Adicionalmente, dado que los servicios licitados contemplan trabajadores bajo régimen de subcontratación, deberá darse cumplimiento a las normas respectivas que regulan la materia, lo que se estipulará en el contrato, para lo cual la adjudicataria deberá emitir y presentar cada mes, desde el inicio de la operación y hasta el total término de la misma, los respectivos Certificados de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (solicitado por Formulario 30-1) y la nómina de los trabajadores, relativos específicamente a los trabajadores que prestan los servicios objeto de la presente licitación, donde conste el cumplimiento de dichas obligaciones. Sean de la empresa contratada o subcontratada por ella, en caso de proceder.
Estos certificados deberán ser presentados mensualmente, considerando los servicios del mes inmediatamente anterior y serán requisito fundamental para el pago de los respectivos hitos de pago asociados a los servicios, debiendo existir, por tanto, certificados para cada uno de los meses de contrato, desde el inicio de los respectivos servicios.