente, sin derecho para el proveedor de realizar cobro o cargo alguno por estos conceptos. En consecuencia, el adjudicatario no podrá disponer o hacer uso, en cualquier forma o tiempo, sin autorización escrita de Odepa, por corresponder estos al producto del cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Todos los antecedentes que conozca el proveedor, con ocasión de la presente licitación y contrato, son reservados. En consecuencia, no pueden usarlos, divulgarlos, transferirlos, cederlos, sin el expreso y estricto consentimiento de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. El proveedor y quienes participen en la ejecución de los servicios, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes que, con dicho objeto, les proporcione Odepa para efectuar su trabajo. Las partes dejan expresamente establecido que toda la información que maneja Odepa tiene carácter de confidencial. En consecuencia, el proveedor se obliga a mantener la confidencialidad de toda la información que se le suministre, así como de la información que aquél, sus asesores o dependientes puedan tomar conocimiento como consecuencia de la prestación de los servicios contratados. Con el objeto de mantener esta confidencialidad, el proveedor se obliga a: a) No usar total o parcialmente tal información para un propósito distinto a la prestación de los servicios a Odepa; b) Mantener la información suministrada en reserva y debidamente resguardada; c) No permitir el acceso a la información a terceros y permitir el uso únicamente a sus asesores o dependientes que la precisen para proveer servicios a Odepa. El proveedor se compromete, además, a que las personas a quienes se autorice para tener acceso a la información se obliguen a mantener la confidencialidad respecto de la misma, en los términos establecidos en estas Bases Administrativas, comprometiéndose el proveedor a responder por cualquier daño o perjuicio que pueda ocasionarle a Odepa el uso o divulgación de tal información con un fin distinto al indicado para tales personas; d) No hacer copias, ni permitir que otros hagan copias o reproduzcan antecedentes o documentos que contengan información, salvo que Odepa lo autorice en forma previa y por escrito; e) Restituir a Odepa todo o parte del material, documentos u otros que contenga información que haya entregado al proveedor tan pronto como aquélla lo solicite; y f) Tomar todos los resguardos y las medidas necesarias para mantener la confidencialidad de la información y evitar situaciones y actos que puedan causar perjuicios a Odepa. La obligación de mantener la confidencialidad se mantendrá durante todo el tiempo de vigencia del contrato y en el futuro, después de expirado éste, salvo que Odepa autorice en forma expresa al proveedor para usar o revelar total o parcialmente la información entregada. El incumplimiento de esta obligación hará responsable al proveedor y personalmente a los autores del incumplimiento de todos los daños y perjuicios que tal incumplimiento le pueda causar a Odepa, ya sea que la divulgación o el mal uso de la información lo haya efectuado esta o sus asesores, dependientes, subcontratistas u otros que hayan tenido acceso a la información a causa de este contrato. 19. DURACIÓN DEL CONTRATO La relación contractual a que dará origen la presente licitación corresponde a un contrato de ejecución en el tiempo, con una duración de 48 meses. El contrato se inicia desde la fecha de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. Sin perjuicio de lo anterior, los servicios que se contraten en conformidad con las presentes Bases de Licitación comenzarán a prestarse a partir del día 1° de octubre de 2023, previa suscripción del contrato respectivo y del Acta de Recepción, descrita en el numeral 20 de estas bases administrativas. No obstante, ello, Odepa sólo procederá a pagar los servicios que inicien su ejecución a partir de la fecha antedicha y una vez que la Resolución Exenta que apruebe el contrato se encuentre totalmente tramitada. 20. ACTA DE RECEPCIÓN DE INSTALACIÓN DE LOS PRODUCTOS Concluido el periodo de Marcha Blanca, y realizadas todas las pruebas de calidad, funcionamiento y operatividad referidas en el numeral 2.8 de las Bases Técnicas, se firmará el Acta de Recepción conforme. El adjudicatario deberá solicitar por escrito la recepción y suscripción del acta, una vez finalizados los plazos establecidos en la carta Gantt. Odepa verificará previamente el cumplimiento de las especificaciones técnicas de las Bases de licitación y de la Propuesta presentada por el proveedor contratado para efectos de extender el Acta solicitada. 21. MODALIDAD DE PAGO El presupuesto máximo disponible es de U.F. 3.650- (tres mil seiscientos cincuenta unidades de fomento), IVA incluido. El precio del contrato será determinado en U.F., en conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación, a través del Portal web www.mercadopublico.cl y con el mérito de la Orden de Compra respectiva. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a plena satisfacción de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. De acuerdo a la nueva modalidad de pago implementado por la Dipres los pagos los efectúa la Tesorería General de la República el día 30 a partir de la fecha de emisión de la factura, previa aceptación conforme de la misma, mediante transferencia electrónica. La factura deberá ser extendida a nombre de: Razón Social: Oficina de Estudios y Políticas Agrarias R.U.T.: 61.301.100-5 Dirección: Teatinos N° 40, piso 8, comuna y ciudad de Santiago. Giro: Administración Central. Para proceder al pago de las cuotas, junto con la factura respectiva, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación: Copia de Orden de Compra. Presentar datos bancarios para efectuar transferencia electrónica. Las facturas deberán emitirse en formato electrónico despachado a la casilla: dipresrecepción@custodium.com y compras@odepa.gob.cl, con copia a la Contraparte Técnica de Odepa (*). Será responsabilidad del adjudicatario entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura, factura exenta o boleta de honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos. Una vez que la o las facturas sean recibidas, Odepa contará con un plazo de 8 días, a contar de la fecha de emisión para ejercer las atribuciones contenidas en el numeral 2º del artículo 3º de la Ley N º 19.983, o la disposición legal que la reemplace. Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, al Encargado o Contraparte Técnica del Contrato, respecto de cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la orden de compra y/o en la factura, factura exenta o boleta de honorarios. 22. MULTAS ODEPA estará facultada para aplicar multas y/o sanciones cada vez que el adjudicatario no proporcione cualquiera de los servicios convenidos dentro de los plazos fijados en su oferta. Dichas multas serán aplicadas en forma administrativa, descontándolas de la cuota mensual a pagar del mes siguiente de incurrida la falta, o bien podrá satisfacer el monto de aquella haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. El sistema utilizado para establecer las multas que deban ser aplicadas a la empresa proveedora, funcionara de la siguiente manera. Por cada incumplimiento de los SLA establecidos, se evaluará mediante puntuación preestablecida a la empresa proveedora dependiendo del nivel de incumplimiento. La empresa proveedora acumulará puntos de incumplimiento de acuerdo a las escalas establecidas a continuación en relación a los SLA medidos. La multa final, será aplicada en base al total de puntos que la empresa proveedora acumuló en el mes. La medición de cada SLA comprende desde el primer día de cada mes, hasta el último del mismo. A continuación, se muestra la multa que la empresa proveedora deberá asumir según la cantidad de puntos que haya tenido: A continuación, se muestra la multa que la empresa proveedora deberá asumir según la cantidad de puntos que haya tenido: Dichos descuentos son respecto del total mensual de los valores de los servicios contratados. Nota: Se excluirán los casos de fuerza mayor o fortuitos acreditados y respaldados oportunamente. Los oferentes participantes entregarán los procedimientos (atención de fallas) para el llamado de servicio/reclamo, el cual puede ser efectuado desde cualquiera de las dependencias de Odepa. De igual manera los oferentes deberán indicar las restricciones que tienen para Odepa estos servicios. Los servicios deberán estar disponibles, las 24 horas y los 365 días del año, sin límite de uso, a los precios que determine el contrato. A los efectos de lograr un efectivo control por parte de Odepa de los niveles SLA acordados, será deseable que el Proveedor presente un informe mensual con los indicadores de upgrade de cumplimiento de la calidad de servicio establecida como SLA, señalando a lo menos: Fallas Reportadas: Listado de fallas, fecha y hora de inicio, fecha y hora de finalización, servicio afectado, fecha y hora de notificación de la falla, motivo de la falla, observaciones. Disponibilidad: Porcentaje de disponibilidad del servicio A continuación, se especificará el sistema de otorgación de puntos por parte de Odepa a la empresa proveedora ante eventuales incumplimientos en los niveles de los SLA acordados. UPTIME DE LA PLATAFORMA. Si el proveedor de los servicios no cumple con un mínimo del 99,3% de SLA, dependiendo del nivel de su incumplimiento se le sumarán los puntos correspondientes. A continuación, se muestran los niveles de incumplimiento para el uptime de la plataforma telefónica según se especifica en el punto antes mencionado. La tabla anterior muestra el Uptime (U), expresado en porcentaje de tiempo, en que la empresa proveedora no tiene operativa plataforma de telefonía. Los puntos a aplicar para cada uno de los niveles son los siguientes: Los puntos serán sumados a la cuenta que el proveedor tenga para el mes en que incurrió con el incumplimiento. A final de mes, dependiendo de la suma de los puntos que la empresa tenga, se aplicarán las multas correspondientes. SOPORTE Y MANTENCIÓN. Si el proveedor de los servicios no cumple con los niveles mínimos en el SLA de Soporte y Mantención identificados en la tabla anterior, dependiendo del nivel de su incumplimiento se le aplicarán las multas correspondientes. A continuación, se muestran los niveles de incumplimiento para la atención en horario hábil (de 9:00 a 18:00 horas) y no hábil: La tabla anterior muestra el tiempo (T), expresado en minutos, en que la empresa proveedora se demora en atender un requerimiento de problemas en la plataforma de telefonía. Los puntos a aplicar para cada nivel de incumplimiento en la atención son los siguientes: Dichos puntos se aplicarán por cada incumplimiento que el proveedor incurra en los tiempos de atención del problema, y se irá acumulando a la cuenta de puntos que el proveedor tenga para el mes del incumplimiento. A continuación, se presentan los niveles de incumplimiento para los tiempos de solución del problema: La tabla anterior muestra el tiempo (T) expresado en horas, en que la empresa proveedora se demora en solucionar requerimiento de problemas en la plataforma de telefonía. Los puntos a aplicar para cada nivel de incumplimiento en la atención son los siguientes: Dichos puntos se aplicarán por cada incumplimiento que el proveedor incurra en los tiempos de solución del problema, y se irá acumulando a la cuenta de puntos que el proveedor tenga para el mes del incumplimiento. Descargos a las multas Detectado un incumplimiento por parte de Odepa, se procederá a notificar al proveedor acorde a lo previsto en la ley 19.880, indicándose la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el valor de la multa que será aplicada. A partir de la fecha de la notificación a que se alude en el párrafo precedente, el proveedor adjudicado podrá presentar sus descargos por las multas que le sean aplicadas, para lo cual deberá dirigirse por escrito a la Directora Nacional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, dentro del plazo de los cinco (5) primeros días hábiles. En dichos descargos deberá informar sobre las causas que ocasionaron, a juicio del proveedor, el incumplimiento y qué procedimiento se utilizó para su pronta solución. Los descargos se realizarán por cada multa, en forma individual, y su aprobación significará desestimar completamente la aplicación de la multa que se haya dispuesto en contra del proveedor. Vencido el plazo para la presentación de los descargos, Odepa - dentro de los 15 días hábiles siguientes - procederá a dictar el correspondiente acto administrativo aplicando la multa. Si el proveedor presentó en tiempo y forma sus descargos, Odepa tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles desde la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo cual será asimismo determinado mediante acto administrativo fundado, que será notificado al proveedor conforme a lo previsto en la ley 19.880. Aplicada una multa, procederán en favor del proveedor, los recursos de Reposición, Jerárquico y Extraordinario de Revisión, que deberán interponerse en el plazo y resolverse en la forma y condiciones establecidas en la Ley 19.880. 23. CONTRAPARTE TÉCNICA Ejercerá la labor de Contraparte Técnica de Odepa de la contratación a que dé origen el presente licitatorio, el profesional designado en la parte resolutiva de la presente resolución exenta. En ejercicio de dicha función, deberán cumplir las siguientes funciones: Certificar la ejecución conforme de los servicios, en cuanto a calidad y plazos de entrega. Colaborar y asistir al proveedor adjudicado, en el ámbito de sus competencias. Certificar oportunamente la recepción conforme de los Informes y Productos recibidos para proceder al pago de los mismos, o informar del rechazo de la recepción para proceder a la devolución de la correspondiente factura, dentro del plazo establecido en el numeral 2° del artículo 3° de la Ley N° 19.983. Las demás que se establezcan en el respectivo contrato que se celebre con el adjudicatario. 24. PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y DE DELITOS FUNCIONARIOS. El adjudicatario – en caso de estar constituida como persona jurídica – no podrá incurrir en las inhabilidades o prohibiciones contenidas en la ley N°20.393 y sus modificaciones, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho. Asimismo, el adjudicatario, sea persona natural o jurídica deberá adoptar todos los resguardos necesarios para no incurrir en una operación prohibida o en conductas ilícitas o que puedan conllevar a la comisión de delitos funcionarios por parte del personal de Odepa. En el evento de tomar conocimiento de alguna operación, gestión o actuación sospechosa conforme a lo previsto en la Ley N°19.913, el proveedor se obliga a dar cuenta de ello de manera inmediata, a través del correo electrónico denuncias@odepa.gob.cl. 25. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las bases de licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública. Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia de la contratación, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para ante sus tribunales, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República. ANEXO N° 2 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE Yo,............................................................................., cédula nacional de identidad Nº ..........................., domiciliado en...................................................., en mi calidad de oferente o representante legal de (según corresponda) ..................................................................................................., declaro conocer lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, que se reproduce a continuación, y que en consecuencia soy hábil (mi representada es hábil) para contratar con la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. Artículo 4º.- Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común, Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo. Cada entidad licitante podrá establecer, respecto del adjudicatario, en las respectivas bases de licitación, la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato en los términos establecidos en esta ley. El inciso anterior sólo se aplicará respecto de contratos cuyo objeto sea la adquisición de bienes o la prestación de servicios que el adjudicatario se obligue a entregar o prestar de manera sucesiva en el tiempo. Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a ambas Cámaras del Congreso Nacional, a la Corporación Administrativa del Poder Judicial y a las Municipalidades y sus Corporaciones, respecto de los Parlamentarios, los integrantes del Escalafón Primario del Poder Judicial y los Alcaldes y Concejales, según sea el caso. Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo 62 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda. Sin embargo, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, los órganos y empresas referidos en el inciso cuarto podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados. En el caso del Congreso Nacional la comunicación se dirigirá a la Comisión de Ética del Senado o a la Comisión de Conducta de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder Judicial, a su Comisión de Ética. Firma del Oferente o Representante(s) Legal(es) ………… de ……. del 2023 3. DESÍGNASE a los siguientes funcionarios para conformar la Comisión Evaluadora de las Ofertas Técnica y Económica de la Licitación a que se llama mediante la presente Resolución Exenta: Daniel Muñoz, Coordinador Área de Ingeniería de Sistemas del Departamento de Computación e Informática de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. Hernán Vargas Rodríguez, Ingeniero en Sistemas del Departamento de Computación e Informática de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. Andrés Azócar Cerda, Jefe del Departamento de Computación e Informática de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. En caso de ausencia de algún integrante de la Comisión Evaluadora precedentemente señalada, desígnese en su reemplazo a alguno de los siguientes profesionales o funcionarios públicos: Eduardo Bascur Rodríguez, Profesional de Apoyo de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. Arnaldo Mena Álamos, Profesional de Apoyo de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. Douglas Henríquez Meza, Profesional de Apoyo de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. Contraparte Técnica de Odepa: Daniel Muñoz, Coordinador Área de Ingeniería de Sistemas del Departamento de Computación e Informática de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. En caso de ausencia del funcionario que integra la Contraparte Técnica de Odepa, desígnese en su reemplazo a : Jefe del Departamento de Computación e Informática de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. 4. PUBLÍQUESE la presente Resolución Exenta, las Bases Técnicas, las Bases Administrativas y los Anexos de la licitación pública para la contratación de un “SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA" , a que se llama en virtud de este acto administrativo, en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, portal web www.mercadopublico.cl.
Documentos Técnicos
1.- OFICINA DE ESTUDIOS Y POLÍTICAS AGRARIAS BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA “SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA” BASES TÉCNICAS 1. CONSIDERACIONES GENERALES La Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, en adelante e indistintamente Odepa para estas Bases de licitación, requiere contratar un servicio de telefonía fija, el cual comprenderá los servicios de "Plataforma de Telefonía Fija" -o servicio de Telefonía Fija- y “Servicio de Telefonía de Larga Distancia Internacional” -o carrier- , para que sean utilizados en sus dependencias como medios de comunicación. Las dependencias de Odepa se ubican en calle Teatinos N°40, pisos 6, 7 y 8, en la comuna y ciudad de Santiago. La propuesta del oferente deberá contemplar productos de alto desempeño y calidad, que le permitan a Odepa disponer de la tecnología adecuada para el desarrollo de sus funciones, competencias y objetivos institucionales, y lograr de esta manera el uso eficiente de los recursos públicos y favorecer el ahorro energético. Los servicios deberán estar disponibles las 24 horas del día y los 365 días del año, sin límite de uso. 2. PLATAFORMA DE TELEFONÍA FIJA Se requiere la provisión de una Plataforma de Telefonía Fija en la modalidad “On Demand” u “Hosteado”, mediante la cual se instalan en las dependencias del oferente parte del hardware y del software habilitante de la Plataforma telefónica, conectándose éstos a Odepa a través de un enlace provisto por el proponente, lo que no impondrá gasto o cargo alguno para la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. Para la contratación del servicio de Plataforma de Telefonía Fija, ésta deberá utilizar tecnologías y equipamiento de vanguardia, con el objeto de permitir, facilitar, sostener y soportar las comunicaciones de voz – es decir, las llamadas desde y hacia teléfonos de red fija y celulares-, de datos, video, mensajería instantánea y colaboración basada en la web o mediante navegador, que se realicen entre el personal de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, que satisfaga los estándares de seguridad de la información y de mínimo impacto en el medio ambiente. Asimismo, deberá ser apto para conectarse a la red pública conmutada y proveer del enlace respectivo para la mencionada conexión. Todo el equipamiento y sus accesorios deberán ser proporcionados por el oferente en comodato, es decir, a título gratuito. El servicio de Telefonía Fija deberá estar basado en una arquitectura que permitan realizar las comunicaciones entre los usuarios o clientes de Odepa distribuidos a nivel de la red de área local o LAN (Local Area Network). La propuesta del Oferente deberá basarse íntegramente en el protocolo IP (Internet Protocol) y no deberá sustituir el cableado de la red existente en las dependencias de Odepa, utilizado actualmente para el funcionamiento telefónico y la transmisión de datos, salvo que aquél sufra daños o perjuicios con motivo de la instalación o puesta en marcha de la Plataforma de Telefonía Fija que se licita. Se debe tener presente que Odepa dispone de un cableado Categoría 6. La Oferta deberá indicar lo siguiente: La cantidad de minutos ofrecidos en el plan de Telefonía Fija para realizar llamadas desde Odepa a teléfonos de red fija , cuyo mínimo será de 10.000 minutos mensuales. La cantidad de minutos ofrecidos en el plan de Telefonía Fija para realizar llamadas desde Odepa a teléfonos celulares , cuyo mínimo será de 3.000 minutos mensuales. El valor del minuto adicional , tanto para llamadas a teléfonos de red fija, como a teléfonos celulares . Las llamadas a teléfonos celulares o móviles deberán ser restringidas y sólo se podrán realizar con clave habilitada e ingresada en el anexo respectivo. 2.1 Servicios mínimos que debe incluir la Plataforma de Telefonía Fija ofrecida La Plataforma de Telefonía Fija deberá, como mínimo, reunir las características siguientes: a) El sistema de procesamiento de llamadas deberá tener la capacidad de gestionar Clientes SIP (Session Initiation Protocol) y Troncales SIP. b) El Sistema de procesamiento de llamadas deberá tener una capacidad para soportar, como mínimo, 80 teléfonos IP, que serán instalados por el oferente en las dependencias de Odepa, individualizadas en el numeral 1 de estas Bases técnicas. Los equipos telefónicos y el hardware respectivo se entregarán por el oferente a Odepa y serán recibidos por ésta en comodato. c) La plataforma ofrecida deberá garantizar la confidencialidad y la integridad de su información, incluyendo protocolos de seguridad y autenticación. d) La plataforma ofrecida deberá tener servidores redundantes a modo de evitar la pérdida de llamadas activas y registros, en caso de fallo del sistema principal. e) El proveedor adjudicado deberá asegurar la operatividad del servicio de Telefonía Fija para realizar llamadas entre los anexos internos de Odepa, en caso de interrupción del enlace hacia la PSTN (Public Switched Telephone Network). f) Se deberá considerar 2 enlaces de accesos MPLS de 100Mbps en HA y por rutas distintas para ser instalados en las dependencias de Odepa, ubicadas en calle Teatinos N° 40, pisos 6, 7 y 8, en la comuna y ciudad de Santiago. g) El oferente suministrará a Odepa un software para la administración básica de la Plataforma telefónica, al que se accederá vía web, es decir, mediante navegador. Además, deberá utilizar para su acceso la siguiente conexión: Red de datos LAN, basada en TCP/IP (Transmission Control Protocol / Internet Protocol) para el servicio local y/o remoto. 2.2 Equipamiento de la Plataforma de Telefonía Fija Para las propuestas los oferentes deberán considerar lo siguiente: El número de anexo debe ser el mismo en el softphone. Para los PC y Notebook el softphone debe ser compatible con Windows 10 o superior y estar integrado conMicrosoft Teams. El equipamiento ofertado debe ser nuevo. Los oferentes deberán adjuntar a su propuesta los folletos técnicos, hojas de datos y las características técnicas de todos los equipos o productos ofrecidos, que permitan verificar el cumplimiento de las exigencias solicitadas. En todos los casos, los oferentes deberán consignar la marca y el modelo de los mismos y no se admitirá la identificación simple y genérica del equipamiento ofrecido, mediante la frase o fórmula "según pliego" u otra equivalente. Todas las características solicitadas en la tabla anterior para los distintos teléfonos y softphones, se realizan para asegurar la calidad del servicio y compatibilidad con los equipos utilizados por ODEPA. Odepa declarará inadmisibles las ofertas en donde los equipos telefónicos y softphone solicitados no cumplan con las características específicas solicitadas en la tabla anterior. Para el servicio solicitado, Odepa cuenta y proveerá lo indicado en los siguientes puntos: Cableado estructurado (Lan interna), el cual se encuentra en óptimas condiciones, es Categoría 6 y se encuentra debidamente certificado. Switch PoE necesarios para la totalidad de los equipos requeridos. UPS para el caso de cortes de energía. El data center de Odepa se encuentra ubicado en calle Teatinos N°40, Piso 7°, comuna y ciudad de Santiago. 2.3 Especificaciones Técnicas de la Oferta El oferente deberá presentar y subir al portal www.mercadopublico.cl, además de los requisitos solicitados en los números anteriores, los siguientes antecedentes: Carta Gantt que defina los plazos de entrega material de los productos y de puesta en marcha de los servicios, que incluya la cronología completa del proyecto, en conformidad con los requisitos y características establecidas en las presentes Bases de licitación, así como en su propuesta técnica. 2.4 Modalidades para Realizar Llamadas Telefónicas a Odepa y Portabilidad Numérica de Teléfonos Fijos Toda persona que llame a ODEPA, deberá ser atendida de la siguiente manera: Numero de cabecera: Tendrá programado un número de las centenas asociado al enlace digital primario E1 ISDN (ej. 22 3973000) como número de cabecera, y es el número que estará publicado en la guía de teléfonos. Una vez digitado el número de cabecera por los llamantes, serán atendidos por una operadora automática, la cual entregara opciones de menú por departamentos. SDA (Selección Directa de Anexo): Quien llame podrá comunicarse con la persona deseada en forma directa, saltándose el número de cabecera y la operadora. La forma es digitando los 5 primeros dígitos del número cabecera y luego los 4 dígitos del anexo (ej. 22 397 3045), eso es selección directa de anexos. El oferente debe mantener la actual numeración de la planta telefónica (desde 23973000 hasta 23973299). 2.5 Operadora Automática Se deberá proveer un sistema de operadora automática con un mínimo 10 entradas, respecto de la cual los menús de opciones sean editables. 2.6 Casilla de voz y Mensajería Unificada Las ofertas deberán considerar un sistema de casilla de voz, el sistema ofrecido debe permitir el acceso simultaneo a este servicio a los usuarios conectados y un mínimo de 50 horas de grabación totales de mensajes mensuales. Como sistema de correo electrónico Odepa utiliza Office 365. Las ofertas deberán considerar un sistema capaz de enviar al usuario del equipo telefónico que recibió el mensaje de voz, un correo electrónico con este adjunto, permitiendo que el administrador de los servicios informáticos de Odepa pueda configurar su envío a la casilla electrónica respectiva. 2.7 Acceso Restringido para Llamadas a Celulares y Larga Distancia Internacional Las llamadas a celulares y larga distancia internacional deben ser restringidas y solo se podrán realizar con clave habilitada e ingresada en el anexo. 2.8 Testeo y Marcha Blanca del Servicio de Telefonía Fija, Se harán 2 tipos de pruebas: Test o pruebas sin tráfico telefónico, o local. Test o pruebas con tráfico telefónico, o con enlace. El proponente indicará en su oferta, en forma detallada, los test a que someterá sus equipos y el listado de todos los instrumentos necesarios que utilizará en atención al modelo y al tipo de Plataforma telefónica ofrecida. Los instrumentos que se utilizarán serán de cargo exclusivo del oferente, sin costo ni gasto alguno para Odepa. Una vez finalizadas eficientemente las pruebas sin tráfico, se iniciará el periodo de Marcha Blanca, que durará 15 días corridos. Durante la Marcha Blanca, el proveedor efectuará el traspaso técnico y operativo del servicio telefónico y se realizarán las pruebas con enlace. 3. OTROS REQUISITOS DE LA PROPUESTA DEL SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA La propuesta del servicio de Telefonía Fija deberá contemplar, adicionalmente, lo siguiente: 3.1 Servicio Técnico y Mantención La oferta debe incluir un servicio integral, que considere la mantención preventiva y correctiva de los equipos. El oferente deberá prestar asistencia técnica ininterrumpida, disponible las 24 horas del día y los 365 días del año, la que deberá brindarse en el menor tiempo posible una vez formulada la solicitud o el reclamo. En caso de que Odepa requiera que el servicio técnico y/o de mantención se realice en sus dependencias, aquél se efectuará en los días y en el horario de labores de este Servicio, es decir, de lunes a viernes entre las 9:00 y las 18:00 horas. La asistencia técnica deberá contemplar el cambio de equipos, en caso de que fuere necesario. El servicio de mantención tendrá por propósito subsanar el mal funcionamiento y/o desperfectos de los equipos de la Plataforma telefónica. Se prestará cada vez que se lo requiera y en el momento que se solicite, durante toda la vigencia del contrato. La empresa garantizará el funcionamiento del equipamiento y responderá ante desperfectos por causas imputables al propio hardware de los equipos y los repondrá sin costo para Odepa, siempre y cuando no haya existido intervención de terceros y se estén cumpliendo las condiciones ambientales y eléctricas exigidas por el proveedor en el recinto en que se encuentra instalado el equipamiento. Los oferentes describirán los procedimientos de atención de fallas en el caso de llamado de servicio/reclamo, el cual puede ser efectuado desde cualquiera de las dependencias de Odepa. De igual manera, deberán indicar las restricciones que tienen para Odepa estos servicios. El monto total que Odepa pagará por el Servicio de Telefonía Fija que incluya enlace de datos que se contrate en conformidad con las presentes Bases de licitación, cuyo valor máximo se indica en el punto 7.4 de las Bases Administrativas, comprenderá el costo de la mano de obra, asistencia técnica, traslados de personal, retiro y sustitución de los equipos, repuestos y cualquier otra erogación o gasto en que deba incurrir el proveedor contratado para efectuar los servicios de mantención y reparación. En consecuencia, la mantención de los equipos no conllevará erogación, gasto o cargo alguno para Odepa y se entenderán comprendidos en el precio del contrato que se suscriba, que será determinado en conformidad con la oferta económica del oferente adjudicado. 3.2 Capacitación El o la adjudicatario/a deberá efectuar curso para 4 personas en el uso de anexos y administración básica de la central telefónica (asignar/desasignar anexos a usuarios, mantención de información de contactos y buzones de voz). Estos cursos podrán ser impartidos en forma remota. 4. SERVICIO DE TELEFONÍA DE LARGA DISTANCIA INTERNACIONAL (CARRIER) La propuesta del o la oferente deberá incluir la cobertura y las tarifas que se aplicarán a las llamadas que se realicen al extranjero. Las llamadas de larga distancia internacional deberán ser restringidas y sólo se podrán realizar con clave habilitada e ingresada en el anexo respectivo. Para el consumo promedio mensual por concepto de llamadas internacionales el presupuesto para este ítem es de 2 UF mensuales, el cual se encuentra incluido en el presupuesto máximo disponible para la ejecución de los servicios.
 
Documentos Económicos
1.- 1. TIPO DE CONCURSO Y PARTICIPANTES La contratación de este servicio se realizará mediante una licitación pública, en la cual podrán presentar propuestas personas naturales y/o jurídicas, chilenas o extranjeras, en adelante e indistintamente el o la Proponente u Oferente. Sin perjuicio de lo anterior, al momento de contratar los extranjeros deberán acreditar haber constituido una persona jurídica de acuerdo con la legislación chilena. El presente proceso de Licitación corresponde al tipo LQ (mayor o igual a 2.000 U.T.M. y menor a 5.000 a U.T.M.). Asimismo, la presente licitación se realizará en una sola etapa, adjudicándose la totalidad de los servicios a un solo oferente. 2. PUBLICACIÓN DE BASES DE LICITACIÓN Y LLAMADO A PRESENTAR PROPUESTAS Las Bases de Licitación y el llamado a presentar propuestas serán publicadas en el Sistema de Información creado por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, portal web www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe las presentes Bases de licitación. Todo el proceso se desarrollará usando el Sistema de Información o plataforma Mercado Público, a saber, sitio web www.mercadopublico.cl. Salvo que ocurriere alguna indisponibilidad técnica de la plataforma Mercado Público, y sólo en estas circunstancias, se permitirá la presentación de ofertas fuera del sistema. Para ello, los oferentes deberán hacer llegar su propuesta en formato impreso a la Oficina de Partes de Odepa, ubicada en calle Teatinos N°40, piso 7, comuna de Santiago, dentro de un plazo de dos días hábiles para la presentación de ofertas fuera del sistema, contados desde la fecha de cierre señalada en el Sistema de Información, junto con un Certificado de la Dirección de Compra y Contratación Pública, el que puede ser solicitado hasta 24 horas después al cierre de la recepción de ofertas. A menos que se indique expresamente lo contrario, los plazos de días establecidos en estas Bases corresponden a días hábiles. En el evento que el último día de un plazo recayere en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente. 3. MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN Odepa podrá modificar las Bases Técnicas, las Bases Administrativas y los Anexos de la presente licitación en aquellos aspectos que no sean sustanciales. Dicha facultad sólo podrá ejercerla hasta la fecha y hora de cierre de recepción de las ofertas, mediante resolución fundada debidamente tramitada, informando de ello a través del portal www.mercadopublico.cl. En este caso, los proveedores deberán efectuar las modificaciones que sean necesarias dentro del plazo que reste hasta el cierre de la recepción de las ofertas, o bien, en el plazo que se haya fijado para estos efectos en la resolución antes señalada. En todos los casos, será obligación del oferente revisar periódicamente el proceso de licitación en el portal de compras públicas (www.mercadopublico.cl) y atender toda modificación solicitada por Odepa. En caso de realizarse modificaciones, el plazo de cierre de la licitación se extenderá prudencialmente, con el fin de que los oferentes puedan corregir su oferta o, en su defecto, presentar una nueva propuesta. 4. COMUNICACIONES Y PLAZOS Todas las comunicaciones, notificaciones, consultas y respuestas que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, se harán por medio del portal www.mercadopublico.cl. La Oficina de Estudios y Políticas Agrarias podrá agregar aclaraciones con información complementaria o modificatoria de los antecedentes de la licitación, siempre que se trate de materias adjetivas que no alteren ni modifiquen la naturaleza del llamado, hasta 2 días hábiles antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas. Lo establecido en las presentes bases corresponde a días hábiles, salvo que se indique lo contrario. En el evento que el último día de un plazo recayere en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente. Son días inhábiles los sábados, domingos y festivos. 5. REQUISITOS Y CONDICIONES DE LOS OFERENTES Los oferentes deberán acreditar, mediante Declaración Jurada Simple (Anexo N° 2), que son hábiles para contratar con la Administración del Estado, según lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 6. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de la Ley N°19.886, los oferentes podrán unirse entre sí para la presentación de una oferta común, con el fin de complementar y fortalecer sus capacidades. En dicho caso, deberán formalizar la Unión Temporal de Proveedores, mediante instrumento público o privado, estipulando la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias y nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. La Unión Temporal de Proveedores se regirá por las disposiciones legales y reglamentarias que le sean aplicables. La oferta que se realice de manera conjunta por varias personas naturales o jurídicas deberá individualizar a cada una de ellas, manifestando expresamente que actúan en la forma señalada en el párrafo precedente. Con todo, para ingresar la oferta en el Sistema de Información, aquélla deberá ajustarse completamente a las formalidades y requisitos señalados en estas Bases de licitación. En caso de ser adjudicada la licitación pública a una Unión Temporal de Proveedores para la contratación del servicio licitado, el acuerdo de los proveedores que crea la referida Unión y las estipulaciones exigidas para ésta deberán otorgarse por escritura pública, la que se acompañará como antecedente para celebrar el contrato respectivo con Odepa, sin que sea necesario constituir una sociedad o persona jurídica para este propósito. Como consecuencia de la Unión Temporal de Proveedores, la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias a cualquiera de los integrantes de la Unión será válido y extinguirá la deuda respecto de los otros en la parte en que hubiese sido satisfecha, sin perjuicio de la representación con poderes suficientes que los miembros de la Unión Temporal de Proveedores establezcan para el presente proceso licitatorio. 7. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 7.1. Instrucciones para presentación de Ofertas Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias o con sus funcionarios con motivo de la presente licitación y durante el curso de ésta, salvo para hacer entrega de la garantía de Seriedad de la Oferta y realizar las preguntas relacionadas con el proceso licitatorio, si las hubiere. En este caso, las preguntas de los oferentes deberán formularse por ellos y ser respondidas por Odepa dentro del plazo fijado en estas Bases Administrativas, utilizando para estos fines el Sistema de Información, portal web www.mercadopublico.cl. Asimismo, durante el proceso de la presente licitación pública no se sostendrán reuniones con lobistas o gestores de intereses particulares por motivos relacionados, directa o indirectamente, con aquélla. Las propuestas y los antecedentes técnicos, económicos y administrativos, deberán ser presentados única y exclusivamente a través del Sistema de Información, portal www.mercadopublico.cl, en formato compatible con Microsoft Office, Acrobat pdf o JPG. Junto con los demás antecedentes requeridos en las presentes Bases de licitación, deberán ser ingresados al Sistema de Información los Anexos N° 1 y N° 2, debidamente completados, llenados y firmados, en formato compatible con Microsoft Office, Acrobat pdf o JPG. Las propuestas deben tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de presentación de ofertas establecida en el portal www.mercadopublico.cl, no pudiendo el Proponente, por sí, alterar cualquiera de sus términos. Por el sólo hecho de presentar ofertas, se entiende la conformidad y aceptación de las condiciones del servicio y que los oferentes leyeron y comprendieron las bases y los anexos que forman parte de la presente licitación. El oferente debe constatar, en el sitio www.mercadopublico.cl, que el envío de su oferta haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso en el Sistema de Información de todos los antecedentes requeridos en las presentes Bases de licitación. Si algún proponente tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal web www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas. Se debe tener especialmente presente que, ingresada correctamente la oferta, el Portal permite imprimir el Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de ésta en el Sistema de Información. 7.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, al momento de ingresar su oferta en el mencionado portal, los antecedentes administrativos necesarios para la evaluación de su propuesta, los cuales consisten en: Documento en formato Word o Acrobat pdf, JPG, o compatible con éstos, que contenga los antecedentes generales de identificación del oferente: nombre o razón social, RUT, dirección, casilla o correo electrónico, teléfono, fax y otros antecedentes relevantes que se estimen pertinentes señalar. Los oferentes que estén inscritos en el Registro de Oficial de Proveedores del Estado (Chileproveedores: www.chileproveedores.cl) y se encuentren en calidad de habilitados, no necesitan presentar estos antecedentes. Declaración Jurada Simple, debidamente firmada, señalando que el oferente conoce y acepta todas y cada una de las condiciones y exigencias establecidas en las bases de la licitación y expresa que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado, de acuerdo con lo establecido en la Ley 19.886 y su Reglamento (Anexo Nº 2). En caso de una Unión Temporal de Proveedores, se deberán acompañar los antecedentes mencionados en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, ya citado. 7.3. Antecedentes Técnico Para efectos de evaluar la Oferta Técnica deberán ingresarse en el Sistema de Información, en formato compatible con Microsoft Office, Acrobat pdf o JPG, la Propuesta y todos los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento, por parte del oferente, de todos y cada uno de los requisitos técnicos exigidos en las presentes bases de licitación. Se deberán, además, completar, llenar, firmar e ingresar al Sistema de Información los documentos siguientes: Formulario de Presentación de Ofertas (Anexo N° 1). La propuesta técnica deberá ajustarse a las Bases Técnicas y al Anexo N° 1 de estas Bases de licitación. La no presentación del Anexo N°1, a través del portal www.mercadopublico.cl, así como de las especificaciones de los equipos en conformidad con lo señalado en las Bases Técnicas, impedirá considerar la oferta en el proceso de evaluación. 7.4. Antecedentes Económicos. Se entenderán comprendidos en el monto total de la oferta económica los valores de todos los trabajos, cometidos, trámites, viáticos, impuestos, garantías, derechos o gestiones que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio, con estricto apego a las especificaciones definidas en las presentes Bases de licitación y en su Anexo N° 1. Sin perjuicio de lo anterior y dado que la modalidad de contratación del presente proceso licitatorio corresponde a un contrato de ejecución en el tiempo, cuando el proponente ingrese su oferta económica en el Sistema de Información, en el campo respectivo de la ficha electrónica habilitada en el portal www.mercadopublico.cl, deberá indicar los Valores NETOS -los valores resultantes de descontar el I.V.A. de la oferta económica que realice el proponente-, los cuales se expresarán en U.F. (Unidades de Fomento) , por línea de producto y sin considerar otro tipo o clase de reajustes. La información requerida en el párrafo anterior también deberá constar en el Anexo N° 1, el cual deberá ser ingresado al Sistema de Información en un formato compatible con Microsoft Office o Acrobat PDF o JPG. En caso de discrepancias y para efectos de la evaluación, se considerará el valor neto y la información entregada por el oferente en el Anexo Nº 1 (Formulario de Presentación de Ofertas). La propuesta económica deberá ajustarse a las Bases Técnicas y al Anexo N° 1 de estas Bases de licitación. El presupuesto máximo disponible para la ejecución de los servicios que se contratarán asciende a la suma de U.F. 3.650- (tres mil seiscientos cincuenta unidades de fomento), impuestos incluidos. En el Acto de Apertura Económica, y en conformidad con lo registrado por el oferente en el Anexo N°1, si el resultado de la suma de los impuestos con los valores netos superare el Presupuesto Máximo Disponible, el proponente quedará fuera del proceso de licitación en ese mismo acto. Para efectos de este cálculo, se utilizará el valor vigente de la unidad de fomento del día de la apertura electrónica de las ofertas, señalada en el sitio www.mercadopublico.cl. 7.5. Antecedentes Físicos El oferente deberá hacer entrega de una boleta de garantía u otro instrumento equivalente que asegure su cobro rápido y efectivo, que garantice la Seriedad de la Oferta, de acuerdo con lo descrito en el punto 11.1 de las presentes Bases Administrativas. La no presentación de la garantía por parte del oferente implicará el rechazo de su oferta al momento de realizar la Apertura Electrónica de la misma en el Sistema de Información. 8. ETAPAS Y PLAZOS DEL PROCESO DE LICITACIÓN Las Bases de Licitación y el llamado a presentar propuestas serán publicados en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe dichas Bases. Las etapas y plazos del proceso de licitación serán los siguientes: Recepción de Ofertas: Hasta las 15:00 hrs. del vigésimo quinto día corrido, contado a partir de la fecha de publicación de las Bases de licitación en el Sistema de Información. Acto de Apertura Electrónica de Ofertas: A partir de las 15:01 hrs. del mismo día del cierre de recepción de ofertas. Preguntas sobre las Bases: Se podrán realizar hasta las 16:00 hrs. del sexto día corrido, contado a partir de la fecha de publicación de las Bases. Publicación de las Respuestas a las Preguntas: Hasta las 23:59 hrs. del segundo día corrido inmediatamente después de cerrado el plazo de preguntas. Evaluación y Adjudicación: Ambos procesos serán realizados en un máximo de 45 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. En el evento que el último día de los plazos de días corridos señalados precedentemente, y cualquier otro que se indique en las presentes bases, recayere en un día inhábil (sábado, domingo o festivo), se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente. Adicionalmente, los plazos de licitación estarán disponibles en la ficha de licitación respectiva, publicada en el portal web www.mercadopublico.cl. 9. REQUISITOS LEGALES PARA CONTRATAR El adjudicatario, para ser contratado por Odepa, deberá estar inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado o Chileproveedores, www.chileproveedores.cl, y encontrarse habilitado para ello, en los términos que exige el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y sus respectivas modificaciones. En el caso que él o los oferentes adjudicatarios no estén inscritos al momento de ser adjudicada la licitación, deberán inscribirse dentro de un plazo máximo de 7 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación. Es responsabilidad del o de los proveedores adjudicatarios acreditar oportunamente lo indicado precedentemente, pudiendo ODEPA dejar sin efecto la adjudicación, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere, y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la siguiente mejor evaluación, para el caso en que el contrato no se pudiere firmar debido al incumplimiento de estos requisitos. De existir falsedad o inexactitud de la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar a la Fiscalía competente para el caso en que existan presunciones fundadas de delito, Odepa se reserva el derecho de terminar inmediata y anticipadamente los contratos que corresponda, sin indemnización para el o los oferentes o proveedores adjudicados 10. ADJUDICACIÓN Y RECHAZO DE LAS OFERTAS Odepa se regirá en esta materia por lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N° 19.886. La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes mediante el Portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo establecido en el numeral 8 – “Etapas y plazos del proceso de licitación” - de las presentes bases administrativas. Odepa podrá adjudicar, en virtud de una resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue, siempre y cuando el oferente presente una ampliación de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por la diferencia de precio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de Compras Públicas, contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Odepa declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886. La declaración de Odepa se realizará mediante resolución fundada y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna. 11. GARANTÍAS 11.1 Garantía de Seriedad de la Oferta 11.2 Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato 11.2 Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato Tipos de Documentos Documento irrevocable, nominativo, no endosable, pagadero a la vista, de cobro rápido y efectivo, a favor de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, R.U.T.: 61.301.100-5. (Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguro sin liquidador o Certificado de Fianza). Garantía Aplicada en El 5% del monto total del contrato, en pesos chilenos. Fecha de Vencimiento Mínimo 90 días corridos a contar de la fecha máxima establecida para el término del contrato. Glosa Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato "Servicio de Telefonía Fija”. Boleta Bancaria u otro instrumento equivalente, de cobro rápido y efectivo, a favor de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, R.U.T.: 61.301.100-5, pagadera a la vista, irrevocable, nominativa, no endosable, tomada por el oferente o uno más de sus integrantes en una institución financiera constituida en Chile con sucursal en la plaza de Santiago. Descripción La boleta de garantía o el instrumento equivalente de cobro rápido y efectivo deberá ser ingresado en la Oficina de Partes de Odepa, ubicada en Teatinos N° 40, 7° piso, comuna y ciudad de Santiago, entre las 9:00 y las 14: 00 horas. El plazo máximo para entregar esta garantía será de hasta 7 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, realizada en el portal www.mercadopublico.cl. La boleta de garantía debe ser entregada adjuntando un documento con los antecedentes del ejecutivo bancario a su cargo: nombre, correo electrónico y teléfono. Forma de Restitución La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será devuelta 90 días corridos, a partir de la aprobación de los servicios contratados, por parte de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, una vez que se dé cumplimiento íntegro y oportuno a todas las obligaciones contraídas por el adjudicatario, en conformidad con las presentes Bases de Licitación y el Contrato, siendo requisito previo que el proveedor se encuentre debidamente calificado. Será responsabilidad del proveedor renovar o reemplazar oportunamente esta Garantía con anterioridad a su vencimiento, con la finalidad de mantener el resguardo durante todo el período de vigencia del contrato, incluso posterior a su término. 12. ERRORES FORMALES Y PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES. Odepa podrá solicitar a los oferentes, a través del Foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales con tal que no se afecten los principios de Estricta Sujeción a las Bases y de Igualdad de los Oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, mediante el portal www.mercadopublico.cl. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días corridos, que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del requerimiento en el portal, conforme a lo señalado en el artículo 6 del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, para responder a lo solicitado, de acuerdo con la funcionalidad disponible en el portal www.mercadopublico.cl. Quien no ingrese la información solicitada en el plazo señalado, se le calificará con un puntaje 0. 13. COMISIÓN EVALUADORA Las propuestas serán revisadas por una comisión evaluadora, integrada por 3 funcionarios públicos, es decir, personal de planta o a contrata de la Administración Pública. Dicha comisión será designada en la parte resolutiva del acto administrativo que apruebe las presentes Bases de licitación. La comisión emitirá un Acta de Evaluación, consistente en un informe fundado en los criterios de evaluación y ponderación de los mismos, contenidos en estas bases administrativas, el que deberá incluir una propuesta de adjudicación de la licitación pública, si procede. Corresponderá también a la comisión evaluadora dar respuestas a las consultas y/o reclamos que se formulen respecto de la adjudicación o de la resolución en virtud de la cual se declara desierta la licitación pública, según fuere el caso. 14. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA Para la evaluación y calificación de las propuestas se considerarán los criterios y pautas de evaluación que se indican a continuación: a.- Costo fijo mensual. Se valorará la suma total del costo fijo mensual ofertado por el servicio de telefonía fija el cual está indicado por el oferente en el Anexo N°1, esto es: Valor mensual por 35 Canales SIP TRUNK + Valor mensual por 10.000 minutos SLM (mínimo) + Valor mensual por 5.000 minutos a móvil (mínimo) + Valor mensual por 35 teléfonos IP y 41 softphone. Criterio de evaluación es: El cálculo se realizará dividiendo el valor de la oferta de menor monto (Xmin) por el valor de la oferta en evaluación (Xi), multiplicando el resultado por el % asignado al criterio específico, de acuerdo a la siguiente formula: Pi = X min * % Xi Dónde: Pi = Puntaje de la oferta económica en evaluación. Xi = Valor de la oferta en evaluación. Xmin = Valor de la oferta de menor monto. %= Porcentaje asignado al criterio evaluable respectivo. b- Plazo de implementación y habilitación del servicio. Se valorará el plazo de implementación y habilitación del servicio, lo que el sistema esté plena y completamente en funciones (100% de operatividad), de acuerdo con lo solicitado en el punto 2.3 las Bases Técnicas. Criterio de evaluación es: El cálculo se realizará dividiendo el valor de la oferta de menor plazo (Xmin) por el valor de la oferta en evaluación (Xi), multiplicando el resultado por el % asignado al criterio específico, de acuerdo a la siguiente formula: Pi = X min * % Xi Dónde: Pi = Puntaje de la oferta económica en evaluación. Xi = Plazo de la oferta en evaluación. Xmin = Menor plazo ofertado. %= Porcentaje asignado al criterio evaluable respectivo. c.- Cumplimiento de Requisitos Formales. Se valorará que los oferentes cumplan con la presentación de todos los antecedentes técnicos, económicos y administrativos, dentro del plazo de presentación de ofertas. Se evaluará mediante la sumatoria de los puntajes obtenidos de acuerdo a la siguiente tabla: La Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, declarará inadmisibles todas las ofertas cuyo puntaje sea inferior al 70% del resultado obtenido al momento de evaluar los criterios señalados precedentemente. En caso de producirse empate, se escogerá la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el ítem de evaluación "Costo fijo mensual”. En caso de persistir el empate, se escogerá aquella propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el ítem de evaluación"Plazo de implementación y habilitación del servicio ". En caso de persistir el empate, se escogerá aquella propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el ítem de evaluación "Cumplimiento de Requisitos Formales " . 15. TIPO DE ADJUDICACIÓN Adjudicación simple, en una etapa, sin emisión automática de Orden de Compra. 15.1. Re-adjudicación Al producirse algún incumplimiento de los requerimientos técnicos y/o de otras cláusulas establecidas en las presentes bases de licitación, o en caso de negativa del proveedor de realizar el servicio, o de notoria insolvencia, la negativa o el desistimiento de suscribir el contrato (en su caso), la no presentación de los antecedentes y/o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento (si correspondiere), se procederá a efectuar la re adjudicación dentro de un plazo no superior a 90 días luego de haberse adjudicado en el sistema de compras públicas, al oferente que siga en puntaje al oferente adjudicado, dejándose constancia en el portal Mercado Público, y sin derecho a indemnización alguna para el proveedor. 15.2. Aclaraciones y/o consultas sobre la adjudicación Los oferentes de la presente licitación pública podrán enviar sus consultas al correo electrónico: compras@odepa.gob.cl. 16. CONTRATO La Oficina de Estudios y Políticas Agrarias suscribirá con el adjudicatario un contrato de prestación de servicios por el valor total del precio del contrato, incluidos los impuestos, el cual será establecido en U.F., dentro del plazo de 45 días corridos, contados a partir de la notificación de la adjudicación en el sitio www.mercadopiblico.cl, y previa acreditación de la inscripción y habilidad en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, por parte del adjudicatario, la presentación de los documentos requeridos a quien resulte adjudicado, en el portal www.chileproveedores.cl, y del hecho de figurar en éste en estado “hábil”. 17. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO A) Modificaciones del Contrato: Éstas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el artículo 13 de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y en el artículo 77 de su Reglamento, contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Cualquier modificación que se realice al contrato estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original. B) Término Anticipado del Contrato: Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, aprobado por el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Odepa estará facultada para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones: B.1) Si Odepa decidiere poner término unilateralmente al contrato por motivo no imputable al adjudicatario, sea por caso fortuito o fuerza mayor conforme a lo previsto en el artículo 45 del Código Civil, o por otra causal debidamente fundamentada, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada despachada al domicilio registrado por éste en el contrato, con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados. B.2) Odepa se reserva el derecho de terminar anticipadamente el contrato regulado por las presentes bases de licitación, para el caso en que el proveedor contratado registre saldos insolutos respecto del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que tiene con sus trabajadores, haciendo efectivas las garantías extendidas a su favor. B.3) En caso de incumplimiento grave, total o parcial, de las obligaciones contraídas por el contratante, de acuerdo con el Nº 2 del artículo 77 del Reglamento de Compras Públicas (aprobado mediante el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda), Odepa podrá poner término al contrato en forma inmediata, administrativa, unilateral y anticipada, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para la empresa contratada. Se entenderá por incumplimiento grave de la contratación, las siguientes conductas: En el caso de generarse atrasos por 4 semanas corridas en el cumplimiento de las etapas, atribuibles directamente al adjudicatario. Si durante el desarrollo de la contratación se comprobare que el proveedor ha efectuado la cesión de la misma. La contravención del deber de confidencialidad establecido en el punto 17 de las bases administrativas. Si concurre cualquier otra causal contemplada expresamente en las bases. En este caso, Odepa deberá notificar tal circunstancia al proveedor por carta certificada, enviada al domicilio registrado por éste, y podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas, o bien con cargo a los pagos de Odepa que se encuentren pendientes. Las cartas certificadas que envíe Odepa manifestando la decisión de terminar anticipadamente el contrato, no suplirán la publicación que debe realizarse en el Sistema de Información de las resoluciones o decretos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse, en conformidad con el artículo 79 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, aprobadas mediante el Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, las que deberán, en todo caso, ser fundadas. 18. PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONFIDENCIALIDAD Los antecedentes técnicos asociados a los servicios que el proveedor contratado desarrolle con motivo de la presente licitación serán de exclusiva propiedad de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, los cuales podrá modificarlos o reproducirlos cada vez que lo estime conveniente, sin derecho para el proveedor de realizar cobro o cargo alguno por estos conceptos. En consecuencia, el adjudicatario no podrá disponer o hacer uso, en cualquier forma o tiempo, sin autorización escrita de Odepa, por corresponder estos al producto del cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Todos los antecedentes que conozca el proveedor, con ocasión de la presente licitación y contrato, son reservados. En consecuencia, no pueden usarlos, divulgarlos, transferirlos, cederlos, sin el expreso y estricto consentimiento de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. El proveedor y quienes participen en la ejecución de los servicios, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes que, con dicho objeto, les proporcione Odepa para efectuar su trabajo. Las partes dejan expresamente establecido que toda la información que maneja Odepa tiene carácter de confidencial. En consecuencia, el proveedor se obliga a mantener la confidencialidad de toda la información que se le suministre, así como de la información que aquél, sus asesores o dependientes puedan tomar conocimiento como consecuencia de la prestación de los servicios contratados. Con el objeto de mantener esta confidencialidad, el proveedor se obliga a: a) No usar total o parcialmente tal información para un propósito distinto a la prestación de los servicios a Odepa; b) Mantener la información suministrada en reserva y debidamente resguardada; c) No permitir el acceso a la información a terceros y permitir el uso únicamente a sus asesores o dependientes que la precisen para proveer servicios a Odepa. El proveedor se compromete, además, a que las personas a quienes se autorice para tener acceso a la información se obliguen a mantener la confidencialidad respecto de la misma, en los términos establecidos en estas Bases Administrativas, comprometiéndose el proveedor a responder por cualquier daño o perjuicio que pueda ocasionarle a Odepa el uso o divulgación de tal información con un fin distinto al indicado para tales personas; d) No hacer copias, ni permitir que otros hagan copias o reproduzcan antecedentes o documentos que contengan información, salvo que Odepa lo autorice en forma previa y por escrito; e) Restituir a Odepa todo o parte del material, documentos u otros que contenga información que haya entregado al proveedor tan pronto como aquélla lo solicite; y f) Tomar todos los resguardos y las medidas necesarias para mantener la confidencialidad de la información y evitar situaciones y actos que puedan causar perjuicios a Odepa. La obligación de mantener la confidencialidad se mantendrá durante todo el tiempo de vigencia del contrato y en el futuro, después de expirado éste, salvo que Odepa autorice en forma expresa al proveedor para usar o revelar total o parcialmente la información entregada. El incumplimiento de esta obligación hará responsable al proveedor y personalmente a los autores del incumplimiento de todos los daños y perjuicios que tal incumplimiento le pueda causar a Odepa, ya sea que la divulgación o el mal uso de la información lo haya efectuado esta o sus asesores, dependientes, subcontratistas u otros que hayan tenido acceso a la información a causa de este contrato. 19. DURACIÓN DEL CONTRATO La relación contractual a que dará origen la presente licitación corresponde a un contrato de ejecución en el tiempo, con una duración de 48 meses. El contrato se inicia desde la fecha de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. Sin perjuicio de lo anterior, los servicios que se contraten en conformidad con las presentes Bases de Licitación comenzarán a prestarse a partir del día 1° de octubre de 2023, previa suscripción del contrato respectivo y del Acta de Recepción, descrita en el numeral 20 de estas bases administrativas. No obstante, ello, Odepa sólo procederá a pagar los servicios que inicien su ejecución a partir de la fecha antedicha y una vez que la Resolución Exenta que apruebe el contrato se encuentre totalmente tramitada. 20. ACTA DE RECEPCIÓN DE INSTALACIÓN DE LOS PRODUCTOS Concluido el periodo de Marcha Blanca, y realizadas todas las pruebas de calidad, funcionamiento y operatividad referidas en el numeral 2.8 de las Bases Técnicas, se firmará el Acta de Recepción conforme. El adjudicatario deberá solicitar por escrito la recepción y suscripción del acta, una vez finalizados los plazos establecidos en la carta Gantt. Odepa verificará previamente el cumplimiento de las especificaciones técnicas de las Bases de licitación y de la Propuesta presentada por el proveedor contratado para efectos de extender el Acta solicitada. 21. MODALIDAD DE PAGO El presupuesto máximo disponible es de U.F. 3.650- (tres mil seiscientos cincuenta unidades de fomento), IVA incluido. El precio del contrato será determinado en U.F., en conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación, a través del Portal web www.mercadopublico.cl y con el mérito de la Orden de Compra respectiva. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a plena satisfacción de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. De acuerdo a la nueva modalidad de pago implementado por la Dipres los pagos los efectúa la Tesorería General de la República el día 30 a partir de la fecha de emisión de la factura, previa aceptación conforme de la misma, mediante transferencia electrónica. La factura deberá ser extendida a nombre de: Razón Social: Oficina de Estudios y Políticas Agrarias R.U.T.: 61.301.100-5 Dirección: Teatinos N° 40, piso 8, comuna y ciudad de Santiago. Giro: Administración Central. Para proceder al pago de las cuotas, junto con la factura respectiva, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación: Copia de Orden de Compra. Presentar datos bancarios para efectuar transferencia electrónica. Las facturas deberán emitirse en formato electrónico despachado a la casilla: dipresrecepción@custodium.com y compras@odepa.gob.cl, con copia a la Contraparte Técnica de Odepa (*). Será responsabilidad del adjudicatario entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura, factura exenta o boleta de honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos. Una vez que la o las facturas sean recibidas, Odepa contará con un plazo de 8 días, a contar de la fecha de emisión para ejercer las atribuciones contenidas en el numeral 2º del artículo 3º de la Ley N º 19.983, o la disposición legal que la reemplace. Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, al Encargado o Contraparte Técnica del Contrato, respecto de cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la orden de compra y/o en la factura, factura exenta o boleta de honorarios. 22. MULTAS ODEPA estará facultada para aplicar multas y/o sanciones cada vez que el adjudicatario no proporcione cualquiera de los servicios convenidos dentro de los plazos fijados en su oferta. Dichas multas serán aplicadas en forma administrativa, descontándolas de la cuota mensual a pagar del mes siguiente de incurrida la falta, o bien podrá satisfacer el monto de aquella haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. El sistema utilizado para establecer las multas que deban ser aplicadas a la empresa proveedora, funcionara de la siguiente manera. Por cada incumplimiento de los SLA establecidos, se evaluará mediante puntuación preestablecida a la empresa proveedora dependiendo del nivel de incumplimiento. La empresa proveedora acumulará puntos de incumplimiento de acuerdo a las escalas establecidas a continuación en relación a los SLA medidos. La multa final, será aplicada en base al total de puntos que la empresa proveedora acumuló en el mes. La medición de cada SLA comprende desde el primer día de cada mes, hasta el último del mismo. A continuación, se muestra la multa que la empresa proveedora deberá asumir según la cantidad de puntos que haya tenido: A continuación, se muestra la multa que la empresa proveedora deberá asumir según la cantidad de puntos que haya tenido: Dichos descuentos son respecto del total mensual de los valores de los servicios contratados. Nota: Se excluirán los casos de fuerza mayor o fortuitos acreditados y respaldados oportunamente. Los oferentes participantes entregarán los procedimientos (atención de fallas) para el llamado de servicio/reclamo, el cual puede ser efectuado desde cualquiera de las dependencias de Odepa. De igual manera los oferentes deberán indicar las restricciones que tienen para Odepa estos servicios. Los servicios deberán estar disponibles, las 24 horas y los 365 días del año, sin límite de uso, a los precios que determine el contrato. A los efectos de lograr un efectivo control por parte de Odepa de los niveles SLA acordados, será deseable que el Proveedor presente un informe mensual con los indicadores de upgrade de cumplimiento de la calidad de servicio establecida como SLA, señalando a lo menos: Fallas Reportadas: Listado de fallas, fecha y hora de inicio, fecha y hora de finalización, servicio afectado, fecha y hora de notificación de la falla, motivo de la falla, observaciones. Disponibilidad: Porcentaje de disponibilidad del servicio A continuación, se especificará el sistema de otorgación de puntos por parte de Odepa a la empresa proveedora ante eventuales incumplimientos en los niveles de los SLA acordados. UPTIME DE LA PLATAFORMA. Si el proveedor de los servicios no cumple con un mínimo del 99,3% de SLA, dependiendo del nivel de su incumplimiento se le sumarán los puntos correspondientes. A continuación, se muestran los niveles de incumplimiento para el uptime de la plataforma telefónica según se especifica en el punto antes mencionado. La tabla anterior muestra el Uptime (U), expresado en porcentaje de tiempo, en que la empresa proveedora no tiene operativa plataforma de telefonía. Los puntos a aplicar para cada uno de los niveles son los siguientes: Los puntos serán sumados a la cuenta que el proveedor tenga para el mes en que incurrió con el incumplimiento. A final de mes, dependiendo de la suma de los puntos que la empresa tenga, se aplicarán las multas correspondientes. SOPORTE Y MANTENCIÓN. Si el proveedor de los servicios no cumple con los niveles mínimos en el SLA de Soporte y Mantención identificados en la tabla anterior, dependiendo del nivel de su incumplimiento se le aplicarán las multas correspondientes. A continuación, se muestran los niveles de incumplimiento para la atención en horario hábil (de 9:00 a 18:00 horas) y no hábil: La tabla anterior muestra el tiempo (T), expresado en minutos, en que la empresa proveedora se demora en atender un requerimiento de problemas en la plataforma de telefonía. Los puntos a aplicar para cada nivel de incumplimiento en la atención son los siguientes: Dichos puntos se aplicarán por cada incumplimiento que el proveedor incurra en los tiempos de atención del problema, y se irá acumulando a la cuenta de puntos que el proveedor tenga para el mes del incumplimiento. A continuación, se presentan los niveles de incumplimiento para los tiempos de solución del problema: La tabla anterior muestra el tiempo (T) expresado en horas, en que la empresa proveedora se demora en solucionar requerimiento de problemas en la plataforma de telefonía. Los puntos a aplicar para cada nivel de incumplimiento en la atención son los siguientes: Dichos puntos se aplicarán por cada incumplimiento que el proveedor incurra en los tiempos de solución del problema, y se irá acumulando a la cuenta de puntos que el proveedor tenga para el mes del incumplimiento. Descargos a las multas Detectado un incumplimiento por parte de Odepa, se procederá a notificar al proveedor acorde a lo previsto en la ley 19.880, indicándose la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el valor de la multa que será aplicada. A partir de la fecha de la notificación a que se alude en el párrafo precedente, el proveedor adjudicado podrá presentar sus descargos por las multas que le sean aplicadas, para lo cual deberá dirigirse por escrito a la Directora Nacional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, dentro del plazo de los cinco (5) primeros días hábiles. En dichos descargos deberá informar sobre las causas que ocasionaron, a juicio del proveedor, el incumplimiento y qué procedimiento se utilizó para su pronta solución. Los descargos se realizarán por cada multa, en forma individual, y su aprobación significará desestimar completamente la aplicación de la multa que se haya dispuesto en contra del proveedor. Vencido el plazo para la presentación de los descargos, Odepa - dentro de los 15 días hábiles siguientes - procederá a dictar el correspondiente acto administrativo aplicando la multa. Si el proveedor presentó en tiempo y forma sus descargos, Odepa tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles desde la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo cual será asimismo determinado mediante acto administrativo fundado, que será notificado al proveedor conforme a lo previsto en la ley 19.880. Aplicada una multa, procederán en favor del proveedor, los recursos de Reposición, Jerárquico y Extraordinario de Revisión, que deberán interponerse en el plazo y resolverse en la forma y condiciones establecidas en la Ley 19.880. 23. CONTRAPARTE TÉCNICA Ejercerá la labor de Contraparte Técnica de Odepa de la contratación a que dé origen el presente licitatorio, el profesional designado en la parte resolutiva de la presente resolución exenta. En ejercicio de dicha función, deberán cumplir las siguientes funciones: Certificar la ejecución conforme de los servicios, en cuanto a calidad y plazos de entrega. Colaborar y asistir al proveedor adjudicado, en el ámbito de sus competencias. Certificar oportunamente la recepción conforme de los Informes y Productos recibidos para proceder al pago de los mismos, o informar del rechazo de la recepción para proceder a la devolución de la correspondiente factura, dentro del plazo establecido en el numeral 2° del artículo 3° de la Ley N° 19.983. Las demás que se establezcan en el respectivo contrato que se celebre con el adjudicatario. 24. PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y DE DELITOS FUNCIONARIOS. El adjudicatario – en caso de estar constituida como persona jurídica – no podrá incurrir en las inhabilidades o prohibiciones contenidas en la ley N°20.393 y sus modificaciones, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho. Asimismo, el adjudicatario, sea persona natural o jurídica deberá adoptar todos los resguardos necesarios para no incurrir en una operación prohibida o en conductas ilícitas o que puedan conllevar a la comisión de delitos funcionarios por parte del personal de Odepa. En el evento de tomar conocimiento de alguna operación, gestión o actuación sospechosa conforme a lo previsto en la Ley N°19.913, el proveedor se obliga a dar cuenta de ello de manera inmediata, a través del correo electrónico denuncias@odepa.gob.cl. 25. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las bases de licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública. Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia de la contratación, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para ante sus tribunales, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República. ANEXO N° 2 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE Yo,............................................................................., cédula nacional de identidad Nº ..........................., domiciliado en...................................................., en mi calidad de oferente o representante legal de (según corresponda) ..................................................................................................., declaro conocer lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, que se reproduce a continuación, y que en consecuencia soy hábil (mi representada es hábil) para contratar con la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. Artículo 4º.- Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común, Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo. Cada entidad licitante podrá establecer, respecto del adjudicatario, en las respectivas bases de licitación, la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato en los términos establecidos en esta ley. El inciso anterior sólo se aplicará respecto de contratos cuyo objeto sea la adquisición de bienes o la prestación de servicios que el adjudicatario se obligue a entregar o prestar de manera sucesiva en el tiempo. Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a ambas Cámaras del Congreso Nacional, a la Corporación Administrativa del Poder Judicial y a las Municipalidades y sus Corporaciones, respecto de los Parlamentarios, los integrantes del Escalafón Primario del Poder Judicial y los Alcaldes y Concejales, según sea el caso. Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo 62 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda. Sin embargo, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, los órganos y empresas referidos en el inciso cuarto podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados. En el caso del Congreso Nacional la comunicación se dirigirá a la Comisión de Ética del Senado o a la Comisión de Conducta de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder Judicial, a su Comisión de Ética. Firma del Oferente o Representante(s) Legal(es) ………… de ……. del 2023 3. DESÍGNASE a los siguientes funcionarios para conformar la Comisión Evaluadora de las Ofertas Técnica y Económica de la Licitación a que se llama mediante la presente Resolución Exenta: Daniel Muñoz, Coordinador Área de Ingeniería de Sistemas del Departamento de Computación e Informática de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. Hernán Vargas Rodríguez, Ingeniero en Sistemas del Departamento de Computación e Informática de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. Andrés Azócar Cerda, Jefe del Departamento de Computación e Informática de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. En caso de ausencia de algún integrante de la Comisión Evaluadora precedentemente señalada, desígnese en su reemplazo a alguno de los siguientes profesionales o funcionarios públicos: Eduardo Bascur Rodríguez, Profesional de Apoyo de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. Arnaldo Mena Álamos, Profesional de Apoyo de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. Douglas Henríquez Meza, Profesional de Apoyo de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. Contraparte Técnica de Odepa: Daniel Muñoz, Coordinador Área de Ingeniería de Sistemas del Departamento de Computación e Informática de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. En caso de ausencia del funcionario que integra la Contraparte Técnica de Odepa, desígnese en su reemplazo a : Jefe del Departamento de Computación e Informática de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias. 4. PUBLÍQUESE la presente Resolución Exenta, las Bases Técnicas, las Bases Administrativas y los Anexos de la licitación pública para la contratación de un “SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA" , a que se llama en virtud de este acto administrativo, en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, portal web www.mercadopublico.cl.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Costo fijo mensual. Se valorará la suma total del costo fijo mensual ofertado por el servicio de telefonía fija el cual está indicado por el oferente en el Anexo N°1, esto es: Valor mensual por 35 Canales SIP TRUNK + Valor mensual por 10.000 minutos SLM (mínimo) + Valor mensual por 5.000 minutos a móvil (mínimo) + Valor mensual por 35 teléfonos IP y 41 softphone. 95%
2 Plazo de implementación y habilitación del servici Se valorará el plazo de implementación y habilitación del servicio, lo que el sistema esté plena y completamente en funciones (100% de operatividad), de acuerdo con lo solicitado en el punto 2.3 las Bases Técnicas. 3%
3 Cumplimiento de los requisitos Se valorará que los oferentes cumplan con la presentación de todos los antecedentes técnicos, económicos y administrativos, dentro del plazo de presentación de ofertas. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto vigente.
Monto Total Estimado: 3650
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 48 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Jessica Salazar Cabrera
e-mail de responsable de pago: jsalazar@odepa.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Andrés Azócar Cerda
e-mail de responsable de contrato: azocar@odepa.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-23973000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: a Oficina de Estudios y Políticas Agrarias
Fecha de vencimiento: 21-08-2023
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Boleta Bancaria o instrumento equivalente, de cobro rápido y efectivo, a favor de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, R.U.T.: 61.301.100-5, pagadera a la vista, irrevocable, nominativa, no endosable, tomada por el oferente o uno más de sus integrantes en una institución financiera constituida en Chile, con sucursal en la plaza de Santiago. La boleta de garantía o el instrumento equivalente de cobro rápido y efectivo deberá ser ingresado en la Oficina de Partes de Odepa, ubicada en Teatinos N° 40, 7° piso, comuna y ciudad de Santiago, entre las 9:00 y las 14:00 horas. El plazo máximo para entregar esta garantía será hasta el día y hora de cierre de recepción de las ofertas, publicados en el portal www.mercadopublico.cl. La boleta de garantía debe ser entregada adjuntando un documento con los antecedentes del ejecutivo bancario a su cargo: nombre, correo electrónico y teléfono.
Glosa: Garantía de Seriedad de la Oferta Licitación para Contratar un "Servicio de Telefonía Fija”.
Forma y oportunidad de restitución: Para los oferentes no seleccionados, la garantía de seriedad de la oferta, será devuelta a contar del segundo día siguiente a la fecha de adjudicación, publicada en www.mercadopublico.cl, previa solicitud del oferente al encargado del proceso, realizada mediante correo electrónico. La garantía de seriedad de la oferta de aquella que resulte aceptada, será devuelta una vez que haya sido entregada por el proveedor adjudicado la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y suscrito el contrato respectivo
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: a Oficina de Estudios y Políticas Agrarias
Fecha de vencimiento: 27-12-2027
Monto: 5 %
Descripción: Boleta Bancaria u otro instrumento equivalente, de cobro rápido y efectivo, a favor de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, R.U.T.: 61.301.100-5, pagadera a la vista, irrevocable, nominativa, no endosable, tomada por el oferente o uno más de sus integrantes en una institución financiera constituida en Chile con sucursal en la plaza de Santiago. La boleta de garantía o el instrumento equivalente de cobro rápido y efectivo deberá ser ingresado en la Oficina de Partes de Odepa, ubicada en Teatinos N° 40, 7° piso, comuna y ciudad de Santiago, entre las 9:00 y las 14: 00 horas. El plazo máximo para entregar esta garantía será de hasta 7 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, realizada en el portal www.mercadopublico.cl. La boleta de garantía debe ser entregada adjuntando un documento con los antecedentes del ejecutivo bancario a su cargo: nombre, correo electrónico y teléfono.
Glosa: Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato "Servicio de Telefonía Fija”.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será devuelta 90 días corridos, a partir de la aprobación de los servicios contratados, por parte de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, una vez que se dé cumplimiento íntegro y oportuno a todas las obligaciones contraídas por el adjudicatario, en conformidad con las presentes Bases de Licitación y el Contrato, siendo requisito previo que el proveedor se encuentre debidamente calificado. Será responsabilidad del proveedor renovar o reemplazar oportunamente esta Garantía con anterioridad a su vencimiento, con la finalidad de mantener el resguardo durante todo el p
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de producirse empate, se escogerá la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el ítem de evaluación "Costo fijo mensual”. En caso de persistir el empate, se escogerá aquella propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el ítem de evaluación"Plazo de implementación y habilitación del servicio ". En caso de persistir el empate, se escogerá aquella propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el ítem de evaluación "Cumplimiento de Requisitos Formales " .
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Aclaraciones y/o consultas sobre la adjudicación Los oferentes de la presente licitación pública podrán enviar sus consultas al correo electrónico: compras@odepa.gob.cl.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
12. ERRORES FORMALES Y PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES. Odepa podrá solicitar a los oferentes, a través del Foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales con tal que no se afecten los principios de Estricta Sujeción a las Bases y de Igualdad de los Oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, mediante el portal www.mercadopublico.cl. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días corridos, que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del requerimiento en el portal, conforme a lo señalado en el artículo 6 del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, para responder a lo solicitado, de acuerdo con la funcionalidad disponible en el portal www.mercadopublico.cl. Quien no ingrese la información solicitada en el plazo señalado, se le calificará con un puntaje 0.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.