Licitación ID: 688535-2-LP23
Asistencia técnica enfoque preventivo riego
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULT
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
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Productos o servicios
1
Servicios de asesoría de rotación o diversificación de cultivos 1 Unidad
Cod: 70141708
servicio de asistencia técnica para generar e implementar por parte de Achipia un modelo sustentado en la aplicación del enfoque preventivo basado en riesgo, orientado en calidad de agua de riego y otros usos, para mejorar la inocuidad de los alimentos de  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Asistencia técnica enfoque preventivo riego
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Servicio de asistencia técnica para generar e implementar por parte de Achipia un modelo sustentado en la aplicación del enfoque preventivo basado en riesgo, orientado en calidad de agua de riego y otros usos, para mejorar la inocuidad de los alimentos de las familias de la agricultura familiar campesina AFC. Objetivo de la Contratación : contar con información a fin de realizar una caracterización de los sistemas de agua de riego y otros usos en distintos rubros de la Agricultura Familiar Campesina. Objetivos específicos : elaborar un plan de gestión de la calidad de agua de riego y otros usos, elaborar un plan de cierre de brechas para el mejoramiento de la calidad de agua de riego y otros usos, y presentar una metodología para el seguimiento y evaluación de la gestión de la calidad de agua de riego y otros usos, que permita el manejo de riesgos y el cumplimiento normativo con los apoyos e instrumentos de fomento de INDAP correspondientes y de otras instituciones vinculadas a la calidad de agua.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimen
R.U.T.:
61.301.000-9
Dirección:
Nueva York 17 , piso 4
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-09-2023 15:01:00
Fecha de Publicación: 28-08-2023 16:53:19
Fecha inicio de preguntas: 28-08-2023 17:30:00
Fecha final de preguntas: 05-09-2023 20:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-09-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-09-2023 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-09-2023 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 06-10-2023 15:50:59
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 26-10-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 8 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- La presente licitación pública se rige por la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y estas Bases, que se encuentran conformadas por Bases Técnicas, Bases Administrativas, además de sus correspondientes Anexos. Las presentes Bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta. La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes: ● Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes. ● Los antecedentes administrativos y legales solicitados a cada postulante. ● Las consultas a las Bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por la Subsecretaría de Agricultura. Las aclaraciones y modificaciones que se efectúen a las Bases por iniciativa de la Subsecretaría de Agricultura o por ser necesario a partir de algún requerimiento. ● Las aclaraciones a las ofertas que solicite la Subsecretaría de Agricultura, durante el proceso de evaluación de ofertas.   ● La normativa legal aplicable, teniendo presente en la ejecución lo dispuesto en el artículo 1546 del Código Civil. 5. REQUISITOS PARA OFERTAR 5.1. Antecedentes Legales Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto: a) Persona Jurídica ● Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente. ● Fotocopia simple de RUT de la Empresa ● Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia ● Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos). ● Declaración jurada acreditando que no afecta al oferente incompatibilidades del artículo 4° inciso 1° y 6° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. ● Declaración jurada referida a la existencia, por parte de la Empresa, de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. b) Persona Natural ● Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante. ● Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII. ● Declaración Jurada acreditando que no afecta al oferente las inhabilidades e incompatibilidades del artículo 4° inciso 1° y 6° de la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. ● Declaración jurada acerca a la existencia no de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. c) Personas Jurídicas Régimen simplificado: Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad: i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente. ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa iii. Certificado de Estatuto Actualizado. iv. Certificado de Vigencia. v. Certificado de Anotaciones. vi. Declaración Jurada acreditando que no afecta al oferente las inhabilidades e incompatibilidades del artículo 4° inciso 1° y 6° de la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.   vii. Declaración jurada acerca a la existencia o carencia, de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas del Estado, y que figuren en él en estado de “hábil”, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el Registro de proveedores, o ser prestados formalmente en las oficinas de la Subsecretaría en los términos y condiciones que establezca el Servicio. d) Unión Temporal de Proveedores (UTP): En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar adicionalmente el Anexo N° 7 dispuesto para ello y en caso de ser adjudicataria, al momento de contratar debe presentar el mismo documento antes mencionado donde conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que quien preste el servicio sea dos o más personas naturales o jurídicas. Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen. Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”. Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente la plataforma), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración que en caso de adjudicar, será requerida escritura pública al momento de la contratación, por tratarse de un servicio de más de 1.000 UTM. Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Subsecretaría el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta. En caso de disolverse una UTP oferente, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada. La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado. Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta.   Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 7, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar. Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas. Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que: -El Anexo N° 7 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. - Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Subsecretaría entenderá que el integrante encargado de dicha obligación es quien represente a la UTP. - Debe constar la inscripción individual de proveedores de los integrantes de la Unión en el registro oficial de proveedores del Estado, al momento de la suscripción del contrato. Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Subsecretaría debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución. La Subsecretaría podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de esta. En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Subsecretaría el derecho poner término al contrato. 5.2. Presentación de Anexos: Todos quienes participen deben firmar la declaración de habilidad disponible en el sistema de información. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N° 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, este último si corresponde, más los documentos que acompañen cada uno de ellos. Ante cualquier incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, quien oferte quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”, así correspondiera.
Documentos Técnicos
1.- 1. Propuesta técnica: - Resumen de experiencia y certificación. - Plan de trabajo: • Carta Gantt • Metodología de trabajo • Objetivos planteados. • Detalle de productos a entregar. • Equipo de trabajo • Valor agregado 2. Presentación de Anexos
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Propuesta Técnica Según numeral 9.2 y 9.3 de las bases administrativas 50%
2 Equipo de trabajo Según numeral 9.2 y 9.3 de las bases administrativas 30%
3 Propuesta económica Según numeral 9.2 y 9.3 de las bases administrativas 10%
4 Inclusión Laboral y/o género Según numeral 9.2 y 9.3 de las bases administrativas 5%
5 Cumplimiento de requisitos formales Según numeral 9.2 y 9.3 de las bases administrativas 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 11405
Monto Total Estimado: 92000000
Justificación del monto estimado Monto según disponibilidad de convenio. Valor con todos los impuestos incluidos, no sujeto a reajustes
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El plazo del contrato no puede superar el 3112023
Tiempo del Contrato 90 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: -
e-mail de responsable de pago: compras@minagri.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: -
e-mail de responsable de contrato: compras@minagri.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-23935036-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Subsecretaría de Agricultura
Fecha de vencimiento: 11-03-2024
Monto: 10 %
Descripción: Quien se adjudique la presente licitación pública debe entregar, al momento de la firma del contrato, una garantía, a fin de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238. Dicha garantía podrá ser cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, por ejemplo, una boleta bancaria, vale vista, póliza de garantía o certificado de fianza, siempre que cumpla con las disposiciones establecidas en el artículo 68 del Reglamento de la Ley 19.886. La garantía debe ser emitida por un monto equivalente al 10% del monto del contrato, expresado en pesos chilenos, y extendida como irrevocable y pagadera a la vista, a nombre de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, RUT: 61.301.000-9, con fecha de vencimiento igual a la fecha de término del contrato más 60 días hábiles.
Glosa: Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato denominado servicio de asistencia técnica para generar e implementar por parte de Achipia un modelo sustentado en la aplicación del enfoque preventivo basado en riesgo, orientado en calidad de agua de riego y otros usos, para mejorar la inocuidad de los alimentos de las familias de la agricultura familiar campesina (AFC)”.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de tratarse de un vale vista u otro instrumento que no permita escribir la glosa, quien oferte debe acompañar un acta que dé cuenta que el vale vista o instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato, ha sido emitido para el proceso de licitación pública de que se trata, debiendo indicar el ID de la Licitación y la descripción de este, así como la individualización detallada del instrumento bancario. La garantía podrá ser cobrada a favor de la Subsecretaría de Agricultura cuando quien preste el servicio incurra en alguno de los siguientes incumplimientos de contrato: I. Si el monto de las multas cobradas a quien preste el servicio sobrepasa el 3% del valor del contrato. II. Si en el desarrollo del contrato, el adjudicado acumula más de tres multas. III. Si por tercera vez un mismo informe es observado. Si quien presta el servicio incurre en incumplimiento grave del contrato, según lo definido en el 16.7 de las presentes bases de licitación o cuando no ejecute los servicios comprometidos, sin causa o argumento alguno o a sus respectivas bases administrativas, técnicas o anexos.   La garantía de fiel cumplimiento será devuelta a quien preste el servicio una vez cumplida su vigencia.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más participantes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:

  1. En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más participantes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Propuesta técnica”.
  2. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel que hubiere obtenido el mayor puntaje ponderado en la evaluación en el criterio “Equipo de trabajo”.
  3. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel que hubiere obtenido el mayor puntaje ponderado en la evaluación en el criterio “Propuesta económica”.
  4. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel que hubiere obtenido el más alto puntaje ponderado en la evaluación del criterio “Inclusión laboral y/o género”.
  5. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel que hubiere obtenido la más alta ponderación en la evaluación del criterio “Cumplimiento de requisitos formales”.
  6. En caso de mantenerse el empate, se resolverá por la fecha y hora de ingreso de la oferta en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas, www.mercadopublico.cl.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

a)    Adjudicación: se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado, el que se obtendrá luego de la aplicación de los puntajes de cada uno de los criterios de evaluación y sus respectivos ponderadores.

b)    Notificación: la Subsecretaría informará a todos los oferentes del resultado de la licitación y la adjudicación de esta, a través del portal de Mercado Público.

c)    Re-adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra o no se encuentre hábil para contratar con el Estado, en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Subsecretaría, se estime conveniente declarar desierta la licitación.


d)    En consecuencia, cualquier incumplimiento del proveedor adjudicado, facultará a la Subsecretaría de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación ponderada, de acuerdo con la evaluación efectuada por la comisión evaluadora.

e)    Declaración de desierta: La Subsecretaría podrá declarar desierta la licitación de acuerdo con lo establecido en el artículo 9° de la ley 19.886.

f)     Consultas y reclamos: El o los proveedores que tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán realizar formalmente sus consultas a través del encargado de la presente licitación a la casilla de correo electrónico: compras@minagri.gob.cl, quien debe responder en un plazo no superior a 48 horas y podrán presentar sus reclamos a través de la plataforma de probidad activa dispuesta en el sistema de información de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
  1. ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN

La Subsecretaría exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados digitalmente en la oferta del proveedor/a como archivos adjuntos.

Solamente en el periodo de evaluación y en los casos que la Subsecretaría lo estime necesario, y ante la omisión o rectificación de antecedentes y errores, se solicitará durante el proceso de evaluación la rectificación de documentación en términos formales, mediante la funcionalidad de “Aclaración de Ofertas” - “foro inverso”, disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl. Los antecedentes formales solicitados deberán ser publicados bajo la misma funcionalidad, en un plazo máximo de 48 horas hábiles.

Cabe señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 40, del reglamento de la ley N° 19.886.


La Subsecretaría no se responsabiliza por el uso incorrecto de las plataformas digitales, los aplicativos o la página web de ChileCompra www.mercadopublico.cl, siendo de responsabilidad de cada proveedor, proporcionar la información requerida por el sistema electrónico de contratación y por las presentes bases, para la correcta y completa presentación de ofertas. El uso incorrecto de los recursos electrónicos necesarios para este proceso de contratación facultará a la Subsecretaría para rechazar las ofertas.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Criterios de Evaluación
  1. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:

1.1.        Comisión evaluadora

Las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por tres funcionarios/as públicos de la Subsecretaría de Agricultura. Así mismo la comisión se apoyará técnicamente por los profesionales de ACHIPIA y del INDAP para la revisión y validación de las propuestas técnicas, quienes actuarán como asistencia técnica especializada a fin de apreciar la metodología propuesta por cada oferente.

La comisión evaluadora emitirá un informe fundado en los criterios de evaluación, y ponderación de estos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.2 de las bases de licitación.

El informe antes señalado se enviará a la autoridad correspondiente, incluyendo una propuesta de adjudicación.


La Subsecretaría informará a través del portal www.mercadopublico.cl, el resultado del llamado a licitación.

La comisión evaluadora declarará en la oportunidad que se requiera que no presenta conflictos de interés para participar como equipo evaluador en el presente proceso de licitación, y sus debidas declaraciones juradas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas al momento de la publicación del proceso. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 del reglamento de la ley N° 19.886.

En el marco de la ley N° 20.730 los/as funcionarios/as de planta o contrata que formarán parte de la comisión evaluadora serán transitoriamente sujetos pasivos de la mencionada ley de lobby.

Quedará prohibido que los integrantes de la comisión concedan reuniones a terceros (oferentes o no), sobre materias vinculadas a la evaluación.

Finalmente, desde el momento de la apertura de las propuestas hasta el momento de la adjudicación de la licitación, y de acuerdo con lo establecido en artículo 39 del Reglamento de la ley N° 19.886, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la evaluación en aquellas instancias previstas en las bases de licitación, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.

La comisión evaluadora podrá apoyarse técnicamente en los profesionales que estime pertinentes para salvaguardar las condiciones técnicas de la compra.

Asimismo, en caso de ser necesario, la comisión evaluadora podrá sesionar vía remota, mediante un soporte de video conferencia que permita la expedita reunión de sus miembros. De lo anterior debe dejarse constancia en el acta de evaluación de la comisión, documento que será aprobado por los medios electrónicos que correspondan.

1.2.        Criterios de evaluación

Para la evaluación y calificación de las propuestas se considerarán los siguientes criterios y subcriterios de evaluación:

Criterio

Porcentaje (%)

Propuesta económica  

10%

Propuesta técnica

50%

Equipo de trabajo

30%

Política de Inclusión laboral y/o género

5%

Cumplimiento de requisitos formales

5%

Total

100%

1.3.        Metodología de cálculo de los criterios de evaluación

La metodología para la asignación de los puntajes es la siguiente:

a)    Propuesta económica (10%).

Se valorará el precio ofertado, privilegiándose la oferta más económica. El precio debe ofertarse en moneda nacional indicando el valor neto de los servicios requeridos. La asignación de puntaje se realizará de acuerdo con lo siguiente, considerando la información consignada por cada proponente en el Anexo N° 4:


            Oferta de menor monto                                 : 100 puntos

            Segunda oferta con menor monto                :   80 puntos

            Tercera oferta con menor monto                  :   60 puntos

            Siguientes ofertas                                          :   50 puntos

b)    Propuesta técnica (50%):

La propuesta técnica será evaluada de acuerdo con los siguientes subcriterios, y será exigible la presentación del Anexo N° 1 como conductor de los documentos técnicos y metodológicos de la propuesta.

Criterio

Subcriterio

Factor de cumplimiento

Puntaje

Ponderación

Propuesta Técnica

Coherencia y

Consistencia

La propuesta técnica en general presenta adecuados niveles de coherencia y/o consistencia con el objetivo general y objetivos específicos de la licitación.

100

20%

La propuesta técnica presenta coherencia y/o consistencia con el objetivo general no así con los objetivos específicos de la licitación.

50

La propuesta técnica presenta coherencia y/o consistencia con los objetivos específicos no así con el objetivo general.

30

La propuesta técnica es deficiente en relacionar la coherencia y/o consistencia del objetivo general como de los objetivos específicos.

0

Calidad

La propuesta técnica presenta un nivel de calidad sobre lo adecuado, es decir, la fundamentación y metodologías propuestas sobresalen a lo esperado para el cumplimiento de los objetivos.

100

15%

La propuesta técnica presenta un nivel de calidad adecuado, es decir, la fundamentación y metodologías propuestas se ajustan al  cumplimiento de los objetivos.

70

La propuesta técnica presenta un nivel de calidad inadecuado, es decir, la fundamentación y metodología cumple parcialmente con el cumplimento de los objetivos.

30

La propuesta técnica presenta un nivel de calidad deficiente, es decir, la fundamentación y metodología no cumple con el cumplimento de los objetivos.

0

Valor Agregado

La propuesta técnica presenta aspectos que aportan valor agregado respecto a lo solicitado en las Bases Técnicas. (Se deben identificar claramente en la propuesta).

100

5%

La propuesta técnica no presenta aspectos que aportan valor agregado respecto a lo solicitado en las Bases Técnicas.

50




Cronograma

La propuesta técnica presenta un cronograma ajustado al plazo y coherente entre los tiempos y las actividades declaradas.

100

10%

La propuesta técnica presenta un cronograma ajustado al plazo, pero con ciertos problemas de coherencia entre los tiempos y las actividades declaradas.

50

La propuesta técnica presenta un cronograma ajustado al plazo, pero la información de las actividades y los tiempos no son coherentes para el debido cumplimiento de la contratación.

0

Coherencia y Consistencia general de la propuesta técnica con los objetivos, estipulados en las Bases Técnicas. La coherencia es el grado de unión o relación entre los objetivos específicos de las Bases Técnicas y la metodología y actividades indicadas en la propuesta técnica. La consistencia hace referencia a una secuencia lógica entre el desarrollo de los objetivos y el resultado final propuesto.

Calidad Técnica: es fundamentación teórica y metodológica de la propuesta para dar cumplimiento al objetivo general. Metodologías específicas presentadas para dar cumplimiento a cada uno de los objetivos esperados para la contratación.

Valor Agregado: son los aspectos que van más allá de lo exigido en las bases técnicas y que entregan o agregan valor a los productos finales esperados. Es obligatorio que quien oferte consigne expresamente los elementos de valor agregado como parte de su propuesta técnica.

Cronograma: la propuesta técnica debe incorporar un cronograma que se ajusta al tiempo considerado para la contratación. Se valora la coherencia del cronograma con los productos y actividades propuestos; la forma de gestionar el seguimiento de las tareas a fin de asegurar el cumplimiento de plazos y, si hay un esfuerzo en reducir el tiempo total del proyecto.

c)    Equipo de trabajo (30%)

 

El equipo de trabajo será evaluado de acuerdo con la experiencia y excelencia del equipo propuesto, según lo siguiente:

 i.    Experiencia (15%):

Este Subcriterio tiene como finalidad evaluar en función de la declaración que el oferente realice a través del Anexo N° 2, los años de experiencia de los profesionales que formen parte del equipo de trabajo. Para esto, quien oferte debe completar la información solicitada y adjuntar los antecedentes curriculares de cada uno de los consultores propuestos.

Finalmente, para poder obtener el porcentaje final de este subcriterio, se obtendrá calculando el promedio del puntaje de todos los profesionales propuestos como parte del equipo de trabajo.

  1. Excelencia (15%):

Este subcriterio tiene como finalidad evaluar la excelencia y formación del equipo de trabajo declarada por el oferente, para lo cual se solicitará completar el Anexo N° 3 y además adjuntar los medios de verificación que acrediten la información solicitada en el siguiente cuadro:


El cuadro aplicable con los puntajes por factor de cumplimento es el siguiente:

Criterio

Sub

criterio

Factores de cumplimiento

Puntaje

Ponderación

Equipo de Trabajo

Experiencia de los integrantes del equipo de trabajo

Profesional con experiencia mayor o igual a 4 años, en materias de similar o análoga naturaleza de la licitada.

100

15%

Profesional con experiencia entre 3 y 1, en materias de similar o análoga naturaleza de la licitada.

50

Profesional sin experiencia en materias de similar o análoga naturaleza de la licitada.

0

Excelencia del Equipo de Trabajo

Al menos un profesional propuesto como parte del equipo de trabajo cuenta con un doctorado y/o post doctorado en materias similares a las licitadas, como máximo nivel de formación.

100

15%

Al menos un profesional propuesto como parte del equipo de trabajo ha desarrollado investigaciones documentadas (publicaciones y/o estudios) en materias similares a las licitadas.

100

Al menos un profesional propuesto como parte del equipo de trabajo cuenta con un magister en materias similares a las licitadas, como máximo nivel de formación

50

Ningún profesional propuesto como parte del equipo de trabajo cuenta con un posgrado o investigaciones documentadas en materias similares a las licitadas, como máximo nivel de formación.

0

Consideraciones para la aplicación del criterio de evaluación:

1-  Medios de verificación:

Experiencia de los integrantes del equipo de trabajo: el equipo presentado posee una experiencia (relación ámbito con tiempo de trabajo) en temas similares al licitado. Para evaluar esta dimensión quien oferte debe presentar el currículo vitae de cada integrante del equipo de trabajo que indique el tiempo de experiencia en las materias por la cual es incorporado en el equipo.

La validación de la experiencia del equipo de trabajo debe ser acreditada al menos con cualquiera de los siguientes documentos:

-Órdenes de compra (aceptadas o con recepción conforme).

-Facturas o boletas que consignen expresamente los servicios prestados.

-Contratos de trabajo


Excelencia de los integrantes del equipo de trabajo: el equipo presentado posee una excelencia acreditada en temas similares al licitado. Para evaluar esta dimensión el proveedor debe presentar el currículo vitae de cada integrante del equipo de trabajo que indique grado académico, profesión, post títulos, proyectos de investigación, publicaciones científicas y otros antecedentes que abalen su experiencia, además de acreditar su participación en el desarrollo de un documento similar al licitado.

La validación de la excelencia del equipo de trabajo debe ser acreditada al menos con cualquiera de los siguientes documentos:

  • Copia simple de certificados de títulos, postítulos y doctorados.

  • Copia digitalizada o virtual de publicación en que se pueda acreditar la autoría o coautoria de alguno de los miembros del equipo de trabajo, en alguna publicación realizada en un medio de difusión científica de reconocido prestigio en la materia (revistas científicas), o en algún medio publicado por una casa de estudios relevante en el ámbito de conocimiento de que se trata.

  • Copia digitalizada o virtual que pueda acreditar la autoría o coautoria, en alguna obra de investigación sobre la materia solicitada (publicación de libros).

  • Copia de Informe de proyecto de investigación que hubiere sido realizada con el patrocinio o apoyo de alguna institución de formación o investigación destacada en la materia, ya sea en el ámbito nacional o internacional.

2-  Criterios y parámetros en la evaluación

Para ambos subcriterios sólo se considerarán como asesorías o consultorías válidas aquellas relacionadas al área o tema licitado, y que cuenten con todos los datos indicados en los Anexos N° 2 y N° 3 (nombre del proyecto, fecha de realización, nombre de la institución, contacto y N° de teléfono de contacto).

Para la evaluación de los antecedentes presentados, se considerará como experiencia válida las actividades asociadas a los últimos 10 años.

Si un proponente presenta más de un doctorado o simultáneamente acredita investigaciones y/o publicaciones, obtendrá un puntaje de 100 para el criterio de evaluación, siendo suficiente contar con al menos un profesional con la categoría de doctorado o post doctorado o si al menos uno de sus integrantes cumple con haber realizado un estudio, investigación y/o publicación sobre temas relacionados a la materia licitada, en los términos antes indicados.

d)    Inclusión laboral y/o género (5%):

Se privilegiará a aquellos oferentes que cuenten con políticas de inclusión laboral y/o género de acuerdo con los siguientes factores que más adelante se indica. Se entenderá por inclusión, para efectos de la evaluación, lo siguiente: elementos que promuevan o permitan generar mejoras en la forma y oportunidad de incorporar en los ambientes laborales a personas en desventaja por alguna de las situaciones descritas (etnia, discapacidad o género).

 

El puntaje se calculará a partir de los siguientes factores. Completar Anexo N° 5:


 

 

Inclusión laboral y/o de género

Factores de inclusión

Elemento a evaluar

Medio de verificación

Política de Inclusión Laboral y/o de género (5%)

Trabajadores pertenecientes a pueblos Indígenas/originarios

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias.

1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses; y

2. Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI.

Para extranjeros, documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país debidamente legalizados.

Trabajadores en situación de discapacidad

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad a partir de políticas no discriminatorias.

1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses;

2. Inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN.

Mujeres trabajadoras

1-Quien oferta es una persona natural de género femenino.

2-Quien oferta es una microempresa* liderada por mujer/es, la Representante Legal o Gerente General es mujer.

3-Quien oferta demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados.

Se comprobará de acuerdo con lo siguiente, según cada caso:

1. Registro de proveedores (Sello Empresa Mujer).

2. Constitución de la sociedad o sus modificaciones o declaración de poderes.

3. Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1), dicho certificado debe dar cuenta de la nómina completa y total del personal contratado por la empresa (debe incluir todas las faenas o todos los certificados por faenas del RUT).

*Entiéndase para el concepto de “Microempresa”, lo siguiente: “Entidad que ejerce una actividad económica donde sus ventas anuales son inferiores a UF 2.400 y el número de trabajadores es de 1 a 9 personas”.

**Podrá acreditarse el cumplimiento si se acompañan las extensiones o prórrogas de contrato de trabajos siempre que se encuentren vigentes y tengan el carácter de indefinidas.

***Se entenderá cumplido el requisito si quien oferte al menos acredita contar con una persona contratada bajo cualquiera de los factores que se indica.


Asignación de puntaje:

Subcriterio

Ítem

Puntaje

Política de Inclusión Laboral y/o de género

Cuenta con dos o más factores de inclusión laboral y/o de género.

100

Cuenta con un factor de inclusión laboral y/o de género.

50

No cuenta con factores de inclusión laboral y/o de género.

0

e)    Cumplimiento de requisitos formales (5%):

Corresponde al cumplimiento formal de la oferta, respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso.

Los requisitos formales son aquellos requisitos solicitados en las bases de licitación, respecto del cumplimiento con la correcta presentación de la oferta, a saber:

1)    Presentación de Anexos Administrativos y Técnicos según formatos.

2)    Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.

3)    Anexos técnicos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.

La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que se realiza la consulta; la no respuesta por los oferentes en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio, y si el requerimiento de información fuera necesario para completar la evaluación, éste quedará desestimado del proceso de licitación, declarándose su oferta como inadmisible.

Servicio

Puntaje

Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases.

100

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien oferta responde en el plazo que se indica.

50

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas.

50

No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y no responde dentro de los plazos establecido cuando se le solicita la aclaración y/o rectificación de la oferta.

0

f)     Puntaje mínimo de adjudicación

Se adjudicará la licitación a quien oferte que obtenga el mayor puntaje ponderado de los criterios de evaluación, no obstante, dicho puntaje ponderado debe ser igual o superior al 65%.

INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
13. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS La Subsecretaría se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas en la apertura, cuando éstas no cumplieren cualquiera de los requisitos o exigencias establecidos en las presentes Bases de Licitación Pública, sin que ello otorgue derecho alguno a los oferentes a reclamar indemnización alguna por este motivo. Serán rechazadas en el Acto de apertura de la licitación y ofertas aquellas propuestas que: ● Excedan el presupuesto máximo disponible. ● Excedan el plazo máximo establecido para la prestación de servicios. ● No acompañen los anexos N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 6 y N° 7, este último si procede. Con todo, la comisión evaluadora podrá rechazar las ofertas que encontrándose en evaluación se evidencien inconsistencias o incumplimientos técnicos específicos respecto de lo requerido en las bases técnicas, motivo que será declarado fundadamente en el acta de evaluación.
Contrato
  1. CONTRATO

La Subsecretaría suscribirá el respectivo contrato con quien se adjudique para la contratación en cuestión, previa acreditación de su inscripción en el portal www.mercadopublico.cl y de haber incorporado la versión digital de todos sus antecedentes que acrediten existencia, vigencia y personería en dicho portal o haberlos presentado formal y físicamente ante la Subsecretaría.

La validez del contrato estará sujeta a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

Previa suscripción del contrato quien se adjudique debe acreditar, además, el cumplimiento de las normas laborales y previsionales del equipo que se desempeñará en las labores de la citada prestación de servicios.

Posterior a la suscripción del contrato, el proponente debe hacerse cargo de cualquier gasto que eventualmente deba efectuarse como producto de demandas de carácter laboral del personal que se desempeñe en el desarrollo de la mencionada prestación de servicios, conflictos en los cuales la Subsecretaría de Agricultura no tendrá participación alguna.

Para el caso de que la empresa o persona natural que celebre el contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, la Subsecretaría de Agricultura establecerá en el contrato que los primeros estados de pago producto del servicio licitado, deben ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo quien preste el servicio acreditar, mediante comprobantes y planillas, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Se requerirá, también, la presentación mensual de un certificado especial de la Dirección del Trabajo, sobre esta materia.

En caso de incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa o persona natural contratada, la Subsecretaría de Agricultura podrá dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa o persona natural referida no podrá participar.


Si quien se adjudique no firmare el contrato por causa imputable a él, en el plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente Licitación Pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo la Subsecretaría, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.

La Justicia Ordinaria resolverá los problemas o divergencias que se pudieren suscitar entre las partes con motivo de la prestación del servicio, para lo cual, las partes fijan domicilio en la comuna de Santiago, de la ciudad del mismo nombre, Chile, sin perjuicio de las facultades de la Subsecretaría de Agricultura y las atribuciones de la Contraloría General de la República.

16.1.     Inicio del contrato

El inicio del contrato estará sujeto a la total tramitación del acto que lo apruebe, y se extenderá hasta la fecha máxima que es el 31 de diciembre de 2023, fecha en que deben estar todas las actividades realizadas y, por lo tanto, el proponente debe ajustar los tiempos a dicho periodo.

16.2.     Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Quien se adjudique la presente licitación pública debe entregar, al momento de la firma del contrato, una garantía, a fin de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238.

Dicha garantía podrá ser cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, por ejemplo, una boleta bancaria, vale vista, póliza de garantía o certificado de fianza, siempre que cumpla con las disposiciones establecidas en el artículo 68 del Reglamento de la Ley 19.886.

La garantía debe ser emitida por un monto equivalente al 10% del monto del contrato, expresado en pesos chilenos, y extendida como irrevocable y pagadera a la vista, a nombre de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, RUT: 61.301.000-9, con fecha de vencimiento igual a la fecha de término del contrato más 60 días hábiles.

 

La garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato debe tener la siguiente glosa: "Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato denominado servicio de asistencia técnica para generar e implementar por parte de Achipia un modelo sustentado en la aplicación del enfoque preventivo basado en riesgo, orientado en calidad de agua de riego y otros usos, para mejorar la inocuidad de los alimentos de las familias de la agricultura familiar campesina (AFC)”.

 

En caso de tratarse de un vale vista u otro instrumento que no permita escribir la glosa, quien oferte debe acompañar un acta que dé cuenta que el vale vista o instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato, ha sido emitido para el proceso de licitación pública de que se trata, debiendo indicar el ID de la Licitación y la descripción de este, así como la individualización detallada del instrumento bancario.

La garantía podrá ser cobrada a favor de la Subsecretaría de Agricultura cuando quien preste el servicio incurra en alguno de los siguientes incumplimientos de contrato:

 I.    Si el monto de las multas cobradas a quien preste el servicio sobrepasa el 3% del valor del contrato.

  1. Si en el desarrollo del contrato, el adjudicado acumula más de tres multas.
  2. Si por tercera vez un mismo informe es observado.

Si quien presta el servicio incurre en incumplimiento grave del contrato, según lo definido en el 16.7 de las presentes bases de licitación o cuando no ejecute los servicios comprometidos, sin causa o argumento alguno o a sus respectivas bases administrativas, técnicas o anexos.


La garantía de fiel cumplimiento será devuelta a quien preste el servicio una vez cumplida su vigencia.

16.3.     Informes y su aprobación

16.3.1.    Procedimiento de Aprobación de Informes:

Cada vez que se apruebe un informe, éste debe hacerse por escrito.

Una vez efectuada su revisión por la Contraparte Técnica, se pueden producir las siguientes situaciones:

a)   El Informe es Aprobado: En este caso la contraparte técnica debe enviar por escrito, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción del mismo, la aprobación correspondiente, generándose el pago respectivo.

b)   El Informe presenta observaciones al ser incorporadas en el informe siguiente. La contraparte técnica debe enviar por escrito la aprobación correspondiente, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción del mismo, indicando que las observaciones deben ser resueltas con la entrega del próximo producto, aprobándose por parte de la contraparte técnica del contrato el pago respectivo.

 

c)   El producto es observado o rechazado. La contraparte debe enviar esta observación dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción del informe. En este caso el proveedor tiene 7 días hábiles para corregir los puntos observados.

Se entenderá por observación cualquier comentario de la contraparte técnica del contrato, respecto de no cumplimiento de objetivos, tareas o actividades especificadas en el presente contrato que, a su juicio, impida aprobar el producto y que, por tanto, implique la calificación de “Insuficiente”.

Si ocurre lo indicado anteriormente, se podrán producir las siguientes situaciones:

  1. Quien preste el servicio entrega las correcciones dentro de los plazos estipulados y son aprobadas por la Contraparte Técnica, por lo cual éste debe enviar por escrito la aprobación y la fecha de recepción prevista para el siguiente.

  1. Quien preste el servicio entrega las correcciones dentro de los plazos estipulados, pero la Contraparte Técnica estima que aún no se ajusta a lo solicitado. En este caso, se remitirán las nuevas observaciones a quien preste el servicio para su re-corrección por medio de una comunicación escrita, disponiendo de 7 días hábiles para corregir los puntos observados.

Este proceso podrá repetirse hasta un máximo de dos (2) veces. La tercera vez que un mismo informe sea observado por la contraparte técnica, se aplicarán las multas indicadas en las presentes bases y se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

En caso de que por cuarta vez suceda lo mismo, la Subsecretaría considerará este hecho como incumplimiento del contrato y podrá dar curso al término anticipado del mismo.

Tanto en la recepción de los productos o informes como en la recepción de las correcciones a los mismos, si las hubiere, pueden producirse atrasos. Por cada uno de estos días de atraso se cobrarán las multas establecidas en las presentes bases.

Para efectos del cómputo de los plazos a que se refiere la presente cláusula, las notificaciones se entenderán practicadas desde el día de recepción de éstas, sean realizadas electrónicamente o por carta certificada.


Todos los plazos indicados deben entenderse como los máximos.

16.4.     Supervisión del contrato

La Subsecretaría de Agricultura ejercerá la supervisión integral del contrato, en sus aspectos técnicos y administrativos, y designará una contraparte técnica para que la represente, la que estará integrada por un/a funcionario/a de la misma Subsecretaría, quien podrá apoyarse técnicamente en otros profesionales del Servicio o de otros Servicios del Agro, si así fuera necesario.

Entre las funciones que tendrá la contraparte técnica, se mencionan y detallan las siguientes:

a)     Supervisar y controlar el desarrollo de la asesoría, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos señalados en las bases técnicas y de los plazos acordados para la entrega de todos los informes programados.

b)     Autorizar adecuaciones relativas al plan de trabajo, al reemplazo de miembros del equipo de quien prese el servicio, y en general atender y resolver situaciones emergentes no consideradas, que no impliquen una modificación mayor al contrato.

c)      Analizar y aprobar todos los informes, planteando al equipo de quien preste el servicio las observaciones y/o comentarios que se estimen convenientes.

d)     Informar al Departamento de Compras y Contrataciones, mediante memorándum, sobre la procedencia de la aplicación de las multas y/o sanciones que se estipulen en el contrato, según corresponda, explicitando claramente el motivo del incumplimiento y el cálculo de la penalidad.

La referida contraparte tendrá acceso, en todo momento, a las tareas ejecutadas por quien preste el servicio, quien debe facilitar el cumplimiento de dicha prerrogativa.

La misma Contraparte convocará a las reuniones que estime necesario sostener con quien preste el servicio o con determinados profesionales del equipo técnico de este último. Quien preste el servicio debe facilitar la oportuna asistencia y realización de dichas reuniones. Sin perjuicio de lo anterior, las reuniones mencionadas podrán realizarse, también, a requerimiento de este último.

El reemplazo de algún integrante del equipo técnico profesional de quien preste el servicio debe ser informado a la contraparte técnica del servicio, quien lo aceptará siempre y cuando el reemplazante sea un técnico o profesional de nivel y experiencia igual o superior al reemplazado.

En el evento que un integrante del equipo técnico profesional de quien preste el servicio se viere afectado por alguna causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición, establecida en disposiciones legales o reglamentarias que lo imposibiliten para continuar participando en la preparación y elaboración del servicio, quien se adjudique debe proceder a su reemplazo, cualquiera que sea la etapa de desarrollo del servicio en que esta situación se suscitare. En tal caso, regirá la misma condición establecida en el párrafo precedente.

16.5.     Forma de Pago y Facturación:

16.5.1.         Pago:

El calendario de entrega de informes, productos y porcentaje de pago se realizará de acuerdo con lo siguiente:


Calendario de Informes

N° Informe

Contenido del Informe

Plazo de Entrega

% de Pago

Informe N° 1

El informe debe contener la identificación y descripción del “sistema de agua de riego y otros usos” en cada uno de los productores participantes.

15 días a partir de la fecha de aprobación del contrato

30%

Informe N° 2

El informe debe contener la caracterización de los sistemas de agua de riego y otros usos, en distintos rubros y productores de la AFC, basado en factores de riesgos, medidas de mitigación y análisis de laboratorio, y determinar las brechas existentes respecto del sistema de agua de riego y otros usos en los distintos rubros y productores de la AFC[1].

60 días a partir de la fecha de aprobación del contrato

30%

Informe N° 3

El informe debe contener el Plan de Gestión de la calidad del agua vinculado al sistema de agua de riego y otros usos (aseguramiento de su inocuidad) y el Plan de Cierre de Brechas para el mejoramiento de la calidad de agua vinculado al sistema de agua de riego y otros usos, en los rubros y productores del estudio.

90 días a partir de la fecha de aprobación del contrato

30%

Informe N° 4 (Informe Final)

El informe debe contener todos los productos anteriores y la metodología para el seguimiento y evaluación de la gestión de la calidad de agua basado en el Plan de Cierre de Brechas que permitan el manejo de riesgos y el cumplimiento normativo con los apoyos e instrumentos de fomento de INDAP correspondientes y de otras instituciones vinculadas a la calidad de agua de riego y otros usos.

105 días a partir de la fecha de aprobación del contrato o hasta el 31 de diciembre de 2023.

10%

Cabe señalar que los plazos para la entrega de los productos podrán reprogramarse una vez formalizado el contrato, en términos de ajustes, de acuerdo con el plazo final estimado para los servicios y propuesta otorgada por el proponente, sin alterar el plazo final.

La estructura de los informes debe ceñirse a lo siguiente:

-           Resumen ejecutivo (máximo 4 páginas)

-           Índice general

-           Índice de tablas y figuras

-           Índice de anexos (opcional)

-           Introducción / Antecedentes

-           Objetivos generales y objetivos específicos

-           Metodología

-           Resultados

-           Conclusiones

-           Referencias

-           Anexos (opcional)


16.5.2.         Facturación:

Una vez recibido conforme los servicios por parte de la contraparte técnica, quien preste el servicio debe emitir la factura, señalando lo siguiente:

Razón Social              : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura

RUT                            : 61.301.000-9

Dirección                    : Teatinos N° 40, Santiago.

Giro                             : Servicio Público

Glosa                          : Detalle del servicio y cuota correspondiente.

La factura será pagada en un plazo no superior a los 30 días corridos, contados desde su recepción conforme.

El archivo XML de la factura debe ser ingresado electrónicamente a la siguiente casilla: subagriculturarecepcion@custodium.com, indicando en el campo folio el ID de la orden de compra y en la opción de pago “crédito”, con copia del PDF a correo electrónico: facturasagricultura@minagri.gob.cl, donde podrá acompañar otros antecedentes, si así corresponde.

Quien preste el servicio debe acompañar además de la factura el certificado de cumplimento del pago de las leyes sociales de sus trabajadores. Formulario F-30-1 o certificado de PreviRed, en cualquiera de los casos debe corresponder al pago del mes de servicio anterior al que se está pagando. Dicho certificado garantizará el cumplimiento de las normas legales establecidas en el contrato, en el marco de las disposiciones del código del trabajo, para dichos efectos.

La Subsecretaría de Agricultura, en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la ley N° 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada.

Es responsabilidad de quien preste el servicio incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con la Subsecretaría para materializar el pago (guías de despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.).

Por lo anterior y a fin de mitigar errores o descoordinaciones al momento del pago, será obligación que quienes oferten informen, mediante correo electrónico o directamente consignándolo en su factura o documento tributario, los siguientes datos: razón social, RUT, banco, N° cuenta corriente y correo electrónico para la notificación.

Quien se adjudique debe mantener su habilidad para contratar con el Estado durante toda la vigencia del contrato, como también actualizar sus datos en la plataforma electrónica: Domicilio, Representantes legales y datos de contacto.

16.5.3.         Factoring

En caso de que quien preste el servicio ceda a un factoring la(s) factura(s) asociada(s) a esta contratación, deberá asegurarse de confirmar que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida dirección de este Servicio, individualizada en el segundo párrafo del presente numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato suscrito por quien preste el servicio.

Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 del Reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

Tratándose de cesión electrónica se debe notificar a la contraparte administrativa sobre la decisión de cesión.


16.6.     Multas

16.6.1.         Tipos de Incumplimientos:

La Subsecretaría estará facultada para aplicar multas cada vez que quien preste el servicio no proporcione lo requerido y convenido dentro de los plazos fijados en su oferta o bajo las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación. Dichas multas serán aplicadas en forma administrativa, descontándolas del pago que se adeude a quien preste el servicio o de acuerdo a lo que establezca el acto administrativo que aplique la multa, pudiendo incluso descontarse del monto de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

A continuación, se detallan los criterios conforme a los cuales se determinarán y aplicarán las multas por incumplimientos en la contratación:

Incumplimiento

Multa

1

No respetar los plazos de entrega de cualquiera de los informes y/o productos comprometidos.

UF 2 por día hábil de atraso, con un tope de 15 días hábiles.

2

Entrega de informes con observaciones por más de dos veces, es decir, la tercera entrega con observaciones quedará afecta a multa.

UF 3 por evento, con un tope de 2 eventos.

3

Cambio, sin aviso, de cualquier integrante del equipo de trabajo técnico adjudicado.

UF 3 por evento, con un tope de 2 eventos.

16.6.2.         Procedimiento del cobro de multas:

Una vez producido el incumplimiento la Subsecretaría lo notificará por escrito, mediante el acto administrativo correspondiente a quien preste el servicio, otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación, para que quien preste al servicio formule sus descargos en el plazo mencionado.

Las notificaciones serán por carta certificada y se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción.

Sin perjuicio de lo anterior, también podrá notificarse a través de los otros medios establecidos en la ley N°19.880 y sus modificaciones.

Las multas y el comportamiento general de quien preste el servicio serán informados en el Sistema de Información de Compras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 96 bis del reglamento de la ley N° 19.886.

16.7.     Término anticipado del servicio contratado

La Subsecretaría podrá poner término anticipado al contrato o modificarlo, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 de la Ley N° 19.886, en el artículo 77 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 250, de 2004 del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y las multas, en aquellos casos en que ello procediere, de acuerdo con las siguientes causales:


-Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

-Cuando quien preste el servicio incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio, además, de cobrar la garantía y hacer efectivas las multas que procedieren.

Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, lo siguiente:

a)    La negativa, sin causa justificada, de entregar el servicio comprometido.

b)    Aplicación de más de tres (3) multas durante la vigencia del contrato de acuerdo a lo establecido en el numeral 16.3.1, literal ii), de las presentes bases de licitación.

Si quien presta el servicio registra incumplimiento del pago de remuneraciones y/u obligaciones sociales (laborales) de sus trabajadores y no demuestra el cumplimiento de los estados de pago, en los términos que establezca el contrato.

Estado de notoria insolvencia de quien presta el servicio, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

Si quien presta el servicio perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.

No dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la calidad técnica del subcontratado. La Subsecretaría en cuanto tome conocimiento de que ha ocurrido esta situación notificará el término anticipado del contrato, además de proceder al cobro de las multas que corresponda.

En este caso, la Subsecretaría debe comunicar el término anticipado por escrito, fijándose un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de su recepción por parte de quien preste el servicio, para liquidar los saldos que se devenguen en favor del Fisco o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual se acreditará mediante la presentación de las boletas o facturas correspondientes.

16.8.     Subcontratación

La persona o empresa adjudicada podrá subcontratar con terceros sólo la prestación de los servicios de análisis de laboratorio siempre que ello sea informado por escrito a la Subsecretaría, con la debida antelación, esto es, con a lo menos 5 días hábiles anteriores a la fecha de subcontratación.

La Subsecretaría se pronunciará por escrito, en orden a la aceptación o rechazo de la propuesta de subcontratación efectuada. Dicho porcentaje no incluye los profesionales que contrate a honorarios.

La persona del subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92, de conformidad con lo que se dispone en el numeral 2, del inciso segundo, del artículo 76, ambos del Reglamento de la Ley N°19.886 sobre Contratación Pública.


  1. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO

Ni quien preste el servicio ni la Subsecretaría serán responsables en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil.

Quien oferte que se vea afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito notificará, por escrito a la Subsecretaría, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.

La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a la Subsecretaría de Agricultura mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione el proveedor y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.

En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación también será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, hasta cumplir con los términos y condiciones de las presentes bases, debiendo extender las garantías si así procede.



[1] Este informe deberá contener la "caracterización de los sistemas de aguas de riego y otros usos en distintos productores y rubros de la AFC", indicados en el punto 1.7 de las Especificaciones Técnicas de esta licitación.

Bases Técnicas

II.- BASES TÉCNICAS:                              

"SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA GENERAR E IMPLEMENTAR POR PARTE DE ACHIPIA UN MODELO SUSTENTADO EN LA APLICACIÓN DEL ENFOQUE PREVENTIVO BASADO EN RIESGO, ORIENTADO EN CALIDAD DE AGUA DE RIEGO Y OTROS USOS, PARA MEJORAR LA INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS DE LAS FAMILIAS DE LA AGRICULTURA FAMILIAR CAMPESINA (AFC)”.

  1. Antecedentes Generales

El sector alimentario chileno vive una creciente complejidad, dejando atrás como foco de preocupación principal la sola producción o la gestión empresarial en el marco de las cadenas agro-comerciales y sus derivados, para pasar a preocuparse por la salud de los consumidores, mediante el impacto de los alimentos y sus procesos, el medio ambiente y las comunidades en los territorios donde desarrollan su labor, en el contexto de lograr la soberanía y seguridad alimentaria. Estas variables orientarán la sofisticación, diversificación y agregación de valor del sector alimentario nacional, mediante la aplicación de un enfoque sistémico.

Desde el punto de vista institucional, en el tema de la inocuidad y la calidad alimentaria, la aproximación sistémica ha sido evidente al constituir y fortalecer un Sistema Nacional de Inocuidad y Calidad  Alimentaria (SNICA), crear la Comisión Asesora denominada Agencia Chilena para la Inocuidad y Calidad Alimentaria (ACHIPIA), dependiente de la Subsecretaría de Agricultura, que coordina y mejora el desempeño del sistema;  con una hoja de ruta como la Política Nacional de Inocuidad y Calidad Alimentaria; y un marco metodológico basado en los elementos del análisis de riesgos en inocuidad alimentaria.

Este marco metodológico, la Agencia lo ha venido promoviendo también con la Agricultura Familiar Campesina (AFC) en colaboración con el Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP), a través de la iniciativa habilitante “Diseño e Implementación de un Plan Nacional de Cierre de Brechas de Contaminantes Químicos en Productos Primarios”. Esta metodología que aplica el enfoque preventivo basado en riesgo a las cadenas productivas permite habilitar a los productores, a través de la gestión de la inocuidad alimentaria, en el cumplimiento de los requerimientos normativos del mercado actual o potencial, nacional o internacional; o avanzar en certificaciones privadas (como el global GAP u otras).

Siguiendo lo expuesto anteriormente, la Agencia Chilena para la Inocuidad y Calidad Alimentaria (ACHIPIA) y el Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) se han propuesto desarrollar e implementar un modelo sustentado en la aplicación del enfoque preventivo basado en riesgo, el cual tiene como objetivo apoyar a pequeños agricultores en la gestión de los riesgos asociados a la producción agropecuaria de alimentos, centrándose especialmente en la calidad del agua de riego y otros usos. El propósito es mejorar la inocuidad de los alimentos proporcionados por la AFC, fomentar su participación en los mercados y contribuir a la soberanía y seguridad alimentaria en sus respectivas áreas y comunidades.

  1. Objetivo general del servicio

Proveer los servicios necesarios para generar e implementar por parte de Achipia un modelo sustentado en la aplicación del enfoque preventivo basado en riesgo, que permita habilitar a pequeños agricultores, a través de la gestión de sus riesgos en la producción agropecuaria de alimentos, en particular en los temas de calidad de agua de riego y otros usos en distintos rubros, para mejorar la inocuidad de los alimentos de las familias de la AFC, su inserción en los mercados y aportar a la soberanía y la seguridad alimentaria en sus territorios y comunidades.


  1. Especificaciones técnicas:

Definiciones de interés:

-      Factores de Riesgo (FR) de ETAs (asociadas al proceso productivo): Circunstancias que pueden causar ETAs si no se controlan apropiadamente.

Por ejemplo:

     Uso de agua de riego contaminada por malas prácticas en la implementación y/o mantención de un pozo profundo.

-      Medidas de Control (MC): Medidas o actividades que pueden realizarse para prevenir o eliminar un Factor de Riesgo de ETAs (asociado a su sistema productivo), o para reducirlo a un nivel aceptable.

Por ejemplo (FR: Uso de agua de riego contaminada por malas prácticas en la implementación y/o mantención de un pozo profundo):

     Cabezal del pozo tapado y elevado, evitando escurrimientos hacia el pozo en caso de inundación.

     Uso de dispositivos para prevenir el reflujo.

     Monitoreo del sistema de distribución de agua comprobando que este en óptimas condiciones.

     Trabajadores capacitados sobre el manejo de pozo profundo.

 

-      Sistema de agua de riego y otros usos, también llamado “sistemas de distribución del recurso hídrico”: Infraestructura y prácticas relacionadas con la gestión y utilización del agua en actividades agrícolas vinculadas con la inocuidad alimentaria. Incluye el suministro de agua para riego, la aplicación de agroquímicos, el lavado e hidratado de hortalizas, la protección contra heladas, el lavado de manos, uso de aguas grises, entre otros.

Enfermedades Transmitidas por Alimentos (ETAs): Enfermedad comúnmente transmitida a través de alimentos ingeridos. Las ETAs comprenden un amplio grupo de enfermedades y pueden ser causadas por patógenos microbianos, parásitos, contaminantes químicos y biotoxinas.

Se trabajará en el desarrollo de tres pilotos en los rubros acordados por ACHIPIA e INDAP, que incluyen la producción de frutillas, tomates y lechugas. Estos pilotos se llevarán a cabo en las siguientes regiones: Región de Valparaíso con 20 productores, Región de O'Higgins con 20 productores y Región Metropolitana con 20 productores, aproximadamente.

Adicional a lo anterior, se incluirá una evaluación de la calidad de agua de productores que utilicen aguas grises para riego. El rubro puede pertenecer a los mismos productos hortofrutícolas u otros. La cantidad mínima de productores que participarán de esta evaluación es de 2, a definir por el demandante.

  1. Caracterizar los sistemas de agua de riego y otros usos, en distintos rubros y productores de la AFC, basado en factores de riesgos, medidas de mitigación y análisis de laboratorio, y determinar brechas existentes respecto del sistema de agua de riego y otros usos en los distintos rubros y productores de la AFC. Para lo anterior se requiere:

1.1.        Realizar un levantamiento de información con el fin de identificar y describir el “sistema de agua de riego y otros usos” en cada uno de los productores participantes. El objetivo principal es obtener una visión detallada y precisa de todo el proceso del sistema de distribución del recurso hídrico, desde su captación inicial hasta su utilización final en distintos usos.

Además, se debe integrar toda la información recopilada en un diagrama de flujo que abarque todas las posibilidades identificadas en el grupo de estudio, que permita identificar todos los FR de ETAs y MC asociados al sistema de distribución del recurso hídrico. Se requerirá la realización de al menos una visita a terreno a cada uno de los productores, entrevistas telefónicas y búsqueda bibliográfica, entre otras metodologías de recolección de datos.

1.2.        Realizar un levantamiento de información con el objeto de identificar y describir todos los FR de ETAs vinculados a las diferentes etapas y posibilidades representadas en el diagrama de flujo consensuado en el punto 1.1 y las MC correspondientes a los FR de ETAs identificados. El propósito es obtener un panorama completo y preciso de los FR de ETAs asociados al sistema de distribución del recurso hídrico para riego y otros usos, así como definir las MC necesarias para mitigarlos de manera efectiva. Para llevar a cabo este proceso, se deberán considerar diversas actividades, tales como visitas a terreno, entrevistas telefónicas, búsqueda bibliográfica, entre otros métodos de recopilación de datos pertinentes. Además, podría ser necesario llevar a cabo una consulta con expertos.

1.3.        Elaborar una herramienta de levantamiento de información para determinar si cada productor aplica o no las MC identificadas para los FR de ETAs correspondientes. La estructura de la herramienta deberá incluir variables que permitan evaluar si se cumple con la MC, se cumple parcialmente/en proceso con la MC, no se cumple con la MC, o no aplica (N/A). Asimismo, se debe considerar un ítem de observaciones para registrar cualquier información adicional relevante. La herramienta garantizará una recopilación estructurada y detallada de los datos necesarios para evaluar las MC correspondientes a los FR, en cada etapa del proceso. Esta etapa requiere la validación del demandante y podría contemplar llevar a cabo una consulta con expertos.

1.4.        Aplicar la herramienta de levantamiento de información diseñada. Para ello, se realizará al menos una visita a terreno a cada uno de los productores participantes, con el objetivo de aplicar la encuesta correspondiente y corroborar en el lugar sus respuestas, siempre que sea factible.

1.5.        Contratar servicio de laboratorio:

Indicaciones generales:

                      i.        Análisis microbiológico y químico vinculado a los sistemas de distribución del recurso hídrico en la producción de productos hortofrutícolas.

El oferente deberá gestionar tanto el muestreo en terreno como el análisis de laboratorio a todos los productores que forman parte del estudio.

                     ii.        El o los laboratorios que se utilicen deberán contar con acreditación Norma ISO 17025 para cada uno de los ensayos analíticos propuestos.

                    iii.        Las muestras serán obtenidas en puntos de la Región Metropolitana, Región de Valparaíso y Región de O'Higgins.

                   iv.        Deberá incluir un detalle del diseño muestral, número de muestras, tamaño de la muestra, procedimiento de toma de muestra, metodología y norma del análisis.

                     v.        Con base en la información levantada en las etapas anteriores, el demandante puede solicitar análisis de superficies vinculadas a los sistemas de distribución del recurso hídrico que forman parte del estudio.


                   vi.        Los resultados de las muestras serán entregados dentro del plazo establecido por el demandante. El oferente deberá proporcionar un archivo que contenga una planilla de cálculo (MS Excel) con una base de datos consolidada que englobe el conjunto de los resultados. Además, se requerirá un informe que señale el nivel de cumplimiento de todos los análisis realizados por punto de muestreo en cada productor, así como un análisis por productor y territorio (región).

1.5.1.    Análisis microbiológico del sistema de agua de riego y otros usos:

-       Siempre que aplique, el diseño debe contemplar al menos los siguientes puntos de muestreo:

i) fuente de agua de riego y otros usos (pozos, ríos, aguas grises, etc.),

ii) acumuladores de agua de riego y otros usos (tanques de almacenamiento, estanques, etc.).

iii) salida del agua del sistema de riego y otros usos (justo antes de que entre en contacto con los productos hortofrutícolas).

iv) fuente de agua utilizada en la aplicación de agroquímicos.

El oferente puede proponer otros puntos de muestreo de agua y/o superficies vinculadas al sistema de distribución del recurso hídrico basados en los Factores de Riesgo (FR) de ETAs identificados en el diagrama de flujo y las Medidas de Control (MC) correspondientes. El mandante se reserva el derecho de ampliar los puntos de toma de muestra.

-       Respecto a los parámetros microbiológicos del agua, se solicita verificar como mínimo el cumplimiento del requisito bacteriológico (coliformes fecales) de la norma Nch. 1.333 del apartado “Requisitos del agua para riego” y Escherichia coli genérica.

-       Se requiere tomar como mínimo, una muestra por cada punto indicado en el diseño de muestreo, por cada productor participante. Dependiendo de la extensión del sistema productivo u otras variables vinculadas, el demandante puede solicitar un mayor número de muestras para mejor representatividad.

-       La cantidad mínima de muestras a ofertar es 240, siempre que el diseño contemple todos los puntos mínimos de muestreo para los indicadores solicitados.

1.5.2.    Análisis químico del sistema de agua de riego y otros usos:

- Se solicita verificar los siguientes requisitos químicos de la norma Nch. 1333 del apartado “Requisitos del agua para riego”: concentraciones máximas de elementos químicos en agua para riego, y Residuos de pesticidas (a través de un análisis multi-residuos).

- Se requiere tomar como mínimo una muestra por productor para cada análisis químico. Siempre que aplique, el diseño debe contemplar al menos la toma de muestra desde la fuente de agua.

- La cantidad mínima de muestras a ofertar es de 60 para elementos químicos, y 60 para residuos de pesticidas.

- El oferente puede proponer otros puntos de muestreo de agua y/o superficies vinculadas a los sistemas de recurso hídrico basados en los Factores de Riesgo (FR) de ETAs identificados en el diagrama de flujo y las Medidas de Control (MC) correspondientes. El mandante se reserva el derecho de ampliar los puntos de toma de muestra.

1.5.3.    Análisis microbiológicos, especies hortofrutícolas: frutillas, tomates y lechugas.

- Respecto a los análisis de productos hortofrutícolas, se solicita verificar el cumplimiento de los criterios establecidos por el RSA (Reglamento Sanitario de los Alimentos) para frutas y verduras frescas, que incluyen la detección de E. coli y Salmonella en una cantidad de 25 g de muestra.

- El número mínimo de muestras a ofertar es 60 (una muestra por productor)


1.5.4. Análisis microbiológicos y químicos vinculados a la evaluación de productores que utilicen aguas grises:

- El diseño de muestreo debe contemplar el análisis microbiológico y químico de las aguas grises, contemplando los siguientes parámetros: coliformes totales; Escherichia coli; elementos químicos. Como la cantidad mínima de productores es de 2, la cantidad mínima de muestras a ofertar es 4 muestras para análisis microbiológico, y 4 muestras para análisis de elementos químicos.

- Siempre que aplique, los puntos de muestreo mínimo deberán ser el acumulador de aguas grises, y a la salida del agua gris desde su sistema de riego.

1.6.        Sistematizar y enviar la información recopilada a través de la herramienta de levantamiento de información y análisis de laboratorio de acuerdo con las especificaciones solicitadas por el demandante.

Previo al envío de la información, el oferente debe revisar y asegurar la coherencia de las respuestas entregadas por los productores a través de la herramienta de levantamiento de información, de no ser así, el demandante podría solicitar una segunda visita a terreno.

1.7.        Elaborar un informe de "caracterización de los sistemas de aguas de riego y otros usos en distintos productores y rubros de la AFC", que integre un análisis descriptivo de los datos recopilados mediante la herramienta de levantamiento de información y un análisis descriptivo los resultados obtenidos en el laboratorio. El informe deberá incluir como mínimo una sección que permita el cruce de información entre ambas fuentes de datos, la interpretación de los hallazgos, la identificación de posibles brechas, la formulación de conclusiones y la presentación de recomendaciones. Se sugiere incorporar un apartado de limitaciones.

  1. Desarrollar un Plan de Gestión de la Calidad del Agua vinculado al sistema de agua de riego y otros usos (aseguramiento de su inocuidad), en los rubros y productores del estudio.

2.1.        Elaborar procedimientos escritos detallados, junto con sus registros correspondientes, que establezcan prácticas específicas para los productores, a fin de mitigar el riesgo de contaminación de los alimentos asociado al sistema de agua de riego y otros usos. Estas prácticas se basarán en las Medidas de Control (MC) que un productor debe implementar para mitigar los Factores de Riesgo (FR) de Enfermedades Transmitidas por los Alimentos (ETAs) identificados. Se debe tomar en cuenta el informe detallado en el punto 1.7.

2.2.        Los procedimientos deben considerar los siguientes ítems: Antecedentes, Descripción de la actividad (como lo hago), responsable (quien lo hace), frecuencia (cuando lo hace), monitoreo (donde se registra), verificación, acción correctiva.

  1. Generar un Plan de Cierre de Brechas para el mejoramiento de la calidad de agua vinculado al sistema de agua de riego y otros usos, en los rubros y productores del estudio.

3.1.        Identificar y documentar las acciones vinculadas y/o complementarias a los procedimientos y registros, basadas en el informe mencionado en el punto 1.7, que son necesarias para resguardar y/o mejorar la calidad del agua de riego y otros usos. Estas actividades pueden incluir capacitación, inversión y asesoría técnica.

  1. Desarrollar una metodología para el seguimiento y evaluación de la gestión de la calidad de agua basado en el Plan de Gestión de la Calidad de Agua y el Plan de Cierre de Brechas, que permitan el manejo de riesgos y el cumplimiento normativo con los apoyos e instrumentos de fomento de INDAP correspondientes y de otras instituciones vinculadas a la calidad de agua de riego y otros usos.

  1. PLAZO

El plazo máximo para la ejecución del contrato es el 31 de diciembre del año en curso y la estructura propuesta para la entrega de los informes es la siguiente:

N° Informe

Contenido del Informe

Plazo de Entrega

Informe N° 1

El informe debe contener la identificación y descripción del “sistema de agua de riego y otros usos” en cada uno de los productores participantes.

15 días a partir de la fecha de aprobación del contrato

Informe N° 2

El informe debe contener la caracterización de los sistemas de agua de riego y otros usos, en distintos rubros y productores de la AFC, basado en factores de riesgos, medidas de mitigación y análisis de laboratorio, y determinar las brechas existentes respecto del sistema de agua de riego y otros usos en los distintos rubros y productores de la AFC[1].

60 días a partir de la fecha de aprobación del contrato

Informe N° 3

El informe debe contener el Plan de Gestión de la calidad del agua vinculado al sistema de agua de riego y otros usos (aseguramiento de su inocuidad) y el Plan de Cierre de Brechas para el mejoramiento de la calidad de agua vinculado al sistema de agua de riego y otros usos, en los rubros y productores del estudio.

90 días a partir de la fecha de aprobación del contrato

Informe N° 4 (Informe Final)

El informe debe contener todos los productos anteriores y la metodología para el seguimiento y evaluación de la gestión de la calidad de agua basado en el Plan de Cierre de Brechas que permitan el manejo de riesgos y el cumplimiento normativo con los apoyos e instrumentos de fomento de INDAP correspondientes y de otras instituciones vinculadas a la calidad de agua de riego y otros usos.

105 días a partir de la fecha de aprobación del contrato o hasta el 31 de diciembre de 2023.

  1. PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE

El presupuesto máximo disponible para la contratación asciende a la suma de $92.000.000 (noventa y dos millones de pesos), valor con todos los impuestos incluidos, sin reajustes, para la totalidad de los servicios.



[1] Este informe deberá contener la "caracterización de los sistemas de aguas de riego y otros usos en distintos productores y rubros de la AFC", indicados en el punto 1.7 de las Especificaciones Técnicas de esta licitación.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.