BASES TÉCNICAS |
GENERALIDADES
El Instituto Antártico Chileno requiere contar con el servicio de aseo de los edificios que ocupa en la ciudad de Punta Arenas, los que tienen la calidad de servicios habituales, que actualmente son los siguientes:
Edificio Nº 1 (Edificio Principal del Instituto Antártico Chileno)
Ubicación Plaza Muñoz Gamero Nº 1055
Ciudad Punta Arenas
Nº de pisos Tres pisos más un subterráneo habilitado
Superficie 2.645 m2
Edificio Nº 2 (Edificio Interior)
Ubicación Plaza Muñoz Gamero Nº 1055 (Interior)
Ciudad Punta Arenas
Nº de pisos Dos pisos
Superficie 186 mts2
Edificio Nº 3 (Laboratorio Científico Embajador Jorge Berguño Barnes)
Ubicación Lautaro Navarro Nº 1245
Ciudad Punta Arenas
Nº de pisos Tres pisos
Superficie 420 mts2
Edificio Nº 4 (Oficinas Departamento Expediciones)
Ubicación Almacén N° 2 interior Terminal Arturo Prat, Avda. Costanera del Estrecho de Magallanes 1398.
Ciudad Punta Arenas
Nº de pisos Dos pisos
Superficie 200 mts2
El oferente deberá considerar la ejecución de las siguientes labores, con la frecuencia que se indica, cuidando de no interferir en las labores propias de los funcionarios de INACH:
1.1- LABORES ORDINARIAS
a) Labores diarias en oficinas y edificios:
• Desinfección, limpieza y mantención de oficinas, salas, pasillos, halls, cocina, comedores, otras dependencias;
• Desinfección y limpieza de aparatos de telefonía, computación y fotocopia;
• Desinfección limpieza de artículos decorativos;
• Desinfección y desmanchado de vidrios de escritorios, espejos y cuadros;
• Desinfección y limpieza de vidrios interiores en áreas de atención de público, cubiertas de escritorio y mesas de reuniones;
• Desinfección, limpieza y mantención de piso, alcanzando bordes, esquinas, bajo paneles, rincones, etc.
• Desinfección, limpieza y desempolvado de sillas y muebles;
• Desinfección y limpieza pasamano y barandas escaleras;
• Desinfección, trapeado, limpiado y abrillantamiento de pisos y escaleras y mantención;
• Desinfectar, barrer, mopear, desmanchar, lavar y abrillantar pisos y escaleras, y su mantención;
• Desinfección y limpieza de protectores plásticos de pisos;
• Desinfección, limpieza y desempolvado de muebles, estanterías, escritorios, radiadores;
• Aromatización y desodorizarían de ambientes y cortinajes;
• Vaciado y limpiezas de ceniceros exteriores;
• Limpieza, lavado, desinfección y retiro de basura de papeleros y basureros;
• Higienización, recolección y retiro de basura para recolección Municipal;
• Cambio de bolsas para basura en depósitos respectivos;
• Lavado y secado de tazas, vasos, servicio y loza en general, de oficinas y cocinas, pertenecientes a la Institución, por lo que en ningún caso intervendrá el personal de aseo a la loza personal de los funcionarios de INACH;
• Limpieza y mantención de lavaplatos científicos y mesones de trabajo en laboratorio;
• Mantención y limpieza del sector de estacionamiento y acceso de entrada peatonal y de vehículos, vereda del frontis de los edificios.
Frecuencia: 1 vez al día, excepto las mantenciones que se deben realizar cada vez que la Unidad Supervisora del Contrato lo requiera.
b) Labores diarias en baños:
• Limpieza, mantención y desinfección de servicios higiénicos, inodoros, lavamanos, duchas, grifería y todo tipo de accesorios;
• Lavado, desmanchado, abrillantamiento, desinfección y mantención de pisos;
• Desinfección y limpieza de espejos y vidrios interiores;
• Vaciado, lavado y desinfección de papeleros;
• Aromatización y desodorización ambiental;
• Higienización, recolección y retiro de basura;
• Limpieza y desinfección de cerámicas, azulejos y paredes;
• Desinfección y limpieza de dispensadores de papel higiénico, jabón y toallas desechables.
Frecuencia: 2 veces al día, una en la mañana y una en la tarde, excepto las mantenciones que se deben realizar cada vez que el administrador del contrato lo requiera.
c) Labores diarias en cocinas:
• Lavado, trapeado, desmanchado, abrillantamiento, desinfección y mantención de los pisos;
• Limpieza y desinfección de cerámicas, azulejos y paredes;
• Limpieza de refrigeradores, cocinas, hornos, campanas, microondas y hervidores de agua;
• Limpieza y lavado de utensilios, cubiertos, vajilla y loza pertenecientes a INACH, en este punto NO se considera los objetos personales de cocina del funcionario de INACH para su limpieza y lavado;
• Aseo, desinfección y mantención de lavaplatos, mesones y cubiertas;
• Eliminación de grasas y aceites.
Frecuencia: 1 vez al día, excepto las mantenciones que se deben realizar cada vez que el administrador del contrato lo requiera.
d) Labores semanales en oficinas y edificios, baños y cocinas:
• Aseo profundo de todas las dependencias;
• Limpieza y desempolvado de luminarias, lámparas, focos, interruptores, enchufes y luces;
• Limpieza de muros, paredes, mamparas y divisiones interiores;
• Limpieza profunda de escaleras y barandas, pisos y pasillos;
• Lavado profundo y desinfección de papeleros;
• Aplicar líquido antisarro en artefactos sanitarios;
• Limpieza de vidrios interiores, o cuando sea requerido por la Unidad Supervisora del Contrato;
• Limpieza de cortinas y/o persianas, sillones, butacas y sillas;
• Limpieza y pulido de manillas de puertas y artículos de metal, bronce y acero inoxidable;
• Limpieza de señaléticas.
e) Labores mensuales en oficinas y edificios, baños y cocinas:
• Aseo profundo de todas las dependencias;
• Lavado, encerado y abrillantado de pisos;
• Desempolvar y desmanchar tabiques, paredes, muros, radiadores, y zócalos;
• Desempolvar y limpiar cortinas verticales y persianas;
• Desinfección de utensilios, cubiertos, vajilla y loza;
• Desempolvar y limpiar gabinetes contra incendio (extintores red seca, red húmeda);
• Limpieza y desmanchado de vidrios exteriores;
• Desinfección de servicios higiénicos, cocina y/o comedores;
• Revisión y reposición, cuando sea necesario, de pastillas para estanque en inodoros.
1.2- LABORES EXTRAORDINARIAS
• Lavado y desmanchado de alfombras y tapices;
• Lavado y limpieza de vidrios exteriores de los edificios;
• Lavado de cortinas;
• Limpieza y desmanchado de sillones;
• Otras labores de aseo similares a las anteriores
2.- CONDICIONES DE ASEO
El oferente deberá proporcionar el siguiente personal para que cumplan los siguientes turnos:
2.1. Un/a supervisor/a, quien velará por la calidad del servicio prestado y cumplirá funciones de apoyo múltiple, es decir, supervisión permanente de los trabajos realizados y de la correcta prestación del servicio contratado en todas las dependencias. Esta labor deberá efectuarse presencial a lo menos tres veces por semana, durante el siguiente horario, lunes y miércoles, de 14:00 a 17:30 horas., y viernes de 13:30 a 16:30 horas., cuando los demás empleados se encuentren prestando servicios, y cada vez que sea requerido por la Unidad Supervisora del Contrato.
Además, deberá verificar que el personal de aseo disponga de un stock permanente de los elementos de aseo para desempeñar las labores correctamente y será el encargado/a de revisar los controles e informes indicados en el Nº 3 de estas Bases Técnicas.
2.2. El personal de aseo no podrá, en ninguna circunstancia, hacer abandono de su lugar de trabajo. El proveedor, en caso de licencias médicas, permisos, feriado legal u otro debe contar con personal de relevo para cubrir de inmediato el puesto de trabajo, sin generar costos extras para INACH.
2.3. El personal de aseo no podrá realizar ninguna actividad que no esté relacionada con el presente contrato.
2.4. El INACH, tendrá la facultad de instruir al proveedor sobre el cambio de algunos de sus empleados, entregando las justificaciones pertinentes.
2.5. Los paños para aseo de baños y superficies de mobiliario, deben estar diferenciado por color, y no pueden ser utilizados entre habitaciones o unidades sin un proceso previo de aseo y desinfección.
2.6. Para el efectivo cumplimiento de las labores de aseo, el proveedor tendrá presente lo siguiente:
El oferente deberá cumplir con el personal y el horario establecido en las presentes bases, de existir alguna observación por parte del oferente durante el primer mes de ejecución, este podrá solicitar cambios para mejorar el servicio y estos deben ser aprobados por la contraparte técnica del INACH.
El proveedor está obligado a que todas las áreas del Edificio objeto de esta licitación permanezcan diariamente aseadas, de tal forma que la mantención debe ser permanente en los siguientes edificios y horarios:
a) Edificio Principal Plaza Benjamín Muñoz Gamero 1055: Dos trabajadores/as, de lunes a jueves de 10:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:30 horas y viernes de 10:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 16:30 horas.
b) Edificio Interior Plaza Benjamín Muñoz Gamero 1055: Un trabajador/a de lunes a jueves de 10:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:30 horas y viernes de 10:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 16:30 horas.
c) Edificio Laboratorio Jorge Berguño Barnes: Un trabajador/a de lunes a jueves de 10:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:30 horas y viernes de 10:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 16:30 horas.
d) Oficinas Departamento Expediciones: Un trabajador/a, de lunes a jueves de 10:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:30 horas y viernes de 10:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 16:30 horas.
Los horarios indicados no incluyen los días feriados ni festivos, podrán ser modificados, de común acuerdo con el contratista, atendiendo a las necesidades del INACH, sin que, por ello, se altere el valor ofertado.
No obstante, durante la ejecución del contrato, se podría requerir la realización de Labores Extraordinarias (como las señaladas en el punto 1.2 de estas Bases Técnicas), sea que deban realizarse en días y/o horarios habituales o no habituales a los contratados.
2.7. El proveedor deberá poseer e instalar señaléticas suficientes para el piso, tipo paletas, para informar que las áreas se encuentran con pisos resbaladizos producto de la limpieza, como también permitir el correcto tránsito, dejando una franja seca, mientras se realizan las labores de limpieza. En ningún momento se podrá bloquear el tránsito debido a piso resbaladizo, siempre deberá existir un área de transito que será limpiada, cuando lo restante esté seco. Es esencial que el proveedor cuente con la señalización suficiente para todo el establecimiento, quedando prohibido mantener pisos húmedos o resbaladizos sin contar con los medios para señalar este riesgo.
2.8. El oferente deberá llevar un registro diario de los aseos realizados.
2.9. El contratista deberá enviar una nómina del personal asignado al contrato, una ficha con datos personales de cada miembro del equipo de trabajo y un certificado de antecedentes al día de cada uno (incluye supervisor/a).
2.10. El contratista aceptará las sugerencias que el INACH realice formalmente relativas a normas de aseo, horarios, etc., para un mejor desempeño de las funciones contempladas en el contrato.
2.11. Por razones de buen servicio, el INACH podrá requerir al contratista que cumpla algunas labores fuera de la jornada laboral del INACH.
2.12. El incumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones señaladas en estas “condiciones del servicio de aseo” y que se desprenden de las Bases Administrativas y Técnicas, dará el derecho al INACH, la aplicación de las multas que correspondan.
3.- UNIFORMES, CONTROLES E INFORMES
3.1 Uniformes
El personal que desempeñe funciones de aseo y limpieza deberá contar con:
• Delantal o cotona con logo de la empresa;
• Credencial identificadora, indicando claramente el nombre y fotografía del trabajador/a;
• Calzado y equipamiento de seguridad adecuados y de calidad, de acuerdo a los requerimientos.
La no entrega y/o uso del uniforme e implementos de seguridad serán considerados como incumplimiento de contrato, el que será sancionado de acuerdo a lo estipulado en el numeral 16 de las Bases Administrativas.
3.2 Para el control de horario, el contratista deberá implementar un libro de asistencia, el cual podrá ser revisado por el INACH cuando lo estime necesario, a fin verificar el cumplimiento de horario para la ejecución de las labores.
3.3 El contratista deberá utilizar un libro o bitácora de novedades, el que deberá ser completado en forma diaria, con la información relevante sobre los servicios y de cualquier novedad que se presente.
3.4 El sistema de control de Inventarios de insumos será de responsabilidad del contratista y deberá mantenerse con un stock de trabajo en toda ocasión.
4.- MAQUINARIAS, EQUIPOS, MATERIALES E INSUMOS
4.1 El contratista deberá disponer en forma permanente, en dependencias del INACH, los equipos y maquinarias, materiales, útiles e implementos de aseo necesarios para una buena prestación de los servicios de limpieza, considerando la envergadura de las faenas, y deberá velar por el buen funcionamiento, mantención y calidad de los mismos.
4.2 Los materiales de trabajo y, en especial, los elementos de aseo como productos desinfectantes, detergentes y similares, deberán ser biodegradables y contar con las certificaciones o autorizaciones según la normativa vigente, lo cual será supervisado aleatoriamente por el INACH, el no cumplimiento será sancionado de acuerdo a lo estipulado en el numeral 16 de las Bases Administrativas.
4.3 El personal que trabajará en las labores de aseo deberán ser provisto por el contratista del uniforme e implementos de seguridad que se requieran según sea la tarea que se deba ejecutar (guantes de goma, mascarillas, pecheras de PVC), los que deben estar siempre en buen estado de conservación y presentación, pudiendo el INACH formular observaciones a dichos equipamientos y, por razones fundadas, solicitar su reemplazo, el no cumplimiento será considerado como incumplimiento de contrato.
4.4 Deben estar presentes en cada Edificio donde se prestará el servicio los materiales y/o insumos, tales como: bolsas de basura, cera líquida incolora antideslizante, cera para gomas de escalas, cera en pasta para pisos de madera, detergentes desengrasantes, detergentes desinfectantes, detergentes anti sarro, detergentes pH neutro, sanitizantes, cloros, amonios cuaternarios y otros, limpia vidrios, lustra muebles, escobas, escobillones, barredores de flecos, mopas para trapear pisos, siliconas, palas, paños amarillos, paños felpudos, plumeros, virutillas para cocina, paños de aseo, esponjas de limpieza, pulidores para bronce, metal y acero inoxidable, desmanchadores, desinfectantes de IV Generación, desodorantes ambientales, desodorantes para telas y cortinaje, pastillas de cloro para estanque de W.C., etc.
4.5 Entre los equipos y/o maquinaria, el oferente deberá considerar, entre otros: aspiradoras de polvo-agua, máquinas abrillantadoras de pisos duros, lavadoras de alfombras, equipos turbo secadores, equipos de seguridad para limpieza de vidrios, escalas de tijera, herramientas para limpiar vidrios, guantes de goma, guantes para químicos, escobillones telescópicos, letreros de seguridad para pisos mojados, zapatos de seguridad adecuados, fajas lumbares, botiquín de primeros auxilios, carros de trabajo, etc. Estos equipos y/o maquinarias pueden rotar entre los Edificios donde se prestará el servicio.
5.- CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA Y OTROS
5.1 Normas de Seguridad: El Contratista deberá proveer a su personal, de todos los elementos de seguridad y de protección necesarios, tomando las medidas para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores. También deberá cumplir con las indicaciones establecidas por el Decreto N° 594/2000 del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
5.2 Respecto al Equipamiento e Insumos: La falta de aseo en carros, falta de equipamiento o uso de ellos, o la falta de provisión de elementos de protección personal, notificada por el Supervisor de la Actividad, deberá ser corregida en el plazo otorgado, y de no ser corregida en el plazo otorgado, se considerará incumplimiento.
5.3 Respecto a implementos de seguridad e identificación y uniforme de los trabajadores: El incumplimiento sobre uso de uniforme completo e identificación de personal, deberá ser corregido en un plazo máximo de 24 horas de notificada al oferente adjudicado, y de no ser subsanada, se considerará incumplimiento, siendo aplicada a través de la causal “Multas”.
5.4 Ausencia de dotación contratada: Se considerará ausentismo, a la falta de un trabajador en la cobertura del puesto de trabajo, cuando no se cumpla su jornada laboral en un día. En caso de efectuarse la ausencia del personal en su puesto de trabajo, esta institución otorgará al oferente adjudicado un plazo máximo de 02 días hábiles para cubrir el puesto. Vencido el plazo otorgado hacia el proveedor, y en caso que aún no haya cubierto el puesto, INACH tendrá la facultad de cobrar el total de días de ausentismo, cobrándose 1 U.F., por cada trabajador por día de ausentismo.
6.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL OFERENTE ADJUDICADO
6.1 El contratista es responsable del adecuado uso de las instalaciones facilitadas, tanto en limpieza como en funcionamiento de equipos e infraestructura, la cual deberá mantener en óptimas condiciones de presentación y operación.
6.2 El contratista es responsable de los daños producidos a equipos o mobiliario de la institución por la incorrecta ejecución de las labores de limpieza, debiendo reponer el equipo o bien dañado por uno nuevo de características similares o superiores.
6.3 El contratista deberá proporcionar un sistema de control para sus trabajadores, que permita verificar el cumplimiento de su horario laboral.
6.4 El contratista deberá contar con la dotación exigida en las Bases Técnicas, en los horarios establecidos, con el objeto de garantizar la calidad y la frecuencia del servicio de aseo.
6.5 El contratista deberá informar los accidentes laborales que ocurran dentro de la duración del contrato a las Mutuales que correspondan.
6.6 El contratista será responsable por la organización y la ejecución de todos los trabajos, a fin de cumplir con el servicio requerido.
6.7 El contratista, tendrá la responsabilidad de todas las actividades ejercidas por su personal en dependencias del INACH, por lo tanto, deberá mantener supervisión sobre la forma en que se están prestando los servicios contratados.
6.8 El INACH, podrá requerir reuniones al oferente adjudicado a fin de coordinar mejoras en la prestación del servicio.
6.9 El oferente adjudicado y su personal respetaran las normas, procedimientos y disposiciones especiales de orden interno de la Institución.
6.10 El contratista será responsable por los daños y/o sustracciones en las dependencias del INACH, debidamente comprobadas, debidamente comprobadas e imputadas a su personal, debiendo asumir los costos por tales situaciones.
6.11 Se autorizará el ingreso a esta institución a los trabajadores que prestarán el servicio quienes se encontrarán en la nómina entregada por el contratista, los cuales NO podrán ingresar elementos que no correspondan al servicio que deben efectuar.
6.12 El contratista proveerá a sus trabajadores de una credencial con su nombre, fotografía y membrete o logo de la empresa en la que presta servicios.
6.13 El oferente adjudicado no podrá intervenir en ningún caso ductos, cañerías o tuberías, para efectos del desarrollo de sus funciones.
6.14 Cuando se incorpore un nuevo trabajador, el contratista deberá presentarlo ante el Supervisor de la Actividad, quien le indicará las funciones a desarrollar, siendo el contratista quien deberá entregar los lineamientos necesarios para la ejecución de sus labores diarias.
6.15 El uniforme y calzado de los trabajadores debe ser con costo de la empresa y NO de la empresa.
6.16 El contratista es responsable de que todo su personal preste los servicios en las dependencias del INACH, para todos los efectos legales, tales como; contrato de trabajo, pagos previsionales o imposiciones, pago de remuneraciones, leyes de accidentes del trabajo y todos aquellos que tenga relación con el cumplimento de las obligaciones laborales, sin perjuicio de todos los derechos.
6.17 Deberá tener especial preocupación por la idoneidad del personal que asigne a la prestación de servicio, el cual deberá poseer antecedentes personales acordes con la actividad. Para estos efectos y antes de incorporar un nuevo trabajador al INACH, deberá entregar a la contraparte técnica el respectivo Curriculum Vitae del personal propuesto, anexando la documentación que sea pertinente, juntamente con el Certificado de Antecedentes vigente.
6.18 Al incorporar un nuevo trabajador al servicio, deberá presentarlo ante la contraparte técnica del INACH, quien le indicará las labores a desarrollar en forma general, siendo el oferente adjudicado el que le entregue los lineamientos necesarios para desarrollar sus labores diarias a ejecutar. Por otra parte, no cambiará ni desvinculará al trabajador sin la respectiva consulta o solicitud de la contraparte técnica del INACH.
6.19 El oferente tiene la obligación de ejercer una supervisión permanente sobre la forma en que se están ejecutando los servicios contratados, así como también sobre el cumplimiento de los horarios y dotación del personal.
6.20 Deberá mantener en forma permanente la dotación descrita en las bases.
6.21 En el desempeño de las funciones en las instalaciones del INACH, el personal deberá resguardar la integridad del equipamiento y la infraestructura utilizadas, en caso de daño, pérdida, mal uso o desperfectos de los equipos y/o infraestructura y que se comprueben que fueron causados por el personal del oferente adjudicado, estos deberán ser reparados y/o repuestos, con cargo integral a los recursos del oferente adjudicado y/o a sus pagos.
6.22 El personal queda especialmente obligado a resguardar la reserva y confidencialidad de toda la información que maneje en el INACH y que este le proporcione directa o indirectamente. En caso de que, el oferente adjudicado infringiere en alguna de estas obligaciones, será responsable de todo daño o agravio que ello pueda producir a este Instituto o a terceras personas.
6.23 El contratista será responsable por los daños y/o sustracciones debidamente comprobadas e imputadas a su personal, sin perjuicio de solicitar el retiro inmediato del personal relacionado con los hechos, del cual se tenga la certeza de su participación.
6.24 Cada mes, el supervisor de la empresa contratista deberá entregar el control de asistencia de su personal hacia el supervisor de la actividad del mandante, con el cual se deberá generar el informe de ausentismo y servicios cubiertos.
7.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDAD DEL INACH
7.1. La supervisión técnica del servicio estará a cargo de la contraparte técnica del INACH, sin perjuicio de la que ejercerá el supervisor por parte de la empresa adjudicada, quien puede ser el mismo oferente adjudicado si su persona jurídica es natural, o el representante si es una empresa.
7.2. En casos fundados de disconformidad de desempeño de un personal del oferente adjudicado, sea permanente o de reemplazo, el supervisor de la actividad, informará a la jefatura del Dpto. de Administración y Presupuesto que indique las razones que fundamentan y ameritan el reemplazo, el cual posteriormente será informado al oferente adjudicado.
7.3. Para todos los efectos, el INACH queda facultado para solicitar al oferente adjudicado los antecedentes que acrediten el cumplimiento de leyes laborales y previsionales.
8.-PREVENCIÓN DE RIESGOS, HIGIENE Y SEGURIDAD.
La Unidad Supervisora del Contrato verificará que el contratista de cumplimiento a las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes, entregando los implementos de uso individual destinados a proteger a sus trabajadores frente a eventuales riesgos, de acuerdo a lo que indica la Ley 16.744, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
La oferta que no cumpla con lo exigido en las Bases Técnicas o que las modifique en todo o en parte, será declarada técnicamente inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.
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MULTAS |
Cada vez que el contratista no cumpla con los niveles de servicio definidos en las presentes Bases, el INACH podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser debidamente justificados por el contratista ante INACH.
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas Bases, sean constitutivos de multa, el INACH notificará por escrito esta circunstancia al contratista, indicando en forma precisa los hechos que se imputan. El contratista dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito, al siguiente correo electrónicos crodriguez@inach.cl, con copia a potero@inach.cl.
Los correos electrónicos y/o archivos que se reciban serán ingresados durante el horario de funcionamiento regular de la Oficina de Partes, esto es, de lunes a jueves de las 8:00 a 17:00 horas y viernes de 8:00 a 16:00 horas. Cualquier documento ingresado fuera del horario indicado será tramitado con fecha del día hábil siguiente.
Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de 5 días hábiles, sin que el contratista haya formulado descargos, el INACH aplicará la multa, en caso que ello sea procedente.
La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al contratista mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el Registro de Proveedores de Mercado Público, la que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
El contratista podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación. El INACH resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien, lo rechazará confirmando la multa aplicada.
Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente.
Para los efectos de la aplicación de la multa, las causales son las siguientes:
SITUACIÓN MULTA
Incumplimiento en la entrega de los servicios por razones imputables al contratista. 5 U.F., por incumplimiento.
Con un tope de 5 faltas anuales, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
No reemplazar al personal que se encuentren con uso de feriado legal, licencia médica, permisos autorizados por su empleador o se ausente por caso fortuito o fuerza mayor. 1 U.F. por cada operario/a ausente (incluye supervisor) sin reemplazo, y por cada jornada faltante.
Con un tope de 5 ausencias por año, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Falta de equipos, maquinarias o artículos de limpieza. 0,5 U.F. por equipos, maquinaria o artículos de limpieza faltante por día.
Con un tope de 5 faltas anuales, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Si se presenta personal sin credencial y/o vestuario acorde a los lineamientos informados por el oferente adjudicado y la empresa no regulariza la falta en el plazo de 24 horas de ser comunicada por INACH. Esta sanción será aplicada por cada trabajador. 0,5 U.F. por equipamiento de seguridad faltante por día.
Con un tope de 5 faltas anuales, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Si se comprobare daño, perdida, mal uso o desperfecto del equipamiento y/o infraestructura causado por personal del oferente adjudicado, deberá asumir el costo de las pérdidas además de la aplicación de la multa correspondiente. 1 U.F. por cada situación.
Incumplimiento de los servicios contratados en todo o parte de las dependencias, según lo estipulado en los requisitos técnicos de las Bases. Para este efecto se considera que se ha producido un incumplimiento cada vez que la Unidad Supervisora del Contrato compruebe que en alguna parte no se han realizado las labores de aseo o estas se han realizado en forma muy deficiente, de manera tal que son evidentes las faltas de aseo o limpieza o las muestras de suciedad. La reiteración de estos incumplimientos se confirmará a partir del tercer reclamo por escrito sobre la misma materia de la Unidad Supervisora del Contrato vía email al contratista y a partir de ahí por cada nuevo incumplimiento informado por la misma vía. La Unidad Supervisora del Contrato informará de estos incumplimientos acompañando los respaldos gráficos que le sirvan de fundamento. 0,5 U.F. por incumplimiento informado y no solucionado de forma inmediata.
Con un tope de 5 faltas anuales, después de lo cual INACH podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Atraso en el ingreso del personal de 30 minutos o más en los horarios definidos en las Bases Técnicas (se exceptúan permisos administrativos debidamente otorgados, por ejemplo, razones médicas). 0,3 U.F. por cada funcionario atrasado.
Con un tope de 10 faltas anuales, después de lo cual INACH solicitará el cambio de funcionario al proveedor contratado y podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Interrupción del servicio de aseo por abandono del puesto de trabajo, afectando la continuidad del servicio, entendiéndose por tal:
a) - La salida injustificada del trabajador durante su jornada de trabajo.
b) - La negativa de trabajar sin causa justificada en las tareas asignadas según el servicio contratado. 0,3 U.F. por cada funcionario y ocasión en que se incurra en la infracción.
Con un tope de 10 faltas anuales, después de lo cual INACH solicitará el cambio de funcionario al Contratista y podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Si el personal del Contratista que se presente a cumplir sus labores en evidente estado de ebriedad, o con hálito alcohólico, consumo de alcohol y/o drogas, dormir y/o realizar actividades no relacionadas con sus funciones o que atenten a la moral y/o buenas costumbres durante la jornada de trabajo (incluye supervisor/a) 10 U.F. por cada situación.
El INACH solicitará el cambio inmediato del operario al Contratista y, en caso de no hacerlo, podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
Adulterar el libro de asistencia por parte del personal y/o Contratista (incluye supervisor/a) 10 U.F. por cada evento.
El INACH solicitará el cambio inmediato del operario al Contratista y, en caso de no hacerlo, podrá dar término anticipado al contrato por considerarse una falta grave.
En caso de daño y/o extravío de documentación y/o difusión o mal uso de la información personal o reservada a la haya tenido acceso el trabajador con motivo del presente contrato. 10 U.F.
Paralización total del servicio contratado. 5 U.F. por cada día de paralización.
a) Conductas de acoso sexual o de vías de hecho, ejercidas por algún trabajador del contratista, debidamente comprobadas, en contra de cualquier trabajador/a o funcionario/a que se desempeñe en el INACH. 10 U.F.
No informar accidentes laborales a las respectivas mutualidades por parte del oferente adjudicado. 5 U.F. por cada accidente.
El valor de la Unidad de Fomento (UF) a utilizar será el del día en que se incurre en la falta que amerita la multa.
El contratista podrá pagar las multas directamente en la oficina de Tesorería de INACH, debiendo otorgársele recibo para tal efecto. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ellas, será descontado de factura más próxima a pagar.
La acumulación de multas por un monto superior al 5% del valor total del contrato, facultará al INACH poner término anticipado del contrato.
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