Licitación ID: 688535-2-LE22
Servicio de toma de muestras plaguicidas
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULT
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 7
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de análisis de los alimentos 1 Unidad
Cod: 85151508
Servicio de toma de muestras y análisis de residuos de plaguicidas para la Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria de la Subsecretaría de Agricultura en la Región Metropolitana de Santiago.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de toma de muestras plaguicidas
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Nombre de la Adquisición : Servicio de toma de muestras y análisis de residuos de plaguicidas para la Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria de la Subsecretaría de Agricultura en la Región Metropolitana de Santiago. Objetivo de la Contratación : Contar con información de los niveles de residuos de plaguicidas presentes en muestras de Tomates, Porotos verdes y Frutillas, en los términos descritos en las bases técnicas de la presente licitación pública.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimen
R.U.T.:
61.301.000-9
Dirección:
Nueva York 17 , piso 4
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-12-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 23-11-2022 18:10:03
Fecha inicio de preguntas: 23-11-2022 18:30:00
Fecha final de preguntas: 01-12-2022 20:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-12-2022 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-12-2022 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-12-2022 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 13-12-2022 17:42:03
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- La presente licitación pública se rige por la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y estas Bases, que se encuentran conformadas por Bases Técnicas, Bases Administrativas, además de sus correspondientes Anexos. Las presentes Bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta. La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes: • Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes. • Los antecedentes administrativos y legales solicitados a cada postulante. • Las consultas a las Bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por la Subsecretaría de Agricultura. Las aclaraciones y modificaciones que se efectúen a las Bases por iniciativa de la Subsecretaría de Agricultura o por ser necesario a partir de algún requerimiento.   • Las aclaraciones a las ofertas que solicite la Subsecretaría de Agricultura, durante el proceso de evaluación de ofertas. • La normativa legal aplicable, teniendo presente en la ejecución lo dispuesto en el artículo 1546 del Código Civil. 5. REQUISITOS PARA OFERTAR 5.1. Antecedentes Legales Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el portal www.chileproveedores.cl, deberán adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto: a) Persona Jurídica • Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente. • Fotocopia simple de RUT de la Empresa • Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia • Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos). • Declaración jurada acreditando que no afecta al oferente incompatibilidades del artículo 4° inciso 1° y 6° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. • Declaración jurada referida a la existencia, por parte de la Empresa, de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. b) Persona Natural • Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante. • Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII. • Declaración Jurada acreditando que no afecta al oferente las inhabilidades e incompatibilidades del artículo 4° inciso 1° y 6° de la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. • Declaración jurada acerca a la existencia no de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. c) Personas Jurídicas Régimen simplificado: Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad: i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente. ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa iii. Certificado de Estatuto Actualizado. iv. Certificado de Vigencia. v. Certificado de Anotaciones.   vi. Declaración Jurada acreditando que no afecta al oferente las inhabilidades e incompatibilidades del artículo 4° inciso 1° y 6° de la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. vii. Declaración jurada acerca a la existencia o carencia, de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas del Estado, portal www.chileproveedores.cl, y que figuren en él en estado de “hábil”, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el portal www.chileproveedores.cl, o ser prestados formalmente en las oficinas de la Subsecretaría en los términos y condiciones que establezca el Servicio. d) Unión Temporal de Proveedores (UTP): En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar adicionalmente el Anexo N° 4 dispuesto para ello y en caso de ser adjudicataria, al momento de contratar debe presentar el mismo documento antes mencionado donde conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que quien se adjudique esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas. Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen. Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”. Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente la plataforma), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración que en caso de adjudicar, será requerida escritura pública al momento de la contratación, por tratarse de un servicio de más de 1.000 UTM. Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Subsecretaría el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta. En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada. La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado. Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta.   Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 4, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar. Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas. Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que: -El Anexo N° 4 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. - Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Subsecretaría entenderá que él o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP. - Deberá constar la inscripción individual de proveedores de los integrantes de la Unión en Chileproveedores, al momento de la suscripción del contrato. Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Subsecretaría debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución. La Subsecretaría podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de esta. En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Subsecretaría el derecho poner término al contrato. 5.2. Presentación de Anexos: Todos quienes oferten inscritos o no en Chileproveedores, deben firmar la declaración de habilidad disponible en el sistema de información. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N° 1, 2, 3 y 4, este último si corresponde, más los documentos que acompañen cada uno de ellos. Ante cualquier incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 2
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 3
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Según bases numeral 9.2 y 9.3 40%
2 Requisitos Técnicos Según bases numeral 9.2 y 9.3 30%
3 Plazo de entrega de los resultados Según bases numeral 9.2 y 9.3 15%
4 Inclusión Laboral y/o género Según bases numeral 9.2 y 9.3 10%
5 Cumplimiento de requisitos formales Según bases numeral 9.2 y 9.3 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 24-03-359
Monto Total Estimado: 11000000
Justificación del monto estimado Precio en impuestos incluido
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: -
e-mail de responsable de pago: compras@minagri.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: -
e-mail de responsable de contrato: compras@minagri.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-23935036-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

1.1.        Mecanismo para dirimir empates

En el caso de verificarse un empate en la calificación técnica obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:

  1. En caso de existir empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación "Precio", determinado en función de la cantidad de muestras ofertadas por el monto total destinado para este estudio.

  1. Si aún persistiese el empate, entonces este se a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje en el subcriterio de evaluación "Requerimientos técnicos”.

  1. Si aún persistiese el empate, entonces este se a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje en el subcriterio de evaluación "Plazo de Entrega".

  1. Si aún persistiese el empate, entonces este se a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje en el subcriterio de evaluación "Inclusión laboral y/o género”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio "Cumplimiento de Requisitos Formales".

  1. Si el empate persiste, se resolverá entre las ofertas empatadas, por la oferta con la primera fecha de ingreso en el Sistema de Compras.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
  1. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y CONSULTAS SOBRE LA MISMA

Adjudicación: se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado, el que se obtendrá luego de la aplicación de los puntajes de cada uno de los criterios de evaluación y sus respectivos ponderadores.

Notificación: la Subsecretaría informará a todos los oferentes del resultado de la licitación y la adjudicación de esta, a través del portal de Mercado Público.

Re-adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Subsecretaría, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

En consecuencia, cualquier incumplimiento de quien sea adjudicado/a, facultará a la Subsecretaría de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación ponderada, de acuerdo con la evaluación efectuada por la comisión evaluadora.

Declaración de desierta: La Subsecretaría podrá declarar desierta la licitación de acuerdo con lo establecido en el artículo 9° de la ley 19.886.

Consultas y reclamos: El/la o los/as proveedores/as que tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán realizar formalmente sus consultas a través del encargado de la presente licitación a la casilla de correo electrónico: compras@minagri.gob.cl, quien debe responder en un plazo no superior a 48 horas y podrán presentar sus reclamos a través de la plataforma de probidad activa dispuesta en el sistema de información de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
  1. ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN

La Subsecretaría exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados digitalmente en la oferta de quien oferte como archivos adjuntos.

Solamente en el periodo de evaluación y en los casos que la Subsecretaría lo estime necesario, y ante la omisión o rectificación de antecedentes y errores, se solicitará durante el proceso de evaluación la rectificación de documentación en términos formales, mediante la funcionalidad de “Aclaración de Ofertas” - “foro inverso”, disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl. Los antecedentes formales solicitados deberán ser publicados bajo la misma funcionalidad, en un plazo máximo de 48 horas hábiles.

Cabe señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 40, del reglamento de la ley N° 19.886.

La Subsecretaría no se responsabiliza por el uso incorrecto de las plataformas digitales, los aplicativos o la página web de www.mercadopublico.cl, siendo de responsabilidad quien oferte proporcionar la información requerida por el sistema electrónico de contratación y por las presentes bases, para la correcta y completa presentación de ofertas. El uso incorrecto de los recursos electrónicos necesarios para este proceso de contratación facultará a la Subsecretaría para rechazar las ofertas.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
13. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS La Subsecretaría se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas en la apertura, cuando éstas no cumplieren cualquiera de los requisitos o exigencias establecidos en las presentes Bases de Licitación Pública, sin que ello otorgue derecho alguno a los oferentes a reclamar indemnización alguna por este motivo. Serán rechazadas en el Acto de apertura de ofertas, aquellas propuestas que: • Excedan el presupuesto máximo disponible. • Oferten menos de la cantidad de muestras y analitos solicitadas. • No presenten acreditación ISO 17.025 para los ensayos. • No presenten Anexo Nº1 "Declaración Jurada", según corresponda. • No presenten el Anexo Nº 2. • Excedan el plazo máximo de la contratación. Con todo, la comisión evaluadora podrá rechazar las ofertas que encontrándose en evaluación se evidencien inconsistencias o incumplimientos técnicos específicos respecto de lo requerido en las bases técnicas de la licitación, motivo que será declarado fundadamente en el acta de evaluación de ofertas.
Criterios de Evaluación

1.1.        Criterios de evaluación

Para la evaluación y calificación de las propuestas se considerarán los siguientes criterios y subcriterios de evaluación:

Criterio

% ponderado

Precio

40%

Requisitos técnicos

  • N° muestras: 15%
  • Capacidad analítica: 15%

30%

Plazo de entrega de los resultados

15%

Inclusión laboral y/o género

10%

Cumplimiento de requisitos formales

5%

Total

100%

1.2.        Metodología de cálculo de los criterios de evaluación

La metodología para la asignación de los puntajes es la siguiente:

a)    Precio (40%).

Se realizará dividiendo el valor de la oferta de menor monto, por el valor ofertado i, multiplicando el resultado por el % asignado al criterio específico, de acuerdo con la siguiente fórmula:


Pi= Xmin*%

                 Xi

Donde:

Pi = Puntaje ponderado del criterio en evaluación de la oferta i Xi = Valor de la oferta i.

Xmin = Valor de la oferta de menor monto.

% = Porcentaje asignado al criterio específico, ingresado como número entero (Ej. 65%se ingresa como 65).

b)    Requisitos Técnicos (30%):

Número de muestras propuestas, será evaluada según la siguiente tabla (15%):

Muestras

Puntaje

110 - 114

50

115 - 119

80

120 o más

100

La capacidad analítica es entendida como la cantidad de analitos considerados en cada análisis, será evaluada de acuerdo con la siguiente tabla (15%):

Analitos

Puntaje

449

50

450-480

80

481 o más analitos

100

c)    Plazo de Entrega de los Resultados (15%)

Días hábiles previos al plazo final para entrega de los resultados.

0 a 1 día

     2

a

3 días

4

o más

Puntaje

50

80

100

Para la evaluación de este criterio se considerará el plazo de entrega indicado en las presentes Bases Técnicas.

 

d)    Inclusión laboral y/o género

Se valorará a quien oferte y que cumpla con criterios de inclusión laboral y/o género, para ello se requiere completar la información en el Anexo N° 3.


Inclusión laboral y/o género

Ítem

Materias y contenidos

Medio de verificación

 

Política de Inclusión Laboral y/o género (5%)

Jóvenes Trabajadores.

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral a Jóvenes (18 a 25 años) a partir de políticas no discriminatorias.

1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores jóvenes desempleados; copia del carné de identidad del trabajador; y certificado de la AFP (solo se acepta el certificado emitido por la AFP respectiva) respecto a que el trabajador no tuvo cotizaciones en los últimos 3 meses antes del inicio de la fecha del contrato; o

2. Acreditación como beneficiario del programa “Subsidio Joven” de SENCE.

 

Trabajadores de la Tercera Edad.

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral a personas de la Tercera Edad Activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años) a partir de políticas no discriminatorias.

1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores adulto mayor, con antigüedad igual o mayor a 3 meses; y

2. Copia de carné de identidad del trabajador.

 

Política de Inclusión Laboral y/o género (5%)

Trabajadores Pertenecientes a Pueblos Indígenas.

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias.

1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y

2. Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI.

Para extranjeros, cualquier documento oficial (certificado) otorgado por las autoridades de dicho país.

 

Trabajadores en Situación de Discapacidad

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad a partir de políticas no discriminatorias.

1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses e

2. Inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN o Carné de discapacidad.

 

Mujeres Trabajadoras

Quien oferta es una persona natural de sexo femenino, con sello mujer.

Quien oferta es una microempresa liderada por mujer/es. La Gerente General y/o Representante Legal es mujer.

Quien oferta muestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados. (Certificado F-30-1).

La información se comprobará:

En el Registro de Proveedores del estado / Chileproveedores.cl, verificando que se encuentre disponible el “Sello Empresa Mujer”.

En el certificado de vigencia de la personería del Representante Legal.

En el certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1)., según corresponda, según corresponda.

*Entiéndase para el concepto de “Microempresa”, lo siguiente: “Entidad que ejerce una actividad económica donde sus ventas anuales son inferiores a UF 2.400 y el número de trabajadores es de 1 a 9 personas”.

**Podrá acreditarse el cumplimiento si se acompañan las extensiones o prórrogas de contrato de trabajos siempre que se encuentren vigentes y tengan el carácter de indefinidas.

***Se entenderá cumplido el requisito si quien oferta al menos acredita contar con una persona contratada bajo cualquiera de los factores que se indica.

En caso de que las acreditaciones se presenten con otros documentos que validen efectivamente el espíritu del criterio y den cuenta de una política de inclusión, la comisión podrá aceptarlas, fundando dicha aceptación.

Cálculo del puntaje:

 

Subcriterio

Factores

Puntaje

Política de inclusión laboral

Política de inclusión de género

Cuenta y acredita 3 o más factores de Inclusión Laboral y/o género.

100

Cuenta y acredita 2 factores de Inclusión Laboral y/o género.

80

Cuenta y acredita 1 factor de Inclusión Laboral y/o género.

50

No cuenta o no acredita factores de Inclusión Laboral y/o género.

0

a)    Cumplimiento de requisitos formales (5%):

Corresponde al cumplimiento en la correcta presentación de la oferta en términos formales respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso.

Los requisitos formales son aquellos requisitos solicitados en las bases de licitación, respecto del cumplimiento con la correcta presentación de la oferta, a saber:


1)    Presentación de Administrativos y Anexos técnicos según formatos.

2)    Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.

3)    Anexos técnicos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.

La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que se realiza la consulta, la no respuesta por los oferentes en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio, y si el requerimiento de información fuera necesario para completar la evaluación, éste quedará desestimado del proceso de licitación, declarándose rechazada su propuesta.

Servicio

Puntaje

Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases.

100

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien oferte responde en el plazo que se indica.

50

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas.

50

No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y no responde dentro de los plazos establecido cuando se le solicita la aclaración y/o rectificación de la oferta.

0

Se establece que no podrá ser adjudicada ninguna propuesta que no alcance al menos el 60% ponderado de la evaluación, una vez aplicados la totalidad de los criterios de evaluación.

1.3.        Mecanismo para dirimir empates

En el caso de verificarse un empate en la calificación técnica obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:

  1. En caso de existir empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación "Precio", determinado en función de la cantidad de muestras ofertadas por el monto total destinado para este estudio.

  1. Si aún persistiese el empate, entonces este se a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje en el subcriterio de evaluación "Requerimientos técnicos”.

  1. Si aún persistiese el empate, entonces este se a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje en el subcriterio de evaluación "Plazo de Entrega".

  1. Si aún persistiese el empate, entonces este se a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje en el subcriterio de evaluación "Inclusión laboral y/o género”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio "Cumplimiento de Requisitos Formales".

  1. Si el empate persiste, se resolverá entre las ofertas empatadas, por la oferta con la primera fecha de ingreso en el Sistema de Compras.

1.4.        ACLARACIONES Y/O CONSULTAS A LAS BASES DE LICITACIÓN

Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl.

La Subsecretaría dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl., dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.

Contrato
  1. CONTRATO

La Subsecretaría de Agricultura suscribirá el respectivo contrato con el oferente adjudicado para la contratación de los servicios requeridos y licitado, previa acreditación de su inscripción en el portal www.chileproveedores.cl y de haber incorporado la versión digital de todos sus antecedentes que acrediten existencia, vigencia y personería en dicho portal.

La validez del contrato estará sujeta a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

Si el oferente adjudicado no firmare el contrato por causa imputable a él, en el plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente licitación pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo la Subsecretaría, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.

La Justicia Ordinaria resolverá los problemas o divergencias que se pudieren suscitar entre las partes con motivo de la prestación del servicio, para lo cual, las partes fijan domicilio en la comuna de Santiago, de la ciudad del mismo nombre, Chile, sin perjuicio de las facultades de la Subsecretaría de Agricultura y las atribuciones de la Contraloría General de la República.

16.1.     Inicio del contrato

El inicio del contrato estará sujeto a la total tramitación del acto que lo apruebe, y se extenderá hasta la fecha máxima que es el 30 de diciembre de 2022, fecha en que deben estar todos los estudios realizados y presentados, así como el informe aprobado por la contraparte técnica.

16.2.     Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

El oferente que se adjudique la presente licitación debe entregar, al momento de la firma del contrato, una garantía a fin de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del servicio contratado y el pago de las obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238.

Dicha garantía podrá ser una boleta bancaria, vale vista, póliza de garantía o certificado de fianza, o cualquier instrumento que permita que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las disposiciones establecidas en el artículo 68 del reglamento de la Ley 19.886.

La garantía debe ser emitida por un monto equivalente al 10% del valor total del contrato (expresado en pesos chilenos), y extendida como irrevocable y pagadera a la vista, a nombre de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, RUT: 61.301.000-9, con fecha de vencimiento igual a la fecha de término del contrato más 60 días hábiles.

La Garantía del fiel cumplimiento debe tener la siguiente glosa: Garantiza el fiel cumplimiento de contrato denominado: servicio de toma de muestras y análisis de residuos de plaguicidas”.


En caso de tratarse de un vale vista u otro instrumento que no permita escribir la glosa, el oferente debe acompañar un acta que dé cuenta que el vale vista o instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato, ha sido emitido para el proceso de licitación pública de que se trata, debiendo indicar el ID de la Licitación y la descripción de este, así como la individualización detallada del instrumento bancario.

La Garantía podrá ser cobrada a favor de la Subsecretaría de Agricultura cuando quien preste el servicio incurra en alguno de los siguientes incumplimientos de contrato:

 I.    En caso de que por tercera vez sea observado un informe.

  1. Si el monto de las multas sobrepasa el 3% del valor del contrato.

  1. Si el contrato acumula más de dos multas por concepto de atraso en la entrega de informes, y

  1. Si quien presta el servicio no corrige las observaciones formuladas por la contraparte técnica de la Subsecretaría en los plazos establecidos en las presentes bases.

16.3.     Informes y su aprobación

16.3.1.    Procedimiento de Aprobación de Informes:

Cada vez que se apruebe un informe, éste debe hacerse por escrito.

Una vez efectuada su revisión por la Contraparte Técnica, se pueden producir las siguientes situaciones:

a)   El Informe es Aprobado: En este caso la contraparte técnica debe enviar por escrito, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de este, la aprobación correspondiente, generándose el pago respectivo.

b)   El Informe presenta observaciones al ser incorporadas en el informe siguiente. La contraparte técnica debe enviar por escrito la aprobación correspondiente, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de este, indicando que las observaciones deben ser resueltas con la entrega del próximo producto, aprobándose por parte de la contraparte técnica del contrato el pago respectivo.

 

c)   El producto es observado o rechazado. La contraparte deberá enviar esta observación dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción del informe. En este caso quien preste el servicio tendrá 7 días hábiles para corregir los puntos observados. Se entenderá por observación cualquier comentario de la contraparte técnica del contrato, respecto de no cumplimiento de objetivos, tareas o actividades especificadas en el presente contrato que, a su juicio, impida aprobar el producto y que, por tanto, implique la calificación de “Insuficiente”.

Si ocurre lo indicado anteriormente, se podrán producir las siguientes situaciones:

  1. Quien presta el servicio entrega las correcciones dentro de los plazos estipulados y son aprobadas por la Contraparte Técnica, por lo cual éste debe enviar por escrito la aprobación y la fecha de recepción prevista para el siguiente.

  1. Quien presta el servicio entrega las correcciones dentro de los plazos estipulados, pero la Contraparte Técnica estima que aún no se ajusta a lo solicitado. En este caso, se remitirán las nuevas observaciones a quien presta el servicio para su re-corrección por medio de una comunicación escrita, disponiendo de 7 días hábiles para corregir los puntos observados.

Este proceso podrá repetirse hasta un máximo de dos (2) veces. La tercera vez que un mismo informe sea observado por la contraparte técnica, se aplicarán las multas indicadas en las presentes bases y se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

En caso de que por cuarta vez suceda lo mismo, la Subsecretaría considerará este hecho como incumplimiento del contrato y podrá dar curso al término anticipado del mismo.

Tanto en la recepción de los productos o informes como en la recepción de las correcciones a los mismos, si las hubiere, pueden producirse atrasos. Por cada uno de estos días de atraso se cobrarán las multas establecidas en las presentes bases.

Para efectos del cómputo de los plazos a que se refiere la presente cláusula, las notificaciones se entenderán practicadas desde el día de recepción de éstas, sean realizadas electrónicamente o por carta certificada.

16.4.     Supervisión del contrato

La Subsecretaría de Agricultura ejercerá la supervisión integral del contrato, en sus aspectos técnicos y administrativos, y designará una contraparte técnica para que la represente, la que estará integrada por un funcionario/a de la misma Subsecretaría/Achipia, quien podrá apoyarse técnicamente en otros profesionales del Servicio.

La contraparte técnica estará compuesta por un profesional de la Subsecretaría de Agricultura, el que será designado al momento de la formalización de la contratación de los Servicios.

La contraparte técnica podrá apoyarse en la evaluación de cada uno de los informes con profesionales técnicos que presten servicios en el Ministerio, pudiendo ser éstos de la Subsecretaría u otros Servicios Públicos dependientes del mismo Ministerio.

Entre las funciones que tendrá la contraparte técnica, se mencionan y detallan las siguientes:

a)     Supervisar y controlar el desarrollo de la asesoría, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos señalados en las bases técnicas y de los plazos acordados para la entrega de todos los informes programados.

b)     Autorizar adecuaciones relativas al plan de trabajo, al reemplazo de miembros del equipo de quien presta el servicio, y en general atender y resolver situaciones emergentes no consideradas, que no impliquen una modificación mayor al contrato.

c)      Analizar y aprobar todos los informes, planteando al equipo de quien presta el servicio las observaciones y/o comentarios que se estimen convenientes.

d)     Informar sobre la procedencia de la aplicación de multas.

La referida contraparte tendrá acceso, en todo momento, a las tareas ejecutadas por quien preste el servicio, quien debe facilitar el cumplimiento de dicha prerrogativa.

La misma Contraparte convocará a las reuniones que estime necesario sostener con quien preste el servicio o con determinados profesionales del equipo técnico de este último. Quien preste el servicio debe facilitar la oportuna asistencia y realización de dichas reuniones. Sin perjuicio de lo anterior, las reuniones mencionadas podrán realizarse, también, a requerimiento de éste.

El reemplazo de algún integrante del equipo técnico profesional de quien preste el servicio debe ser informado a la contraparte técnica del servicio, quien lo aceptará siempre y cuando el reemplazante sea un técnico o profesional de nivel y experiencia igual o superior al reemplazado.


En el evento que un integrante del equipo técnico profesional de quien preste el servicio se viere afectado por alguna causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición, establecida en disposiciones legales o reglamentarias que lo imposibiliten para continuar participando en la preparación y elaboración del servicio, quien preste el servicio debe proceder a su reemplazo, cualquiera que sea la etapa de desarrollo del servicio en que esta situación se suscitare. En tal caso, regirá la misma condición establecida en el párrafo precedente.

16.5.     Forma de Pago y Facturación:

16.5.1.         Pago:

El pago se realizará en una sola cuota contra entrega y recepción conforme de la totalidad de los servicios contratados en su totalidad.

16.5.2.         Facturación:

Una vez recibido conforme los servicios por parte de la contraparte técnica, quien preste el servicio debe emitir la factura, señalando la cuota de pago.

Las facturas deben ser emitidas de la siguiente forma:

Razón Social              : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura

RUT                            : 61.301.000-9

Dirección                    : Teatinos N° 40, Santiago.

Giro                             : Servicio Público

Glosa                          : Detalle del servicio y cuota correspondiente.

La factura será pagada en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde su recepción conforme.

El archivo XML de la factura debe ser ingresado electrónicamente a la casilla: subagriculturarecepcion@custodium.com, con copia del PDF a correo electrónico: facturasagricultura@minagri.gob.cl, donde debe acompañar copia del informe.

La Subsecretaría, en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la Ley 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada.

 

Será responsabilidad de quien preste el servicio incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con la Subsecretaría para materializar el pago (guías de despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.)

Quien preste el servicio debe informar oportunamente, mediante correo electrónico o directamente consignándolo en su factura o documento tributario los siguientes datos: razón social, RUT, banco, N° Cuenta Corriente y correo electrónico para la notificación.

 

16.5.3.         Factoring

En caso de que quien preste el servicio ceda a un factoring la(s) factura(s) asociada(s) a esta contratación, debe asegurarse de confirmar que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida dirección de la Subsecretaría, individualizada en el segundo párrafo del presente numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato suscrito por quien preste el servicio.

Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 del reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.


Tratándose de cesión electrónica, quien preste el servicio debe igualmente notificar a la contraparte administrativa sobre la decisión de cesión en la oportunidad que corresponda.

16.6.     Multas

16.6.1.    Tipos de Incumplimientos:

El incumplimiento de las obligaciones motivo del contrato a celebrar, será materia de aplicación de multas, de acuerdo con el siguiente cuadro:


Incumplimiento

Multa

1

No respetar los plazos de entrega ofertados.

UF 2 por día hábil de atraso con un tope de 10 días hábiles.

2

Entrega de informes con observaciones por más de dos veces, es decir, la tercera entrega con observaciones quedará afecta a multa.

UF 3 por evento, con un tope de 2 eventos.

 

Las multas se aplicarán previa notificación de incumplimiento y resolución que la aplique. El acto administrativo indicará la forma y momento del pago de la multa, pudiendo ser ésta descontada directamente de la factura o de la garantía, en caso de no existir estados de pago pendientes.

 

Si las multas precedentemente aludidas se aplicaran más de dos veces durante la vigencia del contrato o si el monto de las multas aplicadas supera el 3% del valor del contrato, la Subsecretaría pondrá término anticipado al mismo y procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, considerándose dichos incumplimientos con el carácter de grave.

 

16.6.2.    Procedimiento de cobro de multas:

Una vez producido el incumplimiento, la Subsecretaría notificará formalmente el incumplimiento mediante el acto administrativo correspondiente otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir de la recepción de la mencionada notificación para que el/la proveedor/a formule sus descargos en el plazo mencionado.

La Subsecretaría contará con un plazo máximo de 10 días hábiles para otorgar respuesta al o la proveedor/a y formalizar el cobro de la multa respectiva, si así procediese, para instruir el descuento correspondiente en el pago.

En resumen, los plazos del proceso de cobro de multas son los siguientes:

Notificación a quien presta el servicio

Respuesta - Descargos

Respuesta formal – Notificación de Multa.

3 días hábiles – Correo Certificado.

5 días hábiles para responder a la Subsecretaría.

10 días hábiles a partir de los descargos de quien presta el servicio o cumplido el plazo para responder.

Las multas y el comportamiento general de quien presta el servicio serán informados en el Sistema de Información de Compras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 96 bis del reglamento de la ley N° 19.886.


16.7.     Término anticipado del servicio contratado

La Subsecretaría podrá poner término anticipado al contrato o modificarlo, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 de la ley N° 19.886, en el artículo 77 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 250, de 2004 del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y las multas, en aquellos casos en que ello procediere, de acuerdo con las siguientes causales:

-      Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

-      Cuando quien preste el servicio incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio, además, de cobrar la garantía y hacer efectivas las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, haber formalizado más de dos multas durante la vigencia del contrato o si el monto de las multas supera el 3% del contrato.

-      Si quien preste el servicio registra incumplimiento del pago de remuneraciones de sus trabajadores.

-      Estado de notoria insolvencia del contratante.

-      Si quien preste el servicio perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.

-      Si quien preste el servicio supera la aplicación de las multas establecidas en las presentes bases de licitación.

-      No dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la calidad técnica del subcontratado. La Subsecretaría en cuanto tome conocimiento de que ha ocurrido esta situación notificará el término anticipado del contrato.

En este caso, la Subsecretaría debe comunicar el término anticipado por escrito, fijándose un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de su recepción por parte de quien presta el servicio, para liquidar los saldos que se devenguen en favor del Fisco o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual se acreditará mediante la presentación de las boletas o facturas correspondientes.

16.8.     Subcontratación

La persona o empresa adjudicada podrá subcontratar con terceros la prestación parcial de los servicios contratados hasta una cuantía equivalente al 30% de la totalidad del precio del contrato, siempre que ello sea informado por escrito a la Subsecretaría, con la debida antelación, esto es, con a lo menos 10 días hábiles anteriores a la fecha de subcontratación.

La Subsecretaría se pronunciará por escrito, en orden a la aceptación o rechazo de la propuesta de subcontratación efectuada. Dicho porcentaje no incluye los profesionales que contrate a honorarios.

La persona del subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92, de conformidad con lo que se dispone en el numeral 2, del inciso segundo, del artículo 76, ambos del Reglamento de la Ley N°19.886 sobre Contratación Pública.

  1. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO

Ni quien preste el servicio ni la Subsecretaría serán responsables en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil.


Quien se vea afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito notificará, por escrito a la Subsecretaría, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.

La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a la Subsecretaría de Agricultura mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione quien preste el servicio y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.

En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación también será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, hasta cumplir con los términos y condiciones de las presentes bases, debiéndose haber extendido la vigencia de las garantías.

Bases Técnicas

II.- BASES TÉCNICAS:                              

"SERVICIO DE TOMA DE MUESTRAS Y ANÁLISIS DE RESIDUOS DE PLAGUICIDAS PARA LA AGENCIA CHILENA PARA LA CALIDAD E INOCUIDAD ALIMENTARIA DE LA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA EN LA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO"

  1. Antecedentes Generales

El Área de Evaluación de Riesgos de la Agencia Chilena para la Inocuidad y Calidad Alimentaria, ACHIPIA, ha venido colaborando con el Servicio Agrícola y Ganadero, SAG, con el análisis de los resultados del Programa de Monitoreo de residuos de plaguicidas en productos hortofrutícolas (PMRP) cuyo objetivo es "disponer de información que permita mejorar las prácticas de uso y manejo de plaguicidas en el país y verificar el cumplimiento de la norma nacional de los Límites Máximos de Residuos (LMRs)".

Los LMRs de plaguicidas están definidos como "la concentración máxima de un residuo de plaguicida (expresado en mg/kg), legalmente permitido en productos alimenticios y piensos para animales. Los LMRs se basan en datos de buenas prácticas agrícolas (BPA) y los alimentos derivados de productos que cumplen con los LMRs respectivos están destinados a ser toxicológica mente aceptables" (Codex Alimentarius Vol. 2ª). Es un valor que se establece para comprobar el cumplimiento de las recomendaciones de uso del plaguicida indicadas en la etiqueta. No es un umbral de seguridad para la salud humana.

En el marco de las actividades del Programa Nacional Integrado de Peligros Químicos/ Plaguicidas, la Agencia Chilena para la Inocuidad y Calidad Alimentaria (ACHIPIA) realizó un análisis de los resultados del Programa de Monitoreo de Residuos de Plaguicidas en Productos Hortofrutícolas llevado a cabo por el Servicio Agrícola y Ganadero de los años 2014 al 2019.

En el periodo 2014 -2019 el PMRP del SAG consideró un total de 7.879 muestras de las cuales 5.510 (69%) correspondieron a muestras en especies frutales y 2.369 (31%) a muestras en hortalizas. La mayor cantidad de muestras en frutas correspondieron a uvas, manzanas y arándanos, en tanto que, en hortalizas, correspondieron a lechuga, tomate y acelga.

Los resultados señalan que del total de muestras analizadas en el periodo un 90% de éstas cumplen con LMRs de Plaguicidas establecidos en la normativa nacional vigente. Sin embargo, al desagregar los resultados por tipo de producto, se observa que el nivel de cumplimiento de los LMRs en muestras correspondientes a especies frutales alcanza un 95%, en tanto en muestras correspondientes a especies hortícolas alcanza un 80%. El nivel de cumplimiento de los LMR de hortalizas de hoja tales como lechuga, acelga y espinaca fueron de 69%, 71% y 74% respectivamente.


La detección de residuos de plaguicidas por sobre el LMR en un determinado cultivo denota el no cumplimiento de algunas de las recomendaciones de uso de los plaguicidas indicados en la etiqueta, entre otras: uso del plaguicida en cultivos no autorizados, Dosis / Nº de aplicaciones mayores a la recomendación, o, no se ha respetado el periodo de carencia. De acuerdo con los resultados esta situación se verifica especialmente en la producción de hortalizas.

Por su parte, el análisis de los resultados correspondientes a los años 2020 y 2021 del mismo programa, muestra una tendencia similar, pero en especies tales como tomates, pimentones, porotos verdes y frutillas, se verifican los mayores niveles de incumplimiento con las normativas de Límites máximos de residuos y de autorización de uso de plaguicidas en la especie.

Debido a lo anterior, es que ACHIPIA ha dispuesto la realización de un estudio de los niveles de residuos de plaguicidas presentes en las especies señaladas en el párrafo anterior, para evaluar el riesgo a la salud, a través una Evaluación de Exposición Dietaría.

Con este proceso es posible cuantificar el nivel de riesgo, estimar el impacto en la salud pública, identificar sustancias que requieren vigilancia y apoyar la toma de decisiones / estrategias de gestión de riesgos apropiadas.

  1. Objetivo general

Contar con información de los niveles de residuos de plaguicidas presentes en muestras de frutillas, tomates y porotos verdes a fin de evaluar el riesgo a la salud de las y los consumidores.

  1. Especificaciones técnicas:

a)    Se requiere que el laboratorio oferente realice el servicio de toma de muestras y análisis de para residuos de plaguicidas en las siguientes especies hortofrutícolas: tomates 40 muestras, porotos verdes 40 muestras y frutillas 30 muestras.

b)    El diseño de muestreo y procedimiento de toma de muestra debe ser propuesto por el oferente y será aprobado por el mandante y la contraparte técnica, con la colaboración de la Central de Abastecimiento Lo Valledor.

c)    Las muestras deberán ser obtenidas en puestos de la Central de Abastecimiento Lo Valledor ubicada en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, RM, Santiago y serán provistas por este, por lo cual no se debe considerar como costo para el desarrollo del muestreo.

d)    Deberán corresponder a productos de producción convencional cultivados en Chile. Para cada muestra se deberá identificar la fecha de muestreo, comuna/provincia/región de origen, el método de producción (aire libre o invernadero) según corresponda y una referencia codificada del puesto o local en la cual fue obtenida.

e)    La cantidad mínima de muestras a ofertar es 170, como se menciona en el punto a).

f)     Sin perjuicio de lo anterior, el mandante se reserva el derecho de ampliar las especies hortícolas materia del estudio de acuerdo con la disponibilidad de las especies al momento del muestreo o por motivos de fuerza mayor, así como la cantidad de muestras por especie. Esto último será ajustado de acuerdo con la cantidad de muestras que el oferente que se adjudique la licitación ofrezca.

g)    Los laboratorios oferentes deberán contar con acreditación ISO/IEC 17.025 vigente para cada uno de los ensayos analíticos propuestos.

h)    Cada muestra deberá ser analizada como mínimo con el siguiente listado de analitos:

(*) Dithiocarbamatos: (dithiocarbamates expressed as CS2, including maneb, mancozeb, metiram, propineb, thiram and ziram) 


i)     La propuesta debe señalar el número y listado de analitos considerados en los análisis de multiresiduos incluyendo dithiocarmatos, así como los límites de determinación analítica respectivos.

j)     Deberá incluir un detalle del diseño muestral, número de muestras, tamaño de la muestra, procedimiento de toma de muestra, metodología y norma del análisis.

k)    Además, deberá incluir una carta Gantt con las actividades y entrega de resultados. La carta Gantt debe estar ajustada al plazo estipulado en la presente Base Técnica.

l)     Los resultados de todas las muestras serán entregados de una sola vez dentro del plazo establecido en el contrato. Adicionalmente, el oferente deberá entregar una planilla de cálculo (MS Excel) que contenga una base de datos consolidada con el conjunto de los resultados indicando especie, fecha de muestreo, comuna/provincia/región de origen, el método de producción (aire libre o invernadero) según corresponda y una referencia codificada del puesto o local en la cual fue obtenida, así como los analitos y la concentración detectada (expresada en mg/kg). Los resultados deberán ser expresados de acuerdo con la definición de residuos establecida por la JMPR (CODEX) o la EFSA para fines de evaluación de exposición dietaria.

  1. Plazo

El plazo máximo para la ejecución del contrato es el 30 de diciembre del año en curso, quien preste el servicio debe informar el plazo ofertado para la entrega total de las muestras, no pudiendo superar el indicado.

  1. PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE

El presupuesto máximo disponible para la contratación asciende a la suma de $11.000.000 (once millones de pesos), valor con todos los impuestos incluidos, sin reajustes, para la totalidad de las muestras requeridas y ofertadas.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.