Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate el orden de los criterios de desempate será el siguiente:
1) Oferta Económica
2) Calidad Técnica
3) Cumplimiento formal de los requisitos.
4) Ultimo criterio de desempate a quien haya subido primero su oferta de la licitación al portal www.mercadopublico.cl.
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Para realizar consultas en relación a la ADJUDICACIÓN de la Licitación será a través de Carta ingresada a la Oficina de Partes de la Municipalidad de Collipulli, dirigida al señor Alcalde de la comuna y en atención a la licitación puntual señalando el nombre e ID de la compra. Dicha consulta será respondida mediante Oficio en el plazo de hasta 30 días de llegado el documento a la Unidad respectiva.
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Durante el proceso de evaluación la Municipalidad de Collipulli, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales que no sean esenciales y permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieren a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación y para ello se otorgará un plazo de 24 horas, dependiendo del tipo de anexo solicitado. (Art.40 del reglamento de Compras Públicas).
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
MULTAS |
En caso que el proveedor no cumpliere en forma fiel, integra y oportuna con las obligaciones, de cualquier naturaleza, la Municipalidad podrá aplicar multas de acuerdo a lo siguiente:
• POR NO CUMPLIR CON LAS CARACTERISTICAS TÉCNICAS SOLICITADAS de los materiales y diseño de los productos, se multará al PROVEEDOR con 1,0 UTM cuando la calidad del producto requerido, no satisfaga los requerimientos solicitados, o los productos sean entregados en mal estado. Los productos no serán recepcionados, el proveedor deberá emitir nota de crédito. Es decir, se aplica multa y se deben entregar productos como se solicitando y a su vez aplicar multa por atraso según los días comprometidos para la entrega.
• POR INCUMPLIMIENTO EN LA ENTREGA DEL REEMPLAZO: en caso de mal estado o de daños materiales causados por el traslado de los productos por responsabilidad del proveedor, éste deberá entregar un reemplazo dentro de las 48 horas siguientes, se multará con 1,0 UTM por día hasta acumular 5 días de atraso en la entrega del reemplazo.
• POR UNA ENTREGA NO CORRECTA DE LOS PRODUCTOS: Se multará con 1,0 UTM en el caso que el proveedor no tome los resguardos para que la entrega se haya realizado de acuerdo a estás Bases Administrativas (en coordinación con la unidad compradora, dejando los materiales y/o productos en las oficinas, piso de bodega, etc. o no tomando los resguardos del personal que efectuará la entrega de los productos. Lo que se verificará con un breve informe de la unidad que está realizando la adquisición de los productos.
• POR ATRASO EN LA ENTREGA de los productos, 2,0 UTM por cada día de atraso, se entenderá por atraso el tiempo que medie entre el vencimiento del plazo de entrega ofertado y el tiempo real de entrega de los productos no entregados. Dicho antecedente será verificado por la contraparte de la entrega de los productos con un breve informe que formará parte del expediente de pago. Se permitirá un atraso de hasta cinco días y de ahí se podrá dar término unilateral a la compra por parte del Municipio de Collipulli, lo anterior con un breve informe de la contraparte de la adquisición y el V°B° de la Dirección Jurídica del Municipio.
Todo reclamo o solicitud del OFERENTE que se relacione con los trabajos, deberá presentarse por escrito a la contraparte.
Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la presente, que se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad del OFERENTE. Este deberá tomar todas las medidas necesarias con anticipación.
El mandante y la Unidad Técnica no pagarán al OFERENTE ningún gasto proveniente de daños o indemnización producto de lo estipulado en el párrafo anterior.
Todas las multas serán a beneficio municipal y pagado a la Municipalidad de Collipulli, a través de un ingreso municipal y dicho comprobante será parte del Estado de Pago correspondiente.
|
|
|
PRODEDIMIENTO PARA APLICACION DE MULTAS |
La contraparte técnica deberá notificar al proveedor de los servicios, de los casos o situaciones que ameriten o motiven la aplicación de multas o sanciones con la finalidad de que, en forma previa a la dictación del acto administrativo respectivo, éstos puedan entregar los antecedentes o descargos que estimen pertinentes. Las notificaciones se efectuarán de conformidad al artículo 46 de la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Notificada la proposición de aplicación de multa o sanción al contratista, prestador o proveedor de servicios, éste dispondrá de 5 días hábiles administrativos para reclamar, formular o presentar su contestación o descargos por escrito. El plazo comenzará a correr a contar del día hábil siguiente al de la notificación, a menos que se notifique por carta certificada, en cuyo caso dicho cómputo principiará de conformidad a lo establecido en el inciso 2, de la regla contenida en el artículo 46 de la Ley N° 19.880.
Los descargos deberán presentarse en la Oficina de Partes de la Unidad Municipalidad de Collipulli, en horarios de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas, los que deberán ser dirigidos a la contraparte técnica. El documento en que consten los descargos deberá indicar expresamente como referencia el número de oficio de la unidad técnica que informa o materializa la proposición de la sanción o multa.
Evacuado los descargos, si el contratista, prestador o proveedor de los servicios diese cuenta de hechos que no le constaren a la administración, o la naturaleza del procedimiento así lo exija, se abrirá un término probatorio de 10 días hábiles administrativos, a fin de que se rindan las probanzas que se estimen pertinente, las que se regirán por lo establecido en el artículo 35 y siguientes de la ley 19.880. Sólo se podrán rechazar las pruebas ofrecidas, cuando a criterio de la contraparte técnica, se consideren manifiestamente improcedentes o innecesarias, debiendo contar los fundamentos de dicha decisión en el acto administrativo. Dicho plazo podrá ser prorrogado por una sola vez y por motivos fundados debidamente calificados por la contraparte técnica. La apreciación de la prueba se efectuará en conciencia.
Con el mérito de los descargos y de las pruebas allegadas por el contratista, prestador o proveedor, si se hubieren aportado, la unidad técnica deberá emitir un informe que deberá contener la propuesta de aplicación de la multa o sanción, su cuantía o entidad, así como los fundamentos de hecho y normativos que le sirven de sustento, en el plazo de 10 días hábiles. Con el mérito de dicho informe el alcalde dictará un acto administrativo fundado, en el plazo de 10 días hábiles. La multa deberá ser pagada en el plazo de 05 días hábiles administrativos. De deducirse recurso en contra del acto administrativo que ordena la aplicación de la multa o sanción, se suspenderá la ejecución de la misma, en tanto no se resuelva la impugnación.
Las multas o sanciones impuestas serán notificadas mediante carta certificada dirigida al proveedor, al domicilio que figura en el contrato o que hubiese registrado en el portal de contratación y deberán ser publicadas, además, en el portal www.mercadopublico.cl.
En contra del referido acto administrativo procederán los recursos que al efecto contempla el artículo 59° de la ley N° 19.880.
Para efectos del pago de la multa, el contratista, prestador o proveedor deberá enterar su monto en caja Municipal, con dicho fin la contraparte técnica le hará entrega de la respectiva orden de ingreso municipal. Hecho el pago deberá hacer entrega del comprobante de pago, el cual pasará a formar parte del expediente de pago. Si el contratista no hiciere pago de la multa dentro de plazo, su importe podrá ser descontado del próximo estado de pago.
Cuando el monto de la multa supere el 10 % del monto total del contrato, se podrá poner término anticipado al mismo o hacer valer las garantías, todo ello sin perjuicio de las demás acciones legales que fueren procedentes.
|
|
|
PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA |
El lugar para la entrega para ambas líneas de productos objeto de estas bases, deberán ser entregados en su totalidad por el proveedor favorecido dentro del plazo ofertado y puestos en piso de la Dirección de Desarrollo Comunitario, ubicada en calle Alcázar Nº 1048, de la ciudad de Collipulli considerando personal para descarga de ambas líneas de productos. La responsable de recibir y revisar los juguetes y bolsas de polietileno, será la encargada del Programa Infancia Sra. Natalia Catalán Fernández, fono: 045-2886449.
Plazo máximo de entrega de los productos 10 días hábiles desde emitida la Orden de Compra por parte de la Municipalidad de Collipulli.
El horario para la entrega de los productos es de lunes a viernes de 8:30 a 13:30 horas en coordinación previa con las contrapartes municipales.
|
|
|