|
1.-
1. TIPO DE CONCURSO Y PARTICIPANTES
La contratación de este servicio se realizará mediante licitación pública, en la cual podrán presentar propuestas personas naturales y/o
jurídicas, chilenas o extranjeras, en adelante el Proponente u Oferente. Sin perjuicio de lo anterior, al momento de contratar, los
extranjeros deberán acreditar haber constituido una persona jurídica de acuerdo con la legislación chilena.
El presente proceso de licitación pública corresponde al tipo LE (igual o mayor a 100 UTM e inferior a 1.000 U.T.M.), se realizará en una
sola etapa, con emisión automática de orden de compra.
2. PUBLICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN Y LLAMADO A PRESENTAR PROPUESTAS
Las Bases de Licitación y el llamado a presentar propuestas serán publicadas en el Sistema de Información creado por la Ley Nº 19.886,
de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, portal web www.mercadopublico.cl, una vez que se
encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe las presentes Bases de licitación. Todo el proceso se desarrollará
usando el Sistema de Información o plataforma Mercado Público, a saber, sitio web www.mercadopublico.cl.
Salvo que ocurriere alguna indisponibilidad técnica de la plataforma Mercado Público, y sólo en estas circunstancias, se permitirá la
presentación de ofertas fuera del sistema. Para ello, los oferentes deberán hacer llegar su propuesta en formato impreso a la Oficina de
partes de Odepa, calle Teatinos N°40, piso 7, comuna de Santiago, dentro de un plazo de dos días hábiles para la presentación de
ofertas fuera del sistema, contados desde la fecha de cierre señalada en el Sistema de Información, junto con un Certificado de la
Dirección de Compra y Contratación Pública (Chilecompra), el que puede ser solicitado hasta 24 horas después al cierre de la recepción
de ofertas.
A menos que se indique expresamente lo contrario, los plazos de días establecidos en estas Bases corresponden a días hábiles. En el
evento que el último día de un plazo recayere en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente.
3. MODIFICACIÓN DE LAS BASES
Odepa podrá modificar las Bases Técnicas, las Bases Administrativas y los Anexos de la presente licitación en aquellos aspectos que no
sean sustanciales. Dicha facultad sólo podrá ejercerla hasta la fecha y hora de cierre de recepción de las ofertas, mediante resolución
fundada debidamente tramitada, informando de ello a través del portal www.mercadopublico.cl. En este caso, los proveedores deberán
efectuar las modificaciones que sean necesarias dentro del plazo que reste hasta el cierre de la recepción de las ofertas, o bien, en el
plazo que se haya fijado para estos efectos en la resolución antes señalada.
En todos los casos, será obligación del oferente revisar periódicamente el proceso de licitación en el portal de compras públicas
(www.mercadopublico.cl) y atender toda modificación solicitada por Odepa.
En caso de realizarse modificaciones, el plazo de cierre de la licitación se extenderá prudencialmente, a fin de que los oferentes puedan
corregir su oferta o, en su defecto, presentar una nueva propuesta.
4. COMUNICACIONES Y PLAZOS
Todas las comunicaciones, notificaciones, consultas y respuestas que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, se harán
por medio del portal www.mercadopublico.cl.
La Oficina de Estudios y Políticas Agrarias podrá agregar aclaraciones con información complementaria o modificatoria de los
antecedentes de la licitación, siempre que se trate de materias adjetivas que no alteren ni modifiquen la naturaleza del llamado, hasta la
fecha del cierre de la recepción de las ofertas, mediante Resolución Fundada debidamente tramitada y posteriormente publicada en
www.mercadopublico.cl.
Lo establecido en las presentes bases corresponde a días hábiles, salvo que se indique lo contrario.
En el evento que el último día de un plazo recayere en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente.
5. REQUISITOS Y CONDICIONES DE LOS OFERENTES
Los oferentes deberán acreditar mediante Declaración Jurada Simple (Anexo N° 2, y 2A o 2B según corresponda), que son hábiles para
contratar con la Administración del Estado, según lo dispuesto por el artículo 4, de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
6. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
6.1 Instrucciones para Presentación de Ofertas
Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, o con sus funcionarios, con motivo de la
presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de las preguntas y respuestas, si las hubiere, las que deberán formularse
y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el portal web www.mercadopublico.cl. Asimismo, durante el
proceso de la presente licitación pública, no se sostendrán reuniones con lobbistas o gestores de intereses particulares por motivos
relacionados, directa o indirectamente, con ésta.
Las propuestas y los antecedentes administrativos, técnicos y económicos, deben ser presentados única y exclusivamente a través del
Portal www.mercadopublico.cl, en formato compatible con Microsoft, Office, Acrobat pdf o JPG. Las propuestas técnicas y económicas
deberán ajustarse al Anexo N° 1 de estas Bases.
El oferente deberá adjuntar a su propuesta los Anexos Nos. 1, 2, 2A o 2B, según corresponda, y 3, debidamente llenados y firmados por
el oferente o el representante legal.
Las propuestas deben tener una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de presentación de ofertas
establecida en el portal www.mercadopublico.cl, no pudiendo el Proponente, por sí, alterar cualquiera de sus términos.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito,
incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información,
deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal web www.mercadopublico.cl, fono: 600-7000-600, para obtener
orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas. Se debe tener especialmente presente que, ingresada correctamente la oferta,
el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de la oferta en el
Sistema de Información.
6.2 Unión Temporal de Proveedores
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, mediante el cual se aprobó el
Reglamento de la Ley 19.886, los oferentes podrán asociarse entre sí como personas naturales o jurídicas para la presentación de una
oferta, con el fin de complementar y fortalecer en términos técnicos sus respectivas propuestas. En dicho caso, deberán formalizar una
Unión Temporal de Proveedores mediante instrumento público o privado, según corresponda, estableciendo la solidaridad entre las
partes respecto de todas las obligaciones que se generen con este Servicio.
En caso que la Unión Temporal de Proveedores resulte ser la adjudicataria, deberá acompañar la escritura pública o privada en la que
conste que aquélla se constituyó para efectos del presente proceso licitatorio como antecedente previo para la celebración del contrato,
así como para la ejecución del contrato a que dé origen esta licitación, estableciendo del mismo modo la solidaridad entre las partes
respecto de todas las obligaciones que se generen con la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias una vez celebrado el contrato de
prestación de servicios con la adjudicataria (o de la emisión automática de la orden de compra, según sea el caso).
Las participaciones que se realicen de manera conjunta por varias personas naturales o jurídicas en virtud de la Unión ya referida
deberán ser individualizadas, cada una de ellas, en el instrumento respectivo, indicando expresamente que actúan de la forma señalada,
debiendo también indicar el nombre del representante o apoderado común con poderes suficientes. Con todo, para la presentación de la
oferta deberán ajustarse a lo señalado en estas bases.
Como consecuencia de la Unión Temporal de Proveedores, la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias podrá exigir a cualquiera de sus
miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza.
De igual forma, el pago efectuado por la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias a cualquiera de sus integrantes será válido y extinguirá
la obligación respecto de los otros en la parte en que hubiese sido satisfecha, sin perjuicio de la representación que los miembros de la
Unión establezcan para los efectos del proceso de licitación.
6.3 Antecedentes Administrativos.
Los oferentes deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, al momento de ingresar su oferta en el mencionado portal, los
antecedentes administrativos necesarios, los cuales consisten en:
Documento en formato Word o Acrobat pdf, JPG, o compatible con éstos, que contenga los antecedentes generales de
identificación del oferente: nombre o razón social, RUT, dirección, casilla electrónica, teléfono, fax y otros antecedentes relevantes
que se estimen pertinentes señalar. Los oferentes que estén inscritos en el Registro de Oficial de Proveedores del Estado
(www.mercadopublico.cl) y se encuentren en calidad de habilitados, no necesitan presentar estos antecedentes.
Declaración Jurada Simple, señalando que el oferente conoce y acepta todas y cada una de las condiciones y exigencias
establecidas en las bases de la licitación y expresa que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado, de acuerdo con
lo establecido en la Ley 19.886 y su Reglamento (Anexo Nº 2, y 2A o 2B, según corresponda).
En caso de una Unión Temporal de Proveedores, se deberán acompañar los antecedentes mencionados en el artículo 67 bis del
Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Certificado de vigencia, en caso de ser una sociedad/empresa, emitido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una
vigencia de máximo 30 días, desde su emisión.
Teléfono de contacto o e-mail directo con el oferente, con el objeto de facilitar la comunicación entre el encargado de compras y el
adjudicado.
Finalmente, deberá acompañar, firmado por el representante legal o por el proponente, la declaración jurada simple de la aceptación del
Pacto de Integridad, indicado en el Anexo N°3.
6.4 Antecedentes técnicos.
Para efectos de evaluar la Oferta Técnica, el oferente deberá adjuntar el Anexo N° 1 “Formulario de Presentación de Ofertas”. La no
presentación de dicho anexo debidamente completado y firmado por parte del oferente o su representante legal impedirá considerar su
oferta en el proceso de evaluación.
6.5 Antecedentes económicos
Para evaluar la propuesta económica, ésta deberá considerar la descripción y requerimientos específicos de los servicios cuya
contratación se licita, señalados en las Bases Técnicas del presente proceso licitatorio. El oferente deberá indicar claramente en el
campo especificaciones del proveedor del portal Mercado Público, al momento de ingresar su oferta económica, el valor total de los
servicios ofertados en pesos, con el impuesto al valor agregado (IVA) incluido. También deberá señalar el precio neto en el Anexo N° 1,
en formatos Microsoft Office o Acrobat PDF o JPG, o compatibles. En caso de discrepancias y para efectos de evaluación, se considerará
el valor señalado por el oferente en el Anexo N° 1.
La propuesta económica deberá ajustarse a las Bases Técnicas y al Anexo N° 1 de estas Bases de licitación.
El Presupuesto Máximo Disponible para la ejecución de estas compras asciende a la suma de $19.730.000.- (diecinueve millones
setecientos treinta mil pesos chilenos), con IVA incluido, de acuerdo con la siguiente tabla que presenta la asignación de
presupuesto por grupo de productos:
Producto
Monto
máximo IVA
incluido ($)
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Total $19.730.000
Los oferentes podrán ofertar por cada uno de los ítems o por el total de ellos.
En el Acto de Apertura Económica, y en conformidad con lo registrado por el oferente en el Anexo N°1, si la oferta económica
(impuestos incluidos) superare el Presupuesto Máximo Disponible total o por ítem, el proponente quedará fuera del
proceso de licitación en ese mismo acto.
IMPORTANTE: La no presentación de los Anexos N°s. 1, 2, 2A o 2B - según corresponda – y 3 a través del portal
www.mercadopublico.cl, así como de las especificaciones señaladas en las Bases Técnicas, impedirá considerar la oferta
en el proceso de evaluación.
7. ETAPAS Y PLAZOS DEL PROCESO DE LICITACIÓN
Las Bases de Licitación y el llamado a presentar propuestas serán publicados en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, una
vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe dichas Bases.
Las etapas y plazos del proceso de licitación serán los siguientes:
Recepción de Ofertas: Hasta las 15:00 horas del quinto día corrido, contado desde la fecha de publicación de las Bases. Ello, por
cuanto se trata de la contratación de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, y que razonablemente conlleva un
esfuerzo menor en la preparación de ofertas.
Acto de Apertura electrónica Técnica y Económica de Ofertas: A partir de las 15:01 horas del día del cierre de recepción de ofertas.
Preguntas sobre las Bases: Éstas se podrán realizar hasta las 16:00 horas. del segundo día corrido contado desde la fecha de
publicación de las Bases.
Publicación de las Respuestas a las Preguntas sobre las Bases: Hasta las 23:59 horas. del segundo día corrido después de cerrado
el plazo de preguntas.
Evaluación y Adjudicación: ambos procesos serán realizados en un máximo de 15 días corridos, contados desde la fecha de cierre
de recepción de ofertas.
En el evento que el último día de los plazos de días corridos señalados precedentemente y cualquier otro que se indique en las
presentes bases, recayere en un día inhábil (sábado, domingo o festivo), se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil
siguiente.
Adicionalmente, los plazos de licitación estarán disponibles en el portal web www.mercadopublico.cl en la ficha de licitación.
8. REQUISITOS LEGALES PARA CONTRATAR.
Para ser contratado por Odepa, el oferente adjudicado deberá estar inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado,
www.mercadopublico.cl, y encontrarse en estado hábil en los términos que exige el Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda,
y sus respectivas modificaciones. En el caso que el o los oferentes adjudicatarios no estén inscritos en Registro Oficial de Proveedores
del Estado o Chilecompra al momento de ser adjudicada la licitación, deberán inscribirse dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles,
contados desde la notificación de la adjudicación.
Es responsabilidad de él o de los oferentes adjudicados acreditar oportunamente lo indicado precedentemente, pudiendo Odepa dejar
sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la siguiente mejor evaluación, para el caso en que el
contrato no se pudiere firmar o que la Orden de Compra no se pueda emitir debido al incumplimiento de este requisito.
De existir falsedad o inexactitud de la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar a la Fiscalía competente cuando existan
presunciones fundadas de la comisión de un delito, Odepa se reserva el derecho a dar término inmediato y anticipado a la presente
contratación, sin indemnización alguna para él o los oferentes o proveedores.
9. ADJUDICACIÓN Y RECHAZO DE LAS OFERTAS
Odepa se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Artículo 10° de la Ley N° 19.886.
La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl, dentro
del plazo establecido en el punto “Etapas y plazos” de las presentes bases.
No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades Públicas.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes bases, Odepa deberá informar en el Sistema de
Información, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación. Este
plazo será definido por resolución de la Dirección Nacional de Odepa.
Odepa podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue,
siempre y cuando presente una garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 42,
del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Odepa declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases,
conforme a lo dispuesto en el Artículo 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada de Odepa y no
otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.
10. ERRORES FORMALES Y PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES.
Odepa podrá solicitar a los Oferentes, a través del Foro Inverso del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones
formales con tal que no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha
solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl, conforme a lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento
de la Ley 19.886.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días corridos, que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del
requerimiento en el portal, conforme a lo señalado en el artículo N° 6 del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, para
responder a lo solicitado, de acuerdo con la funcionalidad disponible en el portal www.mercadopublico.cl. Quien no ingrese la
información solicitada en el plazo señalado, se le calificará con un puntaje de 0.
La solicitud de salvar errores u omisiones formales no comprenderá requerir la presentación de antecedentes
obligatorios o evaluables que los oferentes hayan omitido al momento de ingresar su oferta técnica y económica,
conforme a lo indicado en el numeral 16 de estas bases.
11. COMISIÓN EVALUADORA
Las propuestas serán revisadas por una comisión evaluadora, integrada por 2 funcionarios públicos, es decir, personal de planta o a
contrata de la Administración Pública. Podrá también integrarse por personal contratado a honorarios en calidad de agentes públicos.
Dicha comisión será designada en la parte resolutiva del acto administrativo que apruebe las presentes Bases de licitación.
En caso de inhabilidad sobreviniente o ante el deber de abstención de alguno de sus miembros, Odepa designará al nuevo integrante
mediante acto administrativo fundado que será asimismo publicado en el respectivo proceso licitatorio.
Serán motivos de abstención los señalados en el artículo 35 quinquies de la ley 19.886. En caso de que un miembro de la comisión
evaluadora estuviese en alguna de las situaciones descritas, y no se abstuviere, incurrirá en contravención al principio de probidad
administrativa descrito en el numeral 6 del inciso primero del artículo 62 de la ley N° 18.575, conforme a lo señalado en el artículo 35
sexies de la ley 19.886.
También le será aplicable lo señalado previamente a los miembros de la comisión evaluadora que estén contratadas a honorarios, toda
vez que al cumplir con esta función tendrá la calidad de agente público, y por lo tanto estará sujeto a la responsabilidad administrativa
en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda, conforme a lo señalado en el artículo 35
decies de la ley 19.886.
La comisión – previa suscripción de la declaración jurada requerida en conformidad con el articulo 35 nonies de la Ley N°19.886 – emitirá
un Acta de Evaluación, consistente en un informe fundado en los criterios de evaluación y ponderación de estos, contenidos en estas
bases administrativas, el que deberá incluir una propuesta detallada de adjudicación de la licitación pública, si procede.
Corresponderá también a la comisión evaluadora dar respuestas a las consultas y/o reclamos que se formulen respecto de la
adjudicación o de la declaración en virtud de la cual se establece la calidad de desierta de la presente licitación pública o la
inadmisibilidad de las ofertas, según fuere el caso.
12. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA.
Para la evaluación y calificación de las propuestas, se considerarán los siguientes criterios y pauta de evaluación, con los porcentajes
que se indican:
12.1 Criterios de evaluación
Criterios de Evaluación Puntaje
a) Precio. 99%
b) Cumplimiento de Requisitos Formales de
presentación de la oferta. 1%
a) Criterio de evaluación “Precio” (99%)
El cálculo se realizará dividiendo el valor de la oferta de menor monto (Xmin) por el valor de la oferta en evaluación (Xi), multiplicando el
resultado por el % asignado al criterio específico, de acuerdo con la siguiente formula:
Pi = X min * % Xi
Dónde:
Pi = Puntaje de la oferta económica en evaluación.
Xi = Valor de la oferta en evaluación.
Xmin = Valor de la oferta de menor monto.
%= Porcentaje asignado al criterio evaluable respectivo.
b) Criterio de evaluación “Cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta”
Cumplimiento de Requisitos Formales Puntaje
Presenta todos los antecedentes solicitados dentro de
plazo. 1%
Omite presentar antecedentes formales dentro de
plazo. 0%
12.2 Resultado de la evaluación
El puntaje total para cada propuesta presentada se calcula ponderando cada uno de los criterios, con el porcentaje asignado, es decir:
Puntaje Total = Puntaje Precio x 99%
+ Puntaje Cumplimiento requisitos formales x 1%
12.3 Resolución de empates
En caso de producirse un empate, se seleccionará la propuesta con la puntuación más alta en el ítem de evaluación “Precio”. Si el
empate persiste, se adjudicará el servicio a la oferta que haya sido presentada primero en el portal de Mercado Público.
13. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
13.1. Adjudicación de la licitación pública
Odepa se regirá en esta materia por lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N° 19.886.
La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del
plazo establecido en el numeral 7, “Etapas y plazos del proceso de licitación”, de las presentes bases administrativas.
13.2. Tipo de Adjudicación
Adjudicación simple, en una etapa, con emisión automática de Orden de Compra.
13.3. Re-adjudicación
Al producirse algún incumplimiento de los requerimientos técnicos y/o de otras condiciones establecidas en las presentes Bases de
licitación, o en caso de negativa del proveedor adjudicado a realizar la prestación de los servicios o entrega de los bienes, o por notoria
insolvencia de aquél, o por la negativa a suscribir el contrato, o la no presentación de los antecedentes y/o de la garantía de fiel y
oportuno cumplimiento del contrato, si corresponde, se procederá a efectuar la Re-adjudicación. Ésta se deberá efectuar dentro de un
plazo no superior a 90 días, contados a partir de la fecha de la notificación de la adjudicación que se registre en el Sistema de
Información, al oferente que suceda correlativamente en puntaje al proveedor originalmente adjudicado, dejándose constancia en el sitio
www.mercadopublico.cl, sin derecho a indemnización alguna para aquél. En caso de haber entregado la garantía, el adjudicatario no
podrá exigir su devolución, pudiendo Odepa cobrarla a su favor.
13.4. Declaración de desierta o inadmisibilidad de las ofertas
Odepa declarará desierta esta licitación, mediante resolución fundada, cuando no se presenten ofertas o bien cuando éstas no resulten
convenientes a sus intereses. Asimismo, declarará inadmisibles, también mediante resolución fundada, una o más ofertas cuando éstas
no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº
19.886.
La resolución fundada de Odepa que declara desierta la licitación o la inadmisibilidad de las ofertas, no otorgará a los oferentes el
derecho a reclamar indemnización alguna.
13.5. Aclaraciones y/o consultas sobre la adjudicación
Los oferentes podrán enviar sus consultas al correo electrónico: compras@odepa.gob.cl
14. CONTRATO
El contrato se formalizará con la emisión automática de la orden de compra por el producto ofertado. Ello, de acuerdo con lo señalado en
numeral 8 del artículo 22 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, en relación con el artículo 63 del mismo cuerpo
normativo.
15. PRESUPUESTO Y MODALIDAD DE PAGO
El presupuesto máximo disponible es de $19.730.000.- (diecinueve millones setecientos treinta mil pesos chilenos), con IVA
incluido
Odepa pagará los bienes o servicios contratados, previa aceptación conforme de la factura, mediante transferencia electrónica. La
factura deberá ser extendida a nombre de:
Razón Social: Oficina de Estudios y Políticas Agrarias
R.U.T.: 61.301.100-5
Dirección: Teatinos N° 40, piso 8, comuna y ciudad de Santiago. Giro: Administración Central.
Para proceder al pago de las cuotas, junto con la factura respectiva, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación:
Copia de Orden de Compra.
Presentar datos bancarios para efectuar transferencia electrónica.
Certificado de antecedentes laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo (F-30).
Las facturas deberán emitirse en formato electrónico despachado a la casilla: compras@odepa.gob.cl con copia a la contraparte técnica
de Odepa y a oficinapartes@odepa.gob.cl. Será responsabilidad del adjudicatario entregar oportunamente, para efectos del pago, la
factura, factura exenta o boleta de honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.
Una vez que la o las facturas sean recibidas, Odepa contará con un plazo de 8 días, a contar de la fecha de emisión para ejercer las
atribuciones contenidas en el numeral 2º del artículo 3º de la Ley Nº 19.983, o la disposición legal que la reemplace.
Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida
anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, al Encargado o Contraparte Técnica del Contrato, respecto de
cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, la Oficina de Estudios y
Políticas Agrarias no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor
resulte inferior al indicado en la orden de compra y/o en la factura, factura exenta o boleta de honorarios.
NOTA IMPORTANTE:
Al momento de la recepción de la orden de compra el proveedor deberá aceptar en el portal mercado público. El proveedor deberá
esperar que la Institución realice la RECEPCIÓN CONFORME en el portal mercado público. Una vez realizada la RECEPCIÓN CONFORME, el
proveedor podrá generar la factura, además deberá enviar a la casilla: compras@odepa.gob.cl con copia a oficinapartes@odepa.gob.cl,
los archivos XML. Todos estos pasos son necesarios para evitar los rechazos de los documentos en el sistema.
16. DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA POSTULAR.
Anexo N°1
Anexo N°2
Anexo N°2-A ó Anexo N° 2-B, según corresponda
Anexo N°3
17. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las bases de licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del
Tribunal de Contratación Pública.
Las eventuales diferencias que existieren durante la presente adquisición, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las
partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para
ante sus tribunales. Ello, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República.
18. PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS, DE DELITOS FUNCIONARIOS Y DELITOS ECONÓMICOS
El adjudicatario – en caso de estar constituida como persona jurídica – no podrá incurrir en las inhabilidades o prohibiciones contenidas
en la ley N°20.393 y sus modificaciones, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de
activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.
Asimismo, el adjudicatario, sea persona natural o jurídica deberá adoptar todos los resguardos necesarios para no incurrir en una
operación prohibida o en conductas ilícitas o que puedan conllevar a la comisión de delitos funcionarios por parte del personal de
Odepa.
En lo pertinente, será asimismo aplicable lo dispuesto en la Ley N° 21.595 de delitos económicos.
En el evento de tomar conocimiento de alguna operación, gestión o actuación sospechosa conforme a lo previsto en la Ley N°19.913, el
proveedor se obliga a dar cuenta de ello de manera inmediata, a través del correo electrónico denuncias@odepa.gob.cl.
19. CONTRAPARTE TÉCNICA.
Ejercerá la labor de Contraparte Técnica de Odepa de la contratación a que dé origen el presente proceso licitatorio, los profesionales
designados en la parte resolutiva de la presente resolución exenta.
En ejercicio de dicha función, deberán cumplir las siguientes funciones:
Colaborar y asistir al proveedor adjudicado, en el ámbito de sus competencias.
Certificar oportunamente la recepción conforme de los Productos recibidos para proceder al pago de estos, o informar del rechazo
de la recepción para proceder a la devolución de la correspondiente factura, dentro del plazo establecido en el numeral 2° del
artículo 3° de la Ley N° 19.983
ANEXO 1
FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
“Renovación de Licencias de Software”
NOMBRE O
RAZÓN
SOCIAL
DEL
OFERENTE:
RUT N°:
Productos Cantidad Valor total con
IVA
Licencia Teamviewer Corporate con 3 canales + 3 MDS
para soporte a dispositivos móviles - mail
administrador: mesaayuda@odepa.gob.cl
1
Licencia Acrobat Pro DC for teams ALL Multiple
plataforms Multi Latin American Languages Team
Licensing Subscription Renewal 1 User contrato
7F9E61B0F2FF0D157BFA
5
Licencia Adobe Creative Cloud por un año contrato
7F9E61B0F2FF0D157BFA 5
Licencia Zoom Pro 1 Year
Zoom Workplace Pro 1 Year Prepay. Part Number:
PAR1-PRO-BASE-NH1Y
Large Meeting 500 NH 1 Year Prepay. Part Number:
PAR1-LMR-500-NH1Y
2
Jira Premiun Tier 10 usuarios
jirasoftware-odepa.atlassian.net E-3ZE-8DR-PMF-SUT
Fecha de finalización de la suscripción: 11 de nov. de
2024
1
Trello Premium
Fecha de finalización de la suscripción: 19 de oct de
2024
58
Nota Importante:
Para el caso de las licencias de Atlassian, el proveedor debe ser autorizado por la marca y distribuidor de esos productos en Chile. Para
las ofertas recibidas de estos productos, el proveedor deberá presentar documentación que indique lo anteriormente señalado, en caso
contrario, esos productos no serán evaluados.
En caso de no ofertar algún producto, deberá completar la tabla poniendo el valor en cero.
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Firma Oferente o Representante (s) Legal (es)
………… de ……. del 2024
ANEXO N° 2
DECLARACIÓN SIMPLE
Yo,............................................................................., cédula nacional de identidad Nº ..........................., domiciliado
en...................................................., en mi calidad de oferente o representante legal de (según corresponda)
..................................................................................................., declaro que el giro (social) que actualmente tengo (tiene mi
representada), es pertinente para desarrollar las actividades que son materia de licitación, contando con la experiencia necesaria según
lo requerido en las bases de licitación.
Asimismo, declaro conocer lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, que se reproduce a continuación, y que en consecuencia
soy hábil (mi representada es hábil) para contratar con la Oficina de Estudios y políticas Agrarias.
“Artículo 4º.- Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación
financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que
exige el derecho común. Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de
la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación
directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos
concursales establecidos en el Código Penal.
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago
producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de
las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El
respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que
demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada dará
derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá
participar.
Si la empresa prestadora del servicio subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá
igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo.
Cada entidad licitante podrá establecer, respecto del adjudicatario, en las respectivas bases de licitación, la obligación de otorgar y
constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia
de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho
contrato en los términos establecidos en esta ley.
El inciso anterior sólo se aplicará respecto de contratos cuyo objeto sea la adquisición de bienes o la prestación de servicios que el
adjudicatario se obligue a entregar o prestar de manera sucesiva en el tiempo.
Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá
suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o
empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas
formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con
sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los
gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a ambas Cámaras del Congreso Nacional, a la Corporación Administrativa del
Poder Judicial y a las Municipalidades y sus Corporaciones, respecto de los Parlamentarios, los integrantes del Escalafón Primario del
Poder Judicial y los Alcaldes y Concejales, según sea el caso.
Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su
celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo
62 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad
civil y penal que les corresponda.
Sin embargo, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, los órganos y empresas referidos en el inciso cuarto podrán
celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el
mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a
la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados. En el caso del Congreso Nacional la comunicación se dirigirá a la
Comisión de Ética del Senado o a la Comisión de Conducta de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder
Judicial, a su Comisión de Ética.”
Finalmente, declaro que no hay profesionales que hayan desempeñado cargos de responsabilidad directiva en ODEPA, durante los
últimos 2 años o que hayan tenido acceso a información privilegiada para ofertar en este proceso concursal.
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Firma Oferente o Representante (s) Legal (es)
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ANEXOS 2-A
Declaración Jurada de Ausencia de Inhabilitación e Incompatibilidades
“Renovación de Licencias de Software”
(PERSONA JURÍDICA)
Nombre de quien(es) presenta(n) la propuesta en representación de la Persona Jurídica:
________________________________________________________________
RUT: ____________________________
En representación de la Persona Jurídica:
Razón Social _____________________________ RUT ___________________
Declara(n):
Que no afectan a este oferente las inhabilidades del artículo 4°, inciso 1° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos
de Suministro y Prestación de Servicios, por no haber sido condenado el oferente por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador o no haber sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años
anteriores a la presentación de la oferta.
Que no afectan a este oferente las incompatibilidades previstas en el artículo 4°, inciso 6° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.
Que no se encuentra este oferente condenado a alguna de las penas establecidas en los artículos 8° N° 2° y 10° de la Ley N°20.393, que
establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos
de Cohecho.
Que este oferente no ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el
artículo 26, inciso segundo, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto
refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
Que este oferente no ha sido condenado o se encuentra inhabilitado conforme a lo previsto en la Ley N°21.595 Ley de delitos
económicos.
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Firma Oferente o Representante (s) Legal (es)
………… de ……. del 2024
ANEXOS 2-B
Declaración Jurada de Ausencia de Inhabilitación e Incompatibilidades
“Renovación de Licencias de Software”
(PERSONA NATURAL)
Nombre de la Persona Natural:
________________________________________________________________ RUT: ____________________________
Declara:
Que no afectan a este oferente las inhabilidades del artículo 4°, inciso 1° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos
de Suministro y Prestación de Servicios, por no haber sido condenado el oferente por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador o no haber sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años
anteriores a la presentación de la oferta.
Que no afectan a este oferente las incompatibilidades previstas en el artículo 4°, inciso 6° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.
Que este oferente no ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el
artículo 26, inciso segundo, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto
refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
Que este oferente no ha sido condenado o se encuentra inhabilitado conforme a lo previsto en la Ley N°21.595 Ley de delitos
económicos.
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Firma de la Persona Natural
………… de ……. del 2024
Este formulario, debidamente completado, debe ser ingresado al portal www.mercadopublico.cl.
ANEXO N°3
PACTO DE INTEGRIDAD
(Representante Legal)
_____ de _______________ de 2024.
_________________________, proponente en la Licitación Pública para adjudicar la “XXXXXXXXXXXXXXX”., de acuerdo con la orientación
y normas indicadas en las Bases de Licitación respectivas y a las disposiciones legales vigentes; vengo en declarar lo siguiente:
Que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepto expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándome a
cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en él, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes
Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, acepto suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo,
naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con la oferta, con el proceso de Licitación Pública, ni con la
ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco ofrecerlas o concederlas a terceras
personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución del o los contratos que se deriven.
No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier
forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones,
actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus formas.
Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio,
tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia de esta.
Ajustar mi actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad, ética, moralidad, buenas costumbres y transparencia en el
proceso licitatorio.
Manifiesto, garantizo y acepto que conozco y respeto las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus
documentos integrantes y el o los contratos que se deriven de ellas.
Declaro que no cuento con anotaciones por causas de violencia intrafamiliar, ni tampoco tengo anotación en el registro creado por
la ley N°20.594, ni presento condenas por delitos sexuales ya sea contra niños, niñas, adolescentes o personas mayores de edad.
Declaro que no me encuentro anotado en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, creado mediante la
LeyN°21.389.
Acepto asumir las consecuencias y sanciones previstas en las Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean
aplicables.
Nombre y firma proponente
N° RUN°: _______________________________
ANTECEDENTES DEL PROVEEDOR
RAZÓN SOCIAL
RUT
DIRECCIÓN
CORREO ELECTRÓNICO*
TELÉFONO
TIPO DE DOCUMENTO TRIBUTARIO A
EMITIR
FACTURA AFECTA O EXENTA, SEGÚN
CORRESPONDA
NOMBRE DEL CONTACTO DIRECTO
CORREO DEL CONTACTO DIRECTO
TELÉFONO DEL CONTACTO DIRECTO
Se requieren estos antecedentes en caso de ser adjudicado y tener una comunicación directa para la continuación del proceso.
3. DESÍGNANSE a los siguientes funcionarios para conformar la Comisión Evaluadora de las Ofertas Técnicas y Económicas de la
licitación pública cuyo llamado se autoriza mediante esta Resolución Exenta, e integrar la Contraparte Técnica, en conformidad con las
bases de licitación que se aprueban por este instrumento.
Comisión Evaluadora de las Ofertas:
Daniel Muñoz Ibaceta, Profesional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias
Hernán Vargas Rodríguez, Profesional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias
En caso de ausencia o impedimento de alguno de los funcionarios precedentemente señalados, desígnese en su reemplazo a:
Eduardo Bascur Rodríguez, Jefe Departamento de Computación e Informática, Oficina de Estudios y Políticas Agrarias
Douglas Henríquez Meza, Profesional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias
Contraparte Técnica de Odepa:
Daniel Muñoz Ibaceta, Profesional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias
Hernán Vargas Rodríguez, Profesional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias
En caso de ausencia o impedimento de alguno de los funcionarios precedentemente señalados, desígnese en su reemplazo a:
Eduardo Bascur Rodríguez, Jefe Departamento de Computación e Informática, Oficina de Estudios y Políticas Agrarias.
4. PUBLÍQUESE la presente Resolución Exenta, las Bases Técnicas, las Bases Administrativas y los Anexos de la licitación pública para
la “Renovación de Licencias de Software” , a que se llama en virtud de este acto administrativo, en el Sistema de Compras y
Contratación Pública, portal web www.mercadopublico.cl.
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