CLAUSULA DE ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN |
El INACH adjudicará la presente licitación a un SOLO OFERENTE hasta el día indicado en el punto 4 precedente: “Cronograma de la Licitación”, quien se entenderá como el oferente adjudicado, y será el que obtenga el mayor puntaje final en la evaluación.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, el INACH publicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
La adjudicación se realizará mediante resolución fundada, debidamente notificada al oferente adjudicado y al resto de los oferentes, a través del portal www.mercadopublico.cl. En dicho acto se especificarán los criterios de evaluación que hayan permitido al oferente adjudicado obtener la calificación de oferta más conveniente.
Asimismo, el INACH podrá dejar sin efecto la adjudicación y se procederá a readjudicar dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si la respectiva oferta es conveniente para los intereses del INACH, y así sucesivamente, o declarará desierta la licitación, según corresponda, de acuerdo a los intereses del Servicio, en los siguientes casos:
a) Si el oferente adjudicado no se encuentra inscrito y no se inscribe en el Registro de Proveedores de Mercado Público dentro del plazo máximo de 5 días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la publicación de la respectiva resolución de adjudicación.
b) Si el oferente adjudicado se desiste de su oferta o es inhábil para contratar con el Estado, en los términos del artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o de los artículos 8° y 10° de la Ley Nº 20.393, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
c) Si se constata que el oferente adjudicado presentó documentación falsa o adulterada.
d) Si transcurridos los plazos, el oferente adjudicado no hiciere entrega de la documentación necesaria para la contratación o no subsanare los reparos realizados a estos.
e) En el caso de la unión temporal de proveedores, cuando a alguno de sus integrantes le afecta alguna inhabilidad y ésta decide no continuar con los restantes integrantes no inhábiles de la misma, sino que desistirse de su participación.
El INACH declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con alguno de los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del Servicio.
En todo caso, las declaraciones del INACH se efectuarán mediante resolución fundada.
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Resolución de Empates |
En caso de empate en el puntaje entre dos o más propuestas, el INACH optará por aquella propuesta que obtenga el mejor puntaje, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
- Criterio de evaluación Oferta Económica “Precio”.
- Criterio de evaluación Oferta Técnica “Experiencia del Oferente”.
- Criterio de evaluación Oferta Técnica “Listado de conductoras de la empresa”.
- Criterio de evaluación Oferta Técnica “Cantidad de Vehículos de la empresa”.
- Criterio de evaluación Oferta Técnica “Antigüedad de la flota”.
- Criterio de evaluación Oferta Técnica “Comportamiento Contractual Base”.
- Criterio de evaluación Oferta Técnica “Certificación Programa de Integridad”.
En caso que, no obstante lo anterior la situación de empate subsista, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
El INACH, a través de la Sección de Adquisiciones, de acuerdo al inciso primero del artículo 40 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones, “podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información”. En todo caso, estos errores u omisiones formales no pueden tratarse de documentos que se requieran para acreditar un criterio de evaluación y no puede traducirse en una modificación de la propuesta ya presentada.
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BASES TÉCNICAS |
1.- SERVICIOS REQUERIDOS.
Se requiere el servicio de Radio Taxi y Van de 15 pasajeros para movimientos, más su equipaje, entre la ciudad de Punta Arenas y Aeropuerto Carlos Ibáñez del Campo y otros destinos de la región de Magallanes y de la Antártica Chilena, de acuerdo a las condiciones expresadas en las Bases Administrativas y a las especificaciones detalladas en las presentes Bases Técnicas.
2.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO REQUERIDO.
2.1.- DESCRIPCIÓN
El Instituto Antártico Chileno, INACH, requiere los siguientes servicios para el transporte de pasajeros más su equipaje:
Servicio de Radio Taxi dentro de la ciudad de Punta Arenas y desde la ciudad de Punta Arenas al aeropuerto Carlos Ibáñez del Campo y/o viceversa, según requerimiento.
Servicio Van de 15 pasajeros y carga personal.
2.2.- CARACTERÍSTICAS
a) El servicio deberá estar disponible las 24 horas del día, los 365 días del año, con el objeto de que sea proporcionado en el momento en que sea requerido vía correo electrónico y/o telefónicamente en los plazos estipulados en las presentes bases.
b) El sistema de control de recorridos efectuados consiste en un talonario de vales o recibos, los que deberán contener, a lo menos, la siguiente información:
• fecha,
• nombre del pasajero
• recorrido (lugar de inicio y destino)
• número del móvil que preste el servicio
• firma de pasajero
• nombre del chofer
• tarifa
• hora inicio y hora término del recorrido.
• Se deberá hacer entrega de una copia adjunto a la factura, debidamente firmada y la otra debe quedar en poder del proveedor.
• Copia del correo electrónico entregado al solicitante, en donde se indique: nombre, lugar de retiro y destino, hora de solicitud y de retiro y código de reserva.
3.- ANULACIÓN DE SOLICITUD DEL SERVICIO
Cuando el INACH cancele/anule un servicio requerido con la debida anticipación (hasta 15 minutos de anticipación), no habiendo llegado el móvil solicitado a la dirección requerida, el contratista no hará extensivo su cobro por este concepto.
En caso contrario, si el móvil ha llegado a la dirección requerida y se cancela/anula el servicio, INACH deberá pagar el cargo correspondiente, para esto el chofer debe entregar el vale correspondiente, indicando que el servicio fue cancelado/anulado estando el móvil en la puerta.
4.- CAPACIDAD DE RESPUESTA
a) Desde el momento de la llamada, correo electrónico o cualquier otra opción de contacto que facilite la operación del servicio urbano, el vehículo se deberá encontrar en el lugar requerido en un máximo de 15 minutos, salvo que sea requerido en el Aeropuerto Carlos Ibáñez del Campo, en cuyo caso no podrá demorar más de 25 minutos.
b) En caso de existir demora se deberá informar a la persona que realiza la solicitud del servicio el tiempo estimado de espera, con el objeto de que este determine si acepta la espera o cancela/anula el servicio.
c) El contratista tendrá la facultad para incluir en su tarifa los pagos de acceso a estacionamiento en el aeropuerto, cuyo documento deberá venir adjunto al comprobante que firma el pasajero.
d) El contratista adjudicado deberá implementar un sistema de registro y confirmación de reserva, en el cual al solicitante se le envíe un correo electrónico o cualquier otra opción de contacto que facilite la operación del servicio en donde se indique: nombre, lugar de retiro y destino, hora de solicitud y de retiro y código de reserva.
5.- TIEMPO DE ESPERA ASISTENCIA EN RUTA
Indistintamente del servicio ofertado, en caso de una emergencia o desperfecto en ruta el contratista deberá disponer de otra móvil inmediatamente informada la falla, tratándose de servicio de radio taxi al aeropuerto este plazo no podrá ser mayor a 15 minutos, con el objeto de evitar retrasos a los usuarios o pérdidas de vuelo, satisfaciendo con esto el servicio requerido.
6.- CONDUCTORA(E)S
a) Los conductores que presten el servicio contratado, deberán contar con licencia de conducir profesional correspondiente, de acuerdo a la legislación vigente.
b) En todo momento cada conductor, debe procurar el resguardo de los pasajeros, por lo que debe mantener estricto cumplimiento a la Ley de Tránsito No. 18.290 y a toda la normativa vigente sobre la materia.
c) Los conductores deberán mantener una conducta respetuosa para con los pasajeros transportados y una presentación personal acorde a la calidad de los servicios requeridos.
7.- VEHÍCULOS
a) Los vehículos deberán tener una antigüedad máxima de 05 años y toda la documentación legal vigente, tal como: revisión técnica, permisos de circulación, etc.
b) Seguros vigentes contra accidentes personales (SOAP).
c) Cinturones de seguridad en cada asiento, en perfecto estado de funcionamiento.
d) No debe presentar daños en sus carrocerías (roturas, abolladuras, vidrios rotos), fallas mecánicas o de funcionamiento (sistema de luces, calefacción, limpia parabrisas, etc).
e) El contratista debe adjuntar obligatoriamente en su oferta el certificado de REGISTRO NACIONAL DE SERVICIOS DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS, y TRANSPORTE DE CARGA válidamente emitido por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones por cada móvil de su dotación.
f) Será de responsabilidad del contratista las mantenciones programadas de todos los móviles a cargo del servicio.
g) En época de invierno, y si las condiciones climáticas así lo requieran, el móvil que concurra a prestar el servicio deberá contar a lo menos en los neumáticos de tracción con espigas de acero o cadenas para nieve y/o hielo, con el objeto de brindar la debida seguridad a los pasajeros.
h) Todos los costos y/o gastos que demanden la ejecución del servicio contratado y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales serán de cargo del contratista.
i) Los móviles deben estar en excelente estado de presentación y aseo.
8.- PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DEL SERVICIO
El servicio de taxi será requerido por correo electrónico, vía telefónica o cualquier otra opción de contacto que facilite la operación del servicio por el funcionario que va a utilizar el taxi o por funcionarios de la Oficina de Partes del INACH, con copia a la Unidad Supervisora del Contrato (Jefa de Oficina de Partes), debiendo indicar la información del servicio requerido y el nombre de quién autoriza el uso del servicio, lo que deberá quedar consignado en el correo electrónico que envíe el contratista con la confirmación de la reserva, los cuales adjuntará a los vales de cobro.
9.- FACTURACIÓN
La facturación será mensual y deberá estar acompañada de los respectivos medios de respaldo (vales firmados por los funcionarios, hoja de detalle de servicios prestados y contacto) que correspondan por los servicios prestados durante el mes que se cobra. El valor de la facturación deberá coincidir con el valor del total de vales y debe corresponder solo a cobros de servicios realizados por INACH. Cuando corresponda y tratándose de viajes al aeropuerto para recoger pasajeros, el cobro podrá incluir el vale de estacionamiento correspondiente si es que fue utilizado este servicio.
La oferta que no cumpla con los requisitos técnicos solicitados en estas bases, será declarada como oferta inadmisible y no se evaluará su propuesta.
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MODIFICACIÓN DE BASES Y PLAZOS. |
Las bases de licitación podrán modificarse a solicitud de la unidad requirente, de la Sección Adquisiciones, del área jurídica de la institución o ante una consulta presentada por un oferente, durante el proceso de la propuesta y hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
La resolución que modifica las bases debe ser publicada en el Portal Mercado Público y en caso necesario, deberá considerarse un nuevo plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
Todos los plazos establecidos en las presentes Bases y los instrumentos que la complementen se entenderán que son de días corridos, y de acuerdo al horario de la región de Magallanes y de la Antártica Chilena, salvo estipulación expresa en contrario.
En caso de que el vencimiento del plazo cayere en sábado, domingo o feriado, se prorrogará para el día siguiente hábil. Si dicho plazo de cierre venciere en un día lunes o en un día siguiente a un inhábil, a las 15:00 horas o antes, éste se prorrogará hasta las 23:59 horas del mismo día.
Cualquier documento ingresado fuera del horario indicado será tramitado con fecha del día hábil siguiente.
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MULTAS |
Cada vez que el contratista no cumpla con los niveles de servicio, definidos en las presentes Bases y comprometidos en su oferta, el INACH podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser debidamente justificados por el contratista ante INACH.
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas Bases, sean constitutivos de multa, el INACH notificará por escrito esta circunstancia al contratista, indicando en forma precisa los hechos que se imputan. El contratista dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito, al correo electrónico inach@inach.cl, con copia a crodriguez@inach.cl, rgomez@inach.cl.
Los correos electrónicos y/o archivos que se reciban serán ingresados durante el horario de funcionamiento regular de la Oficina de Partes, esto es, de lunes a jueves de las 8:00 a 17:00 horas y viernes de 8:00 a 16:00 horas. Cualquier documento ingresado fuera del horario indicado será tramitado con fecha del día hábil siguiente.
Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de 5 días hábiles, sin que el contratista haya formulado descargos, el INACH aplicará la multa, en caso que ello sea procedente.
La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al contratista mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el Registro de Proveedores de Mercado Público se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
El contratista podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación o cualquiera de los demás recursos que contempla la ley N° 19.880, que sean procedentes, por escrito, al correo electrónico inach@inach.cl con copia a crodriguez@inach.cl y potero@inach.cl. El INACH resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien, lo rechazará confirmando la multa aplicada.
Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente.
Para los efectos de la aplicación de las multas, las causales serán las siguientes y por los montos que indican:
SITUACIÓN MULTA
Multa por incumplimiento del servicio ofertado. 1.5 U.F. por situación de incumplimiento con un tope de 5 situaciones anuales.
Posterior a ello INACH podrá resolver la contratación en forma anticipada conforme a lo dispuesto en el numeral 10.7 de estas Bases.
Las multas se cobrarán en pesos chilenos, considerando el valor de la Unidad de Fomento (UF) del día en que se produzca el incumplimiento.
El contratista podrá pagar las multas directamente en la oficina de Tesorería de INACH, debiendo otorgársele recibo para tal efecto. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ellas, será descontado del pago que corresponda.
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ANTECEDENTES ECONÓMICOS |
El oferente deberá completar y subir al portal en la sección “Anexo Económico – Precio”, contenido en el Anexo N° 4, la valorización de los productos ofertados, expresado en montos netos y con IVA incluido, considerando un Presupuesto Referencial de $8.306.155.- (ocho millones trescientos seis mil ciento cincuenta y cinco pesos chilenos), impuestos incluidos. El oferente deberá considerar en su oferta económica todos los gastos, fletes, permisos, derechos, embalajes y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Se debe considerar el valor de los productos entregados en las dependencias del INACH, ubicadas en Avenida Costanera del Estrecho 1398, Muelle Prat, Almacén 2, bodegas INACH en la ciudad de Punta Arenas. Los oferentes deben incluir la TOTALIDAD de los productos que se solicitan. Ofertas que estén condicionadas a un monto mínimo para ser despachadas a dirección de entrega u otras que condicionen su entrega, no serán evaluadas y se considerarán inadmisibles. El oferente deberá ofertar electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, ingresando una oferta económica en valor neto, y adjuntando en el Anexo N° 4, los valores netos y totales solicitados en números enteros y sin decimales expresados en pesos chilenos, debidamente completado y firmado por el representante legal o persona natural según corresponda. El precio ofertado será firme y definitivo. En caso de errores de medición o cálculo aritmético, el INACH se reserva el derecho a considerar el menor valor de los señalados como valor de la oferta presentada. La oferta que no presente íntegramente la referida información, será declarada económicamente inadmisible, siendo excluida del proceso de licitación.
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