1.-
BASES ADMINISTRATIVAS
“ESTUDIO: PROPUESTA PARA LA INTEGRACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOS EN EL SECTOR
AGROPECUARIO”
1.- TIPO DE CONCURSO Y PARTICIPANTES
La contratación de este servicio se realizará mediante una licitación pública, en la cual podrán presentar propuestas personas naturales
y/o jurídicas chilenas o extranjeras, en adelante el Proponente u Oferente. Sin perjuicio de lo anterior, al momento de contratar los
extranjeros deberán acreditar haber constituido una persona jurídica de acuerdo con la legislación chilena. El presente proceso de
Licitación corresponde al tipo LE (igual o mayor a 100 UTM e inferior a 1.000. Asimismo, la presente licitación se realizará en una etapa,
sin emisión automática de orden de compra.
2.- PUBLICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN Y LLAMADO A PRESENTAR PROPUESTAS
Las Bases de Licitación y el llamado a presentar propuestas serán publicadas en el Sistema de Información creado por la Ley Nº 19.886,
de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, portal web www.mercadopublico.cl, una vez que se
encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe las presentes Bases de licitación.
Todo el proceso se desarrollará usando el Sistema de Información o plataforma Mercado Público, a saber, sitio web
www.mercadopublico.cl.
Salvo que ocurriere alguna indisponibilidad técnica de la plataforma Mercado Público, y sólo en estas circunstancias, se permitirá la
presentación de ofertas fuera del sistema. Para ello, los oferentes deberán hacer llegar su propuesta en formato impreso a la Oficina de
partes de Odepa, calle Teatinos N°40, piso 7, comuna de Santiago, dentro de un plazo de dos días hábiles para la presentación de
ofertas fuera del sistema, contados desde la fecha de cierre señalada en el Sistema de Información, junto con un Certificado de la
Dirección de Compra y Contratación Pública (Chilecompra), el que puede ser solicitado hasta 24 horas después al cierre de la recepción
de ofertas.
A menos que se indique expresamente lo contrario, los plazos de días establecidos en estas Bases corresponden a días hábiles. En el
evento que el último día de un plazo recayere en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente.
3.- MODIFICACIÓN DE LAS BASES
La Odepa podrá modificar las Bases Técnicas, las Bases Administrativas y los Anexos de la presente licitación en aquellos aspectos que
no sean sustanciales. Dicha facultad sólo podrá ejercerla hasta la fecha y hora de cierre de recepción de las ofertas, mediante resolución
fundada debidamente tramitada, informando de ello a través del portal www.mercadopublico.cl. En este caso, los proveedores deberán
efectuar las modificaciones que sean necesarias dentro del plazo que reste hasta el cierre de la recepción de las ofertas, o bien, en el
plazo que se haya fijado para estos efectos en la resolución antes señalada.
En todos los casos, será obligación del oferente revisar periódicamente el proceso de licitación en el portal de compras públicas
(www.mercadopublico.cl) y atender toda modificación solicitada por la Odepa.
En caso de realizarse modificaciones, el plazo de cierre de la licitación se extenderá prudencialmente, a fin de que los oferentes puedan
corregir su oferta o, en su defecto, presentar una nueva propuesta.
4.- COMUNICACIONES Y PLAZOS
Todas las comunicaciones, notificaciones, consultas y respuestas que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, se harán
por medio del portal www.mercadopublico.cl.
La Oficina de Estudios y Políticas Agrarias podrá agregar aclaraciones con información complementaria o modificatoria de los
antecedentes de la licitación, siempre que se trate de materias adjetivas que no alteren ni modifiquen la naturaleza del llamado, hasta la
fecha del cierre de la recepción de las ofertas, mediante Resolución Fundada debidamente tramitada y posteriormente publicada en
www.mercadopublico.cl .
En el evento que el último día de un plazo recayere en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente.
5. REQUISITOS Y CONDICIONES DE LOS OFERENTES
Los oferentes deberán acreditar, mediante Declaración Jurada Simple (Anexo N° 2 y 2-A o 2B según corresponda), que son hábiles para
contratar con la Administración del Estado, según lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Asimismo, declara que tiene la experiencia requerida para desarrollar las
actividades materia de licitación y, en el caso de las personas jurídicas, que aquéllas tienen el giro social pertinente a los fines del
presente proceso concursal.
6. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
6.1 Instrucciones para Presentación de Ofertas
Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias o con sus funcionarios con motivo de la
presente licitación durante el curso del proceso, con excepción de las preguntas y respuestas, si las hubiere, las que deberán formularse
y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el portal web www.mercadopublico.cl. Asimismo, durante el
proceso de la presente licitación pública, no se sostendrán reuniones con lobbistas o gestores de intereses particulares por motivos
relacionados, directa o indirectamente, con ésta.
Las propuestas y los antecedentes administrativos, técnicos y económicos, deben ser presentados única y exclusivamente a través del
Portal www.mercadopublico.cl, en formato compatible con Microsoft, Office, Acrobat pdf o JPG.
Las propuestas técnicas y económicas deberán ajustarse al Anexo N° 1 y Anexo N° 3 de las presentes Bases.
Por el solo hecho de presentar ofertas, se entiende la conformidad y aceptación de todas las condiciones, requisitos técnicos,
económicos y administrativos del servicio, y que los oferentes leyeron, comprendieron las bases y los anexos que forman parte de la
presente licitación.
El oferente deberá adjuntar a su propuesta los Anexos Nos. 1, 2, 2A o 2B según corresponda, 3 y 4, debidamente llenados y firmados por
el oferente o el representante legal.
Las propuestas deben tener una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de presentación de ofertas
establecida en el portal www.mercadopublico.cl, no pudiendo el Proponente, por sí, alterar cualquiera de sus términos.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito,
incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información,
deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal web www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener
orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas. Se debe tener especialmente presente que, ingresada correctamente la oferta,
el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de la oferta en el
Sistema de Información.
6.2 Unión Temporal de proveedores
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento
de la Ley N°19.886, los oferentes podrán unirse entre sí para la presentación de una oferta común, con el fin de complementar y
fortalecer sus capacidades. En dicho caso, deberán formalizar la Unión Temporal de Proveedores, mediante instrumento público o
privado, estipulando la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Oficina de Estudios y
Políticas Agrarias y nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes.
La Unión Temporal de Proveedores se regirá por las disposiciones legales y reglamentarias que le sean aplicables.
La oferta que se realice de manera conjunta por varias personas naturales o jurídicas deberá individualizar a cada una de ellas,
manifestando expresamente que actúan en la forma señalada en el párrafo precedente. Con todo, para ingresar la oferta en el Sistema
de Información, aquélla deberá ajustarse completamente a las formalidades y requisitos señalados en estas Bases de licitación.
En caso de ser adjudicada la licitación pública a una Unión Temporal de Proveedores para la contratación del servicio licitado, el acuerdo
de los proveedores que crea la referida Unión y las estipulaciones exigidas para ésta deberán otorgarse por escritura pública o privada,
la que se acompañará como antecedente para celebrar el contrato respectivo con Odepa, sin que sea necesario constituir una sociedad
o persona jurídica para este propósito.
Como consecuencia de la Unión Temporal de Proveedores, la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias podrá exigir a cualquiera de sus
miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago
efectuado por la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias a cualquiera de los integrantes de la Unión será válido y extinguirá la deuda
respecto de los otros en la parte en que hubiese sido satisfecha, sin perjuicio de la representación con poderes suficientes que los
miembros de la Unión Temporal de Proveedores establezcan para el presente proceso licitatorio.
6.3 Antecedentes Administrativos
Los oferentes deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, al momento de ingresar su oferta en el mencionado portal, los
antecedentes administrativos necesarios, los cuales consisten en:
Documento en formato Word o Acrobat pdf, JPG, o compatible con éstos, que contenga los antecedentes generales de
identificación del oferente: nombre o razón social, RUT, dirección, casilla electrónica, teléfono, fax y otros antecedentes relevantes
que se estimen pertinentes señalar. Los oferentes que estén inscritos en el Registro de Oficial de Proveedores del Estado (Chile
proveedores: www.chileproveedores.cl) y se encuentren en calidad de habilitados, no necesitan presentar estos antecedentes.
Declaración Jurada Simple, señalando que el oferente conoce y acepta todas y cada una de las condiciones y exigencias
establecidas en las bases de la licitación y expresa que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado, de acuerdo con
lo establecido en la Ley 19.886 y su Reglamento (Anexo Nº 2 y 2-A o 2-B según corresponda).
Asimismo, en caso de que el oferente sea una persona jurídica, deberá declarar que tiene el giro correspondiente para cumplir con
los requerimientos y objetivos del producto licitado.
En caso de una Unión Temporal de Proveedores, se deberán acompañar los antecedentes mencionados en el artículo 67 bis del
Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Certificado de vigencia, en caso de ser una sociedad/empresa, emitido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una
vigencia de máximo 30 días, desde su emisión.
Teléfono de contacto o e-mail directo con el oferente, con el objeto de facilitar la comunicación entre el encargado de compras y el
adjudicado.
Se deberá acompañar una declaración jurada del oferente donde señale expresamente que el proponente o la institución oferente,
sus socios o directivos y los profesionales que se proponga en el equipo de trabajo no tienen al momento de la postulación, ni
tendrán durante el desarrollo de la consultoría, relaciones contractuales de prestación de servicios, de manera directa o a través
de otras personas jurídicas con ODEPA.
Tratándose de instituciones que participen en esta licitación pública a través de sus distintas unidades, departamento, facultades
o análogos, la declaración deberá estar referida únicamente a dichas unidades, departamentos o facultades y a los profesionales
que se proponga en su equipo de trabajo. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que las unidades, departamentos o facultades,
distintas de aquella que postula, pero pertenecientes a la misma institución, tengan relaciones contractuales de prestación de
servicios vigentes con ODEPA, estas deberán ser declaradas. El alcance de los contratos que se declaren será ponderado por la
comisión evaluadora de las propuestas designada para tales efectos por ODEPA.
Además, los oferentes que propongan como profesionales del equipo a personas que prestan servicios a honorarios en alguna
institución pública relacionada con el estudio materia de licitación, deberán informar a través de carta firmada por el proponente o
representante legal a la ODEPA, la institución en la cual prestan los servicios, el monto y duración del contrato y las tareas
contratadas. En el caso de personal a contrata o de planta, igualmente deberá indicarse esta situación.
Se deberá acompañar una declaración jurada del oferente (Anexo N°2) mediante la cual acredita que en su equipo de trabajo no
hay profesionales que hayan desempeñado cargos de responsabilidad directiva en la ODEPA, o que hayan tenido acceso a
información privilegiada.
Finalmente, deberá acompañar, firmado por cada miembro del equipo de trabajo del oferente, declaración jurada simple de la
aceptación del Pacto de Integridad, indicado en el anexo N° 4
6.4 Antecedentes técnicos
Para efectos de evaluar la Oferta Técnica, el oferente deberá ingresar en el Sistema de Información, en formato compatible con Microsoft
Office, Acrobat pdf o JPG, la propuesta y todos los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento de todos y cada uno de los
requisitos técnicos exigidos en las presentes bases de licitación.
La Oferta Técnica deberá contener, como mínimo, las siguientes secciones:
(i) procedimientos y métodos para abordar el estudio,
(ii) estrategia de levantamiento y análisis de la información y
(iii) plan de trabajo de actividades, tareas y plazos (carta Gantt). Además, se considerará la inclusión de otros antecedentes propuestos
por el oferente para alcanzar con pleno éxito los productos esperados de esta consultoría.
Asimismo, el proponente deberá adjuntar los currículos del/la Jefe/a del proyecto y de los profesionales que integrarían un equipo de
trabajo incluyendo copias de títulos o certificados de títulos o grados académicos. También podrán adjuntarse otros documentos que
acrediten la formación, experiencia y trayectoria de cada uno, si fuesen pertinentes a la materia de esta consultoría. No se considerarán
aquellos documentos que no cumplan con este requisito de pertinencia.
Se deberán, además, completar, llenar, firmar e ingresar al Sistema de Información los documentos siguientes:
Formulario de presentación de ofertas y nómina del equipo de trabajo (Anexo N°1).
Anexo N° 2 y 2A ó 2B según corresponda.
Experiencia de el/la jefe/a de proyecto (Anexo N°3).
Pacto de integridad(Anexo N°4.).
La no presentación de cualquiera de la información que se detalla precedentemente impedirá considerar la oferta en el proceso de
evaluación y quedará fuera de bases.
La propuesta técnica deberá ajustarse a las Bases Técnicas y a los Anexos N°1 y N°3 de estas bases de licitación.
6.5. Antecedentes económicos
Se entenderán comprendidos en el monto total de la oferta económica los valores de todos los trabajos, cometidos, trámites, viáticos,
impuestos, garantías, derechos o gestiones que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio, con estricto apego a las
especificaciones definidas en las presentes Bases de licitación y en su Anexo N° 1.
Sin perjuicio de lo anterior y dado que la modalidad de contratación del presente proceso licitatorio corresponde a la de un contrato a
suma alzada, cuando el proponente ingrese su oferta económica en el campo respectivo de la ficha electrónica habilitada en el portal
www.mercadopublico.cl, deberá indicar el VALOR NETO de aquélla -el valor resultante de descontar el I.V.A. de la oferta económica que
realice, a menos que esta se encuentre legalmente exenta de dicho tributo, en cuyo caso no procederá descontarlo por la no aplicación
del mismo, o el valor que resulte de descontar la retención de impuesto de la respectiva oferta económica, si el oferente emite boleta de
honorarios, el cual se expresará en pesos chilenos, sin decimales y sin considerar reajustes.
Asimismo, el oferente deberá señalar claramente en el Portal, en el campo especificaciones del proveedor de la mencionada ficha
electrónica, si el valor neto corresponde a:
(i) Afecto a I.V.A.,
(ii) Exento de I.V.A.
(iii) se deberá efectuar la retención de impuesto en el caso que emita Boletas de Honorarios.
La información requerida en el párrafo anterior también deberá constar en el Anexo N° 1, el cual deberá ser ingresado al Sistema de
Información en un formato compatible con Microsoft Office o Acrobat PDF o JPG. En caso de discrepancias y para efectos de la evaluación
de la oferta, se considerará el valor neto y la modalidad impositiva señalados en el Anexo N° 1.
El Presupuesto Máximo Disponible para la ejecución de este estudio asciende a la suma de $16.000.000.- (dieciséis millones de
pesos), con todos los impuestos incluidos.
En el Acto de Apertura Económica, y en conformidad con lo registrado por el oferente en el Anexo N°1, si el resultado de la suma de los
impuestos con el valor neto superare el Presupuesto Máximo Disponible, el proponente quedará fuera del proceso de licitación en ese
mismo acto.
IMPORTANTE: La no presentación de los Anexos N°s. 1, 2, 2A o 2B - según corresponda – 3 y 4 a través del portal
www.mercadopublico.cl, así como de las especificaciones de los equipos en conformidad con lo señalado en las Bases
Técnicas, procedimientos y métodos, programa de trabajo, análisis de la información, nómina del equipo de trabajo y
Carta Gantt, impedirá considerar la oferta en el proceso de evaluación.
7.- ETAPAS Y PLAZOS DEL PROCESO DE LICITACIÓN
Las Bases de Licitación y el llamado a presentar propuestas serán publicados en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, una
vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe dichas Bases.
Los plazos de días establecidos en las presentes bases corresponden a días corridos, salvo que en éstas se exprese que se trata de días
hábiles. Las etapas y plazos del proceso de licitación serán los siguientes:
Recepción de Ofertas: Hasta las 23.59 horas del décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las Bases.
Acto de Apertura electrónica Técnica y Económica de Ofertas: A partir de las 10:00 horas del día siguiente al del cierre de
recepción de ofertas.
Preguntas sobre las Bases: Éstas se podrán realizar hasta las 16:00 horas del tercer día corrido contado desde la fecha de
publicación de las Bases.
Publicación de las Respuestas a las Preguntas sobre las Bases: Hasta las 23:59 horas del segundo día corrido después de cerrado
el plazo de preguntas.
Evaluación y Adjudicación: ambos procesos serán realizados en un máximo de 35 días corridos, contados desde la fecha de cierre
de recepción de ofertas.
En el evento que el último día de los plazos de días corridos señalados precedentemente y cualquier otro que se indique en las presentes
bases, recayere en un día inhábil (sábado, domingo o festivo), se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente.
Adicionalmente, los plazos de licitación estarán disponibles en el portal web www.mercadopublico.cl en la ficha de licitación.
8. REQUISITOS LEGALES PARA CONTRATAR
Para ser contratado por la ODEPA, el oferente adjudicado deberá estar inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado o Chile
proveedores, www.mercadopublico.cl, y encontrarse en estado hábil en los términos que exige el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio
de Hacienda, y sus respectivas modificaciones. Es responsabilidad de él o de los oferentes adjudicados acreditar oportunamente lo
indicado precedentemente, pudiendo la ODEPA dejar sin efecto la adjudicación y re adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido
la siguiente mejor evaluación, para el caso en que el contrato no se pudiere firmar debido al incumplimiento de este requisito.
Para efectos de preparar el contrato,
el oferente seleccionado deberá presentar, dentro de los 5
días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, los
documentos que se indican en esta tabla. En el caso que una
Unión Temporal de Proveedores fuere seleccionada, se
deberá presentar, además, la escritura pública o privada
respectiva, en conformidad con lo señalado en estas bases
administrativas.
a) Personas jurídicas con fines de lucro:
Fotocopia simple de escritura de constitución de la
persona jurídica y sus modificaciones, con sus
respectivas inscripciones y certificados de vigencias, si
fuere el caso, con una antigüedad no superior a
60 días, contados desde la fecha de su emisión.
Fotocopia simple del instrumento público en el que
conste la personería y facultades del representante
legal con certificado de vigencia, emitido por el
Conservador de Bienes Raíces, o por el notario
respectivo o por el archivero judicial, en su caso, con
una antigüedad no superior a 60 días, contados
desde la fecha de su emisión.
Boleta de garantía, Póliza de Seguro, u otro
instrumento equivalente, de cobro rápido y efectivo,
que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del
contrato, en los plazos y términos expuestos en el
numeral 10 de las presentes bases administrativas.
Fotocopia del RUT del Proveedor, indicando su Giro y
de la Cédula de Identidad de la(s) persona(s)
natural(es) que lo represente(n), en la(s) que se
indique su estado civil y su actividad, profesión u
Antecedentes a entregar por el
o los oferentes adjudicados
(excepto si se encuentran
disponibles en Chile
proveedores, los que deberán
estar actualizados)
oficio.
Certificado de antecedentes laborales y previsionales
emitido por la Inspección del Trabajo.
b) Persona Extranjera:
Copia simple de la documentación necesaria para
acreditar su existencia legal y la personería de
quien(es) presenta(n) la propuesta en su
representación.
Para el caso de personas extranjeras con idioma
distinto al español, la documentación debe entregarse
traducida al español.
Boleta de garantía, Póliza de Seguro, u otro
instrumento equivalente, de cobro rápido y efectivo,
que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del
contrato, en los plazos y términos expuestos en el
numeral 10 de las presentes bases administrativas.
c) Unión Temporal de Proveedores:
Información de los integrantes de la unión, de acuerdo
al Anexo N° 1, el que debe ser presentado de manera
conjunta y debidamente firmado.
Conforme lo dispuesto en el artículo 67 bis del citado
Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda,
cada uno de sus miembros deberá presentar los
antecedentes indicados en las letras precedentes,
según corresponda, con excepción del Anexo N° 1.
Para acreditarla ausencia de inhabilidades e
incompatibilidades, se deberá suscribir la “Declaración
Jurada de Requisitos para Ofertar”, disponible en dicho
portal www.mercadopublico.cl, o bien, la declaración
jurada simple que se acompaña como Anexo N° 2-A o
2-B de estas bases.
Documento público o privado en que conste la
formalización de la unión temporal de proveedores,
con una vigencia no inferior a la vigencia de la
contratación y en que se establezca, a lo menos, la
solidaridad entre las partes y el nombramiento de un
representante o apoderado común con poderes
suficientes.
Boleta de garantía, Póliza de Seguro, u
otro instrumento equivalente, de cobro rápido y
efectivo, que garantice el fiel y oportuno cumplimiento
del contrato, en los plazos y términos expuestos en el
numeral 10 de las presentes bases administrativas.
d) Personas jurídicas sin fines de lucro:
Fotocopia simple del decreto que otorga la
personalidad jurídica, emitido por el Ministerio
respectivo, con certificado de vigencia.
Antecedentes que acrediten la personería y facultades
del representante legal. En el caso de las
Corporaciones, copia del acta de la sesión del
directorio y de la asamblea donde consta el
nombramiento de la directiva y del presidente. En el
caso de las Fundaciones, copia del acto de
nombramiento del (de los) representante(es) legal(es),
de acuerdo con lo que señalan los estatutos, y copia
de los estatutos.
Boleta de garantía, Póliza de Seguro, u otro
instrumento equivalente, de cobro rápido y efectivo,
que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del
contrato, en los plazos y términos expuestos en el
numeral 10 de las presentes bases administrativas.
Fotocopias del RUT del Proveedor, indicando su Giro y
de la Cédula de Identidad de la(s) persona(s)
natural(es) que lo represente(n), en la(s) que se
indique su estado civil y su actividad, profesión u
oficio.
Certificado de antecedentes laborales y previsionales
emitido por la Inspección del Trabajo.
e) Personas jurídicas acogidas a la ley 20.659, que simplifica
el régimen el régimen de constitución, modificación y
disolución de las sociedades comerciales:
Certificado de Estatuto actualizado, emitido por el
Registro de Empresas y Sociedades.
Boleta de garantía, Póliza de Seguro, u otro
instrumento equivalente, de cobro rápido y efectivo,
que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del
contrato, en los plazos y términos expuestos en el
numeral 10 de las presentes bases administrativas.
f) Personas naturales:
Boleta de garantía o instrumento equivalente, de
cobro rápido y efectivo, que garantice el fiel y
oportuno cumplimiento del contrato, en los plazos y
términos expuestos en el numeral 10 de las presentes
bases administrativas.
Fotocopia de la Cédula de Identidad vigente del
Proveedor, en la que se indique su estado civil y su
actividad, profesión u oficio.
Certificado de antecedentes laborales y previsionales
emitido por la Inspección del Trabajo.
De existir falsedad o inexactitud de la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar a la Fiscalía competente cuando existan
presunciones fundadas de la comisión de un delito, la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias se reserva el derecho de hacer efectiva la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en su caso, e incluso de terminar inmediata y anticipadamente el contrato que
corresponda, sin indemnización alguna para él o los oferentes o proveedores.
9. ADJUDICACIÓN Y RECHAZO DE LAS OFERTAS
La ODEPA se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Artículo 10° de la Ley N° 19.886.
La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl, dentro
del plazo establecido en el punto “Etapas y plazos” de las presentes bases.
No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades al momento de emitirse el
acto administrativo. Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes bases, la ODEPA deberá informar en
el Sistema de Información, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la
adjudicación. Este plazo será definido por resolución de la Dirección Nacional de la ODEPA.
La ODEPA podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le
sigue, siempre y cuando presente una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto
en el Artículo 42, del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
La ODEPA declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases,
conforme a lo dispuesto en el Artículo 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada de la ODEPA y no
otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.
10. GARANTÍA
Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Requisito
Documentos irrevocables, nominativos, no endosables, pagaderos a la vista, de
cobro rápido y efectivo, a nombre o a favor de la Oficina de Estudios y Políticas
Agrarias, R.U.T.: 61.301.100-5.-, tales como Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza
de Seguro sin liquidador, Depósito a la Vista o Certificado de Fianza.
Garantías
Aplicadas en
El 10 % del monto total del contrato, en pesos chilenos.
Fecha de
Vencimiento
31 de marzo de 2024
Glosa
Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato del “ESTUDIO:
PROPUESTA PARA LA INTEGRACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS
ECOSISTÉMICOS EN EL SECTOR AGROPECUARIO”
Descripción
Boleta Bancaria u otro instrumento equivalente, de cobro rápido y efectivo, a
favor de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, R.U.T.: 61.301.100-5,
pagadera a la vista, irrevocable, nominativa, no endosable, tomada por el
oferente o uno más de sus integrantes en una institución financiera constituida
en Chile con sucursal en la plaza de Santiago.
La boleta de garantía o el instrumento equivalente de cobro rápido y efectivo
deberá ser ingresado en la Oficina de Partes de la ODEPA, ubicada en Teatinos N°
40, 7° piso, comuna y ciudad de Santiago, entre las 9:00 y las 14: 00 horas. El
plazo máximo para entregar físicamente esta garantía será de hasta 5
días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, realizada en
el portal www.mercadopublico.cl.
La garantía debe ser entregada adjuntando documento con los antecedentes del
ejecutivo de la institución que la emite: nombre, correo electrónico y teléfono.
Forma de
Restitución
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato será devuelta a los 90
días corridos, a partir de la total aprobación del estudio por parte de la Oficina de
Estudios y Políticas Agrarias, una vez que se dé cumplimiento íntegro y oportuno
a todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario, en conformidad
con las Bases de la presente Licitación Pública y el Contrato, y cuando el
proveedor se encuentre debidamente calificado. Será responsabilidad del
proveedor renovar o reemplazar oportunamente estas Boletas de Garantía con
anterioridad a su vencimiento con la finalidad de mantener el resguardo durante
todo el período del contrato.
11. ERRORES FORMALES Y PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES.
La ODEPA podrá solicitar a los Oferentes, a través del Foro Inverso del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones
formales con tal que no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha
solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl, conforme a lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento
de la Ley 19.886.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días corridos, que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del
requerimiento en el portal, conforme a lo señalado en el artículo N° 6 del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, para
responder a lo solicitado, de acuerdo a la funcionalidad disponible en el portal www.mercadopublico.cl. Quien no ingrese la
información solicitada en el plazo señalado, se le calificará con un puntaje de 0.
La solicitud de salvar errores u omisiones formales no comprenderá requerir la presentación de antecedentes obligatorios o
evaluables que los oferentes hayan omitido al momento de ingresar su oferta técnica y económica, conforme a lo
indicado en el numeral 23 de estas bases.
12. COMISIÓN EVALUADORA
Las propuestas serán revisadas por una comisión evaluadora, integrada por 3 funcionarios públicos, es decir, personal de planta o a
contrata de la Administración Pública.
Dicha comisión será designada en la parte resolutiva del acto administrativo que apruebe las presentes Bases de licitación. En caso de
inhabilidad sobreviniente de alguno de sus miembros, Odepa designará al nuevo integrante mediante acto administrativo fundado que
será asimismo publicado en el respectivo proceso licitatorio.
La comisión emitirá un Acta de Evaluación, consistente en un informe fundado en los criterios de evaluación y ponderación de los
mismos, contenidos en estas bases administrativas, el que deberá incluir una propuesta detallada de adjudicación de la licitación
pública, si procede.
Corresponderá también a la comisión evaluadora dar respuestas a las consultas y/o reclamos que se formulen respecto de la
adjudicación o de la declaración en virtud de la cual se establece la calidad de desierta de la presente licitación pública, según fuere el
caso.
13. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA.
Para la evaluación y calificación de las propuestas, se considerarán los siguientes criterios y pauta de evaluación, con los porcentajes
que se indican:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
1. Calidad técnica de la propuesta 50
1. Experiencia equipo consultor 30
1. Conocimiento y trayectoria del equipo consultor 15
1. Propuesta Económica 3
1. Cumplimiento de requisitos formales 2
Total 100
13.1 Pautas de Evaluación:
1.- Calidad técnica de la propuesta
Calidad técnica de la propuesta
Condición Puntaje Ponderación
La propuesta aborda correctamente la totalidad de los objetivos específicos del estudio y su planteamiento
es conducente al logro de todos los productos esperados.
100
La propuesta aborda correctamente los objetivos específicos del estudio, pero su planteamiento podría no
ser conducente al logro de uno de los productos esperados.
80
50%
La propuesta aborda correctamente los objetivos específicos del estudio, pero su planteamiento podría no
ser conducente al logro de más de uno de los productos esperados.
60
La propuesta aborda solo una parte de los objetivos específicos del estudio o no los aborda
adecuadamente, siendo su planteamiento no conducente al logro de uno o más de los productos
esperados.
30
2.- Experiencia del equipo consultor
Para este criterio de evaluación se deberá presentar la información en el formulario del Anexo N°3.
Experiencia del equipo consultor en materias de biodiversidad, servicios ecosistémicos, agricultura sustentable u otros afines al
estudio.
Condición Puntaje Ponderación
El equipo técnico evidencia, entre los miembros del equipo, 5 o más estudios y/o consultorías relacionadas
con gestión/política y biodiversidad, servicios ecosistémicos, agricultura sustentable u otros afines al
estudio.
100
30%
El equipo técnico evidencia, entre los miembros del equipo, 3 estudios y/o consultorías relacionadas con
gestión/política y biodiversidad, servicios ecosistémicos, agricultura sustentable u otros afines al estudio.
70
El equipo técnico evidencia, entre los miembros del equipo, 1 estudio y/o consultorías relacionadas con
gestión/política y biodiversidad, servicios ecosistémicos, agricultura sustentable u otros afines al estudio.
30
El oferente no presenta evidencia de al menos 1 estudios y/o consultorías relacionadas con política y
biodiversidad, servicios ecosistémicos, agricultura sustentable u otros afines al estudio.
Fuera de bases
3.- Conocimiento y trayectoria del equipo consultor
Para este criterio de evaluación se deberá presentar el currículum de cada integrante del equipo consultor, señalando estudios
superiores formales terminados e inconclusos, actividades académicas y de consultoría, trayectoria laboral y estudios y/o publicaciones
adicionales a las presentadas en el formulario Anexo 3.
Conocimiento y trayectoria del equipo consultor
Condición Puntaje Ponderación
La mitad o más de los profesionales y/o técnicos del equipo consultor
cuenta con estudios de postgrado en temas relacionados a gestión y
política, biodiversidad, servicios ecosistémicos, agricultura u otros
afines al estudio.
100
15%
Menos de la mitad de los profesionales o técnicos del equipo
consultor cuentan con estudios de postgrado en temas relacionados
a gestión y política biodiversidad, servicios ecosistémicos, agricultura
sustentable u otros afines al estudio.
70
Ningún profesional o técnicos del equipo consultor cuentan con
estudios de postgrado en temas relacionados a gestión y política
biodiversidad, servicios ecosistémicos, agricultura sustentable u otros
afines al estudio.
30
Se presenta nómina del equipo consultor, pero no se acompañan los
documentos que acrediten sus conocimientos y trayectoria sobre las materias del estudio.
0
No se presenta nómina del equipo consultor Fuera de bases
4. Propuesta económica
Propuesta económica Ponderación
El puntaje asociado a la propuesta económica ( Puntaje Precio) se calculará dividiendo el valor de la oferta de menor
valor de todas las ofertas aceptadas, por el valor de la oferta que es objeto de evaluación, multiplicado por 100.
Oferta de menor valor
Puntaje Precio = ─────────────────── x 100
Oferta en evaluación
3%
5. Cumplimiento de requisitos formales
Cumplimiento de requisitos formales Ponderación
Oferta si cumplió, dentro del plazo de presentación de ofertas, con los requisitos formales de presentación (se excluye
antecedentes técnicos y evaluables).
2%
Oferta no cumplió, dentro del plazo de presentación de ofertas, con los requisitos formales de presentación (se excluye
antecedentes técnicos y evaluables).
0%
13.2. Metodología de la evaluación
El puntaje total para cada propuesta presentada se calcula ponderando cada uno de los criterios, con el porcentaje asignado, es decir:
Puntaje Total = Puntaje Calidad técnica de la propuesta x 50%
+ Puntaje Experiencia del equipo consultor x 30%
+ Puntaje Conocimiento y trayectoria del equipo consultor x 15%
+ Puntaje Propuesta económica x 3%
+ Puntaje Cumplimiento requisitos formales x 2%
NOTA: Para efectos de evaluación, serán consideradas las propuestas que acrediten mediante copia de documentos, la formación
profesional y experiencia que señalen en sus propuestas. Quienes no adjunten dicha información, obtendrán el puntaje mínimo asignado
a cada criterio de evaluación, según corresponda. Adicionalmente, la ODEPA no adjudicará ninguna oferta que obtenga menos del 60%
del porcentaje total asignado a los Criterios de Evaluación
13.3. Resolución de empates
En caso de producirse un empate, se escogerá la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el ítem de evaluación “Calidad
técnica de la propuesta”. En caso de persistir el empate, se escogerá aquella propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el ítem
de evaluación “Conocimiento y trayectoria del equipo consultor”. En caso de persistir el empate, se escogerá aquella propuesta
que haya obtenido el mayor puntaje en el ítem de evaluación “Experiencia del equipo consultor”. En caso de persistir el empate, se
escogerá aquella propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el ítem de evaluación “Propuesta económica”. Si el empate aún
persistiera, se escogerá la propuesta que tenga la mayor antigüedad de acuerdo con el “Comprobante de Ingreso de Oferta” emitido por
el portal web www.mercadopublico.cl.
14. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
14.1. Adjudicación de la licitación pública
La ODEPA se regirá en esta materia por lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N° 19.886.
La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del
plazo establecido en el numeral 7, “Etapas y plazos del proceso de licitación”, de las presentes bases administrativas.
14.2. Tipo de Adjudicación
Adjudicación simple, en una etapa, sin emisión automática de Orden de Compra.
14.3. Re adjudicación
Al producirse algún incumplimiento de los requerimientos técnicos y/o de otras condiciones establecidas en las presentes Bases de
licitación, o en caso de negativa del proveedor adjudicado a realizar el estudio, o por notoria insolvencia de aquél, o por la negativa a
suscribir el contrato, o la no presentación de los antecedentes y/o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, se
procederá a efectuar la readjudicación. Ésta se deberá efectuar dentro de un plazo no superior a 90 días, contados a partir de la fecha
de la notificación de la adjudicación que se registre en el Sistema de Información, al oferente que suceda correlativamente en puntaje
al proveedor originalmente adjudicado, dejándose constancia en el sitio www.mercadopublico.cl, sin derecho a indemnización alguna
para aquél. En caso de haber entregado la garantía, el adjudicatario no podrá exigir su devolución, pudiendo la ODEPA cobrarla a su
favor.
14.4. Rechazo de las ofertas
La ODEPA declarará desierta esta licitación, mediante resolución fundada, cuando no se presenten ofertas o bien cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses. Asimismo, declarará inadmisibles, también mediante resolución fundada, una o más ofertas
cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo 9
de la Ley Nº 19.886.
La resolución fundada de la ODEPA que declara desierta la licitación o la inadmisibilidad de las ofertas, no otorgará a los oferentes el
derecho a reclamar indemnización alguna.
14.5. Aclaraciones y/o consultas sobre la adjudicación
Los oferentes podrán enviar sus consultas al correo electrónico: compras@odepa.gob.cl
15. CONTRATO
La Oficina de Estudios y Políticas Agrarias suscribirá con el adjudicatario un contrato de prestación de servicios por el valor total del
precio del contrato, de acuerdo con el valor ofertado por el proveedor adjudicado, incluidos los impuestos, dentro del plazo de 60 días
corridos contados a partir de la notificación de la adjudicación en el sitio www.mercadopiblico.cl, y previa acreditación de la inscripción y
habilidad en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, por parte del adjudicatario, la presentación de los documentos requeridos a
quien resulte adjudicado, en el portal www.chileproveedores.cl, y del hecho de figurar en él en estado “hábil”.
16. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
A) Modificaciones del Contrato:
Éstas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el artículo 13 de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y en el artículo 77 de su Reglamento, aprobado por el Decreto N° 250, de 2004,
del Ministerio de Hacienda.
Excepcionalmente podrán realizarse modificaciones de forma que faciliten la ejecución del contrato pero que no alteren las obligaciones
contraídas en el mismo, respetando, en todo caso, el principio de estricta sujeción a las bases.
Cualquier modificación que se realice al contrato estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.
B) Término Anticipado del Contrato:
Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el artículo 77 del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de
Hacienda, la ODEPA estará facultada para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:
B.1) Si la ODEPA decidiere poner término unilateralmente al contrato por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al
proveedor mediante carta certificada despachada al domicilio registrado por éste en el contrato, con al menos 10 días hábiles de
anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle
la totalidad de los servicios efectivamente prestados.
B.2) La ODEPA se reserva el derecho de terminar anticipadamente el contrato regulado por las presentes bases de licitación, para el
caso en que el proveedor contratado registre saldos insolutos respecto del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales
que tiene con sus trabajadores, haciendo efectivas las garantías extendidas a su favor.
B.3) En caso de incumplimiento grave, total o parcial, de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo con el Nº 2 del
artículo 77 del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, la ODEPA podrá poner término al contrato, en forma inmediata,
administrativa, unilateral, y anticipada, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para aquél. En este caso, la ODEPA
deberá notificar tal circunstancia al proveedor por carta certificada, enviada al domicilio registrado por éste, y podrá hacer efectivas las
garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo
a los pagos que se encuentren pendientes.
Se entenderá por incumplimiento grave de la contratación, las siguientes conductas:
En el caso de generarse atrasos por 2 semanas corridas en el cumplimiento de las etapas, atribuibles directamente al
adjudicatario.
Si durante el desarrollo de la contratación se comprobare que el contratista ha efectuado la cesión de la misma.
La contravención de los deberes establecidos en los puntos 17 y 25, ambos de las bases administrativas.
Si concurre cualquier otra causal contemplada expresamente en las bases o en el contrato.
En este caso, la ODEPA deberá notificar tal circunstancia al proveedor por carta certificada, enviada al domicilio registrado por éste, y
podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a
las mismas, o bien con cargo a los pagos de la ODEPA que se encuentren pendientes.
Las cartas certificadas que envíe la ODEPA manifestando la decisión de terminar anticipadamente el contrato, no suplirán la publicación
que debe realizarse en el Sistema de Información de las resoluciones o decretos que dispongan la terminación anticipada del contrato
definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse, en conformidad con el artículo 79 del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de
Hacienda, las que deberán, en todo caso, ser fundadas.
17. PROPIEDAD INTELECTUAL, CONFIDENCIALIDAD Y OBLIGACIÓN DE REPORTE DE INCIDENTES DE SEGURIDAD DE LA
INFORMACIÓN
Los antecedentes técnicos asociados al estudio que el proveedor desarrolle con motivo de la presente licitación serán de exclusiva
propiedad de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, los cuales podrá modificarlos o reproducirlos cada vez que lo estime
conveniente, sin derecho para el proveedor de realizar cobro o cargo alguno por estos conceptos. En consecuencia, el proveedor no
podrá disponer o hacer uso, en cualquier forma o tiempo, sin autorización escrita de Odepa, por corresponder estos al producto del
cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Todos los antecedentes que conozca el proveedor, con ocasión de la presente licitación y contrato, son reservados. En consecuencia, no
pueden usarlos, divulgarlos, transferirlos, cederlos, sin el expreso y estricto consentimiento de la Oficina de Estudios y Políticas
Agrarias.
El proveedor y quienes participen en la ejecución de los servicios, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes
que, con dicho objeto, les proporcione Odepa para efectuar su trabajo.
Se deja expresamente establecido que toda la información que maneja Odepa tiene carácter de confidencial. En consecuencia, el
proveedor se obligará a mantener la confidencialidad de toda la información que se le suministre, así como de la información que aquél,
sus asesores o dependientes puedan tomar conocimiento como consecuencia de la prestación de los servicios que se contratarán.
Con el objeto de mantener esta confidencialidad, el proveedor se obligará a:
a) No usar total o parcialmente tal información para un propósito distinto a la prestación de los servicios a Odepa;
b) Mantener la información suministrada en reserva y debidamente resguardada;
c) No permitir el acceso a la información a terceros y permitir el uso únicamente a sus asesores o dependientes que la precisen para
proveer servicios a Odepa. El proveedor se compromete, además, a que las personas a quienes se autorice para tener acceso a la
información obliguen a mantener la confidencialidad respecto de la misma, en los términos establecidos en estas Bases Administrativas,
comprometiéndose el proveedor a responder por cualquier daño o perjuicio que pueda ocasionarle a Odepa el uso o divulgación de tal
información con un fin distinto al indicado para tales personas;
d) No hacer copias, ni permitir que otros hagan copias o reproduzcan antecedentes o documentos que contengan información, salvo que
Odepa lo autorice en forma previa y por escrito;
e) Restituir a Odepa todo o parte del material, documentos u otros que contenga información que haya entregado al proveedor tan
pronto como aquélla lo solicite; y
f) Tomar todos los resguardos y las medidas necesarias para mantener la confidencialidad de la información y evitar situaciones y actos
que puedan causar perjuicios a Odepa. La obligación de mantener la confidencialidad se mantendrá durante todo el tiempo de vigencia
del contrato y en el futuro, después de expirado éste, salvo que Odepa autorice en forma expresa al proveedor para usar o revelar total
o parcialmente la información entregada.
El incumplimiento de esta obligación hará responsable al proveedor y personalmente a los autores del incumplimiento de todos los
daños y perjuicios que tal incumplimiento le pueda causar a Odepa, ya sea que la divulgación o el mal uso de la información lo haya
efectuado esta o sus asesores, dependientes, subcontratistas u otros que hayan tenido acceso a la información a causa del contrato.
Por su parte, acorde a lo dispuesto en el Decreto N°273, de 2022 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, si el proveedor debe
recurrir a servicios de tecnologías de la información para la prestación de los bienes o servicios que se licitan, éste se obliga a compartir
con Odepa la información sobre las amenazas y vulnerabilidades que puedan afectar a las redes, plataformas y sistemas informáticos de
este Servicio, al igual que las medidas de mitigación aplicadas a éstas, así como las políticas y prácticas de seguridad de la información
incorporadas en los servicios prestados.
La contravención de las obligaciones señaladas en este punto se considerará un incumplimiento grave de la contratación que dará lugar
al término anticipado de la misma, conforme a lo dispuesto en el punto B del numeral 16 de estas bases.
18. VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO
La relación contractual a que dará origen la presente licitación pública corresponde a un contrato de ejecución en el tiempo. Dicho
instrumento entrará en vigor a contar de la fecha de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba y durará hasta la total
aprobación de los informes y productos que son materia de la presente licitación.
Con todo, los informes que el adjudicatario deberá emitir durante la ejecución del estudio deberán realizarse en el plazo máximo de 60
días corridos, conforme a lo señalado en el numeral 5 de las bases técnicas.
Sin perjuicio de lo anterior, y por razones de buen servicio, el contratado podrá iniciar las actividades materia de consultoría desde la
fecha de suscripción del contrato. Sin embargo, Odepa sólo procederá a pagar los servicios realizados una vez que la Resolución Exenta
que apruebe el contrato se encuentre totalmente tramitada.
19. PRESUPUESTO Y MODALIDAD DE PAGO
El presupuesto máximo disponible es de $ 16.000.000.- (dieciséis millones de pesos chilenos), con todos los impuestos
incluidos.
El servicio contratado en la presente licitación se pagará en tres etapas, previa recepción conforme de las entregas correspondientes de
cada uno de los informes, de acuerdo con lo siguiente:
Un primer pago, equivalente al 40% del precio total, a la entrega y aprobación del Informe N°1.
Un segundo pago, equivalente al 45% del precio total, a la entrega y aprobación del Informe N°2.
Un tercer pago, correspondiente al 15% del precio total, a la entrega y aprobación del Informe Final.
El Oferente podrá solicitar un anticipo hasta por el monto del primer pago, el cual se otorgará contra entrega de una póliza de seguro sin
liquidador por el total del monto anticipado. Dicho anticipo estará sujeto a la validación de la contraparte técnica y podrá tener como
único destino el pago de gastos que estén en directa relación con la ejecución del estudio. Por último, el monto del anticipo se rebajará
de la primera cuota contra la entrega y aprobación del informe N°1. Este documento de garantía deberá cumplir con las condiciones
establecidas en el punto 10 de las presentes bases administrativas.
El precio del estudio será determinado de acuerdo con la oferta que haya presentado el adjudicatario en el portal web
www.mercadopublico.cl, y con el mérito de la Orden de Compra respectiva. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente
prestados a plena satisfacción de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
De acuerdo con la nueva modalidad de pago implementado por la Dipres los pagos los efectúa la Tesorería General de la República el día
30 a partir de la fecha de emisión de la factura, previa aceptación conforme de la misma mediante transferencia electrónica. La factura
deberá ser extendida a nombre de:
Razón Social: Oficina de Estudios y Políticas Agrarias
R.U.T.: 61.301.100-5
Dirección: Teatinos N° 40, piso 8, comuna y ciudad de Santiago.
Giro: Administración Central.
Para proceder al pago de las cuotas, junto con la factura respectiva, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación:
Copia de Orden de Compra.
Presentar datos bancarios para efectuar transferencia electrónica.
Certificado de antecedentes laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo (F-30).
Las facturas deberán emitirse en formato electrónico despachado a la casilla: dipresrecepción@custodium.com, con copia a la
Contraparte Técnica de la ODEPA (*). Será responsabilidad del adjudicatario entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura,
factura exenta o boleta de honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.
Una vez que la o las facturas sean recibidas, la ODEPA contará con un plazo de 8 días, a contar de la fecha de emisión para ejercer las
atribuciones contenidas en el numeral 2º del artículo 3º de la Ley Nº 19.983, o la disposición legal que la reemplace.
Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida
anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, al Encargado o Contraparte Técnica del Contrato, respecto de
cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, la Oficina de Estudios y
Políticas Agrarias no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor
resulte inferior al indicado en la orden de compra y/o en la factura, factura exenta o boleta de honorarios.
NOTA IMPORTANTE:
Al momento de la recepción de la orden de compra el proveedor deberá proceder a ACEPTAR en el portal mercado público. El proveedor
deberá esperar que la Institución realice la RECEPCIÓN CONFORME en el portal mercado público. Una vez realizada la RECEPCIÓN
CONFORME, el proveedor podrá generar la factura, además deberá enviar a la casilla: dipresrecepcion@custodium.com, los archivos
XML. Todos estos pasos son necesarios para evitar los rechazos de los documentos en el sistema.
El proveedor deberá enviar los productos con guías de despacho, si es al caso.
20. PROCEDIMENTO DE APROBACIÓN DE INFORMES
La contraparte técnica de la ODEPA dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles para revisar los informes, y dar una respuesta, ya
sea de aprobación, rechazo o formular observaciones, lo que debe ser siempre por escrito.
Una vez efectuada la revisión por la Contraparte Técnica de la ODEPA, se pueden producir las siguientes situaciones:
a) El Informe o producto es aprobado: En este caso, la aprobación debe constar por escrito, con lo que se podrá gestionar el pago
respectivo y proceder a la etapa siguiente. Si se tratase del informe final del estudio, la Contraparte Técnica de la ODEPA enviará dicho
informe o producto con todos sus antecedentes y su aprobación a la Dirección Nacional de la ODEPA para su aprobación final y
definitiva, y se procederá a la presentación del estudio y posterior pago. La Dirección Nacional de la ODEPA podrá formular
observaciones las que deberán ser subsanadas por el proveedor en el plazo de 5 días hábiles.
b) El Informe o producto presenta observaciones a ser incorporadas en el informe siguiente: La Contraparte Técnica del
contrato deberá formular estas observaciones por escrito, indicando que las observaciones deben ser resueltas en el próximo informe o
producto, con lo que se podrá gestionar el pago respectivo, si correspondiere. Se entenderá por observación, en este caso, cualquier
comentario emitido por la Contraparte Técnica del contrato, que a su juicio sea necesario para el estudio, pero que pueda ser
considerado en la siguiente etapa.
c) El Informe o producto es observado y no aprobado, dado que no cumple con los requisitos mínimos establecidos para
la etapa. Las observaciones deberán constar por escrito. En este caso, la parte adjudicada tiene 5 días hábiles para corregir los puntos
observados. Se entenderá por observación cualquier comentario emitido por la Contraparte Técnica del contrato o del/la directora
nacional (si se trata del informe final), respecto del no cumplimiento de objetivos, tareas o actividades especificadas en las presentes
bases, que a su juicio impida aprobar el informe. Si ocurre lo indicado anteriormente, se podrán producir las siguientes situaciones:
c.1) La adjudicada entrega las correcciones a los informes o producto dentro de los plazos estipulados y son aprobadas por la
Contraparte Técnica por escrito, entonces se procede como en el caso del informe aprobado.
c.2) La adjudicada entrega las correcciones dentro de los plazos estipulados, pero la Contraparte Técnica estima que aún no se ajustan a
lo solicitado. En este caso, se remitirán las nuevas observaciones a la adjudicada para su re-corrección, por medio de una comunicación
escrita, disponiendo de 4 días hábiles para corregir los puntos observados. En caso de que por tercera vez suceda lo mismo, la ODEPA
considerará este hecho como incumplimiento del contrato y podrá ponerle término anticipado y disponer el cobro de las garantías que
obren en su poder. En caso de que por tercera vez suceda lo mismo, la ODEPA considerará este hecho como incumplimiento del
contrato y podrá ponerle término anticipado y disponer el cobro de las garantías que obren en su poder.
Tanto en la recepción de los informes o productos como en la de las correcciones a los mismos, si las hubiere, pueden producirse
atrasos. Por cada uno de estos días de atraso se cobrarán las multas establecidas en el presente instrumento.
Para efectos del cómputo de los plazos a que se refiere el presente punto, las notificaciones se entenderán practicadas desde el día
siguiente de recepción de la carta respectiva en la oficina de correos de Chile correspondiente, acorde a lo previsto en la Ley N°19.880.
20.1 Estructura del informe final
Los contenidos del informe final deben presentarse editados y diseñados tal como será presentado en el texto definitivo. El texto deberá,
además, ceñirse a la siguiente estructura:
Resumen ejecutivo (máximo 4 páginas)
Índice general
Índice de tablas y figuras
Índice de anexos (opcional)
Introducción / Antecedentes
Objetivos generales y objetivos específicos
Metodología utilizada (Procedimientos y métodos)
Resultados y su discusión.
Conclusiones
Referencias
Anexos (opcional)
Se deberá entregar 1 copia digital del informe final en formato de documento editable, preferentemente Microsoft Word, así como las
bases de datos que son producto del trabajo realizado.
El informe final deberá incorporar lenguaje inclusivo, y enfoque de género cuando corresponda. El documento impreso debe tener las
siguientes características de formato:
Los márgenes de página izquierdo y derecho deben ser de 3 cm.
El tipo de letra debe ser “Arial” en tamaño 11 para todos los textos.
Se debe utilizar el mismo tipo y tamaño de letra del texto para tablas, cuadros y figuras.
Los gráficos no deben contener exceso de colores ni imágenes de fondo.
Las barras, columnas o áreas utilizadas en gráficos deben ser rellenas con colores planos, evitándose el uso de degradados porque
estos efectos no se trasladan en buena forma a las imágenes de Internet, desmejorando su presentación.
Se recomienda tomar en cuenta que la inclusión en gráficos de mucha información (variables), en líneas, columnas, barras o áreas,
aun cuando se utilicen dos ejes para su presentación, no siempre logra un buen efecto de visualización que permita entender su
contenido. En ocasiones es preferible elaborar más de un gráfico.
La primera página del documento debe ser la portada y debe incluir los siguientes elementos:
Texto de encabezado “Ministerio de Agricultura” y “Oficina de Estudios y Políticas Agrarias”.
Título del documento en tamaño de letra 16 o mayor y en negrita.
Autores si corresponde o dependencia responsable.
Logo de la ODEPA, que incluye el texto “Ministerio de Agricultura”.
Fecha del documento.
La segunda página se destina a colofón o créditos, si es necesario. En este caso debe incluir lo siguiente:
Nombre de la publicación
Fecha o edición de la publicación
Publicación de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura, Gobierno de Chile
Nombre del/la Director/a Nacional de la ODEPA
Director/a Nacional y representante legal
En la elaboración de esta publicación participaron:
Nombres de los participantes e institución si corresponde
Contraparte Técnica
Nombres de las personas que fueron contraparte técnica
Fecha de la publicación
www.odepa.cl
Santiago de Chile
Si no se incluye página de colofón o créditos, la dirección electrónica de la página Web de la ODEPA debe añadirse a la portada bajo la
fecha del documento y agregando bajo ella la expresión “Santiago de Chile”.
Las páginas se enumeran desde la portada, pero el número de página debe aparecer desde la tercera página (o segunda si no hay
colofón), en donde se incluya el resumen ejecutivo.
Los números de páginas deben ubicarse en la parte inferior centrada y se debe utilizar un tamaño de letra menor al usado en el texto.
Para encabezados y pies de página solamente se aceptarán los textos “ODEPA” y el título del documento, ambos como encabezados. En
el pie de página solo debe incluirse la numeración.
21. MULTAS, COBRO DE GARANTIAS, TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO .
La ODEPA estará facultada para aplicar multas cada vez que el oferente no proporcione el servicio convenido – en tiempo y forma –
según lo indicado en su propuesta técnica, en las presentes bases de licitación o en el contrato que se suscriba con motivo de este
proceso concursal, a menos que dicho incumplimiento se deba a casos de fuerza mayor o caso fortuito, acorde a lo previsto en el
artículo 45 del Código Civil, lo que deberá ser debida y oportunamente acreditados por el proveedor y aprobados por la ODEPA.
Por cada día corrido de atraso en el cumplimiento de la entrega de los informes, se aplicará una multa correspondiente al 1% del monto
total a pagar correspondiente al informe retrasado.
La multa será descontada directamente de los pagos del servicio, o bien podrá satisfacer el monto de aquella haciendo efectiva la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Ello, una vez que se encuentren resueltos los recursos pertinentes, o haya
vencido el plazo para su interposición sin que hubiesen sido presentados.
En el caso de generarse atrasos por 2 semanas corridas en el cumplimiento de las etapas, atribuibles directamente al adjudicatario,
además de lo señalado en el párrafo anterior, se procederá al cobro de la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato señalada
en el punto N° 10 de las presentes Bases y se pondrá término anticipado al contrato por incumplimiento grave del proveedor.
No obstante, la ODEPA respetará los principios de contradictoriedad e impugnabilidad, la proporcionalidad entre medidas y gravedad del
incumplimiento y dará traslado al proveedor para la presentación de descargos. La aplicación de las medidas será a través de resolución
fundada y procederán los recursos dispuestos en el artículo 79 ter del Reglamento aprobado por el Decreto N°250, de 2004 del
Ministerio de Hacienda, y la Ley N° 19.880.
La ODEPA llevará un registro de todas las multas aplicadas y sus correspondientes rebajas en los estados de pagos respectivos.
21.1 Descargos a las multas
Detectado un incumplimiento por parte de la ODEPA, se procederá a notificar al proveedor acorde a lo previsto en la ley 19.880,
indicándose la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el valor de la multa que será aplicada.
A partir de la fecha de la notificación a que se alude en el párrafo precedente, el proveedor adjudicado podrá presentar sus descargos
por las multas que le sean aplicadas, para lo cual deberá dirigirse por escrito a la Directora Nacional de la Oficina de Estudios y Políticas
Agrarias, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles.
En dichos descargos deberá informar sobre las causas que ocasionaron, a juicio del proveedor, el incumplimiento y qué procedimiento se
utilizó para su pronta solución. Los descargos se realizarán por cada multa, en forma individual, y su aprobación significará desestimar
completamente la aplicación de la multa que se haya dispuesto en contra del proveedor. Vencido el plazo para la presentación de los
descargos, la ODEPA - dentro de los 15 días hábiles siguientes - procederá a dictar el correspondiente acto administrativo aplicando la
multa.
Si el proveedor presentó en tiempo y forma sus descargos, la ODEPA tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles desde la recepción de los
mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo cual será asimismo determinado mediante acto administrativo fundado,
que será notificado al proveedor conforme a lo previsto en la Ley N°19.880.
Aplicada una multa, procederán en favor del proveedor, los recursos de Reposición, Jerárquico y Extraordinario de Revisión, que deberán
interponerse en el plazo y resolverse en la forma y condiciones establecidas en la Ley N°19.880.
22. SUBCONTRATACIÓN
Se prohíbe al adjudicatario subcontratar los servicios encomendados en el presente instrumento, salvo respecto de algunos aspectos
específicos, y previa autorización expresa y escrita de la Dirección Nacional de la ODEPA, de lo contrario la ODEPA podrá poner término a
la relación contractual, sin derecho a indemnización alguna por parte del adjudicado y cobrando la garantía que obre en su poder.
23. DOCUMENTOS OBLIGATORIOS REQUERIDOS PARA POSTULAR.
Propuesta técnica que incluya resultados esperados, método(s) para abordar la investigación, programa de actividades con carta
Gantt.
Formularios de presentación de ofertas con nómina del equipo consultor (Anexo N° 1).
Declaración jurada simple (Anexo N° 2, además de los Anexos 2A o 2B, respectivamente)
Nómina de estudios y/o publicaciones del equipo de trabajo (Anexo N° 3).
Anexo N°4 Pacto de integridad.
Currículo de los integrantes del equipo de trabajo que se identifica en el formulario del Anexo N° 1, incluyendo copias de títulos o
certificados de título o grados académicos. También podrán adjuntarse otros documentos que acrediten la formación, experiencia
y trayectoria de cada uno, si fuese pertinente.
24. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las bases de licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del
Tribunal de Contratación Pública.
Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia de la contratación, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las
partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para
ante sus tribunales, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contratación Pública.
25. PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y DE DELITOS FUNCIONARIOS.
El adjudicatario – en caso de estar constituida como persona jurídica – no podrá incurrir en las inhabilidades o prohibiciones contenidas
en la ley N°20.393 y sus modificaciones, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de
activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.
Asimismo, el adjudicatario, sea persona natural o jurídica deberá adoptar todos los resguardos necesarios para no incurrir en una
operación prohibida o en conductas ilícitas o que puedan conllevar a la comisión de delitos funcionarios por parte del personal de la
ODEPA.
En el evento de tomar conocimiento de alguna operación, gestión o actuación sospechosa conforme a lo previsto en la Ley N°19.913, el
proveedor se obliga a dar cuenta de ello de manera inmediata, a través del correo electrónico denuncias@odepa.gob.cl.
26. CONTRAPARTE TÉCNICA.
Ejercerá la labor de Contraparte Técnica de la ODEPA de la contratación a que dé origen el presente proceso licitatorio, los profesionales
designados en la parte resolutiva de la presente resolución exenta.
En ejercicio de dicha función, deberán cumplir las siguientes funciones:
Certificar la ejecución conforme de los servicios, en cuanto a calidad y plazos de entrega.
Colaborar y asistir al proveedor adjudicado, en el ámbito de sus competencias.
Certificar oportunamente la recepción conforme de los Informes y Productos recibidos para proceder al pago de los mismos, o
informar del rechazo de la recepción para proceder a la devolución de la correspondiente factura, dentro del plazo establecido en
el numeral 2° del artículo 3° de la Ley N° 19.983.
Las demás que se establezcan en el respectivo contrato que se celebre con el adjudicatario.
ANEXO 1
Formulario de presentación de ofertas y nómina del equipo consultor
“ESTUDIO: PROPUESTA PARA LA INTEGRACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOS EN EL SECTOR
AGROPECUARIO”
Nombre del Proponente:
RUT:
Precio Valor Neto Ofertado
Se valorará el precio a ofertar por el Proponente, el cual debe
considerar todo lo requerido en las Bases Técnicas. El oferente deberá
consignar el valor total NETO, e indicar si dicho valor es: Afecto a IVA,
Exento de IVA o se debe agregar la Retención de Impuesto si entrega
Boletas de Honorarios.
Indique con “X” la modalidad del valor ofertado
Afecto a IVA
Exento de IVA
Se debe agregar la Retención de Impuesto, de acuerdo a lo
actualmente vigente
Quien no cumpla con alguno de lo exigido anteriormente será eliminado del proceso de licitación.
NÓMINA DEL EQUIPO DE TRABAJO
Nombre Profesión Cargo o labor Responsabilidades
Este formulario, debidamente completado, debe ser ingreso al portal www.mercadopublico.cl.
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Firma Oferente o Representante (s) Legal (es)
………… de ……. del 2023
ANEXO 2
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
Yo,............................................................................., cédula nacional de identidad Nº ..........................., domiciliado
en...................................................., en mi calidad de oferente o representante legal de (según corresponda)
..................................................................................................., declaro que el giro (social) que actualmente tengo (tiene mi
representada), es pertinente para desarrollar las actividades que son materia de licitación, contando con la experiencia necesaria según
lo requerido en las bases de licitación.
Asimismo, declaro conocer lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, que se reproduce a continuación, y que en consecuencia
soy hábil (mi representada es hábil) para contratar con la Oficina de Estudios y políticas Agrarias.
“Artículo 4º.- Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación
financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que
exige el derecho común. Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de
la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación
directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos
concursales establecidos en el Código Penal.
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago
producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de
las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El
respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que
demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará
derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá
participar.
Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá
igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo.
Cada entidad licitante podrá establecer, respecto del adjudicatario, en las respectivas bases de licitación, la obligación de otorgar y
constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia
de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho
contrato en los términos establecidos en esta ley.
El inciso anterior sólo se aplicará respecto de contratos cuyo objeto sea la adquisición de bienes o la prestación de servicios que el
adjudicatario se obligue a entregar o prestar de manera sucesiva en el tiempo.
Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá
suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o
empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas
formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con
sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los
gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a ambas Cámaras del Congreso Nacional, a la Corporación Administrativa del
Poder Judicial y a las Municipalidades y sus Corporaciones, respecto de los Parlamentarios, los integrantes del Escalafón Primario del
Poder Judicial y los Alcaldes y Concejales, según sea el caso.
Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su
celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo
62 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad
civil y penal que les corresponda.
Sin embargo, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, los órganos y empresas referidos en el inciso cuarto podrán
celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el
mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a
la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados. En el caso del Congreso Nacional la comunicación se dirigirá a la
Comisión de Ética del Senado o a la Comisión de Conducta de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder
Judicial, a su Comisión de Ética.”
Finalmente, declaro que en mi equipo consultor no hay profesionales que hayan desempeñado cargos de responsabilidad directiva en la
Odepa, durante los últimos 4 años o que hayan tenido acceso a información privilegiada para ofertar en este proceso concursal.
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Firma Oferente o Representante (s) Legal (es)
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ANEXOS 2-A
Declaración Jurada de Ausencia de Inhabilitación e Incompatibilidades
“ESTUDIO: PROPUESTA PARA LA INTEGRACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOS EN EL SECTOR
AGROPECUARIO”
(PERSONA JURÍDICA)
Nombre de quien(es) presenta(n) la propuesta en representación de la Persona Jurídica:
________________________________________________________________________
RUT: _____________________________
En representación de la Persona Jurídica: Razón Social _______________________________________ RUT ___________________
Declara(n):
1. Que no afectan a este oferente las inhabilidades del artículo 4°, inciso 1° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, por no haber sido condenado el oferente por prácticas antisindicales o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador o no haber sido condenado por delitos concursales establecidos en el
Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta.
2. Que no afectan a este oferente las incompatibilidades previstas en el artículo 4°, inciso 6° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre
Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.
3. Que no se encuentra este oferente condenado a alguna de las penas establecidas en los artículos 8° N° 2° y 10° de la Ley N°
20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho.
4. Que este oferente no ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el
artículo 26, inciso segundo, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto
refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
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ANEXOS 2-B
Declaración Jurada de Ausencia de Inhabilitación e Incompatibilidades
“ESTUDIO: PROPUESTA PARA LA INTEGRACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOS EN EL SECTOR
AGROPECUARIO”
(PERSONA NATURAL)
Nombre de la Persona Natural:
________________________________________________________________________
RUT: _____________________________
Declara:
1. Que no afectan a este oferente las inhabilidades del artículo 4°, inciso 1° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, por no haber sido condenado el oferente por prácticas antisindicales o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador o no haber sido condenado por delitos concursales establecidos en el
Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta.
2. Que no afectan a este oferente las incompatibilidades previstas en el artículo 4°, inciso 6° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre
Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.
3. Que este oferente no ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el
artículo 26, inciso segundo, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto
refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
_____________________________________
Firma de la Persona Natural
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ANEXO 3
NÓMINA ESTUDIOS Y/O PUBLICACIONES DEL EQUIPO DE TRABAJO RELACIONADOS CON BIODIVERSIDAD, SERVICIOS
ECOSISTÉMICOS, AGRICULTURA SUSTENTABLE U OTROS AFINES AL ESTUDIO
Debe completarse un formulario por cada integrante del equipo de trabajo que se propone para evaluación.
Nombre del integrante del equipo de trabajo
N° Título/nombre Descripción Fecha Destino/contratante Acceso/contacto
1
2
3
4
5
Deberá proporcionarse acceso a evidencia del o los estudios y/o publicaciones que se señalen en el formulario, la cual puede
corresponder a (i) copias en formato PDF de los documentos; (ii) enlaces (links) a su publicación disponible en Internet, o (iii) datos de
referencia de una o más personas con las que se pueda tomar contacto para la verificación requerida.
_____________________________________
Firma Oferente o Representante (s) Legal (es)
………… de ……. del 2023
Este formulario, debidamente completado, debe ser ingreso al portal www.mercadopublico.cl.
ANEXO N°4
PACTO DE INTEGRIDAD
(Para miembros equipo proponente)
_____ de _______________ de 2023.
_________________________, miembro del equipo de la propuesta presentada por ____________, entidad proponente en la Licitación Pública
para adjudicar la “ESTUDIO: PROPUESTA PARA LA INTEGRACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOS EN EL
SECTOR AGROPECUARIO”, de acuerdo con la orientación y normas indicadas en las Bases de Licitación respectivas y a las
disposiciones legales vigentes; vengo en declarar lo siguiente:
Que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepto expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándome a
cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en él, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes
Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, acepto suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo,
naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con la oferta, con el proceso de Licitación Pública, ni con la ejecución de
el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen
influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los
contratos que se deriven.
b) No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier
forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o
conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus formas.
c) Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio,
tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de
esta.
d) Ajustar mi actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad, ética, moralidad, buenas costumbres y transparencia en el
proceso licitatorio.
e) Manifiesto, garantizo y acepto que conozco y respeto las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus
documentos integrantes y el o los contratos que se deriven de ellas.
f) Declaro que no cuento con anotaciones por causas de violencia intrafamiliar, ni tampoco tengo anotación en el registro creado por la
ley N°20.594, ni presento condenas por delitos sexuales ya sea contra niños, niñas, adolescentes o personas mayores de edad.
g) Declaro que no me encuentro anotado en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, creado mediante la Ley
N°21.389.
h) Acepto asumir las consecuencias y sanciones previstas en las Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean
aplicables.
Nombre y firma de cada miembro del equipo
N° RUN°: ________________________________
ANTECEDENTES DEL PROVEEDOR
RAZÓN SOCIAL
RUT
DIRECCIÓN
CORREO ELECTRÓNICO*
TELÉFONO
TIPO DE DOCUMENTO
TRIBUTARIO A EMITIR
FACTURA AFECTA O
EXENTA, SEGÚN
CORRESPONDA
NOMBRE DEL CONTACTO
DIRECTO
CORREO DEL CONTACTO
DIRECTO
TELÉFONO DEL CONTACTO
DIRECTO
Se requieren estos antecedentes en caso de ser adjudicado y tener una comunicación directa para la continuación del proceso.
3. PUBLÍQUENSE las presentes Bases Técnicas, las Bases Administrativas y los Anexos de la licitación pública para contratar un
“ESTUDIO: PROPUESTA PARA LA INTEGRACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOS EN EL SECTOR
AGROPECUARIO”, a que se llama en virtud de este acto administrativo, en el Sistema de Compras y Contratación Pública, portal web
www.mercadopublico.cl.
4. DESÍGNANSE a los siguientes funcionarios para conformar la Comisión Evaluadora de las Ofertas Técnicas y Económicas de la
licitación pública cuyo llamado se autoriza mediante esta Resolución Exenta, e integrar la Contraparte Técnica del contrato que celebren
la Odepa y el adjudicatario, en conformidad con las bases de licitación que se aprueban por este instrumento.
Comisión Evaluadora de las Ofertas:
Viviana Maturana, Profesional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
Claudia Cuiza, Profesional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
María José Pizarro, Jefa del Departamento de Sustentabilidad y Cambio Climático de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
En caso de ausencia o impedimento de alguna de las funcionarias que integran la Contraparte Técnica de la Odepa, desígnese en su
reemplazo a:
Teresa Agüero, Profesional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
Contraparte Técnica de la Odepa:
Claudia Cuiza, Profesional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
Teresa Agüero, Profesional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
Viviana Maturana, Profesional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
En caso de ausencia o impedimento de alguna de las funcionarias que integran la Contraparte Técnica de la Odepa, desígnese en su
reemplazo a:
María José Pizarro, Jefa del Departamento de Sustentabilidad y Cambio Climático de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias
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