1.-
BASES ADMINISTRATIVAS
1. TIPO DE CONCURSO Y PARTICIPANTES
La contratación de estos servicios se realizará mediante licitación pública, en la cual podrán presentar propuestas personas naturales y/o
jurídicas, chilenas o extranjeras, en adelante el Proponente u Oferente. Sin perjuicio de lo anterior, al momento de contratar, los
extranjeros deberán acreditar haber constituido una persona jurídica de acuerdo con la legislación chilena.
El presente proceso de licitación pública corresponde al tipo LE (igual o mayor a 100 UTM e inferior a 1.000 U.T.M.), se realizará en una
sola etapa, sin emisión automática de orden de compra.
Cada postulante podrá presentar ofertas a uno o más cursos descritos en las bases técnicas, para ello deberá cumplir con
cada uno de los antecedentes solicitados e individualizados en ellos de manera individual, y no se considerará en la
evaluación el número de cursos postulados, por lo que se aclara que un proveedor podrá adjudicarse uno o más cursos de
esta licitación, lo que dependerá de su respectiva evaluación por cada curso al que postule.
2. MODIFICACION DE LAS BASES
Odepa podrá modificar las Bases Técnicas, las Bases Administrativas y los Anexos de la presente licitación en aquellos aspectos que no
sean sustanciales. Dicha facultad sólo podrá ejercerla hasta la fecha y hora de cierre de recepción de las ofertas, mediante resolución
fundada debidamente tramitada, informando de ello a través del portal www.mercadopublico.cl.
En este caso, los proveedores deberán efectuar las modificaciones que sean necesarias dentro del plazo que reste hasta el cierre de la
recepción de las ofertas, o bien, en el plazo que se haya fijado para estos efectos en la resolución antes señalada.
En todos los casos, será obligación del oferente revisar periódicamente el proceso de licitación en el portal de compras públicas
(www.mercadopublico.cl) y atender toda modificación solicitada por Odepa. En caso de realizarse modificaciones, el plazo de cierre de la
licitación se extenderá prudencialmente, a fin de que los oferentes puedan corregir su oferta o, en su defecto, presentar una nueva
propuesta.
3. PUBLICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN Y LLAMADO A PRESENTAR PROPUESTAS
Las Bases de Licitación y el llamado a presentar propuestas serán publicadas en el Sistema de Información creado por la Ley Nº 19.886,
de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, portal web www.mercadopublico.cl, una vez que se
encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe las presentes Bases de licitación. Todo el proceso se desarrollará
usando el Sistema de Información o plataforma Mercado Público, a saber, sitio web www.mercadopublico.cl. Salvo que ocurriere alguna
indisponibilidad técnica de la plataforma Mercado Público, y sólo en estas circunstancias, se permitirá la presentación de ofertas fuera
del sistema. Para ello, los oferentes deberán hacer llegar su propuesta en formato impreso a la Oficina de partes de Odepa, calle
Teatinos N°40, piso 7, comuna de Santiago, dentro de un plazo de dos días hábiles para la presentación de ofertas fuera del sistema,
contados desde la fecha de cierre señalada en el Sistema de Información, junto con un Certificado de la Dirección de Compra y
Contratación Pública (Chilecompra), el que puede ser solicitado hasta 24 horas después al cierre de la recepción de ofertas.
4. COMUNICACIONES Y PLAZOS
Todas las comunicaciones, notificaciones, consultas y respuestas que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, se harán
por medio del portal www.mercadopublico.cl.
Los plazos de días establecidos en las presentes bases corresponden a días hábiles, salvo que en éstas se exprese que se trata de días
corridos.
En el evento que el último día de un plazo recayere en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente.
La Oficina de Estudios y Políticas Agrarias podrá agregar aclaraciones con información complementaria o modificatoria de los
antecedentes de la licitación, siempre que se trate de materias adjetivas que no alteren ni modifiquen la naturaleza del llamado, hasta la
fecha del cierre de la recepción de las ofertas, mediante Resolución Fundada debidamente tramitada y posteriormente publicada en
www.mercadopublico.cl.
5. REQUISITOS Y CONDICIONES DE LOS OFERENTES
Los oferentes deberán acreditar, mediante Declaración Jurada Simple (Anexo N° 2), que son hábiles para contratar con la Administración
del Estado, según lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios.
6. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
6.1 Instrucciones para Presentación de Ofertas
Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, o con sus funcionarios, con motivo de la
presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de las preguntas y respuestas, si las hubiere, las que deberán formularse
y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el portal web www.mercadopublico.cl.
Asimismo, durante el proceso de la presente licitación pública, no se sostendrán reuniones con lobbistas o gestores de intereses
particulares por motivos relacionados, directa o indirectamente, con este proceso licitatorio.
Las propuestas, los antecedentes técnicos, administrativos y económicos, deben ser presentados única y exclusivamente a través del
portal web www.mercadopublico.cl. La propuesta técnica y económica deberá ajustarse a las Bases Técnicas de cada curso licitado y al
Anexo N° 1 de estas bases de licitación, debiendo ser completado, llenado y firmado el Anexo N° 2. Ambos anexos deberán subirse al
Sistema de Información, junto con los documentos que corresponda, en formato compatible con Microsoft Office, Acrobat pdf o JPG.
Las propuestas deben tener una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de presentación de ofertas
establecida en el portal www.mercadopublico.cl, no pudiendo el Proponente, por sí, alterar cualquiera de sus términos. Por el sólo hecho
de presentar ofertas, se entiende la conformidad y aceptación de las condiciones del servicio y que los oferentes leyeron, comprendieron
las bases y los anexos que forman parte de la presente licitación.
Cada postulante podrá presentar ofertas a uno o más cursos descritos en las bases técnicas. Para ello deberá cumplir con
cada uno de los antecedentes solicitados e individualizados en cada curso, y no se considerará en la evaluación el
número de cursos postulados, por lo que se aclara que un proveedor podrá adjudicarse uno o más cursos de esta
licitación, lo que dependerá de su respectiva evaluación por cada curso al que postule.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito,
incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información,
deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal web www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener
orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas. Se debe tener especialmente presente que, ingresada correctamente la oferta,
el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de la oferta en el
Sistema de Información.
6.2 Unión Temporal de Proveedores
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento
de la Ley 19.886, los oferentes podrán asociarse entre sí, como personas naturales o jurídicas, para la presentación de una oferta con el
fin de complementar y fortalecer en términos técnicos sus respectivas ofertas. En dicho caso, deberán formalizar una Unión Temporal de
Proveedores mediante instrumento público o privado, estableciendo la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones
que se generen con la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
En caso de que la Unión Temporal de Proveedores resulte ser la adjudicataria en el presente proceso de licitación pública, deberá
acompañar, como antecedente a la celebración del contrato, escritura pública o privada en la cual conste que ésta se constituye para la
ejecución del contrato, así como para la ejecución del mismo a que dé origen esta licitación, estableciendo del mismo modo la
solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
Las participaciones que se realicen de manera conjunta por varias personas naturales o jurídicas en virtud de la Unión ya señalada se
deberán individualizar a cada una de ellas en el instrumento, indicando expresamente que actúan de la forma señalada, e indicar el
nombre del representante o apoderado común con poderes suficientes. Con todo, para la presentación de la oferta deberán ajustarse a
lo señalado en estas bases.
Como consecuencia de la Unión Temporal de Proveedores, la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias podrá exigir a cualquiera de sus
miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza.
De igual forma, el pago efectuado por la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias a cualquiera de sus integrantes será válido y extinguirá
la deuda respecto de los otros en la parte en que hubiese sido satisfecha, sin perjuicio de la representación que los miembros de la
Unión establezcan para los efectos del proceso de licitación.
6.3 Antecedentes Administrativos.
Los oferentes deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, al momento de ingresar su oferta en el mencionado portal, los
antecedentes administrativos necesarios, los cuales consisten en:
Documento en formato Word o Acrobat pdf, JPG, o compatible con éstos, que contenga los antecedentes generales de
identificación del oferente: nombre o razón social, RUT, dirección, casilla electrónica, teléfono, fax y otros antecedentes relevantes
que se estimen pertinentes señalar. Los oferentes que estén inscritos en el Registro de Oficial de Proveedores del Estado (Chile
proveedores: www.chileproveedores.cl) y se encuentren en calidad de habilitados, no necesitan presentar estos antecedentes.
Declaración Jurada Simple, señalando que el oferente conoce y acepta todas y cada una de las condiciones y exigencias
establecidas en las bases de la licitación y expresa que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado, de acuerdo con
lo establecido en la Ley 19.886 y su Reglamento (Anexo Nº 2).
En caso de una Unión Temporal de Proveedores, se deberán acompañar los antecedentes mencionados en el artículo 67 bis del
Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Certificado de vigencia, en caso de ser una sociedad/empresa, emitido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una
vigencia de máximo 30 días, contados desde su emisión.
Teléfono de contacto o e-mail directo con el oferente, con el objeto de facilitar la comunicación entre el encargado de compras y el
adjudicado.
6.4 Antecedentes Técnicos
Para efectos de evaluar la Oferta Técnica, el oferente deberá ingresar en el Sistema de Información, en formato compatible con Microsoft
Office, Acrobat pdf o JPG, la propuesta y todos los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento de todos y cada uno de los
requisitos técnicos exigidos en las presentes bases de licitación.
La Oferta Técnica deberá contener todo lo solicitado en las bases técnicas correspondientes, según el curso.
Se deberán, además, completar, llenar, firmar e ingresar al Sistema de Información los documentos siguientes:
Formulario de presentación de ofertas (Anexo N°1)
La propuesta técnica deberá ajustarse a las Bases Técnicas correspondientes y al Anexo N°1 de estas bases de licitación. La no
presentación de cualesquiera de la información que se detalla impedirá considerar la oferta en el proceso de evaluación y quedará fuera
de bases.
6.5 Antecedentes Económicos
Se entenderán comprendidos en el monto total de la oferta económica los valores de todos los trabajos, cometidos, trámites, viáticos,
impuestos, garantías, derechos o gestiones que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio, con estricto apego a las
especificaciones definidas en las presentes Bases de licitación y en su Anexo N° 1.
Sin perjuicio de lo anterior, cuando el proponente ingrese su oferta económica en el campo respectivo de la ficha electrónica habilitada
en el portal www.mercadopublico.cl, deberá indicar el VALOR NETO de aquélla -el valor resultante de descontar el I.V.A. de la oferta
económica que realice, a menos que esta se encuentre legalmente exenta de dicho tributo, en cuyo caso no procederá descontarlo por
la no aplicación del mismo, o el valor que resulte de descontar la retención de impuesto de la respectiva oferta económica, si el oferente
emite boleta de honorarios-, el cual se expresará en pesos chilenos, sin decimales y sin considerar reajustes. Asimismo, el oferente
deberá señalar claramente en el Portal, en el campo especificaciones del proveedor de la mencionada ficha electrónica, si el valor neto
está (i) Afecto a I.V.A., (ii) Exento de I.V.A. o (iii) se deberá efectuar la retención de impuesto en el caso que emita Boletas de
Honorarios.
La información requerida en el párrafo anterior también deberá constar en el Anexo N° 1, el cual deberá ser ingresado al Sistema de
Información en un formato compatible con Microsoft Office o Acrobat PDF o JPG. En caso de discrepancias y para efectos de la evaluación
de la oferta, se considerará el valor neto y la modalidad impositiva señalados en el Anexo N° 1.
La propuesta económica deberá ajustarse a las Bases Técnicas y al Anexo N° 1 de estas Bases de licitación.
7. ETAPAS Y PLAZOS DEL PROCESO DE LICITACIÓN
Las Bases de Licitación y el llamado a presentar propuestas serán publicadas en el sitio web www.mercadopublico.cl, una vez que se
encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe dichas Bases.
Las etapas y plazos del proceso de licitación serán los siguientes:
a) Recepción de Ofertas: Hasta las 14:00 hrs. del décimo primer día corrido, contado desde la fecha de publicación de las Bases de
Licitación.
b) Acto de Apertura Electrónica, Técnica y Económica de Ofertas: A partir de las 14:01 hrs. del día del cierre de recepción de ofertas.
c) Preguntas sobre las Bases de Licitación: Aquéllas se podrán realizar hasta las 16:00 hrs. del cuarto día desde la fecha de publicación
de las Bases de Licitación.
d) Publicación de las Respuestas a las Preguntas sobre las Bases de Licitación: Hasta las 23:59 hrs. del segundo día corrido después de
cerrado el plazo de preguntas.
e) Evaluación y Adjudicación: ambos procesos serán realizados en un máximo de 35 días corridos, contados desde la fecha de cierre de
recepción de ofertas.
En el evento que el último día de los plazos de días corridos señalados precedentemente y cualquier otro que se indique en las presentes
bases, recayere en un día inhábil (sábado, domingo o festivo), se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente.
Asimismo, los plazos de licitación estarán disponibles en el portal web www.mercadopublico.cl, en la ficha de licitación.
8. REQUISITOS LEGALES PARA CONTRATAR
El adjudicatario, para ser contratado por Odepa, deberá estar inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado o Chile
proveedores, www.chileproveedores.cl, y encontrarse habilitado para ello, en los términos que exige el Decreto 250, de 2004, del
Ministerio de Hacienda, y sus respectivas modificaciones. La Entidad Licitante no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla
con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases.
Podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades, pero deberán
habilitarse en el plazo de 5 días hábiles desde la notificación de la adjudicación. Transcurrido este plazo si no presentan
el certificado de habilidad, ODEPA dejará sin efecto la adjudicación, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la
oferta, si la hubiere, y re-adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido la siguiente mejor evaluación, para el
caso en que el contrato no se pudiere firmar debido al incumplimiento de los requisitos exigidos en el decreto 250 de
2004, del Ministerio de Hacienda.
De existir falsedad o inexactitud de la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar a la Fiscalía competente cuando existan
presunciones fundadas de la comisión de un delito, la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias se reserva el derecho de hacer efectiva la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en su caso, e incluso de terminar inmediata y anticipadamente el contrato que
corresponda, sin indemnización alguna para él o los oferentes o proveedores.
9. ADJUDICACIÓN Y RECHAZO DE LAS OFERTAS
Odepa se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Artículo 10° de la Ley N° 19.886.
La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl, dentro
del plazo establecido en el punto “Etapas y plazos” de las presentes bases.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes bases, Odepa deberá informar en el Sistema de
Información, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación. Este
plazo será definido por resolución de la Dirección Nacional de Odepa.
Odepa podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue,
siempre y cuando presente una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el
Artículo 42, del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Odepa declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases,
conforme a lo dispuesto en el Artículo 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada de Odepa y no
otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.
10. GARANTÍAS.
No aplican para el presente proceso de licitación.
11. ERRORES FORMALES Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Odepa podrá solicitar a los Oferentes, a través del Foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones
formales con tal que no se afecten los principios de Estricta Sujeción a las Bases y de Igualdad de los Oferentes y se informe de dicha
solicitud al resto de los oferentes, mediante el portal www.mercadopublico.cl.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días corridos, que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del
requerimiento en el portal, conforme a lo señalado en el artículo 6 del Decreto 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, para responder
a lo solicitado, de acuerdo con la funcionalidad disponible en el portal www.mercadopublico.cl. Quien no ingrese la información
solicitada en el plazo señalado, se calificará con un puntaje 0.
La solicitud de salvar errores u omisiones formales no comprenderá requerir la presentación de antecedentes
obligatorios o evaluables que los oferentes hayan omitido al momento de ingresar su oferta técnica y económica,
conforme a lo indicado en las presentes bases.
12. COMISION EVALUADORA
Las propuestas serán revisadas por una comisión evaluadora, integrada por 3 funcionarios de Odepa, de acuerdo a los siguientes
criterios:
a. 1 profesional del Sub-departamento de Gestión y Desarrollo de las Personas.
b. 1 profesional del Departamento, Sub-departamento o Unidad requirente.
c. 1 profesional representante del Comité Bipartito de Capacitación.
Dicha comisión será designada en la parte resolutiva del acto administrativo que apruebe las presentes Bases.
La comisión emitirá un informe (Acta de Evaluación), fundado en los criterios de evaluación y ponderación de los mismos, el que deberá
incluir una propuesta de adjudicación, si procede.
Corresponderá también a la comisión evaluadora, dar respuestas a las consultas y/o reclamos que se formulen respecto de la
adjudicación o de la declaración de desierta o inadmisible respecto de las ofertas que se presenten en la licitación pública, si procede.
13. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA
Para la evaluación y calificación de las propuestas se considerarán los siguientes criterios y pauta de evaluación, con los porcentajes que
se indican, para cada curso al que se postule :
* En todos los criterios el valor obtenido se multiplica por 100.
Para efectos de evaluación, serán consideradas las propuestas que acrediten mediante copia de documentos, la formación profesional y
experiencia que señalen en sus propuestas. Quienes no adjunten dicha información, obtendrán el puntaje mínimo asignado a cada
criterio de evaluación, según corresponda. Adicionalmente, Odepa no adjudicará ninguna oferta que obtenga menos del 60% del
porcentaje total asignado a los Criterios de Evaluación.
Mecanismo de Desempate:
En caso de producirse un empate, se escogerá la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el ítem de evaluación “Porcentaje
de Actividades Prácticas”. En caso de persistir el empate, se escogerá aquella propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el
ítem de evaluación “Experiencia de Entidad Capacitadora”.
Si aún hubiera empate, se escogerá aquella propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el ítem de evaluación “Perfil del
Relator”. Finalmente, si el empate aún persistiera, se escogerá la propuesta que tenga la mayor antigüedad de acuerdo al
“Comprobante de Ingreso de Oferta” emitido por el portal web www.mercadopublico.cl.
14. MODALIDAD DE PAGO
El precio del contrato será determinado en conformidad con la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación
pública, a través del Portal www.mercadopublico.cl, y con el mérito de la Orden de Compra respectiva. El contratado sólo podrá cobrar
los servicios efectivamente prestados a plena satisfacción de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
Una vez recibido el informe de los servicios prestados por el proveedor y aprobado por la Contraparte Técnica de Odepa, ésta indicará el
número y valor total de las multas aplicadas al proveedor contratado, si las hubiere y se procederá a efectuar el/los pagos que
corresponda/n por la Tesorería General de la República, dentro del plazo de 30 días corridos, contados a partir de la fecha de la
presentación y aceptación conforme de la respectiva factura. La factura deberá ser extendida de la siguiente manera:
Razón Social: Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
R.U.T.: 61.301.100-5.
Giro: Administración Central.
Dirección: Teatinos N° 40, piso 7, comuna y ciudad de Santiago.
Toda factura deberá indicar la Orden de Compra y el servicio prestado.
Los oferentes deberán considerar que para la presente licitación el presupuesto máximo disponible para la presente contratación es de
hasta $15.774.934.- (quince millones setecientos setenta y cuatro mil novecientos treinta y cuatro pesos), con todos los
impuestos incluidos, desglosado de la siguiente manera:
a.- Sistemas alimentarios: desafíos globales de política con perspectiva local, por un valor de $4.000.000.
b.- Procedimiento administrativo electrónico: Análisis de la reforma a la Ley N°19.880, por un valor de $1.050.000.
c.- Las Actividades Silvoagropecuarias y la Libre Competencia, por un valor de $4.000.000.
d.- Inglés hablado, por un valor de $2.000.000.
e.- Trabajo en equipo (coaching), por un valor de $1.500.000.
f.- Liderazgo y Trabajo en Equipo, por un valor de $683.334.
g.- Herramientas básicas e intermedias del Power-Bi, por un valor de $940.000.
h.- Herramientas aplicadas de visualización y análisis exploratorio de datos, por un valor de $1.601.600.
En el Acto de Apertura, en caso de que el valor ingresado en el Anexo N° 1 supere el Presupuesto Máximo Disponible, indicado en el
párrafo precedente, quedará fuera del proceso de licitación en este acto.
La factura deberá emitirse en formato electrónico despachado a la casilla: dipresrecepción@custodium.com con copia a la contraparte
técnica de Odepa (*). Será responsabilidad del adjudicatario entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura y toda la
documentación adjunta que se requiera para tales efectos.
Una vez que la o las facturas sean recibidas, Odepa contará con un plazo de 8 días, a contar de la fecha de emisión para ejercer las
atribuciones contenidas en el numeral 2° del artículo 3° de la Ley N° 19.983, o la disposición legal que la reemplace.
Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida
anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, al Encargado del Contrato, respecto de cualquier acto o
contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias
no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al
indicado en la orden de compra y/o en la factura.
Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida
anticipación y por escrito al Encargado del Contrato, adjuntando los documentos fundantes del caso, cualquier acto o contrato que
justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias no responderá
frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, en el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la
orden de compra y/o en la factura.
(*) NOTA IMPORTANTE:
Al momento de la recepción de la orden de compra el proveedor deberá proceder a ACEPTAR en el portal mercado público. El proveedor,
por cada 24 horas de atraso, hasta totalizar 96 deberá esperar que la Institución realice la RECEPCIÓN CONFORME en el portal mercado
público. Una vez realizada la RECEPCIÓN CONFORME, el proveedor podrá generar la factura, además deberá enviar a la casilla:
dipresrecepcion@custodium.com, los archivos XML. Todos estos pasos son necesarios para evitar los rechazos de los documentos en el
sistema”
El proveedor deberá enviar los productos con guías de despacho, si es al caso.
15. ACLARACIONES Y/O CONSULTAS DE LA ADJUDICACIÓN
Los oferentes podrán enviar sus consultas al correo electrónico: compras@odepa.gob.cl.
16. TIPO DE ADJUDICACIÓN
Adjudicación simple, en una etapa, con emisión automática de Orden de Compra.
16.1 Re-adjudicación:
Al producirse algún incumplimiento de los requerimientos técnicos y/o de otras cláusulas establecidas en las presentes bases de
licitación, o en caso de negativa del proveedor de realizar el servicio, o de notoria insolvencia, la negativa o el desistimiento de suscribir
el contrato – si procediere –, la no presentación de los antecedentes y/o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento (si
correspondiere), se procederá a efectuar la readjudicación dentro de un plazo no superior a 90 días luego de haberse adjudicado en el
sistema de compras públicas, al oferente que siga en puntaje al oferente adjudicado, dejándose constancia en el portal Mercado Público
y sin derecho a indemnización alguna para el proveedor.
17. CONTRATO
Previa acreditación de su inscripción y habilidad en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, presentación de los documentos
requeridos por parte de quien resulte ser el adjudicatario, en el portal www.chileproveedores.cl y del hecho de figurar en él en estado
“hábil”, la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias procederá a emitir la Orden de Compra a través del portal www.mercadopublico.cl. Ello,
conforme a lo previsto en numeral 8 del artículo 22 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
18. DURACIÓN
La relación contractual que tendrá origen en la presente licitación corresponde a un contrato de ejecución durante el año 2023, que
iniciará con la emisión de la orden de compra y finalizará con la aprobación del informe que debe emitir el adjudicatario. Solo después de
dicha aprobación se procederá al pago de los servicios contratados.
19. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
No aplica.
20. MULTAS
Odepa estará facultada para aplicar multas cada vez que el oferente no proporcione el servicio convenidos – en tiempo y forma – según
lo indicado en su propuesta técnica o en las presentes bases de licitación, a menos que dicho incumplimiento se deba a casos de fuerza
mayor o caso fortuito, acorde a lo previsto en el artículo 45 del Código Civil, lo que deberá ser debida y oportunamente acreditados por
el proveedor y aprobados por Odepa, Específicamente, en los siguientes casos:
1. En el caso que las sesiones programadas del curso de capacitación no se impartan por motivos ajenos a Odepa, debiéndose
reprogramarse, se aplicará una multa equivalente al 10% del valor total del curso por cada sesión no reprogramada.
2. Por cada hora de atraso de una sesión programada del curso de capacitación, se aplicará una multa de 5% del valor total del
curso.
La multa será descontada directamente de los pagos del servicio, una vez que se encuentren resueltos los recursos pertinentes, o haya
vencido el plazo para su interposición sin que hubieren sido presentados.
En caso de que no se realice alguna de las sesiones programadas del curso de capacitación sin expresión de causa o sin reprogramar de
manera inmediata la sesión no realizada, Odepa se reserva el derecho de dejar sin efecto la orden de compra, sin derecho a
indemnización de perjuicios para el proveedor.
20.1 Descargo a las multas
Detectado un incumplimiento por parte de Odepa, se procederá a notificar al proveedor acorde a lo previsto en la ley 19.880,
indicándose la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el valor de la multa que será aplicada.
A partir de la fecha de la notificación a que se alude en el párrafo precedente, el proveedor adjudicado podrá presentar sus descargos
por las multas que le sean aplicadas, para lo cual deberá dirigirse por escrito a la Directora Nacional de la Oficina de Estudios y Políticas
Agrarias, dentro del plazo de los cinco (5) primeros días hábiles.
En dichos descargos deberá informar sobre las causas que ocasionaron, a juicio del proveedor, el incumplimiento y qué procedimiento se
utilizó para su pronta solución. Los descargos se realizarán por cada multa, en forma individual, y su aprobación significará desestimar
completamente la aplicación de la multa que se haya dispuesto en contra del proveedor. Vencido el plazo para la presentación de los
descargos, Odepa - dentro de los 15 días hábiles siguientes - procederá a dictar el correspondiente acto administrativo aplicando la
multa.
Si el proveedor presentó en tiempo y forma sus descargos, Odepa tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles desde la recepción de los
mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo cual será asimismo determinado mediante acto administrativo fundado,
que será notificado al proveedor conforme a lo previsto en la ley 19.880.
Aplicada una multa, procederán en favor del proveedor, los recursos de Reposición, Jerárquico y Extraordinario de Revisión, que deberán
interponerse en el plazo y resolverse en la forma y condiciones establecidas en la Ley 19.880.
21. RECHAZO DE LAS OFERTAS
La Oficina de Estudios y Políticas Agrarias se reserva el derecho a aceptar total o parcialmente, cualquiera de las ofertas presentadas.
Además, y conforme a la Ley 19.886, las declarará inadmisibles cuando aquéllas no cumplieren con los requisitos establecidos en las
presentes bases de licitación. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o, si habiéndose presentado,
éstas no resulten convenientes a sus intereses o cuando por razones de fuerza mayor, sea aconsejable prescindir de los servicios cuya
prestación se pretende.
22. PROPIEDAD INTELECTUAL, CONFIDENCIALIDAD Y OBLIGACIÓN DE REPORTE DE INCIDENTES DE SEGURIDAD DE LA
INFORMACIÓN.
Los antecedentes técnicos asociados al servicio que el proveedor desarrolle con motivo de la presente licitación serán de exclusiva
propiedad de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, los cuales podrá modificarlos o reproducirlos cada vez que lo estime
conveniente, sin derecho para el proveedor de realizar cobro o cargo alguno por estos conceptos. En consecuencia, el adjudicatario no
podrá disponer o hacer uso, en cualquier forma o tiempo, sin autorización escrita de Odepa, por corresponder estos al producto del
cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Todos los antecedentes que conozca el proveedor, con ocasión de la presente licitación,
son reservados. En consecuencia, no pueden usarlos, divulgarlos, transferirlos, cederlos, sin el expreso y estricto consentimiento de la
Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
El proveedor y quienes participen en la ejecución de los servicios, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes
que, con dicho objeto, les proporcione Odepa para efectuar su trabajo.
Las partes dejan expresamente establecido que toda la información que maneja Odepa tiene carácter de confidencial. En consecuencia,
el proveedor se obliga a mantener la confidencialidad de toda la información que se le suministre, así como de la información que aquél,
sus asesores o dependientes puedan tomar conocimiento como consecuencia de la prestación de los servicios contratados.
Con el objeto de mantener esta confidencialidad, el proveedor se obliga a:
a) No usar total o parcialmente tal información para un propósito distinto a la prestación de los servicios a Odepa;
b) Mantener la información suministrada en reserva y debidamente resguardada;
c) No permitir el acceso a la información a terceros y permitir el uso únicamente a sus asesores o dependientes que la precisen para
proveer servicios a Odepa. El proveedor se compromete, además, a que las personas a quienes se autorice para tener acceso a la
información obliguen a mantener la confidencialidad respecto de la misma, en los términos establecidos en estas Bases Administrativas,
comprometiéndose el proveedor a responder por cualquier daño o perjuicio que pueda ocasionarle a Odepa el uso o divulgación de tal
información con un fin distinto al indicado para tales personas;
d) No hacer copias, ni permitir que otros hagan copias o reproduzcan antecedentes o documentos que contengan información, salvo que
Odepa lo autorice en forma previa y por escrito;
e) Restituir a Odepa todo o parte del material, documentos u otros que contenga información que haya entregado al proveedor tan
pronto como aquélla lo solicite; y
f) Tomar todos los resguardos y las medidas necesarias para mantener la confidencialidad de la información y evitar situaciones y actos
que puedan causar perjuicios a Odepa. La obligación de mantener la confidencialidad se mantendrá durante todo el tiempo de vigencia
del servicio y en el futuro, después de expirado éste, salvo que Odepa autorice en forma expresa al proveedor para usar o revelar total o
parcialmente la información entregada.
El incumplimiento de esta obligación hará responsable al proveedor y personalmente a los autores del incumplimiento de todos los
daños y perjuicios que tal incumplimiento le pueda causar a Odepa, ya sea que la divulgación o el mal uso de la información lo haya
efectuado esta o sus asesores, dependientes, subcontratistas u otros que hayan tenido acceso a la información a causa de la
contratación.
Por su parte, acorde a lo dispuesto en el Decreto N°273, de 2022 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, si el proveedor debe
recurrir a servicios de tecnologías de la información para la prestación de los bienes o servicios que se licitan, éste se obliga a compartir
con Odepa la información sobre las amenazas y vulnerabilidades que puedan afectar a las redes, plataformas y sistemas informáticos de
este Servicio, al igual que las medidas de mitigación aplicadas a éstas, así como las políticas y prácticas de seguridad de la información
incorporadas en los servicios prestados.
La contravención de las obligaciones señaladas en este punto se considerará un incumplimiento grave de la contratación que dará lugar
al término anticipado de la misma.
23. SUBCONTRATACIÓN
Se prohíbe al adjudicatario subcontratar los servicios encomendados en el presente instrumento, salvo respecto de algunos aspectos
específicos, y previa autorización expresa y escrita de la Dirección Nacional de Odepa, de lo contrario Odepa podrá poner término a la
relación contractual, sin derecho a indemnización alguna por parte del adjudicado y cobrando la boleta de garantía que obre en su
poder.
24. DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA POSTULAR.
Formularios de presentación de ofertas con servicios de capacitación (Anexo N° 1).
Declaración jurada simple (Anexo N° 2).
25. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las bases de licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del
Tribunal de Contratación Pública.
Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia de la contratación, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las
partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para
ante sus tribunales, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República.
ANEXO N° 2
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
Yo,............................................................................., cédula nacional de identidad Nº ..........................., domiciliado
en...................................................., en mi calidad de oferente o representante legal de (según corresponda)
..................................................................................................., declaro conocer lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, que se
reproduce a continuación, y que en consecuencia soy hábil (mi representada es hábil) para contratar con la Oficina de Estudios y
Políticas Agrarias.
Artículo 4º.- Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación
financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que
exige el derecho común, Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o
de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por
prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago
producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de
las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El
respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que
demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará
derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá
participar.
Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá
igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo.
Cada entidad licitante podrá establecer, respecto del adjudicatario, en las respectivas bases de licitación, la obligación de otorgar y
constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia
de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho
contrato en los términos establecidos en esta ley.
El inciso anterior sólo se aplicará respecto de contratos cuyo objeto sea la adquisición de bienes o la prestación de servicios que el
adjudicatario se obligue a entregar o prestar de manera sucesiva en el tiempo.
Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá
suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o
empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas
formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con
sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los
gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a ambas Cámaras del Congreso Nacional, a la Corporación Administrativa del
Poder Judicial y a las Municipalidades y sus Corporaciones, respecto de los Parlamentarios, los integrantes del Escalafón Primario del
Poder Judicial y los Alcaldes y Concejales, según sea el caso.
Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su
celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo
62 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad
civil y penal que les corresponda.
Sin embargo, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, los órganos y empresas referidos en el inciso cuarto podrán
celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el
mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a
la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados. En el caso del Congreso Nacional la comunicación se dirigirá a la
Comisión de Ética del Senado o a la Comisión de Conducta de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder
Judicial, a su Comisión de Ética.
_____ ___
Firma Oferente o Representante(s) Legal(es)
Santiago.........………… de ……. del 2023
3. DESÍGNANSE a los siguientes funcionarios/as o profesionales, en calidad de titulares, para conformar la Comisión Evaluadora de las
Ofertas Técnicas y Económicas de la Licitación Pública cuyo llamado se autoriza por la presente Resolución Exenta, designándose
además a la Contraparte Técnica, en conformidad con las bases de licitación que se aprueban mediante este instrumento:
A.- Comisión Evaluadora del Curso "Sistemas alimentarios: desafíos globales de política con perspectiva local"
a) Profesional del Sub-departamento de Gestión y Desarrollo de las Personas: José Becerra Retamal.
b) Profesional del Departamento de Desarrollo Rural: Paulina Contreras Hurtado.
c) Profesional representante del Comité Bipartito de Capacitación: Paula Valdés Quiñones.
En caso de ausencia de alguno de los funcionarios precedentemente señalados, desígnese en su reemplazo a Liliana Guevara Andrade,
Encargada de Bienes y Servicios Generales y a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Sub-departamento de Gestión y Desarrollo de
Personas.
La contraparte técnica está conformada de la siguiente manera: Titular: José Becerra Retamal, Profesional del Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de las Personas y suplente a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Sub-departamento de Gestión
y Desarrollo de Personas.
B.- Comisión Evaluadora del Curso "Procedimiento administrativo electrónico: Análisis de la reforma a la Ley N°19.880"
a) Profesional del Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de las Personas: José Becerra Retamal.
b) Profesional del Departamento Jurídico: Paola Heresi Ananías.
c) Profesional representante del Comité Bipartito de Capacitación: Bárbara Lobos Calatayud.
En caso de ausencia de alguno de los funcionarios precedentemente señalados, desígnese en su reemplazo a Liliana Guevara Andrade,
Encargada de Bienes y Servicios Generales y a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de
Personas.
La contraparte técnica está conformada de la siguiente manera: Titular: José Becerra Retamal, Profesional del Subdepartamento
de Gestión y Desarrollo de las Personas y suplente a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de
Personas.
C.- Comisión Evaluadora del Curso "Las Actividades Silvoagropecuarias y la Libre Competencia"
a) Profesional del Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de las Personas: José Becerra Retamal.
b) Profesional del Departamento Política Sectorial: Sergio Soto Nuñez.
c) Profesional representante del Comité Bipartito de Capacitación: Paula Valdés Quiñones.
En caso de ausencia de alguno de los funcionarios precedentemente señalados, desígnese en su reemplazo a Liliana Guevara Andrade,
Encargada de Bienes y Servicios Generales y a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de
Personas.
La contraparte técnica está conformada de la siguiente manera: Titular: José Becerra Retamal, Profesional del Subdepartamento
de Gestión y Desarrollo de las Personas y suplente a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de
Personas.
D.- Comisión Evaluadora del "Curso Inglés hablado"
a) Profesional del Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de las Personas: José Becerra Retamal.
b) Profesional del Departamento de Asuntos Internacionales: Fabiola Gélvez Jara.
c) Profesional representante del Comité Bipartito de Capacitación: Josefina Carrasco Capra.
En caso de ausencia de alguno de los funcionarios precedentemente señalados, desígnese en su reemplazo a Liliana Guevara Andrade,
Encargada de Bienes y Servicios Generales y a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de
Personas.
La contraparte técnica está conformada de la siguiente manera: Titular: José Becerra Retamal, Profesional del Subdepartamento
de Gestión y Desarrollo de las Personas y suplente a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de
Personas.
E.- Comisión Evaluadora del Curso "Trabajo en equipo (coaching)"
a) Profesional del Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de las Personas: José Becerra Retamal.
b) Profesional del Departamento de Computación e Informática: Hernán Vargas Rodríguez.
c) Profesional representante del Comité Bipartito de Capacitación: Andrés Azócar Cerda.
En caso de ausencia de alguno de los funcionarios precedentemente señalados, desígnese en su reemplazo a Liliana Guevara Andrade,
Encargada de Bienes y Servicios Generales y a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de
Personas.
La contraparte técnica está conformada de la siguiente manera: Titular: José Becerra Retamal, Profesional del Subdepartamento
de Gestión y Desarrollo de las Personas y suplente a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de
Personas.
F.- Comisión Evaluadora del Curso "Liderazgo y Trabajo en Equipo"
a) Profesional del Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de las Personas: José Becerra Retamal.
b) Profesional del Departamento Jurídico: Liliana Castro Soto.
c) Profesional representante del Comité Bipartito de Capacitación: David Madrid Valenzuela.
En caso de ausencia de alguno de los funcionarios precedentemente señalados, desígnese en su reemplazo a Liliana Guevara Andrade,
Encargada de Bienes y Servicios Generales y a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de
Personas.
La contraparte técnica está conformada de la siguiente manera: Titular: José Becerra Retamal, Profesional del Subdepartamento
de Gestión y Desarrollo de las Personas y suplente a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de
Personas.
G.- Comisión Evaluadora del Curso "Herramientas básicas e intermedias del Power-Bi"
a) Profesional del Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de las Personas: José Becerra Retamal.
b) Profesional del Departamento de Recursos Institucionales: Claudia Morales Wainer.
c) Profesional representante del Comité Bipartito de Capacitación: Andrés Azócar Cerda.
En caso de ausencia de alguno de los funcionarios precedentemente señalados, desígnese en su reemplazo a Liliana Guevara Andrade,
Encargada de Bienes y Servicios Generales y a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de
Personas.
La contraparte técnica está conformada de la siguiente manera: Titular: José Becerra Retamal, Profesional del Subdepartamento
de Gestión y Desarrollo de las Personas y suplente a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de
Personas.
H.- Comisión Evaluadora del Curso "Herramientas aplicadas de visualización y análisis exploratorio de datos"
a) Profesional del Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de las Personas: José Becerra Retamal.
b) Profesional del Departamento de Información y Economía Agraria: Ana Sudy Bustamante.
c) Profesional representante del Comité Bipartito de Capacitación: Bárbara Lobos Calatayud.
En caso de ausencia de alguno de los funcionarios precedentemente señalados, desígnese en su reemplazo a Liliana Guevara Andrade,
Encargada de Bienes y Servicios Generales y a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de
Personas.
La contraparte técnica está conformada de la siguiente manera: Titular: José Becerra Retamal, Profesional del Subdepartamento
de Gestión y Desarrollo de las Personas y suplente a Susana Espinoza Acevedo, Encargada Subdepartamento de Gestión y Desarrollo de
Personas.
4. PUBLÍQUENSE la presente Resolución Exenta, las Bases Técnicas, las Bases Administrativas y los Anexos de la licitación pública a la
que se llama para la contratación de “SERVICIOS DE CAPACITACIÓN PARA LA OFICINA DE ESTUDIOS Y POLÍTICAS
AGRARIAS", en el Sistema de Compras y Contratación Pública, portal web www.mercadopublico.cl.
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