Artículo 45. En el caso de empates en el puntaje final, la oferta adjudicada será determinada de acuerdo a los siguientes criterios, en orden de prelación:
a) Se adjudicará la oferta que haya obtenido mayor puntaje en la Evaluación Técnica.
b) En caso de persistir el empate se adjudicará la oferta que haya obtenido mayor puntaje en la Evaluación Económica.
c) En caso de persistir el empate se adjudicará la oferta que haya obtenido mayor puntaje en la Evaluación del criterio “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.
d) Si a pesar de lo anterior, continúa el empate, se adjudicará la oferta que haya obtenido mayor puntaje en el factor “Calidad Técnica de los Bienes”, y de mantenerse, la oferta que haya obtenido mayor puntaje en el factor “Servicios Generales”.