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MODIFICACIÓN DE BASES Y PLAZOS |
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El INACH podrá modificar las presentes Bases antes del cierre de recepción de ofertas, mediante acto administrativo totalmente tramitado y publicado en el portal, otorgando un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
Todos los plazos establecidos en las presentes Bases y los instrumentos que la complementen se entenderán que son de días corridos, y en los horarios señalados se considera la hora oficial de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, salvo estipulación expresa en contrario.
En caso de que el vencimiento del plazo cayere en sábado, domingo o feriado, se prorrogará para el día siguiente hábil. Si el plazo de cierre para la recepción de las ofertas venciere en un día inhábil, se prorrogará al día siguiente hábil. Si dicho plazo de cierre venciere en un día lunes o en un día siguiente a un inhábil, a las 15:00 horas o antes, éste se prorrogará hasta las 23:59 horas del mismo día.
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OFERTA ECONÓMICA |
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El oferente deberá completar y subir al portal en la sección “Anexo Económico - Precio” contenido en el Anexo N° 6, valorización de los servicios requeridos, expresado en montos netos y con impuestos incluidos, considerando un presupuesto referencial de $ 40.000.000.- (Cuarenta millones de pesos), IVA incluido, por un periodo de 24 meses.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, materiales, movilización, permisos, vestuario, derechos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él.
Se deberá ofertar electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, ingresando una oferta económica y adjuntar en el Anexo N° 6 los valores totales netos y con IVA incluido en números enteros y sin decimales correspondientes, expresados en pesos chilenos, debidamente completado y firmado por el representante legal o persona natural según corresponda.
Además, deberá incluir el valor hora/guardia y valor día/guardia, en monto neto y con IVA incluido, por los servicios extraordinarios. -
El precio ofertado, será firme y definitivo. En caso de errores de medición o cálculo aritmético, el INACH se reserva el derecho a considerar el menor valor de los señalados como valor de la oferta presentada.
La oferta que no presente íntegramente la referida información, será declarada económicamente inadmisible, siendo excluida del proceso de licitación.
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Mecanismo de desempate |
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En caso de empate en el puntaje técnico-económico final, entre dos o más propuestas, el INACH optará por aquella propuesta que obtenga el mejor puntaje, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
1. Criterio de evaluación “Precio”.
2. Criterio de evaluación “Condiciones de Empleo y Remuneración”.
3. Criterio de evaluación “Mujeres con Contrato Indefinido”.
En caso que, no obstante lo anterior, la situación de empate subsista se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl.
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Errores u omisiones detectados durante la evaluación |
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El INACH, a través de la Sección Adquisiciones, de acuerdo al inciso primero del artículo 40 del Reglamento de Compras Públicas, podrá solicitar a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifique asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni impliquen una modificación de la oferta presentada, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl .
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ADJUDICACIÓN |
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El INACH adjudicará la presente licitación a un solo oferente, hasta el día indicado en el punto 4 precedente: “Cronograma de la Licitación”, quien se entenderá como el oferente adjudicado, y será el que obtenga el mayor puntaje final en la evaluación.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, el INACH publicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
La adjudicación se realizará mediante resolución fundada, debidamente notificada al adjudicado y al resto de los oferentes, a través del portal www.mercadopublico.cl. En dicho acto se especificarán los criterios de evaluación que hayan permitido al oferente adjudicado obtener la calificación de oferta más conveniente.
Asimismo, el INACH podrá dejar sin efecto la adjudicación y se procederá a readjudicar a la respectiva segunda oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo a los intereses del Servicio, en los siguientes casos:
a) Si el oferente adjudicado no se encuentra inscrito y no se inscribe en el Registro de Proveedores de Mercado Público dentro del plazo máximo de 10 días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la publicación de la respectiva resolución de adjudicación.
b) Si el oferente adjudicado se desiste de su oferta o es inhábil para contratar con el Estado, en los términos del artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o de los artículos 8° y 10° de la Ley Nº 20.393, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
c) Si el oferente presenta prohibición para contratar con los órganos de la Administración del Estado por sentencia condenatoria definitiva y ejecutoriada por los hechos descritos en la letra a) del artículo 3 del DL N° 211 que “Fija Normas para la Defensa de la Libre Competencia”, dentro de los anteriores 5 años (Art. 26, letra d, del señalado DL 211).
d) Si se constata que el oferente adjudicado presentó documentación falsa o adulterada.
El INACH declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con alguno de los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del INACH.
En todo caso, las declaraciones del INACH se efectuarán mediante resolución fundada.
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FORMAS Y MODALIDAD DE PAGO |
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Los pagos se realizarán contra recepción conforme de los servicios, sin intereses ni reajustes, por los servicios que efectivamente preste el contratista, según valores señalados en la oferta presentada, el que se pagará en moneda nacional.
Para iniciar el procedimiento de pago, el contratista deberá entregar un informe que detalle la prestación de los servicios ejecutados y cobrados, el que deberá enviarse a la Unidad Supervisora del Contrato, al correo electrónico icifuentes@inach.cl , con copia a rgomez@inach.cl y mpereira@inach.cl , quien dispondrá de 5 días corridos para su aprobación o rechazo.
En caso de que la recepción sea rechazada total o parcialmente, se informará mediante correo electrónico al contratista, quién dispondrá de 5 días corridos para solucionar las observaciones efectuadas por la Unidad Supervisora del Contrato.
El pago sólo podrá hacerse efectivo una vez cumplido los siguientes requisitos copulativos:
• Recepción conforme de los servicios ejecutados por parte de la Unidad Supervisora del Contrato.
• Entrega de copia de las liquidaciones de sueldo del personal que prestaron servicios en el mes que se está pagando.
• Entrega del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales, Previsionales y de Mutualidad (certificado emitido por la Dirección del Trabajo, F-30), a contar del mes anterior al que se está pagando.
• Aceptación electrónica de la Orden de Compra y
• Emisión del documento tributario electrónico (DTE) de cobro, en formato XML, por parte del contratista.
El contratista deberá ingresar el DTE en archivo XML a nombre del Instituto Antártico Chileno, RUT Nº 60.605.000-3, giro actividades de la administración pública, en el nuevo sistema DTE DIPRES, por lo que el único correo de recepción de documentos tributarios electrónicos es inachrecepcion@custodium.com.
El INACH podrá objetar o reclamar respecto del contenido de la factura/DTE dentro de los 8 días corridos después de su recepción, entendiéndose que después de ese plazo la factura/DTE se encuentra irrevocablemente aceptada.
El INACH procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días corridos, una vez recibidos los documentos previamente indicados. El pago se realizará únicamente mediante transferencia electrónica de fondos conforme lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley de Presupuesto del Sector Público correspondiente al año 2021, por lo que el Instituto Antártico Chileno requerirá del contratista que resulte adjudicado, la información indicada en el Anexo N° 8 de las presentes Bases.
Se deja expresa constancia que no existirán anticipos e indemnizaciones de ningún tipo, cualquiera sea la(s) circunstancia(s) o imprevisto(s) que se presente(n) durante el desarrollo de los servicios y durante el período de vigencia del contrato.
9.6.4.- Socios o accionistas principales.
En caso que una persona jurídica se adjudique la licitación, se dejará constancia en una cláusula del contrato acerca del nombre completo o razón social y el Rol Único Tributario de los socios o accionistas principales de la entidad, según declaración que hubiere realizado el representante legal de la entidad en el formato contenido en el Anexo Nº 3-A.
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MULTAS |
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Cada vez que el contratista no cumpla con los niveles de servicio definidos en las presentes Bases, el INACH podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser debidamente justificados por el contratista ante INACH.
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas Bases, sean constitutivos de multa, el INACH notificará por escrito esta circunstancia al contratista, indicando en forma precisa los hechos que se imputan. El contratista dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito, los cuales deberá remitir al correo electrónico icifuentes@inach.cl, con copia a mpereira@inach.cl, rgomez@inach.cl e inach@inach.cl.
Los correos electrónicos y/o archivos que se reciban serán ingresados durante el horario de funcionamiento regular de la Oficina de Partes, esto es, de lunes a jueves de las 8:00 a 17:00 horas y viernes de 8:00 a 16:00 horas. Cualquier documento ingresado fuera del horario indicado será tramitado con fecha del día hábil siguiente.
Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de 5 (cinco) días hábiles, sin que el contratista haya formulado descargos, el INACH aplicará la multa, en caso que ello sea procedente.
La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al contratista por carta certificada dirigida al domicilio señalado en el Registro de Proveedores de Mercado Público, la que se entenderá practicada a contar del 3° (tercer) día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
El proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación. El INACH resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, lo rechazará confirmando la multa aplicada.
Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente.
Para los efectos de la aplicación de la multa, las causales son las siguientes:
SITUACIÓN MULTA
Atraso en la presentación de un guardia, superior a los 60 minutos (1 hora) acumulados en un mes, se considerará atraso llegar desde 5 minutos después de la hora establecida. 2 U.F. por hora, con un tope de 2 mensual, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Atraso superior a una hora, en caso de reemplazo, cuando falte un guardia a su servicio, por otro que esté en el listado previamente entregado y se encuentre debidamente acreditado. 5 U.F. por hora, con un tope de 2, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
No uso del uniforme y/o credencial por el personal del contratista. 10 U.F. por evento, con un tope de 5, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Falta de equipamiento, según lo exigido en el numeral 5.2 de las Bases Técnicas. 2 U.F. por incumplimiento, con un tope de 5, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave
Personal del contratista que se presente a cumplir sus labores en evidente estado de ebriedad, presencia de hálito alcohólico, consumir alcohol y/o drogas, dormir y/o realizar actividades no relacionadas con sus funciones o que atenten a la moral y/o buenas costumbres durante la jornada de trabajo.
La confirmación de estos incumplimientos se hará mediante correo electrónico por la Unidad Supervisora del Contrato al contratista. 20 U.F. por evento, con un tope de 2, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Atraso en el reemplazo de un guardia de seguridad o supervisor, una vez solicitado por la Unidad Supervisora del Contrato, superior a 48 horas, computados desde la recepción de la solicitud. 5 U.F. por hora, con un tope de 8, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
No informar sobre el cambio de personal, incluyendo el/la supervisor/a. 2 U.F. por evento, con un tope de 5, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Ausencia de guardia por turno 20 U.F. por evento, con un tope de 2, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Incumplimiento de normas de seguridad que será aplicado para todos los/as trabajadores/as, incluyendo el/la supervisor/a. 10 U.F. por evento, con un tope de 3, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Adulterar el libro de asistencia por parte del personal y/o Contratista 10 U.F. por cada evento, con un tope de 3, después de lo cual INACH solicitará el cambio inmediato del guardia al Contratista y podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Realizar actividades de índole personal o particular por parte del personal y/o Contratista, durante la jornada laboral u otras que no estén autorizadas por la Unidad Supervisora del Contrato 2 U.F. por incumplimiento, con un tope de 5, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave
Alterar o destruir libros, documentos, o causar daños, por parte del personal y/o Contratista 50 U.F. por evento, con un tope de una vez, el INACH solicitará el cambio inmediato del guardia al Contratista y podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave, si fue aportado por el contratista.
El INACH hará la denuncia a la justicia, en caso de la comisión de un delito.
Ausencia de los guardias de seguridad durante las horas de trabajo.
La confirmación de estos incumplimientos se hará mediante correo electrónico por la Unidad Supervisora del Contrato al contratista 10 U.F. por cada evento, con un tope de 3, después de lo cual INACH solicitará el cambio inmediato del guardia al Contratista y podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Ingresar visitas personales, por parte del personal y/o Contratista
La confirmación de estos incumplimientos se hará mediante correo electrónico por la Unidad Supervisora del Contrato al contratista 2 U.F. por incumplimiento, con un tope de 5, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave
Maltrato con el público y visitas en general, como asimismo, con los funcionarios del INACH.
La confirmación de estos incumplimientos se hará mediante correo electrónico por la Unidad Supervisora del Contrato al contratista 10 U.F. por cada evento, con un tope de 3, después de lo cual INACH solicitará el cambio inmediato del guardia al Contratista y podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Abrir cajones y puertas del mobiliario de las oficinas o dependencias del INACH.
La confirmación de estos incumplimientos se hará mediante correo electrónico por la Unidad Supervisora del Contrato al contratista 10 U.F. por cada evento, con un tope de 3, después de lo cual INACH solicitará el cambio inmediato del guardia al Contratista y podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Personal del contratista que se presente a cumplir sus labores sin su uniforme, o desaseado o con su uniforme en condiciones deplorables.
La confirmación de estos incumplimientos se hará mediante correo electrónico por la Unidad Supervisora del Contrato al contratista 10 U.F. por cada evento, con un tope de 3, después de lo cual INACH solicitará el cambio inmediato del guardia al Contratista y podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Contravenir lo estipulado en el numeral 5.2 de las Bases Técnicas, respecto a prohibición del uso por parte de los guardias de cualquier tipo de armamento. 50 U.F. por evento, con un tope de una vez, el INACH solicitará el cambio inmediato del guardia al Contratista y podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave, si fue aportado por el contratista.
El INACH hará la denuncia a la justicia, en caso de la comisión de un delito.
El valor de la Unidad de Fomento (UF) a utilizar será el del día en que se incurre en la falta que amerita la multa.
El contratista podrá pagar las multas directamente en la oficina de Tesorería de INACH o mediante transferencia electrónica, debiendo otorgársele comprobante para tal efecto. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ellas, será descontado de la factura a pagar.
Si la acumulación total de multas es superior al 5% del valor total del contrato, facultará al INACH poner término anticipado a la contratación.
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BASES TÉCNICAS |
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1. GENERALIDADES.
El Instituto Antártico Chileno requiere contar con el servicio de guardias de seguridad para los siguientes edificios que ocupa en la ciudad de Punta Arenas:
Edificio Nº 1 Edificio Dirección Nacional
Ubicación Plaza Muñoz Gamero Nº 1055
Ciudad Punta Arenas
Nº de pisos Tres pisos más un subterráneo habilitado
Superficie 2.645 m2
Edificio Nº 2 Edificio Interior
Ubicación Plaza Muñoz Gamero Nº 1055 (Interior)
Ciudad Punta Arenas
Nº de pisos Dos pisos
Superficie 186 mts2
2.- REQUISITOS
El/la oferente adjudicado/a debe estar debidamente acreditado, esto es que cuente con la autorización de la autoridad fiscalizadora competente, como prestadora de servicios de recursos humanos en materia de seguridad privada y mantenerla vigente durante todo el periodo que dure el contrato de prestación de servicios con el INACH.
3.- SERVICIOS SOLICITADOS
3.1.- SERVICIOS ORDINARIOS
Mantener una seguridad activa sobre los edificios, instalaciones y bienes del INACH, vale decir, efectuar desplazamientos dentro de las instalaciones y recinto a fin de que pueda reaccionar de manera oportuna para poder controlar y/o prevenir la ocurrencia de situaciones que pongan en riesgo el normal funcionamiento del INACH, que incluye entre otras:
- Recorrido por el estacionamiento e instalaciones
- Revisión espacios comunes (pasillos, escaleras) de ambos edificios.
- Verificar el correcto apagado de luces de oficinas, baños, cocina.
- Realizar el cierre del portón de acceso del edificio una vez que abandone el último funcionario el edificio, dejando constancia en el libro de novedades.
- Verificar el correcto cierre de ventanas de los edificios, objeto de evitar deterioros por efecto del viento.
- Verificar que no se encuentren llaves de agua en los baños y cocinas goteando o abiertas.
- Revisión de oficinas, baños, salas de reuniones, entre otros.
- Apertura del portón de acceso a las 07:30 horas de lunes a viernes.
- Ante principio de incendio actuar rápidamente con extintores que se encuentran disponibles en los edificios, dar de inmediato aviso a 132 bomberos y posteriormente a la Unidad Supervisora del Contrato del INACH y al Supervisor de la empresa de seguridad.
- Controlar el acceso de vehículos y personas a los edificios y recinto, en los horarios correspondientes, debiendo dejar registro de ello en el libro de novedades.
- Verificar la seguridad exterior del Edificio Central, mediante inspección visual periódica.
- Operar los sistemas de iluminación exterior y de áreas comunes, cuando se requieran.
- Controlar el acceso y salida de bienes debidamente autorizados, debiendo dejar registro de ello en el libro de novedades.
- Control a través de cámaras de vigilancia.
b) Proteger a los funcionarios mientras laboran en los edificios e instalaciones dentro o fuera de la jornada laboral ordinaria del INACH.
c) Poner en forma inmediata en conocimiento de la Unidad Supervisora del Contrato de INACH, de cualquier incidente y/o novedad relacionada con los servicios materia del contrato. Sin perjuicio de ello, igualmente en el acto deberá informarse al Supervisor del contratista.
d) Colaborar con las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, en la denuncia, identificación y eventual aprehensión de aquellas personas que cometan ilícitos en las dependencias institucionales donde ejercen vigilancia.
e) Llevar Libro de Novedades, según lo establecido en esta Bases Técnicas, y mantenerlo actualizado y disponible en forma inmediata a la Unidad Supervisora del Contrato de INACH.
f) Registrar la salida de bienes de propiedad del INACH, siendo responsabilidad del Guardia de la entrada principal, llevar y mantener este registro el que deberá en forma adicional, consignar en el libro de novedades, hora, el motivo de la salida, la dirección de destino, nombre de la persona, RUT y firma tanto de la persona que retira, como de la persona que autoriza su salida, placa patente del vehículo si corresponde.
g) El servicio de vigilancia deberá velar para que los recintos destinados a estacionamientos de vehículos del INACH o de sus funcionarios no se encuentren ocupados por terceros sin autorización.
h) Registro en el libro de novedades del personal que presta servicios externos al INACH, tales como, personal de aseo, mantención de edificios, etc.
3.2.- SERVICIOS EXTRAORDINARIOS
El INACH, a través de la Unidad Supervisora del Contrato, podrá solicitar de manera formal al contratista, servicios extraordinarios de guardia de seguridad para lo cual el contratista deberá presentar una cotización de acuerdo a los valores expresados en el Anexo N° 6.
Los servicios extraordinarios podrán consistir en aumentar el número de la dotación de guardias, ampliar el horario de trabajo establecido, incorporación de otras instalaciones del INACH en la ciudad de Punta Arenas, Edificio Laboratorio Jorge Berguño Barnes, Oficinas Departamento Expediciones, Bodega Logística, de manera transitoria.
Valor Guardia de Seguridad por hora: Este valor debe considerar el IVA y será considerado cuando se requieran servicios extraordinarios por un periodo acotado de tiempo (día o noche).
Valor Guardia de Seguridad Diario: Este valor debe considerar el IVA y será considerado por un día de trabajo de 8 (ocho) horas cronológicas (excluido el horario de colación) el que puede ser de día o de noche, día hábil o feriado, según necesidades del INACH.
3.3 PROHIBICIONES
A los Guardias de Seguridad les queda expresamente prohibido:
a) Realizar actividades de índole personal o particular durante su jornada laboral u otras que no estén autorizadas por la Unidad Supervisora del Contrato,
b) Alterar o destruir libros, documentos, o causar daños,
c) Presentarse a trabajar en estado de embriaguez o bajo la influencia del alcohol o drogas o introducir sin autorización a su lugar de trabajo, bebidas alcohólicas drogas y otros elementos análogos,
d) Ausentarse durante las horas de trabajo sin permiso de su supervisor.
e) Ingresar visitas personales,
f) Presentarse a su trabajo sin su uniforme, desaseado o con su uniforme en condiciones deplorables, Maltrato con el público y visitas en general, como asimismo, con los funcionarios del INACH,
g) Abrir cajones y puertas del mobiliario de las oficinas o dependencias del INACH.
4.- DOTACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DEL PERSONAL
02 guardias de seguridad O.S.10, con horario de trabajo de lunes a domingo de 16:00 a 00:00 y de 00:00 a 08:00 horas, de lunes a domingo (incluye feriados), respetando las leyes del trabajo con respecto a los respectivos descansos y horarios de colación.
El guardia tendrá un tiempo de colación de 30 minutos, que deberá realizarse a la mitad de su jornada laboral, en dependencias del INACH asignadas para tal efecto por la Unidad Supervisora del Contrato, tiempo en el cual debe permanecer al interior de las instalaciones del INACH.
El horario de trabajo podrá ser actualizado y/o modificado por el INACH según sus necesidades, sin que ello altere de modo alguno la cantidad de horas, en su puesto de trabajo, siendo comunicado al contratista oportunamente por la Unidad Supervisora del Contrato.
Un/a Supervisor/a, quien actuará válidamente en todas las actuaciones relacionadas con este contrato y se relacionará directamente con la Unidad Supervisora del Contrato, quién deberá realizar una visita, a lo menos una vez por semana a los edificios sujetos de este contrato, con registro de la visita en el libro de novedades.
5.- REQUERIMIENTOS TÉCNICOS OBLIGATORIOS
5.1 PERSONAL
El servicio de vigilancia deberá ser entregado por personal especializado y capacitado al efecto, con características físicas y de salud compatibles.
Con un nivel de estudios conforme a la normativa vigente; antecedentes intachables (requisito obligatorio para el personal que ejecute las labores de guardia);
Certificado de capacitación aprobado y credencial otorgada por el OS-10 de Carabineros de Chile
5.2 UNIFORME Y ARTICULOS SEGURIDAD PERSONAL
El personal que desempeñe las funciones deberán contar con:
Uniforme Personal: El contratista debe proveer a los guardias de, a lo menos dos (2), tenidas completas para el personal al año, correspondientes a período de verano y de invierno, de acuerdo a lo requerido en el Artículo octavo del Decreto 261 exento, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba Manual Operativo en Materias de Seguridad Privada, debiendo ser aprobado por la Unidad Supervisora del Contrato.
Tarjeta de identificación: Tanto los Guardias como el supervisor/a deberán portar de forma permanente en forma visible en el extremo izquierdo de la tenida, la credencial otorgada por la autoridad fiscalizadora (OS 10).
El Supervisor/a no tiene obligación de usar uniforme, pero siempre deberá presentarse en el Servicio con tenida semi formal como mínimo.
La no entrega y/o uso del uniforme y/o de forma visible la credencial será considerado como incumplimiento de contrato.
5.3 EQUIPAMIENTO
El contratista deberá proveer los siguientes equipos a sus trabajadores (guardias y supervisor):
1 teléfono móvil con plan contratado para cada guardia y supervisor, para facilitar la comunicación entre los guardias y el supervisor, con la Unidad Supervisora de Contrato del INACH, servicios de emergencia, carabineros, el que será usado únicamente como medio de comunicación, no como elemento de distracción. En cuanto a su conservación y estado de funcionamiento el contratista está obligado a la reposición cuando presenten fallas, durante la ejecución del contrato.
1 linterna a batería, recargable, por cada guardia y supervisor que participe de las labores de vigilancia.
Además, deberá proporcionar un (1) libro de novedades, planillas de rondas, planillas de control de personas, materiales de escritorio y todo elemento necesario para el cumplimiento de la función.
Queda estrictamente prohibido que los guardias porten cualquier tipo de armamento, sean estas, armas de fuego, armas blancas o armas no letales como armas de aire comprimido, electroshock en cualquiera de sus formas, gases irritantes (pimienta), grilletes (esposas), bastones retractiles, bastones antimotines u otros tipos de elementos de contención. La desobediencia a esta instrucción será considerada como falta grave al cumplimiento del contrato, y será objeto de Multa de acuerdo a lo estipulado en el numeral 16 de las Bases Administrativas.
Además, se solicitará el cambio inmediato del guardia y se hará la denuncia a la justicia en caso de la comisión de un delito.
Si el elemento fue aportado por el contratista se pondrá término anticipado al contrato.
6.- CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA Y OTROS
Normas de Seguridad: El contratista deberá proveer a su personal, de todos los elementos de seguridad y de protección necesarios, tomando las medidas para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores.
A los guardias deberá entregarse artículos de protección personal con motivo de la Pandemia COVID-19, esto es mascarillas de uso médico que cubra la nariz y boca (2 diarias si son del tipo de 3 pliegues, una diaria si son del tipo N-95, KN-95, KF-94 o equivalente).
Calzado y equipamiento de seguridad adecuados y de calidad, de acuerdo a los requerimientos.
La no entrega de los implementos de seguridad será considerada como incumplimiento de contrato.
7.- DEL CUIDADO Y OPERACIÓN DURANTE EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS.
El contratista es responsable de los daños producidos a equipos o mobiliario de la institución (INACH) por la parte de su personal, debiendo reponer el equipo o bien dañado por uno nuevo de características similares o superiores.
8.-PREVENCIÓN DE RIESGOS, HIGIENE Y SEGURIDAD.
La Unidad Supervisora del Contrato verificará que el contratista dé cumplimiento a las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes, entregando los implementos de uso individual destinados a proteger a sus trabajadores frente a eventuales riesgos, de acuerdo a lo que indica la Ley 16.744, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
El contratista es responsable de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal o a las dependencias del INACH, que sean imputables al contratista.
El contratista es responsable de cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho alguno a indemnización de ninguna especie por perdida, destrucción, deterioro, desgastes producidos por robo, uso, mal uso u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito.
9. EXIGENCIAS RESPECTO DE LOS GUARDIAS DE SEGURIDAD.
9.1. Los guardias de seguridad que presten servicios en el INACH, ya sea en forma permanente o esporádica, deberán encontrarse debidamente acreditados, capacitados y entrenados para el desempeño de los servicios de guardia de seguridad, conforme a lo establecido en el Decreto Ley N° 867/2017, que dicta reglamento sobre nuevos estándares para personas, personal y empresas que reciben servicios o realizan actividades de seguridad privada y Decreto Exento 261/2020 que aprueba manual operativo en materias de seguridad privada y respetar los lineamientos definidos por el INACH.
9.2. El INACH podrá requerir, el reemplazo de cualquier guardia de seguridad que se encuentre prestando servicios en sus dependencias, una vez verificado un notable abandono de sus obligaciones estipuladas en el numeral 3.1, de las presentes Bases Técnicas.
9.3. El contratista se obliga a lo siguiente:
a. Mantener un seguro de responsabilidad civil de un mínimo de UF 50.- (cincuenta Unidades de Fomento).
b. Está obligado/a, además, a contratar un Seguro de Vida en favor de sus guardias e incorporarlos a algún organismo, público o privado, administrador del Seguro de accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, conforme lo establece el Decreto Ley Nº 3.607. Todo esto, a su cargo.
c. Las acreditaciones de estas obligaciones se solicitarán antes de la firma del contrato del adjudicatario, estando obligado a presentar la documentación correspondiente.
d. El contrato y la directiva de funcionamiento correspondiente, deberá ser puesto en conocimiento de la Autoridad Fiscalizadora en materia de Seguridad Privada respectiva, para los fines de fiscalización que procedan.
e) Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato.
f) Dar fiel cumplimiento a la normativa y directrices que disponga la autoridad fiscalizadora de Carabineros de Chile.
g) Las demás que le encomienden las presentes Bases.
9.4. El contratista deberá crear y entregar una Ficha Personal de los Guardias de Seguridad que se desempeñan en dependencias del INACH, ya sea de forma permanente o transitoria, con la finalidad de que la Unidad Supervisora del Contrato mantenga actualizado un archivo. La ficha debe contener, los siguientes documentos:
• Certificado de Antecedentes para Fines Especiales.
• Fotografía reciente
• Certificado O.S. 10, vigente (fotocopia autentificada por la empresa).
• Curriculum vitae.
Además, deberá entregar a la Unidad Supervisora del Contrato la siguiente documentación:
• Copia de la Directiva de Funcionamiento
• Copia de la autorización de uniforme entregado por el O.S. 10
• Cuadro de dotaciones permanentes y transitorias. (Nombre Completo, Rut)
• Cuadro de turnos a cubrir con horarios para 3 meses. (Nombre Completo, Rut)
• Cuadro de reemplazos por vacaciones o licencias médicas. (Nombre Completo, Rut)
9.5. El personal propuesto por el contratista, tanto permanente como transitorio, deberá contar con antigüedad (experiencia en trabajos similares) de por lo menos 2 años, antes de ingresar a las instalaciones del INACH. Sin embargo, podrán ingresar a trabajar personas de menor antigüedad, bajo expresa autorización del Supervisor del contrato o quien lo subrogue.
9.6 El contratista deberá capacitar a su personal en las técnicas necesarias para la fiel ejecución del contrato, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo décimo quinto del Decreto Exento 261/2020 que él aprueba manual operativo en materias de seguridad privada, y respetar los lineamientos definidos por el INACH. Los costos asociados serán de su única responsabilidad.
10. APORTE DEL INACH PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El INACH otorgará las facilidades para que los guardias de seguridad usen las instalaciones para colaciones, cambio de ropa y servicios higiénicos, para lo cual el contratista deberá dotarlos de lockers cuya ubicación será definida por la Unidad Supervisora del Contrato.
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